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Transcripción:

INDICE INTRODUCCION 2 ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA UGEL 07 3 CUADRO ORGANICO DE CARGOS... 4 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES 6 Capitulo I : Contenido y alcance Capitulo II : Naturaleza y fines TITULO II DE LAS FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGANICA... 8 Capitulo III : De las funciones Capitulo IV : Estructura orgánica TITULO III DE LA ORGANIZACIÓN DE LA UGEL 13 Capitulo V : Órgano de Dirección Capitulo VI : Órganos de Línea Capitulo VII : Órgano de Asesoramiento Capitulo VIII : Órgano de Apoyo Capitulo IX : Órgano de Control Institucional Capitulo X : Órgano de Participación Capitulo XI : Órgano de Ejecución descentralizados TITULO IV DE LAS RELACIONES INSTITUCIONALES.56 TITULO V DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS...56

INTRODUCCIÓN El presente Manual de Organización y Funciones, es un documento normativo que establece la Organización y funciones de las múltiples acciones que realiza el personal de la Unidad de Gestión Educativa Local N 07, en concordancia con el D.S Nº 009--2005-ED que aprueba el Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo. En su elaboración se ha tomando como referencia las orientaciones dadas por el la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación del Ministerio de Educación; con el propósito de garantizar la MISIÓN, VISIÓN y objetivos orientados a brindar un servicio Educativo de calidad con las políticas del sector y los requerimientos de la comunidad. En su diseño se ha tenido en cuenta el Equilibrio Funcional, la Línea de Autoridad, Responsabilidad y Coordinación para que éste sea un instrumento básico de Gestión Institucional, Ágil, veraz, oportuno y concordante con la realidad Educativa del ámbito jurisdiccional. El Manual de Organización y Funciones consta de cinco (05) Títulos, once(11) capítulos y setenta y siete (77) Artículos y tres (03) disposiciones complementarias, Organigrama estructural, cuadro Orgánico de Cargos R. S. N 280 2001 ED. La Directora de la Unidad de Gestión Educativa Local 07, los Jefes de Área, el Jefe de Asesoría Jurídica, el Jefe del Órgano de Control Institucional, invocan a los trabajadores de la UGEL 07, al cumplimiento de las funciones que se les asigne, en el cargo que les corresponde, brindando una atención amable, eficaz, transparente y oportuna a los usuarios para que nuestra Institución refleje un servicio educativo y de calidad. Pág. 2

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL N 07 DIRECCIÓN Consejo Participativo Local de Educación Area de Control Institucional Area de Asesoría Legal Area de Administración Area de Gestión Pedagógica Area de Gestión Institucional Institución Educativa CEI Colegio Centro Base Escuela Prog. Pág. 3

CUADRO ORGÁNICO DE CARGOS Unidad de Gestión Educativa Local N. 07 R. S. N 280 2001 ED DENOMINACIÓN DE LOS CARGOS CARGO ESTRUCTURAL TOTAL ÓRGANO DE DIRECCIÓN 10 Director del Programa Sectorial Director 01 Especialista Administrativo 01 Técnico Administrativo 04 Secretaria 01 Oficinista 03 ÓRGANO DE LINEA 66 Área de Gestión Pedagógica 17 Especialista en Educación Jefe de la Unidad 01 Especialista en Educación 15 Secretaria 01 Área de Gestión Institucional 12 Especialista Administrativo Jefe de la Unidad 01 Especialista en Racionalización 01 Planificador 02 Ingeniero 01 Estadístico 02 Especialista en Finanzas 01 Secretaria 01 Técnico Administrativo 02 Oficinista 01 Área de Gestión Administrativa 37 Especialista Administrativo Jefe de la Unidad 01 Especialista Administrativo 02 Contador 01 Tesorero 01 Operador PAD 01 Técnico Administrativo 15 Secretaria 01 Oficinista 07 Trabajador en Servicios 04 Chofer 02 Asistenta Social 01 Médico 01 Pág. 4

ÓRGANO DE CONTROL INTERNO 05 Auditor Auditor Interno 01 Auditor 02 Abogado 01 Secretaria 01 ÓRGANO DE ASESORIA JURÍDICA 03 Abogado Asesor Legal 01 Abogado 01 Oficinista 01 TOTAL CAP 84 Pág. 5

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DEL CONTENIDO Y ALCANCES Artículo 01.- El presente Manual de Organización y Funciones, determina la naturaleza, funciones, estructura orgánica y relaciones de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 07 con el Ministerio de Educación, el Gobierno Regional y los Gobiernos Locales. Artículo 02.- El presente Manual se sustenta en las siguientes normas legales vigentes: - Constitución Política del Perú - Ley General de Educación N 28044. - Decreto Ley N 25762 modificado por Ley 26510 - D.S. N 002-96-ED Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. - Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - D.S. 016-2004-ED-TUPA. - D.S. N 280-2001-ED - D.S. Nº 009-2005-ED. Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo - D.S. N 022-2003-ED Norma de Adecuación de las USES de Lima a UGEL - DS. Nº 005-2001-ED, Modifican Jurisdicción de las Unidades de Gestión Educativo Local de la D.E.L. y ratifican las que correspondan a la D.E.C. - D.S. N 019-91-ED Reglamento de la Ley de la Carrera Magisterial - R.M. N 073-88.INAP/DNR. - D. S. N 013-01-PCM Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. - D.L.276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. Pág. 6

CAPITULO II DE LA NATURALEZA Y FINES Artículo 03.- La Unidad de Gestión Educativa Local 07, es una Instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional con Autonomía en el ámbito de su competencia. Proporciona el apoyo pedagógico, Institucional y Administrativo a las Instituciones educativas de su jurisdicción, para asegurar un servicio de calidad con equidad en cooperación con los gobiernos locales. La UGEL 07 de San Borja, tiene un ámbito jurisdiccional de siete (07) distritos de Lima Metropolitana : San Borja, San Luis, Surco, Surquillo, Barranco, Miraflores y Chorrillos Artículo 04.- Son fines de la Unidad de Gestión Educativa Local 07: a) Fortalecer las capacidades de gestión pedagógica, institucional y administrativa de las Instituciones educativas para lograr su autonomía. Promover y asegurar estrategias para que las Instituciones y programas educativos formen niños, adolescentes y jóvenes en el contexto de una Educación Integral para su desarrollo personal, social y económico sustentado en valores, en concordancia con las exigencias del desarrollo económico y social del país. b) Impulsar la cohesión social; articular acciones entre instituciones públicas y las privadas alrededor del Proyecto Educativo Local; contribuir a generar un ambiente favorable para la formación integral de las personas, el desarrollo de capacidades locales y propiciar la organización de comunidades educadoras. Sensibilizar la prestación de servicios educativos en el manejó y cumplimiento de los instrumentos de Gestión, orientándolos en la planificación,organización, coordinación Dirección y evaluación hacia el logro de la CALIDAD EDUCATIVA satisfaciendo las necesidades de la población que lo demande. c) Promover el aporte de los gobiernos Municipales, las instituciones de Educación Superior, las Universidades públicas y privadas, así como otras entidades Pág. 7

especializadas de la sociedad civil para mejorar la calidad del servicio educativo. La Modernización y descentralización de las Instituciones y Programas Educativos. d) Asumir y adecuar a su realidad las políticas educativas y pedagógicas establecidas por el Ministerio de Educación y por la entidad correspondiente del gobierno Regional. TITULO II DE LAS FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGANICA CAPITULO III DE LAS FUNCIONES Artículo 05.- La Unidad de Gestión Educativa Local 07 cumple las siguientes funciones: 1. POLÍTICAS Y NORMATIVIDAD: a) Difundir, orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa nacional, regional y local así como evaluar sus resultados. b) Formular, ejecutar, evaluar y administrar las políticas locales de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación de su jurisdicción y contribuir en la formulación de la política educativa regional y nacional. c) Diseñar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Local y los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de su jurisdicción, en concordancia con los Proyectos Educativos Regionales y Nacionales y con el aporte, en lo que corresponda, de los gobiernos locales e instituciones de la Sociedad Civil. d) Orientar y evaluar los proyectos educativos institucionales de las instituciones educativas de su jurisdicción. Pág. 8

e) Formular proyectos para el desarrollo educativo local y gestionarlos ante las instituciones de cooperación nacional e internacional. 2. PROVISIÓN DE SERVICIOS: a) Asegurar y supervisar los servicios educativos que brindan las Instituciones educativas en su jurisdicción, preservando su autonomía institucional. b) Coordinar con la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana la autorización de funcionamiento de instituciones educativas públicas y privadas de educación básica c) Promover y ejecutar estrategias y programas de alfabetización y otros programas estratégicos en el marco de las políticas y programas nacionales y regionales, de acuerdo con las características socio- culturales y lingüísticas de cada localidad. d) Promover centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte así como de deporte y recreación y brindar apoyo sobre la materia a los gobiernos locales que lo requieran. Esta acción la realiza en coordinación con los organismos públicos descentralizados de su localidad. e) Coordinar con los gobiernos locales, universidades y otras instituciones especializadas, públicas y privadas, el establecimiento de programas de prevención y atención integral; así como, programas de bienestar social dirigidos especialmente a la población escolar en situación de pobreza y extrema pobreza. 3. DESARROLLO PEDAGÓGICO: a) Promover y asesora los procesos de diversificación y desarrollo curricular en las Instituciones educativas de educación básica. b) Asesorar la gestión pedagógica en las instituciones educativas de su jurisdicción, fortaleciendo su autonomía institucional. c) Participar en las acciones de evaluación y medición de la calidad educativa que ejecuta la Dirección Regional de Educación y el Ministerio de Educación. d) Participar en la formulación, ejecución y evaluación de proyectos de investigación, experimentación e innovación pedagógica que aporten al mejoramiento de la calidad del servicio educativo local. e) Incentivar la creación de centros de recursos educativos y tecnológicos que contribuyan a mejorar los aprendizajes en las instituciones educativas. f) Promover permanentemente la educación intercultural. 4. DESARROLLO INSTITUCIONAL: Pág. 9

a) Promover, asesorar y evaluar la formación y funcionamiento de redes educativas como forma de cooperación, intercambio de experiencias exitosas y ayuda mutua entre centros y programas educativos de su jurisdicción b) Fortalecer a las instituciones educativas, promoviendo su autonomía, capacidad de innovación y funcionamiento democrático y la pertenencia a redes con la participación de la sociedad. c) Apoyar y modernizar el desarrollo y la adaptación de nuevas tecnologías de comunicación y de la información para conseguir el mejoramiento del sistema educativo con una orientación intersectorial. d) Impulsar, organizar e implementar el consejo participativo local de Educación, a fin de generar acuerdos y promover la vigilancia ciudadana. e) Identificar las necesidades de capacitación del personal docente y administrativo, desarrollar programas de formación continua, así como brindar facilidades para la superación profesional. f) Suscribir convenios y contratos para lograr el apoyo y cooperación de la comunidad nacional e internacional que sirvan al mejoramiento de la calidad educativa en su jurisdicción, de acuerdo a las normas establecidas sobre la materia. g) Formular, programar y evaluar el presupuesto de la Unidad de Gestión Educativa Local, con participación del consejo participativo local de educación y las instituciones educativas y gestionar su financiamiento, en coordinación con la Dirección Regional de Educación y Ministerio de Educación 5. ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL Y RECURSOS: a) Brindar apoyo administrativo y logístico a las instituciones educativas públicas de su jurisdicción. b) Determinar las necesidades de infraestructura y equipamiento, asi como participar y su construccion y mantenimiento, en coordinación con el gobierno local, regional e instituciones especializadas c) Ejecutar el presupuesto de la Unidad de Gestión Educativa Local, con participación de las instituciones educativas. d) Asesorar en el proceso de ejecución del presupuesto anual de las instituciones educativas. e) Administrar los recursos humanos, materiales, financieros y patrimoniales a su cargo, en concordancia con la normatividad establecida por los respectivos sistemas administrativos. Pág. 10

f) Conducir el proceso de evaluación, ingreso y permanencia del personal docente y administrativo, atendiendo los requerimientos y con la participación de las instituciones educativas polidocentes. g) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia. 6. ESTRATEGIAS DE CAMBIO ORGANIZACIONAL a. Promover el trabajo en equipo, el desarrollo de la iniciativa y la creatividad. b. Promover una cultura de información y capacitar al personal para un adecuado uso de la misma. c. Propiciar, en forma paulatina un MODELO ADMINISTRATIVO basado en PROCESOS, en el cual todos los trabajadores estén capacitados para su participación; generando una POLIFUNCIONALIDAD en sus Áreas, Unidades o equipos. d. El trabajo en equipo como estrategia de cambio (NO CONFUNDIR CON EQUIPOS ORGANICOS) estarán orientados a los propósitos siguientes: 1. Armonizar criterios para el tratamiento de situaciones complejas. 2. Diseñar y ejecutar actividades que requieran el esfuerzo común de sus integrantes 3. Asegurar que el trabajo en equipo genere disminución de plazos, fluidez en el trámite y calidad en el trabajo. 4. Precisar que la coordinación y responsabilidad principal del trabajo en equipo es del Especialista y/o jefe de equipo orgánico. 5. La participación del personal convocado para el trabajo en equipo es obligatoria Pág. 11

CAPÍTULO IV DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Artículo 06.- La Unidad de Gestión Educativa Local 07 tiene la siguiente estructura orgánica: - ORGANO DE DIRECCIÓN Dirección - ORGANOS DE LINEA Area de Gestión Pedagógica Area de Gestión Institucional - ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Area de Control Institucional - ORGANO DE ASESORAMIENTO Area de Asesoría jurídica - ORGANO DE APOYO Area de Administración - ORGANO DE PARTICIPACIÓN Consejo participativo local de Educación Pág. 12

TITULO III DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA CAPITULO V DEL ORGANO DE DIRECCIÓN Artículo 07.-El titular de la Unidad de Gestión Educativa Local es el funcionario con el mayor nivel jerárquico en su ámbito, con autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y administrativas de acuerdo a ley. Es designado previo concurso Público convocado por la Dirección Regional de Lima Metropolitana. Es designado por tres años. Su permanencia o remoción está sujeta a evaluación por parte de la Dirección Regional de Educación con participación del Gobierno Regional, de acuerdo a norma específica sobre la materia que será expedida por el Ministerio de Educación. Sus funciones son: a) Formular y contribuir en los lineamientos de la política educativa y asistir a la formulación de la política educativa regional y nacional. b) Conducir y concertar la aplicación de la normatividad educativa nacional, regional y local y emitir normas complementarias. c) Conducir la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Local y los planes operativos anuales, en concordancia con el Consejo Participativo local d) Impulsar el proceso de descentralización de la gestión en las instituciones educativas, fortaleciendo su autonomía y participación. e) Delinear estrategias par disminuir el analfabetismo y promover la ejecución de los programas estratégicos multisectoriales. f) Identificar necesidades de capacitación de personal de las instituciones educativas y desarrollar programas de formación continua. Pág. 13

g) Suscribir convenios, contratos y acuerdos con entidades públicas privadas, nacionales e internacionales, encaminadas a mejorar la calidad de la educación, la cultura el deporte, la recreación, la ciencia y la tecnología. h) Impulsar el funcionamiento del Consejo Participativo Local de Educación en coordinación con el gobierno local, a fin de generar acuerdos concertados y promover la vigilancia y el control ciudadano. i) Orientar la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto participativo de la sede institucional y las instituciones educativas de su jurisdicción. j) Evaluar la gestión educativa de su ámbito adoptando las acciones preventivas y correctivas pertinentes. k) Conducir el proceso de evaluación e ingreso del personal docente y administrativo y desarrollar acciones de personal atendiendo los requerimientos de la institución educativa en coordinación con la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana. Artículo 08.- El órgano de Dirección cuenta con personal encargado de desarrollar las acciones de actas y certificados, trámite documentario e imagen institucional y Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos ( CADER). DEL ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO (Trámite Documentario) Artículo 09.- Depende jerárquicamente del Director; cumple las siguientes funciones: a) Dirige y supervisa la expedición de certificados de estudios de acuerdo a las actas que obran en los archivos. b) Recepciona, registra y folea los expedientes y documentos que ingresan. c) Orienta y controla la certificación y autenticación de copias de documentos originales que obran en el archivo de la UGEL 07. d) Promueve y participa en coordinación con el Área de Gestión Institucional en la racionalización de procedimientos y trámites. e) Coordina con la Dirección y los Órganos de Línea el trámite oportuno y la conservación de los expedientes que se generen. f) Capacita al personal de la UGEL 07 y de las Instituciones Educativas en materia de trámite documentario. g) Dirige y controla la conservación, custodia y depuración de la documentación destinado al archivo de acuerdo a la normatividad legal vigente. h) Realiza otras funciones de su competencia que le encargue el Director.(a) Pág. 14

DEL TECNICO ADMINISTRATIVO (Actas, Certificados y Archivos) Artículo 10.- Depende jerárquicamente del Especialista Administrativo, cumple las siguientes funciones: a) Visa los certificados de estudios que se expiden en las Instituciones Educativas. Del ámbito jurisdiccional de la UGEL 07, de acuerdo a las actas que obran en sus archivos, así como rectifica los errores en los nombres y apellidos que se hubieran producido. b) Certifica y autentica copias de documentos originales relacionados con actas y certificados, que obran en el archivo. c) Clasifica, archiva y custodia las Actas, Certificados y otros documentos que se tramiten en la Unidad de Gestión Educativa Local 07. d) Realiza otras funciones de su competencia, que le encargue el Director (a) y/o Especialista Administrativo. DEL TECNICO ADMINISTRATIVO (Recepción de Documentos) Artículo 11.- Depende jerárquicamente del Especialista Administrativo, cumple las siguientes funciones: a) Recepciona, registra, folea y distribuye los expedientes y otra documentación que ingresa a la Unidad de Gestión Educativa Local 07. b) Atiende al público usuario y orienta en la presentación, gestión y estado de sus expedientes y documentos en trámite. c) Elabora información estadística de los expedientes y documentos en forma mensual y efectúa las acciones correctivas que tuviera lugar. d) Orienta a los Directores de las Instituciones Educativas sobre aspectos de trámite documentario y archivo. e) Recepciona, registra, clasifica, deriva y realiza el seguimiento y control de los expedientes que ingresan a la UGEL 07 previa verificación de los requisitos mínimos. f) Elabora mensualmente la información estadística de los expedientes y de los documentos atendidos en trámite. g) Prepara anualmente el inventario de documentos archivados y elabora la relación de documentos para su depuración. h) Realiza otras funciones de su competencia que le encargue el Jefe. DE LA SECRETARIA Pág. 15

Artículo 12.- Depende jerárquicamente del Director (a) de la UGEL 07, cumple las siguientes funciones: a) Recepciona, registra, clasifica y distribuye los documentos que ingresan al despacho de la Dirección. b) Toma dictado, redacta según las indicaciones del Director (a) digita la correspondencia, prepara la documentación para el despacho y firma de la Dirección. c) Organiza y mantiene actualizado el archivo de acuerdo a las normas vigentes, cuidando y estableciendo la seguridad, conservación y confidencialidad. d) Realiza el seguimiento y control de la documentación que se encuentran en trámite e informa al público usuario sobre su situación. e) Prepara los pedidos de materiales y útiles de oficina para la Dirección, los recepciona, distribuye y cuida de su seguridad y control. f) Vela por la seguridad, conservación y mantenimiento del mobiliario, equipo y acervo documentario y mantiene actualizado el margesí de bienes. g) Gestiona la producción e impresión de los documentos que sean requeridos por el despacho. h) Atiende y efectúa llamadas telefónicas, remite y recepciona documentos vía fax, en cumplimientos de las actividades administrativas. i) Registra el control de asistencia, inasistencia, permisos, licencias, vacaciones, desplazamiento interno y externo y hojas de producción del personal de la Dirección j) Organiza a solicitud del Director (a) la agenda de actividades del día, concerta citas y reuniones previstas en la agenda k) Organiza y mantiene la ambientación de la oficina a su cargo. l) Elabora el consolidado de producción estadística de los documentos ingresados al despacho. m) Realiza otras funciones de su competencia que le encargue el Director (a). DE LA OFICINISTA: Artículo 13º.- Depende de la Secretaria y sus funciones son: a) Apoya a la secretaria en funciones especificas de trámite documentario, archivo y Soporte logístico. b) Digita, registra y archiva la documentación que sea requerida por el personal. c) Orienta e informa al público usuario sobre la situación de la documentación que se encuentra en trámite en la Dirección. d) Apoya el requerimiento, almacenamiento y distribución de materiales y útiles de oficina. Pág. 16

e) Vela por la seguridad, conservación y mantenimiento del mobiliario, equipo y acervo documental de la Dirección. f) Presta y coordina los servicios auxiliares de fotocopiado, mensajería e impresión de documentos. g) Reemplaza a la secretaria en caso de ausencia. h) Realiza otras funciones de su competencia, que le encargue el Director. DE LA OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Artículo 14.- Depende jerárquicamente del Director (a) de la UGEL 07 y cumple las siguientes funciones: a) Promueve y proyecta una buena imagen institucional hacia la comunidad, y mantiene la información actualizada sobre la política educativa, acciones y servicios educativos. b) Atiende requerimientos de información provenientes de la superioridad y de los medios de comunicación social. c) Participa y coordina con las diferentes Áreas para la óptima ejecución de cursos, foros, seminarios, aniversarios, celebraciones y eventos diversos. d) Programa, Atiende, y Ejecuta las atenciones protocolares de la Dirección que tengan previstas en la UGEL 07 e) Mantiene la coordinación entre la Sede Institucional con el Ministerio de Educación, como también con la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana. f) Conduce la comunicación y propaganda interna y externa de la sede Institucional. DE LA COMISION DE ATENCIÓN DE DENUNCIAS Y RECLAMOS- CADER Articulo 15.- Tiene la función de recibir, verificar, investigar y procesar las denuncias, quejas y reclamos que competen a la entidad y cuya atención no corresponde a la oficina de Control Institucional- OCI. Depende orgánicamente de la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación de la Sede Central y funcionalmente de del Director de la UGEL, como lo establece la R.M N 0074-2005-ED. Pág. 17

La Comisión de Atención de denuncias y reclamos- CADER, estará conformada básicamente por: 01 Profesional de la Educación, 01 Abogado, 01 Psicólogo y 01 Personal de apoyo. Funciones Básicas de la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos CADER: a) Recibir, verificar, investigar y procesar las denuncias y reclamos que se formulen contra los funcionarios y servidores de su jurisdicción y las referidas a las Asociaciones de Padres de Familia, informando al titular de la entidad para los fines correspondientes. b) Conciliar controversias derivadas de la relación laboral y/o prestación del servicio educativo que no sean materia de proceso administrativo disciplinario. c) Informar mensualmente al Director de la Entidad, con copia a la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos CADER, del Ministerio de Educación sobre el estado de los procesos a su cargo. d) Procesar denuncias referidas a actos de acoso y contra la libertad sexual con la prioridad que el caso requiera. e) Velar por la transparencia de los actos de gestión en su jurisdicción, fortaleciendo la participación, concertación y vigilancia de los actores educativos en dicho proceso. CAPITULO VI DE LOS ORGANOS DE LINEA Artículo 16.- Los órganos de línea son los responsables del cumplimiento de las funciones sustantivas de la Unidad de Gestión Educativa Local. Están conformados por el Área de Gestión Pedagógica y el Área de gestión institucional. ÁREA DE GESTION PEDAGÓGICA Artículo 17.- Tiene la responsabilidad de planificar, organizar, dirigir, coordinar y evaluar las acciones pedagógicas y las relacionadas con el desarrollo de la cultura, la ciencia y la tecnología, el deporte y la recreación en el ámbito local. Pág. 18

El Area de Gestión Pedagógica está conformada orgánicamente por 01 Jefe, 16 Especialistas en Educación y 01 Secretaria. SON FUNCIONES DEL ÁREA DE GESTIÓN PEDAGOGICA: a) Difundir, orientar y supervisar la aplicación de la política normativa educativa nacional y regional en materia de gestión pedagógica, así como evaluar sus resultados. b) Promover y facilitar los procesos de diversificación, desarrollo curricular y uso de materiales educativos. c) Ejecuta programas de actualización y formación continua del personal directivo, docente y administrativo de las instituciones educativas. d) Desarrollar y adoptar nuevas tecnologías de comunicación e información para fortalecer el sistema educativo con una orientación intersectorial. e) Formular y ejecutar programas y proyectos de investigación, experimentación e innovación pedagógica y evaluar su impacto en la comunidad. f) Participar en las acciones de evaluación y medición de la calidad de la educativa que ejecuta la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y el Ministerio de Educación. g) Incentivar la creación e implementación de centros de recursos educativos y tecnológicos que apoyen el proceso de aprendizaje. h) Promover y ejecutar en coordinación con la instituciones educativas, estrategias de alfabetización, la educación intercultural y programas estratégicos acordes con las características socio culturales y lingüísticas de cada localidad. i) Desarrollar programas de prevención y atención integral de bienestar social para los estudiantes en coordinación con los gobiernos locales e instituciones públicas y privadas especializadas, dirigidos a la población en situación de pobreza y extrema pobreza. j) Formular proyectos de desarrollo educativo para captar recursos de cooperación técnica y financiera de la comunidad local, regional, nacional e internacional. k) Promover y fortalecer centros culturales, bibliotecas, teatros, talleres de arte, deporte y recreación en coordinación con los gobiernos locales y los organismos descentralizados, propiciando la participación de la comunidad. l) Orientar, promover y supervisar que los centros de educación técnico productiva oferten servicios que tengan relación con los requerimientos del mercado y el desarrollo regional. m) Cumplir en lo que corresponda con la aplicación de los reglamentos de los niveles y modalidades educativas teniendo como marco orientados la mejora permanente del servicio educativo. n) Realizar las coordinaciones y las subsanaciones de acuerdo a lo establecido por los niveles de educación básica y la educación comunitaria. Pág. 19

DEL JEFE DEL AREA DE GESTION PEDAGÓGICA Artículo 18.- Depende jerárquicamente del Director de la Unidad de Gestión Educativa Local N 07; cumple las siguientes funciones: a) Cumple y hace cumplir las funciones asignadas al Area de Gestión Pedagógica establecida en la normatividad vigente. b) Formula y propone la adecuación de la política y normatividad, cultural, supervisando su aplicación en los Centros y Programas Educativos. c) Brinda asesoramiento y asistencia técnico Educativa a las Instituciones Educativas de los niveles, Inicial, Primaria y Secundaria, promoviendo un trabajo centrado en el aprendizaje, de tal forma que ello coadyuve a la optimización de la calidad del servicio que brindan. d) Monitorea, supervisa y evalúa la calidad del servicio educativo que brindan las Instituciones Educativas básicas, primaria y secundaria, especial y técnico productivo. e) Realiza la evaluación del cumplimiento de las observaciones técnico Educativo realizado a las Instituciones Educativas. f) Organiza, implementa, dirige y evalúa el desarrollo de proyectos educativos, programas de alfabetización y post-alfabetización, de prevención y acciones de carácter no formal que se declaren prioritarios. g) Promueve y ejecuta investigaciones e innovaciones técnico-educativas, propiciando espacios para la creación, experimentación e intercambio reflexivo de nuevas estrategias de aprendizaje centradas en el alumno, así como la estimulación de talentos, entre las Instituciones Educativas. h) Promueve, asesora y evalúa el desarrollo curricular y la producción de materiales educativos, adecuados a las características locales, así como impulsar el uso de programas informáticos en aplicaciones pedagógicas. i) Monitorea, supervisa y asesora la diversificación curricular, así como la propuesta curricular a nivel de Instituciones Educativas. j) Dirige la organización de la capacitación y actualización del personal Directivo y Docentes de las Instituciones y programas. k) Aplica acciones de medición de la calidad educativa en su ámbito jurisdiccional. l) Identifica las necesidades de recursos para las diversas actividades educativas y coordina con el Área de Gestión Institucional y el Área de Gestión Administrativa su aplicación. m) Propone y Promueve la suscripción de convenios para lograr el apoyo y cooperación de la comunidad en materia de gestión pedagógica. n) Emitir opinión técnica en aspectos de su competencia.. Pág. 20

. DEL ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN: INICIAL Artículo 19.- Depende Jerárquicamente del Jefe de Area de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Planifica, monitorea, supervisa, evalúa, asesora, y efectúa el seguimiento de aspectos técnicos pedagógicos. b) Desarrolla los planes de trabajo, supervisión y monitoreo. c) Perfecciona los métodos y técnicas de aprendizaje. d) Elabora y valida material educativo. e) Evalúa el proceso de aprendizaje. f) Asesora a los docentes y Directores de Educación Inicial g) Organiza, ejecuta jornadas técnico pedagógicas para docentes. h) Elabora informes técnicos pedagógicos sobre las acciones realizadas de su competencia. i) Recepciona, analiza y ejecuta los documentos normativos de las instancias educativas superiores. j) Verifica el cumplimiento de las normas y dispositivos emanados de los estamentos superiores. En las Instituciones Educativas k) Promueve, coordina y organiza la realización de Programas Escolarizados. l) Identifica la problemática de las Instituciones Educativas de Inicial de la jurisdicción, proponiendo alternativas de solución. m) Realiza las demás funciones afines al cargo que le asigne el Jefe de Area. DEL ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN: Nivel Inicial No Escolarizado Artículo 20.- Depende jerárquicamente del Jefe de Area de Gestión Pedagógica y sus funciones son: a) Participa en la motivación, difusión, apertura y funcionamiento de los Programas no escolarizados del nivel inicial. b) Promueve la atención de los niños y niñas de tres (03) a cinco (05) años que no estén en el sistema educativo, organizando y/o difundiendo campañas pertinentes. c) Estudia y analiza la realidad extraescolar y la problemática de los Programas de Educación Inicial en el ámbito de la UGEL 07 y propone alternativas de solución. d) Planifica, monitorea, supervisa, evalúa, asesora y efectúa el seguimiento de aspectos técnicos pedagógicos. e) Participa y asesora en la elaboración del Plan Anual de Trabajo de los Programas No Escolarizados. Pág. 21

f) Propone y participa en investigaciones y experiencias que contribuyan a lograrlos los objetivos propuestos por el Area, en mejorar los programas no escolarizados. g) Asesora y supervisa el cumplimiento de las normas emanadas de la superioridad que permiten un mejor funcionamiento de las acciones técnico-pedagógicas y/o administrativas en los Programas No Escolarizados de Educación Inicial. h) Asesora a los docentes coordinadores en la organización y ejecución de los Programas No Escolarizados. i) Asesora y apoya los Programas No Escolarizados de Educación Inicial en la ejecución de proyectos para mejorar la calidad del servicio educativo. j) Supervisa y efectúa seguimiento a las docentes coordinadoras IN SITU en el desempeño de sus funciones. k) Participa en reuniones de equipo para analizar la problemática técnico pedagógica. l) Coordina y promueve la participación de los sectores, instituciones y organismos nacionales e internacionales para apoyar las acciones de atención integral del niño y del mejoramiento de la calidad de vida familiar y comunal m) Participa como coordinador y expositor en eventos de capacitación. EL ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN: Modalidad Educación Especial Artículo 21.- Depende jerárquicamente del Jefe de Area de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Planifica, Monitorea, supervisa, evalúa, asesora y efectúa el seguimiento de aspectos técnico- pedagógicos y la aplicación del currículo en la modalidad, de acuerdo a las características y necesidades de las Instituciones Educativas Especiales. b) Coordina, asesora, y apoya acciones en diferentes tipos de excepcionalidad. Deficiencia auditiva y/o problemas de lenguaje,retardo mental, ceguera,y Visión sub.- normal, desajuste de conducta social, impedimentos físicos y facultades sobresalientes.. c) Emitir opinión técnica en asuntos específicos del Area de su competencia. d) Participa en la formulación del Plan Operativo del Area Pedagógica. e) Orienta y capacita a la familia y a la comunidad para su colaboración en la Educación del Excepcional f) Participa como coordinadora y expositora de capacitación docente. g) Difunde la nueva propuesta Metodológica y la Visión Integracionista., h) Realiza otras funciones de su competencia que le encargue el jefe del Área DEL ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN: Nivel Primaria Pág. 22

Artículo 22.- Depende jerárquicamente del Jefe de Area de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Planifica, monitorea, supervisa, evalúa, asesora y efectúa el seguimiento de aspectos técnico- pedagógicos de Educación Básica regular-primaria. b) Orienta, coordina, ejecuta y evalúa permanentemente acciones del nuevo enfoque pedagógico, el Marco Operativo, el Marco Teórico, el Marco Curricular. Desarrollar los planes y programas Desarrollar el perfil de los planes y programas Difunde métodos y técnicas de enseñanza- aprendizaje. Asesora a Directores y Docentes de las Instituciones Educativas en la elaboración de los Proyectos curriculares de la Institución, Programaciones Anuales, Programaciones de Corto alcance y evaluación de acuerdo al nuevo enfoque. c) Organiza y ejecuta jornadas técnicos pedagógicas de actualización y capacitación dirigidas a Directores y docentes. d) Elabora informes técnicos sobre las acciones realizadas. e) Programa, coordina, promueva las acciones de supervisión y/o monitoreo, general y especializadas para las Instituciones Educativas de la jurisdicción de la UGEL 07. f) Informa a la Jefatura del Area sobre el cumplimiento de las acciones técnico pedagógicas. g) Participa como coordinador y expositor de capacitación de docentes h) Realiza las funciones afines al cargo que le asigne el Jefe de Area DEL ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN: Nivel Secundaria Matemática Artículo 23.- Depende jerárquicamente del Jefe de Area de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Planifica, monitorea, supervisa, evalúa, asesora y efectúa el seguimiento de aspectos técnico-pedagógicos, realizando las coordinaciones y ejecutando las actividades de mejoramiento de la enseñanza de la matemática. b) Promueve y apoya los cursos de capacitación sobre la enseñanza de matemática. c) Supervisa y brinda asesoramiento técnico pedagógico de la especialidad. d) Elabora proyectos, en mejora de la calidad del servicio educativo en matemática. e) Difunde a través de los cursos de capacitación a los docentes de la especialidad de Matemática sobre la nueva propuesta curricular de Secundaria en el área de matemática. f) Participa como coordinador y expositor de capacitación docente g) Realiza otras funciones afines al cargo que le asigne el jefe del Área de Gestión pedagógica. Pág. 23

DEL ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN: Nivel Secundaria Ciencias Tecnología y Ambiente Artículo 24.- Depende jerárquicamente del Jefe de Area de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Planifica, monitorea, supervisa, evalúa, asesora y efectúa el seguimiento de aspectos técnico- pedagógicos, coordinando las actividades de mejoramiento de la enseñanza de las Ciencias Naturales. b) Promueve y apoya actividades de difusión de Ciencia y Tecnología. c) Diseña proyectos tendientes a mejorar la calidad del servicio educativo de Ciencias Naturales. d) Supervisa, monitorea los ambientes y funcionamiento de Laboratorios e) Participa como coordinador y expositor en eventos de capacitación de docentes. f) Realiza otras funciones afines que le asigne el jefe de Área DEL ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN: Nivel Secundaria Lengua y Literatura Artículo 25.- Depende jerárquicamente del Jefe de Area de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Participa en la planificación, programación, coordinación, ejecución y evaluación y seguimiento de las acciones de supervisión en Educación Secundaria de Menores. b) Participa en la formulación, ejecución y evaluación del Plan de Trabajo del Area. c) Organiza, ejecuta y evalúa, jornadas de capacitación y actualización técnicopedagógicas, dirigidas al personal directivo, jerárquico y docente de las Instituciones Educa6tivas. d) Difunde, coordina y supervisa el cumplimiento de los dispositivos y normas emanadas de la supervisión y el monitoreo. e) Elabora informes técnicos sobre las acciones técnicos pedagógicos. f) Difunde la nueva propuesta educativa a través de capacitaciones en el área de comunicación g) Elabora proyectos donde se promueva la cultura de paz a través de una educación en valores en el área de comunicación. h) Participa como coordinador y expositor en eventos de capacitación docente i) Realiza las funciones afines al cargo que le asigne el jefe del Área. DEL ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN: Nivel Secundaria Ciencias Sociales Artículo 26.- Depende jerárquicamente del Jefe de Area de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: Pág. 24

a) Planifica, monitorea, supervisa, evalúa, asesora y efectúa el seguimiento de aspectos técnico- pedagógicos a los docentes de la jurisdicción de la UGEL 07, en planes, programas, métodos y técnicas de aprendizaje, material educativo y evaluación del proceso. b) Participa en acciones de actualización y capacitación. c) Promueve la adecuación de los contenidos curriculares, normas y disposiciones. d) Analiza la problemática educativa de su responsabilidad, realizando las observaciones y sugerencias que corresponda. e) Participa como coordinador, expositor en eventos de capacitación docente. f) Realiza las demás funciones afines a su cargo que le asigne el Jefe de Area. DEL ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN: Técnico Productiva Artículo 27.- Depende jerárquicamente del Jefe de Area de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Planifica, programa, monitorea, supervisa, coordinar, promueve y ejecuta acciones de Educación técnico Productivas. b) Orienta la programación y supervisa la aplicación del currículo en las Instituciones Educativas técnico productivas. c) Promueve y orientar la elaboración de perfiles laborales d) Promueve, desarrolla y ejecuta eventos de capacitación y actualización a directivos y docentes. e) Identifica la problemática relacionada con la educación técnica productivo de la jurisdicción. f) Coordina con las Instituciones Educativas Técnico Productivas las actividades de exposición de trabajos, de artesanal, ferias artesanales que incentiven el servicio. g) Informa a la jefatura los resultados de la evaluación y avance del Plan Anual de Trabajo. h) Realiza convenios con Instituciones y/o Empresas, para generar trabajo a favor de los participantes Egresados. i) Participa como Coordinador y expositor en eventos de capacitación docente j) Realiza las demás funciones al cargo que le asigne la jefatura. DEL ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN: Motricidad Artículo 28.- Depende jerárquicamente del Jefe de Area de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Planifica, monitorea, supervisa, dirige y ejecuta acciones de aprendizaje para el desarrollo de la Motricidad en las Instituciones Educativas. Pág. 25

b) Elabora planes de trabajo para capacitación y adiestramiento docente c) Asesora a los Técnicos Deportivos para preparar a los E quipos. d) Prepara en forma teórica y práctica para el desarrollo de las diversas disciplinas de la motricidad. e) Organiza y ejecuta eventos de atletismo y deporte. f) Realiza otras funciones y tareas que le asigne el Jefe de Area. DEL ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN: Educación Básica Alternativa. Artículo 29.- Depende jerárquicamente del Jefe de Area de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Planifica, Programa. Orienta, ejecuta y evalúa las acciones técnicos pedagógicas Desarrollar planes y programas Aplicar métodos y técnicas de aprendizaje. b) Promueve, coordina y organiza la recreación de Programas No Escolarizados principalmente en las zonas urbano-marginales. c) Realiza acciones de investigación y sistematización de experiencias que contribuyan al perfeccionamiento de Planes curriculares y a la creación de una tecnología educativa acorde a la realidad de la UGEL 07. d) Programa, Coordina y ejecuta las acciones de Supervisión y monitoreo a las Instituciones Educativas de Educación Alternativa e) Participa como coordinador y Expositor en eventos de capacitación docente f) Realiza otras funciones de su competencia que le encargue el jefe de Área. DE LA SECRETARIA Artículo 30.- Depende jerárquicamente del Jefe de Area de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Recepciona, registra, clasifica y distribuye los documentos que ingresan al Area. b) Toma dictado, redacta según las indicaciones del Jefe del Area, digita la correspondencia, prepara la documentación para el despacho y firma del Jefe. c) Organiza y mantiene actualizado el archivo del Area, de acuerdo a las normas vigentes cuidando de su seguridad, conservación y confidencialidad. d) Realiza el seguimiento y control de la documentación que se encuentra en trámite en el Area e informa al público usuario sobre su situación. e) Prepara los pedidos de materiales y útiles de oficina para el personal del Area, los recepciona, distribuye y cuida de su seguridad y control. f) Vela por la seguridad, conservación y mantenimiento del mobiliario, equipo y acervo documental de la jefatura y mantiene actualizado el inventario correspondiente. Pág. 26

g) Gestiona la producción e impresión de los documentos que sean requeridos por el personal del Area. h) Atiende y efectúa llamadas telefónicas, así como remite y recepciona documentos vía fax, en cumplimiento de las actividades del Area. i) Registra el control de asistencia, inasistencia, permisos, licencias, vacaciones, desplazamiento interno y externo y hojas de producción del personal del Area. j) Organiza la agenda de actividades del Jefe del Area, concerta citas y reuniones con el personal del Area. k) Organiza y mantiene la ambientación de la oficina a su cargo. l) Elabora el consolidado de producción estadística de los documentos ingresados al Area. m) Realiza otras funciones de su competencia que le encargue el Jefe de Area. AREA DE GESTION INSTITUCIONAL Artículo 31.- Tiene la responsabilidad de planificar, organizar, dirigir y evaluar los asuntos relacionados con la formación de proyectos, planes estratégicos y presupuesto de la Unidad de Gestión Educativa Local, así como aspectos de gestión, fortalecimiento institucional, estadística e infraestructura educativa. El Área de Gestión Institucional está conformada orgánicamente por un (01) Jefe de Área, un (01) Especialista en Racionalización, dos (02) Planificadores, un (01) Ingeniero, dos (02) Estadísticos, un (01) Especialista en Finanzas, dos(02) técnico administrativos,un (01) oficinista y una (01) Secretaria. Son Funciones de Area de Gestión Institucional: a) Difundir, orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa nacional, regional en materia de gestión institucional, así como evaluar sus resultados. b) Formular y evaluar el proyecto educativo local y los planes educativos en coordinación con el Consejo Participativo Local de Educación. c) Formular con la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana, la creación, ampliación, modificación, traslado, clausura de instituciones educativas de Educación Básica, públicas y privadas. d) Coordinar con la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana, el funcionamiento de las instituciones educativas de educación superior. Pág. 27

e) Formular, aplicar y evaluar los instrumentos de gestión institucional: Reglamento interno, Manual de Organización y funciones, Manual de Procedimientos y otros. f) Asesorar y supervisar a las instituciones educativas en la elaboración y aplicación del Proyecto Educativo Institucional, el Reglamento Interno, la Memoria de Gestión y el Plan Anual de Trabajo. g) Orientar y reconocer a los Consejos Directivos de las Asociaciones de Padres de Familia. h) Promover y proponer la creación y funcionamiento de redes educativas como estrategia de organización y gestión par las Áreas rurales y urbano marginales. i) Evaluar el funcionamiento de las instituciones educativas con criterios de calidad y pertinencia del servicio. j) Racionalizar personal, materiales físicos, financieros y tecnológicos en la Unidad de Gestión Educativa Local y en las instituciones educativas. k) Organizar, ejecutar y evaluar programas de formación continua en gestión institucional del personal directivo, profesional y técnico de la Unidad de Gestión Educativa local y de las instituciones educativas. l) Formular, programar y evaluar el presupuesto anual de la Unidad de Gestión Educativa Local y de las instituciones educativas y gestionar su financiamiento, en coordinación con el Consejo Participativo Local de Educación. m) Elaborar y difundir la estadística educativa local. n) Formular, asesorar y gestionar proyectos de modernización de la gestión y equipamiento y gestionarlos ante las instituciones de cooperación técnica y financiera a nivel local, regional, nacional e internacional. DEL JEFE DEL AREA DE GESTION INSTITUCIONAL Artículo 32.- Depende jerárquicamente del Director de la Unidad de Gestión Educativa Local 07; cumple las siguientes funciones: a) Propone, Organiza, y planifica las acciones inherentes al Área de Gestión Institucional, fomentando la eficiencia y el trabajo en equipo. b) Propone y Gestiona recursos para las Instituciones Educativas, generando para ello proyectos productivos para la innovación, que le sirvan de base para la negociación y búsqueda de fuente de financiamiento. c) Promueve, Conduce las acciones de asesoramiento a los Directores de las Instituciones Educativas, en cuanto al proyecto Educativo Institucional, su articulación con el Plan Anual de trabajo y la Programación Curricular del centro, y la promoción educativa. Pág. 28

d) Planifica, coordina, orienta y supervisa las actividades que desarrolla el Área a su cargo. e) Promueve y Analiza, asesora la formulación de los Cuadros de Asignación de personal de la UGEL 07, Instituciones y Programas Educativos. f) Promueve y Orienta el diseño y la racionalización de funciones, estructuras, cargos y procedimientos. g) Asesora al Director (a ) Jefes de Area y Directores de Instituciones y Programas Educativos en asuntos de su competencia. h) Revisa y firma los informes técnicos y los proyectos de normas y demás documentos que se procesan en el Área a su cargo i) Coordina y orienta la formulación y evaluación de los planes y presupuestos de las Instituciones Educativas de la jurisdicción de la UGEL 07. j) Analiza el avance de ejecución presupuestaria y evalúa el cumplimiento de metas k) Dirige y difunde las estadísticas educacionales de la Institución l) Visa los proyectos de Resoluciones que implica modificación del presupuesto. m) Realiza otras funciones de su competencia que le encargue el Director (a) de la UGEL 07. DEL ESPECIALISTA EN RACIONALIZACION Artículo 33.- Depende jerárquicamente del Jefe de Area de Gestión Institucional, cumple las siguientes funciones: a) Propone, Formula normas y documentos de organización y gestión Institucional, asesora a las Instituciones Educativas en su elaboración y aplicación. b) Propone, Participa en el diseño de nuevas formas organizacionales para modernizar y fortalecer el funcionamiento de las Instituciones Educativas de su jurisdicción. c) Propone y Participa en la formulación de estructuras orgánicas, manuales de funciones, estructuras, niveles de cargos y cuadros de asignación de personal. d) Promueve, Analiza y propone la simplificación de procedimientos y métodos de trabajo y brinda orientaciones para su implementación. e) Emite opinión técnica, brinda asesoramiento y absuelve consultas en asuntos de organización y gestión Institucional. f) Propone normas y alternativas que orienten la racionalización de recursos humanos y materiales tanto de la Sede Institucional, como de las Instituciones Educativas de la Jurisdicción de la UGEL 07, en coordinación con el Área de Gestión Administrativa. Pág. 29