LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES EN ESPAÑA

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1 LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES EN ESPAÑA Seminario sobre Políticas públicas de atención a personas mayores dependientes. Hacia un sistema integral de cuidados. Cartagena de Indias, 12 de noviembre de 2013 José María Alonso Seco. Consejero Técnico de Cooperación con Iberoamérica. Imserso.

2 ESQUEMA DE LA EXPOSICIÓN 1. INDICADORES ESTADÍSTICOS PREVIOS. 2. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DE LA PROTECCIÓN A LAS PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES. 3. ÁMBITOS DE PROTECCIÓN A LAS PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES. 4. LA LEY DE DEPENDENCIA.

3 1. INDICADORES ESTADÍSTICOS PREVIOS

4 Pirámides de población en España 2012 Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE)

5 Población de España. Porcentajes por tramos de edad sobre el total. Enero 2013 Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE)

6 Distribución de la población en España por edad y sexo. Enero 2013 Población de 0 a 64 años 41,62% 40,54% %Mujeres %Hombres Población de 65 y más años 7,63% 10,21% %Mujeres %Hombres 6

7 Personas en España de 65 y más años Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE)

8 Población mayor de 65 años en España. Distribución por municipios. 8

9 Beneficiarios de prestaciones de dependencia en España por tramos de edad. Septiembre 2013 Fuente: Imserso. Datos a 30 de septiembre de 2013

10 Limitaciones para actividades de la vida diaria en la población mayor española (%) Gravemente limitado/a Limitado/a pero no gravemente Nada limitado/a AMBOS SEXOS De 65 a 74 años 4,33 25,83 69,83 De 75 a 84 años 10,70 33,05 56,26 De 85 y más años HOMBRES 27,84 36,71 35,45 De 65 a 74 años 2,92 19,98 77,10 De 75 a 84 años 9,00 27,92 63,09 De 85 y más años MUJERES 22,51 36,30 41,19 De 65 a 74 años 5,56 30,91 63,53 De 75 a 84 años 11,88 36,61 51,52 De 85 y más años 30,70 36,94 32,36 Fuente: Encuesta Nacional de Salud (INE)

11 Personas en la UE con limitaciones graves en la actividad. % sobre el total de la población Fuente: Eurostat

12 Esperanza de vida de los hombres en América, España y Portugal. Años 1990 y 2011 Fuente: OMS

13 Esperanza de vida de las mujeres en América, España y Portugal. Años 1990 y 2011 Fuente: OMS

14 Esperanza de vida en salud al nacer en la UE. Año 2011 Fuente: Eurostat

15 2. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DE LA PROTECCIÓN A LAS PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES

16 Normas básicas fundamentales CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio (art. 50). Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres (art. 51). El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: 1.ª La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio y en el cumplimiento de los deberes constitucionales (art ª)

17 Normas básicas fundamentales CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA La Unión reconoce y respeta el derecho de acceso a las prestaciones de seguridad social y a los servicios sociales que garantizan una protección en casos como la maternidad, la enfermedad, los accidentes laborales, la dependencia o la vejez, así como en caso de pérdida de empleo, según las modalidades establecidas por el Derecho comunitario y las legislaciones y prácticas nacionales (art. 34.1). CONSEJO DE EUROPA: Carta Social Europea (1961), Carta Social Europea Revisada (1996).

18 Legislación del Estado Ley General de la Seguridad Social (texto refundido de 1994): la Seguridad Social fue la primera en introducir (1933) prestaciones económicas de gran invalidez para los trabajadores que, a causa de su incapacidad permanente, necesitaban ayuda de otra persona para realizar las AVD. También contempló distintas prestaciones de servicios para personas mayores dependientes, en especial residencias para mayores dependientes, a través del INSERSO (1980). Ley de Integración Social de los Minusválidos (1982): introduce la prestación económica de ayuda por tercera persona para personas con discapacidad legalmente reconocida. Ley de Promoción de la Autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia (2006): implanta un nuevo sistema de atención a la dependencia con un catálogo de prestaciones, de servicios y económicas.

19 Normas de las Comunidades Autónomas Las Comunidades Autónomas, en virtud de lo establecido en sus Estatutos de Autonomía tienen competencias en materia de atención a la dependencia. A través de Reglamentos han desarrollado de manera extensa la Ley estatal de Dependencia, tanto en aspectos sustantivos como de procedimiento, pues les corresponde la concesión de prestaciones. Como son 17 Comunidades Autónomas, la heterogeneidad normativaes grande. No obstante lo anterior, existe un Consejo Territorial de Servicios Sociales y Atención a la Dependencia, integrado por representantes del Estado y de Comunidades Autónomas, para coordinar actuaciones.

20 3. ÁMBITOS DE PROTECCIÓN A LAS PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES

21 Los ámbitos de la protección social pública SALUD Y ASISTENCIA SANITARIA PENSIONES SERVICIOS SOCIALES VIVIENDA INCLUSIÓN SOCIAL

22 Salud y asistencia sanitaria En España la asistencia sanitaria es universal y prácticamente gratuita para todos los ciudadanos con residencia legal. La tienen en toda su extensión las personas mayores dependientes que son pensionistas (la práctica totalidad). La asistencia sanitaria a los mayores dependientes se realiza en el domicilio, en la atención primaria (centros de salud) y en la atención especializada (consultorios de especialidades y hospitales). La prestación de medicamentos es de muy bajo coste, o inexistente, para los mayores pensionistas, en función de sus ingresos. Los medicamentos para enfermedades crónicas tienen reducciones. Existen hospitales de media y larga estancia para personas con enfermedades crónicas, generalmente dependientes graves. Son gratuitos.

23 Pensiones Como consecuencia de un esfuerzo sostenido de años, en España existe un eficaz sistema de pensiones, sobre todo de carácter contributivo pero también no contributivo, que constituye la principal fuente de ingresos de las personas mayores. El sistema de pensiones alcanza a la práctica totalidad de las personas mayores de 65 años, e incluso de las de menor edad porque se han jubilado anticipadamente. Las pensiones no llegan a costear la totalidad del gasto de dependencia que necesitan las personas mayores, sobre todo las de edad avanzada, pero contribuye en buena medida. La Seguridad Social sigue teniendo, en todos sus Regímenes, la prestación de gran invalidez. Consiste en un incremento no inferior al 45% sobre el total de la pensión, destinado a cubrir los gastos de la persona que ayuda al pensionissta en las actividades de la vida diaria.

24 Servicios Sociales Fueron los primeros, a través del INSERSO, en implantar servicios de atención a las personas mayores dependientes, a través de teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día y residencias de asistidos. Hasta tal punto tuvieron importancia que, cuando se promulga la Ley de Dependencia, se establecerá que su aplicación se realizará a través de los servicios sociales autonómicos. Todas las prestaciones de servicios que establece la Ley de Dependencia ya eran objeto de provisión por el IMSERSO y los sistemas autonómicos de servicios sociales. La Ley de Dependencia consolidará el modelo. Los servicios sociales siguen siendo pioneros en la aplicación de la Ley de Dependencia y en la dispensación de sus prestaciones. Se encuentran en la vanguardia de la protección social a los mayores dependientes.

25 Vivienda Las personas mayores en España, como nota más común poseen la vivienda en que habitan en régimen de propiedad. Hasta fecha relativamente reciente no era inusual que las personas mayores dependientes pagaran el precio de la residencia donde residían mediante fórmulas jurídicas de enajenación de la vivienda (renta inmobiliaria, etc.). Se hace preciso seguir avanzando en la adecuación de la vivienda de la persona mayor dependiente (ascensores, arreglos varios, introducción de nuevas tecnologías, etc.) para que pueda vivir el mayor tiempo posible en su domicilio. En España existen los llamados pisos tutelados, dependientes de las Administraciones públicas. Se ofrecen a las personas mayores cuando por diversas causas se quedan sin el hogar que ha sido su residencia habitual.

26 Inclusión social En España no puede hablarse, estrictamente, de pobreza severa en las personas mayores dependientes, pues el sistema de pensiones existente posibilita que tengan ingresos periódicos por encima del límite de la pobreza severa. La crisis económica de los últimos años ha repercutido más directamente en los jóvenes, por el nivel de desempleo que tienen, que en las personas mayores, sean o no dependientes. En España las Comunidades Autónomas han establecido la renta mínima de inserción, prestación asistencial de carácter temporal para situaciones de necesidad. Es subsidiaria de las prestaciones de seguridad social. Para personas entre 25 y 65 años. Las personas mayores dependientes de 60 años que no han alcanzado los 65 para ser pensionistas pueden beneficiarse de esta prestación, así como de otras de desempleo para mayores de 55 años.

27 4. LA LEY DE DEPENDENCIA

28 Características principales de la Ley Consensuada por todos los partidos políticos y agentes sociales (sindicatos y empresarios) más representativos. Su aprobación estuvo precedida de amplio debate en el Congreso (Renovación del Pacto de Toledo de 3 de octubre de 2003). Establece un derecho universal de la ciudadanía a las prestaciones de dependencia, sin limitaciones por razón de ingresos del beneficiario. Establece, al igual que para las prestaciones sanitarias y de seguridad social ya existentes, un derecho subjetivo del ciudadano a prestaciones de dependencia, sean de servicios o económicas. Supuso un incremento de la financiación destinada hasta entonces a la atención de la dependencia. La Ley se fundamenta en el principio de coordinación entre Administraciones públicas, la del Estado y las de Comunidades Autónomas.

29 Proceso de concesión de las prestaciones de dependencia SOLICITUD RESOLUCIÓN CONCESIÓN DE LA PRESTACIÓN VALORACIÓN DE LA DEPENDENCIA FASES DEL PROCESO CONSULTA A BENEFICIARIO PROGRMA INDIVIDUAL DE ATENCIÓN (PIA) RESOLUCIÓN RECONOCIMIEN TO DE LA DEPENDENCIA

30 Aspectos relativos a la gobernanza y gestión de la dependencia Competencias del Estado (a través del IMSERSO) Legislación y normativa básica (requisitos, valoración de la dependencia, prestaciones, etc.). Financiación del nivel mínimo de protección. Coordinación del sistema de información.} Competencias de las Comunidades Autónomas Normativa de desarrollo. Gestión y trámite de la Ley (valoración, valoración de la dependencia, reconocimiento de la dependencia y de las prestaciones, acceso a las prestaciones de servicios, pago de las prestaciones económicas). Financiación de los niveles concertado y adicional. Competencias de las Entidades locales Recepción de solicitudes. Informes sociales de los solicitantes.

31 Principales problemas en la aplicación de la Ley de Dependencia Inadecuación del baremo de valoración: resultaban valorados como grandes dependientes y dependientes severos un número mayor del que razonablemente deberían existir. Aumento imprevisto del número de reconocidos dependientes: la previsión era que, a diciembre de 2015, se hubiera reconocido a personas dependientes. Ya en noviembre de 2012 se habían reconocido a Insuficiente financiación de la Ley. Ya nació con este problema y se ha incrementado en los últimos años con la crisis económica. Excesivos trámites administrativos, que ralentizan el proceso de reconocimiento de las prestaciones. Aumento inesperado y excesivo de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar (cuidadores familiares), que ha llegado incluso a representar en ocasiones hasta el 50% del total de prestaciones.

32 Porcentaje sobre totala de beneficiarios Personas beneficiarias de prestaciones de dependencia en algunos países de la UE. Año Grado I Grado II Grado III Alemania Austria España Francia

33 Comparación datos sobre valoración de la dependencia Datos a Datos a Grado III Grado II Grado I Sin grado Fuente: Imserso

34 Millones de euros Evolución del importe de las cuotas de Seguridad social para cuidadores no profesionales Título del gráfico Cuotas Seguridad Social cuidadores Cantidad asignada en los P.G.E Fuente: Imserso

35 Reformas que ha sido necesario introducir Modificación del baremo de valoración (febrero 2011): la revisión efectuada está dando resultados comparables a los que se producen en otros países de la Unión Europea. Modificación de los grados de dependencia: se han suprimido los niveles de cada grado, quedando sólo los grados (gran dependencia, dependencia severa y dependencia moderada). Prioridad en la atención de los más dependientes. Establecimiento de plazos más concretos para la resolución de expedientes administrativos. Preferencia por las prestaciones de servicios sobre las económicas, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley. Establecimiento de mayores requisitos en la prestación de cuidados en el entorno familiar.

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