DICTAMEN Nº. 154/2005, de 26 de octubre. *

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "DICTAMEN Nº. 154/2005, de 26 de octubre. *"

Transcripción

1 DICTAMEN 154 DICTAMEN Nº. 154/2005, de 26 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública iniciado a instancia de D. X, como consecuencia de los daños producidos por la orden de suspensión del suministro eléctrico en la línea de su propiedad, emitida por resolución de la Consejería de Industria y Tecnología de fecha 19 de mayo de ANTECEDENTES El 12 de noviembre de 2004 D. X presentó reclamación de responsabilidad patrimonial dirigida a la Consejería de Industria y Trabajo y al Ayuntamiento de Fuente de Pedro Naharro (Cuenca), como consecuencia de los perjuicios sufridos por la resolución de la Delegación Provincial de dicha Consejería en Cuenca, de fecha 19 de mayo de 2004 y notificada al interesado el 1 de junio de 2004, por la que se ordenó la suspensión de suministro eléctrico en la línea de su propiedad por incumplimiento de las condiciones de seguridad reglamentarias. Dicha resolución se hizo efectiva el día 2 de junio de Asimismo, exponía en su escrito que la resolución indicada se fundamentaba en que la línea de media tensión de su propiedad, que venía funcionando con normalidad desde el año 1989, no guardaba las distancias de seguridad reglamentariamente contempladas respecto al edificio en construcción cuyo propietario es D. Y, obra que fue iniciada con posterioridad a la autorización de la línea eléctrica. Teniendo en cuenta que la Administración Local competente otorgó la correspondiente licencia de obras para llevar a cabo la ejecución de la edificación, que hace incumplir el Reglamento Técnico de Líneas Aéreas de Alta Tensión, es por lo que el interesado dirigió su solicitud tanto a la Administración Autonómica como a la Local, valorando los daños producidos en euros más intereses legales desde el día en que se produjo el corte de suministro eléctrico, correspondientes a los gastos necesarios para la reanudación del servicio indicado, a los daños en la piscina y demás desperfectos que se vayan produciendo, a la privación del uso de la finca de su propiedad y a los daños morales. A este escrito de reclamación se acompañaron los documentos que acreditaban los hechos alegados. Instruido el correspondiente procedimiento de responsabilidad patrimonial, se propuso la desestimación de la reclamación, al considerar que el daño alegado no tenía el carácter de antijurídico. EXTRACTO DE LA DOCTRINA Existiendo relación de causalidad entre el actuar administrativo y el daño alegado cumple examinar si el daño derivado de la ejecución de la resolución dictada por la Delegación Provincial de la Consejería consultante merece la calificación de antijurídico, es decir, como aquél que el particular no tiene el deber jurídico de soportar. Para ello, es * Ponente: Inmaculada González de Lara y Ponte 1

2 Dictámenes Consejo Consultivo Castilla-La Mancha preciso examinar si la precitada resolución fue dictada conforme al ordenamiento jurídico, o bien al margen de él, si bien el reclamante no cuestiona en ningún momento la legalidad o licitud de la misma. El acto dictado por la Delegación Provincial de suspensión de suministro eléctrico se amparó en lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, según el cual: 1. Las instalaciones, equipos, actividades y productos industriales, así como su utilización y funcionamiento deberán ajustarse a los requisitos legales y reglamentarios de seguridad. 2. En los supuestos en que, a través de la correspondiente inspección, se apreciaran defectos o deficiencias que impliquen un riesgo grave e inminente de daños a las personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente, la Administración competente podrá acordar la paralización temporal de la actividad, total o parcial, requiriendo a los responsables para que corrijan las deficiencias o ajusten su funcionamiento a las normas reguladoras, sin perjuicio de las sanciones que pudieran imponerse por la infracción cometida y de las medidas previstas en la legislación laboral. 3. Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán acordar la retirada de los productos industriales que no cumplan las condiciones reglamentarias, disponiendo que se corrijan los defectos en un plazo determinado. Si ello no fuera posible y en función de la gravedad de los riesgos, se podrá determinar su destrucción sin derecho a indemnización, sin perjuicio de las sanciones que sean procedentes. El riesgo grave e inminente consistía en el peligro de electrocución de las personas que trabajaban en la obra que se estaba desarrollando en la parcela urbana propiedad de D. Y, ya que el tendido eléctrico afectado incumplía las distancias mínimas de 5 metros a sitios accesibles y de 4 metros a puntos inaccesibles exigidas por el artículo 35 del Reglamento Técnico de Líneas Aéreas de Alta Tensión, Decreto 3151/1968 de 28 de noviembre (BOE ). En consecuencia, el corte de fluido se efectuó después de constatar que por razones sobrevenidas el tendido incumplía la normativa de seguridad de las redes eléctricas, generando un riesgo cierto para los trabajadores de una construcción que se levantaba en suelo urbano y con las debidas licencias municipales, así como para la seguridad de la nueva vivienda, lo que deja patente que el daño no es antijurídico y, en consecuencia, el perjudicado tiene el deber jurídico de soportar los perjuicios derivados de la suspensión del suministro hasta la adecuación del tendido a las disposiciones legales, no sólo porque su producción y ejecución se ha ajustado en todo momento a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, sino porque al tratarse de un acto administrativo que no ha sido anulado, ni tan siquiera puesta en tela de juicio su legalidad, goza de la presunción de validez atribuida a los actos dictados por las Administraciones Públicas conforme al Derecho Administrativo en el artículo 57.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. CONSIDERACIONES I 2

3 DICTAMEN 154 El artículo 54.9.a) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, establece que este órgano deberá ser consultado en los expedientes tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades que versen sobre reclamaciones de responsabilidad patrimonial por cuantía superior a seiscientos un euros. Por su parte, el artículo 12.1 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial, dispone que, concluida la instrucción del procedimiento, el instructor propondrá que se recabe, cuando sea preceptivo a tenor de lo establecido en la Ley Orgánica del Consejo de Estado, el dictamen de este órgano consultivo, o en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma. En el supuesto sometido a consulta se ha formulado reclamación de responsabilidad patrimonial por importe total de euros más intereses legales, cifra ésta en que el reclamante cuantifica los daños y perjuicios que le han sido irrogados a consecuencia de la suspensión del suministro eléctrico en la línea de su propiedad acordada por la Consejería de Industria y Tecnología, por lo que, en aplicación de los preceptos citados, se emite el presente dictamen con carácter preceptivo. II Corresponde analizar, seguidamente, la adecuación de los trámites realizados por la Administración consultante a las disposiciones aplicables a los procedimientos para exigir responsabilidad patrimonial ante las Administraciones Públicas, contenidas en los artículos 142 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial. En primer término, cabe señalar que el procedimiento se ha iniciado mediante petición plasmada en escrito dirigido a la Consejería de Industria y Trabajo y al Ayuntamiento de Fuente de Pedro Naharro. Esta solicitud daba cumplimiento a las exigencias de contenido reseñadas en el artículo 6 del citado Real Decreto, en el que se establece que la reclamación se dirigirá al órgano competente y deberá contener todos los requisitos que relaciona el artículo 70 de la Ley 30/1992, entre los que figuran los datos personales del peticionario y, en su caso, los de la persona que lo represente, así como los hechos, su lugar y fecha, razones y términos en que se concrete la petición con toda claridad, teniendo en cuenta que se deberán especificar las lesiones producidas, la presunta relación de causalidad entre éstas y el funcionamiento del servicio público, la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, si fuese posible, y el momento en que la lesión efectivamente se produjo, e irá acompañada de cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos y de la proposición de prueba, concretando los medios de que pretenda valerse el reclamante. Por lo que se refiere a las actuaciones llevadas a cabo en el procedimiento, su contraste con las reglas procedimentales establecidas en dicho Reglamento permite constatar el satisfactorio nivel de observancia alcanzado ulteriormente, pues se comprueba que en el procedimiento, además de acordarse la iniciación del mismo por parte del Consejero de Industria y Tecnología y de haberse producido el nombramiento de instructor, se ha solicitado y obte- 3

4 Dictámenes Consejo Consultivo Castilla-La Mancha nido el informe del Servicio de Industria y Energía de la Delegación Provincial en Cuenca, que viene a dar cumplimento a la exigencia plasmada en el artículo 10.1 del citado texto reglamentario, sobre la preceptividad del informe del servicio implicado en los hechos objeto de reclamación; y que el expediente ha sido sometido a la audiencia del interesado, con relación de los documentos obrantes en el mismo, de modo previo a la formulación de una propuesta de resolución, observando con ello lo establecido en el artículo 11 del tan citado Reglamento. La citada propuesta fue remitida al Gabinete Jurídico de la Administración Regional junto con el expediente completo en que trae causa a fin de obtener de aquél la emisión del informe exigido en el artículo 11.h) del Decreto 128/1987, de 22 de septiembre, por el que se regulan la organización y funciones de ese órgano, sin que a la fecha de solicitud de este dictamen hubiera sido emitido. Prosigue el procedimiento, como se ha reseñado, con la remisión del expediente a este órgano consultivo para la emisión del dictamen que contemplan los artículos 54.9.a) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre y 12.1 del Real Decreto 429/1993 aludidos en la consideración primera. Los documentos que integran el expediente trasladado van precedidos de un índice y han sido presentados debidamente ordenados y foliados. En atención a lo expuesto, cabe concluir afirmando que el expediente tramitado cumple en términos generales los requisitos procedimentales de aplicación, habiéndose observado los trámites esenciales previstos reglamentariamente para los procedimientos sobre determinación de la responsabilidad patrimonial de la Administración. 4 III La responsabilidad patrimonial de la Administración es una institución jurídica que goza en nuestros días de rango constitucional, con reflejo en los artículos 9.3 y de la Constitución, el último de los cuales establece que los particulares, en los términos establecidos por la Ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos. Los presupuestos caracterizadores de la responsabilidad patrimonial de la Administración tienen su principal formulación legal en los apartados 1 y 2 del artículo 139 y 1 del 141 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en los que se establece que los particulares tienen derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos; que, en todo caso, el daño alegado habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas; y que sólo serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños que éste no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la ley. A partir de las notas legales antedichas, la copiosa jurisprudencia existente sobre la materia ha estructurado una compacta doctrina, según la cual los requisitos exigibles para imputar a la Administración la responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios causados a los administrados son los siguientes: en primer lugar, la efectiva realidad de un

5 DICTAMEN 154 daño material, individualizado y económicamente evaluable; segundo, que sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos en una relación directa y exclusiva e inmediata de causa a efecto, cualquiera que sea su origen (reglamento, acto administrativo, legal o ilegal, simple actuación material o mera omisión); por último, que no se haya producido por fuerza mayor y que no haya caducado el derecho a reclamar por el transcurso del tiempo que fija la Ley. -Sentencia de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de 23 de febrero de 2004 (Ar. JUR 2004\83545, FJ 2º) o, en parecidos términos, Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de marzo de 1989 (Ar. RJ 1989\1986, FJ 3º)-. A la relación de requisitos precitados cabría agregar también, como elemento de singular significación para apreciar la referida responsabilidad patrimonial, que el reclamante no tenga el deber jurídico de soportar el daño producido. El sistema de responsabilidad extracontractual aplicable a nuestras Administraciones Públicas ha sido calificado por la doctrina como de carácter objetivo. Este rasgo ha sido perfilado por nuestra jurisprudencia señalando que al afirmar que es objetiva se pretende significar que no se requiere culpa o ilegalidad en el autor del daño, a diferencia de la tradicional responsabilidad subjetiva propia del Derecho Civil, ya que se trata de una responsabilidad que surge al margen de cuál sea el grado de voluntariedad y previsión del agente, incluso cuando la acción originaria es ejercida legalmente, y de ahí la referencia al funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos en la dicción del artículo 40 de la Ley citada [Jurídico de la Administración del Estado hoy, 139 de la Ley 30/1992], pues cualquier consecuencia dañosa derivada de tal funcionamiento debe ser, en principio, indemnizada, porque de otro modo se produciría un sacrificio individual a favor de una actividad de interés público que, en algunos casos, debe ser soportada por la comunidad - Sentencias del Tribunal Supremo de 26 de septiembre de 1998 (Ar. RJ 1998\6836) o de 28 de noviembre de (Ar. RJ 1998\9967)-. Ahora bien, aun cuando la responsabilidad de la Administración ha sido calificada por la jurisprudencia como un supuesto de responsabilidad objetiva, ésta también nos señala que ello no convierte a la Administración en responsable de todos los resultados lesivos que puedan producirse por el simple uso de instalaciones públicas o que tengan lugar con ocasión de la utilización de los servicios, sino que es necesario que esos daños sean consecuencia directa e inmediata del funcionamiento normal o anormal de aquélla. Asimismo, la responsabilidad patrimonial de la Administración se asienta en el criterio objetivo o concepto técnico de lesión, entendida ésta como daño o perjuicio antijurídico que quien lo sufre no tiene el deber de soportar. Dicho deber existe cuando la medida impuesta por la Administración constituye una carga general que todos los administrados afectados por su esfera de actuación están obligados a cumplir, y puede venir determinado por la concurrencia de una concreta imposición legal o por otros factores vinculados ordinariamente a la propia situación o actitud del perjudicado, con incidencia sobre la entidad del riesgo generado por el actuar de la Administración. La carga de la prueba de los hechos en que se base la reclamación de responsabilidad patrimonial recae necesariamente sobre el sujeto que la plantea, lo que incluye la acreditación de la relación causal invocada, de los daños producidos y de su evaluación económica. Es ésta una formulación enunciada sistemáticamente por nuestra jurisprudencia, que encuentra ahora su principal apoyo en los artículos 6 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo y 5

6 Dictámenes Consejo Consultivo Castilla-La Mancha de la Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley 1/2000, de 7 de enero, que viene a recoger las reglas del onus probandi dentro de la categoría de las obligaciones, sentando la conocida máxima de que incumbe la prueba de las obligaciones al que reclama su cumplimiento y la de su excepción al que la opone; todo ello sin perjuicio del deber genérico de objetividad y colaboración en la depuración de los hechos que pesa sobre la Administración, en consonancia con lo previsto en los artículos 78.1 y 80.2 de la citada Ley 30/1992, 26 de noviembre, y que se extiende a sus órganos, autoridades y funcionarios. De otro lado, recae sobre la Administración imputada la carga de la prueba cuando ésta verse sobre la eventual concurrencia de una conducta del reclamante con incidencia en la producción del daño, la presencia de causas de fuerza mayor o la prescripción de la acción -v. gr. Sentencias del Tribunal Supremo de 15 de marzo de 1999 (Ar. RJ 1999\4440) y de 21 de marzo de 2000 (Ar. RJ 2000\4049)-. También debe de ser objeto de consideración el tiempo que haya mediado entre la producción del evento lesivo y el ejercicio de la acción tendente a su reparación, pues conforme a lo dispuesto en los artículos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 4.2 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, el derecho a reclamar prescribe al año de producido el hecho o acto que motive la indemnización o desde la manifestación o estabilización de sus efectos lesivos. El análisis de la relación de causalidad existente entre el actuar administrativo y los efectos lesivos producidos aparece de ordinario como elemento esencial en el examen de los procedimientos seguidos en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración. Ante la falta de referencias legales respecto de sus notas caracterizadoras, se dispone de una amplía creación jurisprudencial al respecto, que vino tradicionalmente considerando como rasgos definitorios de dicho vínculo teleológico su carácter directo, su inmediatez y su exclusividad respecto de los perjuicios generadores de la reclamación -así, Sentencias del Tribunal Supremo de 19 de enero de 1987 (Ar. RJ 1987\426) o de 4 de junio de 1994 (Ar. RJ 1994\4783)-. Sin embargo, dicha tendencia doctrinal ha sido matizada y corregida, admitiéndose también formas de producción mediatas, indirectas y concurrentes que plantean la posibilidad de una moderación de la responsabilidad cuando intervengan otras causas, lo que deberá tenerse en cuenta en el momento de fijar la indemnización -Sentencias del Tribunal Supremo de 28 de julio de 2001 (Ar. RJ 2001\10061), de 15 de abril de 2000 (Ar. RJ 2000\6255) o de 4 de mayo de 1999 (Ar. RJ 1999\4911)-. Este planteamiento conduce en cada supuesto al examen de las circunstancias concretas concurrentes y a la búsqueda de referentes en la abundante casuística que ofrece la jurisprudencia existente. Finalmente, la intervención de este Consejo Consultivo en los procedimientos seguidos como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad patrimonial debe centrarse esencialmente en el examen de los elementos aludidos en el artículo del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, en el que se dispone: "Se solicitará que el dictamen se pronuncie sobre la existencia o no de relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y la lesión producida y, en su caso, sobre la valoración del daño causado y la cuantía y modo de indemnización..." IV 6

7 DICTAMEN 154 Expuestos los presupuestos jurídicos exigidos legalmente para el reconocimiento de la responsabilidad patrimonial, resta únicamente examinar si se ha dado cumplimiento a los mismos en el supuesto objeto de consulta. En cuanto al plazo para reclamar, la acción no ha prescrito dado que realizada la actuación administrativa (la suspensión del suministro eléctrico) el día 2 de junio de 2004 y presentada la reclamación el 12 de noviembre de 2004, la acción se interpuso dentro del plazo del año establecido en el artículo de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común. La legitimación activa la ostenta el reclamante como perjudicado por el corte de suministro eléctrico en la línea de su propiedad. Por otro lado, la pasiva corresponde a la Consejería de Industria y Tecnología en cuanto órgano que, a través de una de sus Delegaciones Provinciales, dictó la resolución por la que se produjo la suspensión del citado suministro. En cuanto a la efectividad del daño, el interesado no ha acreditado suficientemente los daños por los que reclama, pues si bien la suspensión del suministro eléctrico en la línea eléctrica de su propiedad es un daño en sí mismo y puede implicar determinados perjuicios, éstos, de conformidad con el artículo de la Ley 30/1992, deben ser evaluables económicamente y estar incorporados de manera efectiva en el patrimonio del reclamante, cuestión que éste no ha realizado mediante cualquier prueba admisible en Derecho, limitándose a reclamar la suma de a tanto alzado por presentes y futuros daños, principalmente en la piscina, sin especificar cuáles sean éstos, cuánto su montante económico y si de manera efectiva y comprobable dichos perjuicios han incidido en su patrimonio. Asimismo, consta que el corte de suministro se deriva directamente de la ejecución de la orden de suspensión del mismo dictada por la Delegación Provincial de Cuenca, por lo que existe relación de causalidad entre la actuación administrativa y el daño alegado, considerando daño en sí mismo, aun sin cuantificar, la suspensión del fluido eléctrico, por ser un servicio esencial. Por tanto, existiendo relación de causalidad entre el actuar administrativo y el daño alegado cumple examinar si el daño derivado de la ejecución de la resolución dictada por la Delegación Provincial de la Consejería consultante merece la calificación de antijurídico, es decir, como aquél que el particular no tiene el deber jurídico de soportar. Para ello, es preciso examinar si la precitada resolución fue dictada conforme al ordenamiento jurídico, o bien al margen de él, si bien el reclamante no cuestiona en ningún momento la legalidad o licitud de la misma. El acto dictado por la Delegación Provincial de suspensión de suministro eléctrico se amparó en lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, según el cual: 1. Las instalaciones, equipos, actividades y productos industriales, así como su utilización y funcionamiento deberán ajustarse a los requisitos legales y reglamentarios de seguridad. 2. En los supuestos en que, a través de la correspondiente inspección, se apreciaran defectos o deficiencias que impliquen un riesgo grave e inminente de daños a las personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente, la Administración competente podrá acordar la paralización temporal de la actividad, total o parcial, requiriendo a los responsables para que corrijan las deficiencias o ajusten su funcionamiento a las normas reguladoras, sin perjuicio de las sanciones que pudieran imponerse por la infracción cometida y 7

8 Dictámenes Consejo Consultivo Castilla-La Mancha de las medidas previstas en la legislación laboral. 3. Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán acordar la retirada de los productos industriales que no cumplan las condiciones reglamentarias, disponiendo que se corrijan los defectos en un plazo determinado. Si ello no fuera posible y en función de la gravedad de los riesgos, se podrá determinar su destrucción sin derecho a indemnización, sin perjuicio de las sanciones que sean procedentes. El riesgo grave e inminente consistía en el peligro de electrocución de las personas que trabajaban en la obra que se estaba desarrollando en la parcela urbana propiedad de D. Y, ya que el tendido eléctrico afectado incumplía las distancias mínimas de 5 metros a sitios accesibles y de 4 metros a puntos inaccesibles exigidas por el artículo 35 del Reglamento Técnico de Líneas Aéreas de Alta Tensión, Decreto 3151/1968 de 28 de noviembre (BOE ). En consecuencia, el corte de fluido se efectuó después de constatar que por razones sobrevenidas el tendido incumplía la normativa de seguridad de las redes eléctricas, generando un riesgo cierto para los trabajadores de una construcción que se levantaba en suelo urbano y con las debidas licencias municipales, así como para la seguridad de la nueva vivienda, lo que deja patente que el daño no es antijurídico y, en consecuencia, el perjudicado tiene el deber jurídico de soportar los perjuicios derivados de la suspensión del suministro hasta la adecuación del tendido a las disposiciones legales, no sólo porque su producción y ejecución se ha ajustado en todo momento a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, sino porque al tratarse de un acto administrativo que no ha sido anulado, ni tan siquiera puesta en tela de juicio su legalidad, goza de la presunción de validez atribuida a los actos dictados por las Administraciones Públicas conforme al Derecho Administrativo en el artículo 57.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En mérito de lo expuesto, el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha es de dictamen: Que no revistiendo carácter antijurídico el daño irrogado a D. X como consecuencia de la orden de suspensión del suministro eléctrico en la línea de su propiedad, emitida por resolución de la Delegación Provincial de Industria y Trabajo en Cuenca el 19 de mayo de 2004, procede dictar resolución desestimatoria de la reclamación de responsabilidad patrimonial examinada. 8

9 DICTAMEN 154 9

10

11

DICTAMEN N.º 22/2012, de 15 de febrero *

DICTAMEN N.º 22/2012, de 15 de febrero * DICTAMEN N.º 22/2012, de 15 de febrero * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial seguido a instancia de D.ª X, por los daños sufridos como consecuencia de la rotura de las gafas

Más detalles

DICTAMEN Nº. 98/2010, de 8 de junio. *

DICTAMEN Nº. 98/2010, de 8 de junio. * DICTAMEN 98 DICTAMEN Nº. 98/2010, de 8 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. R, por los daños sufridos por su hijo

Más detalles

DICTAMEN Nº. 83/2010, de 26 de mayo. *

DICTAMEN Nº. 83/2010, de 26 de mayo. * DICTAMEN 83 DICTAMEN Nº. 83/2010, de 26 de mayo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública de oficio como consecuencia de los daños sufridos por D.ª

Más detalles

DICTAMEN Nº. 34/2010, de 17 de marzo. *

DICTAMEN Nº. 34/2010, de 17 de marzo. * DICTAMEN 34 DICTAMEN Nº. 34/2010, de 17 de marzo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D.ª X, por los daños sufridos como consecuencia

Más detalles

DICTAMEN Nº. 115/2010, de 30 de junio. *

DICTAMEN Nº. 115/2010, de 30 de junio. * DICTAMEN 115 DICTAMEN Nº. 115/2010, de 30 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D. R en nombre y representación de la mercantil X por la

Más detalles

DICTAMEN Nº. 57/2006, de 28 de marzo. *

DICTAMEN Nº. 57/2006, de 28 de marzo. * DICTAMEN 57 DICTAMEN Nº. 57/2006, de 28 de marzo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de Dª. X, por los daños y perjuicios sufridos

Más detalles

DICTAMEN Nº. 100/2006, de 22 de junio. *

DICTAMEN Nº. 100/2006, de 22 de junio. * DICTAMEN 100 DICTAMEN Nº. 100/2006, de 22 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de Dª. X, por los daños sufridos por su hija

Más detalles

DICTAMEN Nº. 219/2012, de 2 de octubre. *

DICTAMEN Nº. 219/2012, de 2 de octubre. * DICTAMEN Nº. 219/2012, de 2 de octubre. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial remitido por el Ayuntamiento de Illescas (Toledo), iniciado a instancia de D. Z por los daños

Más detalles

DICTAMEN N.º 146/2013, de 2 de mayo. * ANTECEDENTES

DICTAMEN N.º 146/2013, de 2 de mayo. * ANTECEDENTES DICTAMEN N.º 146/2013, de 2 de mayo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial incoado a instancia de D.ª Z, en nombre y representación de D. X y de la entidad S, a consecuencia

Más detalles

DICTAMEN N.º 38/2012, de 14 de marzo. *

DICTAMEN N.º 38/2012, de 14 de marzo. * DICTAMEN N.º 38/2012, de 14 de marzo. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración incoado a instancia de D.ª X, a consecuencia de los daños en el alcantarillado

Más detalles

DICTAMEN Nº. 40/2010, de 24 de marzo. *

DICTAMEN Nº. 40/2010, de 24 de marzo. * DICTAMEN Nº. 40/2010, de 24 de marzo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D.ª R, por los daños sufridos por su hija X, como consecuencia

Más detalles

DICTAMEN Nº. 109/2011, de 11 de mayo. *

DICTAMEN Nº. 109/2011, de 11 de mayo. * DICTAMEN Nº. 109/2011, de 11 de mayo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial incoado a instancia de D. X a consecuencia de los daños y perjuicios irrogados por la pérdida de

Más detalles

DICTAMEN N.º 139/2011, de 8 de junio. *

DICTAMEN N.º 139/2011, de 8 de junio. * DICTAMEN N.º 139/2011, de 8 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial incoado a instancia de Dª. X a consecuencia de los daños y perjuicios irrogados por la pérdida de

Más detalles

DICTAMEN N.º 320/2012, de 27 de diciembre*

DICTAMEN N.º 320/2012, de 27 de diciembre* DICTAMEN N.º 320/2012, de 27 de diciembre* Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D. X, por los daños derivados de la incorrecta graduación de visión

Más detalles

DICTAMEN Nº. 100/2005, de 30 de junio. *

DICTAMEN Nº. 100/2005, de 30 de junio. * DICTAMEN 100 DICTAMEN Nº. 100/2005, de 30 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública iniciado mediante reclamación formulada por Dª. Y, en

Más detalles

DICTAMEN N.º 236/2012, de 2 de octubre. *

DICTAMEN N.º 236/2012, de 2 de octubre. * DICTAMEN N.º 236/2012, de 2 de octubre. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial remitido por del Ayuntamiento de Ciudad Real, iniciado a instancia de D. X por los daños sufridos

Más detalles

DICTAMEN N.º 139/2013, de 2 de mayo. * ANTECEDENTES

DICTAMEN N.º 139/2013, de 2 de mayo. * ANTECEDENTES DICTAMEN N.º 139/2013, de 2 de mayo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial instruido por el Ayuntamiento de La Solana (Ciudad Real), iniciado a instancia de D. X, por los daños

Más detalles

DICTAMEN Nº. 154/2010, de 29 de julio. *

DICTAMEN Nº. 154/2010, de 29 de julio. * DICTAMEN Nº. 154/2010, de 29 de julio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X, por los daños sufridos como consecuencia de los

Más detalles

DICTAMEN N.º 253/2013, de 17 de julio. *

DICTAMEN N.º 253/2013, de 17 de julio. * DICTAMEN N.º 253/2013, de 17 de julio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial incoado a instancia de D. X, a consecuencia de los daños sufridos en el vehículo de su propiedad

Más detalles

DICTAMEN N.º 198/2013, de 19 de junio. * ANTECEDENTES

DICTAMEN N.º 198/2013, de 19 de junio. * ANTECEDENTES DICTAMEN N.º 198/2013, de 19 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial incoado a instancia de D. X, por los daños producidos en el cerramiento de una vivienda con motivo

Más detalles

DICTAMEN N.º 265/2012, de 30 de octubre. *

DICTAMEN N.º 265/2012, de 30 de octubre. * DICTAMEN N.º 265/2012, de 30 de octubre. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial, tramitado a instancia de D. X por los daños agrícolas ocasionados en unas parcelas de su

Más detalles

DICTAMEN N.º 329/2013, de 9 de octubre. *

DICTAMEN N.º 329/2013, de 9 de octubre. * DICTAMEN N.º 329/2013, de 9 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial incoado a instancia de D.ª X por daños agrícolas originados por avutardas en el cultivo de trigo

Más detalles

DICTAMEN Nº. 88/2006, de 7 de junio. *

DICTAMEN Nº. 88/2006, de 7 de junio. * DICTAMEN 88 DICTAMEN Nº. 88/2006, de 7 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de Dª. X, por los daños y perjuicios sufridos

Más detalles

DICTAMEN Nº. 15/2011, de 26 de enero. *

DICTAMEN Nº. 15/2011, de 26 de enero. * DICTAMEN Nº. 15/2011, de 26 de enero. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X, por los daños y perjuicios derivados de la atención

Más detalles

DICTAMEN N.º 210/2011, de 5 de octubre. *

DICTAMEN N.º 210/2011, de 5 de octubre. * DICTAMEN N.º 210/2011, de 5 de octubre. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial iniciado a instancia de D.ª X por los daños sufridos por la tala de seis árboles en una parcela

Más detalles

DICTAMEN Nº. 69/2010, de 12 de mayo. *

DICTAMEN Nº. 69/2010, de 12 de mayo. * DICTAMEN Nº. 69/2010, de 12 de mayo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X, atribuido a una inadecuada asistencia sanitaria

Más detalles

DICTAMEN Nº. 55/2013, de 6 de marzo.*

DICTAMEN Nº. 55/2013, de 6 de marzo.* DICTAMEN Nº. 55/2013, de 6 de marzo.* Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración tramitado por el Ayuntamiento de Trillo (Guadalajara) e incoado a instancia de

Más detalles

DICTAMEN N.º 183/2013, de 5 de junio. * ANTECEDENTES

DICTAMEN N.º 183/2013, de 5 de junio. * ANTECEDENTES DICTAMEN N.º 183/2013, de 5 de junio. * Expediente relativo a reclamación responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D.ª Z por los daños y perjuicios sufridos por su hijo, X, como consecuencia

Más detalles

DICTAMEN Nº. 126/2011, de 3 de junio. *

DICTAMEN Nº. 126/2011, de 3 de junio. * DICTAMEN Nº. 126/2011, de 3 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública iniciado de oficio por daños sufridos por X, derivados de una caída

Más detalles

DICTAMEN Nº. 105/2005, de 6 de julio. *

DICTAMEN Nº. 105/2005, de 6 de julio. * DICTAMEN 105 DICTAMEN Nº. 105/2005, de 6 de julio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública iniciado a instancia de D. Y en nombre y representación

Más detalles

DICTAMEN Nº. 80/2010, de 26 de mayo. *

DICTAMEN Nº. 80/2010, de 26 de mayo. * DICTAMEN 80 DICTAMEN Nº. 80/2010, de 26 de mayo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D.ª R, por los daños y perjuicios sufridos

Más detalles

DICTAMEN N.º 100/2012, de 23 de mayo. *

DICTAMEN N.º 100/2012, de 23 de mayo. * DICTAMEN N.º 100/2012, de 23 de mayo. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial incoado a instancia de D.ª X, a consecuencia de los daños y perjuicios irrogados con ocasión

Más detalles

DICTAMEN Nº. 98/2011, de 4 de mayo. *

DICTAMEN Nº. 98/2011, de 4 de mayo. * DICTAMEN Nº. 98/2011, de 4 de mayo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. Z, en nombre y representación de la entidad aseguradora

Más detalles

DICTAMEN N.º 202/2013, de 19 de junio. *

DICTAMEN N.º 202/2013, de 19 de junio. * DICTAMEN N.º 202/2013, de 19 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial sustanciado a instancia de D.ª X, por los daños derivados de la incorrecta graduación de visión

Más detalles

DICTAMEN Nº. 164/2005, de 15 de noviembre. *

DICTAMEN Nº. 164/2005, de 15 de noviembre. * DICTAMEN 164 DICTAMEN Nº. 164/2005, de 15 de noviembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública iniciado a instancia de D. X, como consecuencia de

Más detalles

DICTAMEN Nº. 173/2010, de 15 de septiembre. *

DICTAMEN Nº. 173/2010, de 15 de septiembre. * DICTAMEN Nº. 173/2010, de 15 de septiembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D.ª X por los daños y perjuicios que le ha ocasionado el haberse

Más detalles

DICTAMEN N.º 109/2013, de 11 de abril. *

DICTAMEN N.º 109/2013, de 11 de abril. * DICTAMEN N.º 109/2013, de 11 de abril. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial instruido por el Ayuntamiento de Sigüenza (Guadalajara), iniciado a instancia de D. X, en nombre

Más detalles

DICTAMEN Nº. 179/2006, de 25 de octubre. *

DICTAMEN Nº. 179/2006, de 25 de octubre. * DICTAMEN 179 DICTAMEN Nº. 179/2006, de 25 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X por los perjuicios sufridos como

Más detalles

DICTAMEN Nº. 16/2011, de 26 de enero. *

DICTAMEN Nº. 16/2011, de 26 de enero. * DICTAMEN Nº. 16/2011, de 26 de enero. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X, a consecuencia de los daños y perjuicios irrogados

Más detalles

DICTAMEN Nº. 126/2006, de 26 de julio. *

DICTAMEN Nº. 126/2006, de 26 de julio. * DICTAMEN 126 DICTAMEN Nº. 126/2006, de 26 de julio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X, como consecuencia de las lesiones

Más detalles

DICTAMEN Nº. 240/2006, de 27 de diciembre. *

DICTAMEN Nº. 240/2006, de 27 de diciembre. * DICTAMEN 240 DICTAMEN Nº. 240/2006, de 27 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X, como consecuencia de las lesiones

Más detalles

DICTAMEN Nº. 164/2006, de 4 de octubre. *

DICTAMEN Nº. 164/2006, de 4 de octubre. * DICTAMEN 164 DICTAMEN Nº. 164/2006, de 4 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X por los daños y perjuicios que

Más detalles

DICTAMEN Nº. 51/2002, de 9 de abril. *

DICTAMEN Nº. 51/2002, de 9 de abril. * DICTAMEN Nº. 51/2002, de 9 de abril. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública seguido a instancia de D. D.C.L., como consecuencia de su nombramiento

Más detalles

DICTAMEN Nº. 64/2008, de 2 de abril. *

DICTAMEN Nº. 64/2008, de 2 de abril. * DICTAMEN Nº. 64/2008, de 2 de abril. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X, en representación de D. Z, por los daños y perjuicios

Más detalles

DICTAMEN Nº. 61/2000, de 12 de septiembre. *

DICTAMEN Nº. 61/2000, de 12 de septiembre. * DICTAMEN Nº. 61/2000, de 12 de septiembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública tramitado a instancia de D. J.F.G.A.P., por los daños sufridos

Más detalles

DICTAMEN Nº 15 / 2012

DICTAMEN Nº 15 / 2012 DICTAMEN Nº 15 / 2012 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de daños y perjuicios como consecuencia de la tramitación de expediente

Más detalles

DICTAMEN N.º 452/2013, de 20 de diciembre. * Resulta de los ANTECEDENTES

DICTAMEN N.º 452/2013, de 20 de diciembre. * Resulta de los ANTECEDENTES DICTAMEN N.º 452/2013, de 20 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial incoado a instancia de D. X, por los daños producidos en vehículo de su propiedad al inundarse

Más detalles

DICTAMEN N.º 147/2012, de 11 de julio. *

DICTAMEN N.º 147/2012, de 11 de julio. * DICTAMEN N.º 147/2012, de 11 de julio. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial instruido por el Ayuntamiento de Valdepeñas (Ciudad Real), iniciado a instancia de D. X, por

Más detalles

DICTAMEN N.º 48/2014, de 12 de febrero * ANTECEDENTES

DICTAMEN N.º 48/2014, de 12 de febrero * ANTECEDENTES DICTAMEN N.º 48/2014, de 12 de febrero * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración iniciado a instancia de D.ª T, actuando en nombre y representación de S, por

Más detalles

DICTAMEN Nº. 275/2010, de 9 de diciembre. *

DICTAMEN Nº. 275/2010, de 9 de diciembre. * DICTAMEN Nº. 275/2010, de 9 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X como consecuencia de los perjuicios padecidos

Más detalles

DICTAMEN N.º 232/2012, de 2 de octubre. *

DICTAMEN N.º 232/2012, de 2 de octubre. * DICTAMEN N.º 232/2012, de 2 de octubre. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D.ª X, por los daños sufridos como consecuencia de un accidente escolar

Más detalles

DICTAMEN Nº. 64/2002, de 30 de abril. *

DICTAMEN Nº. 64/2002, de 30 de abril. * DICTAMEN Nº. 64/2002, de 30 de abril. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública iniciado mediante reclamación formulada por D. J.R.O., en nombre y

Más detalles

DICTAMEN N.º 255/2012, de 24 de octubre. *

DICTAMEN N.º 255/2012, de 24 de octubre. * DICTAMEN N.º 255/2012, de 24 de octubre. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D. X por los perjuicios irrogados como consecuencia del retraso en

Más detalles

DICTAMEN Nº. 75/2000, de 6 de octubre. *

DICTAMEN Nº. 75/2000, de 6 de octubre. * DICTAMEN Nº. 75/2000, de 6 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública tramitado a instancia de D. P.I.V., profesor del Colegio Público de

Más detalles

DICTAMEN N.º 242/2012, de 17 de octubre. *

DICTAMEN N.º 242/2012, de 17 de octubre. * DICTAMEN N.º 242/2012, de 17 de octubre. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial remitido por el Ayuntamiento de Ciudad Real, iniciado a instancia de D. X, por los daños sufridos

Más detalles

DICTAMEN Nº. 175/2006, de octubre. *

DICTAMEN Nº. 175/2006, de octubre. * DICTAMEN 175 DICTAMEN Nº. 175/2006, de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria iniciado a instancia de Dª. X como consecuencia del accidente

Más detalles

DICTAMEN N.º 72/2013, de 20 de marzo. *

DICTAMEN N.º 72/2013, de 20 de marzo. * DICTAMEN N.º 72/2013, de 20 de marzo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D.ª X, por los daños y perjuicios derivados de la atención sanitaria que

Más detalles

DICTAMEN N.º 218/2011, de 5 de octubre. *

DICTAMEN N.º 218/2011, de 5 de octubre. * DICTAMEN N.º 218/2011, de 5 de octubre. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración tramitado a instancia de D. X, por daños materiales en su vehículo sufridos

Más detalles

De los antecedentes que obran en el expediente resulta:

De los antecedentes que obran en el expediente resulta: Expediente Núm. 53/2006 Dictamen Núm. 76/2006 V O C A L E S : Fernández Pérez, Bernardo, Presidente Bastida Freijedo, Francisco Del Valle Caldevilla, Luisa Fernanda Fernández Noval, Fernando Ramón Secretario

Más detalles

DICTAMEN Nº. 136/2006, de 6 de septiembre. *

DICTAMEN Nº. 136/2006, de 6 de septiembre. * DICTAMEN 136 DICTAMEN Nº. 136/2006, de 6 de septiembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública formulada por Dª. Y, actuando en nombre y representación

Más detalles

DICTAMEN Nº. 299/2010, de 29 de diciembre. *

DICTAMEN Nº. 299/2010, de 29 de diciembre. * DICTAMEN 299 DICTAMEN Nº. 299/2010, de 29 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D.ª X, a consecuencia de los daños

Más detalles

DICTAMEN N.º 312/2013, de 3de octubre. * ANTECEDENTES

DICTAMEN N.º 312/2013, de 3de octubre. * ANTECEDENTES DICTAMEN N.º 312/2013, de 3de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D. Z, en nombre y representación de D. X, como consecuencia de los daños

Más detalles

Reclamación de responsabilidad patrimonial por caída de una menor en una arqueta de la vía pública. 231/12

Reclamación de responsabilidad patrimonial por caída de una menor en una arqueta de la vía pública. 231/12 ASUNTO: RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Reclamación de responsabilidad patrimonial por caída de una menor en una arqueta de la vía pública. 231/12 FC ************ INFORME I. HECHOS. ANTECEDENTES Por el Ayuntamiento

Más detalles

DICTAMEN Nº. 220/2010, de 6 de octubre. *

DICTAMEN Nº. 220/2010, de 6 de octubre. * DICTAMEN Nº. 220/2010, de 6 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D.ª X, por los daños y perjuicios derivados de la

Más detalles

DICTAMEN Nº. 103/2011, de 4 de mayo. *

DICTAMEN Nº. 103/2011, de 4 de mayo. * DICTAMEN Nº. 103/2011, de 4 de mayo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración instruido por el Ayuntamiento de Anchuras (Ciudad Real) a petición de D. X,

Más detalles

DICTAMEN N.º 228/2013, de 3 de julio. *

DICTAMEN N.º 228/2013, de 3 de julio. * DICTAMEN N.º 228/2013, de 3 de julio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial incoado a instancia de D. X, en nombre y representación de S, con motivo del accidente de circulación

Más detalles

DICTAMEN N.º , de 20 de noviembre. * ANTECEDENTES

DICTAMEN N.º , de 20 de noviembre. * ANTECEDENTES DICTAMEN N.º 4092013, de 20 de noviembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial incoado a instancia de D. X, por los daños producidos en vehículo de su propiedad al inundarse

Más detalles

DICTAMEN Nº. 187/2006, de 2 de noviembre. *

DICTAMEN Nº. 187/2006, de 2 de noviembre. * DICTAMEN 187 DICTAMEN Nº. 187/2006, de 2 de noviembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de Dª. X, como consecuencia de la caída

Más detalles

DICTAMEN Nº. 93/2005, de 22 de junio. *

DICTAMEN Nº. 93/2005, de 22 de junio. * DICTAMEN 93 DICTAMEN Nº. 93/2005, de 22 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública formulada por D. X como consecuencia del accidente de circulación

Más detalles

TITULO X De la responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio

TITULO X De la responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio TITULO X De la responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio CAPITULO I Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública Artículo 139. Principios

Más detalles

DICTAMEN Nº. 144/2003, de 18 de noviembre. *

DICTAMEN Nº. 144/2003, de 18 de noviembre. * DICTAMEN Nº. 144/2003, de 18 de noviembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública iniciado a instancia de D. X, en nombre y representación de las

Más detalles

DICTAMEN N.º 380/2013, de 7 de noviembre. * ANTECEDENTES

DICTAMEN N.º 380/2013, de 7 de noviembre. * ANTECEDENTES DICTAMEN N.º 380/2013, de 7 de noviembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D. X por los daños derivados de una exodoncia que le fue realizada

Más detalles

DICTAMEN N.º 142/2011, de 8 de junio. *

DICTAMEN N.º 142/2011, de 8 de junio. * DICTAMEN N.º 142/2011, de 8 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración incoado a instancia de D.ª X, a consecuencia de las lesiones sufridas por una

Más detalles

DICTAMEN N.º 31/2013, de 13 de febrero. *

DICTAMEN N.º 31/2013, de 13 de febrero. * DICTAMEN N.º 31/2013, de 13 de febrero. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial sustanciado por el Ayuntamiento de Chinchilla de Montearagón (Albacete) a instancia de D.ª X,

Más detalles

DICTAMEN N.º 260/2011, de 16 de noviembre. *

DICTAMEN N.º 260/2011, de 16 de noviembre. * DICTAMEN N.º 260/2011, de 16 de noviembre. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración tramitado a instancia de D. X, en nombre y representación de S, por

Más detalles

DICTAMEN N.º 397/2013, de 13 de noviembre. *

DICTAMEN N.º 397/2013, de 13 de noviembre. * DICTAMEN N.º 397/2013, de 13 de noviembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial incoado a instancia de D.ª X, a consecuencia de los daños sufridos en el vehículo de su propiedad

Más detalles

DICTAMEN Nº. 119/2002, de 2 de octubre. *

DICTAMEN Nº. 119/2002, de 2 de octubre. * DICTAMEN Nº. 119/2002, de 2 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública seguido a instancia de Dª. C.C.B., a causa de denegación de apertura

Más detalles

DICTAMEN N.º 424/2013, de 2 de diciembre. * ANTECEDENTES

DICTAMEN N.º 424/2013, de 2 de diciembre. * ANTECEDENTES DICTAMEN N.º 424/2013, de 2 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D.ª Z, en nombre y representación de D. X, por los daños sufridos en

Más detalles

DICTAMEN N.º 450/2013, de 20 de diciembre. *

DICTAMEN N.º 450/2013, de 20 de diciembre. * DICTAMEN N.º 450/2013, de 20 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D. X, en nombre y representación de M, por los daños y perjuicios

Más detalles

DICTAMEN N.º 57/2014, de 26 de febrero *

DICTAMEN N.º 57/2014, de 26 de febrero * DICTAMEN N.º 57/2014, de 26 de febrero * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D. X, por los perjuicios sufridos en el vehículo de su propiedad a consecuencia

Más detalles

DICTAMEN Nº. 103/2005, de 6 de julio. *

DICTAMEN Nº. 103/2005, de 6 de julio. * DICTAMEN 103 DICTAMEN Nº. 103/2005, de 6 de julio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública iniciado a instancia de D. Y en nombre y representación

Más detalles

TEMA 41 DERECHO ADMINISTRATIVO

TEMA 41 DERECHO ADMINISTRATIVO TEMA 41 DERECHO ADMINISTRATIVO 1. La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública: concepto, evolución legislativa y enumeración de sus clases. La responsabilidad de la Administración consiste

Más detalles

DICTAMEN N.º 190/2013, de 13 de junio. * ANTECEDENTES

DICTAMEN N.º 190/2013, de 13 de junio. * ANTECEDENTES DICTAMEN N.º 190/2013, de 13 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D.ª Z, en nombre y representación de D. X, y de la entidad S, por lesiones

Más detalles

DICTAMEN Nº. 19/2010, de 9 de febrero. *

DICTAMEN Nº. 19/2010, de 9 de febrero. * DICTAMEN Nº. 19/2010, de 9 de febrero. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. R, por los daños padecidos por su madre, D.ª X,

Más detalles

DICTAMEN Nº. 255/2010, de 17 de noviembre. *

DICTAMEN Nº. 255/2010, de 17 de noviembre. * DICTAMEN Nº. 255/2010, de 17 de noviembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D.ª X, por los daños derivados de la situación

Más detalles

DICTAMEN Nº. 85/2008, de 22 de abril. *

DICTAMEN Nº. 85/2008, de 22 de abril. * DICTAMEN Nº. 85/2008, de 22 de abril. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X, profesor del Instituto de Educación Secundaria

Más detalles

DICTAMEN Nº. 44/2014, de 12 de febrero *

DICTAMEN Nº. 44/2014, de 12 de febrero * DICTAMEN Nº. 44/2014, de 12 de febrero * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado por el Ayuntamiento de Talavera de la Reina a instancia de D. X, por las lesiones sufridas

Más detalles

DICTAMEN N.º 145/2013, de 2 de mayo. *

DICTAMEN N.º 145/2013, de 2 de mayo. * DICTAMEN N.º 145/2013, de 2 de mayo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado por el Ayuntamiento de Valdepeñas a instancia de D. X, como consecuencia del accidente

Más detalles

DICTAMEN N.º 213/2011, de 5 de octubre. *

DICTAMEN N.º 213/2011, de 5 de octubre. * DICTAMEN N.º 213/2011, de 5 de octubre. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial incoado a instancia de D. X por daños agrícolas originados por aves en las parcelas de su propiedad

Más detalles

DICTAMEN 255/2013. (Sección 2ª)

DICTAMEN 255/2013. (Sección 2ª) DICTAMEN 255/2013 (Sección 2ª) La Laguna, a 11 de julio de 2013. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Propuesta de

Más detalles

DICTAMEN Nº. 153/2011, de 22 de junio. *

DICTAMEN Nº. 153/2011, de 22 de junio. * DICTAMEN Nº. 153/2011, de 22 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración seguido a consecuencia de una reclamación efectuada por D.ª X, profesora del

Más detalles

DICTAMEN Nº 25. Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración formulada por M.C.G.-R. Aval nº. 633/208.

DICTAMEN Nº 25. Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración formulada por M.C.G.-R. Aval nº. 633/208. DICTAMEN Nº 25 Página 1 de 5 # Nº. 25/1997, de 29 de abril. Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración formulada por M.C.G.-R. Aval nº. 633/208. ANTECEDENTES

Más detalles

DICTAMEN N.º 439/2013, de 12 de diciembre. * ANTECEDENTES

DICTAMEN N.º 439/2013, de 12 de diciembre. * ANTECEDENTES DICTAMEN N.º 439/2013, de 12 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial remitido por el Ayuntamiento de Ciudad Real, iniciado a instancia de D.ª X, por los daños sufridos

Más detalles

DICTAMEN N.º 342/2013, de 23 de octubre. * ANTECEDENTES

DICTAMEN N.º 342/2013, de 23 de octubre. * ANTECEDENTES DICTAMEN N.º 342/2013, de 23 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración tramitado a instancia de D.ª X, por el daño derivado de la pérdida de una

Más detalles

DICTAMEN Nº. 25/2001, de 15 de febrero. *

DICTAMEN Nº. 25/2001, de 15 de febrero. * DICTAMEN Nº. 25/2001, de 15 de febrero. * Expediente relativo a Proyecto de Decreto por el que se constituye el Consejo Regional de Agentes Comerciales de Castilla-La Mancha. ANTECEDENTES El objetivo principal

Más detalles

TEMA 9 DERECHO ADMINISTRATIVO

TEMA 9 DERECHO ADMINISTRATIVO pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com pacocasadotorres.com TEMA 9 DERECHO ADMINISTRATIVO 1. Responsabilidad patrimonial de la Administración del Estado: concepto

Más detalles

DICTAMEN Nº. 257/2010, de 17 de noviembre. *

DICTAMEN Nº. 257/2010, de 17 de noviembre. * DICTAMEN 257 DICTAMEN Nº. 257/2010, de 17 de noviembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. R, en nombre y representación de

Más detalles

DICTAMEN N.º 282/2012, de 28 de noviembre. *

DICTAMEN N.º 282/2012, de 28 de noviembre. * DICTAMEN N.º 282/2012, de 28 de noviembre. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D. X, por los daños y perjuicios derivados de la atención sanitaria

Más detalles

DICTAMEN N.º 8/2014, de 15 de enero * ANTECEDENTES

DICTAMEN N.º 8/2014, de 15 de enero * ANTECEDENTES DICTAMEN N.º 8/2014, de 15 de enero * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración tramitado por el Ayuntamiento de Valdepeñas (Ciudad Real) e incoado a instancia

Más detalles

DICTAMEN Nº. 289/2010, de 22 de diciembre. *

DICTAMEN Nº. 289/2010, de 22 de diciembre. * DICTAMEN 289 DICTAMEN Nº. 289/2010, de 22 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de S por los daños sufridos en el vehículo

Más detalles