En México, Distrito Federal, a veintiséis de septiembre de dos mil siete.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "En México, Distrito Federal, a veintiséis de septiembre de dos mil siete."

Transcripción

1 RECURSO DE REVISIÓN RECURRENTE: ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN COYOACÁN EXPEDIENTE: RR.338/2007 En México, Distrito Federal, a veintiséis de septiembre de dos mil siete. VISTO el estado que guarda el expediente identificado con el número RR.338/2007, relativo al recurso de revisión interpuesto por la C., en contra de la respuesta emitida a través del sistema electrónico INFOMEX el día cinco de julio del dos mil siete, en relación con la solicitud de información con número de folio , presentada el día veinticinco de junio del dos mil siete, se formula resolución en atención a los siguientes: R E S U L T A N D O S I. Con fecha doce de julio de dos mil siete, la C. presentó ante este Instituto recurso de revisión en contra de la respuesta contenida en el oficio CPP/290/07, de fecha cuatro de julio del dos mil siete, suscrito por el Coordinador de Planes y Proyectos en la Dirección General de Administración de la Delegación Coyoacan, que le fue notificada el día cinco del mismo mes y año, con motivo de la solicitud de información con número de folio , presentada el día veinticinco de junio del dos mil siete, en la que pidió: Solicito conocer los contratos que utilizan para la contratación del personal eventual de campo, personal eventual que labora en la nómina de apoyo administrativo, y personal eventual que labora como verificador administrativo. Solicito que los contratos antes mencionados se me Anexen por esta misma vía, que sea un contrato (uno de cada uno) del año 2005, otro del 2006 y otro del 2007.

2 En dichos contratos, solicito se supriman el nombre del trabajador y sus datos personales, ya que solo requiero la información para estrictos fines de investigación académica, sobre el tema del trabajo eventual. También solicito conocer el tabulador de sueldos para el personal eventual, el cual solicito se anexe por esta misma vía. Finalmente, solicito saber la seguridad social con la que cuenta el personal eventual, las prestaciones con las que cuentan, el convenio que la Delegación tiene con el ISSSTE (vigente, solicito se anexe), las aportaciones que los trabajadores hacen al ISSSTE, si cuentan con alguna protección en el caso de riesgo de trabajo y accidentes de trabajo, y del seguro de maternidad de las trabajadoras eventuales, solicito saber si se les cubre o no los gastos del parto, de ser negativa la respuesta, solicito saber el por que no se les cubre. El Ente Público respondió dicha solicitud mediante el oficio número CPP/290/07, de fecha cuatro de julio del dos mil siete, suscrito por el Coordinador de Planes y Proyectos de la Dirección General de Administración de la Delegación Coyoacan, en los siguientes términos: Respecto a la solicitud de conocimiento de los Contratos, le informo que la misma no es posible considerarla en sus términos, toda vez que cada Contrato celebrado por este Órgano es un acto Jurídico individual y su contenido únicamente concierne a las partes, sin embargo de lo anterior se hace de su conocimiento que se celebra con fundamento en lo dispuesto por el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos B, fracción II y 12 fracción III, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, y 2, 5, 8, 10 fracción IV y 12 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, asimismo se le informa que cada contrato por regla general debe contener las siguientes cláusulas: Objeto del Contrato, Monto del Contrato, Vigencia, Rescisión de Contrato, Supervisión e Interpretación, en cuanto al Tabulador se anexan copias, de la Seguridad Social si existe un Convenio firmado por el Gobierno del Distrito Federal y el ISSSTE, el cual se encuentra en Oficialía Mayor, las aportaciones que hace cada trabajador son del 3.7% del salario base, con relación a la protección en el caso de riesgos y accidentes de trabajo: existe un seguro que únicamente 2

3 ampara a los trabajadores que su labor es en la vía pública, en cuanto a los servicios médicos es el ISSSTE quien determina su alcance En los formatos denominados Recepción de Recurso de Revisión del sistema electrónico INFOMEX, de fecha de inicio doce de julio del dos mil siete, con números de folio , , y recibidos en Oficialía de Partes de este Instituto el mismo día, con los números de folio , , , respectivamente, la ahora quejosa manifestó lo siguiente: En la solicitud de información de referencia, respecto de la solicitud de información de los contratos, señalé en forma textual: Solicito conocer los contratos que utilizan para la contratación del personal eventual de campo, personal eventual que labora en la nómina de apoyo administrativo, y personal eventual que labora como verificador administrativo. Solicito que los contratos antes mencionados se me anexen por esta misma vía, que sea un contrato (uno de cada uno) del año 2005, otro del 2006 y otro del 2007 dichos contratos solicito se suprima el nombre del trabajador y sus datos personales, ya que sólo requiero la información para estrictos fines de investigación académica, sobre el tema del trabajo eventual Como se puede observar, en la información solicitada se pidió se suprimieran los datos personales de las partes, ya que sólo necesito la información para fines de investigación académica, solicitud de la cual me dieron una respuesta que me causa agravio ya que adolece de fundamentación y motivación, aunado a que también carece de lógica legal y humana en lo siguiente: se hace de su conocimiento que se celebra con fundamento en lo dispuesto por el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos B En primer término el artículo 122 de nuestra Carta Magna se refiere a los Estados de la Federación y al Distrito Federal, y el artículo B no existe, y los demás artículos a los que hace referencia el oficio en cita no tiene aplicación alguna respecto de la facultad de la Delegación Coyoacan para realizar convenios o contratos, también me causa agravios ya que violenta mi derecho de petición, la cual presenté de forma pacífica y respetuosa, acorde al artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Finalmente, con fundamento en lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, la información solicitada no se encuentra considerada como información de acceso restringido, por lo cual no existe razón alguna para que se me niegue la misma, la cual solicito desde ahora y de nueva cuenta, me sea proporcionada, aclarando de nuevo que se deberá omitir en la misma los datos personales de las partes 3

4 II. Con fecha dieciséis de julio del dos mil siete, la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo de este Instituto dictó acuerdo mediante el cual admitió a trámite el presente recurso de revisión, tuvo por señalados indistintamente el domicilio y el medio precisados por el recurrente para recibir notificaciones, y admitió las pruebas que con apoyo de la Dirección de Tecnologías de Información de este Instituto fueron obtenidas del sistema electrónico INFOMEX y que son las siguientes: Impresión de pantalla del sistema electrónico INFOMEX, Reporte de Recurso de Revisión, de fecha dieciséis de julio del dos mil siete, relativo al recurso de revisión con número de folio RR , recibido el doce de julio del año en cita, relacionado con la solicitud de información número de folio , de fecha de recepción veinticinco de junio del dos mil siete a las 18:49 horas. Impresión de pantalla del sistema electrónico INFOMEX, Acuse de recibo de Solicitud de Acceso a la Información Pública, relativa a la solicitud con número de folio de fecha de recepción veinticinco de julio del año en curso. Impresión de pantalla del sistema electrónico INFOMEX, Nueva Solicitud, con fecha de inicio veinticinco de junio del dos mil siete, y fecha de terminación la misma fecha, relativa a la solicitud con número de folio , recibida el veinticinco de junio del año en curso. 4

5 Impresión de pantalla del sistema electrónico INFOMEX, Análisis de tipo de gestión, con fecha de inicio veinticinco de junio del dos mil siete, y fecha de terminación la misma fecha, relativa a la solicitud con número de folio , recibido el día veinticinco de junio del año en curso. Impresión de pantalla del sistema electrónico INFOMEX, Turne a la Unidad Administrativa para su atención, con fecha de inicio veinticinco de junio del dos mil siete, y fecha de terminación la misma fecha, relativa a la solicitud con número de folio , recibida el veinticinco de junio del año en curso. Impresión de pantalla del sistema electrónico INFOMEX, Responda Solicitud, con fecha de inicio veinticinco de junio del dos mil siete, y fecha de terminación cuatro de julio del mismo año, relativa a la solicitud con número de folio , recibida el día veinticinco de junio del año en curso. Impresión de pantalla del sistema electrónico INFOMEX, Verifique si hubo prevención y responda, con fecha de inicio cuatro de julio del dos mil siete, y misma fecha de terminación, relativa a la solicitud con número de folio , recibida el veinticinco de junio del año en curso. Impresión de pantalla del sistema electrónico INFOMEX, Atienda solicitud y elabore respuesta, con fecha de inicio cuatro de julio del dos mil siete, y misma 5

6 fecha de terminación, relativa a la solicitud con número de folio , recibida el día veinticinco de junio del año en curso. Impresión de pantalla del sistema electrónico INFOMEX, Atienda respuesta de la Unidad Administrativa, con fecha de inicio cuatro de julio del dos mil siete, y fecha de terminación cinco del mismo mes y año, relativa a la solicitud con número de folio , recibida el veinticinco de junio del año en curso. Impresión de pantalla del sistema electrónico INFOMEX, Indique si requiere pago, con fecha de inicio cinco de julio del dos mil siete, y misma fecha de terminación, relativa a la solicitud con número de folio , recibida el fecha veinticinco de junio del año en curso. Impresión de pantalla del sistema electrónico INFOMEX, Prepare y entregue Información, con fecha de inicio cinco de julio del dos mil siete, y misma fecha de terminación, relativa a la solicitud con número de folio , recibida el veinticinco de junio del año en curso. Copia simple del oficio número CPP/290/07 de fecha cuatro de julio del año en curso, dirigido al C. Eulalio Rivas Martínez, Encargado de la Oficina de Información Pública y Director Jurídico, suscrito por el C. Ángel García Torre, en su calidad de Coordinador de Planes y Proyectos en la Dirección General de Administración. 6

7 Copia simple del Tabulador de Sueldos para Personal Eventual Órganos Político Administrativo del Gobierno del Distrito Federal Vigente a partir de 01 de enero de 2005,ordinario, con fecha de emisión enero 2005, suscrito por el C. Octavio Romero Oropeza, en su calidad de Oficial Mayor. Copias simples (3) del Tabulador de Sueldos para Personal Eventual Órganos Político Administrativo del Gobierno del Distrito Federal Vigente a partir de 01 de enero de 2005, ordinario, 01 de enero del 2006, ordinario, y 01 enero del 2006, ordinario, signadas por el C. Emilio Anaya Aguilar, en su calidad de Oficial Mayor. Copia simple del Tabulador de Sueldos para Personal Eventual Órganos Político Administrativo del Gobierno del Distrito Federal (en tres fojas), Vigente a partir de 01 de enero de 2007, ordinario, con fecha de emisión marzo de 2007, suscrito por el C. Ramón Montaño Cuadra, en su calidad de Oficial Mayor. Impresión de pantalla del sistema electrónico INFOMEX, Entrega de información solicitada con fecha de inicio cinco de julio del dos mil siete, y fecha de terminación seis del mismo mes y año, relativa a la solicitud con número de folio , recibida el veinticinco de junio del año en curso. 7

8 Así mismo, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 70, fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se requirió al Ente Público el informe de ley respecto del acto impugnado. El acuerdo referido fue notificado a la recurrente en el correo electrónico señalado para tal efecto, el veinte de julio del año en curso. III. Mediante el oficio INFODF/DJDN/435/2007, de fecha dieciséis de julio del dos mil siete, notificado el día veinte de julio del mismo año, se solicitó a la autoridad responsable el informe a que se refiere el artículo 70, fracción I de la Ley de la materia. IV. Atendiendo al Acuerdo número 171/SE/03-07/2007 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 125, así como al acuerdo emitido por el Pleno de este Instituto se suspendieron los procedimientos relativos a los recursos de revisión los días veintitrés, veinticuatro, veinticinco, veintiséis, veintisiete, treinta, treinta y uno de julio; uno, dos y tres de agosto de dos mil siete. V. Con fecha veintiséis de julio del dos mil siete, se recibió en este Instituto el oficio número OIP/355/07, de la misma fecha, por medio del cual el Director Jurídico y Encargado de la Oficina de Información Pública en la Delegación Coyoacán rindió el informe de ley que le fue requerido, mismo que en la parte conducente señala lo siguiente: 8

9 1. Que con fecha veinticinco de junio de 2007, la ciudadana, ingresó a esta Oficina de Información Pública por medio del sistema electrónico INFOMEX, la solicitud con No. de folio (anexo 1), en la cual requiere se le informe lo siguiente: Solicito conocer los contratos que utilizan para la contratación del personal eventual de campo, personal eventual que labora en la nómina de apoyo administrativo, y personal eventual que labora como verificador administrativo. Solicito que los contratos antes mencionados se me Anexen por esta misma vía, que sea un contrato (uno de cada uno) del año 2005, otro del 2006 y otro del En dichos contratos, solicito se supriman el nombre del trabajador y sus datos personales, ya que solo requiero la información para estrictos fines de investigación académica, sobre el tema del trabajo eventual. También solicito conocer el tabulador de sueldos para el personal eventual, el cual solicito se anexe por esta misma vía. Finalmente, solicito saber la seguridad social con la que cuenta el personal eventual, las prestaciones con las que cuentan, el convenio que la Delegación tiene con el ISSSTE (vigente, solicito se anexe),las aportaciones que los trabajadores hacen al ISSSTE, si cuentan con alguna protección en el caso de riesgo de trabajo y accidentes de trabajo, y del seguro de maternidad de las trabajadoras eventuales, solicito saber si se les cubre o no los gastos del parto, de ser negativa la respuesta, solicito saber el por que no se les cubre. Señalando como dirección para recibir notificaciones el mismo medio electrónico INFOMEX. 2. En atención a tal solicitud, se turnó su petición vía INFOMEX a la Dirección General de Administración de este Órgano Político Administrativo, la cual es una de las áreas competentes para dar respuesta a la solicitud de la hoy recurrente. 3. Que en fecha 04 de julio del presente, recibimos por parte de la Dirección General de Administración el total de la información que la solicitante requirió a esta oficina de Información Pública como se puede apreciar en el anexo 2. Sin embargo, la manera de interpretar la solicitud no fue la adecuada por parte del área antes mencionada, reservándose la entrega de contratos ya que se consideró como información confidencial y la cual podría afectar a terceros, como lo indica en el oficio emitido por esta Dirección y que a la letra dice: 9

10 le informo que la misma no es posible considerarla en sus términos toda vez que cada contrato celebrado por este Órgano es un acto jurídico individual y su contenido únicamente concierne a las partes De esta manera justificándose la entrega de los contratos en mención, tal como lo indica el Artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Que en fecha 05 de julio, se elaboró la respuesta (anexo 3), siendo esta enviada a la solicitante el mismo día mes y año, la cual consistía en 10 copias simples mismas que se digitalizaron para su envió a través del sistema INFOMEX, por lo cual no se le hizo ningún cobro por concepto de reproducción. Lo anterior, debido a que la información que solicitó sólo se encuentra disponible en copias simples, sin embargo esta Oficina de Información Pública hizo lo posible para poder digitalizar la respuesta y así poder dar un mejor servicio a la solicitante, como lo dispone el artículo 11 y 41 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal 5. Que con fecha 20 de julio del presente, se le solicitó nuevamente a la Dirección General de Administración la información faltante para dar cumplimiento a lo solicitado por la hoy recurrente y por el H. Instituto (anexo 4). 6. Que con fecha 24 de julio del presente esta oficina recibió respuesta por medio de oficio con No. De folio CPP/322/07 y con anexos de contratos (anexo 5) 7. Que con fecha 25 de julio del año en curso se le hizo una llamada a la hoy recurrente para que nos indicara por que medio se le haría entrega de la información, debido a que en el Recurso de Revisión no indica un medio específico para notificarle, dando como medio para dicha notificación la dirección de su domicilio, ubicado en Norte 66-A # 3544 Col. Cuchilla La Joya, Del. Gustavo A. Madero, C.P o a la dirección de correo electrónico, y del cual se anexa acuse de recibido (anexo 6). Por lo anterior, y como se aprecia en el anexo 6 se dio trámite y respuesta al Recurso de revisión interpuesto por la ciudadana, de esta manera, solicito que a su digna apreciación valore lo antes mencionado, así como los documentos exhibidos, con la finalidad de constatar que esta Oficina en ningún momento incurrió en alguna negligencia, sino por el contrario, en todo momento actuó apegada a la Ley, e inclusive si no se hubiera dado respuesta en tiempo y 10

11 forma a la solicitud de la recurrente aparecería en el semáforo de INFOMEX en rojo, que como es de su conocimiento este color indica que no se dio respuesta en el tiempo marcado por la LTAIPDF, señal que no aparece en nuestro sistema. Por lo anterior, solicito a este H. Instituto que el presente Recurso sea desechado por improcedente, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 72 de la LTAIDF A dicho oficio, la autoridad responsable acompañó los siguientes documentos: 1. Copia simple del acuse de recibo del oficio número OIP/07 de fecha veinticinco de julio de dos mil siete, dirigido a la C., suscrito por el C. Eulalio Rivas Martínez, en su calidad de Director Jurídico y Encargado de la Oficina de Información Pública de la delegación Coyoacán. 2. Copia simple del oficio número CPP/322/07 de fecha veinticuatro de julio de dos mil siete, dirigido al C. Eulalio Rivas Martínez, en su calidad de Director Jurídico y Encargado de la Oficina de Información Pública de la Delegación Coyoacán, suscrito por el C. Ángel García Torre, en su calidad de Coordinador de Planes y Proyectos en la Dirección General de Administración en la Delegación Coyoacán. 3. Copia simple de la Nota Informativa de fecha veintiocho de junio del año en curso, dirigido al C. Ángel García Torre, Coordinador de Planes y Proyectos en la Dirección General de Administración, suscrito por el C. Alejandro Alberto García Aragón, en su calidad de Director de recursos Humanos y Financieros. 11

12 4. Copia simple del oficio número DRL/049/2005, de fecha doce de diciembre de dos mil cinco, dirigido a los Directores Generales de Administración u Homólogos de la Dependencia y Órganos Político-Administrativos, suscrito por el C. Mario Alberto Gallardo García, en su calidad de Director de Relaciones Laborales de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito federal. 5. Copia simple del oficio número DGPLSPC/1855/2005 de fecha ocho de diciembre de dos mil cinco, dirigido a la C. Gertrudis Mercado Cruz, Directora General de Administración Delegación Coyoacán, suscrito por el C. Miguel Ángel Vázquez Reyes en su calidad de Director General de Política Laboral y Servicio Público de Carrera de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal. 6. Copia simple del oficio número SDC/00563/05 de fecha diecisiete de mayo de dos mil cinco, dirigido AL C. Sergio Alain Molina García, Subdirector de Afiliación y Vigencia, suscrito por el C. Salvador G. Rocha González, en su calidad de Subdirector de lo Consultivo de la Dirección General Jurídica del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 7. Copia simple del Convenio de Incorporación Parcial Voluntaria al Régimen Obligatorio de la Ley Instituto de Seguridad y Servicios Social de los Trabajadores del Estado número de registro

13 8. Copia simple de la Póliza de Accidentes Personales número 32 E /71, con vigencia del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil siete, emitida por Seguros Atlas S.A. 9. Copia simple del Contrato de Seguro número 9-32-E /71, celebrado con la empresa Seguros Atlas S.A. 10. Copia simple del Comprobante de Liquidación de Pago a Personal Eventual, con número de recibo Copia simple del Contrato para Obra determinada y Tiempo Fijo que Celebran el Gobierno del Distrito Federal y el Trabajador para ocupar el cargo de Controlador del comercio en la Vía Pública. 12. Copia simple del Contrato para Obra Determinada y Tiempo Fijo que Celebran el Gobierno del Distrito Federal y el Trabajador para ocupar el cargo de verificador. 13. Copia simple del Contrato para Obra Determinada y tiempo Fijo que celebran el Gobierno del Distrito Federal y el Trabajador, con número , para ocupar el cargo de barrendero. 13

14 14. Copia simple del Contrato para Obra Determinada y Tiempo Fijo que celebran el Gobierno del Distrito federal y el Trabajador, con número , para ocupar el cargo de Auxiliar. 15. Copia simple del Contrato para Obra Determinada y tiempo Fijo que Celebran el Gobierno del Distrito Federal y el Trabajador, con número , para ocupar el cargo de peón. 16. Copia simple del Contrato para Obra Determinada y Tiempo Fijo que celebran el Gobierno del Distrito Federal y el Trabajador, con número Copia simple del Contrato para Obra Determinada y Tiempo Fijo que celebran el Gobierno del Distrito Federal y el Trabajador, con número , para ocupar el cargo de auxiliar. 18. Copia simple del Contrato para Obra Determinada y Tiempo Fijo que Celebran el Gobierno del Distrito Federal y el Trabajador, sin número, para ocupar el cargo de auxiliar. VI. Mediante acuerdo del siete de agosto del dos mil siete, la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo de este Instituto tuvo por presentado en tiempo el informe rendido por el Director Jurídico y Encargado de la Oficina de Información Pública de la Delegación Coyoacán; asimismo, determinó que acorde a lo dispuesto por el artículo 70, fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito 14

15 Federal se diera vista a la recurrente con dicho informe. El acuerdo referido fue notificado al Ente Público mediante los estrados de este Instituto el mismo día de su emisión, haciéndosele de su conocimiento vía correo electrónico el nueve de agosto del presente año; y a la recurrente, en la última fecha citada, a través del correo electrónico señalado para tal efecto. VII. Mediante acuerdo de fecha veintiuno de agosto del presente año, la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo de este Instituto hizo constar el transcurso del plazo concedido al particular para que se manifestara respecto al informe de ley rendido por la autoridad responsable, sin que hubiera formulado consideración alguna, por lo que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 133 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria a la materia, tuvo por precluído su derecho para tal efecto. Asimismo, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 70, fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y el diverso 76 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, de aplicación supletoria a la Ley de la materia, otorgó un término común de tres días a las partes para que formularan por escrito sus alegatos. Dicho acuerdo fue notificado al Ente Público el día de su emisión, a través de los estrados de este Instituto, lo que se le hace del conocimiento de las partes vía correo electrónico el día veinticuatro de agosto del dos mil siete. VIII. Por auto de fecha treinta y uno de agosto del dos mil siete, la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo, de este Instituto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 15

16 133 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria a la materia, se tiene por precluído el derecho de las partes para formular sus alegatos, sin que hicieran manifestación alguna. Asimismo, declaró cerrado el periodo de instrucción y ordenó la elaboración del proyecto de resolución que en Derecho correspondiese. En virtud de todo lo anterior y en razón de que ha sido debidamente sustanciado el recurso de revisión y que las pruebas que obran en el expediente consisten en documentales, las cuales se desahogan por su propia y especial naturaleza, con fundamento en el artículo 70, fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; y CONSIDERANDO PRIMERO. El Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal es competente para resolver el presente recurso de revisión con fundamento en lo establecido en los artículos 1, 2, 9, 57, 62, 63, fracciones II y XXI, 67, 68, 69, 70, 71 y 74 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 2, 3, 5, fracción III, 13, fracción I, 14, fracción X y 15, fracción V del Reglamento Interior del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. SEGUNDO. Previo al análisis de fondo de los argumentos formulados en el recurso que nos ocupa, esta autoridad realiza el estudio oficioso de las causas de improcedencia, por tratarse de una cuestión de orden público y de estudio preferente, atento a lo 16

17 establecido por la jurisprudencia número 940, publicada en la página 1538, de la Segunda Parte del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación , que a la letra dice: IMPROCEDENCIA.- Sea que las partes la aleguen o no, debe examinarse previamente la procedencia del juicio de amparo, por ser una cuestión de orden público en el juicio de garantías. La autoridad responsable en su Informe de Ley hace valer la causal de improcedencia, señalada en el artículo 72, fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en los siguientes términos: Por lo anterior, y como se aprecia en el anexo 6 se dio trámite y respuesta al Recurso de revisión interpuesto por la ciudadana, de esta manera, solicito que a su digna apreciación valore lo antes mencionado, así como los documentos exhibidos, con la finalidad de constatar que esta Oficina en ningún momento incurrió en alguna negligencia, sino por el contrario, en todo momento actuó apegada a la Ley, e inclusive si no se hubiera dado respuesta en tiempo y forma a la solicitud de la recurrente aparecería en el semáforo de INFOMEX en rojo, que como es de su conocimiento este color indica que no se dio respuesta en el tiempo marcado por la LTSIPDF, señal que n aparece en nuestro sistema. Por lo anterior, solicito a este H. Instituto que el presente Recurso sea desechado por improcedente, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 72 de la LTAIDF, que a la letra dice: Artículo 72.-El recurso será desechado por improcedente cuando: l. Sea presentado, una vez transcurrido el plazo señalado por la presente Ley; II. El órgano que conozca del recurso, haya resuelto en definitiva sobre la materia del mismo La causal de improcedencia invocada por el Ente Público contenida en la fracción II del artículo 72 de la Ley especial, es inoperante al caso que nos ocupa, toda vez que la hipótesis normativa se refiere al caso en que la autoridad substanciadora del recurso de 17

18 revisión haya emitido una resolución en la que hubiese quedado resuelto el fondo del mismo, es decir, lo que se conoce en materia procesal como cosa juzgada, por lo que para que se actualice dicha causal de improcedencia necesariamente el Instituto de Acceso a la información Pública del Distrito Federal debió emitir resolución definitiva en un Recurso de Revisión diverso, promovido por la hoy recurrente, en contra de idéntico acto reclamado y referente a la misma solicitud de información pública, lo anterior encuentra apoyo en las siguientes tesis de jurisprudencia emitidas por el Poder Judicial de la Federación: Registro No Localización: Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXI, Abril de 2005 Página: 1381 Tesis: I.4o.A.55 K Tesis Aislada Materia(s): Común COSA JUZGADA. ELEMENTOS QUE DEBEN CONCURRIR PARA SU EXISTENCIA. Existe cosa juzgada cuando en diversos asuntos, uno resuelto y otro no, coinciden o concurren los siguientes elementos: a) El objeto de la decisión; b) El fundamento jurídico; y, c) Los sujetos. CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. Inconformidad 21/2004. Daiichi Pharmaceutical Co. Ltd. 5 de enero de Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Antonio Nazar Sevilla. Secretario: Ernesto González González. Amparo directo 435/2004. Brown and Sons de México, S.A. de C.V. 2 de febrero de Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretaria: Claudia Patricia Peraza Espinosa. Queja 127/2004. Oficial Mayor del Gobierno del Distrito Federal. 9 de febrero de 18

19 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretaria: Claudia Patricia Peraza Espinosa. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIX, junio de 2004, página 1427, tesis XVII.2o.C.T.11 K, de rubro: "COSA JUZGADA. ELEMENTOS QUE DEBEN CONCURRIR PARA QUE EXISTA." Registro No Localización: Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXV, Abril de 2007 Página: 1686 Tesis: I.7o.C.87 C Tesis Aislada Materia(s): Civil COSA JUZGADA. OPERA SI EN JUICIO DIVERSO SE DECLARA IMPROCEDENTE LA VÍA. Para que se integre la figura de la cosa juzgada es menester que concurran identidad de partes; de la materia del litigio; de las causas en que se apoyan las dos demandas y que en el primer juicio se haya dilucidado el fondo sustancial del asunto; sin embargo, aun cuando no se decida el fondo de las prestaciones propuestas, si se determina una situación que no puede ser desconocida en el nuevo procedimiento, como lo es, la improcedencia de la vía especial hipotecaria por caducidad, la resolución así dictada crea cosa juzgada, en cuanto a la improcedencia de esa vía. Lo que significa que hay obstáculo legal para que en diverso juicio especial hipotecario, se reclamen la procedencia del vencimiento anticipado y el pago de las prestaciones derivadas del mismo contrato de apertura de crédito, pues la improcedencia de la vía hipotecaria quedó resuelta definitivamente, adquirió el carácter de irrecurrible e indiscutible, de manera que, en atención a esa cosa juzgada no puede ejercitarse esa misma acción en la vía que se declaró improcedente cuando se funda en el mismo documento. SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo en revisión 50/2007. Angélica Pozos Márquez. 28 de febrero de Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretaria: Rosa María Morales Gasca. 19

20 Por lo anterior, resulta claro que la causal de improcedencia invocada por la autoridad responsable es infundada, ya que una vez que este Órgano Colegiado realizó una búsqueda minuciosa y exhaustiva en sus archivos no se encontró recurso alguno en el cual se desprenda que se haya resuelto sobre el fondo de la misma solicitud de información pública que dio origen al presente medio de impugnación, como lo pretende hacer valer la responsable. Asimismo, la autoridad responsable en su informe de Ley no señaló la actualización de alguna de las causales de sobreseimiento previstas en el artículo 73 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Sin embargo, esta resolutora considera que el presente recurso de revisión debe sobreseerse con fundamento en el artículo 73, fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal que a la letra dice lo siguiente: Artículo 73. Procede el sobreseimiento, cuando: IV. El Ente Público cumpla con el requerimiento de la solicitud, caso en el que deberá haber constancia de la notificación de la respuesta al solicitante, dándole el Instituto vista al recurrente para que manifieste lo que a su derecho convenga. De dicho precepto legal se desprende que existen tres requisitos sine qua non para la procedencia del sobreseimiento, que son: 20

Mario Medina Martínez FECHA RESOLUCIÓN: 11/05/2011

Mario Medina Martínez FECHA RESOLUCIÓN: 11/05/2011 EXPEDIENTE: RR.0488/2011 Mario Medina Martínez FECHA RESOLUCIÓN: 11/05/2011 Ente Público: Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal. MOTIVO DEL RECURSO: En contra

Más detalles

FORMATO DE AMPARO DIRECTO

FORMATO DE AMPARO DIRECTO FORMATO DE AMPARO DIRECTO H. TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA PRESENTE en mi carácter de representante legal de personalidad que tengo debidamente acreditada en el expediente del juicio de

Más detalles

INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL

INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE LAS DENUNCIAS DE UN POSIBLE INCUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL. I.OBJETIVOS:

Más detalles

Artículo 86.- El recurso será improcedente cuando: III.- Se recurra una resolución que no haya sido emitido por el sujeto obligado; o,

Artículo 86.- El recurso será improcedente cuando: III.- Se recurra una resolución que no haya sido emitido por el sujeto obligado; o, EXPEDIENTE NÚMERO: RR/166/2013 RECURRENTE: SUJETO OBLIGADO: SECRETARÍA DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE INSTITUTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA --- MEXICALI,

Más detalles

SOLICITANTE: HÉCTOR MANUE L VALENCIA ROQUE. RECURSO DE RE VISIÓN: CTAI/RV-02/2009. EXPEDIENTE: DGD/UE-A/042/2009.

SOLICITANTE: HÉCTOR MANUE L VALENCIA ROQUE. RECURSO DE RE VISIÓN: CTAI/RV-02/2009. EXPEDIENTE: DGD/UE-A/042/2009. SOLICITANTE: HÉCTOR MANUE L VALENCIA ROQUE. RECURSO DE RE VISIÓN: CTAI/RV-02/2009. EXPEDIENTE: DGD/UE-A/042/2009. En la Ciudad de México, Distrito Federal, a veinticinco de junio de dos mil nueve, se da

Más detalles

EXPEDIENTE No. 072/2010. RESOLUCIÓN No. 115.5.

EXPEDIENTE No. 072/2010. RESOLUCIÓN No. 115.5. 2010, Año de la Patria. Bicentenario del Inicio de la Independencia y Centenario del Inicio de la Revolución. DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROVERSIAS Y SANCIONES EN CONTRATACIONES PÚBLICAS EXPEDIENTE No. 072/2010

Más detalles

Cuernavaca, Morelos a veintiocho de febrero de dos mil siete.

Cuernavaca, Morelos a veintiocho de febrero de dos mil siete. 1 Entidad Pública: Secretaria de la Contraloría del Estado de Morelos. RECURRENTE: Miguel Ángel Morales Santacruz. PONENTE: Lic. Ariel Homero López Rivera. EXPEDIENTE: RI/009/2007-II Cuernavaca, Morelos

Más detalles

R E S U L T A N D O. Cuál es el salario Integrado de un Subdirector de Área con categorías A, B y C en esta dependencia? (sic).

R E S U L T A N D O. Cuál es el salario Integrado de un Subdirector de Área con categorías A, B y C en esta dependencia? (sic). RECURSO DE REVISIÓN: 1745/2010. SUJETO OBLIGADO: MUSEO INTERACTIVO PAPAGAYO. FOLIO DE LA SOLICITUD: 01372010, DEL ÍNDICE DEL SISTEMA INFOMEX-TABASCO. RECURRENTE: CHISMOSO EN BATALLA. CONSEJERA PONENTE:

Más detalles

México, Distrito Federal, a veinticinco de junio de dos mil siete.

México, Distrito Federal, a veinticinco de junio de dos mil siete. COMITE DE INFORMACION México, Distrito Federal, a veinticinco de junio de dos mil siete. VISTO: Para resolver el expediente No. CI/389/07, respecto del procedimiento de acceso a la información, derivado

Más detalles

QUEJA: RQ. 154/2008.

QUEJA: RQ. 154/2008. QUEJA: RQ. 154/2008. SUJETO OBLIGADO: PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA QUEJOSO: JOSÉ MANUEL ARIAS RODRIGUEZ. CONSEJERO PONENTE: C.P. GILDA MARÍA BERTTOLINI DÍAZ Villahermosa, Tabasco. Resolución del

Más detalles

solicitante a través del INFOMEX, la respuesta a la solicitud de información, respondiendo lo siguiente:

solicitante a través del INFOMEX, la respuesta a la solicitud de información, respondiendo lo siguiente: Visto el estado procesal del expediente 29/ST-04/2014, relativo al recurso de revisión interpuesto por ALEJANDRA CORONA FLORES, en lo sucesivo la recurrente, en contra de la Secretaría de Transportes,

Más detalles

CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, A SIETE DE FEBRERO DE DOS MIL TRECE.

CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, A SIETE DE FEBRERO DE DOS MIL TRECE. RECURSO DE REVISIÓN: ICHITAIP/RR-751/2012 RECURRENTE: BEATRIZ VERDUZCO GUTIÉRREZ SUJETO OBLIGADO: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL CONSEJERA PONENTE POR REASIGNACIÓN: ALMA ROSA MARTÍNEZ MANRÍQUEZ CHIHUAHUA, CHIHUAHUA,

Más detalles

TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO EXP. NUM. 909/2011

TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO EXP. NUM. 909/2011 TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO EXP. NUM. 909/2011 - - - V I S T O S para dictar sentencia definitiva dentro de la TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO, promovida por ****************** deducido del Juicio EJECUTIVO

Más detalles

Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala

Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala RECURSO DE REVISIÓN: 44/2011-P-1 SUJETO OBLIGADO: H. AYUNTAMIENTO DE TETLA DE LA SOLIDARIDAD, TLAXCALA, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL RECURRENTE: MARÍA CATALINA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ COMISIONADO PONENTE:

Más detalles

COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA

COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto

Más detalles

RESULTANDO. La información solicitada no se encuentra en documento alguno que obre en los archivos de la Institución.

RESULTANDO. La información solicitada no se encuentra en documento alguno que obre en los archivos de la Institución. México, Distrito Federal, a 13 de mayo de 2004 Visto: Para resolver el procedimiento de acceso a la información, derivado de la sólicitud de información número 0001200023804 del 4 de mayo de 2004, y RESULTANDO

Más detalles

FALLO CORRESPONDIENTE AL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ALDFIIIL/LPN/013/2005

FALLO CORRESPONDIENTE AL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ALDFIIIL/LPN/013/2005 OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES FALLO CORRESPONDIENTE AL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ALDFIIIL/LPN/013/2005 LICITACION PUBLICA NACIONAL

Más detalles

ZUBILLAGA ORTIZ. Toluca de Lerdo, Estado de México, a veintitrés de marzo de dos mil quince.

ZUBILLAGA ORTIZ. Toluca de Lerdo, Estado de México, a veintitrés de marzo de dos mil quince. JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO- ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: ST-JDC-170/2015 ACTORA: NORA LUISA MORENO GONZALEZ. RESPONSABLE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES

Más detalles

Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo, a 24 veinticuatro de junio de 2013 dos mil trece.

Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo, a 24 veinticuatro de junio de 2013 dos mil trece. - 1 - Expediente No. 401/2013 Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo, a 24 veinticuatro de junio de 2013 dos mil trece. Vistos los autos del Juicio Escrito Familiar relativo al ejercicio de la acción de Anotación

Más detalles

México, Distrito Federal, a siete de agosto de dos mil quince.

México, Distrito Federal, a siete de agosto de dos mil quince. RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: RECURRENTE: MANUEL BRAULIO MARTÍNEZ RAMÍREZ RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL MAGISTRADO PONENTE: MANUEL GONZÁLEZ OROPEZA SECRETARIOS: HERIBERTA

Más detalles

sanciones para la represión del dopaje, proponiendo una sanción de privación o suspensión de licencia federativa durante un período de seis meses.

sanciones para la represión del dopaje, proponiendo una sanción de privación o suspensión de licencia federativa durante un período de seis meses. Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 27/2014. En Madrid, a 9 de mayo de 2014. Visto el recurso interpuesto por D. X contra la resolución del Director de la Agencia Española de Protección

Más detalles

R E S U L T A N D O S

R E S U L T A N D O S RECURSO DE REVISIÓN RECURRENTE ENTE PÚBLICO SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL DISTRITO FEDERAL EXPEDIENTE: RR.412/2007 En México, Distrito Federal, a treinta de octubre de dos mil siete.

Más detalles

EXPEDIENTE: VERÓNICA CANO REYES FECHA RESOLUCIÓN: 09/05/12 RR.SIP.0376/2012 Ente Obligado: INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL

EXPEDIENTE: VERÓNICA CANO REYES FECHA RESOLUCIÓN: 09/05/12 RR.SIP.0376/2012 Ente Obligado: INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL EXPEDIENTE: FECHA RESOLUCIÓN: 09/05/12 RR.SIP.0376/2012 Ente Obligado: MOTIVO DEL RECURSO: Inconformidad por la respuesta emitida por el Ente Público. SENTIDO DE LA RESOLUCIÓN: El Pleno del Instituto de

Más detalles

EXPEDIENTE: PEDRO RAMÍREZ FECHA RESOLUCIÓN: 26/10/11. Ente Público: DELEGACIÓN IZTACALCO

EXPEDIENTE: PEDRO RAMÍREZ FECHA RESOLUCIÓN: 26/10/11. Ente Público: DELEGACIÓN IZTACALCO EXPEDIENTE: FECHA RESOLUCIÓN: 26/10/11 RR.1918/2011, Ente Público: MOTIVO DEL RECURSO: Inconformidad con la respuesta emitida por el Ente Público. SENTIDO DE LA RESOLUCIÓN: El Pleno del Instituto de Acceso

Más detalles

Sentencia Definitiva Mercantil No. 369/2015. Saltillo, Coahuila; a veintitrés de septiembre de dos mil

Sentencia Definitiva Mercantil No. 369/2015. Saltillo, Coahuila; a veintitrés de septiembre de dos mil Sentencia Definitiva Mercantil No. 369/2015 quince. Saltillo, Coahuila; a veintitrés de septiembre de dos mil Vistos para pronunciar sentencia definitiva dentro de los autos del expediente número 1585/2015,

Más detalles

INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal de Acceso a. El Pleno del Instituto Federal de Acceso

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA ENTREGA. RECEPCIÓN, FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA O SERVICIOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA ENTREGA. RECEPCIÓN, FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA O SERVICIOS MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA ENTREGA. RECEPCIÓN, FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA O SERVICIOS OBJETIVO Que los contratos de Obra Pública y Servicios

Más detalles

HERMOSILLO, SONORA, MÉXICO, A TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL NUEVE, REUNIDO EL PLENO DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL Y DE TRANSPARENCIA INFORMATIVA, Y;

HERMOSILLO, SONORA, MÉXICO, A TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL NUEVE, REUNIDO EL PLENO DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL Y DE TRANSPARENCIA INFORMATIVA, Y; TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL Y DE TRANSPARENCI A INFORMATIVA HERMOSILLO, SONORA, MÉXICO, A TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL NUEVE, REUNIDO EL PLENO DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL Y DE TRANSPARENCIA INFORMATIVA,

Más detalles

Dependencia o Entidad: Ayuntamiento de Ramos Arizpe Expediente: 43/06 Ponente: Alfonso Raúl Villarreal Barrera

Dependencia o Entidad: Ayuntamiento de Ramos Arizpe Expediente: 43/06 Ponente: Alfonso Raúl Villarreal Barrera Dependencia o Entidad: Ayuntamiento de Ramos Arizpe Expediente: 43/06 Ponente: Alfonso Raúl Villarreal Barrera Visto el expediente relativo a la garantía consagrada en el artículo 47 de la Ley de Acceso

Más detalles

TRÁMITES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS. Procedimiento para presentar las peticiones

TRÁMITES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS. Procedimiento para presentar las peticiones TRÁMITES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS Apreciado Usuario: En este documento encontrará una guía que le permitirá ilustrarse acerca de los trámites, procedimientos y requisitos a seguir, cada vez que tenga

Más detalles

RECURSO DE REVISIÓN EXPEDIENTE: R.R./098/2011. RECURRENTE: C. VIRGILIO SÁNCHEZ LEÓN. SECRETARÍA DE TURISMO Y DESARROLLO ECONÓMICO.

RECURSO DE REVISIÓN EXPEDIENTE: R.R./098/2011. RECURRENTE: C. VIRGILIO SÁNCHEZ LEÓN. SECRETARÍA DE TURISMO Y DESARROLLO ECONÓMICO. RECURSO DE REVISIÓN EXPEDIENTE: R.R./098/2011. RECURRENTE: C. VIRGILIO SÁNCHEZ LEÓN. SUJETO OBLIGADO: SECRETARÍA DE TURISMO Y DESARROLLO ECONÓMICO. COMISIONADO PONENTE: DR. RAÚL ÁVILA ORTIZ. OAXACA DE

Más detalles

2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano

2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano 2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano México D.F. 13 de junio de 2013 PREGUNTAS Y RESPUESTAS RELEVANTES DEL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN CUMPLAMOS JUNTOS DEL INSTITUTO

Más detalles

VISTOS: Para determinar la debida clasificación de la información requerida mediante la solicitud al rubro citada, con base en los siguientes:

VISTOS: Para determinar la debida clasificación de la información requerida mediante la solicitud al rubro citada, con base en los siguientes: VISTOS: Para determinar la debida clasificación de la información requerida mediante la solicitud al rubro citada, con base en los siguientes: ANTECEDENTES I. El 27 de abril de 2012, mediante solicitud

Más detalles

A n t e c e d e n t e s

A n t e c e d e n t e s RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO CON MOTIVO DE LA DECLARATORIA DE INEXISTENCIA REALIZADA POR LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS

Más detalles

CONSIDERANDO. Por lo anterior, he tenido a bien a expedir los siguientes:

CONSIDERANDO. Por lo anterior, he tenido a bien a expedir los siguientes: CRITERIOS SESNSP/CNCA/CRI/04/2010, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCESO PARA LA SUBROGACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS A EVALUACIONES DE CONTROL DE CONFIANZA Y CRITERIOS A OBSERVAR PARA LA CAPACITACIÓN DE

Más detalles

EXPEDIENTE: RR.SIP.1304/2013 Ente Obligado: Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. 16/Octubre/2013

EXPEDIENTE: RR.SIP.1304/2013 Ente Obligado: Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. 16/Octubre/2013 EXPEDIENTE: Humberto García Hernández RR.SIP.1304/2013 Ente Obligado: Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal FECHA RESOLUCIÓN: 16/Octubre/2013 MOTIVO DEL RECURSO: Inconformidad por la respuesta

Más detalles

CONSEJO GENERAL INSTITUTO VERACRUZANO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN LISTA DE ACUERDOS

CONSEJO GENERAL INSTITUTO VERACRUZANO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN LISTA DE ACUERDOS LISTA ASUNTOS ACORDADOS POR EL L INSTITUTO ANO ACCESO A LA INFORMACIÓN DIECIOCHO NOVIEMBRE L DOS MIL DIEZ, SIENDO LAS DIECISIETE HORAS CON TREINTA MINUTOS, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS

Más detalles

Boletín de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

Boletín de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente Boletín de la Subprocuraduría de Asesoría y Defensa (Representación legal gratuita) Subprocuraduría de Protección de los Derechos de los Contribuyentes (Quejas y Reclamaciones) A través del procedimiento

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA.- EN HERMOSILLO, SONORA, A VEINTIDOS DE MARZO DE DOS MIL TRECE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S para

SENTENCIA DEFINITIVA.- EN HERMOSILLO, SONORA, A VEINTIDOS DE MARZO DE DOS MIL TRECE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S para 1 SENTENCIA DEFINITIVA.- EN HERMOSILLO, SONORA, A VEINTIDOS DE MARZO DE DOS MIL TRECE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S para resolver en definitiva los autos del expediente número 338/2012,

Más detalles

SAMUEL OTERO GONZÁLEZ FECHA RESOLUCIÓN: 15/09/10

SAMUEL OTERO GONZÁLEZ FECHA RESOLUCIÓN: 15/09/10 EXPEDIENTE: RR: 0964/2010 Y RR.0965/2010, ACUMULADOS SAMUEL OTERO GONZÁLEZ FECHA RESOLUCIÓN: 15/09/10 Ente Público: Delegación Gustavo a. Madero MOTIVO DEL RECURSO: inconformidad con la respuesta emitida

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE

REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE CAJA LABORAL POPULAR COOP. DE CRÉDITO Y DE LAS ENTIDADES DE SU GRUPO ECONÓMICO SECCIÓN I. EL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Artículo 1. Objeto del Servicio de

Más detalles

NEUQUEN, 30 de noviembre de 2009.-

NEUQUEN, 30 de noviembre de 2009.- NEUQUEN, 30 de noviembre de 2009.- VISTOS: Estos autos caratulados:.. S/ DENUNCIA (Expte. Nro. 8 Folio 42 Año 2009), traídos a despacho del Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio de Abogados y Procuradores

Más detalles

Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla,

Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, Síntesis: La Recomendación 113/94, del 29 de septiembre de 1994, se envió al Presidente Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, y se refirió al Recurso de Impugnación señor Fernando Velázquez

Más detalles

INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACION Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES

INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACION Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACION Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES ACUERDO mediante el cual se aprueban las modificaciones a los lineamientos que deberán observar las dependencias

Más detalles

RESOLUCIÒN.- Hermosillo, Sonora, a dos de Julio de dos mil catorce.- - -

RESOLUCIÒN.- Hermosillo, Sonora, a dos de Julio de dos mil catorce.- - - RESOLUCIÒN.- Hermosillo, Sonora, a dos de Julio de dos mil catorce.- - - Visto para resolver el expediente número, relativo al procedimiento administrativo de responsabilidad instruido en contra del, Actuario

Más detalles

Martes 24 de abril de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 48

Martes 24 de abril de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 48 Martes 24 de abril de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 48 REGLAMENTO del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE DATOS PERSONALES A TRAVÉS DEL SISTEMA INFOMEX DEL DISTRITO FEDERAL.

LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE DATOS PERSONALES A TRAVÉS DEL SISTEMA INFOMEX DEL DISTRITO FEDERAL. 16 de Diciembre de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 39 INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL LIC. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ, SECRETARIO

Más detalles

ESPECIAL HIPOTECARIO EXPEDIENTE NÚMERO 226/2013

ESPECIAL HIPOTECARIO EXPEDIENTE NÚMERO 226/2013 ESPECIAL HIPOTECARIO EXPEDIENTE NÚMERO 226/2013 SENTENCIA DEFINITIVA- - - - Actopan, Estado de Hidalgo a 23 veintitrés de abril de 2013 dos mil trece. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Más detalles

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO LINEAMIENTOS para regular el funcionamiento del Registro Público de Organismos Descentralizados. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos

Más detalles

EXPEDIENTE: RR.SIP.0117/2014. 02/abril/2014

EXPEDIENTE: RR.SIP.0117/2014. 02/abril/2014 EXPEDIENTE: RR.SIP.0117/2014 Ente Obligado: Iraís González Maya Delegación Coyoacán FECHA RESOLUCIÓN: 02/abril/2014 MOTIVO DEL RECURSO: Recurso de Revisión contra de la respuesta del Ente Obligado. SENTIDO

Más detalles

Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros

Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de Denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros

Más detalles

Procedimientos de Reincorporación al Padrón Electoral de Ciudadanos Rehabilitados en sus Derechos Políticos

Procedimientos de Reincorporación al Padrón Electoral de Ciudadanos Rehabilitados en sus Derechos Políticos Coordinación de Operación en Campo Dirección de Depuración y Verificación en Campo Procedimientos de Reincorporación al Padrón Electoral de Ciudadanos Rehabilitados en sus Derechos Políticos Reporte CIPEF-PIPEF

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e : - I - La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, resolvió a fs, 181/182 de los autos principales (folios a los que me referiré de ahora en mas) confirmar la decisión de

Más detalles

En México, Distrito Federal, a veintinueve de abril de dos mil nueve.

En México, Distrito Federal, a veintinueve de abril de dos mil nueve. RECURSO DE REVISIÓN RECURRENTE: KARINA MIRANDA ENTE PÚBLICO: OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EXPEDIENTE: RR.197/2009 En México, Distrito Federal, a veintinueve de abril de dos mil nueve.

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA LA NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. CAPÍTULO I Disposiciones generales

LINEAMIENTOS PARA LA NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. CAPÍTULO I Disposiciones generales LINEAMIENTOS PARA LA NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1 Del ámbito de aplicación y de su objeto Los presentes Lineamientos son de orden público, de observancia general

Más detalles

México, Distrito Federal, a treinta de julio de dos mil siete.

México, Distrito Federal, a treinta de julio de dos mil siete. COMITE DE INFORMACION México, Distrito Federal, a treinta de julio de dos mil siete. VISTO: Para resolver el expediente No. CI/337/07, respecto del procedimiento de acceso a la información, derivado de

Más detalles

Las entidades aseguradoras españolas y las sucursales en España de las mismas deben disponer de un Reglamento para la Defensa del Cliente, tal y como

Las entidades aseguradoras españolas y las sucursales en España de las mismas deben disponer de un Reglamento para la Defensa del Cliente, tal y como Las entidades aseguradoras españolas y las sucursales en España de las mismas deben disponer de un Reglamento para la Defensa del Cliente, tal y como establece el artículo 8.1 de la ORDEN ECO/734/2004,

Más detalles

H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA DILIGENCIARIO PAR

H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA DILIGENCIARIO PAR LISTA DE ES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA 05/02/16 EN EL JUZGADO EXP. 0674/2015 Auto De Fecha: Dos De Febrero De Dos Mil Dieciseis.- Téngase Al Funcionario Ocursante Dando Cumplimiento A Lo Ordenado

Más detalles

A n t e c e d e n t e s

A n t e c e d e n t e s RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO CON MOTIVO DE LA CLASIFICACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD REALIZADA POR LA UNIDAD ADMINISTRATIVA

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE INGESA ANAGA, CORREDURIA DE SEGUROS.

REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE INGESA ANAGA, CORREDURIA DE SEGUROS. REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE INGESA ANAGA, CORREDURIA DE SEGUROS. Título I.- Disposiciones Generales. Art. 1.- El presente Reglamento regula la actividad del Servicio de Atención del Cliente

Más detalles

REGLAMENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES

REGLAMENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES REGLAMENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES CAPÍTULO ÚNICO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo

Más detalles

VENCIMIENTO ANTICIPADO DE LOS PAGARÉS EMITIDOS EN SERIE QUE CONTIENEN FECHA CIERTA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

VENCIMIENTO ANTICIPADO DE LOS PAGARÉS EMITIDOS EN SERIE QUE CONTIENEN FECHA CIERTA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN RESEÑA DE LA CONTRADICCIÓN DE TESIS 389/10 PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN VENCIMIENTO ANTICIPADO DE LOS PAGARÉS EMITIDOS EN SERIE QUE CONTIENEN FECHA CIERTA RESEÑA DE LA CONTRADICCIÓN

Más detalles

COMISIÓN DE: EXPEDIENT E:

COMISIÓN DE: EXPEDIENT E: COMISIÓN DE: EXPEDIENT E: FINANZAS Y FISCALIZACIÓN CFF/OFS1395/03/201 2 HONORABLE ASAMBLEA: A esta Comisión de Finanzas y Fiscalización, le fue enviado mediante oficio número O.F.S./1395/2012 de fecha

Más detalles

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S Pachuca de Soto, Hidalgo, a diecinueve de abril de dos mil once. Visto para resolver el recurso de inconformidad interpuesto por ( ) en contra de la resolución del sujeto obligado H. Ayuntamiento de Atotonilco

Más detalles

NORMA TÉCNICA No. 11

NORMA TÉCNICA No. 11 SINDICATURA MUNICIPAL DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD NORMA TÉCNICA No. 11 PRÉSTAMOS A PERSONAL 1 CONTENIDO Antecedentes...3 Marco legal...4 Objetivos...5 Dependencias y su área de aplicación....6 Descripción

Más detalles

En el proceso de obtención de apoyo ciudadano para el registro como candidato (a) independiente al cargo de [formula de diputado (a) o planilla de

En el proceso de obtención de apoyo ciudadano para el registro como candidato (a) independiente al cargo de [formula de diputado (a) o planilla de MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS Y LOS CIUDADANOS INTERESADOS EN POSTULARSE COMO CANDIDATOS INDEPENDIENTES A LOS CARGOS DE DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA

Más detalles

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de agosto de 1997

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de agosto de 1997 Lineamientos que Deberán Observar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal en los Procedimientos de Contratación de Seguros de Bienes Patrimoniales y de Personas. Publicado en

Más detalles

R E S U L T A N D O S

R E S U L T A N D O S RECURSO DE REVISIÓN RECURRENTE: JORGE MARTÍNEZ MONTES ENTE PÚBLICO: SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL EXPEDIENTE: RR.1773/2010 En México, Distrito Federal, a dos de febrero dos mil once.

Más detalles

casas de bolsa podrán fungir como comisionistas de las instituciones de crédito;

casas de bolsa podrán fungir como comisionistas de las instituciones de crédito; DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL POR LAS QUE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO, EN TÉRMINOS DEL ARTICULO 171, FRACCIÓN XXV DE LA LEY DEL MERCADO DE VALORES, AUTORIZA A LAS CASAS DE BOLSA PARA

Más detalles

R E S U L T A N D O. (no importa el tipo especifico de marcapasos, desfibriladores y resincronizadores, ni la marca) (Sic)

R E S U L T A N D O. (no importa el tipo especifico de marcapasos, desfibriladores y resincronizadores, ni la marca) (Sic) México, Distrito Federal, a 13 de. Visto: Para dar cumplimiento a la resolución del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, respecto del recurso de revisión dentro del expediente 3266/07,

Más detalles

Enseguida se menciona en qué consisten cada una de las siguientes facilidades:

Enseguida se menciona en qué consisten cada una de las siguientes facilidades: Facilidades de pago Existen facilidades de reducción de multas, aplicación de la tasa de recargos por prórroga, así como de condonación de multas, que se otorgan a aquéllos contribuyentes que ya tienen

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DEL ESTADO DE CHIAPAS. CONSIDERANDO 1.

Más detalles

Expte. DI-90/2012-4. I.- Antecedentes

Expte. DI-90/2012-4. I.- Antecedentes Expte. DI-90/2012-4 EXCMO. SR. CONSEJERO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA Via Univérsitas, 36 50071 ZARAGOZA ZARAGOZA Zaragoza, a 29 de noviembre de 2012. I.- Antecedentes Primero.- En su día tuvo

Más detalles

En México, Distrito Federal, a dieciocho de agosto de dos mil diez.

En México, Distrito Federal, a dieciocho de agosto de dos mil diez. RECURSO DE REVISIÓN RECURRENTE: ROSA ISELA MARTÍNEZ MARTÍNEZ ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO EXPEDIENTE: RR.0840/2010 En México, Distrito Federal, a dieciocho de agosto de dos mil diez. VISTO

Más detalles

A n t e c e d e n t e s

A n t e c e d e n t e s RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO CON MOTIVO DE LA DECLARATORIA DE INEXISTENCIA REALIZADA POR LA UNIDAD ADMINISTRATIVA

Más detalles

I. El 18 de enero de 2012, mediante solicitud con número de folio citada al rubro, se requirió lo siguiente:

I. El 18 de enero de 2012, mediante solicitud con número de folio citada al rubro, se requirió lo siguiente: VISTOS: Para resolver el procedimiento de acceso a la información requerida mediante la solicitud al rubro citada, con base en los siguientes: ANTECEDENTES I. El 18 de enero de 2012, mediante solicitud

Más detalles

Cuernavaca, Morelos a dieciocho de abril de dos mil quince.

Cuernavaca, Morelos a dieciocho de abril de dos mil quince. RECURSO DE REVISIÓN EXPEDIENTE: IMPEPAC/REV/027/2015 ACTORA: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO MUNICIPAL ELECTORAL DE TEMOAC DEL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN

Más detalles

Aspectos Generales de la Consulta Fiscal Fecha: 19/09/2013

Aspectos Generales de la Consulta Fiscal Fecha: 19/09/2013 Aspectos Generales de la Consulta Fiscal Fecha: 19/09/2013 www.e-paf.com Por. L.D. Joan Irwin Valtierra Guerrero Relación Tributaria Es el vínculo jurídico que se establece entre un sujeto llamado activo,

Más detalles

Showcase Publicidad, S.A. de C.V.

Showcase Publicidad, S.A. de C.V. EXPEDIENTE: RR.SIP.0201/2014 Showcase Publicidad, S.A. de C.V. FECHA RESOLUCIÓN: 23/Abril/2014 Ente Obligado: Autoridad del Espacio Público del Distrito Federal MOTIVO DEL RECURSO: Inconformidad con la

Más detalles

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S ACUERDO: CG-IEEPCO-19/2014, POR EL QUE SE DA CUMPLIMIENTO AL ACUERDO DE FECHA VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE, DICTADO POR LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO EN EL EXPEDIENTE

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 ( ) CAPITULO III Organización de recursos para las actividades

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE LA CORREDURIA DE SEGUROS. Preámbulo

REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE LA CORREDURIA DE SEGUROS. Preámbulo REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE LA CORREDURIA DE SEGUROS Preámbulo La Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo de 2004, regula los requisitos y procedimientos que deben cumplir los departamentos y servicios

Más detalles

INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL

INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE LAS DENUNCIAS DE UN POSIBLE INCUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA DEL DISTRITO. I.OBJETIVOS: Establecer

Más detalles

R E S U L T A N D O S

R E S U L T A N D O S RECURSO DE REVISIÓN RECURRENTE: ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN COYOACÁN EXPEDIENTE: RR.016/2008 En México, Distrito Federal, a veintiséis de marzo de dos mil ocho. VISTO el estado que guarda el expediente identificado

Más detalles

ANTECEDENTES CONSIDERANDO

ANTECEDENTES CONSIDERANDO REGLAS QUE EXPIDE EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, PARA LA ATENCIÓN DE LAS CONSULTAS DE TURNO QUE ESTABLECE EL ACUERDO GENERAL 48/2008 DEL PROPIO PLENO, POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTICULO 9 DEL DIVERSO

Más detalles

AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN COMPILACIÓN JURÍDICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012 TEXTO VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012

AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN COMPILACIÓN JURÍDICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012 TEXTO VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012 OFICIO Circular por el que, de conformidad con el artículo tercero transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, se dan a conocer los manuales, formatos y medios

Más detalles

MANUALES DE PROCEDIMIENTOS de la Secretaría General de Acuerdos

MANUALES DE PROCEDIMIENTOS de la Secretaría General de Acuerdos MANUALES DE PROCEDIMIENTOS de la Secretaría General de Acuerdos De la Oficialía de Partes Del Archivo General Para la integración e Identificación de Expedientes Manuales de procedimientos de la Secretaría

Más detalles

MEMORANDUM. Asunto: Opinión Comentarios al Anteproyecto de los Criterios Técnicos para el Inicio de Investigaciones por Prácticas Monopólicas.

MEMORANDUM. Asunto: Opinión Comentarios al Anteproyecto de los Criterios Técnicos para el Inicio de Investigaciones por Prácticas Monopólicas. AA MEMORANDUM 13 de febrero de 2015. Para: Comisión Federal de Competencia Económica. De: Galicia Abogados, S.C. Asunto: Opinión Comentarios al Anteproyecto de los Criterios Técnicos para el Inicio de

Más detalles

CIRCULAR OFRECIMIENTO DE TRABAJO Y BAJA IMSS NO ES MALA FE

CIRCULAR OFRECIMIENTO DE TRABAJO Y BAJA IMSS NO ES MALA FE CIRCULAR OFRECIMIENTO DE TRABAJO Y BAJA IMSS NO ES MALA FE Estimados amigos y clientes: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha modificado el criterio mediante el cual se venía

Más detalles

Expte. DI-877/2013-11. EXCMO. SR. CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES Edificio Pignatelli 50004 ZARAGOZA

Expte. DI-877/2013-11. EXCMO. SR. CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES Edificio Pignatelli 50004 ZARAGOZA Expte. DI-877/2013-11 EXCMO. SR. CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES Edificio Pignatelli 50004 ZARAGOZA ASUNTO: Sugerencia relativa a deficiencias en Viviendas de Protección

Más detalles

RESOLUCIÓN No. 115.5.

RESOLUCIÓN No. 115.5. SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROVERSIAS Y SANCIONES EN CONTRATACIONES PÚBLICAS EXPEDIENTE No. 74/2011 DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL DE MEDICAMENTOS Y EQUIPO MÉDICO, S.A. DE C.V.

Más detalles

$52,591.00 CON I.V.A.

$52,591.00 CON I.V.A. CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DENOMINACIÓN: "PAGO POR SERVICIO DE ALIMENTOS PARA CENA DE FIESTAS PATRIAS DEL DIA 15 DE SEPTIEMBRE DE 2013" No. DE EXPEDIENTE: UBICACIÓN: MUNICIPIO DE ATLIXCO MONTO:

Más detalles

Ente Público: Delegación Tlalpan MOTIVO DEL RECURSO: inconformidad con la respuesta emitida por el Ente Público.

Ente Público: Delegación Tlalpan MOTIVO DEL RECURSO: inconformidad con la respuesta emitida por el Ente Público. EXPEDIENTE: SUSANA MARQUEZ HANZ FECHA RESOLUCIÓN: 7/06/10 RR.0737/2010 Ente Público: Delegación Tlalpan MOTIVO DEL RECURSO: inconformidad con la respuesta emitida por el Ente Público. SENTIDO DE LA RESOLUCIÓN:

Más detalles

MANUAL para Unidad de Transparencia e InformaciónUTI

MANUAL para Unidad de Transparencia e InformaciónUTI MANUAL para Unidad de Transparencia e InformaciónUTI Introducción La Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco (Ley de Transparencia) establece que todo sujeto obligado debe contar

Más detalles

FALLO CORRESPONDIENTE AL PROCESO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ALDFIIIL/LPN/010/2005

FALLO CORRESPONDIENTE AL PROCESO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ALDFIIIL/LPN/010/2005 OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES FALLO CORRESPONDIENTE AL PROCESO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ALDFIIIL/LPN/010/2005 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO

Más detalles

En México, Distrito Federal, a catorce de octubre de dos mil nueve.

En México, Distrito Federal, a catorce de octubre de dos mil nueve. RECURSO DE REVISIÓN RECURRENTE: SAMUEL OTERO GONZÁLEZ ENTE PÚBLICO: DLEGACIÓN COYOACÁN EXPEDIENTE: RR.728/2009 En México, Distrito Federal, a catorce de octubre de dos mil nueve. VISTO el estado que guarda

Más detalles

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE AEGON ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS. Preliminar

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE AEGON ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS. Preliminar REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE AEGON ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS Preliminar De conformidad con lo recogido en la Ley 44/2002 de 22 de noviembre de Medidas de Reforma del

Más detalles

MEXICALI, B.C. A 14 DE NOVIEMBRE DEL 2005 SD-0670-05

MEXICALI, B.C. A 14 DE NOVIEMBRE DEL 2005 SD-0670-05 ANSELMO RUIZ RODRÍGUEZ SUBDIRECTOR DE OBRAS ARTURO VENEGAS JACOBO SUBDIRECTOR DE AGUA Y SANEAMIENTO HERON VERA VILLALOBOS SUBDIRECTOR COMERCIAL JULIO C. MEZA AGRAMONT JEFE DE LA UNIDAD DE PLANEACION VICTOR

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O ACUERDO GENERAL DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 3/2014, DE TREINTA DE JULIO DE DOS MIL CATORCE, RELATIVO A LA REMISIÓN DE LOS ASUNTOS RELACIONADOS CON LA

Más detalles

Disposiciones Generales de la Unidad de Transparencia del Consejo Municipal del Deporte de Guadalajara

Disposiciones Generales de la Unidad de Transparencia del Consejo Municipal del Deporte de Guadalajara Disposiciones Generales de la Unidad de Transparencia del Consejo Municipal del Deporte de Guadalajara Título Primero Disposiciones Generales Artículo 1. El presente reglamento se expide acatando lo que

Más detalles