PRESCRIPCIÓN. INTERRUPCIÓN DE LA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "PRESCRIPCIÓN. INTERRUPCIÓN DE LA"

Transcripción

1 Ediciones del Trabajo, C.A. PRESCRIPCIÓN. INTERRUPCIÓN DE LA La prescripción se verá interrumpida, cuando el contribuyente incurra en conductas infractoras que sean sancionadas con una misma disposición normativa, independientemente que se trate de tributos distintos, siempre que la función recaudadora esté atribuida a un mismo sujeto activo. TSJ - Sala Político Administrativa ( ) relacionada con prescripción: (Usted puede ubicar las referidas sentencias en nuestra página Web colocando en el buscador de la biblioteca on-line la palabra PRESCRIPCIÓN ). -TSJ Sala Político Administrativa, de fecha 09/08/ TSJ Sala Político Administrativa, de fecha 22/06/2017. V MOTIVACIONES PARA DECIDIR Planteada la litis en los términos expuestos, pasa la Sala a decidir para lo cual observa: La representación judicial del Fisco Nacional denunció en su escrito de fundamentación de la apelación, que el fallo dictado por el Tribunal a quo adolece de nulidad por presuntamente haber incurrido en el vicio de falso supuesto de derecho al interpretar erróneamente la norma contenida en el artículo 61 (numeral 4) del Código Orgánico Tributario de 2001, aplicable en razón del tiempo, toda vez que la prescripción para imponer la sanción de multa y liquidar los intereses moratorios contenidos en el acto impugnado -por enterar la empresa de autos las retenciones practicadas en materia de impuesto al valor agregado fuera del plazo establecido- fue interrumpida cuando el contribuyente cometió un nuevo ilícito del mismo tipo, al enterar con retardo cantidades referidas por concepto de ISLR, correspondiente al período de mayo de 2008, cuya fecha límite para declarar y enterar era el 5 de junio de 2008 por lo [cual] la prescripción de las obligaciones se vio interrumpida el 6 de junio de (Sic). (Corchete de esta Máxima Instancia). 1

2 Ediciones del Trabajo, C.A. Por su parte, el juzgado de la causa precisó que la representante del Fisco Nacional con fundamento en la ocurrencia del hecho imponible en materia de retenciones enteradas con retardo por concepto de impuesto sobre la renta, tal como lo exige el numeral 2º del artículo 60 del Código Orgánico Tributario; parte de un error conceptual al considerar que, la obligación tributaria por enterar con retardo en materia de impuesto sobre la renta constituye el mismo tipo de ilícito por enterar con retardo retenciones correspondientes al Impuesto al Valor Agregado (IVA), y por lo tanto se interrumpe la prescripción de conformidad con lo establecido en el numeral 2º del artículo 60 del Código Orgánico Tributario. Concluyó el Tribunal a quo que la naturaleza del tributo en que se fundamentó la administración tributaria para imponer la Resolución de Multa (Impuesto al Valor Agregado), y la naturaleza del tributo a que hace mención el memorando emanado de la División de Contribuyentes Especiales de la referida Gerencia Regional (Impuesto sobre la Renta), es distinta, en virtud que el hecho imponible se genera en momentos distintos, vale decir, mensualmente y anualmente, respectivamente, por lo que forzosamente debe declarar improcedente el alegato expuesto por el Fisco Nacional. De acuerdo a las consideraciones anteriormente expuestas, y habiéndose declarado improcedente el hecho interruptivo de la prescripción alegado por la representación judicial del Fisco Nacional queda claro que cuando fue notificado en fecha 09 de diciembre de 2009, el acto administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Sanción y Determinación de Intereses Moratorios Nº SNAT/INTI/GRTI/DCE/CC/2009/550 de fecha 03 de noviembre de 2009, habían transcurrido desde el 23 de febrero de 2005 hasta la fecha de la notificación del acto administrativo objeto de impugnación, cuatro (04) años, nueve (09) meses y dieciséis (16) días. En consecuencia, resulta forzoso declarar procedente la prescripción invocada por la recurrente, y declara Con Lugar el presente recurso, por lo que resulta inoficioso pronunciarse sobre los demás alegatos. 2

3 Ediciones del Trabajo, C.A. Ello así, observa esta Alzada que los artículos 55, 60 y 61 del texto tributario de 2001, aplicable ratione temporis al caso de autos, disponen lo que a continuación se transcribe: Artículo 55. Prescriben a los cuatro (4) años los siguientes derechos y acciones: 1. El derecho para verificar, fiscalizar y determinar la obligación tributaria con sus accesorios. 2. La acción para imponer sanciones tributarias, distintas a las penas privativas de la libertad.. Artículo 60. El cómputo del término de prescripción se contará: 1. En el caso previsto en el numeral 1 del artículo 55 de este Código, desde el 1 de enero del año calendario siguiente a aquél en que se produjo el hecho imponible. Para los tributos cuya liquidación es periódica se entenderá que el hecho imponible se produce al finalizar el período respectivo. 2. En el caso previsto en el numeral 2 del artículo 55 de este Código, desde el 1 de enero del año calendario siguiente a aquél en que se cometió el ilícito sancionable.. Artículo 61. La prescripción se interrumpe, según corresponda: 1. Por cualquier acción administrativa, notificada al sujeto pasivo, conducente al reconocimiento, regularización, fiscalización y determinación, aseguramiento, comprobación, liquidación y recaudación del tributo por cada hecho imponible. 2. Por cualquier actuación del sujeto pasivo conducente al reconocimiento de la obligación tributaria o al pago o liquidación de la deuda. 3. Por la solicitud de prórroga u otras facilidades de pago. 4. Por la comisión de nuevos ilícitos del mismo tipo. 3

4 Ediciones del Trabajo, C.A. 5. Por cualquier acto fehaciente del sujeto pasivo que pretenda ejercer el derecho de repetición ante la Administración Tributaria, o por cualquier acto de esa Administración en que se reconozca la existencia del pago indebido o del saldo acreedor. Interrumpida la prescripción, comenzará a computarse nuevamente al día siguiente de aquél en que se produjo la interrupción. Parágrafo Único: El efecto de la interrupción de la prescripción se contrae a la obligación tributaria o pago indebido, correspondiente al o los períodos fiscales a que se refiera el acto interruptivo y se extiende de derecho a las multas y a los respectivos accesorios. De las normas anteriormente transcritas se observa que la prescripción como medio de extinción de la obligación tributaria y sus accesorios ocurre por el transcurso de tiempo en forma continua, esto es, que no exista alguna actuación que implique su interrupción o suspensión. Así las cosas, observa esta Alzada que el período de inactividad de la Administración Tributaria frente a la aplicación de las sanciones a los ilícitos investigados, relativos al impuesto al valor agregado, se tendría por iniciado, en el primer supuesto, desde el 1 de enero del año calendario siguiente a aquél en que se cometió tal infracción, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 (numeral 2) del referido Código; siendo para el caso concreto el 1 de enero de 2005; y para el supuesto de la liquidación de los intereses de mora, generados de un tributo que se liquida por períodos de imposición de un (1) mes calendario, se tendrá por iniciado a partir del mes siguiente a aquél en que se produjo el hecho imponible en cada uno de los períodos impositivos objetados, de acuerdo a lo señalado en el artículo 60 (numeral 1) eiusdem y en atención al criterio expuesto por esta Sala en sentencias Nros y del 7 de octubre de 2009 y 6 de junio de 2017, casos: C.A. La Electricidad de Caracas y Proagro, C.A., respectivamente, por tratarse de una obligación tributaria accesoria a la obligación principal. A tal efecto, observa esta Sala que del contenido del artículo 61 anteriormente transcrito se desprende que una vez ocurrida alguna de las causales indicadas, se interrumpe el término de prescripción y se inicia un nuevo 4

5 Ediciones del Trabajo, C.A. período prescriptivo a partir de la realización de ese acto; es decir, que verificada la causal debe comenzar a computarse un nuevo término de cuatro (4) años para que la prescripción opere, sin que pueda contarse el tiempo que había transcurrido con anterioridad al hecho interruptivo. De la información transcrita se deduce que el enteramiento del impuesto retenido debe hacerse en la fecha que indican las Providencias Administrativas antes descritas. Así, la contribuyente, con Registro de Información Fiscal (RIF) N, debió enterar el 20 de enero de 2004 las retenciones del impuesto al valor agregado correspondientes a la primera quincena de dicho mes, habiéndolo hecho, tal como lo determinó la Administración Tributaria, el 28 de enero de Sin embargo, advierte esta Alta Instancia que la prescripción de la acción para imponer sanciones tributarias se inició para todos los períodos cuestionados, el 1 de enero de 2005, de conformidad con el artículo 61 (numeral 2) del código adjetivo tributario. Ahora bien, esta Superioridad aprecia que el 6 de febrero de 2004 la recurrente interrumpió el término de prescripción del derecho para liquidar los intereses moratorios por parte del órgano recaudador, al incurrir la empresa accionante en el ilícito tributario de no enterar oportunamente las retenciones del impuesto supra señalado; y el 11 del mismo mes y año al enterar tardíamente dicho tributo a través del Documento N , todo ello de conformidad con lo estatuido en el artículo 61 (numerales 1, 2 y 4) del Texto Orgánico Tributario de Por ello, al ser todas la conductas perpetradas por la empresa recurrente violatorias del mismo supuesto de hecho previsto en el artículo 113 del Código de la especialidad de 2001, aplicable en razón del tiempo, la prescripción del derecho para aplicar sanciones y liquidar los intereses moratorios por parte del órgano recaudador se interrumpió en cada una de las fechas en que la contribuyente incurrió en nuevas infracciones en la declaración y pago de los tributos, esto es, el 11 de febrero, 15 de marzo, 21 y 26 de mayo, 15 y 25 de junio, 15 y 29 de julio, 31 de agosto, 2 de septiembre, 19 de octubre, 12 y 25 de noviembre, 6 de diciembre del año 2004; 20 y 25 de enero y 22 de febrero de 2005, de conformidad con lo 5

6 Ediciones del Trabajo, C.A. dispuesto en el artículo 61 (numeral 4) del señalado instrumento normativo. De manera que en el supuesto de autos el derecho para verificar, fiscalizar y determinar la obligación tributaria con sus accesorios se interrumpió sucesivamente por la comisión de nuevos ilícitos del mismo tipo, la cual se materializa con la simple acción repetida o permanente en el tiempo de parte del sujeto pasivo durante los ejercicios fiscales objeto de investigación (Vid., fallos de esta Sala Nos y de fechas 11 de octubre y 22 de noviembre de 2012, casos: Industria Láctea Torondoy, C.A. -INLATOCA- y Complejo Siderúrgico de Guayana, C.A. -COMSIGUA-, respectivamente); por tanto la comisión de los ilícitos del mismo tipo, ocasionó que el término prescriptivo tanto del derecho para verificar y determinar los intereses moratorios como de la acción para imponer sanciones tributarias, se interrumpiera sucesivamente hasta continuar su curso de forma conjunta, a partir del último ilícito detectado, vale decir, el 22 de febrero de Se insiste, por tanto, que en el caso bajo análisis, se verificaron ilícitos tributarios del mismo tipo, todos contraviniendo lo dispuesto en el artículo 113 del Código de la especialidad de 2001, aplicable en razón del tiempo, es decir, no enterando las cantidades retenidas o percibidas en las oficinas receptoras de fondos nacionales dentro de los plazos establecidos. De allí que, esta Máxima Instancia observa de la Resolución de Imposición de Sanción y Determinación de Intereses Moratorios Nº SNAT/ INTI/GRTI/DCE/CC/2009/550 de fecha 3 de noviembre de 2009, que el último acto interruptivo de la prescripción de la sanción y los intereses moratorios fue el 22 de febrero de 2005, fecha en que se enteró tardíamente la retención correspondiente a la segunda quincena del mes de diciembre de 2004, considerándose interrumpida la prescripción de tales obligaciones conforme al artículo 61 (numeral 4) del Código Orgánico Tributario de 2001, comenzando a correr de nuevo simultáneamente el 23 de febrero de 2005, el cual sin interrupción, concluiría el 23 de febrero de Luego, se evidencia que a través de Memorando N SNAT/INTI/ GRTI/RCA/DCE/CC/2012/ de fecha 6 de junio de 2012 (folios 76 y 77 de la 6

7 Ediciones del Trabajo, C.A. pieza N 2 del expediente), la División de Contribuyentes Especiales de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), informó al Jefe de la División Jurídica Tributaria del órgano exactor, que la empresa : cometió un nuevo ilícito del mismo tipo, al enterar con retardo cantidades retenidas por concepto de ISLR, correspondientes al período de mayo de 2008, cuya fecha límite para declarar y enterar era el 5 de junio de Por lo tanto, la prescripción de las obligaciones determinadas mediante la Resolución SNAT/INTI/GRTI/ DCE/CC/2009/550, de fecha 3 de noviembre de 2009, se vio interrumpida el 6 de junio de 2008, fecha en la que se consumó el nuevo ilícito del mismo tipo cometido por el contribuyente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 61, numeral 4 del Código Orgánico Tributario. La comisión de este nuevo ilícito consta en Resolución con Número de Notificación , de fecha 6 de junio de 2008, mediante la cual [se] determinó obligaciones tributarias a, C.A. por los conceptos de multas e intereses moratorios, por las cantidades de Bs. 109,15 y Bs. 5,34, respectivamente, las cuales fueron pagadas en fecha 21 de octubre de (Sic). (Interpolado y subrayado de esta Sala). En razón de lo anterior, se entiende que en fecha 6 de junio de 2008 se interrumpió la prescripción en cuestión, debido a la comisión de nuevos ilícitos del mismo tipo, pues como se advierte, la contribuyente incurrió nuevamente en el incumplimiento del deber material de enterar las cantidades retenidas dentro de los plazos previstos en las normas respectivas, ya que el mismo sujeto activo del delito, es el mismo autor del ilícito tributario, por tanto cualquier agente de retención que no entere a la Administración las cantidades de dinero percibidas bajo el concepto de retención de impuesto es autor del ilícito tributario. Asimismo se observa que las conductas aludidas cometidas por el mismo sujeto pasivo, transgredieron el artículo 113 del Código Orgánico Tributario de 2001, aplicable en razón del tiempo, que establece: Artículo 113: Quien no entere las cantidades retenidas o percibidas en las oficinas receptoras de fondos nacionales dentro del plazo establecido en las normas respectivas, será sancionado con multa equivalente al 50% de los tributos 7

8 Ediciones del Trabajo, C.A. retenidos o percibidos, por cada mes de retraso en su enteramiento, hasta un máximo 500% del monto de dichas cantidades, sin perjuicio de la aplicación de los intereses moratorios correspondientes y de la sanción establecida en el artículo 118 de este Código. Por tanto la comisión de nuevos ilícitos del mismo tipo supone la comisión por parte del sujeto pasivo de una infracción que se adecúe al mismo tipo penal contemplado en el Código Orgánico Tributario, y que implica que ambos hechos antijurídicos se concretan en la aplicación de la misma norma sancionatoria, y siendo que la contribuyente fue sancionada nuevamente por el ilícito del mismo tipo (material) relativo al enteramiento tardío por concepto de impuesto sobre la renta sancionado incluso conforme el mismo artículo del Código Orgánico Tributario de 2001, aplicable ratione temporis, a saber, el artículo 113, se entiende interrumpida la prescripción bajo estudio. Al respecto, precisa esta Sala, contrariamente a lo concluido por el Juzgado remitente, que la prescripción iniciada el 23 de febrero de 2005, fue interrumpida el 6 de junio de 2008 fecha en la que se consumó el nuevo ilícito del mismo tipo cometido por la contribuyente, toda vez que se trata de una idéntica conducta infractora cometida por la empresa de autos, esto es, no enterar las cantidades retenidas o percibidas en las oficinas receptoras de fondos nacionales dentro del plazo establecido; ilícito previsto y sancionado en el artículo 113 que a su vez, condujo a la liquidación de intereses moratorios conforme al artículo 66 del mencionado Código de la especialidad, indistintamente que el tributo sea diferente (impuesto sobre la renta), siendo que la función recaudadora tanto del impuesto sobre la renta como del impuesto al valor agregado está atribuida ex lege al Fisco Nacional. (Vid. sentencia de esta Sala N del 15 de marzo de 2017, caso: Pablo Electrónica, C.A.) Así tenemos que, desde el 6 de junio de 2008 (fecha en que se reinició el término de prescripción para las penas pecuniarias y los intereses moratorios), hasta el 9 de diciembre de 2009 (oportunidad cuando fue notificada la citada Resolución de Imposición de Sanción y Determinación de Intereses Moratorios Nº SNAT/INTI/GRTI/DEC/CC/2009/550, habían transcurrido un (1) año, seis (6) meses y un (1) día continuos de dicho período prescriptivo. 8

9 Ediciones del Trabajo, C.A. En virtud de lo expuesto, advierte esta Alzada que no había transcurrido el término de cuatro (4) años que contempla el artículo 55 (numerales 1 y 2) del Código Orgánico Tributario de 2001, aplicable en razón del tiempo, para que operara la prescripción, como erradamente lo afirmó el Tribunal de Instancia. Así se declara. MAGISTRADA PONENTE: BÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO 9

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia DEBERES FORMALES. INCUMPLIMIENTO DE- DELITO CONTINUADO

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia DEBERES FORMALES. INCUMPLIMIENTO DE- DELITO CONTINUADO DEBERES FORMALES. INCUMPLIMIENTO DE- DELITO CONTINUADO 2. a) No corresponde aplicar supletoriamente el artículo 99 del Código Penal, a conductas repetidas en diferentes períodos en el impuesto al valor

Más detalles

REENGANCHE. CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO

REENGANCHE. CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO REENGANCHE. CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO Para la ejecución voluntaria de la orden de reenganche establecida en el numeral 7 del artículo 425 LOTTT, debe aplicarse el término de tres (3) días hábiles previsto

Más detalles

PRESCRIPCIÓN. Dra: Tany Marisela Gallardo Quiroz

PRESCRIPCIÓN. Dra: Tany Marisela Gallardo Quiroz PRESCRIPCIÓN Dra: Tany Marisela Gallardo Quiroz Base Legal Código Tributario - Título Segundo del Capítulo IV del T.U.O. del Código Tributario D.S. 133-2013 OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Es de derecho público,

Más detalles

PRESTACIONES SOCIALES. FORMA DE CÁLCULO

PRESTACIONES SOCIALES. FORMA DE CÁLCULO PRESTACIONES SOCIALES. FORMA DE CÁLCULO Cálculo de prestaciones sociales en trabajadores cuya antigüedad abarca la derogada Ley Orgánica del Trabajo, y la vigente Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores

Más detalles

S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Septiembre, 2010) No.60

S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Septiembre, 2010) No.60 S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Septiembre, 2010) No.60 Haz lo necesario para lograr tu más ardiente deseo, y acabarás lográndolo BEETHOVEN, Ludwig van LOS COMPROBANTES DE RETENCIONES DE ISLR - IVA

Más detalles

APLICABILIDAD DE LAS REBAJAS POR NUEVAS INVERSIONES

APLICABILIDAD DE LAS REBAJAS POR NUEVAS INVERSIONES BOLETÍN/ JULIO 2015 APLICABILIDAD DE LAS REBAJAS POR NUEVAS INVERSIONES TEMAS A CONSIDERAR APLICABILIDAD DE LAS REBAJAS POR NUEVAS INVERSIONES Con la nueva reforma de la Ley de Impuesto sobre la Renta,

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 20

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 20 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 20 PARA EL CÁLCULO DE LOS DÍAS DE DESCANSO Y FERIADOS CORRESPONDIENTES A SALARIO VARIABLE DEBERÁ DIVIDIRSE LA PARTE VARIABLE ENTRE LOS DÍAS HÁBILES DEL MES Y NO ENTRE TREINTA DÍAS

Más detalles

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Derechos de los Contribuyentes y Otros Obligados Tributarios en el Proceso Administrativo

Más detalles

CÁLCULO DE LAS CONTINGENCIAS TRIBUTARIAS. Alvaro J. García Casafranca

CÁLCULO DE LAS CONTINGENCIAS TRIBUTARIAS. Alvaro J. García Casafranca CÁLCULO DE LAS CONTINGENCIAS TRIBUTARIAS Alvaro J. García Casafranca Determinación de la Obligación Tributaria Determinación tributaria: acto o conjunto de actos dirigidos a precisar en cada caso particular

Más detalles

COLEGIO DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONOMICAS DE TUCUMAN PARTE PROVINCIAL LEYES

COLEGIO DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONOMICAS DE TUCUMAN PARTE PROVINCIAL LEYES PARTE PROVINCIAL LEYES LEY 8964 B.O. 29/12/2016 MODIFICACIONES AL CODIGO TRIBUTARIO PROVINCIAL Modifícase la Ley N 5121 (t.c. 2009) y sus modificatorias (Código Tributario Provincial), en la forma que

Más detalles

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia INCES. NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia INCES. NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO INCES. NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO Cuando el INCES insta a los aportantes parafiscales a actualizar sus datos de registro, y lo hace mediante publicación en prensa nacional, el incumplimiento de dicha

Más detalles

LA PRESCRIPCION TRIBUTARIA

LA PRESCRIPCION TRIBUTARIA INDICE INTRODUCCION... 13 I.- PASOS PREVIOS EN LA FISCALIZACION TRIBUTARIA... 21 A.- Las actuaciones del servicio de impuestos internos... 21 B.- Las notificaciones... 21 1.- Domicilios válidos para ser

Más detalles

INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:

INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA: INFORME N. 0180-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: 1. Se plantea el caso de un contribuyente que presenta su declaración jurada mensual del Impuesto General a las Ventas en la que consigna un determinado tributo,

Más detalles

Sentencia Nº de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 06/07/06.

Sentencia Nº de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 06/07/06. JURISPRUDENCIA Notificación del acto administrativo. Sentencia Nº 01730 de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 06/07/06. "Conforme al artículo 161 del Código Orgánico

Más detalles

BONIFICACIONES ESPECIALES EXTRAORDINARIAS NO FORMARAN PARTE DE LA BASE IMPONIBLE DEL 2% DEL INCE

BONIFICACIONES ESPECIALES EXTRAORDINARIAS NO FORMARAN PARTE DE LA BASE IMPONIBLE DEL 2% DEL INCE AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 15 BONIFICACIONES ESPECIALES EXTRAORDINARIAS NO FORMARAN PARTE DE LA BASE IMPONIBLE DEL 2% DEL INCE En fecha primero (1 ) de junio de, la Sala Político Administrativa del Tribunal

Más detalles

Gaceta Oficial No de fecha 8 de noviembre de 2016

Gaceta Oficial No de fecha 8 de noviembre de 2016 Providencia N SNAT/2016/0098, mediante la cual se establece el Calendario de Sujetos Pasivos Especiales y Agentes de Retención para aquellas obligaciones que deben cumplirse para el año 2017. REPÚBLICA

Más detalles

Servicio de Impuestos Nacionales

Servicio de Impuestos Nacionales Servicio de Impuestos Nacionales Cambios recientes en el régimen de infracciones y sanciones en Bolivia Enrique Martín Trujillo Velásquez Normativa Legal Aplicable Ley No. 2492 de 2 de agosto de 2003 -

Más detalles

RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO POR LA PARTE DEMANDADA

RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO POR LA PARTE DEMANDADA Ediciones del Trabajo, C.A. ACCIDENTES DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL. NACIMIENTO DEL DERECHO PARA RECLAMAR INDEMNIZACIONES. 1. No puede confundirse la oportunidad para exigir las indemnizaciones

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 03 (2015)

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 03 (2015) AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 03 (2015) LA RECUPERACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES EN MATERIA DE IVA, PROCEDE CUANDO SE DISPONGA DE TODAS LAS FACTURAS QUE DIERON ORIGEN AL CRÉDITO FISCAL El Tribunal Superior Quinto

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) Caracas. 10 de diciembre de 2012

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 25

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 25 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 25 PARA EL EJERCICIO DEL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD SE DEBE CUMPLIR PREVIAMENTE CON LA OBLIGACIÓN DEL REENGANCHE En fecha veinte (02) de agosto de, el Tribunal

Más detalles

S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Noviembre, 09) No.53

S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Noviembre, 09) No.53 S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Noviembre, 09) No.53 El saber es la única propiedad que no puede perderse Priene, Bias de NUEVAS FORMALIDADES TRIBUTARIAS EN LA RED Como todos sabemos, el SENIAT es

Más detalles

I. ARGUMENTOS DEL ACTOR LEGAL

I. ARGUMENTOS DEL ACTOR LEGAL República de Panamá Tribunal Administrativo Tributario Resolución Nº TAT-RF-039 de 5 de mayo de 2014 VISTOS: El licenciado, en su calidad de apoderado especial del contribuyente, con R.U.C. N, interpuso

Más detalles

Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente Corte Suprema de Justicia de la República SENTENCIA REV. JUD. N LIMA

Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente Corte Suprema de Justicia de la República SENTENCIA REV. JUD. N LIMA MATERIA: REVISIÓN JUDICIAL DE PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN COACTIVA. TEMA: OBJETO DEL PROCESO SUMILLA. Para los casos en los que la obligación puesta a cobro en el procedimiento de ejecución coactiva es

Más detalles

AGENDA DEL PRIMER CONVERSATORIO. ERRORES, DEFECTOS Y VACÍOS EN LA RECIENTE REFORMA DEL CODIGO TRIBUTARIO (Decreto Leg. 981)

AGENDA DEL PRIMER CONVERSATORIO. ERRORES, DEFECTOS Y VACÍOS EN LA RECIENTE REFORMA DEL CODIGO TRIBUTARIO (Decreto Leg. 981) AGENDA DEL PRIMER CONVERSATORIO ERRORES, DEFECTOS Y VACÍOS EN LA RECIENTE REFORMA DEL CODIGO TRIBUTARIO (Decreto Leg. 981) 1. Prescripción: interrupción y caducidad (Art. 45 CT) Expositor: Dr. Luis Hernández

Más detalles

Recursos de Seguridad Social Infracciones y Sanciones

Recursos de Seguridad Social Infracciones y Sanciones Memorándum 19/14 Recursos de Seguridad Social Infracciones y Sanciones Buenos Aires, 5 de marzo de 2014 En nuestro memo 97/10 informamos cuales eran las infracciones y sanciones en materia de recursos

Más detalles

REGISTROS DE CAMBIOS EN EL DOCUMENTO

REGISTROS DE CAMBIOS EN EL DOCUMENTO Instructivo s/n del Servicio de Rentas Internas DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN DE INFRACCIONES DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN TRIBUTARIA Septiembre del 2011 INSTRUCTIVO: PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES PECUNIARIAS

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 05 ÓRGANO COMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DE DEMANDAS DONDE SE ALEGUE TERCERIZACIÓN

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 05 ÓRGANO COMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DE DEMANDAS DONDE SE ALEGUE TERCERIZACIÓN AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 05 ÓRGANO COMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DE DEMANDAS DONDE SE ALEGUE TERCERIZACIÓN En fecha 10 de diciembre de 2015, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia,

Más detalles

Apellidos y nombre o razón social. Municipio Código Postal Provincia. Lugar de formalización

Apellidos y nombre o razón social. Municipio Código Postal Provincia. Lugar de formalización Acta de conformidad con compromiso de pago Inspección tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia B03 Concepto Tributario Período Apellidos y nombre o razón social NIF Obligado Tributario Domicilio

Más detalles

PLAZOS DE CADUCIDAD EN MATERIA TRIBUTARIA

PLAZOS DE CADUCIDAD EN MATERIA TRIBUTARIA PLAZOS DE CADUCIDAD EN MATERIA TRIBUTARIA ARTÍCULO DERECHO LGT PLAZO CADUCIDAD CÓMPUTO DE LOS PLAZOS DE RESOLUCIÓN INTERRUPCIÓN DE LOS PLAZOS DE RESOLUCIÓN EFECTOS DE LA FALTA DE RESOLUCIÓN EN PLAZO EFECTOS

Más detalles

COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA

COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA SEMINARIO INTERNACIONAL SOBRE: LOS CONVENIOS DE DOBLE IMPOSICION Y LOS PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS EXPOSITOR: JULIO CESAR TRUJILLO MEZA Dias: 21 y 29 de Noviembre del 2011 Hora:

Más detalles

Providencia Administrativa Mediante la cual se Designan a los Contribuyentes Especiales como Agentes de Retención del Impuesto al Valor Agregado

Providencia Administrativa Mediante la cual se Designan a los Contribuyentes Especiales como Agentes de Retención del Impuesto al Valor Agregado Providencia Administrativa Mediante la cual se Designan a los Contribuyentes Especiales como Agentes de Retención del Impuesto al Valor Agregado Servicio Nacional Integrado de Administración aduanera y

Más detalles

Magistrada Ponente: EULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO Exp. Núm

Magistrada Ponente: EULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO Exp. Núm Magistrada Ponente: EULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO Exp. Núm. 2016-0141 Por escrito presentado ante esta Sala el 18 de febrero de 2016 los Diputados a la Asamblea Nacional ALFONSO MARQUINA, CARLOS MICHELANGELLI,

Más detalles

Mexicali, Baja California, treinta de septiembre de dos mil quince.

Mexicali, Baja California, treinta de septiembre de dos mil quince. ********** VS. RECAUDADOR DE RENTAS DEL AYUNTAMIENTO DE MEXICALI Y OTRA EXPEDIENTE 187/2015 Mexicali, Baja California, treinta de septiembre de dos mil quince. V I S T O S, para resolver, los autos del

Más detalles

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia ACCIDENTES DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA ENTRE CONTRATANTE Y CONTRATISTA 1. La solidaridad entre contratista y beneficiaria por accidentes sufridos por los trabajadores

Más detalles

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO TERMINO DE PRESCRIPCION - Cuando está corriendo y se crea una nueva ley, el prescribiente puede elegir cuál de las dos normas se debe aplicar / PRESCRIBIENTE - Tiene la facultad de escoger cual de las

Más detalles

MECANISMO PREVIO PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO TRIBUTARIO

MECANISMO PREVIO PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO TRIBUTARIO MECANISMO PREVIO PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO TRIBUTARIO La Tributaria, a través de la Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente de la Intendencia de Asuntos Jurídicos, brinda a través del

Más detalles

INDICE I. LA PRESCRIPCION EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO-TRIBUT ARIO. 13

INDICE I. LA PRESCRIPCION EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO-TRIBUT ARIO. 13 INDICE PROLOGO 9 ABREVIATURAS MAS UTILIZADAS 11 Pág, I. LA PRESCRIPCION EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO-TRIBUT ARIO. 13 1. LA REGULACION DE LA PRESCRIPCION EN LA LEY GENE RAL TRIBUTARIA. AMBITO DE APLICACION

Más detalles

Providencia Nº 0296 Caracas, 14 de Junio de 2004 Años 194º y 145º

Providencia Nº 0296 Caracas, 14 de Junio de 2004 Años 194º y 145º Providencia Nº 0296 Caracas, 14 de Junio de 2004 Años 194º y 145º El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en uso de las facultades previstas

Más detalles

Recursos Administrativos y Judiciales contra Actos Administrativos dictados por el INPSASEL. José Vicente Haro

Recursos Administrativos y Judiciales contra Actos Administrativos dictados por el INPSASEL. José Vicente Haro Recursos Administrativos y Judiciales contra Actos Administrativos dictados por el INPSASEL José Vicente Haro Caracas Maracaibo Valencia Puerto La Cruz Maturín El Tigre FACULTADES DE INSPECCIÓN DEL INPSASEL

Más detalles

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Retención en el Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos de Actividades Lucrativas

Más detalles

IV CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

IV CONSIDERACIONES PARA DECIDIR RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. REQUISITOS Para la admisión del recurso contencioso administrativo de nulidad, no será necesario reenganchar previo a su interposición al trabajador, ya que lo previsto

Más detalles

MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE FINANZAS

MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE FINANZAS PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA SOBRE EL CALENDARIO DE SUJETOS PASIVOS ESPECIALES Y AGENTES DE RETENCIÓN PARA AQUELLAS OBLIGACIONES QUE DEBEN CUMPLIRSE PARA EL AÑO 2014 (GACETA OFICIAL Nº 40.305 DE FECHA 29

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 13

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 13 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 13 LOS RECLAMOS POR CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES LABORALES, DEBEN INTERPONERSE ANTE LAS INSPECTORÍAS DEL TRABAJO En fecha dieciocho (18) de marzo de, la Sala Político Administrativa,

Más detalles

SISTEMA TRIBUTARIO EN EL PERÚ Principios y cuestiones Generales

SISTEMA TRIBUTARIO EN EL PERÚ Principios y cuestiones Generales CICLO DE CAPACITACIÓN INTERNA SAT-ICA OCT 2011 SISTEMA TRIBUTARIO EN EL PERÚ Principios y cuestiones Generales Abog. Edgar Villar Bustamante La Tributación en el Perú Internos Nacional SUNAT Administración

Más detalles

Santiago, seis de agosto de dos mil catorce. Primero: Que en este juicio sumario rol N

Santiago, seis de agosto de dos mil catorce. Primero: Que en este juicio sumario rol N Santiago, seis de agosto de dos mil catorce. Vistos y considerando: Primero: Que en este juicio sumario rol N 10.640-2014 caratulado Aguas Magallanes S.A. con Superintendencia de Servicios Sanitarios,

Más detalles

134 CONCEPTOS TRIBUTARIOS DIAN

134 CONCEPTOS TRIBUTARIOS DIAN CONCEPTOS TRIBUTARIOS DIAN 1. Retención en la Fuente Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE Ante consulta en el sentido de si todos los autorretenedores que ostenten dicha calidad para efectos del

Más detalles

Los intereses de demora y los recargos Introducción

Los intereses de demora y los recargos Introducción Introducción El interés de demora y los recargos son obligaciones accesorias que pueden acompañar a la obligación tributaria principal y, en este sentido, el artículo 25 de la LGT las contempla diciendo

Más detalles

SUPUESTOS DE EXCEPCIÓN Y FLEXIBILIZACIÓN DE INGRESOS COMO RECAUDACIÓN QUE CONTEMPLA EL SPOT

SUPUESTOS DE EXCEPCIÓN Y FLEXIBILIZACIÓN DE INGRESOS COMO RECAUDACIÓN QUE CONTEMPLA EL SPOT SUPUESTOS DE ECEPCIÓN Y FLEIBILIZACIÓN DE INGRESOS COMO RECAUDACIÓN QUE CONTEMPLA EL SPOT Mediante Resolución de Superintendencia No. 375-2013/SUNAT publicada el 28 de diciembre de 2013, en el Diario Oficial

Más detalles

CAJAS DE COMPENSACIÓN; CRÉDITO SOCIAL; DESCUENTO, DECLARACIÓN Y PAGO; FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN; PRESUNCIÓN DE DERECHO.

CAJAS DE COMPENSACIÓN; CRÉDITO SOCIAL; DESCUENTO, DECLARACIÓN Y PAGO; FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN; PRESUNCIÓN DE DERECHO. CAJAS DE COMPENSACIÓN; CRÉDITO SOCIAL; DESCUENTO, DECLARACIÓN Y PAGO; FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN; PRESUNCIÓN DE DERECHO. 1) La Dirección del Trabajo es competente legalmente para fiscalizar y eventualmente

Más detalles

Noticias Taxand. 14 de diciembre de Retención para el año 2016.

Noticias Taxand. 14 de diciembre de Retención para el año 2016. 14 de diciembre de 2015 Noticias Taxand Calendario de Sujetos Pasivos Especiales y Agentes De Retención para el año 2016. En Gaceta Oficial Nº 40.797 de fecha 26 de noviembre de 2015, fue publicada la

Más detalles

(GACETA OFICIAL Nº DEL 22 DE OCTUBRE DE 2008)

(GACETA OFICIAL Nº DEL 22 DE OCTUBRE DE 2008) PROVIDENCIA POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS FORMALIDADES PARA EL DISFRUTE DEL BENEFICIO DE EXONERACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DENTRO DEL PROGRAMA TRANSPORTE PÚBLICO DE PERSONAS (GACETA OFICIAL Nº

Más detalles

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1477/17 San Salvador de Jujuy, Lunes 17 de Abril del 2017.- VISTO Las disposiciones del Código Fiscal vigente Ley Nº 5791/13 y su modificatoria Ley N 6002/16, y; CONSIDERANDO Que,

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 22

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 22 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 22 LA DISMINUCIÓN DEL INGRESO DE UN TRABAJADOR CON SALARIO VARIABLE, DEBIDO A LA REASIGNACIÓN DE LA CARTERA DE CLIENTES, NO CONSTITUYE DESPIDO INDIRECTO En fecha diez (10) de junio

Más detalles

UNIVERSIDAD DE MENDOZA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Año 2010 PROGRAMA DE DERECHO TRIBUTARIO PROGRAMA DE ESTUDIO

UNIVERSIDAD DE MENDOZA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Año 2010 PROGRAMA DE DERECHO TRIBUTARIO PROGRAMA DE ESTUDIO UNIVERSIDAD DE MENDOZA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Año 2010 PROGRAMA DE DERECHO TRIBUTARIO PROGRAMA DE ESTUDIO Profesor Titular Profesor Adjunto Abog. Francisco J. Bustelo C.P. Álvaro Álvarez UNIDAD

Más detalles

LA POTESTAD SANCIONADORA EN MATERIA TRIBUTARIA

LA POTESTAD SANCIONADORA EN MATERIA TRIBUTARIA LA POTESTAD SANCIONADORA EN MATERIA TRIBUTARIA Propuesta del Proyecto de Modelo de Código Tributario del Instituto Peruano de Derecho Tributario Miguel Mur 1 Principios de la Potestad Sancionadora Artículo

Más detalles

Convenio Colegio de Abogados Universidad de Costa Rica

Convenio Colegio de Abogados Universidad de Costa Rica Para ver aviso legal de clic en el siguiente Hipervínculo (NECESITA CONEXIÓN A INTERNET) http://cijulenlinea.ucr.ac.cr/condicion.htm INFORME DE INVESTIGACIÓN CIJUL TEMA: LA CONCILIACIÓN EN EL DERECHO TRIBUTARIO.

Más detalles

ARTÍCULO 641: EXTEMPORANEIDAD EN LA PRESENTACIÓN

ARTÍCULO 641: EXTEMPORANEIDAD EN LA PRESENTACIÓN ARTÍCULO 641: EXTEMPORANEIDAD EN LA PRESENTACIÓN Las personas o entidades obligadas a declarar, que presenten las declaraciones tributarias en forma extemporánea, deberán liquidar y pagar una sanción por

Más detalles

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto del 2014 Julio 11

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto del 2014 Julio 11 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 40928 del 2014 Julio 11 Tema: Aduanas. Descriptores: Declaración de corrección Sanciones. Fuentes formales: Artículo 234 Decreto 2685 de 1989; artículos

Más detalles

BuscaLegis.ccj.ufsc.br

BuscaLegis.ccj.ufsc.br BuscaLegis.ccj.ufsc.br Infracciones y sanciones tributarias: capítulo 6 L.G.T Talia Besga INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS ARTÍCULOS 77 Y SS DE LGT. CONCEPTO DE INFRACCIÓN TRIBUTARIA. Art.77 LGT: 1.

Más detalles

(Omissis) DEL RECURSO DE CASACIÓN CAPÍTULO I DEFECTO DE FORMA O ACTIVIDAD ÚNICO

(Omissis) DEL RECURSO DE CASACIÓN CAPÍTULO I DEFECTO DE FORMA O ACTIVIDAD ÚNICO DESPIDO INDIRECTO. ALTERACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO El retiro justificado se configura con situaciones que alteran las condiciones en las que habitualmente presta servicio el trabajador, tales

Más detalles

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA DEL ECUADOR SALA ESPECIALIZADA DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO JUEZ PONENTE: DR. JOSÉ LUIS TERÁN SUÁREZ

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA DEL ECUADOR SALA ESPECIALIZADA DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO JUEZ PONENTE: DR. JOSÉ LUIS TERÁN SUÁREZ CORTE NACIONAL DE JUSTICIA DEL ECUADOR SALA ESPECIALIZADA DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO JUEZ PONENTE: DR. JOSÉ LUIS TERÁN SUÁREZ Quito, a 20 de junio de 2014. Las 15H52.------------------------------------------------

Más detalles

Impuesto Sobre la Renta Fundamento Legal

Impuesto Sobre la Renta Fundamento Legal Impuesto Sobre la Renta Fundamento Legal Ley de Reforma Parcial de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, publicada en Gaceta Oficial N 38.628 del 16/02/2007, desarrollada a través del Reglamento de Impuesto

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA

PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA En los siguientes supuestos marque la alternativa correcta respecto del procedimiento de cobranza coactiva iniciado. 1. Resolución de Ejecución Coactiva notificada conjuntamente

Más detalles

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia. Vista Núm. 727 12 de octubre de 2006 Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Recurso de Apelación, interpuesto por la licenciada Alma Cortés, en representación

Más detalles

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA DEL ECUADOR SALA ESPECIALIZADA DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO JUEZA PONENTE: DRA. MARITZA TATIANA PEREZ VALENCIA

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA DEL ECUADOR SALA ESPECIALIZADA DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO JUEZA PONENTE: DRA. MARITZA TATIANA PEREZ VALENCIA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA DEL ECUADOR SALA ESPECIALIZADA DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO JUEZA PONENTE: DRA. MARITZA TATIANA PEREZ VALENCIA ACTOR: DEMANDADO: SRA. MARÍA GUADALUPE MALDONADO VERA, REPRESENTANTE

Más detalles

Legislación Colombiana Suministrada por Legicol Ltda. P.B.X Bogotá D.C. URL CIRCULAR No.

Legislación Colombiana Suministrada por Legicol Ltda. P.B.X Bogotá D.C.  URL  CIRCULAR No. Libertad y Orden DIAN CIRCULAR No. 00066 Para: Subdirección de Gestión y Servicio al Cliente, Subdirección de Fiscalización Tributaria, Oficina Jurídica - División Unidad Penal, Oficina de Servicios Informáticos,

Más detalles

Disponible en el Portal SUNAT (http://intranet/intranet/inicio/legal/leg/informes/2006/i htm).

Disponible en el Portal SUNAT (http://intranet/intranet/inicio/legal/leg/informes/2006/i htm). INFORME N. 005-2017-SUNAT/5D0000 En relación con la determinación del Impuesto a la Renta de tercera categoría que es efectuada por los contribuyentes dentro del plazo de prescripción, se consulta lo siguiente:

Más detalles

IMPUESTO SOBRE LA RENTA. SALARIO BASE DE CÁLCULO

IMPUESTO SOBRE LA RENTA. SALARIO BASE DE CÁLCULO Ediciones del Trabajo, C.A. IMPUESTO SOBRE LA RENTA. SALARIO BASE DE CÁLCULO La base imponible del ISLR para personas naturales bajo relación de dependencia, no está supeditada al concepto de salario integral,

Más detalles

ASESORAMIENTO Y CONSULTORÍA JURÍDICA LABORAL, FISCAL Y TRIBUTARIA PARA EXTENDA-AGENCIA ANDALUZA DE PROMOCIÓN EXTERIOR, S.A.

ASESORAMIENTO Y CONSULTORÍA JURÍDICA LABORAL, FISCAL Y TRIBUTARIA PARA EXTENDA-AGENCIA ANDALUZA DE PROMOCIÓN EXTERIOR, S.A. ASESORAMIENTO Y CONSULTORÍA JURÍDICA LABORAL, FISCAL Y TRIBUTARIA PARA EXTENDA-AGENCIA ANDALUZA DE PROMOCIÓN EXTERIOR, S.A. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD Nº DE

Más detalles

PROVIDENCIA QUE DISPONE LA CREACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO ÚNICO DE INFORMACIÓN FISCAL (RIF)

PROVIDENCIA QUE DISPONE LA CREACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO ÚNICO DE INFORMACIÓN FISCAL (RIF) PROVIDENCIA N 0073 Caracas, 06 Febrero 2006 Años 195 y 146 El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en ejercicio de las facultades previstas

Más detalles

Responsabilidad por infracciones tributarias

Responsabilidad por infracciones tributarias Tipo de responsabilidad asumida Contribuyentes: Responsabilidad por infracciones tributarias Responsables: Inscriptos No inscriptos Herederos Legatarios Solidarios Subsidiarios Agentes de retención y percepción

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 12

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 12 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 12 LAS PROPINAS SON SALARIO VARIABLE En fecha 24 de noviembre de 2015, el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua resolvió Recurso

Más detalles

IMPUESTOS VERIFICACIÓN DE DEBERES FORMALES POR PARTE DEL SENIAT

IMPUESTOS VERIFICACIÓN DE DEBERES FORMALES POR PARTE DEL SENIAT VERIFICACIÓN DE DEBERES FORMALES POR PARTE DEL SENIAT 1 Procedimiento de verificación. Cómo se inicia el procedimiento de verificación. Qué hacer en caso de una verificación en sede del contribuyente?.

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA) ORDENANZA NUM 9:

AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA) ORDENANZA NUM 9: ORNANZA NUM 9: ORNANZA FISCAL REGULADORA LA TASA POR LICENCIA APERTURA ESTABLECIMIENTOS Y POR LA PRESTACIÓN ACTIVIDAS ADMINISTRATIVAS CONTROL, SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN LICENCIAS, COMUNICACIONES PREVIAS

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA ADSCRITO AL MINISTERIO DE FINANZAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA ADSCRITO AL MINISTERIO DE FINANZAS REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA ADSCRITO AL MINISTERIO DE FINANZAS Providencia N 0828 Caracas, 21 de septiembre de 2005 Años 195 y

Más detalles

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales.

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. El análisis de su contenido es: Regla general. Se condonan total o parcialmente los créditos fiscales consistentes en: Contribuciones

Más detalles

Proyecto de Reglamento para el pago de la Retribución al Estado por Concesiones de Infraestructura de Transportes de Uso Público.

Proyecto de Reglamento para el pago de la Retribución al Estado por Concesiones de Infraestructura de Transportes de Uso Público. Proyecto de Reglamento para el pago de la Retribución al Estado por Concesiones de Infraestructura de Transportes de Uso Público Agosto de 2015 I. ANTECEDENTES NORMATIVOS 2003 Se aprobó el Reglamento para

Más detalles

REGIMEN DE SINCERAMIENTO FISCAL REGULARIZACIÓN EXCEPCIONAL DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y ADUANERAS

REGIMEN DE SINCERAMIENTO FISCAL REGULARIZACIÓN EXCEPCIONAL DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y ADUANERAS REGIMEN DE SINCERAMIENTO FISCAL REGULARIZACIÓN EXCEPCIONAL DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y ADUANERAS Buenos Aires, 05 de julio de 2016 La reciente ley sancionada por el Congreso de

Más detalles

LA GACETA DIARIO OFICIAL 177. Hace saber al pueblo nicaragüense que: En uso de sus facultades; La siguiente;

LA GACETA DIARIO OFICIAL 177. Hace saber al pueblo nicaragüense que: En uso de sus facultades; La siguiente; L E Y NO. 598 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Hace saber al pueblo nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades; HA DICTADO La siguiente; LEY

Más detalles

Derechos reservados. Prohibida su reproducción.

Derechos reservados. Prohibida su reproducción. AMNISTÍA EN PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO CESAR MAURICIO OCHOA PÉREZ Quién podrá acceder a la condición especial para el pago? ARTICULO 57. Condición especial para el

Más detalles

Parte Actualizada 2007 $ $ $ $ $ 2006 $ $ $ $ $ 2005 $ $ $ $ $ 2004 $ $ $ $ $ 2003 $ $ $ $ $ Total

Parte Actualizada 2007 $ $ $ $ $ 2006 $ $ $ $ $ 2005 $ $ $ $ $ 2004 $ $ $ $ $ 2003 $ $ $ $ $ Total ANEXO I MODELO DE SOLICITUD PARA ASIGNACIÓN DE RECURSOS Y CONDONACION DE ADEUDOS: En (1). COMISION NACIONAL DEL AGUA ORGANISMO DE CUENCA O DIRECCION LOCAL QUE CORRESPONDA P R E S E N T E (2), en representación

Más detalles

RESTITUCIÓN DEL CRÉDITO FISCAL COMPROMETIDO NO ENTREGADO A TRAVÉS DE UNA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS RESOLUCION NORMATIVA DE DIRECTORIO 10

RESTITUCIÓN DEL CRÉDITO FISCAL COMPROMETIDO NO ENTREGADO A TRAVÉS DE UNA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS RESOLUCION NORMATIVA DE DIRECTORIO 10 RESTITUCIÓN DEL CRÉDITO FISCAL COMPROMETIDO NO ENTREGADO A TRAVÉS DE UNA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS RESOLUCION NORMATIVA DE DIRECTORIO No. 10.0021.05 La Paz, agosto 3 de 2005 VISTOS Y CONSIDERANDO:

Más detalles

- Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N EF( 4 ) (en adelante, TUO del Código Tributario).

- Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N EF( 4 ) (en adelante, TUO del Código Tributario). INFORME N. 110-2011-SUNAT/2B0000 MATERIA: Se plantea el caso de un contribuyente que ha realizado una venta de bien mueble gravada con el Impuesto General a las Ventas (IGV)( 1 ), sin haber emitido el

Más detalles

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Avance Extraordinario Seguridad Social AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 10

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Avance Extraordinario Seguridad Social AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 10 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 10 LA IMPRECISIÓN EN LA NOTIFICACIÓN DE RIESGOS, LA FALTA DE IMPLEMENTOS DE PROTECCIÓN, Y LA INEXISTENCIA DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL, DAN LUGAR A LA RESPONSABILIDAD

Más detalles

Indice. Abreviaturas... 9 Prólogo del profesor Ricardo Israel Zipper Introducción CAPÍTULO I Nociones preliminares

Indice. Abreviaturas... 9 Prólogo del profesor Ricardo Israel Zipper Introducción CAPÍTULO I Nociones preliminares INDICE Indice Abreviaturas................................... 9 Prólogo del profesor Ricardo Israel Zipper.............. 11 Introducción................................... 13 CAPÍTULO I Nociones preliminares

Más detalles

INDICE. Agradecimientos 5 Proemio 7 Parte teórica Titulo primero Capitulo I

INDICE. Agradecimientos 5 Proemio 7 Parte teórica Titulo primero Capitulo I INDICE Agradecimientos 5 Proemio 7 Parte teórica Titulo primero Capitulo I 9 Sobre la ilicitud tributaria 1.- Hacia un derecho penal tributario autónomo 2.- Supremacía constitucional 11 3.- Noción de ilícito

Más detalles

Novedades en el procedimiento de Inspección

Novedades en el procedimiento de Inspección Estudis d Economia i Novedades en el procedimiento de Inspección Jesús Alonso García Estudis d Economia i Principales novedades (reforma LGT por Ley 34/2015, de 21 septiembre) Plazos de duración del procedimiento

Más detalles

PRESCRIPCIÓN TRIBUTARIA

PRESCRIPCIÓN TRIBUTARIA PRESCRIPCIÓN TRIBUTARIA Vicente E. Salort S. PRIMERA PARTE I.- DE LA PRESCRIPCIÓN... 13 A.- De la prescripción en general... 13 1.- Concepto de prescripción... 13 1.2.- Concepto de prescripción extintiva...

Más detalles

CURSO "ACTUALIZACIÓN EN DERECHO TRIBUTARIO Y ADUANERO

CURSO ACTUALIZACIÓN EN DERECHO TRIBUTARIO Y ADUANERO Programa de Perfeccionamiento 1 CURSO "ACTUALIZACIÓN EN DERECHO TRIBUTARIO Y ADUANERO CÓDIGO 431 El concurso docente para la adjudicación de los cursos presenciales de perfeccionamiento de la Academia

Más detalles

Negociación Créditos Fiscales TAX Nadya Jimenez de Rivero Socia Banca y Finanzas Febrero 2007

Negociación Créditos Fiscales TAX Nadya Jimenez de Rivero Socia Banca y Finanzas Febrero 2007 Negociación n Créditos Fiscales TAX Nadya Jimenez de Rivero Socia Banca y Finanzas Febrero 2007 Créditos Fiscales en ISLR Créditos Fiscales en IVA CERT 2 Créditos Fiscales de ISLR Estos pueden ser de Retenciones

Más detalles

ARTÍCULO 643: SANCIÓN POR NO DECLARAR La sanción por no declarar será equivalente: 1. En el caso de que la omisión se refiera a la declaración del

ARTÍCULO 643: SANCIÓN POR NO DECLARAR La sanción por no declarar será equivalente: 1. En el caso de que la omisión se refiera a la declaración del ARTÍCULO 643: SANCIÓN POR NO DECLARAR La sanción por no declarar será equivalente: 1. En el caso de que la omisión se refiera a la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, al veinte por

Más detalles

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia INPSASEL. ACTOS ADMINISTRATIVOS DE

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia INPSASEL. ACTOS ADMINISTRATIVOS DE INPSASEL. ACTOS ADMINISTRATIVOS DE Las providencias administrativas emanadas del INPSASEL, no deben contener únicamente los motivos que sirvieron de fundamento para imponer sanciones, sino también las

Más detalles

DECLARACION DEFINITIVA DE ISLR AÑO 2016

DECLARACION DEFINITIVA DE ISLR AÑO 2016 DECLARACION DEFINITIVA DE ISLR AÑO 2016 Caracas, 06 de febrero de 2017 La conjuntamente con la División de Control y Gestión Fiscal, hace del conocimiento al Personal Directivo, Docente, Profesional Administrativo,

Más detalles

Se formulan las siguientes consultas referidas a la actualización excepcional de deudas tributarias a que se refiere la Ley N.

Se formulan las siguientes consultas referidas a la actualización excepcional de deudas tributarias a que se refiere la Ley N. INFORME N. 043-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas referidas a la actualización excepcional de deudas tributarias a que se refiere la Ley N. 3023 0: 1. Corresponde a la SUNAT

Más detalles

- Ley N , Ley del Régimen de Percepciones de l Impuesto General a las Ventas, publicado el , y normas modificatorias.

- Ley N , Ley del Régimen de Percepciones de l Impuesto General a las Ventas, publicado el , y normas modificatorias. INFORME N. 034-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si tratándose de solicitudes de devolución de saldos no aplicados de percepciones debe computarse el plazo de prescripción de forma independiente tomando

Más detalles

JERARQUIA ADMINISTRATIVA. PRINCIPIO DE

JERARQUIA ADMINISTRATIVA. PRINCIPIO DE JERARQUIA ADMINISTRATIVA. PRINCIPIO DE 1. La falta de respeto al orden jerárquico, atenta contra los principios que rigen la Administración Pública contemplados en el artículo 141 de la Constitución de

Más detalles

FACULTAD DE REEXAMEN ANTECEDENTES LEGISLATIVOS Y JURISPRUDENCIALES

FACULTAD DE REEXAMEN ANTECEDENTES LEGISLATIVOS Y JURISPRUDENCIALES ANTECEDENTES LEGISLATIVOS Y JURISPRUDENCIALES María Eugenia Caller Noviembre, 2012 Código Tributario promulgado D.S. 263-H de 12.08.1966 Libro III, Capitulo III De las Reclamaciones - Artículo 120 Ubicación

Más detalles

INSTRUCTIVO DE LLENADO FORMULARIO 118 DECLARACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN DESTINADA AL FINANCIAMIENTO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL CÁNCER

INSTRUCTIVO DE LLENADO FORMULARIO 118 DECLARACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN DESTINADA AL FINANCIAMIENTO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL CÁNCER INSTRUCTIVO DE LLENADO FORMULARIO 118 DECLARACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN DESTINADA AL FINANCIAMIENTO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL CÁNCER Fecha de elaboración: Enero 2015 1 Tabla de Contenidos 1. Antecedentes...

Más detalles

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia IMPUESTO SOBRE LA RENTA. REBAJAS POR NUEVAS INVERSIONES. APLICACIÓN DEL AJUSTE POR INFLACIÓN. 1. No hay razones para interpretar que la rebaja concedida por el artículo 57 de la Ley de Impuesto sobre la

Más detalles