Qué es un Plan de Pensiones



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Transcripción:

INDICE Qué es un plan de Pensiones 2 Qué son los Fondos de Pensiones 3 Cómo funcionan los Planes de Pensiones 4 Cómo se cobran las prestaciones de los Planes de Pensiones 6 Planes de Pensiones en FAM Caminos y Banco Caminos 9 Tratamiento y ventajas fiscales de los Planes de Pensiones 17 Qué es un Plan de Pensiones Es un contrato cuyo objeto es definir las contribuciones y pagar prestaciones por jubilación, invalidez, enfermedad grave, desempleo, dependencia, o fallecimiento a las personas que se encuentran adheridas al mismo o a las personas que designen como beneficiarios (para el caso de fallecimiento). En el Plan de Pensiones quedan fijados los derechos y obligaciones de las personas que se adhieran al mismo, que reciben el nombre de partícipes. Sólo después de la jubilación de los sistemas públicos, o situación asimilable, o, en su caso, si se produce invalidez o dependencia, el partícipe puede optar por pasar a la condición de beneficiario y percibir, en la forma que él establezca, un capital, una renta o una combinación de ambos. El partícipe también puede cobrar su Plan de Pensiones, en las formas antes descritas, en caso de desempleo o de enfermedad grave. Si ocurriera el fallecimiento del partícipe, o beneficiario en su caso, el cónyuge viudo, los hijos u otros beneficiarios designados recibirán una pensión o capital. Interesa invertir en un Plan de Pensiones Especialmente a aquellas personas que quieran reducir la base imponible de su IRPF, y las que en un futuro deseen cobrar una prestación adicional y complementaria de las pensiones públicas. El valor de esta pensión o capital a recibir quedará determinado por las aportaciones voluntariamente efectuadas al Plan, más los rendimientos obtenidos, gozando de los mismos derechos y ventajas fiscales que tenía el partícipe fallecido. Podemos cambiar de un Plan de Pensiones a otro La Ley permite cambiar en cualquier momento, y cuantas veces lo desee, de un Plan de Pensiones a otro, sin repercusión fiscal o gasto alguno. 2

Qué son los Fondos de Pensiones Los Planes de Pensiones se integran en Fondos de Pensiones, constituídos por las aportaciones y rendimientos obtenidos en la inversión, y que conforman el patrimonio que da cumplimiento a los Planes de Pensiones. Son como una caja en la que se guarda el dinero que se aporta a los Planes de Pensiones y los rendimientos generados. Los Fondos de Pensiones pueden agrupar varios Planes de Pensiones. En nuestro caso, Caminos Uno, Caminos Bolsa y Caminos Dinero son los únicos Planes en sus respectivos Fondos: Cauce 2000, Cauce Mixto Variable y Cauce Dinero. Los Fondos de Pensiones son independientes de la Seguridad Social La Seguridad Social está administrada por el Estado. Las prestaciones que pagan los Fondos de Pensiones no tienen relación con la Segu ridad Social. Los Fondos de Pensiones son administrados por una Entidad Gestora privada que se encarga de realizar las inversiones, llevar la contabilidad y pagar las pensiones. Una Entidad Depositaria privada, Banco o Caja de Ahorros se encarga de cuidar los valores y tramitar las operaciones. La Mutualidad de Previsión Social Fondo de Asistencia Mutua del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos es la Entidad Gestora, y Banco Caminos es la Entidad Depositaria de los Planes y Fondos de Pensiones antes comentados. La garantía viene dada por el Patrimonio del Fondo, que es invertido siguiendo las normas de diversificación exigidas por la Ley, siendo supervisado por la Administración Pública y auditado anualmente por una entidad independiente. El saldo acumulado correspondiente a cada partícipe o beneficiario es determinado diariamente de acuerdo al valor de mercado de los bienes y valores que integran el patrimonio del Fondo. Garantía de cobro de las Pensiones Los Fondos de Pensiones funcionan en muchos países de nuestro entorno, desde hace muchos años. 3

Cómo funcionan los Planes de Pensiones Adhesión a los Planes de Pensiones Caminos-Uno, Caminos-Bolsa y Caminos-Dinero Cumplimentando los formularios del Boletín de Adhesión que se adjuntan, el partícipe apertura el Plan de Pensiones y señala cuánto dinero desea aportar, bien sea mensual, trimestral, anual, o esporádicamente, hasta el máximo legal establecido. Al tratarse de un Plan de Aportación Definida, estas cantidades pueden modificarse o incluso suspenderse. Si suspende las aportaciones, mantiene todos los derechos económicos y los rendimientos derivados de las mismas y puede, en cualquier momento, reanudar las aportaciones. Llegada la jubilación, (o cualquiera de las demás contingencias previstas) podrá cobrar el capital acumulado, una renta o una combinación de capital renta. Usted sabe el capital acumulado en cada momento Usted podrá saber en cualquier momento cuál es su capital acumulado dirigiéndose a la MUTUALIDAD FONDO DE ASISTENCIA MUTUA, a BANCO CAMINOS o a través del servicio de Internet Línea Caminos. Trimestralmente, recibirá en su domicilio información detallada del mismo, junto con la revalorización del periodo por los rendimientos obtenidos. Aportaciones a Planes de Pensiones Las aportaciones a Planes de Pensiones siempre se pueden realizar hasta el momento en que se inicie el cobro de las prestaciones. Las aportaciones son de una cuantía elegida libremente, periódicas o esporádicas, y pueden suspenderse o reanudarse, conservando en todo caso los derechos económicos del Plan (aportaciones más rendimientos generados). Además, se puede seguir realizando aportaciones después de jubilado de los sistemas públicos, con las mismas reducciones fiscales, pudiendo decidir libremente cuándo y cómo cobrar la prestación del Plan de Pensiones. 4

Límites máximos legales de aportación anual a Planes de Pensiones Con carácter general Límites máximos anuales por partícipe, para todas las aportaciones a sus Planes de Pensiones: Hasta 50 años de edad: 10.000 euros/año. Más de 50 años de edad: 12.500 euros/año. Discapacitados El conjunto de aportaciones acumuladas a un discapa citado, tienen el límite de 24.250 euros/año. - Aportación máxima del propio minusválido (1) : 24.250 euros/año. - Aportación máxima de pariente (2) : 10.000 euros/año. A cónyuges sin rendimientos Las aportaciones a cónyuges con rentas inferiores a 8.000 euros/año (3) tienen el límite máximo de 2.000 euros/año. Regímenes forales Las normas forales se rigen por los mismos límites máximos de aportación anual a Planes de Pensiones citados anteriormente, por lo que el aprovechamiento de las ventajas fiscales que otor ga cada régimen foral debe realizarse mediante aportaciones adicionales a otros sistemas de previsión social. (1) Tendrán prioridad las aportaciones del minusválido sobre las aportaciones de los parientes. (2) Sin perjuicio de las aportaciones que el pariente pueda realizar a sus propios planes de pensiones. (3) Rentas netas del trabajo y de actividades económicas. 5

Compatibilidad con otros Planes y Productos de Previsión y Ahorro Los Planes de Pensiones son totalmente compatibles entre sí, siempre que las aportaciones totales anuales no superen el límite legal. Además los Planes de Pensiones son compatibles y complementarios de otros productos de seguro y ahorro (Planes Individuales de Ahorro Sistemático - PIAS -, Seguros de Jubilación...). Legislación aplicable El marco legislativo vigente, en materia financiero fiscal, está formado por el Real Decreto Legislativo 1/2002 de 29 de noviembre, texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, y su desarrollo reglamentario por el R.D. 304/2004 de 20 de febrero, y su modificación en el R.D. 1299/2009 de 31 de julio; así mismo, a través de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre, del IRPF. La documentación legal correspondiente al Plan y al Fondo de Pensiones está disponible en el domicilio de la Entidad Gestora. De acuerdo con la legislación citada, todos y cada uno de los miembros de una unidad familiar podrán aportar a Planes de Pensiones hasta un máximo de 10.000 euros anuales cada uno, hasta la edad de 50 años y para los mayores de 50 años, 12.500 euros. Cómo se cobran las Prestaciones de los Planes de Pensiones Cobro por la contingencia de Jubilación Una vez consolidada la situación de jubilado de los sistemas públicos (requisito necesario para cobrar), el partícipe de un Plan de Pensiones puede optar libremente por: Continuar aportando al Plan de Pensiones, del que seguirá siendo partícipe y disfrutando de las mismas reducciones fiscales, para cobrar posteriormente la prestación de jubilación del Plan a partir de la fecha que decida fijar. Cobrar la prestación de jubilación del Plan de Pensiones, en el que pasará a la condición de beneficiario en la forma que libremente elija entre las siguientes: Retirar el capital acumulado en su totalidad al causar la prestación o diferirlo a un momen to futuro. 6

Recibir una renta predefinida hasta extinción del capital. Recibir una renta vitalicia contingente, con todo el capital acumulado o retirando parte de él. Combinación de rentas de cualquier tipo con un único cobro en forma de capital. Otras combinaciones de capital-renta. No podrá simultanearse la condición de beneficiario y partícipe, por y para la jubilación, en Planes de Pensiones. Además, una vez iniciado el cobro del Plan, se puede seguir realizando aportaciones para las contingencias de dependencia y fallecimiento manteniendo el derecho a reducción de la base imponible del I.R.P.F. Cobro por otras contingencias El partícipe podrá pasar a la condición de beneficiario en los siguientes supuestos: Invalidez permanente total, absoluta o gran invalidez, calificada como tal por la Seguridad Social. Asimismo, el partícipe podrá cobrar los derechos consolidades en caso de: Desempleo sin derecho a cobro o habiéndose agotado la prestación contributiva de paro, y estando en situación de demandante de empleo. Dependencia severa o gran dependencia, calificada como tal por el Organismo Público correspondiente. En caso de fallecimiento del partícipe, o beneficiario en su caso, los beneficiarios designados recibirán los fondos constituídos con las mismas opciones de cobro descritas. Tratamiento fiscal del cobro Las prestaciones del Plan de Pensiones tributan como rendimientos del trabajo. El cobro en forma de capital por las aportaciones realizadas y por sus rendimientos correspondientes hasta el 31.12.2006 y sus rendimientos correspondientes, tienen una reducción del 40%*. Las realizadas con posterioridad a esa fecha no tienen dicha reducción. * Reducción aplicable sólo en 1 ejercicio fi scal. Enfermedad grave, bajo el cumplimiento de la normativa vigente, pudiendo aplicarse en caso de cirugía mayor u hospitalización prolongada que incapacite por un período continuado mínimo de 3 meses, o en caso de secuelas permanentes que impidan o limiten la ocupación habitual. 7

Notas relevantes del funcionamiento de los Planes de Pensiones La apertura de un Plan de Pensiones sólo requiere cumplimentar y enviar un Boletín de Adhesión. Las aportaciones a Planes de Pensiones son libres, periódicas, esporádicas y, se pueden suspender o reanudar en cualquier momento. Límites máximos de aportación anual a planes de pensiones: Partícipes de edad hasta 50 años, la aportación máxima es de 10.000 /año. Partícipes de edad superior a 50 años, la aportación máxima es de 12.500 /año. Se puede seguir aportando a Planes de Pensiones después de jubilarse de los sistemas públicos con las mismas ventajas fiscales que en activo, y decidir libremente con posterioridad cuándo y cómo se desea cobrar la prestación de Planes de Pensiones. Puede accederse al cobro de Planes de Pensiones por desempleo en trabajadores por cuenta propia y ajena, siempre que no se tenga derecho o se haya agotado la prestación de paro, y se esté en situación de demandante de empleo. Iniciado el cobro de la prestación de jubilación del Plan de Pensiones, las aportaciones posteriores, si las hubiere, se destinarán exclusivamente a dependencia o fallecimiento. 8

Planes de Pensiones de FAM Caminos y Banco Caminos Plan de Pensiones Individuales Caminos Uno LA MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL FONDO DE ASISTENCIA MUTUA Y BANCO CAMINOS constituyeron conjuntamente en 1988 el PLAN DE PENSIONES INDIVIDUAL CAMINOS UNO, con vocación inversora en Renta Fija Mixta. El Plan CAMINOS UNO está integrado en Cauce 2000 Fondo de Pensiones, cuya En tidad Gestora es la Mutualidad de Pre vi sión Social FONDO DE ASISTENCIA MUTUA del Colegio de Ingenieros de Caminos, y la Entidad Depositaria es BANCO CAMINOS. Caminos Bolsa Plan de Pensiones Individuales Caminos Bolsa La conveniencia de poder ofrecer a los ahorradores otra alternativa, con mayor potencial de rentabilidad a cambio de asumir un mayor riesgo, movió a ambas Entidades, la Mutualidad de Previsión Social FAM y Banco Caminos, a constituir un nuevo PLAN DE PENSIONES INDIVIDUAL CAMINOS BOLSA que se creó en 1999. Dicho plan está integrado en Cauce Mixto Variable Fondo de Pensiones, que invierte hasta un 50% de su patrimonio en renta variable. Plan de Pensiones Individuales Caminos Dinero En abril de 2008 entró en funcionamiento el Fondo de Pensiones CAUCE DINERO que, al igual que en los anteriores, Banco Caminos es la Depositaria y la Mutualidad FAM la Entidad Gestora. En este Fondo de Pensiones está integrado el PLAN DE PENSIONES IN- DIVIDUAL CAMINOS DINERO con vocación inversora en renta fija a corto plazo, que ofrece la mayor seguridad de las inversiones, aunque con una posible rentabilidad menor. Estos fondos están aprobados por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, conforme a la legislación vigente y, por tanto, gozan de todas las ventajas fiscales que la legislación concede. 9

MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL FAM ENTIDAD GESTORA Personas de contacto: Marta Bartolomé Sonsoles Casillas Alejo Rodríguez de la Rúa Jaime Vila Tels: 91 308 64 28 Fax: 91 310 37 34 fam.planes.pensiones@famcaminos.es www.famcaminos.es Almagro, 42 28010 MADRID Distribución de activos Caminos Uno 31 de Octubre de 2011 Inmuebles 20,53% Fondos de Inversión Mobiliaria 5,11% Renta Variable 13,83% Distribución de activos Caminos Bolsa 31 de Octubre de 2011 Fondos de Inversión Mobiliaria 15,05% Activos Monetarios y Tesorería 5,55% Renta Fija 54,98% Activos Monetarios y Tesorería 8,85% BANCO CAMINOS ENTIDAD DEPOSITORIA Personas de contacto: Amparo Pérez Carlos Ibáñez Lola Plaza Lola Argüelles Sagrario Megía Tels: 91 319 34 48 91 310 95 50 Fax: 91 310 96 97 cat@bancocaminos.es www.bancocaminos.es Almagro, 8 28010 MADRID Renta Variable 36,02% Distribución de activos Caminos Dinero 31 de Octubre de 2011 Renta Fija a corto plazo 98.38% Renta Fija 40,08% Activos Monetarios y Tesorería 1,62% 10

Plan de Pensiones CAMINOS UNO Cauce 2000 Fondo de Pensiones Vocación inversora: mayoritaria en renta fija Número Registro D.G.S.F.P F0173 BOLETINES DE ADHESIÓN Y APORTACIÓN Datos personales del partícipe Nombre: Boletín de adhesión Fecha de nacimiento: PLAN DE PENSIONES Primer apellido: NIF: SISTEMA INDIVIDUAL Segundo apellido Colegiado nº (sólo ICCP): Y APORTACIÓN DEFINIDA Dirección: Nº: Piso: Puerta: Población: C.P.: Provincia Teléfono: E-mail: Beneficiarios en caso de fallecimiento: Aportación a Plan de Pensiones* Deseo realizar el siguiente tipo de aportación: Aportación única Aportaciones periódicas Mensuales Trimestrales Anuales Por un importe de: euros, a partir del 1 de...de... Datos para domiciliación de la aportación Banco/Caja: C.Cte./Libreta: Domicilio: Población: (*) Los límites legales de aportación son de 12.500 anuales para mayores de 50 años y de 10.000 anuales hasta la edad de 50 años.

Otros métodos para realizar aportaciones (adicionales a la aportación y domiciliación bancaria) Talón nominativo adjunto a favor de P.P. IND. CAMINOS UNO Transferencia a la siguiente cuenta abierta en Banco Caminos, a nombre del Plan de Pensiones Individual Caminos Uno Indicar en el CONCEPTO de la transferencia: Nombre y apellidos del partícipe Indicar como BENEFICIARIO de la transferencia a: P. P. I. Caminos Uno Observaciones Entidad Oficina D.C. Nº de cuenta Código de cuenta 0 2 3 4 0 0 0 1 0 5 9 8 0 0 0 4 4 4 4 5 Muy señores míos: De acuerdo a los datos indicados en el presente boletín, solicito mi integración al Plan de Pensiones Individual CAMINOS UNO, cuya reglamentación conozco y acepto íntegramente a partir de la fecha indicada. Fecha: / / FIRMA M.P.S Fondo de Asistencia Mutua, C/Almagro 42 - Madrid, inscrita como Entidad Gestora en el Registro de Entidades Gestoras y Depositarias de Fondos de Pensiones de la Dir. Gral. De Seguros con el núm. G0141, y Banco Caminos, C/ Almagro 8 - Madrid -, inscrita como Entidad Depositaria con el núm D.01017 BOLETINES DE ADHESIÓN Y APORTACIÓN PLAN DE PENSIONES SISTEMA INDIVIDUAL Y APORTACIÓN DEFINIDA M.P.S. Fondo de Asistencia Mutua del C.I.C.C. y P. le informa que sus datos personales serán incorporados a un fichero automatizado del que la entidad es titular y que los mismos podrán ser objeto de cesión a terceros con la finalidad de realizar la actividad. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, usted podrá dirigirse a nuestra entidad a fin de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación o cancelación de conformidad con lo dispuesto en la referida Ley Orgánica.

Plan de Pensiones CAMINOS BOLSA Cauce Mixto Variable Fondo de Pensiones Vocación inversora: máximo de 50% en renta variable. Número Registro D.G.S.F.P F0664 BOLETINES DE ADHESIÓN Y APORTACIÓN PLAN DE PENSIONES SISTEMA INDIVIDUAL Datos personales del partícipe Nombre: Primer apellido: Segundo apellido: Boletín de adhesión Fecha de nacimiento: NIF: Colegiado nº (sólo ICCP): Y APORTACIÓN DEFINIDA Dirección: Nº: Piso: Puerta: Población: C.P.: Provincia Teléfono: E-mail: Beneficiarios en caso de fallecimiento: Aportación a Plan de Pensiones* Deseo realizar el siguiente tipo de aportación: Aportación única Aportaciones periódicas Mensuales Trimestrales Anuales Por un importe de: euros, a partir del 1 de...de... Datos para domiciliación de la aportación Banco/Caja: C.Cte./Libreta: Domicilio: Población: (*) Los límites legales de aportación son de 12.500 anuales para mayores de 50 años y de 10.000 anuales hasta la edad de 50 años.

Otros métodos para realizar aportaciones (adicionales a la aportación y domiciliación bancaria) Talón nominativo adjunto a favor de P.P. IND. CAMINOS BOLSA Transferencia a la siguiente cuenta abierta en Banco Caminos, a nombre del Plan de Pensiones Individual Caminos Bolsa Indicar en el CONCEPTO de la transferencia: Nombre y apellidos del partícipe Indicar como BENEFICIARIO de la transferencia a: P. P. I. Caminos Bolsa Observaciones Muy señores míos: De acuerdo a los datos indicados en el presente boletín, solicito mi integración al Plan de Pensiones Individual CAMINOS BOLSA, cuya reglamentación conozco y acepto íntegramente a partir de la fecha indicada. Entidad Oficina D.C. Nº de cuenta Código de cuenta 0 2 3 4 0 0 0 1 0 0 9 0 0 6 1 1 2 2 9 2 Fecha: / / FIRMA M.P.S Fondo de Asistencia Mutua, C/Almagro 42 - Madrid, inscrita como Entidad Gestora en el Registro de Entidades Gestoras y Depositarias de Fondos de Pensiones de la Dir. Gral. De Seguros con el núm. G0141, y Banco Caminos, C/ Almagro 8 - Madrid -, inscrita como Entidad Depositaria con el núm D.01017 BOLETINES DE ADHESIÓN Y APORTACIÓN PLAN DE PENSIONES SISTEMA INDIVIDUAL Y APORTACIÓN DEFINIDA M.P.S. Fondo de Asistencia Mutua del C.I.C.C. y P. le informa que sus datos personales serán incorporados a un fichero automatizado del que la entidad es titular y que los mismos podrán ser objeto de cesión a terceros con la finalidad de realizar la actividad. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, usted podrá dirigirse a nuestra entidad a fin de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación o cancelación de conformidad con lo dispuesto en la referida Ley Orgánica.

Plan de Pensiones CAMINOS DINERO Cauce Dinero Fondo de Pensiones Vocación inversora: renta fija a corto plazo Número Registro D.G.S.F.P F1080 BOLETINES DE ADHESIÓN Y APORTACIÓN PLAN DE PENSIONES SISTEMA INDIVIDUAL Datos personales del partícipe Nombre: Primer apellido: Segundo apellido Boletín de adhesión Fecha de nacimiento: NIF: Colegiado nº (sólo ICCP): Y APORTACIÓN DEFINIDA Dirección: Nº: Piso: Puerta: Población: C.P.: Provincia Teléfono: E-mail: Beneficiarios en caso de fallecimiento: Aportación a Plan de Pensiones* Deseo realizar el siguiente tipo de aportación: Aportación única Aportaciones periódicas Mensuales Trimestrales Anuales Por un importe de: euros, a partir del 1 de...de... Datos para domiciliación de la aportación Banco/Caja: C.Cte./Libreta: Domicilio: Población: (*) Los límites legales de aportación son de 12.500 anuales para mayores de 50 años y de 10.000 anuales hasta la edad de 50 años.

Otros métodos para realizar aportaciones (adicionales a la aportación y domiciliación bancaria) Talón nominativo adjunto a favor de P.P. IND. CAMINOS DINERO Transferencia a la siguiente cuenta abierta en Banco Caminos, a nombre del Plan de Pensiones Individual Caminos Dinero Indicar en el CONCEPTO de la transferencia: Nombre y apellidos del partícipe Indicar como BENEFICIARIO de la transferencia a: P. P. I. Caminos Dinero Observaciones Muy señores míos: De acuerdo a los datos indicados en el presente boletín, solicito mi integración al Plan de Pensiones Individual CAMINOS DINERO, cuya reglamentación conozco y acepto íntegramente a partir de la fecha indicada. Entidad Oficina D.C. Nº de cuenta Código de cuenta 0 2 3 4 0 0 0 1 0 1 9 0 2 0 8 4 9 3 8 7 Fecha: / / FIRMA M.P.S Fondo de Asistencia Mutua, C/Almagro 42 - Madrid, inscrita como Entidad Gestora en el Registro de Entidades Gestoras y Depositarias de Fondos de Pensiones de la Dir. Gral. De Seguros con el núm. G0141, y Banco Caminos, C/ Almagro 8 - Madrid -, inscrita como Entidad Depositaria con el núm D.01017 BOLETINES DE ADHESIÓN Y APORTACIÓN PLAN DE PENSIONES SISTEMA INDIVIDUAL Y APORTACIÓN DEFINIDA M.P.S. Fondo de Asistencia Mutua del C.I.C.C. y P. le informa que sus datos personales serán incorporados a un fichero automatizado del que la entidad es titular y que los mismos podrán ser objeto de cesión a terceros con la finalidad de realizar la actividad. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, usted podrá dirigirse a nuestra entidad a fin de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación o cancelación de conformidad con lo dispuesto en la referida Ley Orgánica.

Tratamiento y ventajas fi scales de los Planes de Pensiones Las aportaciones realizadas a Planes de Pensiones reducen la base imponible del IRPF del año en que se realizan dichas aportaciones. Cuánto se puede reducir del IRPF* El menor valor entre las aportaciones realizadas a planes de Pensiones y a otros sistemas de Previsión Social (con los límites máximos de reducción anual debajo descritos) y el 30% del rendimiento neto del trabajo hasta los 50 años de edad o el 50% para los mayores de 50 años. En el caso de que el límite de reducción quede establecido por los rendimientos netos del trabajo, profesionales y empresariales indicados, las aportaciones realizadas que excedan dicho límite podrán reducirse en los 5 ejercicios siguientes. Límites máximos de reducción anual en el IRPF * Se puede reducir anualmente de la base imponible del IRPF, por aportaciones a Planes de Pensiones y a otros sistemas de previsión social, el siguiente límite máximo: 10.000 /año hasta los 50 años de edad. 12.500 /año a partir de los 50 años. 2.000 euros, respectivamente. Estas aportaciones especiales no podrán dar lugar a una base liquidable general negativa, según la vigente legislación aplicable al ejercicio fiscal 2010. Por otro lado, los derechos consolidados del partícipe (aportaciones más rendimientos) están exentos de tributación en el Impuesto sobre el Patrimonio. Las prestaciones percibidas por los beneficiarios no están sujetas al Impuesto de Sucesiones, sino al del I.R.P.F. con las reducciones correspondientes a las aportaciones anteriores a 2007 y a los rendimientos generados por ellas. (*) En el País Vasco, la reducción fi scal máxima se rige por la correspondiente Norma Foral. Como excepción, los contribuyentes que hayan realizado aportaciones a Planes de Pensiones de minusválidos o de cónyuges que no obtengan rendimientos del trabajo ni de actividades económicas o los obtengan en cuantía inferior a 8.000 euros (con los límites de aportación descritos en la página 7) podrán reducir de su base imponible las aportaciones realizadas a dichos Planes de Pensiones, con el límite máximo de 10.000 euros o 17

Ahorro fiscal por la aportación a Planes de Pensiones A) Impacto de la aportación de planes de pensiones en la base imponible. EJEMPLO ILUSTRATIVO Aportación de 10.000 a Planes de Pensiones en VALENCIA Base Imponible del partícipe: 60.000 Cálculo de A - Cuota íntegra hasta 53.407,20 : 16.041,58 - Resto, hasta 60.000, al 42,98% 16.041,58 + (60.000-53.407,2) x 42,98 % = 18.875,17 A = 18.875,17 (*) Base Imponible igual a Base Liquidable General 2011 (con carácter general, rendimientos del trabajo y actividades económicas menos las reducciones aplicables). B) Cálculo del ahorro fiscal por la aportación a planes de pensiones. ENTRA EN LA TABLA DE TU COMUNIDAD AUTÓNOMA DE RESIDENCIA, Y CALCULA: Cálculo de la tributación por tramos - La tributación según tu Base Imponible : A - La tributación según tu Base Imponible reducida : B Base Imponible reducida del partícipe: 50.000 (60.000-10.000 de aportación a Planes de Pensiones.) Cálculo de B - Cuota íntegra hasta 33.007,20 : 8.503,78 - Resto, hasta 50.000, al 36,95% 8.503,78 +(50.000-33.007,20) x 36,95% = 14.782,62 B = 14.782,62 AHORRO FISCAL: A - B 18.875,17 14.782,62 = 4.092,55 Base Imponible = Base Liquidable General 2011 Tu AHORRO FISCAL por aportar a planes de pensiones será igual A - B 18