UNIDAD DE DESARROLLO E INNOVACIÓN INNPULSA COLOMBIA ADENDA 01

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1 UNIDAD DE DESARROLLO E INNOVACIÓN INNPULSA COLOMBIA ADENDA 01 A través de la presente adenda se modifican los Términos de Referencia publicados en la página web de INNPULSA COLOMBIA: el 11 de abril de 2014, correspondientes a la convocatoria TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA ADJUDICAR RECURSOS DE COFINANCIACIÓN NO REEMBOLSABLES A PROPUESTAS DE BIOEMPRESA QUE TENGAN POR OBJETO EL DESARROLLO DE UN PROYECTO QUE CONSISTA EN UN BIONEGOCIO CON EL POTENCIAL DE CRECER DE MANERA RÁPIDA, RENTABLE Y SOSTENIDA. CONVOCATORIA CEE005 CAPITAL SEMILLA PARA BIOEMPRESAS Los textos de los numerales ajustados con la presente adenda son lo que se indican a continuación: 8. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA 12.1 PRESUPUESTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA Bogotá D.C. Mayo de

2 TABLA DE CONTENIDO 1. ANTECEDENTES LA UNIDAD DE DESARROLLO E INNOVACIÓN ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DEFINICIONES OBJETO DE LA CONVOCATORIA MECANICA DE LA CONVOCATORIA TÉRMINOS JURÍDICOS RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA CLÁUSULA DE RESERVA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA INSTRUCCIONES A LOS PROPONENTES ESTUDIOS PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR LA PROPUESTA QUIENES PUEDEN SER PROPONENTES ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN QUIENES PUEDEN SER ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE RECURSOS COBERTURA GEOGRÁFICA DE LA PROPUESTA CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA APERTURA DE LA CONVOCATORIA CIERRE DE LA CONVOCATORIA FORMULACIÓN DE INQUIETUDES RESPUESTA DE INQUIETUDES LUGAR Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS PORCENTAJE Y MONTOS MÁXIMOS DE COFINANCIACIÓN PRESUPUESTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA RUBROS COFINANCIABLES RUBROS NO COFINANCIABLES RECURSOS Y RUBROS DE CONTRAPARTIDA

3 12.5 DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN RÉGIMEN LEGAL DEL CONTRATO MONEDA EVALUACIÓN ETAPA DE ELEGIBILIDAD (DOCUMENTAL Y PRE-TÉCNICA) Propuesta técnica mínima Documentos legales Evaluación Pre-Técnica ETAPA DE VIABILIDAD Criterios de Desempate Rechazo de Propuestas DECLARATORIA DE DESIERTA CONTENIDO Y ESTRUCTURA DE LA PROPUESTA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA PERIODO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA CONTRATO SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LA UNIDAD OBLIGACIONES DEL PROPONENTE/ ENTIDAD ADMINISTRADORA DE RECURSOS OBLIGACIONES ADICIONALES DE LA ENTIDAD ADMINISTRADORA GARANTÍAS DEL CONTRATO INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES INTERVENTORÍA CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DIFUSIÓN, TRANSFERENCIA Y UTILIZACIÓN DE RESULTADOS PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL DE LOS RESULTADOS

4 1. ANTECEDENTES 1.1 LA UNIDAD DE DESARROLLO E INNOVACIÓN La Unidad de Desarrollo e Innovación nace como parte del propósito del Gobierno Nacional de acelerar los motores que jalonan la locomotora de la innovación. El objetivo principal de la Unidad de Desarrollo e Innovación es estimular los sectores productivos del país y lograr que más innovadores y empresarios incursionen en procesos de alto impacto con énfasis en innovación. Esta Unidad estimula la alianza entre sector público, sector privado y la academia como eje fundamental para desarrollar la innovación en el marco de una estrategia nacional de innovación. La Unidad de Desarrollo e Innovación promueve las condiciones para apalancar el desarrollo del país desde la innovación y pone al servicio de los empresarios y los emprendedores dinámicos, nuevas herramientas y programas renovados para aprovechar la innovación como motor de la prosperidad. Adicionalmente, promueve la innovación como instrumento para el desarrollo y la competitividad, y para ello se enfoca en la innovación empresarial y el emprendimiento que genere alto impacto en términos de crecimiento, prosperidad y empleo de calidad. Para desarrollar su labor la Unidad utilizará un conjunto de herramientas de política industrial moderna, tales como convocatorias de recursos cofinanciados y no reembolsables. Esta figura permite articular diferentes instrumentos ya existentes, financieros y no financieros, y el diseño de nuevos mecanismos que tengan en cuenta las necesidades de los empresarios y los emprendedores. 1.2 ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA Las bases de la Ley 1450 de 2011 Plan Nacional de Desarrollo (Prosperidad para Todos), establecen que para fomentar la innovación y el uso del conocimiento se requiere: (i) (ii) (iii) Financiación adaptada a las características de los proyectos de investigación e innovación y a la estructura productiva y necesidades regionales, La formación de capital humano que pueda transformar ideas y conocimiento en innovaciones, y Una institucionalidad que organice, asesore, acompañe y vigile los procesos de identificación, producción, difusión, uso e integración del conocimiento en la transformación productiva y social del país. En desarrollo de lo anterior y con la finalidad de ejecutar los objetivos que el Gobierno Nacional se ha trazado para el periodo , el artículo 46 de la Ley 1450 de 2011 estableció: Artículo 46. FINANCIACIÓN UNIDAD DE DESARROLLO BANCOLDEX. El Gobierno Nacional, previa instrucción sobre su distribución a la Nación por el CONPES, podrá destinar recursos de las utilidades del Banco de Comercio Exterior Bancoldex, para el 4

5 diseño, montaje y funcionamiento de una Unidad de Desarrollo y para la estructuración e implementación de proyectos y programas identificados por dicha unidad. Tales recursos se manejarán a través de un sistema de manejo separado de cuentas que para todos sus efectos se asimilará a un patrimonio autónomo. Bancoldex administrará dichos recursos a través de una cuenta de orden. Para los propósitos señalados en este artículo, Bancoldex podrá celebrar convenios con las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación. La Unidad de Desarrollo e Innovación tiene como objetivos: a) apoyar la estructuración de las líneas de acción de los proyectos estratégicos con enfoque regional, b) identificar los instrumentos de apoyo públicos y privados adecuados y hacer seguimiento a su ejecución, c) identificar las líneas de redescuento enfocadas a las necesidades de las empresas del Programa y d) diseñar iniciativas para financiamiento de riesgo de los emprendimientos con carácter innovador en etapa temprana. En atención a lo establecido en el mencionado artículo y a lo dispuesto en las bases del Plan Nacional de Desarrollo , el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. - Bancóldex (en adelante Bancóldex), suscribió con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (en adelante el MCIT) el Convenio Interadministrativo de Cooperación N 164 de 2011, cuyo objeto es poner en marcha la Unidad de Desarrollo e Innovación. Por su parte el Documento Conpes 3697 del 14 de Junio de 2011 establece como objetivo crear las condiciones económicas, técnicas, institucionales y legales que permitan atraer recursos públicos y privados para el desarrollo de empresas y productos comerciales basados en el uso sostenible de la biodiversidad, específicamente de los recursos biológicos, genéticos y sus derivados. Estos recursos son la base de nuevos productos para diversas industrias como la cosmética, la farmacéutica, la agroalimentaria y la de ingredientes naturales, entre otras. Para lograr lo anterior, se proponen las siguientes iniciativas: i) mejorar la capacidad institucional para el desarrollo comercial de la biotecnología a partir del uso sostenible de la biodiversidad, específicamente de los recursos biológicos, genéticos y sus derivados ; ii) desarrollar un conjunto de instrumentos económicos para atraer inversiones públicas y privadas para el desarrollo de empresas y productos basados en el uso sostenible con fines comerciales de la biodiversidad, específicamente de los recursos biológicos, genéticos y sus derivados y la biotecnología; iii) adecuar y revisar el marco normativo relacionados con el acceso a los recursos genéticos, los procesos de registro sanitario de medicamentos biotecnológicos, y la regulación sobre producción y comercialización de productos fitoterapéuticos; y iv) evaluar la creación de la empresa nacional de bioprospección. A través del documento Conpes 3697 del 14 de junio de 2011 se determina que el Gobierno promoverá la constitución de una cadena de financiación para la industria biotecnológica, impulsando la creación de instrumentos que realicen inversiones en los siguientes tipos de empresas: i) desarrolladoras de productos de origen natural o insumos biotecnológicos, ii) de base biotecnológica, iii) de productos con alto valor agregado, iv) así como empresas que elaboren productos finales destinados para consumo de hogares y 5

6 empresas, desarrollados a través del uso de biotecnología que se encuentren en etapa de expansión. En relación con el acceso a financiamiento para el desarrollo comercial de la biotecnología a partir del uso sostenible de la biodiversidad, el documento Conpes 3697 de 2011 indica: En el caso de negocios que hagan uso sostenible de la biodiversidad, se puede afirmar que son pocos los instrumentos sectoriales que existen para su fortalecimiento, con contadas excepciones, entre ellos el Fondo de Biocomercio. Esta situación no ha permitido que el uso sostenible de la biodiversidad sea un factor diferenciador de la producción nacional en los mercados, y mucho menos en aquellos mercados en los que la biotecnología es un elemento de competencia, en los que Colombia tendría mayores oportunidades La financiación de las empresas de bioprospección, las desarrolladoras de productos de origen natural, de base biotecnológica, de productos con valor agregado, así como empresas que elaboren productos finales a través del uso de la biotecnología moderna y de materiales derivados de la biodiversidad colombiana, debe concebirse como una cadena, donde cada mecanismo de inversión se activa dependiendo del estado de desarrollo en el cual se encuentra cada empresa o proyecto. Para entender mejor el potencial de la industria de biotecnología en el País, la Unidad de Desarrollo e Innovación, con el apoyo técnico del Departamento Nacional de Planeación, contrató en el año 2013 un estudio que definió las principales estrategias y actividades necesarias para la creación de instrumentos financieros acordes con las capacidades del país, que permiten atraer inversiones y llevar al mercado global empresas de base biotecnológica y productos biotecnológicos basados en el uso sostenible de los recursos biológicos, genéticos y sus derivados de la biodiversidad. En el Estudio Potencial de la Industria de la Biotecnología en el País 1, en el que se recomiendan mejoras a la convocatoria de capital semilla realizada por La Unidad en el año 2013, para que se atiendan las necesidades de desarrollo de bioempresas se indica que se requiere: Incrementar los umbrales máximos (montos) de los proyectos, por tratarse de un sector intensivo en capital (ejemplo: convocatoria de capital semilla). Continuar apoyando los procesos de acompañamiento, tal y como está haciendo innpulsa, para que se incorporen las rutinas, metodologías y buenas prácticas en las empresas beneficiarias de las ayudas. Adicionalmente en el marco del Plan de Estímulo para la Productividad y el Empleo (PIPE), lanzado el 15 de abril de 2013, por el Presidente Juan Manuel Santos y que tiene como fin consolidar y extender los beneficios del crecimiento económico a todos los sectores de la economía inyectándoles dinamismo a través de medidas transversales y sectoriales para sectores específicos para así poder alcanzar el crecimiento de 4,8% propuesto para este año 2, Bancoldex tiene contemplado un programa de financiación de apoyo al sector industrial. 1 Estudio sobre el potencial de la industria de biotecnología en el país 2 Plan de Impulso a la Productividad y Empleo (PIPE). Conversatorio 16 de Abril de Cámara de Comercio de Bogotá 6

7 Dicha medida asignó recursos para la UNIDAD destinados a capital semilla y otros mecanismos financieros y no financieros que generen crecimiento en empresas de todos los tamaños y grados de madurez 3. Teniendo en cuenta el documento CONPES 3697 de 2011, los resultados del estudio Potencial de la Industria de Biotecnología en el País y en desarrollo de las obligaciones asumidas por la Unidad de Desarrollo e Innovación, La Unidad procede a realizar esta convocatoria pública para adjudicar recursos de cofinanciación no reembolsables a propuestas de bioempresas que tengan por objeto el desarrollo de un proyecto con el potencial de crecer de manera rápida, rentable y sostenida. Las erogaciones que resulten de la presente convocatoria fueron aprobadas por la Junta Asesora de la Unidad de Desarrollo e Innovación en la sesión N 34 del 31 de enero de 2014, la cual aprobó el presupuesto de la Unidad de Desarrollo e Innovación para el año 2014 y su respectivo plan operativo. 1.3 DEFINICIONES Para efectos de los presentes términos de referencia, se adoptan las siguientes definiciones: a) Unidad de Desarrollo e Innovación (LA UNIDAD): Es un programa especial (asimilado a un patrimonio autónomo) que administra el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. Bancoldex, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 1450 de b) Crecimiento rápido, rentable y sostenido (CRRS): Para el caso de los presentes términos de referencia, se calificarán por emprendimientos y empresas con potencial de crecer de manera rápida, rentable y sostenida en el tiempo CRRS- teniendo en cuenta las siguientes definiciones: Crecimiento Rápido: crecimiento rápido está asociado a la dinámica en ventas o ingresos operacionales, los cuales se consideran sinónimos para los fines de la presente convocatoria. La variación en ventas, es la variable que se utiliza para establecer si la firma presentó un crecimiento rápido. Crecimiento Rentable: el crecimiento rentable se relaciona con el crecimiento en las utilidades antes de intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones, indicador financiero conocido como EBITDA, por sus siglas en inglés (Earnings Before Interest, Taxes, Depreciation, and Amortization). Crecimiento Sostenido: el crecimiento sostenido está relacionado con las dos variables anteriormente mencionadas: ingresos operacionales y EBITDA. A nivel conceptual, se considera que las firmas con Crecimiento Sostenido son aquellas que tienen ingresos sostenidos y EBITDA sostenido durante un período de tiempo de cinco (5) años. 3 Plan de Impulso a la Productividad y Empleo (PIPE). ABC del Plan de Estímulo para la Productividad y el Empleo (PIPE). 15 de abril de

8 Para el caso de los presentes Términos de Referencia, las empresas CRRS serán aquellas que tengan el potencial de alcanzar los siguientes resultados: Margen Operativo superior al 8%. Potencial de llegar a vender $4.000 millones en el año 10 si tienen más de 3 años. Ventas iniciales acumuladas superiores a $400 millones si tienen menos de 3 años. Promedio histórico de margen operativo mayor al 4%. Empleados con ingresos superiores a 3X el SMMLV (X= 1 SMMLV). c) Bioempresario: Es un individuo que en solitario o como parte de un grupo emprende una iniciativa empresarial aplicando biociencias en el contexto del negocio. d) Bioempresa: en estos términos de referencia se adopta la definición del Conpes 3697 del 14 de junio de 2011 donde se determinan como bioempresas las empresas: i) desarrolladoras de productos de origen natural o insumos biotecnológicos, ii) de base biotecnológica, iii) de productos con alto valor agregado, iv) así como empresas que elaboren productos finales destinados para consumo de hogares y empresas, desarrollados a través del uso de biotecnología que se encuentren en etapa de expansión. e) Desarrollo Bioempresarial: Es el proceso de creación de valor extraordinario en el tiempo a través de una bioempresa que tiene el potencial de crecer rápido, rentable y sostenidamente. f) Validación comercial: Es la demostración y evidencia de la posible aceptación del mercado, del bionegocio. Todos los proponentes sin excepción deberán presentar al menos uno de los siguientes soportes, para argumentar la validación comercial, además del estudio de mercado y prueba de concepto: Cartas de intención de compra. Ventas realizadas a través de facturas. Dos (2) cartas de empresas del sector donde se pueda aplicar la tecnología manifestando la relevancia de incorporarla en el mercado. Documento que certifique o evidencie un proceso de debida diligencia entre el comprador o licenciatario de la tecnología o la empresa y la empresa interesada. H) Estudio de Mercado: Es un estudio que determina el potencial de mercado del producto, el servicio de la empresa. Este debe incluir: Definición del mercado Tamaño del mercado 8

9 Análisis general de la industria, entorno del negocio y tendencias demográficas Industria local Principales competidores (fortalezas y debilidades) Posicionamiento en el mercado Objetivos de mercado Estrategia de participación en el mercado Dicho estudio deberá contemplar elementos cualitativos y cuantitativos y debe presentar para las variables enunciadas Información con una vigencia no mayor a (12 meses). El estudio debe presentarse de conformidad con la definición planteada en estos términos como un anexo a la propuesta técnica. I) Entidad administradora de recursos: En el caso en el que el proponente no cuente con las condiciones definidas para administración de los recursos definidos en el numeral 5.4 de los presentes términos de referencia, se deberá presentar con una entidad administradora de los recursos, que cuente con las condiciones e indicadores definidas para tal fin. Podrán ser entidades administradoras de recursos, personas jurídicas privadas que cuenten con la experiencia y capacidades demostrables definidas en el numeral 6 de los presentes Términos de Referencia. Las entidades administradoras de recursos para efectos de esta convocatoria responderán solidariamente por el cumplimiento de las obligaciones del contrato que se suscriba en el evento que se adjudiquen los recursos de cofinanciación. Estas entidades deberán cumplir con todas las obligaciones contractuales, y particularmente las descritas en el numeral 18.4 de los presentes términos de referencia. J) Equipo Gestor de Alto Nivel - EGAN: La Unidad podrá disponer de un Equipo Gestor de Alto Nivel de Bionegocios con experiencia internacional demostrada, quie acompañará a los proponentes que reciban los recursos de cofinanciación. El rol del EGAN consistirá en propender por el fortalecimiento del proponente como empresa, para lo que desarrollará entre otras, las siguientes actividades: Acompañar a las Bioempresas en el desarrollo de un plannegocio para la empresa. Diseñar e implementar procesos de apoyo para el desarrollo de la Bioempresa Facilitar el desarrollo de la Bioempresa trabajando de la mano con el bioempresario, posibles clientes, aliados (proveedores, co-desarrolladores, abogados, universidades, etc.) Desarrollar y mantener relaciones de alto nivel con posibles clientes, compradores o aliados de la Bioempresa. Conducir a la empresa para facilitar la celebración de contratos (incluyendo la identificación de nuevos clientes y mercados, desarrollando aproximaciones al mercado, identificación de clientes potenciales, preparación de propuestas, etc). Ayudar a desarrollar estrategias de mercadeo y ventas. 9

10 Apoyar el proceso de levantamiento de recursos financieros identificando fuentes de financiación, facilitando la presentación de la bioempresa ante la fuente de financiación y apoyando el proceso de negociación entre las partes. Otras labores que se identifiquen sean necesarias para el desarrollo exitoso de la bioempresa. Se reitera que las actividades que desarrolle el EGAN estarán orientadas al fortalecimiento integral de la Bioempresa y de sus capacidades, propendiendo por que se facilite en ésta el Crecimiento rápido, rentable y sostenido de la misma. Por lo anterior los proponentes que resulten beneficiarios de la presente convocatoria y, en caso que la Unidad disponga de éste equipo, deberán elaborar un plan de fortalecimiento conjuntamente con el Equipo Gestor de Alto Nivel - EGAN que deberá ejecutarse durante el desarrollo del proyecto cofinanciado, obligación que será incorporada a los contratos que eventualmente se celebren el marco de esta convocatoria. K) Pitch: Es una técnica de discurso persuasivo, que busca convencer a un inversionista, cliente o publico sobre una idea o asunto en particular. Por lo general la presentación debe ser corta, concreta y clara y su técnica varía dependiendo del público ante el que se realice. L) Propuesta: Es la oferta que presenta a esta convocatoria un proponente de conformidad con los términos de referencia. M) Prueba de Concepto: Para efectos de la presente convocatoria es la demostración tangible que verifica que el concepto o la investigación que se está desarrollando tiene una aplicación en el mundo real. En este caso el Proponente debe probar que ya avanzó en una investigación aplicada, que cuenta con un prototipo mínimamente viable que le permite demostrar su factibilidad y con usuarios identificados. Para tal fin el proponente deberá de describir en el formato de presentación de la propuesta los elementos que sustentan dicha situación, adicionalmente se debe aportar evidencia de intención de compra. N) Bionegocio validado comercialmente: Es una compañía en proceso de gestación que se encuentra validando su modelo de negocios y cuenta con soportes de esta validación de acuerdo a lo solicitado en esta convocatoria. O) Proyecto: Es la propuesta que ha cumplido con los criterios de elegibilidad y viabilidad requeridos por parte de LA UNIDAD. P) Producto: La American Marketing Asociation (A.M.A.), lo define como "un conjunto de atributos (características, funciones, beneficios y usos) que le dan la capacidad para ser intercambiado o usado. Usualmente, es una combinación de aspectos tangibles e intangibles. Así, un producto puede ser una idea, una entidad física (un bien), un servicio o cualquier combinación de los tres. El producto existe para 10

11 propósitos de intercambio y para la satisfacción de objetivos individuales y de la organización" 4 Q) Prototipo Mínimamente Viable (PMV): Es un prototipo formado por el conjunto de funcionalidades mínimas con los que el producto en desarrollo debe contar para probarlo y validarlo con los potenciales usuarios o clientes 5. R) Proponente: Es toda persona jurídica privada nacional, que presente una propuesta a la presente convocatoria. El proponente que se presente a esta convocatoria no puede ser o haber sido beneficiario de recursos de cofinanciación entregados dentro de las convocatorias EDI007, EDI19 o CEE004, abiertas por la Unidad de Desarrollo e Innovación ni de las convocatorias CIE y CIE del Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. En tal sentido se declarará NO ELEGIBLE aquella propuesta cuyo proponente haya sido beneficiario de alguna de las convocatorias anteriormente mencionadas. De la misma forma, se declarará NO ELEGIBLE la propuesta que presente para ser cofinanciado un proyecto que hubiera recibido recursos de cofinanciación dentro de cualquier convocatoria de la Unidad de Desarrollo e Innovación o del Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. S) Prototipo: Es un modelo original que incluye todas las especificaciones técnicas, características y determinantes del desempeño de un nuevo producto. El diseño, construcción y prueba de prototipos generalmente hace parte de procesos relacionados con la investigación y desarrollo (I+D). Así mismo de un prototipo también hacen parte aquellos elementos del diseño industrial incluidos planos y dibujos destinados a definir procedimientos, especificaciones técnicas y características operativas necesarias para la concepción, desarrollo y manufactura de nuevos productos o procesos antes de que estos lleguen al mercado 6. T) Recursos de Cofinanciación: Son aportes en dinero no reembolsables destinados por LA UNIDAD para cubrir un porcentaje del proyecto, previo cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos señalados en estos términos de referencia. U) Recursos de contrapartida en especie: Son los recursos (humanos, físicos y tecnológicos) diferentes a recursos en efectivo, aportados por los proponente seleccionados o terceros, de acuerdo al numeral 12.4, los cuales se requieren necesariamente para la ejecución de la propuesta. Dependiendo de la clase de recurso aportado este no implica exclusivamente una erogación de dinero. Sin embargo para su validación y seguimiento, se Definición adoptada de (consultado el 16 de julio de 2013) 6 Definición adaptada del Manual de Frascatti, OECD

12 solicitara los respectivos soportes que permitan verificar su valoración por parte de la interventoría. V) Recursos de contrapartida en efectivo: Son todos aquellos recursos que el proponente o un tercero proporciona en efectivo, para el desarrollo de las actividades contempladas exclusivamente en el proyecto. Los recursos de contrapartida deberán cumplir con los lineamientos establecidos en el numeral 12.4 de estos Términos. W) Primer Lote de Prueba: es la manufactura de un nuevo producto donde se pone en marcha una línea de producción inicial. En esta se evalúa el comportamiento del producto en la línea de producción, se ajustan parámetros, métodos de producción, sistemas y producto final. 2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA Adjudicar recursos de cofinanciación no reembolsables a propuestas presentadas por bioempresas que tengan por objeto el desarrollo de un proyecto que consista en un bionegocio con el potencial de crecer de manera rápida, rentable y sostenida. Las propuestas que se presenten deberán cumplir con las condiciones establecidas en los presentes términos de referencia. 3. MECANICA DE LA CONVOCATORIA La presente convocatoria cuenta con un proceso de evaluación que se realiza en dos (2) fases, una de Elegibilidad (documental y pre-técnica) y otra de Viabilidad, tal como se explica en el numeral 15 de los presentes términos de referencia: I II Elegibilidad (documental y pre-técnica) Viabilidad 4. TÉRMINOS JURÍDICOS 4.1 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE En atención al régimen de contratación de LA UNIDAD, el presente proceso de selección y la contratación que de él se derive, se encuentran sometidos a las normas del Derecho Privado Colombiano. 4.2 VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA El Proponente está obligado a responder por la veracidad de la información entregada durante el proceso de selección de Proponentes. LA UNIDAD, de conformidad con el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el Proponente presente para el desarrollo de esta invitación es veraz, y corresponde a la realidad. No 12

13 obstante, LA UNIDAD, se reserva el derecho de verificar toda la información suministrada por el Proponente. 4.3 CLÁUSULA DE RESERVA LA UNIDAD se reserva el derecho de cerrar anticipadamente la presente convocatoria y de rechazar cualquiera o todas las propuestas que se presenten, si así conviene a sus intereses, sin necesidad de dar explicación alguna a los proponentes y sin indemnizar ningún tipo de perjuicio o asumir costo alguno que con tal cierre o rechazo se pudiera generar a alguno de las entidades que presentaron propuesta. 4.4 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA El Proponente persona jurídica privada y la entidad administradora de recursos (en caso de que aplique), deberán constituir una garantía conjunta de seriedad de la oferta (una garantía por propuesta), con una suma asegurada equivalente al cinco por ciento (5,00%) del valor total de la propuesta, es decir, recursos de cofinanciación solicitados más recursos de contrapartida, en la cual se haga mención expresa a la propuesta que se está garantizando ante LA UNIDAD. Esta garantía podrá consistir en una garantía bancaria a primer requerimiento (on-demand) o en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, que sea satisfactoria para LA UNIDAD. La garantía deberá ajustarse a los presentes Términos de Referencia y a las disposiciones legales vigentes. Las compañías de seguros que otorguen la garantía deberán estar legalmente establecidas en Colombia, los establecimientos bancarios que otorguen la garantía podrán ser nacionales o extranjeros siempre que tengan límite de exposición crediticia con Bancóldex (cupo de crédito aprobado con Bancóldex). La garantía deberá ser válida por un periodo de ciento ochenta días (180) días calendario a partir de la fecha de radicación de documentos requeridos para la etapa de elegibilidad documental y técnica (Ver numeral 11). La garantía de seriedad de la oferta deberá ser otorgada a favor del Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. Bancóldex Unidad de Desarrollo e Innovación, NIT , en formato para entidades particulares, la cual se hará efectiva si el proponente y/o la Entidad administradora de recursos retiran su propuesta dentro del período de validez estipulado, o si habiéndosele adjudicado el contrato no cumplen con los requisitos establecidos para la firma del mismo o se niegan a celebrar el contrato respectivo o no presenta las garantías del Contrato establecidas en estos Términos de Referencia o en el Contrato. Nota: En caso de que el proponente se presente con una entidad administradora de recursos, y teniendo en cuenta la responsabilidad compartida de los mismos, la garantía de seriedad de la oferta deberá mencionar expresamente que los tomadores/afianzados son tanto el proponente con su número de NIT y la entidad administradora con número de NIT, esta aclaración puede incluirse en las observaciones de las garantías emitidas por las aseguradoras. 13

14 5. INSTRUCCIONES A LOS PROPONENTES 5.1 ESTUDIOS PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA Corresponde a todo Proponente efectuar los estudios y verificaciones que considere necesarios para la formulación de la Propuesta, asumiendo todos los gastos, costos, impuestos y riesgos que ello implique, que no serán reembolsados en ningún caso y bajo ningún concepto. La presentación de una Propuesta implicará que el Proponente realizó los estudios, análisis y valoraciones pertinentes para prepararla y, por lo mismo, no se reconocerá sobrecosto alguno derivado de deficiencias en ellos. 5.2 INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR LA PROPUESTA Las propuestas recibidas que no cumplan los requisitos y no vengan acompañadas de la documentación exigida en estos Términos de Referencia, serán excluidas del proceso de evaluación. La Propuesta debe ser presentada en español y todas sus páginas deben estar enumeradas en forma ascendente consecutiva, con el correspondiente índice o tabla de contenido que permita su fácil consulta, sin embargo, esto no será un criterio de elegibilidad. 5.3 QUIENES PUEDEN SER PROPONENTES Podrán ser proponentes de esta convocatoria toda persona jurídica privada, constituida legalmente en Colombia, que cumpla con las siguientes condiciones: 1. Cuente con una Bioempresa. 7 Para lo cual en el formato de presentación de la propuesta deberá describir las actividades económicas y antecedentes de la Bioempresa. 2. Demuestre potencial de crecimiento rápido, rentable, sostenido, Es decir demuestre la capacidad de cumplir las métricas de: Margen Operativo, Potencial de Venta, y Promedio de Margen Operativo establecidos en el literal C) del numeral 1.3. Con el fin de evaluar este aspecto, se deberá diligenciar el Anexo- Plan de trabajo. 7 En estos términos de referencia se adopta la definición del Conpes 3697 del 14 de junio de 2011 donde se determinan como bioempresas las empresas: i) desarrolladoras de productos de origen natural o insumos biotecnológicos, ii) de base biotecnológica, iii) de productos con alto valor agregado, iv) así como empresas que elaboren productos finales destinados para consumo de hogares y empresas, desarrollados a través del uso de biotecnología que se encuentren en etapa de expansión. ( ver numeral 1.4 de los presentes términos de referencia) 14

15 3. Presente un estudio de mercado, prueba de concepto y validación comercial del Bionegocio, Para lo cual igualmente deberá adjuntar la documentación exigible según las definiciones establecidas en el literal H) del numeral Cumpla con las condiciones establecidas y la documentación exigida por los presentes términos de referencia. Para el caso en el que el proponente persona jurídica privada, NO cumpla con la capacidad financiera para administrar recursos y/o no cuente con más de un año de constitución legal a la fecha de radicación de la propuesta, deberá, sin excepción, presentarse en compañía de una entidad administradora de recursos que cumpla con los requisitos establecidos en el numeral 6 y con los requisitos establecidos para administrar recursos del numeral 5.4. de los presentes términos de referencia. En el caso en el que el proponente, persona jurídica privada, cumpla con la capacidad para administrar recursos relacionada en el numeral 5.4, NO tendrá que presentarse en compañía de una entidad administradora de recursos. Se precisa que cualquier persona jurídica nacional interesada en presentar propuesta, podrá presentar máximo dos (2) propuestas para recibir recursos de cofinanciación dentro de la presente convocatoria, de la siguiente forma: 1. Máximo una propuesta presentada directamente en su condición de persona jurídica. 2. Máximo una propuesta presentada por cualquier persona jurídica en la que figure como socia o propietaria de la misma, una persona jurídica que haya sido beneficiada por recursos de cofinanciación. Esta restricción aplica también para los socios personas naturales de las personas jurídicas que se presenten a esta convocatoria así: Una persona natural sólo podrá aparecer en calidad de socia o propietaria en máximo dos (2) propuestas presentadas por personas jurídicas para recibir recursos de cofinanciación dentro de la presente convocatoria. Se reitera que el proponente que se presente a esta convocatoria no puede ser o haber sido beneficiario de recursos de cofinanciación entregados dentro de las convocatorias EDI007, EDI19 o CEE004, abiertas por la Unidad de Desarrollo e Innovación ni de las convocatorias CIE y CIE del Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. En tal sentido se declarará NO ELEGIBLE aquella propuesta cuyo proponente haya sido beneficiario de alguna de las convocatorias anteriormente mencionadas. De la misma forma, se declarará NO ELEGIBLE la propuesta que presente para ser cofinanciado un proyecto que hubiera recibido recursos de cofinanciación dentro de cualquier convocatoria de la Unidad de Desarrollo e Innovación o del Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. 15

16 El suministro del Equipo Gestor de Alto Nivel (EGAN) por parte de La Unidad no implica que ésta asuma responsabilidad alguna por el éxito del proyecto cofinanciado. De la misma forma, al presentar una propuesta a la presente convocatoria, el proponente declara que exonera a La Unidad de cualquier responsabilidad derivada del acompañamiento del EGAN a una bioempresa que reciba recursos de cofinanciación. 5.4 ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN El Administrador de recursos podrá ser el proponente o la entidad administradora de los recursos, el cual en todo caso deberá contar con la capacidad financiera suficiente para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, de acuerdo con criterios de evaluación de ingresos, capacidad o suficiencia operativa y endeudamiento. Los recursos de cofinanciación podrán ser entregados al proponente y administrados directamente por éste, excepto que: - El proponente persona jurídica privada no cuente con más de un año de constitución a la fecha de presentación de la propuesta. - El proponente persona jurídica no cumpla con los parámetros financieros establecidos a continuación (capital de trabajo neto, Razón de liquidez y Razón de endeudamiento) - Que el proponente decida presentarse con una Entidad Administradora, a pesar de que cumpla con las condiciones definidas para lo cual se debe definir esta situación en el plan de trabajo En todo caso el administrador de los recursos que se proponga (Entidad administradora de recursos o Proponente), deberá cumplir con los siguientes parámetros financieros, o no pasará la etapa de elegibilidad conforme las condiciones exigidas en él numeral 15: I. Capital de trabajo neto debe ser superior o igual al diez (10,00%) del valor de la propuesta. II. Razón de liquidez debe ser mayor o igual a uno (1). III. Razón de endeudamiento no debe ser superior al setenta por ciento (70,00%). Para tal fin y con base en los Estados Financieros con corte a 31 de diciembre de 2013, se calcularán los siguientes indicadores: o o o Capital de trabajo neto = Activo Corriente Pasivo Corriente Razón de liquidez = Activo Corriente / Pasivo corriente Razón de Endeudamiento = Pasivo / Total Pasivo + Patrimonio Dicho análisis de la situación financiera y respaldo que ofrece cada uno de los proponentes se realizará con base en los indicadores financieros enunciados, tomando como base estados financieros de (Año completo de Enero a Diciembre). 16

17 Nota: Asegúrese de que quien va a actuar como administrador de los recursos cumple con las condiciones establecidas antes de radicar la propuesta. 6. QUIENES PUEDEN SER ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE RECURSOS. Podrán ser entidades administradoras de recursos dentro de la presente convocatoria aquellas que demuestren su experiencia y capacidad en ejecución de proyectos con recursos de cofinanciación y que cuenten con la capacidad financiera para administrar recursos y antigüedad, según lo definido en el numeral 5.4. Para acreditar dicha experiencia y capacidades se deberá anexar con la propuesta: 1. Información de mínimo dos (2) contratos finalizados con entidades públicas, en los que se demuestre ejecución de proyectos con recursos de cofinanciación. Para acreditar la experiencia exigida, el Proponente deberá aportar copia del acta de liquidación o certificaciones expedidas por los supervisores o equivalentes que contengan mínimo la siguiente información: Objeto y descripción Fechas de realización y duración Valor del contrato Alcance del contrato Nombre, cargo, firma y datos de contacto de quien supervisó dicho o equivalentes 2. La Entidad administradora deberá relacionar el equipo de trabajo (de acuerdo con el formato Anexo), que acompañará la ejecución de la propuesta presentada, sus responsabilidades y la dedicación de tiempo. Toda esta información deberá ser verificable y podrá ser solicitada por LA UNIDAD durante el proceso de evaluación y ejecución. La información brindada por la Entidad administradora de recursos será evaluada en la fase de Elegibilidad (documental y pre-técnica), así como en la Fase de Viabilidad (Ver numeral 15). El rol de las Entidades administradoras de recursos definidas en el numeral 1.3 de estos Términos de Referencia consiste en apoyar los procesos de contratación, gestionar los pagos, administrar los recursos de cofinanciación, garantizar la correcta ejecución de los recursos, el seguimiento al cumplimiento del plan de trabajo y el manejo de las buenas relaciones de los involucrados en el proyecto, para lo cual igualmente suscribirá de forma solidaria con el proponente el contrato que eventualmente se derive de la presente convocatoria. 7. COBERTURA GEOGRÁFICA DE LA PROPUESTA Podrán presentarse propuestas provenientes de todo el territorio nacional. 17

18 8. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA El desarrollo de esta convocatoria tendrá lugar de conformidad con el siguiente cronograma, el cual podrá ser modificado por LA UNIDAD sin restricción, mediante adenda a los presentes Términos de Referencia. EVENTO Apertura y publicación de los Términos de Referencia Formulación y radicación o envío de inquietudes por parte de los Proponentes a la Unidad de Desarrollo e Innovación Respuesta de inquietudes enviadas por los Proponentes a la Unidad de Desarrollo e Innovación Entrega de las propuestas y cierre de la Convocatoria FECHA 11 de Abril de 2014 Entre el 11 de Abril y el 6 de Junio de 2014 Entre el 11 de Abril y el 13 de Junio de 2014 Desde el 9 de Mayo hasta el 27 de Junio de APERTURA DE LA CONVOCATORIA La presente convocatoria se abrirá y se desarrollará conforme lo definido en el numeral 8 de los términos de referencia. 8.2 CIERRE DE LA CONVOCATORIA Se recibirán propuestas de acuerdo con lo estipulado en el numeral 8 de los términos de referencia. Se indica que se evaluarán las propuestas dando aplicación a los procesos de elegibilidad (documental y pre - técnica) y viabilidad descritos en los presentes Términos de Referencia, una vez cerrada la convocatoria. 9. FORMULACIÓN DE INQUIETUDES Las inquietudes o preguntas relacionadas con los presentes Términos de Referencia, que surjan por parte de los Proponentes, deberán ser presentadas, mediante correo electrónico a info@innpulsacolombia.com dirigido a la Unidad de Desarrollo e Innovación, indicando en el asunto, el nombre y número de la convocatoria. 10. RESPUESTA DE INQUIETUDES LA UNIDAD, publicará regularmente en su página web las respuestas a las inquietudes formuladas por los Proponentes en un documento titulado Preguntas frecuentes. 11. LUGAR Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 18

19 Las propuestas deberán ser dirigidas a Catalina Ortiz Lalinde, Gerente de la Unidad de Desarrollo e Innovación y presentadas con la documentación en físico en la ventanilla de radicación de correspondencia, ubicada en la Calle 28 N 13 A 15, piso 39 en la Ciudad de Bogotá, hasta las 4:30 p.m. de lunes a viernes, en los tiempos establecidos en el numeral 8. LA UNIDAD, hará constar en recibo entregado a la persona que radique la propuesta la fecha y hora de presentación. Las propuestas presentadas después de la fecha y hora de cierre de la convocatoria se considerarán presentadas de forma extemporánea, por lo que serán rechazadas. Con el fin de no alterar el principio de igualdad entre los proponentes, las propuestas después de presentadas NO podrán ser modificadas por parte del proponente, salvo que UNIDAD lo haya requerido expresamente de oficio. No se aceptarán propuestas presentadas vía correo electrónico. 12. PORCENTAJE Y MONTOS MÁXIMOS DE COFINANCIACIÓN Cada una de las propuestas presentadas que resulten viables, serán co-financiadas hasta un máximo del setenta por ciento (70,00%) del valor total del proyecto presentado. 8 El porcentaje restante deberá ser aportado como contrapartida por el Proponente, según lo descrito en el numeral En todo caso, el valor mínimo a cofinanciar por proyecto será la suma de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($ ,oo) y máximo de MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($ ,oo), sin que en ningún caso se pueda superar el porcentaje máximo de cofinanciación establecido. Si el costo real del proyecto, una vez concluido éste, excede el presupuesto inicialmente presentado, será responsabilidad del proponente asumir la diferencia en cumplimiento de las actividades y objetivos del proyecto. Así mismo, si el costo real del proyecto es menor al presupuesto inicialmente presentado, una vez concluido este, el proponente deberá reintegrar a LA UNIDAD los recursos que excedan el porcentaje aprobado de cofinanciación PRESUPUESTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA LA UNIDAD cuenta con un presupuesto total para atender la presente convocatoria de SEIS MIL MILLONES DE PESOS ($ oo) RUBROS COFINANCIABLES 8 Se resalta que se cofinanciarán propuestas hasta el 70% del valor total del proyecto, por favor tener en cuenta aun las fracciones de decimales por encima de este porcentaje, afectaran la elegibilidad de la propuesta 19

20 Los recursos de cofinanciación podrán ser invertidos en los siguientes rubros de la propuesta presentada: R01- Pago de honorarios de asistencia técnica en temas relacionados con: - Protección de la propiedad intelectual. - Internacionalización empresarial. - Escalonamiento técnico productivo y comercial del producto/servicio. - Fortalecimiento en conocimiento y capacidades del equipo bioempresarial para el Bionegocio. - Desarrollo de estrategias comerciales y modelos de negocio. - Temas Legales relacionados con el desarrollo de la bioempresa. R02 - Gastos asociados a Registro de propiedad Industrial (en el ámbito nacional o Internacional) tales como procesos de patentamiento y registros de Marca: todas aquellas actividades necesarias para obtener el patentamiento. (Honorarios de abogados, inscripciones y trámites, entre otros). R03- Gestión comercial del bionegocio tal como: Materiales y estrategias de comunicación, promoción y publicidad, participación en ruedas de negocio, ferias o eventos comerciales o de negocios nacionales e internacionales. Esto incluye transporte aéreo o terrestre y alojamiento por fuera del municipio base del emprendimiento, costos de inscripción, alquiler de stands, material publicitario y alquiler de equipos para los eventos mencionados. No incluyen gastos de alimentación, los cuales se aceptarán como contrapartida en efectivo. R04- Primer lote de prueba (ver definiciones en el numeral1.3 sin que este rubro exceda el 10% de los recursos de cofinanciación solicitados. R05- Capacitación del equipo bioempresarial en temas administrativos asociados al negocio. R06- Estudios, registros sanitarios, permisos, estándares y certificaciones necesarios para la comercialización de productos desarrollados en el marco del proyecto. Tales como pruebas de toxicología y ambientales, registros INVIMA, registros ICA, FDA, EMA, ECOCERT, USDA u otras que apliquen al tipo de industria. Así mismo homologación de nomenclatura o codificación del producto para mercados específicos. R07- Ensayos y pruebas requeridas para entrar a mercados internacionales sobre el producto o prototipo tal cómo: Estabilidad Fisicoquímicos Organolépticos Composición Irritación Mutagénesis Toxicidad Homologación 20

21 Otros que requiera la industria específica en donde el producto participa R08- Activos fijos ligados al proyecto cofinanciado (incluidas las licencias de software especializado), máximo hasta el 25,00% de los recursos totales solicitados. R09- Materiales e insumos para el desarrollo del emprendimiento en caso de requerir ajustes de prototipos. R10- Pago de tarifas de pauta y posicionamiento en plataformas digitales (móvil, web, redes sociales, blogs, SEO.) R11- Administración de recursos: En el caso en el que los recursos sean administrados por la entidad administradora de recursos diferente del mismo proponente se podrá reconocer un valor por dicha actividad, el cual será negociado entre el emprendedor y la entidad, pero en ningún caso podrá ser superior al 10,00% del valor total de los recursos de cofinanciación asignados; y su pago estará sujeto al cumplimiento de la ejecución del contrato RUBROS NO COFINANCIABLES No será cofinanciable ningún rubro diferente de los mencionados expresamente en el numeral 12.2 y particularmente los que se mencionan a continuación: Estudios y capacitaciones que no estén asociados con el desarrollo del proyecto. Estudios de aprobación de crédito o asesoría para diligenciar solicitudes de crédito. Construcción de bases de datos. Pago de pasivos (capital e intereses), pago de dividendos y aumento del capital social de la empresa. Impuestos y aranceles, nacionales tales como el gravamen a los movimientos financieros generados por las transacciones de los recursos de cofinanciación entregados y el Impuesto al Valor Agregado IVA generado por la adquisición que haga el ejecutor de bienes o servicios cofinanciados. Gastos de legalización del contrato de cofinanciación como pólizas de cumplimiento, impuestos de timbre y publicaciones. Gastos de pólizas de seriedad de la oferta. Arriendos, pagos de servicios públicos y gastos relacionados con adecuaciones de inmuebles. Los demás que no estén explícitamente identificados en el numeral RECURSOS Y RUBROS DE CONTRAPARTIDA Todas las propuestas deben incluir recursos de contrapartida que pueden provenir del mismo proponente u otras entidades públicas o privadas. Su naturaleza puede ser en efectivo o en especie. Sin embargo, el porcentaje en efectivo no podrá ser inferior al 21

22 sesenta por ciento 60,00% del valor total de la contrapartida. 9, de la misma forma el aporte en especie en ningún caso podrá superar el cuarenta por ciento 40,00% del valor total de la contrapartida; y corresponde a recursos dispuestos por el proponente y/o terceros que aporten a la propuesta, con erogación demostrable dentro del desarrollo de la misma. En ningún caso la contrapartida podrá estar compuesta por más del 75,00% de su valor con recursos públicos. Con los recursos de contrapartida podrán financiarse todos los rubros establecidos como cofinanciables (numeral 12.2), además de los siguientes: CO1- Los aportes de salarios del equipo bioempresarial; siempre y cuando los tiempos dedicados al proyecto que se establezcan como contrapartida puedan ser corroborados por la interventoría. Se debe tener en cuenta que la dedicación del equipo para ser considerado un aporte de contrapartida en efectivo debe corresponder al 100% del tiempo laboral, lo cual será verificado por la interventoría. CO2- Impuestos y gastos financieros que se causen por virtud del uso de los recursos entregados en cofinanciación aportados por la Unidad de Desarrollo e Innovación. (Solo considerados como contrapartida en efectivo). CO3- Gastos de legalización del contrato de cofinanciación como pólizas de cumplimiento y publicaciones. (Solo considerados como contrapartida en efectivo). 10 CO4- Gastos de alimentación cuando se asista a eventos internacionales (solo considerados como contrapartida en efectivo). CO5- El Impuesto al Valor Agregado IVA generado por la adquisición que haga el ejecutor de bienes o servicios cofinanciados, aprobados dentro del presupuesto de cofinanciación para el desarrollo de la propuesta. (Solo considerados como contrapartida en efectivo). CO6- Arriendos y gastos relacionados con adecuaciones de inmuebles. C07- Equipos de laboratorio siempre y cuando estos sean adquiridos durante la ejecución del proyecto DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN De ser aprobada la propuesta, los desembolsos de los recursos de cofinanciación se efectuarán de la siguiente manera: 30% a título de anticipo, una vez legalizado el contrato y emitido el visto bueno para su desembolso por parte de la interventoría y de LA UNIDAD, previa presentación de la respectiva cuenta de cobro. 30% una vez entregados a satisfacción los resultados contemplados en el 50% del plan de trabajo y emitido el visto bueno para su desembolso por parte de la 9 Se resalta que el monto de la contrapartida en efectivo es del 60% del valor total de la contrapartida, por favor tener en cuenta aun las fracciones de decimales por encima de este porcentaje, afectaran la elegibilidad de la propuesta. 10 No incluyen los gastos relacionados con la garantía de seriedad de la propuesta 22

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