USOS DE SUELO y NORMAS ESPECIFICAS DE SUBDIVISIÓN PREDIAL y EDIFICACIÓN ORDENANZA ESPECIAL BAHIA COIQUE ZONA ZV-1 - VIVIENDA - EQUIPAMIENTO DE LOS SIGUIENTES TIPOS Y ESCALA: 1.- Escala Comunal: áreas verdes; Organización comunitaria. B) USOS DE SUELOS PROHIBIDOS: Todos los no indicados como permitidos. C) NORMAS ESPECÍFICAS DE SUBDIVISIÓN PREDIAL Y EDIFICACIÓN: - Superficie predial mínima: 800 m 2 - Coeficiente de ocupación de suelo: 0,25 - Coeficiente máximo de constructibilidad: * En lotes unifamiliares, que corresponden a sitios menores de 4.000 m 2. 0,5 * En macro-lotes de condominios, que corresponden a sitios desde 4.000 m 2. 0,3 - Densidad : * En lotes unifamiliares, que corresponden a sitios menores de 4.000 m 2. 50 Hbts/Ha * En macro-lotes de condominios, que corresponden a sitios desde 4.000 m 2. 160 Hbts/Ha - Sistema de agrupamiento aislado
ZONA ZV-2 - VIVIENDA B) USOS DE SUELOS PROHIBIDOS: Todos los no indicados como permitidos. C) NORMAS ESPECÍFICAS DE SUBDIVISIÓN PREDIAL Y EDIFICACIÓN: - Superficie predial mínima: 5.000 m 2 - Coeficiente de ocupación de suelo: No se consulta - Coeficiente máximo de constructibilidad: No se consulta - Densidad: Sólo una vivienda por predio - Sistema de agrupamiento aislado
ZONA ZVD - VIVIENDA - EQUIPAMIENTO DE LOS SIGUIENTES TIPOS Y ESCALA: 1- Escala Comunal: Áreas verdes y parques recreativos; Organización Comunitaria; Esparcimiento y Turismo; Deportes, inclusive campos de golf y clubes ecuestres. B) USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Todos los no indicados como permitidos y específicamente estadios, teatros, cines, quintas de recreo, y cualquier otro uso que sea incompatible con los usos permitidos. C) NORMAS ESPECÍFICAS DE SUBDIVISIÓN PREDIAL Y EDIFICACIÓN - Superficie predial mínima: 800 m2 - Coeficiente máximo de ocupación de suelo: 0,25 - Coeficiente máximo de constructibilidad: * En lotes unifamiliares, que corresponden a sitios menores de 4.000 m 2. 0,5 * En macro-lotes de condominios, que corresponden a sitios desde 4.000 m 2. 0,3 - Densidad : * En lotes unifamiliares, que corresponden a sitios menores de 4.000 m 2. 50 Hbts/Ha * En macro-lotes de condominios, que corresponden a sitios desde 4.000 m 2. 180 Hbts/Ha - Sistema de agrupamiento: aislado
ZONA ZVE - VIVIENDA - EQUIPAMIENTO DE LOS SIGUIENTES TIPOS Y ESCALA: 1- Escala Comunal e intercomunal: Áreas verdes, Esparcimiento y Turismo, Deportes, Comercio, Culto, Cultura, Educación, Salud, Seguridad, Organización Comunitaria, Servicios Profesionales y Artesanales, Estacionamientos, Vialidad peatonal con usos de suelo de esparcimiento. En esta área se permite, sin perjuicio de los usos indicados precedentemente, vialidad peatonal de paseo B) USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Todos aquellos no señalados como permitidos. C) NORMAS ESPECÍFICAS DE SUBDIVISIÓN PREDIAL Y EDIFICACIÓN - Superficie predial mínima: 1000 m 2 - Frente predial mínimo: 20 m - Coeficiente máximo de ocupación de suelo: 0,5 - Coeficiente máximo de constructibilidad: 1,0 - Sistema de agrupamiento: aislado - Altura máxima de edificación * 3 pisos en fachada que enfrentan al Lago Ranco * 2 pisos en fachadas que no lo enfrentan. - Adosamientos: prohibidos - Antejardin mínimo: 10m. - densidad máxima: 8 viv. Há - tratamiento de Aguas Servidas: Se establece la obligatoriedad para todas las edificaciones de contar con plantas de tratamiento que garanticen un 70% de reducción D.B.O. (Demanda Bioquímica de Oxigeno).
ZONA Z-5 A)USOS DE SUELO PERMITIDOS: - VIVIENDA - EQUIPAMIENTO DE LOS SIGUIENTES TIPOS Y ESCALA: 1- Escala Comunal: Seguridad (exclusivamente bomberos) culto; cultura; ; deportes; organizaciones comunitarias; comercio minorista (exclusivamente centros comerciales, mercados, supermercados, ferias libres, locales comerciales) esparcimiento y turismo (exclusivamente cines, teatros, restaurantes, y clubes sociales); servicios públicos, y servicios profesionales. 2- Escala vecinal: Salud, educación, seguridad, culto, cultura, organización comunitaria; deportes, esparcimiento (exclusivamente fuentes de soda), comercio minorista (exclusivamente locales comerciales y ferias libres), servicios públicos. - ACTIVIDADES PRODUCTIVAS: 1- Servicios artesanales (clasificados inofensivos). B) USOS DE SUELO PROHIBIDOS: todos aquellos no señalados como permitidos. C) NORMAS ESPECÍFICAS DE SUBDIVISIÓN PREDIAL Y EDIFICACIÓN - Superficie predial mínima: 150 m 2 - Frente predial mínimo: 8 m - Coeficiente máximo de ocupación de suelo: 0,6 - Coeficiente máximo de constructibilidad: 1,4 - Sistema de agrupamiento: aislado y pareado - Altura máxima de edificación: * Aislada: Según rasantes y distanciamiento del artículo 2.6.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. * Pareada: 7m. Lado no pareado según rasantes y distanciamiento del artículo 2.6.3 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. - Adosamientos : Según normas establecidas en los artículos 4.3.21 y 2.6.3 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. - Antejardín mínimo: 3 m.
ZONA Z-6 - VIVIENDAS : (Solo aquellas destinadas al cuidador y propietarios de la industria o taller). - EQUIPAMIENTO DE LOS SIGUIENTES TIPOS Y ESCALA: 1- Escala Comunal: Areas Verdes, comercio minorista. - ACTIVIDADES PRODUCTIVAS: 1.- Industrias: molestas e inofensivas 2.-. Establecimientos de impacto similar: de todo tipo 3.- Talleres: molestos e inofensivos 4.- Servicios Artesanales: molestos e inofensivos 5.- Almacenamientos B) USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Todos aquellos señalados como no permitidos. C) NORMA ESPECIFICAS DE SUBDIVISIÓN PREDIAL Y EDIFICACIÓN - Superficie predial mínima: 400m 2 - Frente predial mínimo: 20 m - Coeficiente de ocupación máx. de suelo 0,7 - Coeficiente máx. de constructibilidad 1 - Sistema de agrupamiento: Aislado - Altura máxima de edificación: Según rasantes y distanciamientos art. 2.6.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. - Adosamientos: prohibidos - Antejardin mínimo: 5m.
ZONA Z-7 - Vivienda : exclusivamente la del propietario Espacio Público Área Verde Equipamiento de: Deportes; Esparcimiento, Servicio, Social; culto; cultura; Comercio. B) USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Todos los no indicados precedentemente. C) NORMAS ESPECÍFICAS DE SUBDIVISIÓN PREDIAL Y EDIFICACIÓN - Superficie predial mínima: 400 m 2 - Frente predial mínimo: 12 m - Coeficiente máximo de ocupación de suelo: 0,7 - Coeficiente máximo de constructibilidad: 1,0 - Sistema de agrupamiento: aislado Altura máxima de edificación 2 pisos y mansarda - Adosamientos: Articulo 2.6.2 D.S. 47/92 - Antejardín mínimo: 3m. - densidad máxima: 20 viv. Há
ZONA ZE-1 Esta zona está constituida por el cementerio existente y sus diversas instalaciones. Las instalaciones propias para el funcionamiento de Cementerio, inclusive bodegas de herramientas, útiles, carros de arrastre y otros. B) USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Todos los no mencionados como permitidos. C) NORMA ESPECIFICAS DE SUBDIVISIÓN PREDIAL Y EDIFICACIÓN Los indicadores se regularán según proyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales de Futrono y de acuerdo al Reglamento General de Cementerios del Ministerio de Salud Pública. En ella regirán las normas específicas que determina el Reglamento General de Cementerios de Ministerio de Salud Pública.
ZONA ZE-2 AREA DE EQUIPAMIENTO DEPORTIVOS Esta zona está constituida por los recintos del actual estadio, medialuna, y área destinada a uso deportivo. VIVIENDA: exclusivamente aquella destinada al cuidador. EQUIPAMIENTO: deportes, de todo tipo y escala. B) USO DE SUELO PROHIBIDOS: todos aquellos no permitidos. C) NORMAS ESPECIFICAS DE SUBDIVISIÓN PREDIAL Y EDIFICACIÓN. De acuerdo a lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
ZONA ZE-3 AREA DE PLAYA Y BORDE LACUSTRE Esta zona está constituida por el área de borde lacustre definida para tal efecto. - EQUIPAMIENTO: Areas verdes de todo tipo y escala. B) USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Todos aquellos no señalados como permitidos. C) NORMA ESPECIFICAS DE SUBDIVISIÓN PREDIAL Y EDIFICACIÓN No se permitirá ningún tipo de edificación, salvo las obras de defensa de la ribera del lago y la infraestructura para su uso como playa pública; caminos peatonales, taludes, muros de contención y obras de defensa de áreas verdes, obras de forestación con especies nativas. Se regirá por las normas previstas en el D.S. Nº 609 de 1978, publicado en el Diario Oficial del 24 de enero de 1979, del Ministerio de Tierras y Colonización y el Código de Aguas; así como lo dispuesto en el DFL 1122 de 1981 del Ministerio de Justicia, publicado en el Diario Oficial de 29 de octubre de 1981; el reglamento para el control de contaminación acuática, publicado en el Diario Oficial el 18 de noviembre de 1992; la Ley 19.300 publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994.
ZONA ZR-1 ZONA DE RESTRICCIÓN DE VERTIENTES Y CAUCES NATURALES DE AGUA Áreas verdes. B) USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Todos aquellos no señalados como permitidos. C) NORMAS ESPECIFICAS DE SUBDIVISIÓN PREDIAL Y EDIFICACIÓN. Sólo se permiten obras de protección de riberas y cauces y forestación con especies nativas. La franja específica de protección del estero es de 6m. a cada lado del cauce. Se regirá por las normas previstas en el D.S. Nº 609 de 1978, publicado en el Diario Oficial del 24 de enero de 1979, del Ministerio de Tierras y Colonización y el Código de Aguas; así como lo dispuesto en el DFL 1122 de 1981 del Ministerio de Justicia, publicado en el Diario Oficial de 29 de octubre de 1981; la Ley 19.300 publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994. D) Al modificarse un cauce en virtud de un proyecto aprobado, el uso del suelo pasará a ser inmediatamente el de la zona adyacente.
ZONA ZR-2 ZONA DE RESTRICCIÓN POR ALTAS PENDIENTES Esta zona se asimilará a Z-4, excepto que: 1) Sólo se construirá en dicha zona cuando el estudio de macánica de suelo demuestre su factibilidad. 2) Será requisito indispensable para cualquier obra contar con memoria de cálculo. 3) No se permitirá la deforestación. 4) Se permiten obras de defensa (Taludes, muros de contención) y forestación con especies nativas.
ZONA ZR-3 ZONA DE PROTECCIÓN DE INSTALACIONES DE AGUA POTABLE. Los atingentes a la Planta y sus instalaciones de vivienda y cuidador. Áreas verdes. B) USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Todos aquellos no permitidos. C) NORMAS ESPECIFICAS DE SUBDIVISIÓN PREDIAL Y EDIFICACIÓN : las establecidas por el servicio competente.
AREAS VERDES Area que comprende las plazas y plazoletas existentes y las areas verdes proyectadas. Áreas verdes de todo tipo y escala, además de la infraestructura necesaria para su uso de estructura como lugar de esparcimiento. B) USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Todos aquellos no señalados como permitidos. C) NORMAS ESPECIFICAS DE SUBDIVISIÓN PREDIAL Y EDIFICACIÓN : No se consultan.