Política de permisos especiales para celebraciones institucionales estamentales en Establecimientos del Servicio de Salud Aconcagua
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- Francisca Gallego Castro
- hace 7 años
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1 MINISTERIO DE SALUD SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA SUBDIRECCIÓN DE LAS PERSONAS UDCVL E.C.C.V/P.LL.R. Política de permisos especiales para celebraciones institucionales estamentales en Establecimientos del Servicio de Salud Aconcagua I. OBJETIVO GENERAL El objetivo general de esta política es contribuir a una mejor calidad de vida laboral, a través del fortalecimiento de la asociatividad, de las relaciones interpersonales positivas, el sentido de pertenencia y el compromiso de las personas que trabajan en establecimientos de la Red Asistencial del Servicio de Salud Aconcagua. II. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Establecer un marco normativo para estas celebraciones. Promover la equidad en la celebración de los respectivos días de los estamentos. Garantizar una atención continua y eficiente al usuario durante los días de celebración. III. GRUPO OBJETIVO La aplicación de esta política se extiende a todos los Establecimientos del Servicio de Salud Aconcagua, involucrando a todo el personal que tenga la calidad jurídica de Titular, Contrata, y Honorarios a Suma Alzada, que trabaje en horario normal, entendiéndose por éste a la jornada diurna. Por otra parte, el personal que trabaja en sistema de turnos podrá participar en estas celebraciones en sus días libres. Es necesario recalcar el carácter grupal de la celebración institucional autorizada por el Servicio de Salud Aconcagua, donde participe un número representativo de personas del estamento, privilegiándose la asociatividad por sobre celebraciones aisladas.
2 IV. ORIENTACIONES GENERALES Sobre la coordinación de las actividades a) Se recomienda que en cada Establecimiento se promueva la participación de coordinadores responsables de la organización de una celebración institucional, que pertenezcan al mismo estamento del grupo a celebrar. En el caso de que no se pueda llegar a un acuerdo acerca de estos representantes, se sugiere que sean los funcionarios encargados del bienestar local del personal. Estos coordinadores estarán encargados de solicitar por escrito la autorización para efectuar la actividad proponiendo un lugar específico, e informando el programa a la Dirección del Establecimiento, a lo menos, con un mes de anticipación. b) A fin de no afectar la asistencialidad, es necesario que la Dirección del Establecimiento responda formalmente en un plazo no mayor a cinco días, señalando los requerimientos mínimos de la celebración. En este caso, la Dirección tiene la facultad de decidir el cambio en el día de celebración, en consideración al criterio de no afectar al usuario. La respuesta irá con copia al Jefe de Personal o de Recursos Humanos, y a los Jefes de Unidad con personal que formará parte de las actividades. c) En vista de que algunos días institucionales de celebración pueden coincidir con otros, fines de semana, feriados legales, etc., se incorpora la posibilidad de celebrar el día hábil anterior, siguiente, u otro que se estime más conveniente para no afectar la atención de los usuarios. Se sugiere que se lleven a cabo los días viernes. d) Es importante que los Jefes de Unidad comuniquen a su personal, con al menos una semana de anticipación, la información de los horarios del día de celebración, y las personas autorizadas, a través de los medios que estimen pertinentes. e) La Unidad de Recursos Humanos, u Oficina de Personal, es la encargada de elaborar una resolución en que se autorice a participar en la actividad de celebración a las personas informadas por el coordinador y que además cuenten con el permiso del Jefe Directo respectivo. Organización de las actividades en el día de la celebración institucional a) Durante la mañana, el mismo día de las celebraciones, el Servicio de Salud Aconcagua recomienda realizar una actividad de tipo académico al interior de los Establecimientos, hasta las 12:30 p.m de lunes a jueves, o hasta las 12:00 p.m los días viernes. 2
3 b) El Servicio de Salud Aconcagua autoriza a los funcionarios a comenzar sus respectivas celebraciones de esparcimiento y/o camaradería en un lugar preparado para ello, ya sea en un Establecimiento en el que se convoque a todos los interesados, o fuera de las instalaciones del Servicio de Salud. Para ello cuentan con medio día, empezando a partir de las 13:00 p.m de lunes a jueves, y desde las 12:00 p.m los días viernes, horarios en que no deben marcar su salida. c) En el caso del personal que trabaja en sistema de turnos, o cuando exista en un Establecimiento un gran número de personas de un estamento determinado, se podrán dividir en dos o más días dentro del año, para que todos los interesados en la celebración tengan oportunidad de participar, y no resulten afectadas las actividades laborales. d) En todos estos casos, el Jefe Directo tendrá que cautelar la continuidad, oportunidad y calidad de la atención de los usuarios. e) Una vez finalizadas las actividades de celebración, los coordinadores enviarán la nómina de los asistentes, para que, en el caso del personal que trabaja en jornada diurna, se les considere la tarde como tiempo trabajado. Aspectos generales a) Todas las personas pueden participar un día en el año en la celebración institucional de su estamento respectivo. b) Las personas que no tengan un día asignado en la normativa para su celebración, podrán unirse con los estamentos que sean más afines a su cargo. c) Las personas que por voluntad no asistan a la celebración institucional, continuarán con su jornada normal de trabajo. d) En el caso de que algunas personas prefieran contar con el día completo para realizar actividades relacionadas con la celebración del día de su estamento respectivo, fuera de su Establecimiento, pueden solicitar a su Jefe Directo autorización para el uso de un día administrativo, feriado y/o devolución de tiempo. e) Al solicitar esta última alternativa, la persona debe tener presente que no será cubierta por la Ley N en el caso de sufrir un accidente. f) El financiamiento de las actividades efectuadas es de tipo personal. 3
4 V. CALENDARIO DE CELEBRACIONES* Marzo 19 Día del Auxiliar de Servicio Abril 5 Día del Terapeuta Ocupacional Mayo 06 Día del Kinesiólogo Día del Laboratorista dental Día del Nutricionista 12 Día de la Enfermera Junio 01 Día de la Operadora Telefónica Julio 11 Día del Periodista Agosto 08 Día del Educador para la Salud 28 Día del Administrativo Día del Conductor de Vehículos Asistenciales 31 Día de la Matrona Septiembre 12 Día del Contador 27 Día del Odontólogo Octubre 02 Día del Tecnólogo Médico 4
5 12 Día del Estadístico en Salud Noviembre 09 Día del Psicólogo 11 Día del Asistente Social 22 Día del Fonoaudiólogo Día de la Educadora de Párvulos 25 Día del Técnico Paramédico Diciembre 01 Día del Químico Farmacéutico 03 Día de la Secretaria 03 Día del Médico 08 Día del Informático *Actualizado al 18 de enero de 2007, según fechas entregadas por el MINSAL. 5
6 ANEXO: FLUJOGRAMA DE ACTIVIDADES 1. Coordinador de Actividad envía carta a director de establecimiento con el programa y nómina de adherentes a la actividad, señalando hora y lugar, solicitando la autorización respectiva. 2. Dirección del Establecimiento Responde en un plazo no mayor a cinco días, señalando requerimientos mínimos de las celebraciones. Respuesta va con copia al Jefe de Personal o de Recursos Humanos, y a los Jefes de Unidad con personal que formará parte de las 3.1. Jefe de Unidad comunica a su personal la información de los horarios del día de celebración, y las personas autorizadas, a través de los medios que estime pertinentes. Además, envía esta nómina a la Unidad de Recursos Humanos, u Oficina de Personal. 3.2 Unidad de Recursos Humanos, u Oficina de Personal, dicta resolución autorizando la participación de las personas informadas por el coordinador y que además cuenten con el permiso del Jefe Directo respectivo. 4. Coordinador de Actividad envía nómina de los asistentes, para que se les considere la tarde como tiempo trabajado. DÍA DE LA CELEBRACIÓN Mañana: Actividad docente. Tarde: Actividades recreativas, a partir de las 13:00 p.m de lunes a jueves, y desde las 12:00 p.m los días viernes. 6
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