PRESENTACIÓN. El Programa Escuelas de Calidad (PEC) es una iniciativa de la SEP que se orienta al fortalecimiento



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Transcripción:

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PRESENTACIÓN El Programa Escuelas de Calidad (PEC) es una iniciativa de la SEP que se orienta al fortalecimiento de la educación básica y se enmarca en lo establecido por los artículos 3º. De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 176 de su Reglamento 29, y anexo 24 del Presupuesto de Egresos de la federación para el Ejercicio Fiscal 2013. El PEC forma parte de la política nacional de la transformación de la gestión educativa que busca fortalecer la participación de los centros escolares en la toma de decisiones, corresponsabilizar a los diferentes actores sociales y educativos, promoviendo la seguridad, la transparencia y la rendición de cuentas, impulsando la participación entre la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, así como con Organismos de la Sociedad Civil en sus respectivos ámbitos de actuación, para apoyar las acciones que la comunidad educativa decida con la finalidad de mejorar la calidad del servicio educativo y los resultados de aprendizaje. El Programa afronta - y promueve minimizar- los obstáculos para mejorar la calidad de la educación que se imparte en las escuelas públicas de educación básica, articulando la participación del Gobierno Federal, Estatal y Municipal, y apoya las acciones que la comunidad escolar decida para mejorar los aprendizajes de los estudiantes, la práctica docente y la participación social. Los planteles escolares que voluntariamente se incorporan al PEC, reciben recursos económicos que son administrados por ellos mismos, para solventar las necesidades prioritarias señaladas en su Planeación Estratégica. Con el propósito de garantizar una administración transparente y un uso eficiente de estos recursos públicos, la Coordinación Estatal del PEC en Sonora, en coordinación con la Dirección de Recursos Financieros de la Secretaría de Educación y Cultura (SEC), presenta este Manual, en el cual se da a conocer la normatividad aplicable para las escuelas incorporadas y reincorporadas al Programa durante el ciclo escolar 2013-2014.

ÍNDICE I. Introducción 3 II. Disposiciones Generales 4 III. Cuenta Bancaria 6 IV. Distribución del Gasto en la Aplicación del Recurso 8 V. Clasificador por Objeto del Gasto 10 VI. Aportaciones y Donaciones 17 VII. Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios 19 Cambio de Actividad en el PAT y Aplicación de Recurso Remanente 19 VIII. Egresos 23 IX. Revisión de Documentación Comprobatoria 27 X. Supervisión del Programa 28 XI. Sanciones 28 XII. Para Mayor Información 29 XIII. Supervisores de ISIE en su Región 30 XIV. Bibliografía 31 1

ANEXOS 1. Ficha de Datos 33 2. Tarjeta Universal de Firmas y Datos Generales 34 3. Conciliación Bancaria 35 4. Solicitud de Copia de Cheque 37 5. Solicitud de Estados de Cuenta 38 6. Libro de Ingresos y Egresos 39 7. Recibo Oficial de Cobro 41 8. Validación de Aportaciones Recibidas por Donaciones en Especie 43 9. Solicitud de Contrapartida 44 10. Comparativo de Cotizaciones 45 11. Contrato de Obra 46 12. Acta de Entrega de Obra 48 13. Alta de Bienes 49 14. Póliza de Cheque 50 15. Facturas 52 16. Factura Digital 53 17. Recibo Comunitario 54 18. Recibo de Honorarios 55 19. Formato 37-A 56 2

I. Introducción La política social de la Federación y del Gobierno del Estado, otorgan prioridad a la educación mediante la aplicación del más alto porcentaje del gasto público a este sector, para mejorar las condiciones en que se desarrolla el proceso educativo y que se traduzca de esa manera, en una mayor equidad y calidad educativa. En este sentido, se han logrado concretar una serie de estrategias federalistas de Financiamiento, de rendición de cuentas a la sociedad, de coordinación interinstitucional e intergubernamental, orientadas a facilitar la generación de las condiciones necesarias, para impartir una educación pública, equitativa y de calidad, dando énfasis al fortalecimiento de la gestión escolar para que todas las niñas, niños y jóvenes, logren aprendizajes significativos. Con este propósito, se creó el Programa Escuelas de Calidad (PEC), cuyo objetivo primordial es el de contribuir a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas y zonas escolares, mediante el fomento de la corresponsabilidad de la comunidad escolar en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta en la generación de condiciones que propicien la mejora del logro educativo. El presente documento denominado Manual para la Aplicación de los Recursos del Programa Escuelas de Calidad, constituye el marco normativo que garantiza, por una parte, la libertad de acción en los propios planteles para la consecución de las metas de sus propios programas y, por otra, un manejo transparente y eficiente de los recursos que les fueron asignados por el PEC en su décima tercera etapa (ciclo escolar 2013-2014) de operatividad en el Estado. En cumplimiento a las disposiciones establecidas por las Reglas de Operación y la normatividad estatal vigente, las Subsecretarías de Educación Básica y de Planeación y Administración, establecerán los criterios y procedimientos normativos para la autorización, uso y comprobación de las erogaciones. 3

II. Disposiciones Generales 1. Para efectos de operación del presente manual, se establecerá como periodo del ejercicio el correspondiente al ciclo escolar 2013-2014. 2. El Director escolar es el responsable de administrar los recursos otorgados a la escuela, conforme a su Programa Anual de Trabajo, aprobado por el Comité Dictaminador y respetando la normatividad estatal aplicable, podrá designar a una persona para que lleve el control administrativo de los recursos. 3. A fin de garantizar el uso transparente y eficaz de los recursos del programa, la Coordinación Estatal del PEC podrá suspender, cancelar o exigir el reintegro de los recursos otorgados, a aquellas escuelas que incumplan con las reglas de operación y de su normatividad estatal vigente y aplicable en la materia, o bien, a aquellas que cometan alguna irregularidad en el manejo de los recursos. 4. Compete a la Coordinación Estatal del Programa, solicitar el inicio del procedimiento de sanción a quienes incurran en alguna falta sin eximir de la responsabilidad que pueda corresponder a otras áreas. 5. Las escuelas que compartan el mismo edificio deberán llenar en el sistema de administración de la planeación estratégica en educación inicial y básica (SAPEEIB), un compromiso de colaboración en el que establezcan la forma en que optimizarán el uso de los recursos materiales y financieros, firmado por los directores y ambos Consejos Escolares de Participación Social. Dicho documento deberá ser entregado a la coordinación del PEC. 6. Aquellas escuelas que decidan renunciar al programa deben notificarlo enviando acta firmada por los integrantes del Consejo Técnico Escolar, así como los del Consejo Escolar de Participación Social donde manifiesten su decisión colegiada de renuncia. Si aún tuviera en su poder recursos en su cuenta bancaria, como consecuencia de lo anterior y si aun cuenta con recursos en su cuenta bancaria, se le retira en un término no mayor a 10 días hábiles, así como el director deberá asumir la responsabilidad de comprobar la totalidad de los recursos ejercidos a la fecha conforme a la normatividad vigente. 7. La fecha límite autorizada para ejercer el total del recurso es hasta el 11 de Julio de 2014. Los recursos no ejercidos por las escuelas deberán ser reintegrados al Fideicomiso; este se hará automáticamente a la sub-cuenta bancaria que corresponda, a solicitud de la Coordinación Estatal del Programa Escuelas de Calidad a la Dirección de Recursos Financieros. Las escuelas participantes en el Programa, deben alimentar periódicamente el (SAPEEIB) para que éste cuente con toda la información actualizada necesaria para los informes requeridos, asegurando con ello la transparencia y rendición de cuentas. Por ello, al término del ciclo escolar deben entregar el reporte de ingresos y egresos que se origina al alimentar el sistema con la información de la inversión del recurso. Para su consulta este se encuentra en la Pág. http://148.235.6.244/portal/login.aspx 4

8. En caso de que el director de la escuela cambie de adscripción, debe hacer entrega al director entrante, o en su caso, al supervisor escolar, de toda la documentación que avale el seguimiento de la planeación estratégica levantando el acta entrega recepción correspondiente, así como el informe técnico, comprobación del gasto, chequera, entre otros; sujetándose a la normatividad establecida para la entrega recepción. 9. Durante el ciclo escolar se deberá tomar fotografías antes, durante y después de terminada la obra, así mismo de la participación y trabajo colaborativo de alumnos, padres y docentes para que sirvan de evidencias en el informe técnico que se entrega al cierre del ciclo escolar y el cual se publica a la comunidad educativa. 10. Los casos no previstos en el presente manual, serán resueltos por la Coordinación del Programa Escuelas de Calidad y/o la Dirección de Recursos Financieros. 11. Las escuelas reincorporadas que no hayan comprobado el recurso otorgado en el ciclo escolar 2011-2012 y entregado los informes financieros en tiempo y forma, no podrán ser susceptibles de recibir los recursos del Programa en el ciclo 2013-2014. 12. El director deberá notificar a la Coordinación Estatal de Escuelas de Calidad, todos aquellos cheques que no hayan sido cobrados por el proveedor antes de la fecha límite y que se encuentren en tránsito, ya que el fideicomiso retirará el recurso, de no realizarse lo anterior y si hay un intento de cobro se cargará comisión por sobregiro. Será responsabilidad del director reintegrar el importe de dicha comisión y realizar el pago al proveedor. 13. Todas las operaciones que realicen los planteles educativos estarán sujetas a las normas y procedimientos señalados en el presente manual y deberán estar soportadas con la documentación comprobatoria correspondiente. 5

III. Cuenta Bancaria 1. Una vez seleccionadas las escuelas de nuevo ingreso y reincorporadas recibirán, por parte de la Coordinación del PEC, su notificación de aceptación a la etapa correspondiente al ciclo escolar 2013-2014, al mismo tiempo Servicios Educativos del Estado de Sonora (SEES), abrirá una cuenta bancaria de cheques exclusiva para los recursos del PEC. Las escuelas reincorporadas continuarán con la misma cuenta bancaria y utilizarán la misma chequera. 2. El Director de la escuela y un representante de los Padres de Familia que forme parte del Consejo Escolar de Participación Social, firmarán mancomunadamente dicha cuenta, ambos informarán mensualmente sobre los movimientos de la cuenta a la comunidad educativa. 3. Todas las escuelas deberán cumplir con los siguientes requisitos para activar la cuenta bancaria: a) Elaborar el formato Ficha de Datos. Para dar inicio al proceso de registro de firmas, deberá realizar lo siguiente: Ingresar a la página de la Secretaría de Educación y Cultura en la dirección http://www.secsonora.gob.mx/portal/index.php una vez abierta la página, ingrese a la pestaña de Programas y Proyectos y seleccione la opción Programa de Escuelas de Calidad. Una vez realizada esta acción, de un click en el recuadro de color verde ubicado a la derecha de la página que dice Ingreso al Sistema de Captura de Firmas. Una vez dentro, el sistema le pedirá la clave de usuario y password. Para ello, la clave de usuario que deberá capturar es la Clave de Centro de Trabajo de su escuela y en el recuadro correspondiente al password, deberá de capturar la misma Clave de Centro de Trabajo sin el 26. Hecho lo anterior, de un click al recuadro que dice ingresar al sistema y con ello, se encontrará en el sistema de registro de firmas. Proceda a llenar la información que le solicita y es muy importante contar con las credenciales de elector del Director de la escuela y un representante de los Padres de Familia que forme parte del Consejo Escolar de Participación Social, escaneadas bajo el formato JPG, las cuales deberán estar completas y legibles para poder adjuntarse. En caso de no contar con la credencial de elector, podrán subir pasaporte mexicano o licencia de manejo vigente del Estado de Sonora, anexando copia de un comprobante de domicilio no mayor a dos meses de su expedición para estos dos últimos casos. (Anexo No. 1) b) La Coordinación Estatal del Programa Escuelas de Calidad, confirmará que el director y el padre de familia, se encuentren registrados en el Registro Público de Consejos Escolares (REPUCE). c) La institución bancaria emitirá la Tarjeta Universal de Firmas (Anexo No. 2) que será enviada vía electrónica por la coordinación estatal de PEC a los supervisores escolares. El supervisor hará la entrega del paquete de tarjetas universales de firmas exclusivamente al apoderado de la sucursal receptora, quien la enviará a la banca de gobierno. (Consultar el listado de sucursales Bancomer Pág. 57) 6

d) El director debe corroborar si las firmas fueron dadas de alta, para ello se le pide remitirse a cualquier sucursal bancaria de la región en un horario de 8:30 a 16:00 hrs, con el ejecutivo Bancomer, presentando para ello el número de cuenta y la credencial de elector del director o del padre de familia que firma mancomunadamente o bien consultar la página web del PEC. http://www.sec-sonora.gob.mx/pec/ e) La Coordinación del Programa Escuelas de Calidad entregará la chequera con su número de cuenta a las escuelas participantes en la región que corresponda. f) Servicios Educativos del Estado de Sonora otorgará los recursos mediante un depósito electrónico en su cuenta bancaria, los cuales deberá ejercer de acuerdo a su Programa Anual de Trabajo (PAT). g) Los planteles realizarán la conciliación bancaria mensual de la cuenta de cheques, para ello debe contar con su libro de registro de ingresos y egresos y los movimientos presentados en los estados de cuenta. (Anexo No. 3) h) El Director del plantel y el representante de los padres de familia que formen parte del Consejo Escolar de Participación Social, deberán estar pendientes del saldo en el banco al momento de emitir un cheque para evitar un sobregiro. 4. En caso de pérdida, robo o destrucción de una chequera, se dará aviso a la Coordinación del Programa, para que a su vez la Coordinación solicite la cancelación y reposición ante la institución bancaria. El tiempo para que se lleve a cabo la reposición es de 5 días hábiles. 5. En caso de no contar con las copias de los cheques emitidos para la realización de su póliza de cheque, podrá solicitar su reposición a BBVA Bancomer a través de la Coordinación Estatal de PEC.(Anexo No. 4) 6. En caso de pérdida de cheque, para su cancelación, debe llamar al 01800 226-2663, y seguir las siguientes instrucciones: elija la opción (*), después la opción 2, después la opción 1,le solicitarán los 10 números de su cuenta (en caso de tener 9 dígitos agregar un cero al inicio), marque el número de el cheque a partir del cual se cancelarán o cancelará, después el número de cheques a cancelar (máximo 50 cheques) y por último marca la opción 1 para confirmar los datos proporcionados, en caso de algún error elija la opción 2 y vuelva a empezar el proceso. Tome la precaución de anotar el folio que se le proporcione ya que le servirá de soporte para la cancelación. Una segunda opción es elaborar oficio a la institución bancaria, donde solicite se cancelen los folios de los cheques. 7

7. En caso de que las escuelas no reciban los estados de cuenta emitidos por la institución bancaria, el Director los podrá solicitar al teléfono 01800 00 14 624, éstos deberán ser de tres meses anteriores a la fecha y se los podrán enviar por fax o a un correo electrónico según lo soliciten, así también podrán proporcionarle el saldo a la fecha, confirmando los siguientes datos: No. de cuenta (10 números), nombre de la escuela y el nombre de tres personas que estén dados de alta en la cuenta bancaria, Los autorizados para firmar que son el Director, el Padre de Familia y los apoderados: el Coordinador del Programa Escuelas de Calidad, el Subsecretario de Educación Básica y el Subsecretario de Planeación y Administración. Deberá proporcionar un correo electrónico o fax. 8. Los estados de cuenta con más de 3 meses de antigüedad, podrán solicitarse a la sucursal de Bancomer más cercana, llevando la solicitud de estados de cuenta y la credencial de elector. En caso de ser escuela foránea deberá enviar al correo carmina.islas@hotmail.com la solicitud correspondiente, los estados de cuenta emitidos por el banco a solicitud, se enviarán a su correo electrónico. El costo de los estados de cuenta de fecha mayor a 3 meses es de $39.44 por cada uno y se carga directamente a la cuenta al momento de la impresión; por lo que deben tener saldo disponible al solicitarlos, de lo contrario se deberá depositar a la cuenta el monto cobrado, esto para evitar un sobregiro. (Anexo No. 5) 9. Las escuelas que presenten comisiones bancarias por sobregiro en la cuenta de cheques no podrán ser pagadas con recursos del PEC; tendrán que ser reintegradas a la cuenta de la escuela. IV. Distribución del Gasto en la Aplicación del Recurso Los recursos que reciban las escuelas deberán de ejercerlos de acuerdo al numeral 4.3.2 de las Reglas de Operación Vigentes: COMPONENTE A: Cuando sean de nuevo ingreso destinarán desde el 30% y hasta el 100 % para el fortalecimiento académico (componente A) a través de las siguientes opciones: a) El desarrollo profesional de directivos y docentes. b) El fortalecimiento de los Consejos Técnicos Escolares. c) Implementación de acciones para la mejora del logro académico, dando énfasis en el desarrollo de competencias lectoras y matemáticas. d) Desarrollo de estrategias pedagógicas que contribuyan a mejorar la eficiencia de la jornada escolar, el logro de perfil de egreso, e incentiven la permanencia e inclusión de estudiantes de educación básica. e) La formación de padres de familia para la participación social y apoyo al aprendizaje. f) La compra de equipo técnico, libros, útiles, materiales escolares y didácticos, así como el software para la gestión de los aprendizajes. g) El desarrollo en los docentes y directivos a través de la capacitación, de habilidades digitales para el uso y aprovechamiento de las Tecnologías de Información y Comunicación en la educación. 8

COMPONENTE B: El resto del recurso podrá asignarse para: a) La rehabilitación, acondicionamiento, mantenimiento, construcción y ampliación de espacios educativos, y que en su caso generen condiciones para aprovechar la ampliación de la jornada escolar con sentido educativo. b) La adquisición de mobiliario, y/o la adquisición de equipo y servicios de conectividad para el uso de las tecnologías de información y comunicación en la educación. En este apartado se dan a conocer las partidas financiables por componente A y B, las cuales tienen que revisar antes de ejercer el recurso, a fin de cuidar en todo momento respetar los porcentajes permitidos por Reglas de Operación para la inversión del recurso, de acuerdo a su antigüedad en el Programa, tal como se indica en el siguiente cuadro. Años de participación Porcentaje componente A (al menos) Porcentaje componente B (hasta el) Nuevo ingreso (un año) 30% 70% Dos años 35% 65% Tres años 40% 60% Cuatro años 45% 55% Cinco años 50% 50% Las escuelas que en esta fase cumplieron más de cinco años de permanencia en el PEC y hayan sido invitadas a continuar participando conforme a los criterios establecidos por la autoridad educativa estatal y la Coordinación General Estatal del PEC, deberán ejercer los recursos públicos otorgados para el fortalecimiento académico a través de las siguientes opciones: a) El desarrollo profesional de directivos y docentes b) El fortalecimiento de los Consejos Técnicos Escolares c) Implementación de acciones para la mejora del logro académico, dando énfasis en el desarrollo de competencias lectoras y matemáticas. d) Desarrollo de estrategias pedagógicas que contribuyan a mejorar la eficiencia de la jornada escolar, el logro de perfil de egreso, e incentiven la permanencia e inclusión de estudiantes de educación básica. e) La formación de padres de familia para la participación social y apoyo al aprendizaje. f) La compra de equipo técnico, libros, útiles, materiales escolares y didácticos, así como software para la gestión de los aprendizajes. 9

g) El desarrollo en los docentes y directivos a través de la capacitación, de habilidades digitales para el uso y aprovechamiento de las Tecnologías de Información y Comunicación en la educación. h) El mantenimiento de espacios educativos. i) La adquisición de mobiliario. j) La adquisición de equipo y servicios de conectividad para el uso de las tecnologías de información y comunicación en la educación. Estos recursos no podrán destinarse a la construcción y ampliación de espacios educativos. Las escuelas que hayan cumplido cinco años escolares o más de permanencia en el Programa y que no sean población objetivo (alta y muy alta marginación) que hayan sido invitadas a continuar participando, de acuerdo a la disponibilidad del recurso podrán recibir hasta $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.) de aportación inicial. En ningún momento la escuela podrá ejercer montos superiores a los establecidos en Reglas de Operación para el componente financiable B, de ocurrir lo anterior, la escuela deberá reembolsar la diferencia a la cuenta de la escuela ya que este factor será determinante para su reincorporación. V. Clasificador Por Objeto del Gasto Componente A Capacitación, equipo técnico, material escolar, material didáctico, acervo bibliográfico, software, así como el uso y aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y Comunicación y otros componentes que generen acciones para el fortalecimiento académico. Partidas Financiables 21101 MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA Asignaciones destinadas a cubrir la adquisición de papelería, útiles de escritorio y dibujo, de correspondencia y archivo, tintas, blocks, limpiatipos, formas, libros de registro y contabilidad, etc., y en general toda clase de materiales y artículos diversos para el funcionamiento de los servicios en las instituciones oficiales. 10

21201 MATERIALES, ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales y efectos utilizados en la impresión, reproducción y encuadernación, tales como: papel para fotocopiado, fijadores, tintas, pastas, etc. 21401 MATERIALES Y ÚTILES PARA EL PROCESAMIENTO DE EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS Asignaciones destinadas a la adquisición de insumos utilizados en el procesamiento, grabación e impresión de datos, así como los materiales para su limpieza, como medios ópticos y magnéticos, papelería, toners, tintas, cintas para impresora, apuntadores electrónicos, protectores de video, fundas, solventes, aire comprimido y otros. 21701 MATERIALES EDUCATIVOS Asignaciones destinadas a cubrir la adquisición de toda clase de artículos y materiales utilizados en las dependencias oficiales, tales como: libros, revistas, mapas, material audiovisual, y en general todo tipo de material propio para la enseñanza. 21702 MATERIALES Y SUMINISTROS PARA PLANTELES EDUCATIVOS (EXCLUSIVAMENTE PARA ESCUELAS QUE DESARROLLAN TALLERES) Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de material didáctico, así como a realizar los diversos gastos por concepto de materiales y suministros necesarios para la operación y desempeño de la función educativa, que requieran los planteles educativos de la Administración Pública ubicados geográficamente en la Entidad. 25501 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIOS Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de materiales y suministros utilizados en los laboratorios médicos, químicos, de investigación, fotográficos, etc.; tales como: cilindros graduados, matraces, probetas, tanques de revelado, material para radiografía, electrocardiografía, etc., y animales para experimentación. 27101 VESTUARIO Y UNIFORMES Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de ropa elaborada y sus accesorios: uniformes deportivos y culturales con sus insignias, distintivos, emblemas, banderas y banderines. 27301 ARTÍCULOS DEPORTIVOS Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de artículos deportivos, tales como: balones, redes, trofeos, raquetas, guantes, etc. 29401 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Asignaciones destinadas a la adquisición de componentes o dispositivos internos y externos que se integran al equipo de cómputo, con el objetivo de conservar o recuperar su funcionalidad y de que son de difícil control de inventario como tarjetas electrónicas, driver internos, circuitos, antivirus cables, periféricos, disco duro, unidad de disco, memoria, mouse de computadora, protector de pantalla, teclado de computadora, switch, modem interno porta teclado, material utilizado en la instalación de equipo de cómputo. 11

31401 TELEFONÍA TRADICIONAL Asignaciones destinadas al pago de servicio telefónico convencional nacional e internacional, mediante redes alámbricas, incluido el servicio de fax, requerido en el desempeño de funciones oficiales. (No se permite adquisición de celulares y tarjetas prepago). 32501 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE Asignaciones destinadas a cubrir el importe del alquiler de toda clase de equipo de transporte. Solo está permitido el alquiler de autobús para viaje de estudios. 33401 SERVICIOS DE CAPACITACIÓN Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y morales por concepto de preparación e impartición de cursos de capacitación y/o actualización de los servidores públicos, en territorio nacional o internacional, en cumplimiento de los programas anuales de capacitación que establezcan los entes públicos. 33603 IMPRESIONES Y PUBLICACIONES OFICIALES Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de impresión y publicación de documentos oficiales de uso interno y externo de las Dependencias y Entidades, tales como: Manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público; decretos, acuerdos, convenios, oficios, circulares, programas de adquisiciones, instructivos fiscales o de promoción de actividades productivas, entre otras. 34101 SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS Asignaciones destinadas a cubrir los pagos de los servicios que prestan las instituciones financieras y bancarias. Solo se autoriza el pago de comisiones por emisión de estados de cuenta y no incluye comisiones bancarias por sobregiro. 35202 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MOBILIARIO Y EQUIPO PARA ESCUELAS, LABORATORIOS Y TALLERES (EQUIPO TÉCNICO). Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de conservación y mantenimiento de estos activos fijos. *Se considera equipo técnico: Bienes informáticos (laptop, computadoras, impresoras), máquina de escribir, copiadoras, grabadoras, DVD, televisores, soportes de televisores, cámaras fotográficas y de video, proyectores, banda de guerra, equipo de sonido, guillotina, engargoladora, pintarrones y pizarrones y todo aquel equipo utilizado para el desarrollo de los talleres en las asignaturas propias del nivel y modalidad educativa. 51902 MOBILIARIO Y EQUIPO PARA ESCUELAS, LABORATORIOS Y TALLERES (EQUIPO TÉCNICO) Asignaciones destinadas a la adquisición de mobiliario y equipo necesario para el funcionamiento de escuelas, laboratorios y talleres. *Se considera equipo técnico: Bienes informáticos (laptop, computadoras, impresoras), máquina de escribir, copiadoras, grabadoras, DVD, televisores, soportes de televisores, cámaras fotográficas y de video, proyectores, banda de guerra, equipo de sonido, guillotina, engargoladora, pintarrones y pizarrones y todo aquel equipo utilizado para el desarrollo de los talleres en las asignaturas propias del nivel y modalidad educativa. 12

Componente B Rehabilitación, acondicionamiento, mantenimiento, construcción y ampliación de espacios educativos, y/o la adquisición de mobiliario, y/o la adquisición de equipo y servicios de conectividad para el uso de las tecnologías de información y comunicación en la educación, que generen condiciones para aprovechar la ampliación de la jornada escolar con sentido educativo. Partidas Financiables 21601 MATERIAL DE LIMPIEZA Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales, artículos y enseres para el aseo, limpieza e higiene; tales como: escobas, jergas, detergentes, jabones y otros productos similares. 22301 UTENSILIOS PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de utensilios que se requieran para proporcionar este servicio. Solo está permitida la adquisición de garrafones y porta garrafones de plástico 24101 PRODUCTOS MINERALES NO MÉTALICOS Asignaciones destinadas a la adquisición de productos de arena, grava, mármol, piedras calizas, piedras de cantera, otras piedras dimensionadas, arcillas refractarias y no refractarias y cerámica como ladrillos, bloques, tejas, losetas, pisos, azulejos, mosaicos y otros similares para la construcción; cerámica utilizada en la agricultura; loza y porcelana para diversos usos como inodoros, lavamanos, mingitorios y otros similares. 24201 CEMENTO Y PRODUCTOS DE CONCRETO Asignaciones destinadas a la adquisición de cemento blanco, gris y especial, pega azulejo y productos de concreto. 24301 CAL, YESO Y PRODUCTOS DE YESO Asignaciones destinadas a la adquisición de tabla roca, plafones, paneles acústicos, columnas, molduras, estatuillas, figuras decorativas de yeso y otros productos arquitectónicos de yeso de carácter ornamental. Incluye dolomita calcinada. Cal viva, hidratada o apagada y cal para usos específicos a partir de piedra caliza triturada. 24401 MADERA Y PRODUCTOS DE MADERA Asignaciones destinadas a la adquisición de madera y sus derivados. 24501 VIDRIO Y PRODUCTOS DE VIDRIO Asignaciones destinadas a la adquisición de vidrio plano, templado, inastillable y otros vidrios laminados; espejos; envases y artículos de vidrio y fibra de vidrio. 24601 MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de material eléctrico, tales como: interruptores, tubos fluorescentes, focos, aislantes, electrodos, alambres, lámparas y efectos que requieran las líneas de transmisión, telegráficas, telefónicas y de telecomunicaciones aéreas y subterráneas, igualmente para la adquisición de efectos necesarios en las instalaciones radiofónicas, radiotelegráficas, etc. 13

24701 ARTÍCULOS METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por adquisición de productos para construcción hechos de hierro, acero, aluminio, cobre, zinc, bronce y otras aleaciones, tales como: lingotes, planchas, planchones, hojalata, perfiles, alambres, varillas, ventanas y puertas metálicas, clavos, tornillos y tuercas de todo tipo; mallas ciclónicas y cercas metálicas, etc. 24801 MATERIALES COMPLEMENTARIOS Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales de cualquier naturaleza para el acondicionamiento de las obras públicas y bienes muebles que se requieran, tales como: Tapetes, persianas, marcos para cuadros, letreros y placas para edificios, etc. 24901 OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN Asignaciones destinadas a cubrir la adquisición de otros materiales para construcción y reparación no considerados en las partidas anteriores tales como: Productos de fricción o abrasivos a partir de polvos minerales sintéticos o naturales para obtener productos como piedras amolares, esmeriles de rueda, abrasivos en polvo, lijas, entre otros; pinturas, recubrimientos, adhesivos y selladores, como barnices, lacas y esmaltes; adhesivos o pegamento, impermeabilizantes, masillas, resanadores, gomas cemento y similares, thinner y removedores de pintura y barniz, entre otros. 25201 FERTILIZANTES, PESTICIDAS Y OTROS AGROQUÍMICOS Asignaciones destinadas a la adquisición de este tipo de productos cuyo estado de fabricación se encuentra terminado y que requieran las Dependencias y Entidades de la Administración Pública para los usos propios, tales como: fertilizantes complejos e inorgánicos, fungicidas, raticidas, herbicidas, etc. 25401 MATERIALES ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de materiales y suministros médicos que se requieran en hospitales, unidades sanitarias, consultorios, clínicas, veterinarias, etc., tales como: botiquín surtido, jeringas, gasas, vendajes, material de sutura, espátulas, lentes, etc. Medicamentos propios de un botiquín. 25601 FIBRAS SINTÉTICAS, HULES, PLASTICOS Y DERIVADOS Asignaciones destinadas a cubrir erogaciones por adquisición de productos a partir del hule o de resinas plásticas, perfiles, tubos y conexiones, productos laminados, placas espumas, envases y contenedores, entre otros productos. Incluye P.V.C. 26101 COMBUSTIBLES Diesel para uso exclusivo de la calefacción en planteles educativos. 14

29101 HERRAMIENTAS MENORES Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones, accesorios y herramientas auxiliares de trabajo, necesarias para el funcionamiento de las instalaciones administrativas, operativas o productivas de las dependencias y entidades de la Administración Pública; se entenderán como tales las que reúnan las siguientes características: periodo de duración igual o menor al del ejercicio fiscal; relativo, bajo costo unitario y dificultad para el control de inventarios tales como: desarmadores, martillos, llaves para tuercas, carretillas de mano, cuchillos, navajas, tijeras de mano, sierras de mano, alicates, hojas para seguetas, micrómetros, cintas métricas, pinzas, martillos, prensas, berbiquíes, garlopas, taladros, zapapicos, escaleras, micrófonos, detectores de metales manuales y demás bienes de consumo similares. 29201 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EDIFICIOS Asignaciones destinadas a la adquisición de instrumental complementario y repuesto de edificios, tales como: candados, cerraduras, pasadores, chapas, llaves, manijas para puerta, herrajes y bisagras. 29301 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios de escritorios, sillas, sillones, archiveros, máquinas de escribir, calculadoras, fotocopiadoras, entre otros. Tales como bases de cinco puntas, rodajas (para sillas y muebles), estructuras de sillas, pistones, brazos asientos y respaldos, tornillos, soleras, regatones, estructuras de muebles, soportes de televisores, entre otros. 29401 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Asignaciones destinadas a la adquisición de componentes o dispositivos internos y externos que se integran al equipo de cómputo, con el objetivo de conservar o recuperar su funcionalidad y de que son de difícil control de inventario como tarjetas electrónicas, driver internos, circuitos, antivirus cables, periféricos, disco duro, unidad de disco, memoria, mouse de computadora, protector de pantalla, teclado de computadora, switch, modem interno porta teclado, material utilizado en la instalación de equipo de cómputo. 31103 SERVICIOS E INSTALACIONES PARA CENTROS ESCOLARES Asignaciones destinadas a cubrir el importe de instalaciones eléctricas, así como su mantenimiento y conservación de las mismas. 31201 GAS Asignaciones destinadas al pago de suministro de gas, para calentadores de ambiente. 31701 SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET, REDES Y PROCESAMIENTO DE INFORMACIÓN Asignaciones destinadas a cubrir el pago de servicio de telecomunicaciones nacionales e internacionales, tales como: bíper, cable, cablegramas, telex, internet, fax, radiogramas, que utilicen las dependencias y entidades en la administración pública en el desempeño de sus funciones. En caso de contratación de Internet por banda ancha deberá considerar pagos anuales y elaborar contratos, si existe alguna duda comunicarse a la Dirección General de Informática con Claudia Ruiz al teléfono (662) 2 89 76 20. 15

35103 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE PLANTELES ESCOLARES Asignaciones destinadas a cubrir el gasto por mantenimiento y conservación de planteles escolares. 35202 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MOBILIARIO Y EQUIPO PARA ESCUELAS, LABORATORIOS Y TALLERES Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de conservación y mantenimiento de estos activos fijos. 35301 INSTALACIONES Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de instalación de maquinaria y equipo especializado tales como: equipo de computación, instalación física de red de datos y eléctrica, de rayos x, aire acondicionado, etc. Pueden cargarse a esta partida: servicios de instalación de sistemas de calefacción, comunicación, iluminación y sonido. 51902 MOBILIARIO Y EQUIPO PARA ESCUELAS, LABORATORIOS Y TALLERES Asignaciones destinadas a la adquisición de mobiliario y equipo necesario para el funcionamiento de escuelas, laboratorios y talleres. PUEDEN CARGARSE A ESTA PARTIDA: Mesas Anaqueles Bancas Reloj Sillas Refrigeración (ventana y minisplit) Archiveros Abanicos (pedestal y piso) Lockers Bomba hidroneumática o centrífuga) Tinaco Librero Extintor Timbre Podadora Diablo de carga Gabinetes Escalera Revistero Pódium Estantes metálicos Máquinas de soldar Alarmas Taladro, roto martillo Cajonera Enfriador de agua Carretilla Sopladora Nicho de Bandera 61201 CONSTRUCCIÓN 61202 AMPLIACIÓN 61203 REMODELACIÓN Y REHABILITACIÓN Es importante señalar que los gastos que no estén ubicados en estas partidas, no se autoriza su compra, excepto aquellas que la escuela justifique como prioritarias para el buen funcionamiento del centro escolar previa autorización de la Coordinación del Programa Escuelas de Calidad. 16

VI. Aportaciones y Donaciones 1. Aportaciones y Donaciones en Efectivo. Se consideran aportaciones y donaciones en efectivo los ingresos que reciba el plantel educativo por concepto de: a) Aportación inicial del Programa. b) Aportación o Donativo en efectivo de origen municipal, organizaciones sociales, privadas y padres de familia. c) Aportación complementaria del PEC (Depósito por contrapartida). d) Reintegro de comisiones. Depósitos de Ingresos. Todos los recursos en efectivo que obtengan los planteles educativos, deberán ser depositados en su cuenta bancaria PEC. Cada ingreso en efectivo y/o depósito fiduciario que reciba el plantel, se registra en el libro de ingresos y egresos. (Anexo No. 6) Expedición de Recibo Oficial de Cobro. Para promover y acreditar la captación de recursos, los planteles emplearán el recibo oficial de cobro (Anexo No. 7), deberá ser expedido por el plantel educativo al momento en que se reciba cualquier aportación o donación en efectivo ya sea del Programa Escuelas de Calidad, de origen municipal, privado, organizaciones sociales y padres de familia. Estos recibos se expedirán siguiendo el orden consecutivo del folio. La Dirección de Recursos Financieros entregará al director del plantel los recibos oficiales de cobro; las escuelas participantes en la etapa anterior podrán utilizar los recibos oficiales que ya tienen en su poder. El director será el responsable del uso y custodia de los mismos, entregando: Original al interesado u otorgante del donativo. Primera copia al plantel educativo. Segunda copia a la Dirección de Recursos Financieros (si esta copia no se entrega, no se otorgarán recibos nuevamente). Cancelación de Recibos Oficiales de Cobro Cuando se incurra en error de llenado del recibo, y éste no pueda ser utilizado, deberá cancelarse con dos líneas diagonales o bien anotar la palabra CANCELADO en todos sus tantos, conservando el recibo en su consecutivo y entregarlo a la Dirección de Recursos Financieros en la revisión. Pérdida de Recibos Oficiales de Cobro En caso de pérdida, robo, destrucción o de existir folios faltantes en los recibos oficiales y/o recibo de donativo se deberá elaborar un acta administrativa circunstanciada. Cuando la pérdida, robo o destrucción afecte únicamente el original del recibo oficial de cobro, deberá de elaborar el acta administrativa correspondiente, cancelar las copias del recibo y anexarlas al acta. 17

Recibo Deducible de Impuestos. La expedición de recibo(s) deducible(s) de impuestos deberán ser solicitados mediante oficio dirigido a: la Dirección de Recursos Financieros de la Secretaría de Educación y Cultura, indicando: número de recibos que necesita, nombre del donador, descripción breve de la posible donación e importe; una vez recibida la donación, el director del plantel anotará los datos requeridos en el recibo de donativo entregando: Original al interesado u otorgante del donativo Primera copia al plantel educativo. Segunda copia a la Dirección de Recursos Financieros (si esta copia no se entrega, no se otorgará nuevamente). En caso de que no se lleve a cabo la donación se regresará el recibo de donativo a la Dirección de Recursos Financieros. 2. Aportaciones y Donaciones en Especie El plantel educativo podrá recibir aportaciones y donaciones en especie del municipio, organizaciones sociales, privadas y padres de familia. a. Las aportaciones en especie se considerarán como contrapartida sólo si se contemplan en el Programa Anual de Trabajo, y si las condiciones de calidad, cantidad y costo de los bienes y servicios recibidos son validados por el supervisor escolar, quien elaborará informe por escrito de dicha validación (Anexo No. 8) contando con factura o carta de donación en hoja membretada y debidamente sellada. b. Para efectos de contrapartida los bienes muebles que reciban las escuelas como donación, deberán ser nuevos y darse de alta en la Subdirección General de Activos Fijos de la Secretaría de Educación y Cultura. 3. Contrapartida: a. Solamente las escuelas población objetivo podrán solicitar recursos de contrapartida y deberá considerarlos en su Programa Anual de Trabajo, para recibirlos a través del siguiente mecanismo: por cada peso que el municipio, organizaciones sociales, privadas y padres de familia aporten a la escuela, el Comité Técnico del Fideicomiso autorizará el mismo monto a depositar, de acuerdo a la disponibilidad financiera con que cuente el programa, sin superar la aportación inicial según su categoría. b. Las aportaciones a las escuelas de origen municipal, organizaciones sociales, privadas y padres de familia podrán hacerse en efectivo o en especie. c. En el caso de las aportaciones en especie, es requisito presentar la factura en original ó carta donación original acompañada de la validación del supervisor en original (no copia), la cual indicará al programa que la donación en especie es un bien nuevo, así como el origen del mismo. 18

d. Si presenta donación de aires acondicionados, construcciones (que modifiquen el plano de la escuela) deberán estar acompañados por la autorización que emite ISIE. e. En caso de presentar donaciones en especie por concepto de servicio de telefonía e internet deberá presentar la factura correspondiente, la cual se solicitará al área de informática (la factura será validada únicamente por el costo del paquete básico). Claudia Ruiz al teléfono (662) 2 89 76 20. f. Si la escuela recibe aportaciones por parte del municipio con cartas compromiso, éstas deberán ser cumplidas antes del 24 de Marzo de 2014 y notificarlo a la Coordinación del Programa para que sean consideradas en la asignación de la contrapartida. g. Para solicitar los recursos de contrapartida el director del plantel debe presentar por escrito la solicitud de contrapartida (Anexo No. 9) en original debidamente firmada y con sello de la escuela, anexando original de los comprobantes que amparen la aportación recibida: fichas de depósito, facturas y las cartas de donación, ante la Coordinación Estatal del Programa Escuelas de Calidad, debiendo la escuela quedarse con copia de los documentos entregados. La solicitud de contrapartida será entregada vía Jefatura de Sector y/o Supervisión, o bien directamente ante la Coordinación Estatal del Programa Escuelas de Calidad. Esta solicitud deberá realizarse entre los meses de Febrero de 2014 y hasta el 11 de Abril de 2014. VII. Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios. La adquisición de bienes y contratación de servicios, deberán realizarse de acuerdo al Programa Anual de Trabajo elaborado por la escuela, contemplando los conceptos y partidas de gasto autorizados para cada componente y tomando en cuenta las siguientes consideraciones: 1. Para el presente ciclo escolar, se aceptarán modificaciones a la programación del recurso establecido en el PAT, solamente en caso de existir alguna situación especial que justifique dicho cambio y este se realizará directamente en el SAPEEIB atendiendo las recomendaciones técnicas de su supervisor escolar. 2. Si la escuela, después de haber solventado las necesidades programadas en su PAT, aún cuenta con recurso disponible en su cuenta, ese remanente lo podrá utilizar programando nuevas actividades en su PAT directamente en el SAPEEIB atendiendo las recomendaciones técnicas de su supervisor escolar. 3. De acuerdo al procedimiento para adquisición de materiales, suministros y bienes muebles de Servicios Educativos del Estado de Sonora, toda compra mayor de $10,000.00 antes de IVA requiere cuando menos de tres cotizaciones y deberá elaborar cuadro comparativo de dichas cotizaciones (Anexo No. 10). En las localidades donde exista un solo proveedor, deberá presentar la justificación correspondiente, con la respectiva autorización del Supervisor Escolar mediante oficio. 19

4. En caso de construcción o rehabilitación de espacios educativos que representen una modificación al plano de infraestructura del edificio de la escuela, se debe contar con autorización del Instituto Sonorense de Infraestructura Educativa (ISIE) por lo cual, debe enviar oficio de solicitud al Director General de dicha dependencia previo al inicio de la obra, con copia al Ing. de obra y al supervisor de la región que vigilará la realización de la obra del centro escolar, anexando al oficio el proyecto arquitectónico, de no contar con dicho proyecto solicitarlo al ISIE al teléfono (662) 2146033 Ext 301, 302 y 305. (En el apartado XIII de este Manual se encuentra el listado de los supervisores de ISIE por región). 5. Al inicio de la obra, la escuela debe elaborar un contrato entre la escuela y la constructora donde se especifiquen las responsabilidades y obligaciones de ambas partes. (Anexo No. 11) 6. Al término de cada una de las obras se elabora un acta de entrega de obra recepción. De presentarse alguna irregularidad en la obra, quien la reciba podrá firmar el acta de manera condicionada y anotar en ella las razones de dicha inconformidad. Además; se indicarán los plazos acordados para solventar las observaciones que se deriven de ésta. (Anexo No. 12) 7. Las escuelas que tengan proyectado en su Programa Anual de Trabajo la adquisición de aires acondicionados, o bien, la rehabilitación mayor de instalaciones eléctricas, deberán previamente contratar los servicios de un Ing. Electricista con Cédula profesional o podrán solicitar el diagnóstico del centro escolar al ingeniero de obra del municipio quien determinará si dichas instalaciones tienen la capacidad suficiente para garantizar la demanda de energía eléctrica. De acuerdo a los resultados obtenidos, el director debe solicitar por escrito la autorización al Instituto Sonorense de Infraestructura Educativa (ISIE) anexando los resultados del diagnóstico y copia LEGIBLE por ambos lados de la Cédula Profesional del ingeniero que realice dicho trabajo. La respuesta será enviada a través de la Coordinación del Programa Escuelas de Calidad o a través del supervisor de ISIE de cada región. 8. Las escuelas que tengan contemplado la reposición de aires acondicionados, el director del plantel educativo deberá solicitar al ISIE la autorización de compra de aires acondicionados, anexando a la solicitud la baja de inventario del bien y un comprobante de haberlo entregado a la instancia correspondiente; la respuesta será enviada a través de la Coordinación del Programa Escuelas de Calidad. 9. Las acciones de formación continua (cursos, diplomados, talleres, etc.), tanto en modalidad presencial y en línea, dirigidas a docentes frente a grupo o directivos de escuelas, que el colectivo escolar elija para actualizarse y/o capacitarse, deben estar relacionadas con el diagnóstico planteado en su planeación estratégica. Estas acciones formativas deben ser seleccionadas primeramente de las que oferta la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Educación y Cultura, a través de sus diferentes instancias, entre ellas mencionamos: 20

IFODES (Instituto de Formación del Estado de Sonora) Dirección General de TecnologíaEducativa Dirección de Tecnología Educativa SEP http://ifodes.edu.mx Área de formación continua y Área de desarrollo y posgrado tel. 6622124469 Y 6622124436 http://www.cetesonora.gob.mx 6622897600 ext. 2336 y 2391 http://redescolar.ilce.edu.mx Deberá dirigirse a las instalaciones de los centros de maestros y preguntar por las opciones de capacitación y la disponibilidad de facilitadores. Así también, se puede consultar el Catálogo Nacional de Formación Continua, reconocido por IFODES que se encuentran en la página web del Programa Escuelas de Calidad. http://www.sec-sonora.gob.mx/pec/ En caso de que la opción formativa que decida el colectivo escolar no se encuentre en las anteriores opciones y sea de algún particular o de alguna otra institución u organismo, ésta debe ser validada por el Instituto de Formación Docente del Estado de Sonora (IFODES), por lo que la escuela interesada, a través del Director o Directora del plantel, debe turnar oficio de solicitud a la Coordinación General de Formación Continua del IFODES, acompañado de la información y documentos del programa de estudio (Nombre, institución proponente, instructores, material del participante y guía del instructor, en el que se especifique: Propósitos, destinatarios, duración, contenidos, metodología y materiales ). Lo anterior es requisito indispensable para que la capacitación pueda ser financiada con recurso del PEC. La realización del programa del curso, taller, diplomado etc. deberá ser posterior a la recepción del oficio de autorización así como el pago correspondiente. Por Reglas de Operación del PEC, en caso de contratación a particulares, es responsabilidad de la escuela verificar que quien imparta el curso no tenga relación laboral alguna con la SEC o la SEP. Incorporar a la comprobación financiera el oficio de respuesta y la factura del mismo; así también, incorporar copia de las constancias correspondientes al informe técnico presentado a la Coordinación. 21

10. Con el propósito de que las adquisiciones o contrataciones queden debidamente respaldadas en caso de que el producto no reúna los requisitos convenidos al momento de realizar la compra o contratación de servicios, o bien, presente algún desperfecto, es importante que para estar en condiciones de hacer cualquier tipo de reclamación, consideremos lo siguiente: a. Al comprar equipo electrónico, mobiliario, etc., deberán solicitar la factura correspondiente; así mismo, la garantía por escrito; esta garantía debe indicar el tiempo que se puede hacer la reclamación directamente con el proveedor y además indicar el tiempo y lugar a dónde dirigirse directamente con el fabricante. b. En caso de que la compra de determinado producto presente algún desperfecto, es muy importante hacer la reclamación correspondiente: Acudir directamente con el proveedor para hacer valer la garantía del producto. Lo mismo se hará en caso de incumplimiento de contrato o de fecha de entrega. Si el proveedor no resuelve de manera positiva la reclamación, acudir directamente a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) en el lugar que corresponda y presentar la inconformidad. Una vez que se halla tratado de resolver la inconformidad sin tener resultado positivo, se debe exponer en forma escrita dicha inconformidad a la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Educación y Cultura, anexando toda la documentación que ampare la compra (contrato), situado en Paseo de la Paz No. 68 y Olivares, Col. Valle Grande, Hermosillo, Sonora, Tel. (662) 2-62-06-17 y (662) 2-62-06-18, Tel. conmutador (662) 2-89-76-00 ext. 2800 y 2801. Con copia a la Coordinación de PEC para su expediente y seguimiento. 11. Para que los bienes muebles adquiridos por compra o donación, sean registrados en el inventario de la Secretaría, será necesario considerar lo siguiente: a. Para que un artículo sea considerado como activo fijo necesariamente debe cumplir con los siguientes criterios: La durabilidad del bien debe ser mayor a un año fiscal. El artículo debe ser fácil de verificar. El costo debe ser mayor o igual a quinientos pesos. b. Elaborar el reporte de alta del bien adquirido, ya sea por compra donación (Anexo No. 13) el cual se puede descargar en la página de la SEC en el portal, sitio de interés, inventarios SEC. c. Una vez llenado el alta de bienes muebles de activo fijo, este será entregado en la Subdirección de Activos Fijos, con el fin de registrarlo en el inventario de la SEC (todo bien mueble inventariado que se encuentre físicamente en el plantel cuenta con un seguro contra daños o siniestros). 22

d. Realizar alta de bienes previo a la comprobación ante la Dirección de Recursos Financieros. e. Anexar al reporte de alta, copia de factura o carta de donación así como fotografía del bien y entregar a la Dirección de Recursos Financieros. f. Ninguno de los bienes muebles inventariados que se encuentren en las escuelas podrá ser objeto de comercialización por parte de éstas. 12. En caso de robo o siniestro que se presente en algún plantel educativo, es necesario llevar a cabo los trámites correspondientes para el reclamo del seguro ante la Subdirección General de Seguros, presentando la siguiente documentación: Acta circunstanciada. Acta ante el ministerio público. Formato de reclamo de seguro. Copia de la cédula censal de activo fijo, donde aparecen los bienes siniestrados o robados. Cotización o presupuesto de los bienes afectados, por una casa comercial. Carta solicitud de baja de inventario. Fotos del siniestro que refleje violencia. 13. Para la adquisición de bienes y contratación de servicios, se sugiere a las escuelas tomar en cuenta el padrón de proveedores del Gobierno del Estado de Sonora, el cual se encuentra en la página de Internet www.sec-sonora.gob.mx, a fin de evitar obtener por el bien o el servicio facturas apócrifas. 14. Los recursos del Programa Escuelas de Calidad no podrán ser destinados, bajo ningún concepto, al pago de estímulos o sobresueldos a los profesores, directivos o personal de apoyo y asistencia a la educación, que se encuentren contratados por la SEP y/o Secretaría de Educación y Cultura del Gobierno del Estado de Sonora; asimismo, no se autoriza el uso del recurso para el pago de viáticos, alimentación y gasolina. VIII. Egresos Para el ejercicio de los recursos del PEC es indispensable apegarse al Programa Anual de Trabajo autorizado por el Comité Dictaminador y/o a la modificación autorizada por el Supervisor Escolar, siempre y cuando no contravengan las reglas de operación y el presente manual. Expedición de cheques: a. Todos los cheques que se elaboren por concepto de adquisición de bienes o servicios deben: I. Ser elaborados a nombre de la persona o empresa registrada en la Cédula de Identificación Fiscal que se encuentra en las facturas. II. Tener firmas mancomunadas (Director del plantel y el representante de los padres de familia que forma parte del Consejo Escolar de Participación Social). Las firmas debe coincidir con las plasmadas en la credencial de elector. 23

III. En caso que requiera realizar adquisiciones en negocio tipo franquicia como Sam s Club, Walmart, Costco, Office Depot, etc. Podrá elaborar cheque a nombre del Director del plantel por el monto exacto de la compra. Para cumplir con este punto se deberá hacer lo siguiente: Elaborar solicitud al Supervisor Escolar para que le otorgue por escrito la autorización de emitir el cheque a nombre del Director, explicando los motivos. Emitir el cheque el mismo día de la compra por el monto exacto. No podrán expedirse cheques al portador. b. Los cheques serán elaborados en original y una copia para la Póliza de Cheque la cual invariablemente deberá contener nombre y firma de recibido del beneficiario en original. (Anexo No. 14). c. En caso de que el cheque sea emitido a nombre de persona moral (Empresa), se requiere firma de recibido y/o sello en la empresa en la póliza de cheque. d. Cuando el cheque se elabore a nombre de persona física, se requiere firma de recibido del beneficiario y copia de la identificación en la cual aparezca la firma. e. Se debe anexar los comprobantes originales del gasto por el monto total del cheque a cada una de las pólizas de cheque. f. Los comprobantes deberán presentarse adheridos en hoja blanca, anotando el número de cheque, la cantidad y el concepto de compra, la firma del Director del plantel y del Padre de Familia, además debe tener el sello oficial de la escuela. (Anexo No. 15 y 16) g. Todos los cheques emitidos deben registrarse en orden consecutivo en el libro de ingresos y egresos (Anexo No. 6) 1. Cheque Cancelado Cuando ocurra algún error en el llenado del cheque y se considere inutilizado, se deberá cancelar, para lo cual se trazarán dos líneas diagonales o anotar sobre el cheque la leyenda CANCELADO ; pegarse en póliza de cheque y anexarlo a los documentos comprobatorios. Asimismo, debe ser registrado en el libro de ingresos y egresos siguiendo el orden consecutivo. 24

2. Todos los comprobantes deben estar expedidos a nombre de Servicios Educativos del Estado de Sonora, con RFC: SEE- 920518-J5A y domicilio fiscal: Blvd. Luis Donaldo Colosio Final Poniente Col. Las Quintas, C.P. 83240, Hermosillo, Sonora, México. 3. Se consideran comprobantes de gasto: Facturas, Recibos Comunitarios y recibos dehonorarios, bajo los siguientes requisitos: Facturas: a. Las facturas deben contener específicamente la descripción del gasto, en caso de que no se describa el concepto en la factura, anexar el ticket de compra. b. No tener tachaduras o enmendaduras. c. Cumplir con los siguientes requisitos fiscales: (Anexo No. 15) Nombre o razón social de la empresa. Lugar y fecha de expedición. Cantidad y clase de mercancía o descripción del servicio que ampare. Cédula de identificación fiscal. Valor unitario e importe total con número y letra. Vigencia de la Factura. Fecha de impresión y datos del impresor autorizado. Volumen de facturas emitidas. La leyenda pago en una sola exhibición. La Leyenda Efectos fiscales al pago (solo en personas físicas). d. Si la escuela recibe una factura vencida debe avisar inmediatamente al proveedor para su cambio, de no contar el proveedor con nuevos folios la escuela debe reintegrar el monto correspondiente a la cuenta de la escuela. Comprobante Fiscal Digital: Cumplir con los siguientes requisitos fiscales: (Anexo No. 16) 1. El nombre, denominación o razón social del emisor. 2. Domicilio fiscal. Sí se tiene más de un local o establecimiento se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en donde se expidan los comprobantes. 3. Clave del registro federal de contribuyente de quien los expida. 4. Contener el número de folio. 5. Lugar y fecha de expedición. 6. Clave del registro federal de contribuyente de la persona a favor de quien se expida. 7. Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen. 8. Valor unitario consignado en número e importe total señalado en número o en letra. 9. Monto de los impuestos que en los términos de las disposiciones fiscales deban trasladarse desglosado por tasa de impuesto, en su caso. 10. Sello digital. 25

Recibo Comunitario Tomando como criterio las comunidades alejadas de la ciudad, el recibo comunitario se considera comprobante de pago de servicio de mano de obra de la comunidad escolar por concepto de albañilería, plomería, electricidad, carpintería, pintura, herrería y confección de vestuario; siempre y cuando se cuente con previa autorización por escrito del Supervisor Escolar, quien conoce la comunidad y le consta de que no hay personas que cuenten con facturas de dichos servicios. El recibo comunitario no deberá exceder la cantidad de $4,000.00 pesos mensuales y debe contener los siguientes datos: concepto, nombre de la persona acreedora del pago, costo, firma del beneficiario, visto bueno del supervisor y autoridad municipal. (Anexo No. 17). Anexar copia de identificación del beneficiario. Recibo de Honorarios (Anexo No. 18) En caso de recibir como comprobante de pago un recibo de honorarios y con el propósito de cumplir con nuestras obligaciones ante la Secretaría de Hacienda, deberá darse el siguiente tratamiento: a. Todo recibo de honorarios debe ser acompañado del formato 37-A denominado CONSTANCIA DE PAGO Y RETENCIONES DEL I.S.R., I.V.A. e I.E.P.S. (Anexo No. 19), debidamente requisitado; siendo imprescindible que este formato contenga las firmas y sello correspondiente. b. Invariablemente debe hacerse la retención del I.S.R. c. Aclarar al proveedor que Servicios Educativos del Estado de Sonora no retiene I.V.A. d. El plantel educativo debe efectuar el pago, mediante la emisión de un cheque, a nombre de Servicios Educativos del Estado de Sonora por el importe correspondiente a la retención del I.S.R., para que a su vez lo entere a la Secretaría de Hacienda. e. Para efectuar el pago correspondiente a la retención del I.S.R., el plantel educativo debe: 1. Presentarse en la Dirección de Recursos Financieros en el mes que haya efectuado el pago de honorarios al proveedor. 2. Presentar formato 37-A firmado por el contribuyente. 3. Expedir cheque a nombre de Servicios Educativos del Estado de Sonora por el importe de la retención. 4. Al recibir el pago, Servicios Educativos del Estado de Sonora expedirá un recibo oficial de cobro por el importe recibido. 5. El plantel educativo deberá hacer la póliza de cheque correspondiente anexando el comprobante de pago. 6. Servicios Educativos del Estado de Sonora será el encargado de tramitar el pago ante la Secretaría de Hacienda. f. Si la escuela no hace el trámite anterior para el pago del ISR debe reintegrar a la cuenta el importe del recibo de honorarios. Cuando la escuela obtiene por su gasto un recibo de honorarios y no realiza el pago por la retención en un lapso de un mes a partir de su emisión, deberá pagar recargos y actualización, esto último no podrá pagarse con recurso de PEC. 26

Disposiciones Fiscales: a. La tasa general del IVA es del 16%. b. Se aplicará la tasa 0% a la erogación de libros, periódicos y revistas que editen los propios contribuyentes. Para los efectos de esta LEY, se considera libro toda publicación, unitaria, no periódica, impresa en cualquier soporte, cuya edición se haga en un volumen o varios volúmenes; igualmente se consideran que forman parte de los libros, los materiales complementarios que se acompañen a ellos, cuando no sean susceptibles de comercializarse separadamente. IX. Revisión de Documentación Comprobatoria La Dirección de Recursos Financieros es la encargada de revisar la documentación comprobatoria del gasto realizado por las escuelas adscritas al Programa Escuelas de Calidad, por lo que los planteles incorporados al programa, deberán acudir a su revisión en la fecha programada en la región que les corresponda. LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR DEBE LLEVAR EL SIGUIENTE ORDEN: a.conciliación bancaria b.estado de cuenta del banco c.libro de ingresos y egresos d.recibo oficial de cobro y ficha de deposito e.póliza de cheque f.factura, recibo comunitario, recibo de honorarios. g.cotizaciones y cuadro comparativo de cotizaciones. h.alta de inventarios de los bienes adquiridos con recurso de PEC o por donación. i.contratos de obra. j.acta de entrega recepción. k.oficios de autorización según sea el caso. l.programa Anual de Trabajo o formato B. Esta documentación deberá estar agrupada en forma mensual en original y copia. La documentación comprobatoria original quedará en guarda y custodia de la Dirección de Recursos Financieros y la copia quedará en resguardo del Director de la escuela bajo la supervisión del Consejo Escolar de Participación Social. Nota: Al llevarse a cabo la comprobación deberá llevar en orden la documentación de no ser así, no se recibirá la documentación. Cada comprobante de gasto debe adherirse en hoja tamaño carta; para cada documento se utilizará una hoja. El Director, el representante de los Padres de Familia en el CEPS y el Supervisor escolar firmarán sobre cada protección de factura, debiendo anotar su nombre completo y, en su caso el sello de identificación. También se anotará la leyenda adquisiciones con recurso del PEC 2013-2014. 27

Los planteles que presenten observaciones en la comprobación del gasto, contarán con un plazo no mayor a treinta días naturales para la solventación de las mismas, de no acatar esta disposición se turnará al Órgano de Control y Desarrollo Administrativo de la Secretaría de la Contraloría para su seguimiento. X. Supervisión del Programa Los planteles seleccionados podrán recibir la supervisión de los siguientes organismos y dependencias: Secretaría de Educación Pública. Secretaría de la Función Pública. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Auditoría Superior de la Federación. Oficina de Servicios Federales en Apoyo a la Educación en el Estado de Sonora. Secretaría de Educación y Cultura del Gobierno del Estado de Sonora. Coordinación Estatal del Programa Escuelas de Calidad. Dirección de la Contraloría Gubernamental. Dirección General de Vinculación Educativa y Participación Social. Órgano de Control y Desarrollo Administrativo de Servicios Educativos del Estado de Sonora. Secretaría de la Contraloría General del Estado de Sonora. Instituto Sonorense de Infraestructura Educativa (I.S.I.E.) Consejo Municipal de Participación Social. Por lo que deberán proporcionarles toda la información requerida para la evaluación y control del Programa. XI. Sanciones Si el Director de la escuela retira de la cuenta recurso sin respaldo del Programa Anual de Trabajo se someterá a las sanciones que enmarca la Ley de Responsabilidades de Servidores Público del Estado y los Municipios. Si el Director no comprueba la inversión del recurso en los tiempos que se indiquen, la Secretaría de Educación y Cultura tendrá la facultad de solicitar apoyo jurídico para su revisión, comprobación y seguimiento. 28

XII. Para mayor información: Cualquier situación no prevista en el presente Manual, favor de comunicarse a las siguientes Instancias según sea el caso: COORDINACIÓN GENERAL ESTATAL DEL PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD Teléfono: 6622 62 03 21, 6622 18 19 87, 01 800 836 71 36 Correo electrónico escuelasdecalidad@sec-sonora.gob.mx Redes Sociales www.facebook.com/pecsonora SUCURSAL BBVA BANCOMER, S.A. Paseo Rio Sonora Sur No. 205 Col. Rio Sonora Siglo XXI, C.P. 83270 Teléfono: 01 (800) 0014624 DIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS Teléfono: 01 (662) 2897600 ext. 1373 Blvd. Luis Donaldo Colosio Final S/N, Colonia Las Quintas; Hermosillo, Sonora. Correo electrónico marcos_olea86@hotmail.com 29

XIII. Supervisores de I.S.I.E. en su región: SUPERVISOR RADIO CORREO ING. CESAR ADRIAN LIZARRAGA H. 62*12*21642 ING. MANUEL SANDOVAL DELGADO 92*129626*3 321-8087 msandoval@isie.gob.mx msandovaldelgado@yahoo.com.mx ING. MARIO GRIJALVA GONZALEZ 72*595946*13 321-9843 grijalvamario@yahoo.com.mx ZONA SUR ING. MARTIN GUTIERREZ AYALA ING. ABEHEL MENDOZA ROJO ING. LUIS ENRIQUE VALENZUELA LAPIZCO ARQ. SANTOS VALENZUELA 92*129626*04 321-8090 martin_alfredo_gutierrez@hotmail.com 92*129626*05 321-8089 abehel1@yahoo.com.mx 92*129626*24 321-8108 vlapiz@yahoo.com.mx 92*129626*08 321-8092 santos.vzla@hotmail.com ING. GUILLERMO ENRIQUEZ VALENCIA 92*129626*7 321-8096 enriquez_valencia51@hotmail.com ING. JOSE BAUMEA MORA 92*129626*14 321-8098 jbaumea3@hotmail.com ZONA CENTRO ING. ALDO VELASCO MATA ING. HUGO ISSA PERAZA ARQ. LOPE SARACHO CASTAÑOS ING. ARNOLDO MARTINEZ MADERO ING. JUAN ALBERTO MEDINA MANZO ING. JUAN MANUEL CANIZALES RAMIREZ ING. MARIO JAVIER ROMERO FEDERICO ING. JORGE VILLARREAL ARQ. MARIA GUADALUPE RIVAS CAÑEZ 92*129626*20 321-8104 aldovelasco18@hotmail.com 92*129626*10 321-8094 hugo_issaperaza@hotmail.com 92*129626*15 321-8099 arq-lope-saracho@hotmail.com 92*129626*29 321-8113 jesusmartinez20@hotmail.com 92*129626*27 321-8111 jamm_ns@hotmail.com 92*129626*17 321-8101 juan_0433@hotmail.com 92*129626*18 321-8102 marioromerof@hotmail.com 92*129626*16 321-8100 jorge.viper@outlook.com 92*129626*26 321-8110 lupitarivas86@hotmail.com ARQ. ROSA DEL CARMEN CAMPOS ENRRIQUEZ NO TIENE rosy_kaer@hotmail.com ZONA NORTE ING. ROBERTO CARLOS MACHADO BELTRAN ARQ. JOSE CARLOS VALDEZ LOPEZ ING. JOSE MANUEL ORDUÑO ESPINOZA 92*129626*23 321-8107 r_machado_quintero@hotmail.com 92*129626*19 321-8103 josecarlosvaldez@hotmail.com 75*595946*13 321-9843 ingemanuelorduno@hotmail.com ARQ. JESUS LOPEZ ALVAREZ 92*129626*4 321-8088 jesus.al82@gmail.com 30

XIV. Bibliografía Reglas de Operación para el Ciclo Escolar 2013-2014 publicada en el Diario Oficial de la federación el 25 de febrero de 2013. Ley de adquisiciones, arrendamientos y prestaciones de servicios relacionados con bienes muebles de la Administración Pública Estatal. Decreto de Egresos del Gobierno del Estado de Sonora para el Ejercicio Fiscal 2013. Manual de Programación y Presupuestación 2013. Clasificador por Objeto del Gasto por Concepto y Partida Específica. 31

ANEXOS 32

Anexo N. 1 33

Anexo N. 2 34

Anexo N. 3 35

Anexo N. 3 INSTRUCTIVO DE LLENADO DE LA CONCILIACIÓN BANCARIA 1. Anotar el número de cuenta. 2. Anotar el nombre del banco y la fecha a la que corresponde la conciliación. 3. Anotar la misma fecha del punto 2 y el saldo que presenta el estado de cuenta a esa fecha. 4. Anotar el importe de los cheques que se han girado y no han sido presentados al banco para su cobro. En caso de ser varios se debe hacer una relación que contenga: Fecha del Cheque Número de Cheque Nombre del Beneficiario Importe del Cheque Importe Total 5. Anotar el importe de los depósitos que se hubieran realizado y que no estén registrados en libros. 6. Anotar las comisiones que hubiera cargado el banco y que no estén registradas en libros. 7. Anotar el importe de los depósitos que se hubieran realizado y que no estén considerados o registrados por el banco (no incluidos en el saldo del estado de cuenta). 8. Anotar la misma fecha que en el punto 3 y el saldo que presenta la cuenta bancaria en los registros del libro. (Que debe ser el mismo que resulte de: Al saldo de bancos restarle los cheques en tránsito y depósitos no considerados en libros, más las comisiones y depósitos no considerados en el banco). 9. Anotar el nombre, puesto y firma de la persona responsable de su elaboración, revisión y autorización. 10. Anotar el lugar y fecha de su elaboración. 36

Anexo N. 4 37

Anexo N. 5 38

Anexo N. 6 39

Anexo N. 6 INSTRUCTIVO DE LLENADO PARA EL LIBRO DE INGRESOS Y EGRESOS Para el llenado del libro de ingresos y egresos, se hará mensualmente considerando los depósitos bancarios y los gastos que se efectúen comprendidos en el mes correspondiente, señalando los datos que a continuación se indican: 1. Número consecutivo de libro de ingresos y egresos 2. Nombre de la escuela 3. Clave de la escuela 4. Mes correspondiente al reporte 5. Fecha en la que se percibe el ingreso anotando la que indique el sello del banco en la ficha de depósito, o en su caso, en la que se expidió el cheque 6. Número del recibo oficial de cobro que ampara el ingreso, o en su caso, número de cheque expedido 7. Concepto por el que se recaba tal ingreso, o en su caso, descripción de la compra 8. Importe del ingreso 9. Importe del pago 10. en esta columna se indicará el saldo que vaya quedando en banco después de haber realizado cada operación. 11. total de ingresos efectuados en el mes 12. total de egresos efectuados en el mes 13. Saldo al término del mes 14. Nombre y firma del Director de la escuela 15. Nombre y firma del padre de familia acreditado ante el Consejo Escolar de Participación Social. 40

Anexo N. 7 41

Anexo N. 7 RECIBO OFICIAL DE COBRO INSTRUCTIVO DE LLENADO 1. El No. de folio, se encuentra impreso en cada uno de los recibos proporcionados por la S.E.C., por tal motivo al recibir éstos, se deberá revisar minuciosamente, verificando que la numeración sea consecutiva y que no falte algún folio. 2. En este espacio se deberá plasmar la fecha exacta en la que se percibe el ingreso. 3. Clave del centro de trabajo. 4. Nombre completo de la persona, empresa o agrupación que entrega el ingreso. 5. Domicilio de la persona, empresa o agrupación que entrega a la escuela el efectivo. 6. Cantidad recaudada escrita con número. 7. Cantidad recaudada escrita con letra. 8. Describir detalladamente el concepto por el que se está recaudando el ingreso. 9. Nombre y firma de la persona que recibió el dinero y/o elaboró el recibo oficial de cobro (puede ser el Director del Plantel o el Contralor en caso de ser Escuela Secundaria). 10. Sello, nombre y domicilio de la escuela que expide el recibo oficial de cobro. 42

Anexo N. 8 VALIDACIÓN DE APORTACIONES RECIBIDAS POR DONACIÓN EN ESPECIE Nombre de la escuela: Clave del centro de trabajo: Municipio: Datos del donante Nombre: Dirección: Cantidad Descripción del bien Valor del bien Estado físico La donación corresponde a la factura No. de fecha expedida por: o bien, presenta carta membretada otorgada por: con fecha. Recibida por: Después de analizar el Programa Anual de Trabajo de esta escuela, se hace constar que las donaciones en especie adquiridas, están consideradas en el presupuesto para la inversión de los recursos otorgados por el Programa Escuelas de Calidad, correspondiente al ciclo escolar 2013-2014. VALIDÓ: Supervisor de la Zona Escolar 43

Anexo N. 9 SOLICITUD DE APORTACIÓN DE CONTRAPARTIDA, Sonora de 20 De conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Escuelas de Calidad, el Director (a) y el Consejo Escolar de Participación Social de la escuela con clave: solicita al Comité Técnico del Fideicomiso del Programa la aportación de contrapartida, atendiendo al mecanismo de un peso por cada peso aportado por la escuela. El importe de la aportación depositada en el banco asciende a: $ pesos, depositada el realizada en ficha(s) de depósito, cantidad que fue donada por También se presentan facturas y/o carta de donaciones en especie que amparan el total de $ pesos. Aportaciones realizadas por Municipio Padres de Familia Privado o social (Anexo facturas). Considerando lo anterior, se solicita efectuar el depósito correspondiente a la cantidad de: $ pesos en la cuenta No. como recurso de contrapartida del ciclo escolar 2013-2014 se anexan documentos comprobatorios. ATENTAMENTE: DIRECTOR DE LA ESCUELA PADRE DE FAMILIA ACREDITADO ANTE EL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL 44