Objetivos. 22/11/2010 Juan Bataller (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez 2
|
|
- César Domínguez Redondo
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1
2 Objetivos Introducirse en el conocimiento de los medios de pago Poder determinar el régimen jurídico de los medios de pago Conocer la función económica de los medios de pago Saber cumplimentar una letra de cambio, un cheque y un pagaré Poder operar con títulos valor 2
3 Contenidos 1. Medios de pago de las operaciones comerciales 2. Concepto y características de los títulos valores 3. La letra de cambio Concepto 3.2. Elementos personales 3.3. Requisitos esenciales 3.4. Aceptación 3.5. La transmisión de la letra de cambio 3.6. El aval cambiario 3.7. Vencimiento y presentación 3.8. El impago de la letra de cambio 4. El cheque 5. El pagaré 3
4 Pago operaciones Comerciales o de deudas en general Operaciones de consumo Operaciones de inversión y compras empresariales Efectivo Transferencia Domiciliación bancaria Tarjetas Letra de cambio Pagaré Cheque De crédito De débtido 22/11/2010 Juan Bataller (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez 4
5 Medios de pago de las operaciones comerciales (I) En efectivo Mediante los medios de pago regulados por la Ley 16/2009, de 16 de Noviembre, se servicios de pago. Ejemplos: transferencia, envío de dinero, domiciliación en cuenta y otros instrumentos de pago (tarjetas). Los servicios de pago los prestan entidades de crédito (bancos y cajas de ahorro) y las llamadas entidades de pago (EP), supervisadas por el Banco de España. 5
6 Medios de pago de las operaciones comerciales (II) La regulación de los medios de pago se puede establecer en un contrato marco firmado entre el usuario y la entidad de pago. Debe contener fundamentalmente las condiciones de ejercicio de los medios de pago, costes e información suficiente al usuario sobre los servicios prestados. 6
7 Medios de pago de las operaciones comerciales (III) Instrumentos de pago (tarjetas, por ejemplo): pueden bloquearse por la entidad de pago si sospecha de su utilización fraudulenta o hay riesgo de que el usuario no haga frente a su liquidación cuando esté asociado a una línea de crédito. El usuario debe comunicar sin demoras indebidas la sustracción o extravío y sólo responde de operaciones no autorizadas por él hasta 150 La entidad debe facilitarle medios gratuitos y disponibles en todo momento para dicha comunicación y abstenerse de atender los pagos una vez comunicada la sustracción o el extravío, o en caso contrario se hará cargo del importe de la operación 7
8 Medios de pago de las operaciones comerciales (IV) Las órdenes de pago: el ordenante o usuario debe autorizar el pago (normalmente antes, pero también después de realizarlo) y puede revocar la autorización en los plazos pactados. la entidad de pago solo puede rechazar la orden por motivos justificados y basados en el contrato marco. Los costes de la operación aparecerán, en su caso y a cargo de quien correspondan, desglosados del importe al que ascienda el pago. Se regula la fecha-valor de los ingresos en efectivo: mismo día si es consumidor, o día siguiente hábil si no lo es Si el ingreso se produce en una cuenta errónea, será responsable el ordenante si suministró datos erróneos a la entidad, y ésta si la ejecución fue defectuosa. 8
9 Concepto y características de los títulos valores Funciones de los títulos valores Función esencial: transmisión de todo lo que tenga valor patrimonial, como el derecho de crédito Dotan de seguridad y de facilidad (rapidez y simplicidad) a la transmisión de los derechos Para ello, se incorpora a un documento el derecho cuya circulación quiere facilitarse lo esencial pasa a ser el documento Aparece un derecho a favor del poseedor del documento, por el hecho de poseerlo (propter rem). Se define como el documento que incorpora un derecho, de tal forma que para ejercer y transmitir ese derecho es necesaria la posesión del documento 9
10 Características de los títulos valores Legitimación por la posesión: es imprescindible poseerlo para ejercitar el derecho incorporado, y es suficiente en los títulos al portador, pero no en los títulos nominativos Literalidad del derecho incorporado: las relaciones entre el deudor y el acreedor del documento se regulan por lo que se expresa en el mismo, con independencia del negocio jurídico del que nació (subyacente) Autonomía del derecho incorporado: El deudor del documento no puede oponer al segundo y posteriores poseedores excepciones personales que sólo podría oponer al primer poseedor o acreedor del documento (p. ej., las relativas al contrato o negocio jurídico subyacente) 10
11 Ejemplos de títulos valores Acciones de una S.A. (ahora, casi siempre anotaciones en cuenta): legitiman por la posesión a la asistencia a una JG, o a cobrar dividendos Carta de porte o conocimiento de embarque: legitiman por la posesión la recepción de mercancías transportadas de forma segura Letra de cambio, pagaré y cheque: instrumentan gran parte de la actividad económica 11
12 Concepto de letra de cambio Antecedentes históricos Surge en el siglo XIII, para evitar el transporte de dinero en metálico de un lugar a otro, por la inseguridad e incomodidad de los caminos El dinero en metálico se sustituye por un documento que contiene un pagaré cambiario y un mandato de pago Así, quien necesitaba disponer de dinero en una ciudad distinta de la suya, lo entregaba a su banquero, que reconocía recibir dicha cantidad y se comprometía a pagar la suma recibida en otra ciudad, por sí mismo, a través de otro banquero, a la orden del remitente o a la de la persona designada por aquél 12
13 Función económica Es un medio eficaz para facilitar y promover la concesión de crédito. Atribuye al acreedor un eficaz medio de agresión contra el patrimonio del deudor si éste incumple la promesa de pago (juicio cambiario). Es posible cobrar anticipadamente el importe de la letra de cambio mediante su descuento cambiario. Es, en fin, un instrumento de crédito: El vendedor lo concede al comprador. El Banco al vendedor que descuenta la letra. El Banco destina al descuento el crédito que, por medio de sus depósitos, le conceden sus clientes. 13
14 Crisis y abuso de la letra de cambio Gracias a su carácter abstracto (literalidad del documento) y al contrato de descuento bancario, se viene utilizando como instrumento para obtener, fraudulentamente, crédito de los Bancos: letra de favor o pelota, que no responde a una operación comercial real Regulación legal Ley 19/1985, de 16 de Julio, Cambiaria y del Cheque (LCCh) Definición Título valor a la orden, formal, literal, abstracto y dotado de eficacia ejecutiva, que incorpora una orden o mandato de pago dirigida al librado, y la promesa u obligación autónoma de pagar a su poseedor legítimo y a su vencimiento una suma determinada de dinero, vinculando para ello solidariamente a todos sus firmantes 14
15 Términos de la definición Es formal: si falta alguno de sus requisitos (art. 1 LCCh) no se considerará letra de cambio Es literal: de lo escrito en ella se desprende suficientemente el contenido del derecho que incorpora Es abstracto: no se menciona siquiera la causa de la obligación de los firmantes (el negocio jurídico subyacente) Es autónoma a la obligación incorporada: excepciones personales Incorpora una obligación de pagar una suma de dinero que sólo es exigible el día del vencimiento El que firma la paga, todos los firmantes quedan obligados solidariamente al pago de la letra 15
16 Elementos personales de la letra de cambio Librador: Quien emite o crea la letra. Ordena al librado que pague al tomador. Si el librado no paga, lo tendrá que hacer él, pues la entrega de la letra al tomador le ha permitido cancelar una deuda entre ambos Librado: A quien va dirigida la orden de pago. Sólo se le puede exigir el pago por la vía ejecutiva judicial si firma la letra, convirtiéndose entonces en aceptante. El motivo de su obligación de pago es el haber recibido provisión de fondos del librador. 16
17 Tomador La persona que ha de cobrar Endosante Tenedor de la letra (el primero será el tomador) que la transmite a otro (endosatario) por medio del endoso. También queda obligado al pago si el librado no paga, porque a través del endoso ha cancelado una deuda con el endosatario. Avalista Garantiza la obligación de pago de cualquiera de los firmantes de la letra 17
18 Confusión de elementos personales Una misma persona se encuentra en dos posiciones subjetivas), en el momento de emisión de la letra: Librador = Librado: letra al propio cargo Librador = Tomador: letra a la propia orden 18
19 Elementos personales de la letra de cambio Librador Librado Avalista Tomador Tenedor 19
20 Requisitos esenciales de la letra de cambio Es un título formal Debe cumplir unos estrictos requisitos legales. De lo contrario, no será letra de cambio y carecerá de eficacia ejecutiva (aunque la deuda instrumentada sí que seguirá existiendo) Si faltan algunos de ellos, la propia Ley los completa de otra forma 20
21 La denominación de letra de cambio. Extendida en papel timbrado según su importe El mandato puro y simple de pagar una cantidad de dinero. (En número y en letra, y si discrepan, prevalece ésta) El nombre del librado (pueden ser varios) El vencimiento. Si falta: será pagadera a la vista Lugar en que se ha de efectuar el pago. Si falta: el domicilio del librado Nombre del tomador Fecha y lugar de libramiento de la letra. Si falta éste: el que figure junto al librador Firma del librador 21
22 Letra en blanco y letra incompleta Letra en blanco: le faltan algunos requisitos, pero las partes han convenido que se completará posteriormente y según lo acordado, antes de su presentación al cobro. (Art. 12 LCCh) Letra incompleta: antes de completarla se pone en circulación sin o en contra de la voluntad del firmante de la letra. No hay pacto para su complementación Dependerá del requisito que falte por completar, serán o no verdaderas letras El tercero que adquiera de buena fe la letra está protegido frente a cualquier alegación de que la letra se ha completado sin respetar lo convenido entre los originarios acreedor y deudor (exceptio doli) 22
23
24 Aceptación de la letra de cambio Concepto de aceptación Es la declaración cambiaria escrita en la letra, por la cual el librado se obliga a atenderla el día de su vencimiento Convierte al librado en obligado principal y directo al pago de la letra (art. 33 LCCh) Sin la aceptación, la letra es válida, y produce sus efectos sobre los demás obligados cambiarios 24
25 Características de la aceptación Es un acto formal, porque se exige (art. 29) que el librado firme y ponga que acepta (aunque ya lo pone en el modelo normalizado). La mera firma del librado en el anverso de la letra equivale a la aceptación Es causa del nacimiento de la obligación cambiaria del librado Es manifestación externa de las relaciones entre librador y librado (le debe dinero) Es obligatoria en las letras giradas a un plazo desde la vista, pues el plazo se cuenta desde la aceptación 25
26 Efectos de la aceptación Si el librado acepta se convierte en el obligado cambiario principal y directo a su pago. No podrá negarse al pago y el tenedor podrá ejercitar la acción directa, que no exige protesto. Si el librado no acepta: No se convertirá en obligado cambiario El tenedor puede dirigirse contra el librador o endosante reclamando el pago anticipado de la letra no aceptada (si levanta protesto) Si no la presenta a la aceptación y era obligatorio hacerlo, perderá la vía de regreso contra librador o endosantes 26
27 La transmisión de la letra de cambio: el endoso Concepto de endoso Consiste en la transmisión cambiaria de la letra, acompañada de su entrega Si en la letra figura la expresión no a la orden en el lugar destinado a indicar el nombre del tomador, la letra no puede endosarse Ha de ser por el importe total de la letra, y sin condición 27
28 Clases de endoso Por sus efectos: Pleno: transmite la propiedad de la letra y la titularidad del crédito. Limitado: p. ej. De garantía de un crédito. Por su redacción: Completo: se indica el nombre y datos del endosatario, y la firma del endosante. En blanco: Sólo la firma del endosante, sin mencionar al endosatario. El tenedor podrá: Completarlo con sus datos Endosarla de forma completa o en blanco Entregarla a un tercero sin más. 28
29 Efectos del endoso pleno: Transmite la propiedad de la letra y la titularidad del crédito cambiario Legitima al endosatario para exigir su pago a los obligados cambiarios Al endosatario no se le pueden oponer excepciones personales El endosante tiene responsabilidad en el pago si el librado o el aceptante no la pagan, por la vía de regreso 29
30 El aval cambiario Garantiza el pago de la letra Es accesorio, porque tiene que constar la firma del avalado El avalado debe indicarse después de la expresión por aval de. Si no se expresa quién es el avalado: se entiende que será el aceptante, y si no hay, el librador Clases: Total o parcial Condicionado o por tiempo limitado 30
31 Vencimiento y presentación al pago El vencimiento Es el día que tendrá que presentarse la letra al librado para que la pague. Fórmulas (art. 38 LCCh): A la vista: el día que se presente al librado vencerá y tendrá que pagarla. A un plazo desde la vista: un plazo desde que el librado acepte la letra o, en su defecto, desde el protesto por la no aceptación. A un plazo desde la fecha: un plazo desde la fecha del libramiento. A una fecha fija: el día indicado en la letra. 31
32 Presentación al pago: el día del vencimiento o dentro de los dos días hábiles siguientes. Formas: Material: entrega física de la letra. Si el pago está domiciliado bancariamente: sistema de compensación interbancario. Requisitos del pago: En efectivo contra la entrega de la letra. Consignación judicial si no se presenta al vencimiento o dentro del plazo. 32
33 El impago de la letra de cambio Surge la denominada responsabilidad cambiaria Es de carácter solidario Frente a todos los obligados cambiarios, quienes han firmado la letra, sin atenerse a un orden Contenido de la reclamación: Importe de la letra (más intereses pactados, en su caso) Intereses por mora (legal + 2 puntos) Gastos: protesto notarial y derivados de la devolución si se descontó en el banco. 33
34 2 vías de reclamación Acción directa: contra el aceptante y su avalista. Sin necesidad de protesto. Prescribe a los 3 años del vencimiento Acción de regreso: contra el librador, endosantes y sus avalistas. Previo protesto (o cláusula sin gastos ). Se pierde por falta de presentación en plazo o por falta de protesto. Prescribe al año del protesto, a los 6 meses si es entre endosantes Excepciones Personales o extracambiarias, sólo pueden oponerse entre librador y librado, porque derivan del negocio causal o subyacente Cambiarias, oponibles a cualquiera: falta de vencimiento, pluspetición, prescripción, falta de protesto, falsedad de firma, falta de poder 34
35 El pagaré Noción y diferencias con letra de cambio y cheque Es un título de crédito. Su firmante se obliga a pagar a su tenedor una cantidad de dinero en el lugar y fecha indicados en el documento. Es una promesa de pago hecha al tomador El firmante de un pagaré queda obligado como el aceptante de una letra de cambio Diferencia con la letra: en el pagaré no se ordena a un tercero (librado) que pague al tomador. El firmante (que sería el librador en el sentido de que emite el documento) se obliga personalmente al pago Diferencia con el cheque: en el pagaré hay vencimiento y en el cheque no. En el cheque también hay un mandato de pago al librado (siempre un Banco) 35
36 Elementos esenciales del pagaré Denominación de pagaré Promesa de pagar una suma de dinero Vencimiento (si no consta, pagadero a la vista) Lugar de pago (si no consta, lugar de emisión) Nombre de la persona que ha de cobrar (nominativo, a la orden o no a la orden ) Fecha y lugar de emisión (si no consta, el que figura junto al firmante) Firma del firmante 36
37 El cheque Noción Origen: título valor que nace en Inglaterra ligado a los depósitos bancarios de dinero como una letra girada a la vista por el depositante contra el banco depositario y para ser prontamente pagado por éste Es un título de pago. Es una orden incondicionada de pagar a la vista a su tenedor legítimo una suma determinada de dinero El librador ordena al banco librado que pague una suma de dinero al propio librador o a un tercero Requisitos formales Denominación de cheque Mandato de pagar una cantidad de dinero Nombre del banco que ha de pagar (librado) Lugar de pago. Si no, el del banco Fecha y lugar de emisión. Si no, el del librador Fecha del librador No tiene vencimiento (aunque sea postdatado) No se requiere el nombre del tomador (vale al portador) 37
38 Requisitos materiales del cheque Provisión de fondos del librador en el banco librado Pacto de disponibilidad de dichos fondos (contrato de cuenta corriente) Presentación al cobro y pago En el plazo de 15 días. Cabe el pago parcial. Fuera de ese plazo, el Banco lo ha de pagar si tiene fondos y no se ha revocado 38
39 Endoso Cabe el endoso, como en la letra de cambio, incluso en blanco, en el reverso del cheque Impago Ante el impago: sólo cabe acción de regreso contra el librador, endosantes y sus avalistas. Sin necesidad de protesto contra el primero. Prescribe a los 6 meses desde el fin del plazo de presentación. Cheque falso El banco responde por el pago del cheque falso (firma del librador falsificada), salvo que éste fuera negligente en la custodia del cheque o del talonario 39
40 Clases de cheque Cheque no a la orden : no endosable Cheque cruzado : limita la legitimación para el cobro a una entidad bancaria o a un cliente de esta Cheque para abonar en cuenta : sólo puede cobrarse mediante ingreso en cuenta corriente. Cheque conformado : el banco librado confirmado al dorso del cheque que el librador tiene fondos. Cheque bancario : el mismo banco libra el cheque contra una sucursal o agencia propia. Es un instrumento de pago que ofrece una alta garantía de cumplimiento. 40
41 Cuestiones 1. Qué diferencia hay entre las tarjetas de débito y de crédito? 2. En una letra de cambio el tomador y el librador pueden ser la misma persona física? 3. Cuándo se libra una letra de cambio por una persona jurídica quién es el librador y quién puede firmar la letra? 4. Indica tres formas de transmisión de la letra de cambio? 5. Enumera tres diferencias y tres similitudes entre el cheque y el pagaré 41
42 Mapa conceptual Elementos personales letra de cambio 42
UD 10 PAGO APLAZADO: LETRA DE CAMBIO. Elvira Carmona Rubio Operaciones administrativas de compraventa
UD 10 PAGO APLAZADO: LETRA DE CAMBIO Elvira Carmona Rubio Operaciones administrativas de compraventa 1. La letra de cambio Es un instrumento de pago que sirve para realizar operaciones a crédito, pudiéndose
Más detallesMEDIOS PARA REALIZAR LOS PAGOS
MEDIOS PARA REALIZAR LOS PAGOS I.-) INTRODUCCIÓN Las deudas se pueden pagar en dinero en efectivo o mediante efectos de comercio (que son los que vamos a estudiar en este tema). La letra de cambio, el
Más detalles4.4. Requisitos del cheque
El pago en la compraventa (I) Se caracteriza porque tras la expresión «páguese por este cheque a» debe figurar el nombre de una persona física o jurídica que tiene derecho a percibir el importe del cheque,
Más detallesDOCUMENTOS MERCANTILES
QUE ES UNA LETRA DE CAMBIO? DOCUMENTOS MERCANTILES La letra de cambio es un documento mercantil por el que una persona, librador, ordena a otra, librado, el pago de una determinada cantidad de dinero,
Más detallesAUTOEVALUACIÓN Unidades 11, 12 y 13
AUTOEVALUACIÓN Unidades 11, 12 y 13 Nombre:... Fecha:... Apellidos:... Curso:... 1. El librado de un cheque es a) quien lo emite b) el banco que ha de pagarlo c) el banco del tomador 2. El tomador de un
Más detallestema 1 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago contenido, características y ventajas A. El recibo
tema 1 Legislación mercantil básica La gestión de cobros en pequeños negocios o microempresas Fórmulas de reclamación de impagados 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago
Más detallesEl cheque se utiliza, por tanto, para pagar algo sin necesidad de utilizar físicamente dinero.
ALGUNOS CONSEJOS PARA OPERAR CON CHEQUES Si usted es el beneficiario o poseedor de un cheque emitido por otro, lo primero que debe tener en cuenta es el plazo para el cobro que establece la Ley Cambiaria
Más detallesTema: Transmisión de Derechos de Cobro / Títulos Valores / Efectos Comerciales
Tema: Transmisión de Derechos de Cobro / Títulos Valores / Efectos Comerciales Inicialmente, los derechos de cobro vienen documentados en factura (factoring), pero tradicionalmente se emplean como documentos
Más detallesAval sobre letras de cambio para pagos al exterior
Modelos www.plancameral.org de Contratos Internacionales www.plancameral.org Modelos de contratos internacionales Aval sobre letras de cambio para pagos al exterior Enero 2012 2 Objetivos Es una manera
Más detalles1. TERMINOLOGÍA DE LOS EFECTOS COMERCIALES
1. TERMINOLOGÍA DE LOS EFECTOS COMERCIALES LETRA DE CAMBIO: Documento mercantil por el cual una persona, denominado librador del efecto, manda u ordena pagar a otra, denominada librado, una determinada
Más detallesMEDIOS DE PAGO 1. EL CHEQUE.-
Página 1 de 11 MEDIOS DE PAGO 1. EL CHEQUE.- El cheque es un documento que expide y entrega el comprador al vendedor para pagarle la deuda pendiente o importe de la mercancía. El cheque, cuyo valor es
Más detallesEL CHEQUE Y EL PAGARÉ. Marina Béjar Romero
EL CHEQUE Y EL PAGARÉ Marina Béjar Romero El Cheque El cheque es un documento que contiene una orden o mandato de pago de una cantidad determinada de dinero que formula la persona que lo emite contra una
Más detallesDocumentos Bancarios Negociables
Guía Documentos Bancarios Negociables Analizamos los distintos tipos de documentos bancarios negociables y las acciones que se deben seguir ante cualquier impago en los mismos. Andalucía Emprende, Fundación
Más detallesCONTABILIDAD REVELO BERNUY IVONNE. Docente: Edwin Raymundo UCV-COMPUTACION I 1
CONTABILIDAD REVELO BERNUY IVONNE Docente: Edwin Raymundo UCV-COMPUTACION I 1 INDICE 1. DEFINICIÓN..3 2. CLASIFICACIÓN 3 2.1. Titulos valores a la orden 3 2.2. Titulos valores al portador.3 2.3. Titulos
Más detallesGESTIÓN ADMINISTRATIVA DE UNA EMPRESA
TEMA 8 GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE UNA EMPRESA Alonso Hurtado Bueno EIE - Empresa e Iniciativa Emprendedora 1 2 ÍNDICE 1. LA COMPRA-VENTA. DOCUMENTACIÓN El Pedido El Contrato 2. LA COMPRA-VENTA. DOCUMENTACIÓN
Más detallesLA EMPRESA EN EL AULA. Departamento de Tesorería
LA EMPRESA EN EL AULA Departamento de Tesorería 1. Introducción A través de la Simulación, realizaremos las actividades más habituales que se llevan a cabo en el departamento de Tesorería de una empresa
Más detallesLey 14.701, Código de Comercio. http://www0.parlamento.gub.uy/leyes/accesotextoley.asp?ley=14701&anchor=
TÍTULOS VALORES. Ley 14.701, Código de Comercio. http://www0.parlamento.gub.uy/leyes/accesotextoley.asp?ley=14701&anchor= Vale, Pagaré, Conforme. Representativos de prestaciones dinerarias. La ley no establece
Más detalles7.- CHEQUES BANCARIOS
7.- CHEQUES BANCARIOS El cheque es un documento que permite al librador retirar, en su provecho o en el de un tercero, todos o parte de los fondos que tiene disponibles en poder del librado. En él, como
Más detallesParte legal La Letra de Cambio debe contener los siguientes requisitos como indispensables (Artículo 410 del Código de Comercio):
Concepto La letra de cambio es un documento mercantil por el que una persona, librador, ordena a otra, librado, el pago de una determinada cantidad de dinero, en una fecha determinada o de vencimiento.
Más detallesvamos a conocer... 1. Modalidades e instrumentos de pago 2. Medios de cobro y pago tradicionales
2 Medios, instrumentos y canales de cobro y pago vamos a conocer... 1. Modalidades e instrumentos de pago 2. Medios de cobro y pago tradicionales MODALIDADES DE PAGO (EN FUNCIÓN DEL TIEMPO) INSTRUMENTO
Más detalles3. En las operaciones de crédito que esta ley reglamenta, se presume que los codeudores se obligan.
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN UNIDAD SANTO TOMAS DERECHO MERCANTIL Y LABORAL GUIA DIDACTICA DE LOS TITULOS DE CREDITO Instrucción: Cada uno de los reactivos
Más detallesUnidad Formativa UF0339:
Unidad Formativa UF0339: Análisis y gestión de los instrumentos de cobro y pago TEMA 1. Medios de Cobro y Pago TEMA 2. Los Libros Registro de Tesorería OBJETIVOS: Analizar la normativa y las principales
Más detallesComisiones bancarias y medios de pago.
n Campaña de Actuación Septiembre Comisiones bancarias y medios de pago. Línea de actuación: Comisiones bancarias y medios de pago. Las comisiones bancarias son las cantidades que las entidades de crédito
Más detallesLibrador. Es la persona que emite el cheque y ordena su pago al banco.
CHEQUE Es un documento que ha de librarse contra un banco o una entidad de crédito que tenga fondos a disposición del librador y de conformidad con un acuerdo expreso o tácito según el cual el librador
Más detallesSESION 8 EL PAGARÉ Y CHEQUE
SESION 8 EL PAGARÉ Y CHEQUE I. CONTENIDO: 1. Definición, estructura y tipos de pagaré. 2. Época de pago del pagaré. 3. Definición, estructura y formas de circulación del cheque. 4. Formas especiales de
Más detallesCODIGO DE COMERCIO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA TÍTULO XII DE LA LETRA DE CAMBIO.
CODIGO DE COMERCIO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA TÍTULO XII DE LA LETRA DE CAMBIO. Capítulo I Arto. 607. Arto. 608. Capítulo II Todo el que firma una letra de cambio como representante de una persona por
Más detalles1) Título al portador: es aquel en que no figura el nombre del beneficiario. No es necesario que se escriba: al portador.
1 de 7 TÍTULOS DE CRÉDITO Emisión, Transmisión, Plazos CONCEPTO: son aquellos documentos necesarios para ejercer el derecho literal y autónomo que ellos contienen. Son documentos que a consecuencia de
Más detallesDOCUMENTOS MERCANTILES
Introducción La creciente complejidad de las actividades mercantiles ha sido la causa de que los simples acuerdos verbales se hayan sustituido desde tiempos muy remotos por la constancia escrita de los
Más detallesCONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS CUENTA CORRIENTE PERSONA NATURAL
Fecha de Afiliación NOMBRES/RAZÓN SOCIAL Número Cuenta Corriente Banco Oficina Cuenta D.C. DOC. IDENTIDAD/RUC: DOMICILIO: PERSONA: MONEDA: MODALIDAD DE FIRMAS: CONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS
Más detallesUD 9 Los medios de pago al. Elvira Carmona Rubio Operaciones Administrativas de Compraventa
UD 9 Los medios de pago al contado Elvira Carmona Rubio Operaciones Administrativas de Compraventa En esta unidad aprenderemos a Interpretar y describir las principales características de los documentos
Más detallesSic: Documentos Comerciales
2016 Sic: Documentos Comerciales 4 Año Secundaria Ciclo Superior Profesora Umaño Silvia DOCUMENTOS COMERCIALES Concepto. Funciones. Conservación. Forma de emisión Documentos comerciales: Concepto. Funciones.
Más detalles- Documentos relacionados con las compras y/o ventas:
- Documentos relacionados con las compras y/o ventas: Factura: Es el documento más importante de la operación de compra venta. La confecciona el vendedor al comprador, como culminación de esta operación.
Más detallesDocumentos de seguro de mercancías
Principales Documentos www.plancameral.org Importación y Exportación www.plancameral.org Principales Documentos Importación y Exportación Documentos de seguro de mercancías Enero 2012 2 Índice 1. Póliza
Más detalles- la relación de valor se establece entre librador y tomador; y - la relación de provisión de fondos es la que une a librador y librado.
TEMA 23. LA LETRA DE CAMBIO. 1. Consideraciones generales. 1. Origen: la letra surge en épocas medievales (aunque con posterioridad al pagaré), con la finalidad de permitir la transferencia de fondos de
Más detallesTema 6. Acreedores y Deudores por Operaciones Comerciales. Contabilidad Financiera II- Juan A. Rueda
Tema 6. Acreedores y Deudores por Operaciones Comerciales 1 1. Los Créditos y Débitos por Operaciones Comerciales: Aspectos Generales. 2. Problemática de los Efectos Comerciales. 3. Correcciones de Valor
Más detalles7. FINANZAS Y ACTIVIDAD MERCANTIL
7. FINANZAS Y ACTIVIDAD MERCANTIL Conceptos Banco de España. Entidad control del sistema bancario, que asume dos tipos de funciones: asesoramiento e instrumentación de la política monetaria y crediticia,
Más detallesEpígrafe 07: Servicios de Pago Pág.: 2. Transferencias y Otras Órdenes de Pago transfronterizas. En vigor a partir del 15-03-12
Epígrafe 07: Servicios de Pago Pág.: 1 CONTIENE TARIFAS DE COMISIONES POR SERVICIOS DE PAGO, POR LO QUE EL CONTENIDO DE ESTE EPÍGRAFE NO ESTÁ SUJETO A NINGÚN TIPO DE REVISIÓN POR PARTE DEL BANCO DE ESPAÑA.
Más detallesCONTENIDO DE LA SESION Nº 09
CONTENIDO DE LA SESION Nº 09 LA LETRA DE CAMBIO. Es un titulo valor abstracto que contiene una orden incondicional de pago de un determinado monto de dinero hecha por el Librador o Girador a una persona
Más detalleswww.cursos-allende.com.ar
TÍTULOS DE CRÉDITO Vivante: Es el documento necesario para ejercer el derecho literal y autónomo en él expresado. FUNCIÓN ECONÓMICA: -Instrumentar los derechos creditorios con plazo diferido. -Asegurar
Más detallesCheque "al portador" Información útil sobre Cheques
Información útil sobre cheques Cómo se gira un cheque? Todos los cheques que se extienden deben contener lo siguiente: a. Lugar y fecha de emisión b. Cantidad girada en letras y en números c. firma Ciudad
Más detallesClasificación de los Títulos y Valores (Ley 27287)
Clasificación de los Títulos y Valores (Ley 27287) Podremos ensayar diversas clasificaciones de los títulos y valores según su funcionalidad CLASIFICACION DE LOS TITULOS VALORES POR SU FUNIONALIDAD Los
Más detallesLección 8 第 八 课 Formas de Pago 支 付 条 件
Lección 8 第 八 课 Formas de Pago 支 付 条 件 Formas de pago -Cheque - Transferencia bancaria - Órdenes de pago - Remesas (Cobranzas) - Carta de crédito. Medios de pago o Instrumentos de pago - Cheque personal
Más detallesREGLAMENTO DE RIPLEY PUNTOS
REGLAMENTO DE RIPLEY PUNTOS Ripley Puntos es un programa diseñado por Ripley Compañía de Financiamiento ( Ripley ) para fidelizar a sus clientes, otorgándoles incentivos por su preferencia y frecuencia
Más detallesTema 26 CONTRATO DE SEGURO
Tema 26 CONTRATO DE SEGURO El contrato de seguro tiene por objeto reparar por medio de la indemnización el daño sufrido por el asegurado. Será de naturaleza MERCANTIL en todos los casos. Los seguros se
Más detallesUNIDAD 11: GESTIÓN DE COBROS Y PAGOS.
I.E.S. EXTREMADURA (Montijo) Página 1 de 25 UNIDAD 11: GESTIÓN DE COBROS Y PAGOS. 1.- INTRODUCCIÓN La compraventa es un contrato por el que una de las partes (vendedor) se obliga a entregar una cosa a
Más detallesMinisterio de Hacienda y Crédito Público. Decreto Número de 2007 ( ) Por el cual se dictan disposiciones sobre los depósitos centralizados de valores
República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público Decreto Número de 2007 ( ) Por el cual se dictan disposiciones sobre los depósitos centralizados de valores EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Más detallesCIRCULAR Nº 3/2011 DENUNCIAS A LA COMISIÓN MIXTA AFE 2ª DIVISIÓN B
Pedro Rico 27 28029 Madrid Teléfono 91 314 30 30 afe@afe-futbol.com www.afe-futbol.com CIRCULAR Nº 3/2011 DENUNCIAS A LA COMISIÓN MIXTA AFE 2ª DIVISIÓN B MUY IMPORTANTE: Nuevos plazos de presentación de
Más detallesCONDICIONES GENERALES DE VENTA de Schaeffler Iberia, S.L.U. División Automotive Aftermarket
CONDICIONES GENERALES DE VENTA de Schaeffler Iberia, S.L.U. División Automotive Aftermarket Estas condiciones generales de venta son aplicables a la venta de todos los productos de la división Automotive
Más detallesCAPÍTULO VI COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE VALORES
CAPÍTULO VI COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE VALORES Este servicio consiste en la realización de transferencias electrónicas de valores depositados, entre cuentas de los Participantes, una vez se ha llegado
Más detallesMódulo 2: Técnicas Administrativas de Compra-Venta. Unidad didáctica 6: El pago en la compraventa (I) Técnicas administrativas de compra-venta
Módulo 2: Técnicas Administrativas de Compra-Venta Unidad didáctica 6: El pago en la compraventa (I) Técnicas administrativas de compra-venta UNIDAD DIDÁCTICA 6 El pago en la compraventa (I) Créditos
Más detallesSECRETARIADO ADMINISTRATIVO
Clase 1 y 2. Módulo 1: Conceptos Generales LAS ORGANIZACIONES. Concepto: Es un sistema social integrado por individuos y grupos que, bajo una determinada estructura y dentro de un contexto al que controlan
Más detallesContrato Marco para Factoring Electrónico - Proveedor
Contrato Marco para Factoring Electrónico - Proveedor Conste por el presente documento el Contrato Marco para realizar operaciones de Factoring Electrónico que suscriben de una parte, BANCO INTERNACIONAL
Más detalles1. En el momento del libramiento participan, al igual que en la letra de cambio, tres personas:
TEMA 24. EL CHEQUE 1. Consideraciones generales 1. El cheque es un título valor cambiario, presentado en libro talonario (ver art. 156 LCC), regulado por la LCC, que únicamente puede ser utilizado con
Más detallesQuieres salvar tu empresa? INSTRUMENTOS, HERRAMIENTAS Y ACCIONES EN LA BÚSQUEDA DE SOLUCIONES PARA SU GESTIÓN EN TIEMPOS DE CRISIS
Quieres salvar tu empresa? INSTRUMENTOS, HERRAMIENTAS Y ACCIONES EN LA BÚSQUEDA DE SOLUCIONES PARA SU GESTIÓN EN TIEMPOS DE CRISIS FINANZAS Y BANCOS Financiación del circulante. El crédito de proveedores
Más detallesFONDO DE VIVIENDA DEL MAGISTERIO DEL ATLÁNTICO
FONDO DE VIVIENDA DEL MAGISTERIO DEL ATLÁNTICO "FONVIMA" NIT No 890.105.676-1 CALLE 44 No. 36-95 TELS. 3414534-3049424 3049423 FAX 3414534 Email: Fonvima_atlantico@hotmail.com Info@fonvima.com Página:
Más detallesMANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A.
MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS
Más detallesEl pagaré, como respaldo en las transacciones mercantiles
El pagaré, como respaldo en las transacciones mercantiles Reglas básicas para asegurar la efectividad de este instrumento de crédito Mtra. y Lic. Carolina Campos Serrano INTRODUCCIÓN En las relaciones
Más detallesAVISO LEGAL CONDICIONES DE USO. Esta web ha sido creada por BAS CARGO BARCELONA S L con carácter informativo para su uso personal y gratuito.
AVISO LEGAL CONDICIONES DE USO Esta web ha sido creada por BAS CARGO BARCELONA S L con carácter informativo para su uso personal y gratuito. a) Utilización lícita El/la usuario/a de esta página web y de
Más detallesECONOMIA TEMA 4 LOS CONTRATOS MERCANTILES Y LOS MEDIOS DE PAGO A CONCEPTO 1 COLABORACIÓN ASOCIATIVA 2 COLABORACIÓN SIMPLE I EL CONTRATO MERCANTIL
ECONOMIA TEMA 4 LOS CONTRATOS MERCANTILES Y LOS MEDIOS DE PAGO A CONCEPTO 1 COLABORACIÓN ASOCIATIVA 2 COLABORACIÓN SIMPLE I EL CONTRATO MERCANTIL 3 GARANTIA 4 COBERTURA DE RIESGO B CLASIFICACIÓN DE CONTRATOS
Más detallesSISTEMA DE GESTION DE CALIDAD Fecha: 31/08/2015 MANUAL DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Página 1 de 9 TABLA DE CONTENIDO 1. PRESENTACIÓN... 2 2. OBJETO... 3 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y BASES DE DATOS... 3 4. ALCANCE... 3 5. FINALIDAD DE LA BASE DE DATOS... 4 6. TRATAMIENTO DE... 4 7. DERECHOS
Más detallesTaller sobre Cámara de Compensación de Cheques (II)
Taller sobre Cámara de Compensación de Cheques (II) República Dominicana: 13 de Febrero 2009 Temas a tratar Normativa sobre el Cheque: - Ley Cambiaria y del Cheque - Convenio de Truncamiento - Órganos
Más detallesContabilidad Financiera II. Grupos 20 y 21 TEMA - 5. Pasivo Corriente
Contabilidad Financiera II Grupos 20 y 21 TEMA - 5 Pasivo Corriente 1. Recordatorio: de Pasivo Según el marco conceptual del PGC, son obligaciones actuales surgidas como consecuencia de sucesos pasados,
Más detallesACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE Y LARES - FEDERACIÓN DE RESIDENCIAS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A LOS MAYORES -SECTOR SOLIDARIO-.
ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE. Y LARES - FEDERACIÓN DE RESIDENCIAS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A LOS MAYORES -SECTOR SOLIDARIO-. En Madrid, a.. de de REUNIDOS De una parte, D., con D.N.I. nº:, que actúa como
Más detallesCAPITULO I - De la emisión y de la forma de la letra de cambio.
INDICE INTRODUCCION EXPOSICION DE MOTIVOS TITULO 1 De la letra de cambio y del pagaré. CAPITULO I - De la emisión y de la forma de la letra de cambio. Página - Requisitos formales de la letra de cambio
Más detallesCAPITULO XIV NORMAS APLICABLES A LOS CREDITOS, DEPOSITOS, INVERSIONES Y APORTES DE CAPITAL PROVENIENTES DEL EXTERIOR
CAPITULO XIV NORMAS APLICABLES A LOS CREDITOS, DEPOSITOS, INVERSIONES Y APORTES DE CAPITAL PROVENIENTES DEL EXTERIOR 1. Este Capítulo establece las normas aplicables a las operaciones de cambios internacionales
Más detallesBASES DE LA PROMOCIÓN Packs edición limitada Champions DE HEINEKEN ESPAÑA, S.A.
BASES DE LA PROMOCIÓN Packs edición limitada Champions DE HEINEKEN ESPAÑA, S.A. 1.- OBJETO HEINEKEN ESPAÑA, S.A. con domicilio social en Sevilla, Avenida Andalucía, 1, provista del CIF núm. A-28006013
Más detallesCondiciones generales
Condiciones generales Objeto. Descripción de los servicios IURISCAR S.L. domiciliada en C/ Fuencarral nº 135, 3º exterior izda. 28010 Madrid, CIF: B-83610352, es el creador y propietario de la Base de
Más detallesModalidades de pago al contado en la compraventa:
El pago de la compraventa (I) R Resumen Modalidades de pago al contado en la compraventa: Recibo: documento que emite la persona que cobra una cantidad y que entrega al que paga como justificante de que
Más detallesJuan Bataller Grau Catedrático de Derecho mercantil Departamento de Derecho mercantil Universitatde València
Juan Bataller Grau Catedrático de Derecho mercantil Departamento de Derecho mercantil Universitatde València Contenidos 1.- Antecedentes 2.- Concepto, naturaleza y función económica 3.- Requisitos formales
Más detallesPersonas que intervienen en el libramiento del cheque.
CHEQUE. Generalidades y Funciones. Ver página 14. Prácticas Administrativas. Tomo 2. Virginia Bonora Carnales / Susana Ravera Veira / Marianella Rodríguez Guerrero / Osvaldo Rodríguez Sum. Ediciones IDEAS.
Más detallesa) La ESF envía al agente de percepción la relación de pagos efectuados por el deudor, o
INFORME N. 153-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el Régimen de Percepciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) aplicable a las operaciones de venta de bienes, regulado por la Ley N. 29173,
Más detallesUNIDAD 5. Capítulo 5: El cheque
UNIDAD 5 Capítulo 5: El cheque Definición: Tenemos varias definiciones para el cheque y se puede utilizar cualquiera dependiendo de cuanto te quieras explayar. 1. Instrumento de pago que se emite contra
Más detallesCONVENIO SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTIA BANCARIA
CONVENIO SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTIA BANCARIA Conste el presente documento, un Convenio para emisión de Garantía Bancaria, contenido al tenor de las siguientes cláusulas y estipulaciones: PRIMERA: COMPARECIENTES.-
Más detallesEl cheque viene regulado del artículo 175 al 207 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito.
Unidad 17 Cheque 17.1 Concepto general 17.2 Sus elementos 17.3 El cheque como instrumento de pago 17.4 Requisitos del cheque; art. 176 de la Ley General de Títulos de Crédito 17.5 Formas especiales del
Más detallesREGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Banco LAFISE & Peugeot le traen Marchamo Aventurero
REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Banco LAFISE & Peugeot le traen Marchamo Aventurero TITULAR, PATROCINADOR Y PARTICIPANTES 1. La mecánica, la publicidad y los derechos de autor que
Más detalles1er TALLER SOBRE NUEVO FORMATO DE CHEQUES 2010
1er TALLER SOBRE NUEVO FORMATO DE CHEQUES 2010 Base Legal Ley de Cheques (1951) Reglamento de Sistemas de Pago (2007) Instructivo sobre las Especificaciones para la Elaboración del Cheque (2008) Qué es
Más detallesUnidad 19. Certificado de Depósito y Bono de Prenda
Unidad 19 Certificado de Depósito y Bono de Prenda 19.1 Almacenes generales de depósito 19.2 Funcionamiento 19.3 Certificado de depósito y bono de prenda 19.4 Requisitos del certificado de depósito 19.5
Más detallesINFORMACIÓN PREVIA a la celebración del contrato de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito hipotecario.
INFORMACIÓN PREVIA a la celebración del contrato de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito hipotecario. Nombre entidad, AYUDA Y CREDITO CONSULTORES S.L. inscrita
Más detallesPrograma de Educación Financiera de El Salvador
Programa de Educación Financiera de El Salvador Cuál es el Objetivo del Programa? Fortalecer la comprensión de usuarios e inversionistas, actuales y potenciales sobre los beneficios, costos y riesgos de
Más detallesLas normas por las que se rige el Programa BPpremierplus son las que a continuación se relacionan:
ANEXO I: BASES DE PROGRAMA DE BPPREMIERPLUS BPpremierplus es un Programa para la obtención de puntos canjeables por productos o servicios y acumulación de Ahorro para compras de carburante en Estaciones
Más detallesMATEMÁTICAS FINANCIERAS
1 MATEMÁTICAS FINANCIERAS LECCIÓN 3: Operaciones financieras a corto plazo 1.- Características comerciales en una operación financiera. Tantos efectivos reales (coste y rentabilidad en una operación financiera).
Más detallesTEMA 9: EFECTOS COMERCIALES A COBRAR
TEMA 9: EFECTOS COMERCIALES A COBRAR 1- LOS EFECTOS COMERCIALES A COBRAR 2- LOS EFECTOS COMERCIALES EN CARTERA 3- EL DESCUENTO DE EFECTOS 4- LOS EFECTOS COMERCIALES EN GESTIÓN DE COBRO 5- LOS EFECTOS COMERCIALES
Más detallesCaja Rural de Navarra, S.C. En vigor desde el 1/1/2014 FOLLETO DE TARIFAS Epígrafe 58 Página 1 de 6
FOLLETO DE TARIFAS Epígrafe 58 Página 1 de 6 Epígrafe 58.- SERVICIOS DE PAGO: TRANSFERENCIAS DE FONDOS CON EL EXTERIOR Y TRANSFERENCIAS EN MONEDA EXTRANJERA EN EL MERCADO INTERIOR (CONTIENE TARIFAS DE
Más detallesCAMPOFRÍO FOOD GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
CAMPOFRÍO FOOD GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS El Consejo de Administración de CAMPOFRÍO FOOD GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13
Más detallesTEMA 4: APLICACIONES DE LA CAPITALIZACIÓN SIMPLE: LETRA DE CAMBIO Y CUENTA CORRIENTE ÍNDICE
TEMA 4: APLICACIONES DE LA CAPITALIZACIÓN SIMPLE: LETRA DE CAMBIO Y CUENTA CORRIENTE ÍNDICE 1. DESCUENTO DE EFECTOS... 1 1.1. CONCEPTO DE DESCUENTO DE EFECTOS... 1 1.2. CLASIFICACIÓN DE LOS DESCUENTOS...
Más detallesTÍTULO XII Los contratos de financiación. CAPÍTULO I Del préstamo de dinero
1 TÍTULO XII Los contratos de financiación CAPÍTULO I Del préstamo de dinero Artículo 5121-1. Concepto. Por el contrato de préstamo el prestamista se obliga a entregar al prestatario una determinada suma
Más detallesT. 10 (I) EL DINERO. 1. EL DINERO (dinero legal) 2. DEPÓSITOS BANCARIOS (dinero bancario) Depósito a la vista: CUENTA CORRIENTE
TEMA 10 ECONOMÍA 1º BACHILLERATO 1. EL DINERO (dinero legal) T. 10 (I) EL DINERO El dinero es un instrumento, generalmente aceptado, como medio de pago, como medida de valor (expresar los precios) y como
Más detallesCONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS
CONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS Conste que el presente documento privado denominado Contrato Marco para el Otorgamiento de Cartas Fianzas (EL CONTRATO) que celebran, de una parte
Más detallesDIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO PRODUCTIVO. Calle Uno Oeste Nº 060 Urb. Córpac, San Isidro Lima 27 - Perú
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO PRODUCTIVO Calle Uno Oeste Nº 060 Urb. Córpac, San Isidro Lima 27 - Perú La Ley N 29623, promueve el acceso al financiamiento a los proveedores de bienes y/o servicios a
Más detallesPROGRAMA POR SER TÚ PARA AUTÓNOMOS
PROGRAMA POR SER TÚ PARA AUTÓNOMOS Bankia va a llevar a cabo un Programa de ámbito nacional para la exoneración del pago, a partir del 9 de mayo de 2016, de determinadas comisiones de productos y servicios
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes
NACIONAL DE LAUDO ARBITRAL EXPTE. NÚM: 2337/2013 RECLAMANTE: RECLAMADA: Grandes Almacenes FNAC España, S.A.U. Colegio Arbitral: PRESIDENTA DEL COLEGIO ARBITRAL VOCALES Propuesto por la Federación de Usuarios
Más detallesPRÉSTAMOS Y CRÉDITOS EN DIVISA
BMN, Banco Mare Nostrum SA En vigor desde el 22/01/2015 Página 1 de 5 1.- PRÉSTAMOS PARA FINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS Clase de operación y concepto % Mínimo 1.- de
Más detallesPROGRAMA POR SER TÚ PARA PARTICULARES
PROGRAMA POR SER TÚ PARA PARTICULARES Bankia va a llevar a cabo un Programa de ámbito nacional para la exoneración del pago, a partir del 11 de enero de 2016, de determinadas comisiones de productos y
Más detallesBASES DE PARTICIPACIÓN DE LA PROMOCIÓN COMPROMISO 10 AÑOS
BASES DE PARTICIPACIÓN DE LA PROMOCIÓN COMPROMISO 10 AÑOS FAGOR ELECTRODOMÉSTICOS, S.COOP (en adelante, FAGOR) organiza la Promoción "Compromiso 10 años" donde el comprador podrá solicitar, por la compra
Más detallesINFORMATIVO DE COBRANZA
Contenido: Informativo de Cobranza Informativo de Cheques Informativo de Incorporaciones INFORMATIVO DE COBRANZA Pagarés: Al lunes de cada semana la líder llenará una planilla que lleve su nombre y el
Más detallesLey Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales
Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto
Más detallesQué ventajas e inconvenientes tiene el comercio electrónico con respecto al tradicional?
COMERCIO ELECTRÓNICO Qué son los servicios de la sociedad de la información? Qué es el comercio electrónico? Qué ventajas e inconvenientes tiene el comercio electrónico con respecto al tradicional? Cómo
Más detallesi) Vida residual de los préstamos.
i) Vida residual de los préstamos. El siguiente cuadro muestra la distribución de los préstamos hipotecarios, en función de la vida residual de los mismos, en los siguientes intervalos expresados en meses.
Más detallesEl préstamo hipotecario
El préstamo hipotecario a la compra de inmuebles. Se puede contratar un préstamo o un crédito hipotecario. La diferencia reside en que el préstamo se refiere a una cantidad determinada que se entrega al
Más detallesNOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA.
1 NOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA. Madrid a 21 mayo 2009 1.-El Acta Notarial de la junta es un acta y no una escritura.
Más detalles