UNIDAD DE DESARROLLO E INNOVACIÓN INNPULSA COLOMBIA CONVOCATORIA EDI19

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1 UNIDAD DE DESARROLLO E INNOVACIÓN INNPULSA COLOMBIA CONVOCATORIA EDI19 TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA ADJUDICAR RECURSOS DE COFINANCIACIÓN NO REEMBOLSABLES A PROPUESTAS QUE TENGAN POR OBJETO FORTALECER O DESARROLLAR PROYECTOS O IDEAS DE NEGOCIO QUE PERTENEZCAN AL SECTOR DE INDUSTRIAS CULTURALES Y CREATIVAS EN COLOMBIA QUE TENGAN EL POTENCIAL DE CONVERTIRSE EN UN EMPRENDIMIENTO DINÁMICO E INNOVADOR EDI. Bogotá D.C. 29 de Julio de

2 TABLA DE CONTENIDO 1. ANTECEDENTES LA UNIDAD DE DESARROLLO E INNOVACIÓN ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÒN DE LA CONVOCATORIA DEFINICIONES OBJETO DE LA CONVOCATORIA MECANICA DE LA CONVOCATORIA TÉRMINOS JURÍDICOS RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA CLÁUSULA DE RESERVA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA INSTRUCCIONES A LOS PROPONENTES ESTUDIOS PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR LA PROPUESTA QUIENES PUEDEN SER PROPONENTES ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN QUIÈNES PUEDEN SER INSTITUCIÓNES DE APOYO EQUIPO DE TRABAJO DE LA INSTITUCIÓN DE APOYO COBERTURA GEOGRÁFICA DE LA PROPUESTA CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA APERTURA DE LA CONVOCATORIA CIERRE DE LA CONVOCATORIA FORMULACIÓN DE INQUIETUDES RESPUESTA DE INQUIETUDES LUGAR Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS PORCENTAJE Y MONTOS MÁXIMOS DE COFINANCIACIÓN PRESUPUESTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA RUBROS COFINANCIABLES RUBROS NO COFINANCIABLES

3 12.4 RECURSOS Y RUBROS DE CONTRAPARTIDA DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN RÉGIMEN LEGAL DEL CONTRATO MONEDA EVALUACIÓN ETAPA DE PRESELECCIÓN Propuesta técnica mínima Documentos legales mínimos Evaluación Fase preselección ETAPA DE SELECCIÓN ELEGIBILIDAD VIABILIDAD RECHAZO DE PROPUESTAS DECLARATORIA DE DESIERTA CONTENIDO Y ESTRUCTURA DE LA PROPUESTA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA PERIODO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA CONTRATO SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LA UNIDAD OBLIGACIONES DEL PROPONENTE/ INSTITUCIÓN DE APOYO OBLIGACIONES ADICIONALES DE LA INSTITUCIÓN DE APOYO GARANTÍAS DEL CONTRATO INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES INTERVENTORÍA CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DIFUSIÓN, TRANSFERENCIA Y UTILIZACIÓN DE RESULTADOS PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL DE LOS RESULTADOS

4 1. ANTECEDENTES 1.1 LA UNIDAD DE DESARROLLO E INNOVACIÓN La Unidad de Desarrollo e Innovación, en adelante la Unidad, nace como parte del propósito del Gobierno Nacional de acelerar los motores que jalonan la locomotora de la innovación. El objetivo principal de la Unidad es estimular los sectores productivos del país y lograr que más innovadores y empresarios incursionen en procesos de alto impacto con énfasis en innovación. Esta Unidad estimula la alianza entre sector público, sector privado y la academia como eje fundamental para desarrollar la innovación en el marco de una estrategia nacional de innovación. La Unidad de Desarrollo e Innovación promueve las condiciones para apalancar el desarrollo del país desde la innovación y pone al servicio de los empresarios y los emprendedores dinámicos, nuevas herramientas y programas renovados para aprovechar la innovación como motor de la prosperidad. Adicionalmente, promueve la innovación como instrumento para el desarrollo y la competitividad, y para ello se enfoca en la innovación empresarial y el emprendimiento que genere alto impacto en términos de crecimiento, prosperidad y empleo de calidad. Para desarrollar su labor la Unidad utilizará un conjunto de herramientas de política industrial moderna, tales como convocatorias de recursos cofinanciados y no reembolsables. Esta figura permite articular diferentes instrumentos ya existentes, financieros y no financieros, y el diseño de nuevos mecanismos que tengan en cuenta las necesidades de los empresarios y los emprendedores. 1.2 ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÒN DE LA CONVOCATORIA Unidad de Desarrollo e Innovación Las bases de la Ley 1450 de 2011 Plan Nacional de Desarrollo (Prosperidad para Todos), establecen que para fomentar la innovación y el uso del conocimiento se requiere: (i) (ii) (iii) Financiación adaptada a las características de los proyectos de investigación e innovación y a la estructura productiva y necesidades regionales, La formación de capital humano que pueda transformar ideas y conocimiento en innovaciones, y Una institucionalidad que organice, asesore, acompañe y vigile los procesos de identificación, producción, difusión, uso e integración del conocimiento en la transformación productiva y social del país. En desarrollo de lo anterior y con la finalidad de ejecutar los objetivos que el Gobierno Nacional se ha trazado para el periodo , el artículo 46 de la Ley 1450 de 2011 estableció: 4

5 Artículo 46. FINANCIACIÓN UNIDAD DE DESARROLLO BANCOLDEX. El Gobierno Nacional, previa instrucción sobre su distribución a la Nación por el CONPES, podrá destinar recursos de las utilidades del Banco de Comercio Exterior Bancoldex, para el diseño, montaje y funcionamiento de una Unidad de Desarrollo y para la estructuración e implementación de proyectos y programas identificados por dicha unidad. Tales recursos se manejarán a través de un sistema de manejo separado de cuentas que para todos sus efectos se asimilará a un patrimonio autónomo. Bancoldex administrará dichos recursos a través de una cuenta de orden. Para los propósitos señalados en este artículo, Bancoldex podrá celebrar convenios con las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación. En atención a lo establecido en el mencionado artículo y a lo dispuesto en las bases del Plan Nacional de Desarrollo , el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. - Bancóldex (en adelante Bancóldex), suscribió con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (en adelante el MCIT) el Convenio Interadministrativo de Cooperación N 164 de 2011, cuyo objeto es poner en marcha la Unidad de Desarrollo e Innovación. La Unidad de Desarrollo e Innovación tiene como objetivos: a) apoyar la estructuración de las líneas de acción de los proyectos estratégicos con enfoque regional, b) identificar los instrumentos de apoyo públicos y privados adecuados y hacer seguimiento a su ejecución, c) identificar las líneas de redescuento enfocadas a las necesidades de las empresas del Programa y d) diseñar iniciativas para financiamiento de riesgo de los emprendimientos con carácter innovador en etapa temprana. Atendiendo el déficit de instituciones e instrumentos de apoyo enfocados al financiamiento de riesgo de los emprendimientos con carácter innovador específicamente, al Emprendimiento Dinámico e Innovador, en adelante EDI- se presenta este instrumento dirigido a fortalecer con recursos de capital semilla a personas jurídicas y naturales con el fin de fortalecer o desarrollar un proyecto o idea de negocio que pertenezca a las industrias culturales y creativas en Colombia (de acuerdo al numeral 1.3 definiciones) que a su vez tenga el potencial de convertirse en EDI. Lo anterior igualmente teniendo en cuenta que: Que la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, en su artículo 57 crea el Sistema Nacional de Cultura como el conjunto de instancias y procesos de desarrollo institucional, planificación e información articulados entre sí, que posibilitan el desarrollo cultural y el acceso de la comunidad a los servicios culturales según los principios de descentralización, participación y autonomía. Que el numeral 3) del artículo 1º de la Ley 397 de 1997 dispone: El Estado al formular su política cultural tendrá en cuenta tanto al creador, al gestor como al receptor de la cultura y garantizará el acceso de los colombianos a las manifestaciones, bienes y servicios culturales en igualdad de oportunidades, concediendo especial tratamiento a personas limitadas física, sensorial y 5

6 síquicamente, de la tercera edad, la infancia y la juventud y los sectores sociales más necesitados. Que el documento de Política Nacional para la promoción de las Industrias culturales -IC-Conpes 3659 de abril 2010, busca aprovechar el potencial competitivo de las Industrias Creativas, aumentar su participación en la generación del ingreso y el empleo nacionales, y alcanzar elevados niveles de productividad, así mismo crea el Programa para el Emprendimiento y las Industrias Culturales y el Grupo de Emprendimiento Cultural, donde se da formación para el emprendimiento, apoyo a la asociación y agremiación, creación y fortalecimiento de redes, formalización de empresas y programas de apoyo a la protección de la propiedad intelectual. Que la producción de bienes y servicios cuyo origen es la creación de cultura se sitúa hoy entre las principales fuentes de innovación e intercambio en el contexto global, como se menciona en el documento de Política Nacional para la promoción de las Industrias culturales -IC-Conpes 3659 de abril Que uno de los propósitos del Ministerio de Cultura es aprovechar el potencial competitivo de las Industrias creativas y culturales, aumentar su participación en la generación del ingreso y los empleos nacionales, y alcanzar elevados niveles de productividad. Que dentro de los objetivos de la Unidad de Desarrollo e Innovación se encuentra ofrecer instrumentos de apoyo financiero y no financiero a emprendedores en etapas tempranas e instituciones que promueven el Emprendimiento Dinámico Innovador a lo largo del País. Que acorde con esta Política Nacional y la misión del Ministerio de Cultura, Bancóldex como administrador de la Unidad de Desarrollo e Innovación celebró un Convenio Interadministrativo con dicho Ministerio para desarrollar un instrumento que apoye a las industrias creativas y culturales del país con el potencial de convertirse en un emprendimiento dinámico e innovador EDI, para apoyar la innovación y emprendimiento en temas culturales. Que las erogaciones que resulten de la presente convocatoria fueron aprobadas por la Junta Asesora de Unidad de Desarrollo e Innovación en sesión N 25, la cual aprobó el presupuesto de la Unidad de Desarrollo e Innovación para el año 2013 y su respectivo plan operativo. En virtud de todo lo anterior la UNIDAD- INNPULSA, procede a desarrollar la presente convocatoria. 1.3 DEFINICIONES Para efectos de los presentes términos de referencia, se adoptan las siguientes definiciones: a) LA UNIDAD (Unidad de Desarrollo e Innovación) (LA UNIDAD): Programa especial (asimilado a un patrimonio autónomo) que administra el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. Bancóldex, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 1450 de

7 b) Campo Cultural: El campo cultural se define como un conjunto de actividades humanas y productos cuya razón de ser consiste en crear, expresar, interpretar, conservar y transmitir contenidos simbólicos. 1 Esta definición contempla los productos culturales y las prácticas culturales, es decir, que incluye tanto los fenómenos que hacen parte de un circuito comercial y de mercado, así como las actividades que son realizadas con el ánimo de satisfacer necesidades o intereses personales, y no se insertan estrictamente dentro de las dinámicas productivas. Bajo esta definición se contemplan las actividades de las industrias culturales y la gran mayoría de industrias creativas (aquellas cuya naturaleza sea cultural). c) Capital semilla: Aporte de recursos anterior al inicio de la producción y distribución masiva del producto o servicio, con el fin de apoyar el financiamiento de riesgo de los emprendimientos con carácter innovador en etapa temprana y que puede destinarse, entre otros fines, a la propia definición del producto o servicio, a la prueba de un prototipo, la inversión, a la elaboración de un estudio de mercado. 2 d) Emprendedor: Es una persona con capacidad de innovar; entendida ésta como la capacidad de generar bienes y servicios de una forma creativa, metódica, ética, responsable y efectiva. 3 e) Emprendimiento: Una manera de pensar y actuar orientada hacia la creación de riqueza. Es una forma de pensar, razonar y actuar centrada en las oportunidades, planteada con visión global y llevada a cabo mediante un liderazgo equilibrado y la gestión de un riesgo calculado, su resultado es la creación de valor que beneficia a la empresa, la economía y la sociedad 4. f) Emprendimiento Dinámico Innovador EDI: Para el caso de los presentes términos de referencia, se calificarán como emprendimientos dinámicos e innovadores, aquellos que tienen el potencial de crecer de manera rentable, rápida y sostenidamente, que son capaces reinvertir y de lograr un nivel de ventas bastante significativo en una década 5.El cual tiene la potencialidad de alcanzar los siguientes resultados 6 : 1 Cuenta Satélite de Cultura, Manual Metodológico para su implementación en Latinoamérica, Convenio Andrés Bello. 2 Inversión en nuevas Empresas de Base Tecnológica de la Comunidad de Madrid. mentos/ban_madri+d.pdf. (Consultado el 4 de febrero de 2011) 3 LEY No DE "DE FOMENTO A LA CULTURA DEL EMPRENDIMIENTO" Artículo 1 Capitulo I. 4 Ley No de De Fomento a la cultura del emprendimiento. El Congreso de Colombia, Capítulo 1, Artículo 1: Definiciones. 5 Adaptado THE BREAKTROUGH. Escalando el emprendimiento en Colombia (2011). FONDO MULTILATERAL DE INVERSIONES FOMIN y Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Guía de aprendizaje sobre emprendimientos dinámicos. 6 Escalando el emprendimiento en Colombia (2011)THE BREAKTROUGH ndedores.pdf. Acceso 20 de marzo de

8 o Margen Operativo superior al 8%. o Potencial de llegar a vender $4.000 millones en el año 10 si tienen más de 3 años. o Ventas iniciales acumuladas superiores a $400 millones si tienen menos de 3 años. o Promedio histórico de margen operativo mayor al 4%. o Empleados con ingresos superiores a 3X el SMMLV (X= 1 SMMLV). De la misma forma, para efectos de esta convocatoria, los EDI se caracterizarán por: Viabilidad y potencial del negocio de convertirse en EDI: Hace referencia a las características del negocio que permiten proyectarlo como un EDI. Puede deberse a la calidad de su equipo emprendedor, el potencial de mejora de una buena idea existente, o por nichos de oportunidades no cubiertos. Equipo emprendedor: Cohesión, interdisciplinariedad, claridad de roles y nivel de compromiso del grupo de profesionales que llevarán a cabo la idea de negocio. Conocimiento del mercado: Nivel de conocimiento sobre el tamaño, ubicación geográfica, disposición de compra y caracterización del mercado objetivo de su negocio. Visión global: Capacidad de proyectar su negocio más allá de lo límites geográficos nacionales, teniendo en cuenta el potencial de desarrollo del negocio en un mercado global. g) Estudio de mercado: Recopilación y análisis de información de tiene como finalidad determinar el número de individuos, empresas u otras entidades económicas que generan una demanda que justifique la puesta en marcha de una idea de negocio. Sirve de base para tomar la decisión de llevar adelante o no la idea inicial de inversión 7. h) Escalabilidad de negocio: proceso que busca lograr mayores rentabilidades, logrando economías de escala a través de la consolidación de proveedores. Este proceso permite una posición estratégica y mejorar la competitividad 8. i) Instituciones de apoyo para industrias culturales y creativas: Son aquellas instituciones personas jurídicas que demuestren experiencia certificada de acuerdo al numeral 6 de los presentes Términos de Referencia. Las instituciones de apoyo para efectos de esta convocatoria responderán solidariamente por el cumplimiento de las obligaciones del contrato que se suscriba en el evento que se adjudiquen los recursos de cofinanciación. Estas instituciones deberán cumplir con todas las obligaciones contractuales, y particularmente las descritas en el numeral 18.4 de los presentes términos de referencia. 7 Adaptado de la biblioteca virtual de Derecho, economía y ciencias sociales, m 8 Tomado de Términos de referencia de Convocatoria para conformar un banco de proyectos elegibles para la creación de empresas o unidades de negocio de base tecnológica. Colciencias Resolución N

9 j) Industrias culturales: Aquellas industrias que combinan la creación, la producción y la comercialización de contenidos creativos que sean intangibles y de naturaleza cultural. Estos contenidos están normalmente protegidos por el derecho de auto ry pueden tomar la forma de un bien o servicio 9 Estos contenidos pueden ser fijados sobre soporte tangible o electrónico o en servicios de carácter comercial o gratuito. Para efectos de esta definición, el Manual Metodológico del Convenio Andrés Bello, con el cual se Implementa la Cuenta Satélite de Cultura 10 en Colombia, segmenta el campo cultural en doce sectores, de los cuales seis de ellos son industrias culturales, de acuerdo con el párrafo anterior: Editorial: Libros, publicaciones, periódicas, otros productos editoriales (partituras, tarjetas postales, carteles, afiches, etc).en formato impreso o digital. Audiovisual: Cine y video (producción de filmes videocintas, animación 2D y 3d), radio, televisión, multimedia (aplicaciones para dispositivos móviles y no móviles), videojuegos. Fonográfico: Edición de música y producción fonográfica. Artes escénicas y espectáculos en vivo: Teatro, danza, presentaciones musicales en vivo, interpretaciones con medios alternativos (audiovisuales, plástico). Artes plásticas y visuales: Fotografía, pintura, escultura, arte industrial, grabado, artes gráficas e ilustración. Artesanías NOTA: Para efectos de la presente convocatoria se recibirán propuestas de los siguientes subsectores: editorial, audiovisual y artes escénicas.para el sector editorial se tendrán en cuenta sólo aquellas iniciativas que apunten a la utilización de mecanismos de distribución no tradicionales (únicamente e-books o multiplataforma) que fortalezcan la consolidación de encadenamientos productivos a través de nuevas tecnologías. k) Industrias creativas: Las industrias creativas son aquellas que están basadas en la creatividad, talento y habilidades individuales. Tienen el potencial para la creación de riqueza y empleo a través del desarrollo de la propiedad intelectual. 11.Para efectos de esta definición, según la UNCTAD existen varios grupos de Industrias Creativas: 9 UNESCO, Comprender las Industrias Creativas, Las estadísticas como apoyo a las políticas públicas (consultado el 25 de noviembre de 2012) 10 Cuenta Satélite de Cultura: La cuenta satélite de la cultura es un sistema de información económica sobre actividades culturales, basado en el Sistema de Cuentas Nacionales de Naciones Unidas de 1993 (SCN 93). Su objetivo es obtener información continua, confiable y comparable, que permita el análisis y evaluación económica de las actividades culturales del país y la toma de decisiones públicas y privadas, DANE, Colombia. 11 Department for Culture, Media and Sport. Creative Industries Mapping Document Reino Unido. 9

10 o Publicidad o Arquitectura o Mercados de arte y antigüedades o Juegos de video y computador o Artesanías o Diseño (Gráfico, textil, moda, industrial, interactivo y joyas) o Cine y video o Música o Artes escénicas o Edición y publicación o Software o Televisión y radio NOTA: Para efectos de la presente convocatoria, y adicionalmente a los subsectores de las industrias culturales contempladas en la nota del literal anterior, se recibirán propuestas del subsector de diseño. Para el sector de diseño se tendrán en cuenta solo aquellas iniciativas que apunten a la utilización de plataformas digitales, comercio electrónico y aplicaciones móviles que fortalezcan la consolidación de encadenamientos productivos a través de nuevas tecnologías. l) Pitch: Es una técnica de discurso persuasivo, que busca convencer a un inversionista, cliente o publico sobre una idea o asunto en particular. Por lo general la presentación debe ser corta, concreta y clara y su técnica varía dependiendo del público ante el que se realice. m) Producto mínimamente viable (MVP): Es un producto formado por el conjunto de funcionalidades mínimas con los que el producto debe contar para probarlo y validarlo con los clientes potenciales 12. n) Proponente: Es todo emprendedor, persona natural o jurídica con un proyecto o idea de negocio que presente una propuesta a esta convocatoria, la cual deberá venir siempre acompañada de una institución de apoyo. Para efectos de esta convocatoria los proponentes deberán ser emprendedores de industrias culturales y creativas (ver literal h e i). o) Propuesta: Es la oferta que presenta a esta convocatoria un proponente de conformidad con el formato de Presentación de Propuestas (Ver Anexo), la cual deberá ser presentada de manera conjunta con la institución de apoyo, quien responderá solidariamente con el proponente por su ejecución en la medida que sea adjudicada. En cualquier caso, la propuesta deberá ser un proyecto, una idea de negocio, un spin off empresarial o un proceso de escalabilidad del negocio. Se precisa que cualquier persona natural o jurídica interesada en presentar propuesta, podrá beneficiarse máximo dos (2) propuestas para recibir recursos de cofinanciación dentro de la presente convocatoria, de la siguiente forma. 12 Definición adoptada de (consultado el 16 de julio de 2013) 10

11 1. Máximo una propuesta presentada directamente en su condición de persona jurídica o persona natural. 2. Máximo una propuesta presentada por cualquier persona jurídica en la que figure como socia o propietaria de la misma una persona natural o jurídica que haya presentado una propuesta a la que se le hubieren adjudicado recursos de cofinanciación dentro de esta convocatoria. Una vez adjudicados los recursos de cofinanciación en las condiciones indicadas anteriormente, se excluye la posibilidad de una tercera adjudicación de recursos de cofinanciación a cualquier persona jurídica en la que figure como socia o propietaria de la misma una persona natural o jurídica a la que se le hubieren adjudicado recursos de cofinanciación dentro de esta convocatoria. p) Proyecto: Es la propuesta que ha cumplido con los criterios de elegibilidad y viabilidad requeridos por parte de LA UNIDAD. q) Producto: La American Marketing Asociation (A.M.A.), lo define como "un conjunto de atributos (características, funciones, beneficios y usos) que le dan la capacidad para ser intercambiado o usado. Usualmente, es una combinación de aspectos tangibles e intangibles. Así, un producto puede ser una idea, una entidad física (un bien), un servicio o cualquier combinación de los tres. El producto existe para propósitos de intercambio y para la satisfacción de objetivos individuales y de la organización" r) Prototipo: Se entiende por prototipo un modelo original que incluye todas las especificaciones técnicas, características y determinantes del desempeño de un nuevo producto. El diseño, construcción y prueba de prototipos generalmente hace parte de procesos relacionados con la investigación y desarrollo (I+D). Así mismo de un prototipo también hacen parte aquellos elementos del diseño industrial incluidos planos y dibujos destinados a definir procedimientos, especificaciones técnicas y características operativas necesarias en la para la concepción, desarrollo y manufactura de nuevos productos o procesos antes de que estos lleguen al mercado 13. s) Prueba de prototipo: Es el uso preliminar de un primer modelo de producto/ servicio, que aún está en fase de diseño o desarrollo, y que podrá servir para detectar errores, deficiencias, carencias, aclarar dudas de diseño en cuanto a funcionalidades o apariencia, con el objetivo de ser mejorado. 14 t) Recursos de Cofinanciación: Son aportes en dinero de capital semilla no reembolsables destinados por LA UNIDAD para cubrir un porcentaje parcial del proyecto, previo cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos señalados en estos términos de referencia. Los recursos de cofinanciación serán entregados conforme al numeral 12 de los presentes términos. 13 Definición adaptada del Manual de Frascatti, OECD Adaptado de la biblioteca virtual de Derecho, economía y ciencias sociales, 11

12 u) Recursos de contrapartida en especie: Corresponde a los recursos (humanos, físicos y tecnológicos) diferentes a recursos en efectivo, aportados por los beneficiarios o terceros, de acuerdo al numeral 12.4, los cuales se requieren necesariamente para la ejecución de la propuesta. Dependiendo de la clase de recurso aportado este no implica exclusivamente una erogación de dinero. Sin embargo para su validación y seguimiento, se solicitara los respectivos soportes que permitan verificar su valoración por parte de la interventoría. v) Recursos de contrapartida en efectivo: Son todos aquellos recursos que el proponente proporciona en efectivo, para el desarrollo de las actividades contempladas exclusivamente en el proyecto. Los recursos de contrapartida deberán cumplir con los lineamientos establecidos en el numeral 12.4 de estos Términos. w) Spin off empresarial: proceso de nacimiento de una nueva firma cuya gestación capitalizó ideas, recursos, conocimientos y/o contactos desde dentro de otra empresa OBJETO DE LA CONVOCATORIA Adjudicar recursos de cofinanciación no reembolsables de capital semilla a propuestas que tengan por objeto el desarrollo o fortalecimiento de un proyecto o una idea de negocio, un spin off empresarial o un proceso de escalabilidad del negocio que pertenezcan a las industrias culturales y creativas en Colombia de acuerdo con los presentes Términos de Referencia y que tengan el potencial de convertirse en un emprendimiento dinámico innovador EDI. La propuesta deberá ser presentada conjuntamente por el proponente con una institución de apoyo dentro de los lineamientos establecidos en la presente convocatoria. 3. MECANICA DE LA CONVOCATORIA La presente convocatoria cuenta con un proceso de evaluación que se realiza en dos fases, una de preselección y otra de selección dividiéndose esta última en dos subfases, tal como se explica en el numeral 15 de los presentes términos de referencia y las cuales se mencionan a continuación: I II Preselección. Selección o o Análisis de elegibilidad Análisis de viabilidad 15 Tomado de Términos de referencia de Convocatoria para conformar un banco de proyectos elegibles para la creación de empresas o unidades de negocio de base tecnológica. Colciencias Resolución N

13 4. TÉRMINOS JURÍDICOS 4.1 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE En atención al régimen de contratación de LA UNIDAD, el presente proceso de selección y la contratación que de él se derive, se encuentran sometidos a las normas del Derecho Privado Colombiano. 4.2 VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA El Proponente está obligado a responder por la veracidad de la información entregada durante el proceso de selección de Proponentes. LA UNIDAD, de conformidad con el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el Proponente presente para el desarrollo de esta invitación es veraz, y corresponde a la realidad. No obstante, LA UNIDAD, se reserva el derecho de verificar toda la información suministrada por el Proponente. 4.3 CLÁUSULA DE RESERVA LA UNIDAD, se reserva el derecho de cerrar anticipadamente la presente convocatoria, y de rechazar cualquiera o todas las propuestas que se presenten, si así conviene a sus intereses, sin necesidad de dar explicación alguna a los proponentes y sin indemnizar ningún tipo de perjuicio o asumir costo alguno que con tal cierre o rechazo se pudiera generar a alguno de las entidades que presentaron propuesta. 4.4 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Una vez surtido el proceso de Preselección, conforme las condiciones establecidas en el numeral 15.1 de los presentes Términos de Referencia, el Proponente y la institución de apoyo deberán constituir una garantía conjunta de seriedad de la oferta (una garantía por propuesta), con una suma asegurada equivalente al cinco por ciento (5,00%) del valor total de la propuesta, es decir, recursos de cofinanciación de capital semilla solicitados más recursos de contrapartida, en la cual se haga mención expresa a la propuesta que se está garantizando y a la fecha de radicación de la misma ante LA UNIDAD. Esta garantía podrá consistir en una garantía bancaria a primer requerimiento (on-demand) o en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, que sea satisfactoria para LA UNIDAD. La garantía deberá ajustarse a los presentes Términos de Referencia y a las disposiciones legales vigentes. Las compañías de seguros que otorguen la garantía deberán estar legalmente establecidas en Colombia, los establecimientos bancarios que otorguen la garantía podrán ser nacionales o extranjeros siempre que tengan límite de exposición crediticia con Bancóldex (cupo de crédito aprobado con Bancóldex). 13

14 La garantía deberá ser válida por un periodo de ciento ochenta días (180) días calendario a partir de la fecha de radicación de documentos requeridos para la etapa de selección (Ver numeral 15.2). Es decir que la garantía de seriedad de la oferta solamente se deberá presentar por los proponentes que hubiesen superado favorablemente la etapa de pre selección. La garantía de seriedad de la oferta deberá ser otorgada a favor del Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. Bancóldex Unidad de Desarrollo e Innovación, NIT , en formato para entidades particulares, la cual se hará efectiva si el proponente y/o la institución de apoyo retiran su propuesta dentro del período de validez estipulado, o si habiéndosele adjudicado el contrato no cumplen con los requisitos establecidos para la firma del mismo o se niegan a celebrar el contrato respectivo o no presenta las garantías del Contrato establecidas en estos Términos de Referencia o en el Contrato. 5. INSTRUCCIONES A LOS PROPONENTES 5.1 ESTUDIOS PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO Corresponde a todo Proponente efectuar los estudios y verificaciones que considere necesarios para la formulación de la Propuesta, incluyendo pero sin limitarse a los estudios técnicos, contables, tributarios, entre otros; asumiendo todos los gastos, costos, impuestos y riesgos que ello implique, que no serán reembolsados en ningún caso y bajo ningún concepto. La presentación de una Propuesta implicará que el Proponente realizó los estudios, análisis y valoraciones pertinentes para prepararla y, por lo mismo, no se reconocerá sobrecosto alguno derivado de deficiencias en ellos. 5.2 INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR LA PROPUESTA La propuesta y sus documentos relacionados deben ser presentados en español en físico y digital (CD) y se aconseja que todas sus páginas estén enumeradas en forma ascendente consecutiva, con el correspondiente índice o tabla de contenido que permita su fácil consulta. Cada uno de los folios debe ser legible El proponente deberá presentar la propuesta y los documentos correspondientes a las diferentes etapas establecidas en el numeral 15, correspondiendo a la etapa a la que se presente dicho proponente. Las propuestas serán evaluadas conforme los requisitos definidos en el numeral 15, en tal sentido, las propuestas que no cumplan con las condiciones requeridas en cada etapa en las condiciones establecidas, serán excluidos del proceso de adjudicación. 14

15 5.3 QUIENES PUEDEN SER PROPONENTES Podrá ser proponente, todo emprendedor, persona natural o jurídica, que presente para cofinanciar un proyecto o una idea de negocio, un spin off empresarial o un proceso de escalabilidad del negocio. El proponente deberá cumplir con los siguientes requisitos: i. En caso de que el Proponente sea persona natural, éste deberá ser mayor de 18 años de edad, residir en Colombia, e incluir dentro de su plan de trabajo el registrarse ante cámara de comercio como comerciante, además de cumplir con todos los requisitos establecidos en los presente Términos de Referencia 16. ii. En caso de que el Proponente sea persona Jurídica debe estar constituida legalmente en Colombia y contar con un sistema contable, además de cumplir con todos los requisitos establecidos en los presente Términos de Referencia. Se precisa que cualquier proponente (persona natural o jurídica) interesado en presentar una propuesta, podrá ser beneficiario máximo con dos (2) propuestas para recibir recursos de cofinanciación dentro de la presente convocatoria, de la siguiente forma. 1. Máximo una propuesta presentada directamente en su condición de persona jurídica o persona natural. 2. Máximo una propuesta presentada por cualquier persona jurídica en la que figure como socia o propietaria de la misma una persona natural o jurídica que haya presentado una propuesta a la que se le hubieren adjudicado recursos de cofinanciación dentro de esta convocatoria. Una vez adjudicados los recursos de cofinanciación en las condiciones indicadas anteriormente, se excluye la posibilidad de una tercera adjudicación de recursos de cofinanciación a cualquier persona jurídica en la que figure como socia o propietaria de la misma una persona natural o jurídica a la que se le hubiesen adjudicado recursos de cofinanciación dentro de esta convocatoria. El proponente que se presente a esta convocatoria no pude haber recibido recursos de la Unidad de Desarrollo e Innovación, ni del Fondo de Modernización e Innovación para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cualquier título, para el desarrollo del proyecto que se busca cofinanciar. 16 En caso que el proponente persona natural decida dentro de su plan de trabajo constituir una persona jurídica diferente de la persona natural que presentó la propuesta, la misma deberá someterse al proceso de vinculación establecido por LA UNIDAD en cumplimiento de la normatividad establecida por la Superintendencia Financiera de Colombia. La constitución de la sociedad no podrá darse con anterioridad a la fecha de inicio del contrato de cofinanciación que llegue a celebrarse. Así mismo, una vez surtido y aprobado dicho proceso de vinculación, se llevará a cabo la cesión del contrato de cofinanciación, para que la ejecución del proyecto y el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el mencionado contrato, se radiquen en cabeza de la nueva persona jurídica, continuando en todo caso la administración de los recursos en la institución de apoyo, si así se hubiese definido. Se anota que la Unidad de Desarrollo e Innovación se encuentra facultada para aprobar o no cualquier cesión del contrato suscrito. La nueva persona jurídica que se cree también debe ampararse por los seguros de cumplimiento de que tratan estos Término de Referencia. 15

16 5.4 ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN El Administrador de recursos podrá ser el proponente o la institución de apoyo, el cual en todo caso deberá contar con la capacidad financiera suficiente para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, de acuerdo con criterios de evaluación de ingresos, capacidad o suficiencia operativa y endeudamiento. Los recursos de cofinanciación podrán ser entregados al proponente y administrados directamente por éste, salvo que: - El proponente sea una personal natural. - El proponente persona jurídica no cuente con más de un año de constitución a la fecha de presentación de la propuesta. - Se defina en el plan de trabajo que la Institución de Apoyo Administrará los recursos. - El proponente persona jurídica no cumpla con los parámetros financieros establecidos a continuación( capital de trabajo neto, Razón de liquidez y Razón de endeudamiento) En todo caso el administrador de los recursos que se proponga (Institución de Apoyo o Proponente), deberá cumplir con los siguientes parámetros financieros, o no pasará la etapa de preselección conforme las condiciones exigidas en él numera 15.1: I. Capital de trabajo neto debe ser superior o igual al diez (10,00%) del valor de la propuesta. II. Razón de liquidez debe ser mayor o igual a uno (1). III. Razón de endeudamiento no debe ser superior al setenta por ciento (70,00%). Para tal fin y con base en los Estados Financieros con corte a 31 de diciembre de 2012, se calcularán los siguientes indicadores: o Capital de trabajo neto = Activo Corriente Pasivo Corriente o Razón de liquidez = Activo Corriente / Pasivo corriente o Razón de Endeudamiento = Pasivo / Total Pasivo + Patrimonio Dicho análisis de la situación financiera y respaldo que ofrece cada uno de los proponentes se realizará con base en los indicadores financieros enunciados, tomando como base estados financieros de (Año completo de Enero a Diciembre). Nota: Asegúrese de que quien va a actuar como administrador de los recursos cumple con las condiciones establecidas antes de radicar la propuesta. 16

17 6. QUIÈNES PUEDEN SER INSTITUCIÓNES DE APOYO Podrán ser entidades de apoyo dentro de la presente convocatoria aquellas instituciones que demuestren su experiencia en el acompañamiento técnico a emprendimientos de la industria creativa y cultural. Para acreditar dicha experiencia se deberá anexar: - Dos certificaciones expedidas por emprendedores en las cuales se relacione el apoyo obtenido por parte de la institución de apoyo. (conforme anexo adjunto) Dicha certificación deberá contener los aspectos técnicos del acompañamiento ofrecido al emprendedor y la metodología que se utilizó. La información suministrada en el formato de presentación de propuestas por la institución de apoyo será un criterio de evaluación en la etapa de selección. El rol de las Instituciones de apoyo definidas en el numeral 1.3 de estos Términos de Referencia consiste en acompañar, respaldar y materializar la ejecución de la propuesta presentada, para lo cual igualmente suscribirá de forma solidaria con el proponente el contrato que eventualmente se derive de la presenta convocatoria. 6.1 EQUIPO DE TRABAJO DE LA INSTITUCIÓN DE APOYO La institución de apoyo deberá relacionar el equipo de trabajo (de acuerdo con el formato Anexo), que acompañará la ejecución de la propuesta presentada, sus responsabilidades y la dedicación de tiempo. Toda esta información deberá ser verificable. 7. COBERTURA GEOGRÁFICA DE LA PROPUESTA Podrán presentarse propuestas provenientes de todo el territorio nacional. 8. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA El desarrollo de esta convocatoria tendrá lugar de conformidad con el siguiente cronograma, el cual podrá ser modificado por LA UNIDAD sin restricción, mediante adenda a los presentes Términos de Referencia. 8.1 APERTURA DE LA CONVOCATORIA La presente convocatoria se abrirá el 29 de Julio de 2013, sin embargo, la fecha a partir de la cual los interesados podrán presentar sus propuestas será el 26 de agosto de CIERRE DE LA CONVOCATORIA Se recibirán propuestas de forma permanente hasta el 18 de octubre de 2013 o hasta agotar los recursos dispuestos para la ejecución de la presente convocatoria, lo que ocurra primero. El cierre de la convocatoria será informado a los interesados a través de la página web: 17

18 Se indica que se evaluarán las propuestas dando aplicación a los procesos de preselección y selección descritos en los presentes Términos de Referencia, en forma permanente, desde la fecha estipulada para la presentación de propuestas y en el orden de radiación de acuerdo con la fecha y hora impresa por la máquina radicadora de la oficina de correspondencia. 9. FORMULACIÓN DE INQUIETUDES Las inquietudes o preguntas relacionadas con los presentes Términos de Referencia, que surjan por parte de los Proponentes, deberán ser presentadas, mediante correo electrónico a info@innpulsacolombia.com dirigido a la Unidad de Desarrollo e Innovación, indicando en el asunto, el nombre y número de la convocatoria. 10. RESPUESTA DE INQUIETUDES LA UNIDAD, dará respuesta vía correo electrónico y publicará en su página web las respuestas a las inquietudes formuladas por los Proponentes. 11. LUGAR Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Las propuestas deberán ser dirigidas a Catalina Ortiz Lalinde, Gerente de la Unidad de Desarrollo e Innovación y presentadas con la documentación en físico en la ventanilla de radicación de correspondencia, ubicada en la Calle 28 N 13 A 15, piso 39 en la Ciudad de Bogotá, hasta las 4:00 p.m. de lunes a viernes, en los tiempos establecidos en el numeral 8.2. LA UNIDAD, hará constar en recibo entregado a la persona que radique la propuesta, la fecha y hora de presentación. Las propuestas presentadas después de la fecha y hora de cierre se considerarán presentadas de forma extemporánea, por lo que serán rechazadas. Con el fin de no alterar el principio de igualdad entre los proponentes, las propuestas técnicas después de presentadas NO podrán ser modificadas por parte del proponente. 12. PORCENTAJE Y MONTOS MÁXIMOS DE COFINANCIACIÓN Cada una de las propuestas presentadas que resulten Viables, serán co-financiadas hasta un máximo del ochenta por ciento (80%) del presupuesto total del proyecto presentado. El porcentaje restante deberá ser aportado como contrapartida por el Proponente. En todo caso, el valor máximo a cofinanciar por propuesta será la suma de CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS ($ ) y mínimo de CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($ ). 18

19 Si el costo real del proyecto, una vez concluido éste, excede el presupuesto inicialmente presentado, será responsabilidad del proponente asumir la diferencia en cumplimiento de las actividades y objetivos del proyecto. Así mismo, si el costo real del proyecto es menor al presupuesto inicialmente presentado, una vez concluido este, el proponente deberá reintegrar a LA UNIDAD los recursos que excedan el porcentaje aprobado de cofinanciación PRESUPUESTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA LA UNIDAD cuenta con un presupuesto total para atender la presente convocatoria de Seiscientos veinte Millones de Pesos ($ oo) 12.2 RUBROS COFINANCIABLES Los recursos de cofinanciación podrán ser invertidos en los siguientes rubros de la propuesta presentada: R01- Pago de honorarios de asistencia técnica en temas relacionados con: - Propiedad intelectual - Estudios y validaciones de mercado. - Internacionalización empresarial. - Asesoría especializada para capacitación. - Escalonamiento de prototipos. - Fortalecimiento en conocimiento y capacidades del equipo emprendedor y para el emprendimiento. - Desarrollo de estrategias y modelos de negocio. - Honorarios de la institución de apoyo cuando suministre servicios de asistencia técnica para la ejecución del proyecto. En cualquier caso, este rubro no podrá exceder el 15% del monto total de los recursos de cofinanciación asignados. R02 - Gastos asociados a Registro de propiedad Industrial (en el ámbito nacional o Internacional), tales como procesos de patentamiento y registros de Marca: todas aquellas actividades necesarias para obtener el patentamiento. (Honorarios de abogados, inscripciones y trámites, entre otros). R03- Gestión comercial de negocio: Materiales y estrategias de comunicación, promoción, y publicidad, participación en ruedas de negocio, ferias o eventos comerciales o de negocios, nacionales e internacionales. Esto incluye transporte aéreo o terrestre y alojamiento, por fuera del municipio base del emprendimiento. No incluyen gastos de alimentación, los cuales se aceptarán como contrapartida en efectivo. Costos de inscripción, alquiler de stands, material publicitario y alquiler de equipos para eventos mencionados. R04 -Capacitación del equipo emprendedor en temas administrativos o asociados al negocio. 19

20 R05 - Gastos de constitución legal como empresa: elaboración de estatutos, registro en cámara de comercio etc. R06 - Activos fijos (incluidas las licencias de software especializado), máximo hasta el 25,00% de los recursos totales solicitados. R07 - Materiales e insumos para el desarrollo del emprendimiento en caso de requerir realización de prototipos R08- Administración de recursos: En el caso en el que los recursos sean administrado por la entidad de apoyo se podrá reconocer un valor por dicha actividad el cual será negociado entre el emprendedor y la institución de apoyo, y en ningún caso podrá ser superior al 10,00% del valor total de los recursos de cofinanciación asignados; y su pago estará sujeto a la ejecución del contrato. R09 -Pago de tarifas de pauta y posicionamiento en plataformas digitales (móvil, web, redes sociales, blogs, SEO.) 12.3 RUBROS NO COFINANCIABLES No será cofinanciable ningún rubro diferente de los mencionados expresamente en el numeral 12.2, y particularmente los que se mencionan a continuación: Estudios y capacitaciones que no estén asociados con el desarrollo del proyecto. Estudios de aprobación de crédito o asesoría para diligenciar solicitudes de crédito. Construcción de bases de datos. Pago de pasivos (capital e intereses), pago de dividendos y aumento del capital social de la empresa. Impuestos y aranceles, nacionales tales como el gravamen a los movimientos financieros generados por las transacciones de los recursos de cofinanciación entregados y el Impuesto al Valor Agregado IVA generado por la adquisición que haga el ejecutor de bienes o servicios cofinanciados. Gastos de legalización del contrato de cofinanciación como pólizas, impuestos de timbre y publicaciones. Gastos de pólizas de seriedad de la oferta. Los demás que no estén explícitamente identificados en el numeral RECURSOS Y RUBROS DE CONTRAPARTIDA Todas las propuestas deben incluir recursos de contrapartida que pueden provenir del mismo proponente u otras entidades públicas o privadas. Su naturaleza puede ser en efectivo o en especie. Sin embargo, el porcentaje en efectivo no podrá ser inferior al setenta por ciento 70,00% del valor total de la contrapartida, de la misma forma el aporte en especie en ningún caso podrá superar el treinta por ciento 30,00% del valor total de la contrapartida; y corresponde a recursos dispuestos por el proponente y/o terceros que aporten a la propuesta, con erogación demostrable dentro del desarrollo de la misma. 20

21 En ningún caso la contrapartida podrá estar compuesta por más del 75,00% de su valor con recursos públicos. Con los recursos de contrapartida podrán financiarse todos los rubros establecidos como cofinanciables (numeral 12.2), además de los siguientes: CO1- Los aportes de salarios del equipo emprendedor; siempre y cuando los tiempos dedicados al proyecto que se establezcan como contrapartida puedan ser corroborados con la interventoría. Se debe tener en cuenta que la dedicación del equipo para ser considerado un aporte de contrapartida en efectivo debe corresponder al 100% del tiempo laboral, lo cual será verificado por la interventoría. CO2- Impuestos y gastos financieros que se causen por virtud del uso de los recursos entregados en cofinanciación aportados por la Unidad de Desarrollo e Innovación. (Solo como contrapartida en efectivo). CO3- Gastos de legalización del contrato de cofinanciación como pólizas y publicaciones. (Solo como contrapartida en efectivo). CO4- Gastos de alimentación (solo como contrapartida en efectivo). CO5- El Impuesto al Valor Agregado IVA generado por la adquisición que haga el ejecutor de bienes o servicios cofinanciados, indispensables para el desarrollo de la propuesta. (Solo como contrapartida en efectivo) DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN De ser aprobada la propuesta, los desembolsos de los recursos de cofinanciación se efectuarán de la siguiente manera: 30% a título de anticipo, una vez legalizado el contrato y emitido el visto bueno para su desembolso por parte de la interventoría y de LA UNIDAD, previa presentación de la respectiva cuenta de cobro. 30% una vez ejecutado el 50% del total de las actividades propuestas y emitido el visto bueno para su desembolso por parte de la Interventoría y de LA UNIDAD, previa presentación de la respectiva cuenta de cobro. 40% a la finalización del proyecto, previo visto bueno para su desembolso por la interventoría y firma del acta de liquidación del contrato. 13. RÉGIMEN LEGAL DEL CONTRATO El contrato que como consecuencia de la presente convocatoria se suscriba con los proponentes cuyas propuestas fueron calificadas viables, se sujetarán al derecho privado. 14. MONEDA Para los efectos de esta convocatoria, las propuestas deberán expresarse en pesos colombianos. 21

22 15. EVALUACIÓN La presente convocatoria contará con un proceso de evaluación en dos fases y una de ellas con dos subfases, tal como se explica a continuación: 15.1 ETAPA DE PRESELECCIÓN La primera fase del proceso de evaluación es la preselección, la cual tiene por objeto establecer si la propuesta cumple con los requisitos técnicos mínimos y con la documentación mínima que se enuncia a continuación: La evaluación de las propuestas en la fase de preselección se realizará en el orden de radicación de las mismas. Para surtir el proceso de preselección el proponente y la institución de apoyo deberán presentar la siguiente documentación: Propuesta técnica mínima La propuesta deberá incluir: I. Carta de presentación de la propuesta, según anexo. II. Formato de presentación de propuestas, diligenciado en su totalidad, según anexo. III. Formato de plan de trabajo, Indicadores, y base de cálculo, conforme las condiciones, los rubros y topes establecidos en la presente convocatoria. IV. Certificaciones de experiencia de la Institución de apoyo en los términos establecidos en el numeral 6 de los presentes Términos de Referencia Documentos legales mínimos Adicionalmente, los documentos legales que deberá presentar en esta fase son: I. Formato de vinculación de clientes completamente diligenciado, firmado en original y con huella original (tanto del emprendedor como de la Institución de apoyo). II. III. Original del certificado de existencia y representación legal con una vigencia no mayor a dos meses, (tanto para el emprendedor como para la institución de apoyo). En caso de que el proponente sea persona natural comerciante deberá presentar original del Registro Mercantil y anexar fotocopia de la cédula en lugar de la cámara de comercio. Estados financieros a diciembre 2012 (tanto de la Institución de apoyo como del emprendedor).en este sentido se resalta que si quien va a actuar como administrador de los recursos no cumple con las condiciones establecidas en el numeral 5.4, será excluido del proceso de evaluación. 22

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