RESOLUCION EXTA. NRO. 14 AGO 2013 TEMUCO,
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- Valentín Robles Salazar
- hace 8 años
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1 REF.: Aprueba contrato licitación N 1W13 SERVICIO INTEGRAL DE CONTROL DE PLAGAS PARA HOSPITAL DE PUERTO SAAVEDRA.- RESOLUCION EXTA. NRO MABS/FPH/JCC VISTOS; estos antecedentes: TEMUCO, 14 AGO Bases Administrativas de la Propuesta Pública SERVICIO INTEGRAL DE CONTROL DE PLAGAS PARA HOSPITAL DE PUERTO SAAVEDRA.-, signada con el N 146/13 aprobadas por Resol. Exenta. N 2950 de fecha Constancia de haberse efectuado el proceso en Chilecompras bajo la modalidad de licitación pública, identificada con el N LE13; 3.-Res. Exta. N 3164 de fecha que designa Comisión de Evaluación. 4.-Acta de visita a terreno y acta de apertura de propuesta pública; 5.-lnforme de Evaluación -..-Memorándum N 168/2013 de Jefe Dpto. de Recursos Físicos. 7.-Certificado de disponibilidad presupuestaria. 8 - Resol. Exta. N 3445 de fecha que adjudica licitación a Rubén Arturo Marín Paillamilla Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N 0901/2013/9502. CONSIDERANDO: 1.-Que, conforme al Art. 9 de la Ley , Bases Generales de la Administración del Estado, los contratos Administrativos se celebrarán, previa Propuesta Pública en conformidad a la Ley. 2.-Que conforme a lo dispuesto en el art. 18 de la ley , de Bases sobre contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios, los organismos públicos regidos por esta ley deberán cotizar, licitar, contratar, adjudicar etc., utilizando solamente los sistemas electrónicos o digitales que establezca al efecto la Dirección de Compras y Contratación pública. 3.-Que, presentaron los siguientes oferentes: Jorge Navarrete León Rubén Marín Paillamilla Vanesa Hugo Osorio. 4.- Admisibilidad de las ofertas: La Comisión procede a efectuar el examen de admisibilidad. 5.- Hecho lo anterior, la Comisión procede a evaluar la propuesta conforme los factores señalados en bases, estableciéndose lo siguiente:
2 OFERENTE PRECIO 50% EXPERIENCIA 25% PUESTA EN MARCHA 15% CUMPL. REQUISITOS 10% PTJE. FINAL PRECIO IVA INCLUIDO NOTA 50% MESES NOTA 25% DIAS NOTA 15% CUM PLE VANESA HUGO OSORIO $ ANTES DE 5 NOTA 10% 100% SI RUBEN MARIN PAILLAMILLA $ ANTES DE SI Que, de la revisión la Comisión, se determinó proponer adjudicar la propuesta por obtener mejor evaluación Global a Rubén Arturo Marín Paillamilla- 7- Certificado de disponibilidad presupuestaria. 8.- Resol. Exta. N 3445 de fecha que adjudica licitación a Rubén Arturo Marín Paillamilla Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N 0901 /2013/9502 TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en: 1D.F.L N 1 /05 que fija texto refundido del DL /79 que crea los Servicios de Salud y otros; 2 - D.S. 140/04 del Ministerio de Salud que reglamenta los Servicios de Salud; 3.- D.F.L. 1/19.414/97 del Ministerio de Salud; que separa los Servicios de Salud en Araucanía Norte y Sur; 4.- DS. N 120/10 del Ministerio de Salud. 5.- Resolución N 1600/08 de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente: RESOLUCION 1.- APRUEBASE contrato de fecha suscrito entre el Servicio y don Rubén Arturo Marín Paillamilla, CNI N con domicilio en Pitrufquén, en la propuesta Pública denominada SERVICIO INTEGRAL DE CONTROL DE PLAGAS PARA HOSPITAL DE PUERTO SAAVEDRA contrato que del siguiente tenor: En Temuco a de mayo de dos mil trece, entre el Servicio de Salud Araucanía Sur, persona jurídica de Derecho Público, RUT N representada por su Directora Dra. MARÍA ANGÉLICA BARRÍA SCHULMEYER, Médico Cirujano, casada, CNI N < ambos domiciliados en la ciudad de Temuco en calle Prat N 969, en adelante "EL SERVICIO" y don RUBÉN ARTURO MARÍN PAILLAMILLA, CNI N con domicilio en Pitrufquén,, en adelante" PRESTADOR O EMPRESA, se conviene la celebración de un contrato que se sujeta a las cláusulas que a continuación se señalan: PRIMERO: CONTRATACION: El Servicio encomienda a Rubén Arturo Marín Paillamilla quien acepta, ejecutar el SERVICIO INTEGRAL DE CONTROL DE PLAGAS PARA HOSPITAL DE PUERTO SAAVEDRA de acuerdo a las Bases Administrativas, como asimismo a las Especificaciones Técnicas, informes, anexos, oferta y demás antecedentes de la propuesta pública N 106/13 las que pasan a formar parte integrante de este contrato y que las partes declaran conocer y aceptar integramente. La Licitación fue adjudicada a la Rubén Arturo Marín Paillamilla, mediante Resolución Exta. N 3445 de fecha 07 de agosto de SEGUNDO: Se contratan los servicios de suministro para servicio integral de control de plagas para Hospital de PUERTO SAAVEDRA, que incluye, además, la casa de la Dirección, casa de la madre campesina, sala multiuso y casa de profesionales, de acuerdo a lo que se detalla más adelante.
3 TERCERO : Los servicios requerido son: 1. DESRATIZACION. Se requiere de un servicio que sea eficaz y eficiente en el control de todo tipo de roedores (Lauchas, Ratas de alcantarillado, Ratas de tejado, etc.). Se requiere la utilización de cebos rodenticidas, que sean monodósicos y anticoagulantes que eviten la descomposición inmediata de los roedores. Estos cebos pueden ser pellets para los interiores, bloques parafinados para exteriores, líquidos y polvos si la situación así lo amerita. En la instalación de cebos siempre debe contarse con todos los elementos de seguridad e Higiene tales como: a.- Estaciones de alimentación, en áreas de manipulación de alimentos (Central de Alimentación), donde hay niños (Jardín Infantil) para disminuir los riesgos de accidentes. También en exteriores para evitar así algún trastorno indeseado al medio ambiente. b.- Bandejas de alimentación, para poder realizar el seguimiento del control de la colonia de roedores. c.- Otros elementos específicos tales como Trampas pegajosas, Trampas colectoras, Polvos de seguimiento, etc. 2.- DESINSECTACION Se requiere la aplicación de diferentes productos químicos que ataquen a las diferentes plagas de insectos. Se sugiere la utilización de productos que no sean nocivos para el ser humano. Las aplicaciones se deberán realizar con los equipos adecuados, dependiendo del sector a tratar. Se pueden utilizar pulverizadores manuales para evitar ruido y contaminaciones, equipos de alta presión para lograr alturas y Micro Generadores para recintos difíciles. En este tipo de control se solicita que exista una especial preocupación por parte del proveedor en el método de aplicación para que se traten las zonas de posible infestación, teniendo siempre cuidado con el Medio Ambiente. 3.- SANITIZACION Este servicio consiste en la desinfección de baños, Central de Alimentación, subterráneos y otros que se requieran. Se solicita utilizar sanitizantes con gran capacidad en el control efectivo de microorganismos como Bacterias y Hongos. 4 - CONTROL DE PLAGA DE PALOMAS, de acuerdo a lo que se verifique en la visita a terreno CUARTO: CHARLAS DE CAPACITACIÓN A su vez se requiere de una o dos charlas audiovisuales al personal que tiene un papel directo y complementario (aseo, Mantención) al interior de los Servicios. Se busca la entrega de antecedentes del estado de las plagas existentes en el Hospital, y de información de los procedimientos establecidos en el programa de higiene ambiental, cuyo objetivo principal es hacer partícipes del proceso a las áreas responsables de la higiene y el mantenimiento. QUINTO: EVALUACION DE LOS SERVICIOS: Para registrar los antecedentes y acontecimientos del programa de higiene ambiental se requerirá a lo menos: a) Planilla control de servicios Se deberá llevar un registro de los sectores tratados en cada servicio señalando en la columna correspondiente a la frecuencia de acuerdo a un programa y calendario preestablecido. Se requerirá que esta planilla se encuentre disponible para ambas partes. Para lo cual después de cada servicio, deberá quedar una copia de los registros y antecedentes en poder del Hospital y otra en poder del
4 proveedor. Para registrar puntos críticos y presión de la plaga roedores se deberá utilizar una Planilla de actividad de consumo de rodenticidas (Interiores y Exteriores) y Plano de instalación de cebos. Todos estos registros se efectuarán en cada servicio y se adjuntarán un informe de sugerencias y novedades. Adicionalmente, al término de cada tratamiento se deberá completar una planilla de control de servicios y un comprobante de ejecución en el que queden consignados los servicios realizados por el proveedor y las observaciones más significativas observadas. POR RAZONES PRÁCTICAS Y DE FUNCIONALIDAD, LA ADJUDICACIÓN, SE HARÁ POR EL SERVICIO COMPLETO, POR TANTO, LAS OFERTAS, NECESARIAMENTE, DEBERÁN CONTEMPLAR LA DESRATIZACIÓN, DESINSECTACIÓN, CONTROL DE PLAGAS DE PALOMAS Y SANITIZACIÓN. SEXTO: La entidad ejecutará el servicio por un precio total anual de $ impuestos incluidos. SEPTIMO DEL PLAZO: El contrato se cursará por doce meses, a partir de la fecha de la total tramitación de la resolución que lo apruebe, pudiendo ser prorrogado hasta por doce meses más, en periodo mínimos de seis meses cada vez, solamente si la Dirección del Hospital considera que el servicio se debe mantener, que se dispone de financiamiento y si los resultados de los informes de evaluación, mínimo uno en el periodo, así lo justifican.- PUESTA EN MARCHA : Antes de 5 días. OCTAVO: DE LA RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR O ADJUDICATARIO Se deja expresamente establecido que el Servicio de Salud Araucanía Sur, ni el hospital de PUERTO SAAVEDRA, no tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume obligación ni le cabrá responsabilidad respecto, del personal que el Proveedor contrate o destine para el otorgamiento de los servicios materia de esta Propuesta Pública, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido Prestador, quien otorgará las Prestaciones bajo su propia responsabilidad y riesgo. En consecuencia, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del Contrato que suscribirá en su oportunidad con el Órgano Licitante. El Adjudicatario tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes, daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes, públicos o privados. El Adjudicatario será exclusiva y absolutamente responsable de los accidentes y de los daños y perjuicios que éste, o uno cualquiera de sus trabajadores, causen a terceros, de acuerdo a lo dispuesto en las disposiciones pertinentes del Código Civil. NOVENO: INFORMES ADICIONALES La Dirección del Servicio o la Dirección del Hospital de PUERTO SAAVEDRA, podrá requerir informes adicionales para clarificar el correcto pago de los servicios a través de la coordinación del convenio. La empresa se obliga a entregar todos los informes que el Servicio de Salud Araucanía Sur le solicite para poder cumplir con esta exigencia. DECIMO: COORDINACIÓN DEL CONVENIO O CONTRAPARTE TÉCNICA La coordinación del convenio o contrato, así como la contraparte técnica para todos los efectos, será la Sub Dirección Administrativa del Hospital, a través de la jefatura de se designe para el efecto quien se coordinará además, con el Depto. de Recursos Físicos, la jefatura del Sub Depto. Abastecimiento para casos particulares del contrato. UNDECIMO: MULTA POR ATRASO EN LA PUESTA EN MARCHA DEL SERVICIO O POR ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS
5 SERVICIOS Por coda día hábil de atraso, se aplicará una multa equivalente al 0.5% del precio neto mensual, (total del contrato, dividido por doce). Todas las multas serán aplicadas en forma administrativa, A PETICIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL HOSPITAL DE PUERTO SAAVEDRA, con antecedentes que entregue la contraparte técnica o coordinación del contrato, sin forma de juicio, se pagarán con cheque nominativo a nombre del Servicio de Salud Araucanía Sur y el proveedor podrá apelar a, dentro del plazo de cinco días de notificada la resolución correspondiente. La apelación la hará a la Directora del Servicio de Salud Araucanía Sur, adjuntando toda la documentación y argumentos que estime conveniente. Será posible pagar las multas con las facturas o boletas pendientes de pago, previa nota de crédito. NO SE DARÁ CURSO AL PAGO DE NINGUNA FACTURA O BOLETA, SI EXISTEN MULTAS PENDIENTES DE PAGO. DUOCEDIMO: DEL FINANCIAMIENTO El financiamiento de este insumo será con cargo al presupuesto del Hospital de PUERTO SAAVEDRA, , servicios de aseo. DECIMO TERCERO DE LA FACTURACIÓN: El proveedor deberá emitir las facturas a: Hospital. Arturo Hillerns L., Puerto Saavedra, RUT , Los Araucanos 42, Puerto Saavedra. DECIMOCUARTO: DEL PAGO El pago se hará al contado, de preferencia a mes vencido o por cada servicio integral realizado según periodicidad que corresponda, y previa recepción conforme del servicio por parte de la coordinación del contrato. Cada factura se pagará dentro de los 45 días día de recibida. El pago se hará, según el prorrateo del precio total del servicio y por cada acción en particular (desratización, desinsectación, control plagas de palomas y sanitización). DECIMO QUINTO: LA PRESTADORA DECLARA: 1.- Que representa y garantiza que tiene las habilidades y calificación ante la autoridad competente, para ejecutar los servicios y que esta será desarrollada en forma eficiente, hábil y cuidadosa, de acuerdo con los estándares profesionales generalmente aceptados y practicados en la industria. En el cumplimiento la empresa observará y obedecerá todas las leyes y regulaciones, reglas y estándares aplicables. 2.- Que conoce y se obliga plenamente a cumplir el contenido y los requisitos que establece el presente contrato, las establecidas en las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones, oferta y demás normas complementarias del llamado a propuesta. DECIMO SEXTO: "LA EMPRESA " será la única responsable de la ejecución de los servicios y deberá de sujetarse a todos los reglamentos y ordenamientos emitidos por las autoridades competentes en materia de construcción y seguridad, así como a las disposiciones establecidas al efecto por "el Servicio". "LA EMPRESA " será responsable de los daños y perjuicios que cause a " al Servicio" o a terceras personas, con motivo de la ejecución de los servicios por no ajustarse a lo estipulado en este contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado "el Servicio" o por violación a las leyes o reglamentos aplicables. DECIMO SEPTIMO: LA EMPRESA, como empresario y empleador del personal que ocupe con motivo de los servicios materia de este contrato será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, así mismo "LA EMPRESA " conviene en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en su contra o en contra del" Servicio", en relación con los trabajos que ampara el presente contrato. DECIMO OCTAVO: MODIFICACION Y TE'RMINO ANTICIPADO DE CONTRATO Y COBRO GARANTIAS Se deja expresa constancia que el presente contrato tiene el carácter de administrativo, y que por lo mismo podrá modificarse o terminarse anticipadamente por resolución fundada del Servicio de Salud, COMO LO ESTABLECE EL ART. 13 DE LA LEY sin perjuicio de los casos señalados en las Bases Administrativas, en los siguientes causas:
6 a.- Que el Proveedor fuere declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia. b.- Si el proveedor incumpliere gravemente, cualquiera de sus obligaciones contempladas en el contrato, por ejemplo, no entregar los servicios en la periodicidad acordada, durante dos veces en el año. c.- Terminación de común acuerdo. d.- Otras causales de término de contrato, establecidas en el Art. 13 de la ley , de compras públicas o en su reglamento. Con relación a la resolución fundada de terminación o de modificación se deberá cumplir con lo establecido en el art. 79 del DS. 250/04 del Ministerio de Hacienda. Si la causa por la cual se da por terminado unilateralmente el contrato, es imputable al CONTRATISTA el Servicio dejará constancia del hecho en chilecompra y será calificado con la nota mínima en el sistema que tiene, para el efecto, mercadopúblico.cl DECIMO NOVENO:: Para todos los efectos legales derivados del presente contrato las partes fijan domicilio en la ciudad de Temuco y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. VIGESIMO: La personería de la Directora del Servicio de Salud Araucanía Sur, Dra. MARÍA ANGÉLICA BARRÍA SCHULMEYER emana de Decreto Supremo N 120 de fecha 30 de noviembre de 2010 el Ministerio de Salud, en relación con lo dispuesto en el DFL N 01 /05 que fija texto refundido del DL 2763 de 1979 y otras leyes, del Ministerio de Salud. Y la personería de don 5.-IMPUTESE, el gasto total que origina la adquisición con cargo al Item N del presupuesto del Hospital de Puerto Saavedra. 6.-NOTIFIQUESE, la presente resolución a la empresa adjudicada publicándose en el portal y remitiéndole copia integra de la misma. ANOTESE Y COMUNIQUESE N 1207 V DISTRIBUCION: - ENTIDAD - DEPTO. JURIDICO. - DPTO. DE ABASTECIMIENTO - DPTO. AUDITORIA - FINANZAS - HOSPITAL DE SAAVEDRA -ARCHIVO fi ^ÍDRA. MARWAÑGELICA BARRIA SCHULMEYER DIRECTORA SERVICIO SALUD ARAUCANÍA SUR
7 SERVICIO DE SALUD ARAUCANIA SUR DEPARTAMENTO JURIDICO/ JCC CONTRATO SERVICIO DE SALUD ARAUCANIA SUR RUBÉN ARTURO MARÍN PAILLAMILLA En Temuco a de mayo de dos mil trece, entre el Servicio de Salud Araucanía Sur, persona jurídica de Derecho Público, RUT N representada por su Directora Dra. MARÍA ANGÉLICA BARRÍA SCHULMEYER, Médico Cirujano, casada, CNI N < ambos domiciliados en la ciudad de Temuco en calle Prat N 969, en adelante "EL SERVICIO" y don RUBÉN ARTURO MARÍN PAILLAMILLA, CNI N con domicilio en Pitrufquén,, en adelante " PRESTADOR O EMPRESA, se conviene la celebración de un contrato que se sujeta a las cláusulas que a continuación se señalan: PRIMERO: CONTRATACION: El Servicio encomienda a Rubén Arturo Marín Paillamilla quien acepta, ejecutar el SERVICIO INTEGRAL DE CONTROL DE PLAGAS PARA HOSPITAL DE PUERTO SAAVEDRA de acuerdo a las Bases Administrativas, como asimismo a las Especificaciones Técnicas, informes, anexos, oferta y demás antecedentes de la propuesta pública N 106/13 las que pasan a formar parte integrante de este contrato y que las partes declaran conocer y aceptar íntegramente. La Licitación fue adjudicada a la Rubén Arturo Marín Paillamilla, mediante Resolución Exta. N 3445 de fecha 07 de agosto de SEGUNDO: Se contratan los servicios de suministro para servicio integral de control de plagas para Hospital de PUERTO SAAVEDRA, que incluye, además, la casa de la Dirección, casa de la madre campesina, sala multiuso y casa de profesionales, de acuerdo a lo que se detalla más adelante. TERCERO : Los servicios requerido son: 1. DESRATIZACION. Se requiere de un servicio que sea eficaz y eficiente en el control de todo tipo de roedores (Lauchas, Ratas de alcantarillado, Ratas de tejado, etc.). Se requiere la utilización de cebos rodenticidas, que sean monodósicos y anticoagulantes que eviten la descomposición inmediata de los roedores. Estos cebos pueden ser pellets para los interiores, bloques parafinados para exteriores, líquidos y polvos si la situación así lo amerita. En la instalación de cebos siempre debe contarse con todos los elementos de seguridad e Higiene tales como: a.- Estaciones de alimentación, en áreas de manipulación de alimentos (Central de Alimentación), donde hay niños (Jardín Infantil) para disminuir los riesgos de accidentes. También en exteriores para evitar así algún trastorno indeseado al medio ambiente. b.- Bandejas de alimentación, para poder realizar el seguimiento del control de la colonia de roedores. c.- Otros elementos específicos tales como Trampas pegajosas, Trampas colectoras, Polvos de seguimiento, etc. 2.- DESINSECTACION
8 Se requiere la aplicación de diferentes productos químicos que ataquen a las diferentes plagas de insectos. Se sugiere la utilización de productos que no sean nocivos para el ser humano. Las aplicaciones se deberán realizar con los equipos adecuados, dependiendo del sector a tratar. Se pueden utilizar pulverizadores manuales para evitar ruido y contaminaciones, equipos de alta presión para lograr alturas y Micro Generadores para recintos difíciles. En este tipo de control se solicita que exista una especial preocupación por parte del proveedor en el método de aplicación para que se traten las zonas de posible infestación, teniendo siempre cuidado con el Medio Ambiente. 3.- SANITIZACION Este servicio consiste en la desinfección de baños, Central de Alimentación, subterráneos y otros que se requieran. Se solicita utilizar sanitizantes con gran capacidad en el control efectivo de microorganismos como Bacterias y Hongos. 4.- CONTROL DE PLAGA DE PALOMAS, de acuerdo a lo que se verifique en la visita a terreno CUARTO: CHARLAS DE CAPACITACIÓN A su vez se requiere de una o dos charlas audiovisuales al personal que tiene un papel directo y complementario (aseo, Mantención) al interior de los Servicios. Se busca la entrega de antecedentes del estado de las plagas existentes en el Hospital, y de información de los procedimientos establecidos en el programa de higiene ambiental, cuyo objetivo principal es hacer partícipes del proceso a las áreas responsables de la higiene y el mantenimiento. QUINTO: EVALUACION DE LOS SERVICIOS: Para registrar los antecedentes y acontecimientos del programa de higiene ambiental se requerirá a lo menos: a) Planilla control de servicios Se deberá llevar un registro de los sectores tratados en cada servicio señalando en la columna correspondiente a la frecuencia de acuerdo a un programa y calendario preestablecido. Se requerirá que esta planilla se encuentre disponible para ambas partes. Para lo cual después de cada servicio, deberá quedar una copia de los registros y antecedentes en poder del Hospital y otra en poder del proveedor. Para registrar puntos críticos y presión de la plaga roedores se deberá utilizar una Planilla de actividad de consumo de rodenticidas (Interiores y Exteriores) y Plano de instalación de cebos. Todos estos registros se efectuarán en cada servicio y se adjuntarán un informe de sugerencias y novedades. Adicionalmente, al término de cada tratamiento se deberá completar una planilla de control de servicios y un comprobante de ejecución en el que queden consignados los servicios realizados por el proveedor y las observaciones más significativas observadas. POR RAZONES PRÁCTICAS Y DE FUNCIONALIDAD, LA ADJUDICACIÓN, SE HARÁ POR EL SERVICIO COMPLETO, POR TANTO, LAS OFERTAS, NECESARIAMENTE, DEBERÁN CONTEMPLAR LA DESRATIZACIÓN, DESINSECTACIÓN, CONTROL DE PLAGAS DE PALOMAS Y SANITIZACIÓN.
9 SEXTO: La entidad incluidos. ejecutará el servicio por un precio total anual de $ impuestos SEPTIMO DEL PLAZO: El contrato se cursará por doce meses, a partir de la fecha de la total tramitación de la resolución que lo apruebe, pudiendo ser prorrogado hasta por doce meses más, en periodo mínimos de seis meses cada vez, solamente si la Dirección del Hospital considera que el servicio se debe mantener, que se dispone de financiamiento y si los resultados de los informes de evaluación, mínimo uno en el periodo, así lo justifican.- PUESTA EN MARCHA : Antes de 5 días. OCTAVO: DE LA RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR O ADJUDICATARIO Se deja expresamente establecido que el Servicio de Salud Araucanía Sur, ni el hospital de PUERTO SAAVEDRA, no tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume obligación ni le cabrá responsabilidad respecto, del personal que el Proveedor contrate o destine para el otorgamiento de los servicios materia de esta Propuesta Pública, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido Prestador, quien otorgará las Prestaciones bajo su propia responsabilidad y riesgo. En consecuencia, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del Contrato que suscribirá en su oportunidad con el Órgano Licitante. El Adjudicatario tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes, daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes, públicos o privados. El Adjudicatario será exclusiva y absolutamente responsable de los accidentes y de los daños y perjuicios que éste, o uno cualquiera de sus trabajadores, causen a terceros, de acuerdo a lo dispuesto en las disposiciones pertinentes del Código Civil. NOVENO: INFORMES ADICIONALES La Dirección del Servicio o la Dirección del Hospital de PUERTO SAAVEDRA, podrá requerir informes adicionales para clarificar el correcto pago de los servicios a través de la coordinación del convenio. La empresa se obliga a entregar todos los informes que el Servicio de Salud Araucanía Sur le solicite para poder cumplir con esta exigencia. DECIMO: COORDINACIÓN DEL CONVENIO O CONTRAPARTE TÉCNICA La coordinación del convenio o contrato, así como la contraparte técnica para todos los efectos, será la Sub Dirección Administrativa del Hospital, a través de la jefatura de se designe para el efecto quien se coordinará además, con el Depto. de Recursos Físicos, la jefatura del Sub Depto. Abastecimiento para casos particulares del contrato. UNDECIMO: MULTA POR ATRASO EN LA PUESTA EN MARCHA DEL SERVICIO O POR ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS SERVICIOS Por cada día hábil de atraso, se aplicará una multa equivalente al 0.5% del precio neto mensual, (total del contrato, dividido por doce). Todas las multas serán aplicadas en forma administrativa, A PETICIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL HOSPITAL DE PUERTO SAAVEDRA, con antecedentes que entregue la contraparte técnica o coordinación del contrato, sin forma de juicio, se pagarán con cheque nominativo a nombre del
10 Servicio de Salud Araucanía Sur y el proveedor podrá apelar a, dentro del plazo de cinco días de notificada la resolución correspondiente. La apelación la hará a la Directora del Servicio de Salud Araucanía Sur, adjuntando toda la documentación y argumentos que estime conveniente. Será posible pagar las multas con las facturas o boletas pendientes de pago, previa nota de crédito. NO SE DARÁ CURSO AL PAGO DE NINGUNA FACTURA O BOLETA, SI EXISTEN MULTAS PENDIENTES DE PAGO. DUOCEDIMO: DEL FINANCIAMIENTO El financiamiento de este insumo será con cargo al presupuesto del Hospital de PUERTO SAAVEDRA, , servicios de aseo. DECIMO TERCERO DE LA FACTURACIÓN: El proveedor deberá emitir las facturas a: Hospital. Arturo Hillerns L Puerto Saavedra, RUT , Los Araucanos 42, Puerto Saavedra. DECIMOCUARTO: DEL PAGO El pago se hará al contado, de preferencia a mes vencido o por cada servicio integral realizado según periodicidad que corresponda, y previa recepción conforme del servicio por parte de la coordinación del contrato. Cada factura se pagará dentro de los 45 días día de recibida. El pago se hará, según el prorrateo del precio total del servicio y por cada acción en particular (desratización, desinsectación, control plagas de palomas y sanitización). DECIMO QUINTO: LA PRESTADORA DECLARA: 1.- Que representa y garantiza que tiene las habilidades y calificación ante la autoridad competente, para ejecutar los servicios y que esta será desarrollada en forma eficiente, hábil y cuidadosa, de acuerdo con los estándares profesionales generalmente aceptados y practicados en la industria. En el cumplimiento la empresa observará y obedecerá todas las leyes y regulaciones, reglas y estándares aplicables. 2.- Que conoce y se obliga plenamente a cumplir el contenido y los requisitos que establece el presente contrato, las establecidas en las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones, oferta y demás normas complementarias del llamado a propuesta. DECIMO SEXTO: "LA EMPRESA " será la única responsable de la ejecución de los servicios y deberá de sujetarse a todos los reglamentos y ordenamientos emitidos por las autoridades competentes en materia de construcción y seguridad, así como a las disposiciones establecidas al efecto por "el Servicio". "LA EMPRESA " será responsable de los daños y perjuicios que cause a " al Servicio" o a terceras personas, con motivo de la ejecución de los servicios por no ajustarse a lo estipulado en este contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado "el Servicio" o por violación a las leyes o reglamentos aplicables. DECIMO SEPTIMO: LA EMPRESA, como empresario y empleador del personal que ocupe con motivo de los servicios materia de este contrato será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, así mismo "LA EMPRESA " conviene en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en su contra o en contra del " Servicio", en relación con los trabajos que ampara el presente contrato. DECIMO OCTAVO: MODIFICACION Y TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO Y COBRO GARANTIAS
11 Se deja expresa constancia que el presente contrato tiene el carácter de administrativo, y que por lo mismo podrá modificarse o terminarse anticipadamente por resolución fundada del Servicio de Salud, COMO LO ESTABLECE EL ART. 13 DE LA LEY sin perjuicio de los casos señalados en las Bases Administrativas, en los siguientes causas: a.- Que el Proveedor fuere declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia. b.- Si el proveedor incumpliere gravemente, cualquiera de sus obligaciones contempladas en el contrato, por ejemplo, no entregar los servicios en la periodicidad acordada, durante dos veces en el año. c.- Terminación de común acuerdo. d.- Otras causales de término de contrato, establecidas en el Art. 13 de la ley , de compras públicas o en su reglamento. Con relación a la resolución fundada de terminación o de modificación se deberá cumplir con lo establecido en el art. 79 del DS. 250/04 del Ministerio de Hacienda. Si la causa por la cual se da por terminado unilateralmente el contrato, es imputable al CONTRATISTA el Servicio dejará constancia del hecho en chilecompra y será calificado con la nota mínima en el sistema que tiene, para el efecto, mercadopúblico.cl DECIMO NOVENO:: Para todos los efectos legales derivados del presente contrato las partes fijan domicilio en la ciudad de Temuco y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. VIGESIMO: La personería de la Directora del Servicio de Salud Araucanía Sur, Dra. MARÍA ANGÉLICA BARRÍA SCHULMEYER emana de Decreto Supremo N 120 de fecha 30 de noviembre de 2010 el Ministerio de Salud, en relación con lo dispuesto en el DFL N 01/05 que fija texto refundirlo HpíI ni 9 7 d «1979 y ntrn>; lp>y<=><; del.m nktp>rir> de Salud. Y la personería de don
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