Glosa Judicial. Despido colectivo y huelga concurrente, por Manuel Iglesias Cabero

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1 Sumario Carta de la Dirección Estudios La Seguridad Social en la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, por José Antonio Martínez Lucas Compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo. Breve referencia a la jubilación flexible, por Ángel Cea Ayala La ejecución de sentencia en el procedimiento colectivo de despido (art. 124 de la LRJS), por Rubén Doctor Sánchez-Migallón Glosa Judicial. Uso extralaboral del correo electrónico empleando medios informáticos de la empresa. Control empresarial: requisitos, por Antonio Martín Valverde Glosa Judicial. Despido colectivo y huelga concurrente, por Manuel Iglesias Cabero Sentencias Ejemplares Diferencias en la indemnización por terminación de contratos temporales y de duración indefinida Límites temporales a la responsabilidad del FOGASA Concepto de salario mínimo en el Derecho de la Unión Pacto colectivo de eficacia limitada al estar suscrito después de firmado el convenio, pero no incluido en su texto Seguridad Social. Cotización en dos regímenes y base de pensión de jubilación Seguridad Social: derecho a las prestaciones económicas. Días-cuota. Recurso interpuesto por el MF Despidos masivos. Cómputo del factor numérico. Fraude de Ley Modificación de turnos de trabajo justificada: contrata reducida presupuestariamente Despido objetivo. Jurisprudencia v/ legislación. Criterios interpretativos de las normas. Necesidad de la conexión de funcionalidad Cesión ilegal de trabajadores: efectos salariales

2 Sumario Salarios de tramitación de un fijo discontinuo. Atención a la conclusión de la temporada Reseña de Sentencias Monografías de Jurisprudencia Guía de recursos de casación para la unificación de doctrina (Anexo febrero a abril 2013 y mes de mayo 2013), por María Luz García Paredes Actualidad Bibliográfica Actualidad Normativa

3 Índice de Jurisprudencia Sentencias con texto Texto completo de la sentencia en internet TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA 34. INDEMNIZACIÓN POR CONTRATO TEMPORAL CELEBRADO EN FRAUDE DE LEY. El Derecho de la Unión no exige que la indemnización aparejada a la finalización de un contrato temporal celebrado en fraude de Ley sea equivalente a la indemnización prevista para el despido improcedente en un contrato indefinido. TJUE S 12 de diciembre de RESPONSABILIDAD DEL FOGASA. El Derecho de la Unión permite limitar la responsabilidad del FOGASA a los créditos vencidos en un determinado período previo al inicio del concurso, de modo que el Fondo no responderá por los créditos vencidos anteriormente, aunque los trabajadores hubieran tenido que pasar por un proceso judicial tendente a la determinación y exigibilidad de los créditos. TJUE S 28 de noviembre de ELEMENTOS QUE COMPONEN EL SALARIO MÍNIMO. El Derecho de la Unión no establece reglas precisas sobre el concepto de salario mínimo, de modo que los Estados Miembros cuentan con libertad para establecer el régimen jurídico concreto. No obstante, en defecto de mayor precisión en el ámbito interno, sólo formarán parte del salario mínimo las partidas que respondan a la compensación por un trabajo normal u ordinario. TJUE S 7 de noviembre de NUEVAMENTE SOBRE LOS DERECHOS DE LOS NACIONALES TURCOS: Los Estados Miembros no pueden establece condiciones de estancia y residencia más exigentes que las vigentes en el momento de suscribirse el Acuerdo de Asociación. TJUE S 7 de noviembre de CONCEPTO AMPLIO DE PRESTACIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL: Las prestaciones por hijo a cargo en metálico se consideran prestaciones de Seguridad Social aunque tengan su origen en una desgravación tributaria. TJUE S 24 de octubre de

4 TRIBUNAL 47. RECURSO DE AMPARO: Falta de agotamiento de la vía judicial previa al haberse simultaneado el recurso de amparo con recurso de suplicación. Carácter subsidiario del recurso de amparo. Reitera doctrina. TC S 178/2013, 21 de octubre de TRIBUNAL SUPREMO 37. CONVENIO COLECTIVO. Validez de un pacto que reconoce el derecho a dos pagas extraordinarias para un tiempo posterior al de vigencia del convenio. Eficacia limitada de este pacto. TS 4.ª S 24 de septiembre de DERECHO A PRESTACIONES DE SS. Los días-cuota solamente se computan a efectos del período de carencia, en caso de incapacidad permanente derivada de enfermedad común, correspondientes a las gratificaciones extraordinarias. No produce ese efecto para la pensión de jubilación. TS 4.ª S 18 de septiembre de CONVENIOS COLECTIVOS: Interpretación. Criterios a aplicar. Facultades significativas del juzgador de instancia. TS 4.ª S 17 de septiembre de EXCEDENCIA VOLUNTARIA. No procede cuando la empresa ha externalizado el servicio al que estaba adscrita la plaza del demandante. TS 4.ª S 17 de septiembre de SINDICATOS Y ACUERDOS COLECTIVOS NO ESTATUTARIOS: Crédito horario. No le corresponde a un sindicato que invoca un acuerdo suscrito por la empresa y otros sindicatos como únicos favorecidos, al ser dicho pacto no estatutario y, por tanto, carente de eficacia personal limitada. Principio de igualdad: no exigible al tratarse de entes sindicales de distinta naturaleza. TS 4.ª S 25 de julio de SUCESIÓN TEMPORAL: a) Requisitos determinados.- b) Diferencias respecto de un simple cambio de titularidad de la empresa. Despido. Vigilante de seguridad en una concesión administrativa. TS 4.ª S 24 de julio de

5 @ 52. DERECHOS FUNDAMENTALES Y DESPIDO OBJETIVO NULO: La sentencia debe pronunciarse siempre acerca de la vulneración de derechos fundamentales, aunque la nulidad se deba a defectos formales. TS 4.ª S 17 de julio de DESPIDO OBJETIVO POR CAUSAS ECONÓMICAS. Cumple la empresa de menos de 25 trabajadores con la formalidad del artículo 53 del ET, poniendo a disposición del despedido el 60 por 100 de la indemnización prevista, sin incluir el 40 por 100 que corresponde al FGS. TS 4.ª S 16 de julio de EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS EN EMPRESA CON MENOS DE 25 TRABAJADORES. FOGASA. La empresa puede limitar la indemnización que pone a disposición del trabajador al 60% de la correspondiente, dejando el resto a cargo del Fondo de Garantía Salarial. TS 4.ª S 16 de julio de CONTRATOS ADMINISTRATIVOS CON UNA ENTIDAD PÚBLICA QUE ENCUBREN CONTRATOS DE TRABAJO. Realidad de subordinación, ajeneidad y remuneración. ORDEN SOCIAL DE LA JURISDICCIÓN. Competencia. TS 4.ª S 15 de julio de SUCESIÓN EN LA CONTRATA DE SERVICIOS: obligación de información de la empresa saliente. RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL EN UN DESPIDO IMPROCEDENTE. Se exonera a la empresa sucesora en la contrata de servicios porque la saliente no ha proporcionado la documentación prevista por el convenio colectivo, al limitarse a entregar una relación de los trabajadores afectados, pero sin entregar documentación que justifique que se ha cumplido con las obligaciones salariales y con la Seguridad Social. Industrias de captación, elevación, conducción, tratamiento, distribución, saneamiento y depuración de aguas potables y residuales. TS 4.ª S 15 de julio de MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LOS TURNOS DE TRABAJO. Al ser consecuencia de eliminarse servicios de limpieza en una contrata, la empresa contratista, que se aquieta con la decisión administrativa, puede reorganizar los turnos de trabajo en los centros afectados por la contrata. TS 4.ª S 12 de julio de SALARIO. Complemento por objetivos. Deben abonarse cuando la empresa no ha fijado los objetivos. Cláusulas oscuras: interpretación. TS 4.ª S 9 de julio de CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES. Los trabajadores sujetos pasivos de la cesión tienen derecho al salario no prescrito correspondiente a la empresa cesionaria, aunque la cedente tenga personalidad propia. TS 4.ª S 4 de julio de

6 @ 58. CONVENIO COLECTIVO. Interpretación. Nulidad de la circular de la empresa sobre la interpretación del convenio, que no fue sometida a la comisión paritaria. TS 4.ª S 3 de julio de TRABAJADORES FIJOS DISCONTINUOS. SALARIOS DE TRAMITACIÓN POR DESPIDO IMPROCEDENTE. Solo se devengan los correspondientes a los días en que debieran haber sido llamados a prestar sus servicios y no lo hubieran sido. POSIBLE CONTRADICCIÓN DOCTRINAL. TS 4.ª S 2 de julio de AUDIENCIA 59. PROCESO DE CONFLICTO COLECTIVO: Notas características de este procedimiento. Grupo colectivo genérico: requisitos configuradores. Pretensiones de condena. AN Sala de lo Social S 18 de octubre de DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO. Incurre en ella la empresa que computa la baja maternal, posterior al parto, a efectos de la aplicación de incentivos salariales. AN Sala de lo Social S 30 de septiembre de DESPIDOS MASIVOS. Son nulos los despidos que, sin seguir los trámites previstos en el artículo 51 del ET, superen los umbrales numéricos señalados en el propio artículo, alegando causas inherentes a la persona del trabajador, de manera fraudulenta. AN Sala de lo Social S 4 de septiembre de CONVENIOS COLECTIVOS: Legitimación para negociar en los distintos ámbitos. Especial referencia al ámbito de la empresa y/o centros de trabajo. Impugnación del convenio. AN Sala de lo Social S 17 de julio de CONFLICTO COLECTIVO: Clases. Válido para el ejercicio de pretensiones de condena. Requisitos a cumplir por la sentencia colectiva para que sea susceptible de ejecución individual. AN Sala de lo Social S 20 de mayo de TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA 130

7 Aragón 42. DESPIDO OBJETIVO. Medidas alternativas al despido: contratos temporales. Conexión de funcionalidad entre la medida adoptada y el resultado esperado. TSJ Aragón Sala de lo Social S 10 de julio de PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. El empresario no cumple el deber de seguridad con facilitar los medios de protección; debe vigilar su correcta utilización. TSJ Aragón Sala de lo Social S 3 de mayo de Illes 69. ACCIDENTE DE TRABAJO. Presunción de laboralidad y carga de la prueba. Lo es el neumotórax consecuente al esfuerzo realizado al levantar unas bandejas en el lugar y tiempo de trabajo. TSJ Illes Balears Sala de lo Social S 11 de junio de JUBILACIÓN ANTICIPADA. Distinta modalidades. Aplicación de la normativa contenida en la Ley 40/2007, de 4 de diciembre. Normativa aplicable a quien se jubiló en el año TSJ Illes Balears Sala de lo Social S 30 de mayo de DESPIDO OBJETIVO. Amortización de puesto de trabajo. Doctrina jurisprudencial después de la reforma de Sobre la conexión entre las causas alegables y la exintición de empleo acordada. TSJ Illes Balears Sala de lo Social S 29 de mayo de DISPIDO OBJETIVO. CAUSAS ECONÓMICAS. No existe causa económica por el hecho de reducir los beneficios sin incurrir en pérdidas. TSJ Madrid Sala de lo Social S 6 de marzo de CESIÓN ILEGAL DE MANO DE OBRA. Se produce la cesión ilícita cuando el trabajador que ha prestado servicios para una primera empresa, sin solución de continuidad celebra un segundo contrato temporal con una segunda empresa en las mismas condiciones y bajo el mismo poder de dirección que bajo el primer contrato de trabajo. TSJ Madrid Sala de lo Social S 6 de marzo de

8 Principado de 64. EXTINCIÓN DEL CONTRATO A INSTANCIAS DEL TRABAJADOR CON LA INDEMNIZACIÓN DEL DESPIDO IMPROCEDENTE. Es causa suficiente el impago de salarios con demoras sensibles a lo largo de todo un año. TSJ Principado de Asturias Sala de lo Social S 3 de mayo de LEY DE TASAS JUDICIALES: Cuestión de inconstitucionalidad no procedente, al no incidir en el trámite del recurso de suplicación. INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PARA LA PROFESIÓN DE CONDUCTOR DE CAMIONES AUTÓNOMO: La constituyen las secuelas consistentes en Patología articular degenerativa en ambas caderas, que produce coxalgias; protusiones discales en varias vértebras lumbares y en tres cervicales, con afección del giro del cuello. TSJ Principado de Asturias Sala de lo Social S 3 de mayo de TRABAJADOR JUBILADO PARCIAL Y DESEMPLEO. El trabajador «a tiempo parcial» con actividad concentrada en un determinado periodo de tiempo tiene derecho a la prestación por desempleo, aunque la suspensión de contratos acordada por la empresa mediante un ERE no afecte al periodo de actividad del trabajador. TSJ Principado de Asturias Sala de lo Social S 12 de abril de PROFESORES DE RELIGIÓN. COMPLEMENTO DE FORMACIÓN PERMANENTE PARA EL PROFESORADO (SEXENIOS). No lo devengan los Profesores de Religión Católica porque no son funcionarios de carrera. TSJ Principado de Asturias Sala de lo Social S 1 de marzo de DERECHO FUNDAMENTAL A LA INDEMNIDAD Y PRINCIPIO DE IGUALDAD. Es violado cuando no se transforma a contrato a jornada completa el contrato a tiempo parcial de una trabajadora que ha mantenido diversos contenciosos con la empresa, y se transforman los contratos de otros trabajadores más modernos. TSJ Principado de Asturias Sala de lo Social S 1 de marzo de Región de Murcia 38. BASE REGULADORA DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN. Cuando en el régimen en que se reconoce la pensión hay lagunas de cotización pero durante esos periodos se ha cotizado en otro régimen, la base de cotización que debe tomarse para esos periodos no debe ser la mínima de cotización, sino la que ha servido de base a la cotización en un régimen diferente. TSJ Región de Murcia Sala de lo Social S 18 de septiembre de

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