boletín oficial de la provincia
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- Javier Ayala González
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1 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS Srvicio d PrSonal c.v.e.: BoPBur Código d Vrificación: Comprub su validz n El Plno d la Excma. Diputación Provincial d Burgos, n ssión ordinaria clbrada l día 2 d junio d 2017, adoptó, ntr otros, l siguint acurdo: AProBAción DEl Protocolo DE PrEvEnción DE la violencia ocupacional En la DiPutAción ProvinciAl DE Burgos ÍnDicE. 1. introducción Antcdnts Marco normativo d rfrncia. 2. objeto. 3. ÁMBito DE APlicAción Y vigencia. 4. criterios Y PrinciPios generales DE ActuAción. 5. tipos DE violencia ocupacional. 6. EFEctos laborales. 7. ProcEDiMiEnto Diagnóstico Prvnción intrvnción. 8. AnEXos. AnEXo i: instruccions básicas para l mplado ant situación d risgo. AnEXo ii: instruccions básicas para l rsponsabl dl srvicio/cntro ant situación d risgo. AnEXo iii: Dnuncia. AnEXo iv: rgistro situacions d violncia. AnEXo v: carta d rchazo Antcdnts. 1. introducción no xist una dfinición única y univrsalmnt acptada dl término «violncia» laboral, pro s por todos admitido qu uno d los risgos a los qu stán somtidos los mplados driva d los comportamintos violntos qu s drivan d la intrrlación con otras prsonas n l dsmpño d su pusto d trabajo. 7 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
2 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n El instituto nacional d sguridad Higin n l trabajo (insht) habla d violncia laboral cuando l prsonal d un cntro d trabajo sufr abusos, amnazas o ataqus n circunstancias rlacionadas con su actividad laboral, qu pongan n pligro, implícita o xplícitamnt, su sguridad, su binstar o su salud, física y/o psíquica. la violncia n l trabajo incluy no solo las agrsions físicas, sino las conductas vrbals, gstuals y físicas qu san amnazants, intimidatorias, abusivas y/o acosants. la organización Mundial d la salud (oms) dfin la violncia n l trabajo como «aqullos incidnts n los qu la prsona s objto d malos tratos, amnazas o ataqus n circunstancias rlacionadas con su trabajo, incluyndo l traycto ntr l domicilio y l trabajo, con la implicación d qu s amnac xplícita o implícitamnt su sguridad, binstar o salud». El insht distingu dntro d la violncia laboral, las situacions d acoso (laboral, sxual o discriminatorio) y la violncia ocupacional (tipo i, ii, iii). la Entidad, para prvnir spcíficamnt l acoso n sus distintas variants, ya aprobó un protocolo d prvnción n 2014, qu continúa vignt, d tal forma qu cualquir situación d acoso ntr mplados públicos d sta Diputación Provincial o dl instituto Provincial para l Dport y la Juvntud d Burgos, srá objto d trataminto a través dl procdiminto prvisto n l citado protocolo Marco normativo d rfrncia. El marco normativo qu sustnta la prvnción y actuación frnt a situacions d violncia s, básicamnt, l siguint: El artículo 40.2 d la constitución Española d 1978 ncominda a los podrs públicos l dbr d vlar por la sguridad higin n l trabajo. la ly 31/1995, d 8 d novimbr, sobr Prvnción d risgos laborals, n l artículo 14.2 afirma qu «l mprsario dbrá garantizar la sguridad y la salud d los trabajadors a su srvicio n todos los aspctos rlacionados con su trabajo». El ral Dcrto lgislativo 5/2015, d 30 d octubr, por l qu s apruba l txto rfundido dl Estatuto Básico dl Emplado Público, rconoc xprsamnt l drcho d los mplados públicos a rcibir protcción ficaz n matria d sguridad y salud n l trabajo. 2. objeto Est protocolo tin por objto stablcr las actuacions a ralizar n matria d prvnción, rsolución y sguiminto d las situacions d violncia ocupacional n los srvicios y cntros d la Entidad. Est protocolo s planta, por tanto, como hrraminta d uso común n l conjunto d sta Entidad para la prvnción y actuación frnt a los casos d agrsions, n o con ocasión dl trabajo, sin mnoscabo d su adaptación a las caractrísticas y problmática spcífica d cada srvicio o cntro, n función dl tipo d actividad qu ralicn y qu s trata d protgr, así como dl régimn jurídico d aplicación a los difrnts tipos d mplados públicos. 8 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
3 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Por la trascndncia d sta rgulación n las condicions d trabajo, l prsnt protocolo ha sido objto d ngociación con los sindicatos prsnts n la Msa gnral d ngociación. Código d Vrificación: Comprub su validz n 3. ÁMBito DE APlicAción Y vigencia El prsnt protocolo srá d aplicación a todo l prsonal qu prst sus srvicios n la Diputación Provincial d Burgos y l instituto Provincial para l Dport y Juvntud, con las pculiaridads propias d los distintos rgímns jurídicos d aplicación a los difrnts tipos d prsonal. Asimismo, s sugrirá a aqullas socidads o mprsas n las qu particip sta Diputación Provincial su adhsión al prsnt protocolo. los critrios y principios gnrals d actuación d st protocolo dbrán intgrars d forma transvrsal n toda la actuación d la Entidad y, n spcial, n la formación qu rcibn los mplados, pudindo sr objto d adaptación a la problmática concrta d un srvicio, n función dl diagnóstico d la situación qu s llv a fcto tras un priodo d funcionaminto. El prsnt protocolo ntrará n vigor l día siguint d su publicación n l Boltín oficial d la Provincia d Burgos, tras su aprobación por l Plno d la Entidad, dbindo sr modificado n todo aqullo qu contradiga o s oponga a cualquir nuva norma d ámbito suprior. 4. criterios Y PrinciPios generales DE ActuAción Para abordar sta situación d risgo d los mplados, la Entidad y los rprsntants d los trabajadors firmants, n un jrcicio d diálogo social y corrsponsabilidad rcíproca, han laborado l prsnt protocolo con l objto d prvnir o rspondr a st fnómno y, sobr todo, d stablcr mcanismos d actuación y apoyo a los mplados públicos víctimas d agrsions n l trabajo. s trata, n dfinitiva, d stablcr un modlo común d actuación qu, partindo dl principio d tolrancia cro frnt a las conductas violntas y dl objtivo d dignificar l trabajo y la sguridad d los mplados públicos d sta Entidad, apust por mdidas y stratgias prvntivas y aport, al timpo, un instrumnto común d actuación y un sistma d garantías y apoyos suficints para los mplados xpustos a tals risgos. En todo l procdiminto, la Entidad actuará bajo la prmisa d los siguints critrios gnrals: toda prsona tin drcho a vivir una vida libr d violncia, pro aún más un mplado público db xigir a su mprsa qu l garantic l disfrut d dicho drcho n l dsarrollo d sus funcions laborals. Es rsponsabilidad d la Entidad y d todos y cada uno d sus mplados, garantizar un ntorno d trabajo n l qu s rspt la dignidad, intimidad intgridad física y moral d los mplados. cualquir mplado tin la obligación d ponr n conociminto d la Entidad aqullos supustos d posibl violncia laboral qu conozca. no obstant, los mplados con prsonal a su cargo, tndrán spcíficamnt ncomndada la labor d procurar vitar y prsguir cualquir violncia laboral n su srvicio o cntro d trabajo. 9 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
4 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n cualquir mplado víctima d violncia laboral, srá spcialmnt protgido, garantizándol la rstitución d su situación laboral d orign dntro d las posibilidads organizativas, si s hubira producido un mnoscabo n sus condicions laborals, para lo qu s contará con l acurdo d la víctima. la Entidad s compromt a promovr una cultura d prvnción contra la violncia laboral, a través d accions formativas informativas, d snsibilización, para todo su prsonal. s garantizarán, n cualquir caso, los siguints principios básicos: Prsunción d inocncia: s rsptará l drcho a la prsunción d inocncia d todos los afctados por l conflicto, los cuals rcibirán un trato imparcial. s adoptarán las mdidas prtinnts dsd la Entidad para garantizar l drcho a la protcción d la dignidad d todos los afctados. Discrción y confidncialidad: Para salvaguardar la intimidad d los afctados, las prsonas qu intrvngan n cualquir trámit dl procdiminto guardarán l dbido sigilo, confidncialidad y rsrva. A stos fctos, la invstigación sobr la dnuncia s dsarrollará con rspto y protcción a los drchos d las prsonas implicadas, procdindo con la discrción ncsaria para garantizar su intimidad. las actuacions o diligncias dbn ralizars con la mayor prudncia y con l dbido rspto a todas las prsonas implicadas, qu n ningún caso podrán rcibir un trato dsfavorabl por st motivo. las prsonas implicadas podrán sr asistidas por cualquir acompañant d su lcción, n todo momnto a lo largo dl procdiminto, si así lo rquirn. Diligncia y clridad: toda actuación db llvars a cabo n la fas más prcoz posibl a fin d minimizar las conscuncias para los mplados. Para llo la invstigación y la rsolución sobr la conducta dnunciada, s llvarán a cabo con diligncia y sin dmoras indbidas, d forma qu l procdiminto puda sr compltado n l mnor timpo posibl rsptando las garantías dbidas. imparcialidad y contradicción: s rsptará l principio d contradicción, con l fin d sclarcr los hchos dnunciados y garantizar los drchos d todos los afctados. El procdiminto s ralizará con la dbida profsionalidad, garantizando un trataminto justo para todas las prsonas afctadas. Para llo, todos los intrvinints n l procdiminto actuarán d buna f n la búsquda d la vrdad y l sclarciminto d los hchos dnunciados. indmnidad y prohibición d rprsalias: s prohíb xprsamnt cualquir rprsalia, trato advrso o fcto ngativo contra cualquira d las prsonas qu fctún una dnuncia, comparzcan como tstigos o participn n una invstigación sobr cualquir tipo d violncia, con indpndncia d las conscuncias prvistas para los supustos d falso tstimonio. sguridad y salud: s protgrán ant todo la sguridad y salud d las prsonas, para lo qu podrán adoptars las mdidas qu s considrn oportunas n cada supusto. 10 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
5 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n 5. tipos DE violencia ocupacional El insht habla d violncia n l trabajo cuando l prsonal d un cntro d trabajo sufr abusos, amnazas o ataqus n circunstancias rlacionadas con su actividad laboral, qu pongan n pligro, implícita o xplícitamnt, su sguridad, su binstar o su salud física y/o psíquica. En función d cómo s produzca la xposición a st risgo, s pud caractrizar la situación d violncia ocupacional, n xtrna y/o intrna n función d las prsonas implicadas, así como distinguir ntr varios tipos sgún la rlación xistnt ntr llas. Por llo, a fctos d st procdiminto, d conformidad con la clasificación acptada por l insht (ntp 489), s stablcn los siguints tipos fundamntals d violncia n l trabajo: violncia laboral xtrna. tipo i. Quins llvan a cabo las accions violntas no tinn ninguna rlación laboral o profsional d trato con la víctima. los casos más habituals s rfirn a accions con ánimo d robo. tipo ii. En los casos n qu xist algún tipo d rlación profsional ntr l causant dl acto violnto y la víctima. normalmnt stos hchos violntos s producn mintras s ofrc l srvicio. los casos más habituals s rfirn a agrsions físicas, vrbals o gstuals. Asimismo, intrsa también, tnr n considración la posibl violncia xtrna qu, aunqu no afct dirctamnt a la intgridad d los mplados públicos, si lo haga sobr las cosas o l patrimonio d la Administración, o dl propio mplado público, por la cración d un ntorno violnto para l mplado o por l daño dircto producido sobr dicho patrimonio, por lo qu n l análisis d los risgos a los qu postriormnt nos rfrimos, s considra también st tipo d violncia. violncia laboral intrna. tipo iii. En st tipo d violncia, l causant d la misma tin algún tipo d implicación laboral con l cntro d trabajo o con algún trabajador concrto dl mismo, incluyndo l acoso n sus difrnts formas y las agrsions físicas, vrbals o gstuals. con l fin d caractrizar todos los términos prsnts n st procdiminto s incluyn admás las siguints dfinicions: Agrsión física: Acción d violncia física sufrida por un trabajador n l dsmpño d su trabajo, conllv o no lsión. Pud distinguirs ntr: coaccions, qu d acurdo con l código Pnal consistn n impdir a otro con violncia hacr lo qu la ly no prohíb, o l compl a fctuar lo qu no quir, sa justo o injusto. Está tipificado como dlito. lsions, suponn l mplo d la furza física contra otra prsona o grupo, qu produc daños físicos y/o psicológicos y qu podrán sr constitutivas d dlito atndindo a su gravdad. 11 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
6 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n Agrsión vrbal y actituds amnazants: Acción d intimidación n la qu s manifistan posibls risgos para la intgridad física y/o psíquica dl trabajador, su familia o sus bins. Est tipo d agrsión comprnd: insultos o palabras grosras: Pudn constituir dsd una falta d ordn público hasta un dsacato a la autoridad. Amnazas: suponn l dar a ntndr a alguin la intnción d provocarl algún mal n su prsona o n la d sus allgados. Pudn sr constitutivas d dlito. calumnia: Acusación o imputación grav y falsa hcha contra alguin. Está tipificada como dlito por l código Pnal. injurias: suponn la acción o xprsión qu lsionan la dignidad d otra prsona, mnoscabando su fama o atntando contra su propia stimación. Pud igualmnt sr constitutiva d dlito. otras situacions d violncia n l trabajo: s dbrán considrar todas aqullas situacions qu pudan suponr un risgo potncial para la sguridad o la salud d uno o varios trabajadors. 6. EFEctos laborales A fctos laborals podmos distinguir, sgún sus conscuncias: incidnts: Agrsions mnors u otras situacions d violncia qu no produzcan lsión física ni rprcusión n la sfra psicológica dl trabajador. Accidnts sin baja: Agrsions u otras situacions d violncia qu produzcan lsions físicas y/o rprcusión n la sfra psíquica dl trabajador qu no l imposibilitn para l dsarrollo d su trabajo habitual. Accidnts con baja: Agrsions u otras situacions d violncia qu produzcan lsions físicas y/o rprcusión n la sfra psíquica dl trabajador qu l imposibilita a juicio dl rsponsabl médico para l dsarrollo d su trabajo habitual. 7. ProcEDiMiEnto 7.1. Diagnóstico. Para ponr n marcha un procdiminto sistmático d prvnción y actuación frnt a las agrsions, s ncsario, n primr lugar, procdr a una idntificación inicial d las posibls conductas antisocials qu pudan afctar a los mplados públicos, o a su patrimonio, n forma d agrsions, coaccions, amnazas, violncia contra las cosas, tc. El srvicio d Prvnción ajno llvará a cabo un diagnóstico d la situación, informando d aqullos pustos, funcions o taras qu prsntn un spcial risgo d violncia, stimando l nivl d risgo, n función d la probabilidad d qu s produzcan. El srvicio d Prvnción ralizará la idntificación d aqullas condicions d trabajo qu pudn facilitar la aparición d violncia n l trabajo, atndindo spcialmnt a: las posibls conductas violntas qu pudan afctar a los mplados públicos, a su patrimonio, n forma d agrsions, coaccions, amnazas, violncia contra las 12 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
7 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n cosas, tc. Dicha idntificación ha d hacrs para cada pusto d trabajo, sobr la bas d la información d qu s disponga y/o s puda rcabar a tal fcto a través d los rsponsabls d los srvicios o cntros. El ntorno, l lugar y la organización d trabajo n rlación con las situacions d violncia laboral, considrando aspctos como la igualdad, l trato justo, l apoyo social y técnico, la stabilidad laboral, ntr otros. El análisis invstigación d los posibls casos d violncia rgistrados. Aunqu xist la crncia d qu la violncia n l lugar d trabajo s alatoria imprdcibl, y aunqu pudan xistir razons d fondo n l orign d dtrminadas raccions violntas (situacions d dsamparo, frustración, impotncia,..., frnt a las qu difícilmnt s pudn adoptar mdidas prvntivas «in situ» s dcir, n l lugar n qu s produc l stallido violnto ), y a las qu, por la misma razón, difícilmnt pud atribuírsls una causa spcífica, srá útil l hacr un análisis y clasificación d las «causas d las agrsions», cuando llo sa factibl, qu orintará sobr las mdidas prvntivas a aplicar. con la información rcopilada y con l análisis d los risgos dtctados, s buscará idntificará, si fura posibl, algún patrón d incidnts (srvicio/cntro, horario, frcuncia, tc.), valorando la svridad dl problma, para mpzar a stablcr áras d actuación y documntar la ncsidad d mjoras. El diagnóstico d la situación db ralimntars y actualizars continuamnt, n bas al sguiminto d las situacions y la información disponibl n cada momnto, con spcial atnción a las situacions habituals o coyunturals d tnsión Prvnción. s podrán adoptar, ntr otras, las siguints mdidas prvntivas dstinadas a minimizar los risgos diagnosticados: Entrga a todos los mplados d unas instruccions básicas d actuación ant una situación d risgo (Anxo i). todo llo sin prjuicio d la posibilidad d adaptacions spcíficas sgún l tipo d actividad y/o risgo spcífico. Entrga a todos los rsponsabls d cada srvicio/cntro d unas instruccions básicas d actuación ant una situación d risgo (Anxo ii). colocación d cartls d advrtncia n los qu claramnt s xprs l principio d tolrancia cro rspcto a cualquir tipo d violncia. Mdidas d sguridad adcuadas al nivl d risgo sprado (sistmas d dtcción, timbr d alarma, pantallas d sparación, accso rápido a zonas o salidas sguras, prsonal d sguridad con la capacitación adcuada, cámaras d vido, protocolos d colaboración con los curpos y Furzas d sguridad dl Estado). información clara a los usuarios sobr drchos, obligacions, horarios, documntación, qujas y sugrncias y conscuncias para aqullos qu llvn a cabo actos violntos y/o agrsivos. 13 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
8 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n Establcr sistmas intrnos d idntificación d rincidnts n la ralización d conductas violntas, a fin d podr dirigir a stas prsonas para qu san atndidas por mplados advrtidos d antmano. rotación d trabajadors n pustos d risgo. Asgurar la coordinación d actividads mprsarials n matria d prvnción. Elaboración d unas pautas d actuación spcíficas por actividad adaptadas al tipo y nivl d violncia dtctado, tipo d cntro d trabajo y actividad qu s dsarroll. informar y formar, adcuada y priódicamnt, a los mplados públicos sobr procdimintos y sistmas d trabajo, conductas a vitar, tc. Espcialmnt, todos los trabajadors qu ocupn o vayan a ocupar pustos n los qu xista risgo d agrsión, rcibirán una información y formación spcífica sobr idntificación y actuación ant situacions d risgo (gstión d conflictos, habilidads socials y técnicas d asrtividad). informar d forma adcuada y spcializada n matria d violncia a los mimbros d la comisión d instrucción. cualquir otra mdida o rcomndación qu surja d la valuación d risgos y/o valuación d factors psicosocials d todos los pustos d trabajo y spcialmnt d los considrados críticos Intrvnción. Dnuncia. la dnuncia s podrá prsntar: - D oficio. - Por cualquir mplado público conocdor d la situación d violncia. - Por la prsunta víctima o su rprsntant lgal. las dnuncias s ralizarán por scrito, conform al modlo contnido n l Anxo iii, prsntándos n l rgistro gnral d la Entidad, n un sobr crrado dntro d otro sobr, qu rflj n l xtrior d forma clara y visibl l asunto (prsunta violncia ocupacional), por corro lctrónico a cualquira d los mimbros d la comisión d instrucción, o por cualquir mdio dl qu qud constancia, no pudindo sr n ningún caso anónimas. D formulars dnuncia vrbal sta no surtirá fctos hasta su ratificación scrita. la dnuncia dbrá contnr: - nombr dl dnunciant y datos d contacto. - idntificación d la prsunta víctima. - Dscripción d los hchos. - nombrs d los tstigos, n su caso. - cualquir documnto o mdio d pruba qu s considr prtinnt. comisión d instrucción contra la violncia ocupacional. Para l studio y rsolución d los posibls supustos d violncia ocupacional n l ámbito laboral s formará una comisión mixta, intgrada por dos rprsntants lgidos por la part sindical d la Msa gnral d ngociación, y dos rprsntants d 14 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
9 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n la Administración lgidos por la Prsidncia, dsignándos los corrspondints suplnts. los mimbros lgidos dsignarán quién d llos fctuará las funcions d scrtario a todos los fctos. Dicha comisión srá l órgano ncargado d rcopilar los datos información xistnts n rlación con las situacions d risgo qu s dnuncin, así como d cualquir incidnt violnto acacido, valuarlos y proponr las mdidas para su corrcción o, n su caso, las accions urgnts qu san ncsarias n los supustos n qu s matrialic una agrsión n cualquira d sus formas. los mimbros d la comisión rnovarán o confirmarán su prtnncia a lla cada cuatro años, con ocasión d las siguints lccions sindicals. la comisión s runirá, al mnos cada sis mss, con l fin d disñar las mdidas prvntivas, valorar su pusta n marcha y valuar las posibls incidncias qu surjan. s runirá también, a ptición d cualquira d sus mimbros, n l supusto d qu s dtct algún risgo spcial qu puda drivar n violncia. Asimismo, s convocará, a ptición d cualquira d sus mimbros, con ocasión d la xistncia d una dnuncia formal d violncia, n un plazo máximo d sit días hábils. Anualmnt la comisión dbrá laborar un inform d su actuación, qu s lvará al comité d sguridad y salud laboral. Dicho inform contndrá, n todo caso, una stadística d todas las agrsions sufridas por mplados públicos n l jrcicio d sus funcions, con los datos dsglosados por srvicios, cntros, sxo y dad. invstigación. la invstigación s llvará a cabo por la citada comisión d instrucción. como garantía d confidncialidad y d intimidad, al inicio dl procdiminto, la comisión asignará un código numérico al dnunciant, a las prsuntas víctima y agrsor, así como al srvicio n l qu s produc. rcibida la dnuncia, la comisión, como primra actuación, incorporará la dnuncia n l rgistro d Agrsions qu s crará al fcto, conform al modlo contnido n l Anxo iv. tras un primr análisis d los datos incluidos n la documntación aportada, la comisión pud hacr alguna d las siguints propustas n l plazo máximo d vint días hábils, crrando l xpdint abirto n l rgistro d Agrsions: 1. Archivo d la dnuncia, motivado por alguno d los siguints supustos: - Dsistiminto dl dnunciant, salvo qu d oficio procdira continuar la invstigación d la misma. - Por rsultar vidnt qu lo plantado no prtnc al ámbito d st protocolo, por falta d objto o insuficincia d indicios, o por tratars d dnuncia falsa. En st último supusto, la comisión podrá proponr la incoación dl corrspondint xpdint disciplinario a las prsonas implicadas. - Qu por actuacions prvias s puda dar por rsulta la situación dnunciada. 2. tramitación d la dnuncia como posibl situación d violncia, pudiéndos dar los siguints supustos: 15 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
10 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n - un arrglo ngociado ntr las parts consguido mdiant una intrmdiación o diálogo asistido llvado a cabo por l inmdiato suprior, un mdiador u otras prsonas. - Existncia d violncia intrna, basada n prubas o hchos claros, por lo qu podrá proponr la incoación dl corrspondint xpdint disciplinario a las prsonas rsponsabls y aplicación si procd d mdidas corrctoras d la situación. - Existncia d indicios d posibl violncia xtrna. En l procso d rcopilación d información, qu dbrá dsarrollars con la máxima rapidz, confidncialidad, sigilo y participación d todos los implicados, podría sr ncsario procdr a ntrvistar a los afctados y posiblmnt a algunos tstigos u otro prsonal d intrés, si los hubir, siguindo l procdiminto stablcido. En todo caso, la indagación acrca d la dnuncia db sr dsarrollada con la máxima snsibilidad y rspto a los drchos d cada una d las parts afctadas En cualquir momnto, a la vista d los hchos, la comisión podrá proponr al Prsidnt la adopción d mdidas cautlars qu garanticn la protcción d las prsonas afctadas, así como cualquir otra mdida prvntiva ncsaria para subsanar las dficincias y vitar futuras agrsions. En todo caso, n los procdimintos qu finalicn sin xigncia d rsponsabilidad pnal y/o disciplinaria, y simpr qu s hubira idntificado a la prsona agrsora, l srá rmitida una carta d rchazo d tal conducta (Anxo v). las conclusions d la comisión s utilizarán n la planificación d la actividad prvntiva dl cntro/organismo/pusto dond s haya producido la agrsión, gstionándos las mdidas prvntivas propustas d forma habitual. Priódicamnt, s procdrá a la rvaluación d la ficacia d las mdidas implantadas. Assoraminto lgal. s rconoc l drcho d todos los trabajadors considrados víctimas d violncia xtrna por la comisión, a sr asistidos, prvia ptición, por los srvicios Jurídicos d la Entidad. En cualquir momnto dl procdiminto n qu la comisión d instrucción aprci qu la prsunta falta pud sr constitutiva d dlito o falta pnal, lo pondrá n conociminto dl Ministrio Fiscal. Ello no srá obstáculo para qu continú la tramitación d prsnt procdiminto hasta su rsolución. En los casos d violncia n los qu s produzcan daños n las prtnncias o patrimonio particular dl mplado público n l dsmpño d su actividad laboral, la Diputación Provincial d Burgos, prvia prsntación d prsupusto d gasto o factura proforma, abonará a la víctima los daños causados, simpr qu qudn acrditados, sin prjuicio d qu la corporación puda rprcutir l pago postriormnt al agrsor rsponsabl. Burgos, 12 d junio d El scrtario gnral, José luis Mª gonzálz d Migul * * * 16 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
11 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n A n E X o i instrucciones BÁsicAs PArA El EMPlEADo AntE situación DE riesgo Ant conductas potncialmnt violntas (agrsions o provocacions vrbals, actituds amnazants, tc.): idntificar indicios prvios a una posibl agrsión como tono altrado, lnguaj inadcuado, gstos amnazadors, tc., mantnindo una distancia d sguridad. Mantnr la calma, intntando, con un tono d voz tranquilo, rconducir la situación, razonando y buscando posibls puntos d acurdo, vitando la discusión. En caso d qu la situación d potncial violncia prsista: Avisar inmdiatamnt al vigilant d sguridad, si lo hubira. D no sr así s solicitará la prsncia d un compañro o prsona crcana qu l ayud a rsolvr la situación d violncia y qu sirva d tstigo d los hchos. no llvar a cabo ningún tipo d actuación qu puda sr intrprtado como amnaza a la prsona violnta. El mplado afctado hará uso d los sistmas d sguridad y aviso a su alcanc, con l fin d dar a conocr su situación. En caso d situación d violncia incontrolada o agrsión: Procurars una vía d scap, para abandonar l lugar dond s dsarrolla la scna violnta. rclamar ayuda inmdiata xtrna, si s ncsita, a los curpos y Furzas d sguridad dl Estado y/o al srvicio d Emrgncias a través dl 112. Ponr los hchos n conociminto dl rsponsabl dl srvicio o cntro. * * * 17 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
12 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n A n E X o i i instrucciones BÁsicAs PArA El responsable DEl servicio/centro AntE situación DE riesgo Dnunciar, d no hacrlo la víctima, cualquir situación d violncia qu s produzca n su srvicio o cntro, qu prsnci o d la qu tnga conociminto. Elaborar inform dtallado d la agrsión, rcogindo cualquir dato qu ilustr la dscripción d los hchos, así como xponindo posibls tstigos, actuación d los curpos y Furzas d sguridad dl Estado y/o 112, situacions d rincidncia, stado dl agrdido, así como cualquir otro xtrmo d intrés, para su pusta a disposición d la comisión d instrucción. Actuar, d sr ncsario, como n cualquir otro accidnt laboral, comunicándolo a las unidads comptnts. Proponr y adoptar cautlarmnt, d considrars ncsario, como actuación d urgncia, hasta tanto s pronunci la comisión, los cambios y mdidas d aljaminto ncsarios ntr l prsunto agrsor y su supusta víctima. Adoptar las mdidas corrctoras y prvntivas qu s dtrminn tras la invstigación dl sucso. * * * 18 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
13 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n A n E X o i i i DEnunciA todos los datos son d caráctr prsonal y srán tratados con máxima confidncialidad conform a lo dispusto n la l.o. 15/1999, d Protcción d Datos d caráctr Prsonal. númro d rfrncia: 1. Datos dl dnunciant Datos prsonals. nombr: Apllidos: n.i.f.: tléfono d contacto: corro lctrónico: 1.2. Datos profsionals. srvicio/cntro: Pusto d trabajo: Dstino: tipo d mplado público: 2. Datos d la víctima (a rllnar solo si no coincid con la idntidad dl dnunciant) Datos prsonals. nombr: Apllidos: n.i.f.: tléfono d contacto: corro lctrónico: 2.2. Datos profsionals. srvicio/cntro: Pusto d trabajo: Dstino: tipo d mplado público: 3. Datos dl sucso Datos físicos y cronológicos. lugar: Fcha: Hora: 19 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
14 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n situación d violncia. Dscripción d los hchos: Posibls causas: lsions producidas: Daños n l patrimonio: 3.3. Autor/s. idntificación: rincidnt: 3.4. intrvnción trcros. tstigos: vigilancia dl cntro: Furzas y curpos d sguridad: srvicio d Emrgncias: 3.5. Mdios d pruba Documntación qu s acompaña: lugar, fcha y firma dl dnunciant A la comisión DE instrucción contra la violencia ocupacional. * * * 20 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
15 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n A n E X o i v registro DE situaciones DE violencia todos los datos son d caráctr prsonal y srán tratados con máxima confidncialidad conform a lo dispusto n la l.o. 15/1999, d Protcción d Datos d caráctr Prsonal. númro d rfrncia: 1. Datos dl mplado afctado Datos prsonals. nombr: Apllidos: n.i.f.: tléfono d contacto: corro lctrónico: 1.2. Datos profsionals. srvicio/cntro: Pusto d trabajo: Dstino: tipo d mplado público: 2. Datos dl sucso Datos físicos y cronológicos. lugar: Fcha: Hora: 2.2. situación d violncia. Dscripción d los hchos: Asistncia sanitaria rqurida: lsions producidas: incapacidad laboral transitoria: Fcha d baja y d alta: Daños n l patrimonio: 2.3. Autor/s. idntificación: rincidnt: 21 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
16 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n intrvnción trcros. tstigos: vigilancia dl cntro: Furzas y curpos d sguridad: srvicio d mrgncias: 3. invstigación y rsolución comisión d instrucción. causas dl incidnt: Mdidas cautlars adoptadas: Propusta d rsolución: Mdidas prvntivas propustas: 3.2. rsponsabilidad pnal y/o disciplinaria. Dnuncia ant la Fiscalía: Aprtura d xpdint disciplinario: Assoraminto jurídico intrno: 3.3. rsolución. Dcrto d la Prsidncia: * * * 22 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
17 núm. 117 virns, 23 d junio d 2017 Código d Vrificación: Comprub su validz n A n E X o v carta DE rechazo s ha rcibido n sta Diputación Provincial d Burgos comunicación dl incidnt ocurrido l pasado día, (brv dscripción dl sucso), habiéndos tramitado l procdiminto stablcido a tal fcto n l protocolo d prvnción y actuación contra la violncia ocupacional, aprobado por sta Entidad. El rfrido incidnt ha qudado anotado n l rgistro d Agrsions conform prvé l citado protocolo, cuyos datos d caráctr prsonal srán tratados con la máxima confidncialidad, d acurdo con lo dispusto n la l.o. 15/1999, d Protcción d Datos d caráctr Prsonal. Dsd sta Diputación Provincial vlamos porqu l trato qu dispnsan nustros mplados públicos a los ciudadanos sa lo más corrcto posibl, y, al mismo timpo, no podmos tolrar qu s produzcan contra llos prsuntos incidnts violntos, pus no hay qu olvidar l drcho qu nustros mplados públicos tinn a sr rsptados y rcibir un trato adcuado n l jrcicio d su profsión, stando obligados, llgado l caso, a notificar stas circunstancias a las autoridads comptnts n cumpliminto d lo stablcido n l vignt código Pnal. Esprando qu st tipo d situacions no s vulvan a rptir, l saluda atntamnt. 23 diputación d bopbur.diputaciond.s D.L.: BU
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