Política de incapacidades

Documentos relacionados
NORMATIVIDAD VIGENTE INCAPACIDADES Y LICENCIAS

1- El empleado recibirá el original de la prescripción de Incapacidad, Licencia de Maternidad por parte del profesional, debidamente diligenciada.

1- El empleado recibirá el original de la prescripción de Incapacidad, Licencia de Maternidad por parte del profesional, debidamente diligenciada.

(junio 30) Diario Oficial No de 30 de junio de 2011 CONGRESO DE LA REPÚBLICA

~ ~I, ~ 21n~.., ,LEY-No. ~ 1822 ~ ~I L. IV ~

Las opciones de Tipo servicio (*) son: Las opciones de Origen de la atención (* ) son:

POLÍTICA BENEFICIOS PLAN DE BIENESTAR (Bonos)

2. Cuáles son los requisitos para acceder a la licencia de maternidad?

1.5 El auxilio monetario por enfermedad no profesional no podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente. (Sentencia C-543/07)

RESUMEN DE LAS NOVEDADES Y OBLIGACIONES LEGALES MÁS IMPORTANTES PARA EL AÑO PARTE II ASUNTOS LABORALES

PROCEDIMIENTO COMISIONES LICENCIAS Y PERMISOS

LICENCIAS MÉDICAS Parte 1

Reglamentación: : Empleados Públicos: Ley 21 de 1982, Ley 789 de Trabajadores Oficiales: Convención colectiva del Trabajo

Prestaciones Vacaciones anuales, por cada año de trabajo y proporcionalmente por fracción, les corresponde 15 días hábiles consecutivos de descanso

REGLAMENTO DE INCAPACIDADES Y LICENCIAS PROENSALUD PROFESIONALES EN SALUD. SINDICATO DE GREMIO

INSTRUCTIVO No. 1 ASPECTOS ADMINISTRATIVOS QUE AFECTAN LAS NOVEDADES DE LA NOMINA DE PERSONAL DOCENTE

INSTRUCCIÓN ACCIDENTE / INCIDENTE DE TRABAJO

1. BASE DE CALIFICACIÓN CUENTAS MÉDICAS

ANEXO 8 BASE DE CALIFICACIÓN CUENTAS MÉDICAS, PRESTACIONES ECONÓMICAS, REEMBOLSOS

PROCEDIMIENTO RELACIONADO: HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL DECRETO NÚMERO DE 2014 ( )

VICEMINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL - ABRIL DE Principales beneficios del Decreto de Afiliación

Guía de Maternidad y Paternidad

APERTURA DE EMPLEADOS

PRIMA DE SERVICIO. Salario base de liquidación x días trabajados durante el semestre 180 x 2

RÉGIMEN CONTRIBUTIVO

AFILIACIÓN A ISSSTE. El trabajador debe acudir a oficinas centrales o regionales de SEV a solicitar el AVISO DE ALTA. Requisitos:

Situaciones Administrativas

PERMISO POSTNATAL PARENTAL. Nueva regulación introducida por la Ley N y normas administrativas

ANEXO 1 NORMAS LEGALES

Unidad 5 NORMAS DE LICENCIAS

DESARROLLO DE PERSONAS

LICENCIA DE MATERNIDAD. La licencia de maternidad es un beneficio que la ley laboral ha reconocido a la

TEMA 8. PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Reglamentosobreel SubsidioporMaternidad yelsubsidioporlactancia

Capacitación actualización normatividad Dec. 4023/ Res 610 de 2012-( Res 0475 de 2011) CALIDAD

Planilla N Correcciones Sin Pago

SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES

SUBSIDIO POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO Y LACTANCIA CONCEPTO. Más allá de la salud

Se reconoce el derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para conciliar la vida personal y familiar con la laboral.

DESCANSO POSTNATAL PARENTAL

DECRETO EJECUTIVO No MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

PROCEDIMIENTO PRODUCCION DE NOMINA

Sistema Integrado de Gestión GUÍA PARA EL REPORTE DE AUSENTISMO LABORAL

Doctora CONSTANZA ABADÍA GARCÍA Jefe Sistema Nacional de Talento Humano UNAD. E. S. D.

NORMATIVIDAD VIGENTE

COMO RECLAMAR EFECTIVAMENTE LAS PRESTACIONES ECONOMICAS EN LAS EPS? PARTE 1.

NOVEDADES COSTOS LABORALES Y TRIBUTARIOS 2017

Curso Online de Alta del Trabajador Seguridad Social: Trámites

ÁREA ADMINISTRATIVA DISPOSICIONES INTERNAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL ÁREA ADMINISTRATIVA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SAN MIGUEL DE ALLENDE

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO HUMANO

DIC-15 FOR-MKT-CMN-003 V.2

Fecha Efectiva Revisada: Elaborado por: Aprobado por: Pagina No. 11/12/2016 TALENTO HUMANO 1/6 PROPÓSITO

Accidente Laboral y Enfermedad Profesional

CONTROL DE JORNADA DE TRABAJO

LINEAMIENTOS PARA EL TRÁMITE DE NOVEDADES LABORALES Y PRESTACIONALES

SISTEMA INTEGRADO DE GESTION

LIQUIDACION PRESTACIONES SOCIALES EMPLEADOS PUBLICOS

CONVOCATORIA No. DAF-011 ANALISTA ADMINISTRATIVO

CIRCULAR N 002 ASPECTOS ADMINISTRATIVOS QUE AFECTAN LAS NOVEDADES DE LA NOMINA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO

POLÍTICAS PARA EL MANEJO Y AUTORIZACIÓN DE PERMISOS, TRASLADOS Y VACACIONES

Incapacidades temporales en el Sistema General de Seguridad Social Integral. Santiago Villamil Castrillon

Preguntas y Respuestas sobre Proyecto de extensión del Posnatal

INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL PORTAFOLIO DE SERVICIOS DIVISIÓN ASEGURAMIENTO, RECAUDACIÓN Y BENEFICIOS ECONOMICOS

Prestación por riesgo durante el embarazo y. lactancia natural

Mujer Cotizante 42 o sólo salud, tiene derecho a pago de Licencia de Maternidad, así no cotice a pensión

Unidad 7 EL RÉGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES

COMO CALCULAR LAS PENSIONES QUE OTORGA EL IMSS (E PUB)

Resolución 610 de 2012 del Ministerio de Protección Social. Información relevante para aportantes al sistema de seguridad social

Liquidación de Nómina

TABLA DE CONTENIDO M52-RVA V

ASUNTO: Radicado este Ministerio: Incapacidades superiores a 180 días, licencias de maternidad y paternidad, y otros

POLÍTICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS POLITICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS. Régimen general - LCT

Asamblea Nacional Secretaría General

Protocolo de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Centros de Salud de Atención Primaria Coquimbo

5 minutos. Boleta de incapacidad extendida por el médico tratante de INS-Salud o del Dispensario Médico correspondiente.

MANUAL DE USUARIO PARA CARGUE DE PLANILLAS RES 5094 ASESORIA EN SISTEMATIZACIÓN DE DATOS

MANUAL DE USUARIO PLANILLA M

FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS FEINGE REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SOLIDARIDAD. ACUERDO No. 052

INDICE. Primera Parte. 9 Ley del Seguro Social Campo de aplicación I. Contingencias Cubiertas

Área de Seguridad Social

NORMATIVAS DEPARTAMENTO DE PERSONAL Y RR.HH EMPRESAS ROSSELOT.

La ley de Igualdad amplia el permiso por maternidad?

MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL PLANILLA INTEGRADA DE AUTOLIQUIDACIÓN DE APORTES DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL.

POSTNATAL: AVANCE O RETROCESO?

Encuesta Ausentismo Laboral e Incapacidades 2016

Certificado de empresa de los últimos 180 días cotizados Libro de familia En caso de despido; carta de despido, acto de conciliación o sentencia.

PRESENTARLO EN Original

CONVOCATORIA NO. DI -002 ASISTENTE ADMINISTRATIVA (INVESTIGACIÓN)

'J ID EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA:

CASO PRÁCTICO 1: IT POR ENFERMEDAD COMÚN

PROCEDIMIENTO DOCUMENTADO LIQUIDACION DE VACACIONES. Realizar la liquidación de las vacaciones a los empleados de la Corporación.

PROCEDIMIENTO N 015 REVISIÓN 01 VACACIONES

PROCEDIMIENTO: INCAPACIDAD MÉDICA OBJETIVO:

MUTUAL CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTES (TRADE) CONTIGO CON LA SALUD LABORAL, CON LAS PERSONAS

DECRETO NUMERO 1772 DEL 3 DE AGOSTO DE 1994 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

Tenga en cuenta! PARA REALIZAR SUS TRAMITES ANTE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA DEPARTAMENTAL OFICINA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

ANEXO TÉCNICO 1 Glosario de Términos PILA

Republica de Colombia. Gobernación de Santander

CIRCULAR Nº 0013 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA

Transcripción:

ÍNDICE 1. OBJETIVO 2. TIPOS DE INCAPACIDAD Maternidad Paternidad Accidentes de trabajo y enfermedad profesional 3. NORMAS DE INCAPACIDADES Menores a dos días Superiores a tres días o prórrogas Por accidente de trabajo o enfermedad laboral Licencia de maternidad Licencia de paternidad 1. OBJETIVO Sensibilizar a los líderes de áreas y a los empleados del Club, frente a la importancia de reportar de inmediato cualquier novedad que se presente con el personal en su área de trabajo, cuando se presenta una incapacidad. El manejo de reportes de novedades por enfermedad o accidentes de trabajo, exige la mayor disposición y concentración de parte de los responsables directos de las áreas de desempeño, por los efectos de tipo legal y práctico que generan. Uno de los objetivos del área es gestionar el recurso humano sin generar riesgos para la Corporación y para la salud de los empleados. Los responsables en Talento Humano deben ser exigentes en alto grado, con cada uno de los responsables en cada área y con los empleados, frente al cumplimiento del protocolo respecto del reporte de los accidentes de trabajo y trámite de incapacidades, de tal manera que esta gestión se realice de forma oportuna y cumpla con los requisitos exigidos por la ley. Del reporte oportuno y los adecuados soportes, depende la intervención del equipo de trabajo de Talento Humano cuya misión es apoyar al empleado, asistiéndolo y efectuando los trámites que correspondan ante las entidades de seguridad social, en procura de 1

obtener el reintegro de los valores que correspondan a la incapacidad de acuerdo con la Ley, por cuanto el Club, en un acto solidario con sus empleados, sin ser su responsabilidad legal, asume las incapacidades de sus colaboradores. Incapacidad Estado de inhabilidad física o mental de un trabajador, que le impide desempeñar en forma temporal su profesión u oficio habitual. Para tener derecho al reconocimiento económico de la incapacidad, se requiere que haya cotizado por un período mínimo de cuatro (4) semanas, al Sistema de Seguridad Social en Salud. Los dos (2) primeros días de incapacidad serán de cargo de la Corporación. Marco legal Sentencia C-543 de 2007: La base para calcular el valor del auxilio por incapacidad es del 66,67% o 50% del salario sobre el cual se cotizó en el último mes, excepto cuando al aplicar las proporciones el resultado sea inferior al mínimo vigente, caso en el cual la compensación tiene que ser igual al 100% del salario mínimo. Prórroga Es la extensión de una incapacidad inicial por la misma patología o sus complicaciones, con o sin interrupción, y de existir esta, no debe haber más de treinta (30) días con respecto a la fecha de finalización de la anterior incapacidad. La Corporación liquida a manera de beneficio como auxilio de incapacidad la diferencia hasta completar el 100% del sueldo básico del trabajador. 2. TIPOS DE INCAPACIDAD Licencia de maternidad Reconocimiento de la licencia por parte de la EPS, si ha cotizado durante el total del tiempo de gestación. Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de maternidad de catorce (14) semanas en parto único, la cual disfrutará de la siguiente manera: - Licencia de maternidad preparto: Dos (2) semanas antes de la fecha probable del parto. La semana anterior a la fecha probable de parto es de obligatorio goce. 2

- Licencia postparto: Duración de doce (12) semanas, prorrogable a trece (13) semanas en caso de haber trasladado una (1) semana preparto a este período. Cuando se trate de parto múltiple, la licencia será de dieciséis (16) semanas. La licencia será remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso, si se trata de un salario fijo. En caso de salario variable, se tendrá como base el salario promedio devengado en los doce (12) meses anteriores a la fecha de inicio de la incapacidad o todo el tiempo, si este fuere menor. La Corporación realizará los pagos quincenales al 100% del IBC (ingreso base de cotización) durante el tiempo de licencia. En alguno de los casos que la EPS reconozca un mayor valor al liquidado por la Corporación, le será reembolsado a la trabajadora. Licencia de paternidad Todo trabajador cuya esposa o compañera permanente haya tenido un hijo, tiene derecho a disfrutar de la licencia remunerada de paternidad (Artículo 1 de la Ley 1468 de 2011). Para adquirir este derecho, se exige al padre como período mínimo de cotización el mismo período de gestación. El padre tiene derecho a que se le reconozcan ocho (8) días hábiles de licencia remunerada. La licencia se disfruta a partir del nacimiento del hijo y el plazo para el trámite es de treinta (30) días siguientes a esta fecha. La Corporación realizará el pago quincenal al 100% del IBC (ingreso base de cotización) durante el tiempo de licencia. En alguno de los casos que la EPS reconozca un mayor valor al liquidado por la Corporación, le será reembolsado al trabajador. Accidente de trabajo y enfermedad profesional Los riesgos profesionales son accidentes que se producen como consecuencia directa del trabajo o labor que desempeña, y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional y que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador. 3. NORMAS DE INCAPACIDADES Los Jefes y/o encargados de área tienen la responsabilidad de comunicar de forma inmediata al área de Salud Ocupacional cuando un empleado se incapacita, término de la ausencia y diagnóstico, y presentar a Salud Ocupacional los documentos que se encuentran relacionados en el presente documento. 3

El Jefe de área y/o encargado debe realizar control y seguimiento al personal que no se presente a su turno de trabajo, con el fin de establecer si se encuentra incapacitado y realizar de inmediato el reporte al área de Salud Ocupacional. INCAPACIDADES MENORES A DOS (2) DÍAS QUE NO SEAN PRÓRROGAS DE LAS ANTERIORES a) El empleado incapacitado debe comunicarse e informar de forma oportuna de esta novedad a su Jefe inmediato, en el menor tiempo posible. En caso de no encontrarlo, debe llamar a Salud Ocupacional Exts. 1402 y 1403. b) El empleado que esté incapacitado debe traer el original de la incapacidad y dos (2) fotocopias de la misma, y entregarlas al Jefe inmediato o a la persona asignada que reciba los documentos en el área, INCAPACIDADES SUPERIORES A TRES (3) DÍAS O PRÓRROGAS (extensión de la misma incapacidad) a) El empleado que se encuentre incapacitado, debe traer el original de la incapacidad, dos (2) fotocopias de la misma y el resumen de la historia clínica, entregarlas al Jefe inmediato o a la persona asignada que reciba los documentos en el área. Toda incapacidad debe ser expedida por la Entidad Promotora de Salud (EPS) a la cual se encuentra afiliado el trabajador. No se aceptan incapacidades expedidas por un médico particular. b) El Club tiene la responsabilidad de realizar el trámite de reconocimiento de la incapacidad del empleado ante la EPS. c) El empleado afiliado al Plan de Beneficios, debe presentar la incapacidad original y tres (3) fotocopias de la misma, el resumen de historia clínica y una (1) fotocopia, en un término máximo de tres (3) días. INCAPACIDADES POR ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD LABORAL PROFESIONAL (ATEP) a) El empleado debe dar aviso oportuno de los días de incapacidad que le sean otorgados, a su Jefe inmediato y/o a Salud Ocupacional. b) El empleado debe presentar o enviar original y dos (2) fotocopias del certificado de incapacidad y la fotocopia de la cédula. Si la incapacidad es de uno (1) a tres (3) 4

días, podrá presentarla a su Jefe inmediato al momento de regresar al trabajo; y si es superior a cuatro (4) días, debe hacerla llegar en un término de tres (3) días hábiles con los documentos enunciados. c) Si la incapacidad se prorroga, el empleado debe informar inmediatamente al Jefe inmediato y enviarle los soportes en un término de tres (3) días. INCAPACIDAD POR LICENCIA DE MATERNIDAD Y POR LICENCIA DE PATERNIDAD LICENCIA DE MATERNIDAD a) La empleada con licencia de maternidad, debe informar a su Jefe inmediato de forma oportuna, la fecha en la cual inicia su licencia. En caso de no encontrarlo, debe llamar a Salud Ocupacional, Exts. 1402 y 1403. b) Debe enviar copia de la historia clínica de la atención del parto, fotocopia del certificado de nacido vivo, copia del Registro Civil de Nacimiento, licencia de maternidad original y dos (2) fotocopias, en un término no mayor de ocho (8) días. LICENCIA DE PATERNIDAD El empleado que va a ser papá tiene derecho a tomar los días remunerados otorgados por su EPS como Licencia de paternidad; por ello es importante que solicite la asesoría en la Jefatura de Personal, para que el Club tramite ante la EPS la liquidación de la misma. a) Informar a la Oficina de Personal, piso 5, la fecha probable del parto con treinta (30) días de anticipación y diligenciar el formato de solicitud de Licencia de paternidad. b) El día de nacimiento del bebé, informar de inmediato a su Jefe directo, quién a su vez deberá reportarlo a Salud Ocupacional. Durante la licencia, reunir los siguientes documentos y entregarlos al Jefe inmediato (dentro de los siguientes 30 días a la fecha de nacimiento del menor), quien los entregará a Salud Ocupacional. Copia Certificado de nacido vivo. Original del Registro Civil de Nacimiento. Copia de historia clínica de la atención del parto. En todos los casos, las incapacidades deben venir con firma y sello del médico tratante, con letra clara, legible y sin enmendaduras. 5