Plan de Gestión Convivencia Escolar Orientaciones para el trabajo a realizar durante el período 2013-2014. A continuación se exponen los lineamientos a seguir para fomentar una sana convivencia escolar en nuestro establecimiento educacional
Plan de Gestión Convivencia Escolar Orientaciones para el trabajo a realizar durante el período 2013-2014. Objetivo General Favorecer el desarrollo de un ambiente escolar sano, fomentando un clima escolar positivo, dentro de un marco de respeto, equidad, solidaridad y compromiso entre los miembros de la comunidad educativa. Objetivos Específicos Potenciar el desarrollo moral de los niños y niñas que asisten a nuestro colegio. Facilitar la integración de los alumnos pertenecientes a cada curso. Potenciar el compañerismo y las relaciones interpersonales entre los niños de cada jornada y el colegio en general. Contribuir al establecimiento de relaciones fluidas con padres y madres, implicándolos en la formación integral de sus pupilos y en las actividades llevadas a cabo en nuestro colegio. Generar un plan de acción ante diversas situaciones que perjudiquen la sana convivencia escolar. Acciones emanadas del reglamento de convivencia escolar. Incentivar la toma de conciencia en cada uno de los miembros de la comunidad educativa respecto a la responsabilidad personal en mantener la sana convivencia escolar. Identificar, reconocer y establecer los deberes y derechos de los miembros de la comunidad educativa. Definición convivencia escolar Violencia La Ley sobre Escolar entiende la buena convivencia escolar como la coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes. enfoque Tiene eminentemente un formativo. Se deben enseñar y aprender una suma de conocimientos, habilidades y valores que permiten poner en práctica el vivir en paz y armonía con otros, porque es la base para el ejercicio de la ciudadanía.
Encargada de convivencia escolar. Katherine Rossel Ramírez, psicóloga del establecimiento. Es responsable de liderar el comité de convivencia escolar y ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del comité. Además recae la responsabilidad de investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia e implementar acciones formativas y/o reparatorias, que corresponda. Acciones a Implementar Las acciones a implementar por el Comité de Sana Convivencia Escolar serán las siguientes: Reuniones de coordinación programadas al comienzo del año académico, las cuales tienen por objetivo la organización de las actividades a realizar, la supervisión de situaciones que afecten la sana convivencia escolar y la revisión de condiciones particulares que se relacionen con la convivencia escolar. Establecer un horario de atención de los miembros del comité, con el fin de que todos los miembros de la comunidad educativa tengan acceso a una entrevista con miembros del comité y puedan plantear inquietudes que surjan en lo cotidiano del establecimiento. Realizar un protocolo de actuación ante situaciones que vayan en desmedro de la sana convivencia escolar acorde al reglamento de convivencia escolar. A continuación se exponen los principales puntos del reglamento de sana convivencia escolar. Reglamento de convivencia escolar Artículo 1: Objetivos 1.- El presente reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión. 2.- Asimismo establece protocolos de actuación en los casos de maltrato escolar, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias para los afectados. Artículo 2: Conceptos La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas, el respeto mutuo y la tolerancia, que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de
violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos. Artículo 3: Comité sana convivencia escolar Existirá un comité que estará integrado, al menos por un representante de cada uno de los siguientes estamentos: a) Dirección y/o Administración. b) Profesores. c) Alumnos. d) Padres y apoderados. e) Asistentes de la educación. Artículo 4: Atribuciones del comité: - Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano. - Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento. - Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad escolar acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar. - Designar a uno o más encargados de convivencia escolar, quienes deberán ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del Comité de sana convivencia escolar, investigar e informar en los casos que corresponda. - Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de convivencia escolar. - Requerir a la Dirección, a los Profesores o quién corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a al convivencia escolar. - Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquéllas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso. - Aplicar sanciones (de acuerdo al reglamento interno) en los casos fundamentados y pertinentes. Artículo 5: Encargado de convivencia escolar Existirá uno o mas encargados de convivencia escolar, quienes deberán ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del comité, investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia. Artículo 6: Prohibiciones de conductas contrarias a la sana convivencia escolar. Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar. La autoridad competente investigara, de conformidad a la normativa interna del establecimiento, las conductas consideradas como maltrato escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y de ser pertinente, castigadas mediante las sanciones del reglamento interno. Artículo 7: Definición de maltrato escolar: Se entenderá por maltrato escolar cualquier agresión u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar que se cometa, siempre que pueda: - Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales. - Crear un ambiente hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.
- Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. Articulo 8: conductas constitutivas de maltrato escolar - Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la unidad educativa. - Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier miembro de la comunidad educativa. A partir de las conductas constitutivas de conductas contrarias a la sana convivencia escolar se establecerá un protocolo de actuación ante ellas, con el fin de clarificar las acciones a seguir ante aquéllas faltas. Conductas Constitutivas de faltas: Se entenderá por maltrato escolar cualquier agresión u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar que se cometa, siempre que pueda: - Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales. - Crear un ambiente hostil, intimidatorio, humillante o abusivo. - Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. - Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la unidad educativa. - Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier miembro de la comunidad educativa. Ante alguna de estas conductas se deberá: 1. Dejar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantener un registro individual de cada reclamo. 2. Notificar a los padres y/o apoderados de la falta cometida. 3. Dar a conocer situación a comité de convivencia escolar. 4. Evaluar situación en reunión de comité escolar, donde se tomarán acciones a seguir según la gravedad de la falta: a. Uno de los miembros del comité o compañeros que estén preparados en resolución pacífica de conflictos, colaborará en resolver la situación. b. Registro en instrumentos propios del establecimiento el análisis de la falta cometida. c. Inicio de investigación por parte del encargado del comité de convivencia escolar, donde se reciben los actos y sus consecuencias. d. Evaluación emocional del psicóloga a alumnos y/o alumnas implicadas en la falta, ya sea víctima o victimario. e. Citación de las partes involucradas, a los padres y/o apoderados a una reunión para buscar acuerdos entre las partes. f. Suspensión de clases, con el objetivo de que se estimule la reflexión de las partes involucradas sobre las conductas emitidas.
g. Si la situación no logra resolverse se deberá buscar la instancia de mediación con profesional competente. Realizar educaciones en aula a alumnos, durante reuniones de apoderados, centro general de padres, centro de alumnos y consejos de profesores sobre temas que fomenten una sana convivencia escolar. Realizar actividades que estimulen el reconocimiento de los derecho de los y las estudiantes, profesores, apoderados y miembros de la comunidad educativa en general, lo implica asumir los deberes que se deben cumplir para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos. Los deberes actúan como correlato de los derechos, por lo tanto, son obligatorios para que estos últimos se cumplan pero no son una condición para su ejercicio. Esto implica que no se puede dejar de ejercer un derecho por no haber cumplido con un determinado deber; es más, son obligatorios y prevalecen ante los deberes, por lo tanto, estos no pueden ser invocados como requisito para ejercer un derecho. Ambos, deberes y derechos se fundamentan en la dignidad humana. Sin embargo, los deberes no son un fin en sí mismo, son de carácter instrumental a fin de garantizar aquello que estimamos valioso: la dignidad humana. Velar por el cumplimiento de los derechos de los miembros de la comunidad educativa, lo que implica que se estimule el reconocimiento del comité como entidad fiscalizadora de la convivencia escolar, la que a su vez, debe orientar a los miembros de la comunidad educativa en los roles que cada uno de ellos tiene, lo que da lugar a comprender la asimetría de las relaciones que se suscitan en el establecimiento, las que están dadas ya sea por: etapa del desarrollo, Estatuto jurídico, por roles y responsabilidades que a cada uno le corresponde. Efectuar actividades lúdicas que se complementen con el currículo, orientadas en la estimulación de una sana convivencia escolar. Formación de monitores que favorezcan el clima escolar positivo. Reconocimiento a nivel institucional de los alumnos que aporten a al sana convivencia escolar. A continuación se adjuntan protocolos de funcionamiento dentro del comité de convivencia escolar.
Conducta constitutiva de falta a partir de reglamento de convivencia escolar Registro en instrumento propio del establecimiento (libro de clases) Falta Menos Grave Falta Grave Falta muy grave Informar a apoderados de situación de hijo Informar a apoderados de situación de hijo Reunión informativa con apoderados respecto a modo de resolver situación. Citación a dirección con apoderados y alumno para informar curso a seguir según reglamento. Evaluación Comité Convivencia escolar Un miembro del comité colaborará en resolver la situación. Reunión informativa con apoderados respecto a modo de resolver situación. Inicio de Investigación para determinar los responsables Registro en instrumento de lo realizado para resolver conflicto Citación de las partes, a los padres y/o apoderados para buscar acuerdos entre las partes. Victima Victimario Evaluación Suspender un día, para reflexionar