NORMAS LEGALES. Normas Legales del 21.09.2012 El Peruano 14



Documentos relacionados
FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLíTICAS Y SOCIALES CONSEJO DE FACULTAD

Para la lectura del instructivo tenga en cuenta la descripción de las partes de la siguiente manera:

. Haber aprobado el ciclo secunáario.( excluyente). Preferentemente estudios terciarios de carreras afines ( no excluyente) ANEXO I PERFILES DE PUESTO

manual de normas gráficas

MANUAL DE USO PARA LA GESTIÓN ON LINE DE SU PÓLIZA COLECTIVA

CONCURSO GERENTE ESE HOSPITAL NIVEL I PUERTO RICO META

GERENCIA SECTORIAL DE REGISTRO Y CONTROL CIRCULAR TRAMITES DE PRODUCTOS COSMETICOS A PARTIR DEL 01/09/2010

CUENTAS DE AHORRO PARA PERSONA NATURAL MONEDA NACIONAL Y MONEDA EXTRANJERA (Vigente a partir del ) 0.05% 0.70% 2.20% 3.20% 3.70% 4.

ptas. Con préstamo a largo plazo con la Entidad Bancaria X, interés del 13% y 14 años de plazo de amortización.

(2132) Repuestos de maquinaria

Para la lectura del instructivo tenga en cuenta la descripción de las partes de la siguiente manera:

Venta de 6 frigoríficos a cada uno. Las ventas del ejercicio son ingresos. Banco Clientes a Ventas de mercaderías 6000

103.- Cuándo un contrato de arrendamiento puede considerarse de tipo financiero?

Índice. Presentación... Ejercicio n.º 6... Solución ejercicio n.º 6...

Tratamiento contable y presupuestario de las operaciones de inversión de excedentes temporales de Tesorería.

(II)La contabilización del Impuesto sobre Sociedades

TABLA DE RETENCIÓN DOCUMENTAL

PROCEDIMIENTO SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE PROYECTOS DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA TRÁMITE DE EXENCIÓN DE IVA

PROTOCOLO DE PRUEBA DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE PORTALES DE INTERNET NT CNTI : 2008

MERCA. Empresa dedicada a la compra-venta de ordenadores y servicios de programación. Período contable: 1 er trimestre de 20XX.

Internacional. Inicio

Contabilidad (RR.LL.) T6 TEMA 6 EXISTENCIAS. 1. Consideraciones generales. 2. Valoración de las Existencias. 3. Registro de las Existencias.

TEMA 10 FINANCIACIÓN

0.00% 0.70% 2.20% 3.20% 3.70% 4.70% Todos los saldos 1.55% 0.10%

Zurich PIAS Solicitud de Seguro

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (Cierre fiscal ejercicio 2013) (Ajustes y conceptos a considerar)

Revisado Por: A. Rojas

POLÍTICA DE PRIVACIDAD

All Savers. All Savers. Alternate Funding. Planes de Salud Autoasegurados para Pequeñas Empresas

FRANCISCO JAVIER QUESADA SANCHEZ GASTOS E INGRESOS IMPUTADOS A PATRIMONIO NETO 2009 F. JAVIER QUESADA SANCHEZ 1

FOLLETO EXPLICATIVO. Fondo Profuturo SB1, S.A. de C.V. Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro. Sociedad de Inversión Básica 1.

MANUEL GOMEZ MORIN MARTINEZ DEL RIO

FOLLETO EXPLICATIVO. Fondo Profuturo LP, S.A. de C.V. Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

ANEXO NRO. 12 FORMATO DE ACTA DE APROBACIÓN DE LAS PROPUESTAS PRODUCTIVAS ACTA DEL COMITÉ EVALUADOR NRO.

Protocolo de Prueba de Portales de Internet. Cómo probar

Multas en materia de Seguridad Social 2016

Para la lectura del instructivo tenga en cuenta la descripción de las partes así:

FOLLETO EXPLICATIVO. Fondo Profuturo SB3, S.A. de C.V. Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro. Sociedad de Inversión Básica 3.

Terminos y condiciones Mister Barcelo Online Store

Caso práctico sobre reparto de dividendos entregando activos no monetarios.

Calle Número Colonia C.P. Delegación o Municipio Estado Teléfono Fax

OBLIGACIONES DE PAGO POR OPERACIONES DE TRÁFICO Y AJUSTES DE PERIODIFICACIÓN

FOLLETO EXPLICATIVO. Fondo Profuturo CP, S.A. de C.V. Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Folleto Explicativo del Prospecto de Información.

METODOLOGÍA PARA LOS PROYECTOS DE SUSTITUCIÓN DE COMBUSTIBLES FÓSILES POR ENERGÍA SOLAR EN UNA INSTALACIÓN DE RIEGO AISLADA NUEVA O YA EXISTENTE

GUÍA DOCENTE DE DERECHO MERCANTIL. Curso

NOMBRE DEL PROPONENTE 1: SELECCIONAMOS DE COLOMBIA S.A.S. NIT EVALUACIÓN JURÍDICA

CONSIDERANDO CONSIDERANDO

FONDO NACIONAL EMPRENDEDOR. Manual de Requisitos

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

FOLLETO EXPLICATIVO. Fondo Profuturo SB2, S.A. de C.V. Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro. Sociedad de Inversión Básica 2.

Poder de Delegación para Solicitar la Preasignación de Operador

DECRETO. PROCEDIMIENTOS DE MARCAIE EN RELOl CONTROL, PERMISOS Y COMETIDOS. HORARIO

ANALISIS DEL DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN ESTÍMULOS PARA PROMOVER LA INCORPORACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

AYUNTAMIENTO DE HUASCA DE OCAMPO, HGO. Administración Tramites y Servicios de Registro del Estado Familiar

valicadelp 41- ameetcula

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO FOMENTO A LA PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS

PARTE III: OPERACIONES DEL CICLO DE EXPLOTACIÓN. Tema 8: ACREEDORES Y DEUDORES POR OPERACIONES COMERCIALES

b) Un empréstito del tipo cupón cero presenta las siguientes características:

CASO PRÁCTICO SOBRE REESTRUCTURACIÓN DE LAS CONDICIONES DE LA DEUDA. CASO DE EMPRESAS EN CONCURSO.

Casos prácticos resueltos

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Depósito Legal: M Imprime Din Impresores. Información sobre los trabajos y actividades con riesgo de exposición al amianto

ECONOMIA Y FINANZAS. Modifican Reglamento de Compensaciones. la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil. aprobado mediante Decreto Supremo N EF

Manual de Uso COMERCIOS

Solicitud de corrección patronal. Los documentos que necesitas son:

TEMA 7: EXISTENCIAS,

PLAN DE MERCADEO PARA INICIATIVAS DE BIOCOMERCIO

Rubro. Tasa para el Recálculo del IDPC Mes y Año Calendario en que realiza el cálculo

ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

SEPTIEMBRE 2015 NO.1

TEMA 9 - INMOVILIZADO

APUNTES DE MATEMÁTICAS

Archivo General Jefatura de Servicios, Difusión y Gaceta Municipal Diario Oficial de La Federación

remuco, 05EllE.2[ [}9

I Qué debemos entender por documentos autorizados? Conforme lo determina el texto del acápite 6.1 del numeral 6 del artículo

5.8. Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Estado de Ingresos y Gastos Reconocidos. Concepto X0 X1. Beneficio antes de impuestos

Tasa por Servicios y Actividades Relacionadas con el Medio Ambiente


Normativa de señalización exterior e interior

LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL Capítulo III - DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS - Arts

FORMULARIO EN DISTINTAS OPERACIONES FINANCIERAS 1. CAPITALIZACIÓN SIMPLE: ( ) ( )

UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

ACUERDOS MARCO DE PRECIOS NUEVA FORMA DE ADQUIRIR SERVICIOS DE TI EN COLOMBIA CARTILLA 5 SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN

Consulta número 2 del BOICAC número 106/Junio 2016.

ESCUELA UNIVERSITARIA FRANCISCO TOMAS Y VALIENTE DIPLOMATURA EN RELACIONES LABORALES 5.3 OPERACIONES DE DESARROLLO. EL BALANCE DE COMPROBACIÓN

CONTABILIDAD INMOVILIZADO

ACCIONES DE CONECTIVIDAD QUE REQUIERE MÉXICO ANTE EL RETO DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y EL CONOCIMIENTO

TEMA 3. Instrumentos contables

Apellidos Nombre DNI CONTABILIDAD FINANCIERA II. LADE. CONVOCATORIA DE DICIEMBRE. CURSO 2009/2010

FIN COMPONENTE 2. Estancias para el cuidado infantil afiliadas al Programa ACTIVIDAD 3

Se desarrolla el Decreto regulador de la reducción del precio de la renta de las viviendas administradas por el Instituto de la Vivienda de Madrid

DECRETO 624 DE (Marzo 30) Modificado por el Decreto Nacional 3258 de 2002 y las Leyes 383 de 1997, 488 de 1998 y 863 de 2003

FONDO NACIONAL EMPRENDEDOR. Manual de Requisitos

PROCEDIMIENTO DEVOLUCIONES CARTERA INSTITUCIONAL

1.- Pagos ajustificar en el Nuevo PGCP 1

23.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL (SUELO, VUELO Y SUBSUELO).

Transcripción:

Norms Legles del 21.09.2012 El Peruno 14 474862 NORMS LEGLES Presidente Ejecutivo y representnte del Estdo nte el Consejo Directivo del Seguro Socil de Slud - ESSLUD, dándosele ls grcis por los servicios prestdos. rtículo 2.- L presente Resolución Suprem será refrendd por el Ministro de Trbjo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLNT HUML TSSO Presidente Constitucionl de l Repúblic JOSE NDRES VILLEN PETROSINO Ministro de Trbjo y Promoción del Empleo 844404-2 Designn representnte del Estdo nte el Consejo Directivo del Seguro Socil de Slud - ESSLUD, quien desempeñrá el crgo de President Ejecutiv RESOLUCIÓN SUPREM Nº 019-2012-TR Lim, 20 de setiembre de 2012 CONSIDERNDO: Que, se encuentr vcnte el crgo de miembro del Consejo Directivo del Seguro Socil de Slud - ESSLUD; Que. en ese sentido, result necesrio designr l representnte del Estdo nte el Consejo Directivo del Seguro Socil de Slud - ESSLUD, quien desempeñrá el crgo del Presidente Ejecutivo; y, De conformidd con lo dispuesto por l Ley N 29158, Ley Orgánic del Poder Ejecutivo; y l Ley N 27056, Ley de Creción del Seguro Socil de Slud - ESSLUD; y, Estndo lo corddo: SE RESUELVE: rtículo 1.- Designr l señor VIRGINI GRICELI BFFIGO TORRE DE PINILLOS, como representnte del Estdo nte el Consejo Directivo del Seguro Socil de Slud - ESSLUD, quien desempeñrá el crgo de President Ejecutiv. rtículo 2.- L presente Resolución Suprem será refrendd por el Ministro de Trbjo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLNT HUML TSSO Presidente Constitucionl de l Repúblic JOSÉ NDRÉS VILLEN PETROSINO Ministro de Trbjo y Promoción del Empleo 844404-2 pruebn Reglmento del Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo pr deud no tributri de nturlez privd pr Terceros No segurdos o Terceros sin derecho de cobertur por deud de prestciones de slud brindds por l Institución RESOLUCIÓN DE GERENCI CENTRL DE FINNZS Nº 122-GCF-OG-ESSLUD-2012 Lim, 22 de gosto de 2012 CONSIDERNDO: Que, el literl d) del rtículo 11º de l Ley 27056, Ley de Creción del Seguro Socil de Slud Lim, viernes 21 de setiembre de 2012 (ESSLUD) estblece que son recursos de ESSLUD, entre otros los ingresos por prestciones de slud no segurdos; Que, medinte cuerdo Nº 21-9-ESSLUD-2012 del 08 de myo de 2012, el Consejo Directivo probó el Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo pr deud no tributri de nturlez privd pr Terceros No segurdos o Terceros sin derecho de cobertur por deud de prestciones de slud brindds por l Institución; Que, conforme lo dispuesto en el numerl 2 del cuerdo Nº 21-9-ESSLUD-2012, l Gerenci Centrl de Finnzs debe dictr l norm que regule el régimen excepcionl de fciliddes nteriormente referido, sí como de los formtos e instructivos que permitn vibilizr el cogimiento y l decud plicción de los procedimientos por prte de los dministrdos, lo cul fcilitrá el cceso l régimen, con l informción idóne y los requisitos solicitdos por ESSLUD; Que, l Gerenci de Cobrnzs y Recuperciones con Crt Nº 515-GCYR-GCF-OG-ESSLUD-2012, remitió l propuest de Reglmento del Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo pr deud no tributri de nturlez privd pr Terceros No segurdos o Terceros sin derecho de cobertur por deud de prestciones de slud brindds por l Institución, sí como los formtos pertinentes; Que, por lo expuesto y en concordnci con lo dispuesto en el literl g) del rtículo 11º del Reglmento de Orgnizción y Funciones de l Ofi cin Generl de dministrción probdo por Resolución de Presidenci Ejecutiv Nº 533-PE-ESSLUD-2011, estblece que es tribución de l Gerenci Centrl de Finnzs, el Dirigir l formulción de los plnes y progrms del proceso de recuperción de deudos no contributivos de l Institución, emitiendo l normtividd que regule el proceso, controlr su ejecución y evlur su cumplimiento, y; Estndo en uso de ls fcultdes conferids; SE RESUELVE: rtículo Primero.- PROBR el Reglmento del Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo pr deud no tributri de nturlez privd pr Terceros No segurdos o Terceros sin derecho de cobertur por deud de prestciones de slud brindds por l Institución, el mismo que form prte integrnte de l presente Resolución. rtículo Segundo.- PROBR los Formulrios con su correspondiente Instructivo que se detlln continución: Formulrio Nº 6091 - Solicitud de cogimiento l Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo pr deud no tributri de nturlez privd pr Terceros No segurdos o Terceros sin derecho de cobertur por deud de prestciones de slud brindds por l Institución Formulrio Web 21 (NEXO 1). Formulrio Nº 6092 - nexo I - Pgo l contdo o Pgo Frcciondo Formulrio Web 22 (NEXO 2). Dichos Formulrios con su correspondiente instructivo formn prte integrnte de l presente Resolución. rtículo Tercero.- DISPONER que l Gerenci Centrl de Finnzs emit ls disposiciones complementris que permitn implementr y dr cumplimiento nivel ncionl l presente Resolución en ls Redes sistenciles, Institutos y Centros Especilizdos de ESSLUD. rtículo Curto.- DISPONER l Publicción en el Dirio Ofi cil El Peruno de l presente Resolución, del Reglmento del Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo pr deud no tributri de nturlez privd pr Terceros No segurdos o Terceros sin derecho de cobertur por deud de prestciones de slud brindds por l Institución, los Formulrios con su correspondiente Instructivo, los cules formn prte integrnte de l presente Resolución. Regístrse, comuníquese y cúmplse. MRÍ MRVI TICSE Gerente Centrl de Finnzs - OG

Norms El Peruno Legles del 21.09.2012 NORMS LEGLES 15 Lim, viernes 21 de setiembre de 2012 474863 REGLMENTO REGIMEN EXCEPCIONL DE FCILIDDES DE PGO PR DEUD NO TRIBUTRI DE NTURLEZ PRIVD PR TERCEROS NO SEGURDOS O TERCEROS SIN DERECHO DE COBERTUR POR DEUD DE PRESTCIONES DE SLUD BRINDDS POR L INSTITUCIÓN TÍTULO I DISPOSICIONES GENERLES rtículo 1º.- DEFINICIONES Pr efecto del presente dispositivo se entenderá por:. Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo: Fciliddes de pgo pr terceros por l deud no tributri generd por prestciones de slud otorgds. b. Tercero: Persons no segurds, segurdos prticulres cuys coberturs no cubren determindos dignostico que fueron otorgds y que deben ser recuperdos, y ls persons quienes se les h brinddo prestciones de slud por ccidente de Tránsito, gresiones y segurdos regulres ddos de bj. c. Deudor: Person nturl obligd l pgo por ls prestciones de slud recibids, person nturl o jurídic que grntizó el pgo de l deud del tercero (vl) o el tercero civilmente responsble (rtículo 18º de l Ley 26790), según correspond. Cundo se trt de pcientes menores de edd, el deudor será su representnte legl. d. Solicitud de cogimiento: Formulrio que deberá completr y suscribir el deudor pr cogerse l Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo. e. Documento de Cobrnz: Comprobnte de pgo o liquidción emitid por ESSLUD, pr efectur l recuperción de ls prestciones de slud otorgds l tercero. f. Convenio de Fciliddes de Pgo: Documento expedido por ESSLUD que el deudor deberá suscribir l probrse su cogimiento l Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo pr Terceros por deud de Prestciones de slud. g. Deud mteri de cogimiento: Importe señldo en el comprobnte de pgo o liquidción y que debe ser trslddo l nexo de l solicitud de fciliddes de pgo. h. Cuot: Monto mensul fi jo que deberá ser pgdo por el deudor. Cundo se hg referenci un rtículo o nexo sin mencionr l norm l que pertenece, se entenderán referidos l presente Reglmento. Cundo se mencione el término fciliddes de pgo debe entenderse que se hce referenci l Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo. TÍTULO II ÁMBITO DE PLICCIÓN rtículo 2º.- DEUD COMPRENDID EN EL PRESENTE REGLMENTO Se encuentrn comprendids ls deuds pendiente de pgo por concepto de prestciones de slud brindds por ESSLUD terceros hst el 31 de diciembre de 2011, culquier fuer el estdo en que se encuentre, se en Cobrnz Pre Judicil, Proceso judicil o con Convenio de Fciliddes de Pgo. rtículo 3º.- SUJETOS COMPRENDIDO Podrán cogerse l presente reglmento:. Persons no segurds que recibieron prestciones de slud. b. segurdos de regímenes especiles sin cobertur vigente l fech que se brindo l Prestción de slud. c. Tercero Civil responsble obligdo l pgo de ls prestciones de slud otorgds l tercero. d. Grntes (Person Nturl o Person Jurídic) del pgo de ls prestciones de slud otorgds l tercero. rtículo 4º.- DEUD MTERI DE COGIMIENTO (DM) Los deudores se cogerán ls fciliddes de pgo por el importe totl de cd documento de cobrnz, ls cules se les plicrá el benefi cio de ls modliddes por l que opte, de cuerdo l rngo l que pertenezc el referido documento. L deud menor o igul S/. 50.00 (Cincuent y 00/100 Nuevos Soles), deberá ser cnceld en un sol rmd. El citdo rngo se detll en l siguiente Tbl: Tbl Nº 1 RNGO DE L DEUD MTERI DE COGIMIENTO 1º 2º 3º 4º 5º 50 1,000 1,000 3,000 3,000 10,000 10,000 100,000 100,000 El deudor puede optr por un o ls dos modliddes estblecids en el rtículo 6º del presente Reglmento. rtículo 5º.- DE LOS PGOS CUENT Si en ls liquidciones o comprobntes de pgo en cobrnz se hubiern efectudo pgos prciles, estos serán imputdos los mismos. Dich imputción debe relizrse primero los intereses, luego l cpitl y el sldo constituirá l Deud Mteri de cogimiento (DM). TÍTULO III FORM DE PGO rtículo 6º.- MODLIDDES DE PGO Los deudores que se cojn l Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo, pueden efecturlo de l siguiente form: 6.1 PGO L CONTDO L Deud Mteri de cogimiento l presente modlidd tiene los siguientes beneficios:. Extinción del 100% de intereses (Ver Tbl Nº 2). L Deud Mteri de cogimiento (DM) sólo comprende el monto liquiddo y/o consigndo en el comprobnte de pgo más el Impuesto Generl ls Vents. b. Reducción del cpitl.- Si l deud mteri de cogimiento comprende los periodos: b.1 Hst diciembre de 2002, se plicrá un descuento del 40% sobre el monto liquiddo y/o consigndo en el comprobnte de pgo incluyendo el Impuesto Generl de ls Vents (Ver Tbl Nº 2). b.2 Entre enero del 2003 diciembre de 2007, se plicrá un descuento del 25% sobre el monto liquiddo y/o consigndo en el comprobnte de pgo incluyendo el Impuesto Generl ls Vents (Ver Tbl Nº 2). c. El pgo inicil no podrá ser inferior S/. 50.00 (Cincuent y 00/100 Nuevos Soles), de ser el cso. simismo, si l deud luego de plicdos los beneficios del presente Régimen Excepcionl se inferior o igul S/. 50.00 (Cincuent y 00/100 Nuevos Soles), el pgo se efecturá en un sol rmd. d. El deudor de l presente modlidd deberá bonr el pgo l contdo, según se indic: Del 1 º l 2º rngo:. El pgo inicil del 50% o más del totl de l Deud Mteri de cogimiento (DM), se relizrá, dentro del término de diez (10) dís hábiles de presentd l solicitud l Régimen excepcionl, pr ello deberá comunicrse con ESSLUD, según el rtículo 8º del presente reglmento. b. El sldo restnte se cncelrá en un (1) rmd de cuerdo l cronogrm estblecido por ESSLUD. Del 3º, 4º y 5º rngo:. El pgo inicil del 30% o más del totl de l Deud Mteri de cogimiento (DM), se relizrá, dentro del término de diez (10) dís hábiles, de presentd l solicitud l Régimen excepcionl, pr ello deberá comunicrse con ESSLUD, según el rtículo 8º del presente reglmento. b. El sldo restnte se cncelrá en dos rmds de cuerdo l cronogrm estblecido por ESSLUD.

Norms Legles del 21.09.2012 El Peruno 16 474864 NORMS LEGLES Crcterístic de l Deud 1º 50 1,000 Ene.08 2º 1,000 3,000 Dic.02 TBL 2 Rngo de l Deud 3º 3,000 10,000 4º 10,000 100,000 Lim, viernes 21 de setiembre de 2012 5º 100,000 Deud Fcturd 40% 25% 40% 25% 40% 25% 40% 25% 40% 25% incluyendo IGV Deud por intereses 100% descuentos Pgo l cogimiento 1/ 50% o más 30% o más Fciliddes de Pgo de l diferenci Sldo restnte en un rmd Sldo restnte en dos rmds 1/ Cuot mínim de S/.50 6.2 PGO FRCCIONDO Los deudores que se cojn l pgo frcciondo tendrán los siguientes benefi cios:. Descuento de intereses.- l Deud Mteri de cogimiento (DM), se le plicrá l rebj de los intereses generdos hst el dí nterior l fech de presentción de l solicitud de cogimiento l régimen excepcionl de fciliddes de pgo de cuerdo l rngo de l deud estblecid en l Tbl Nº 3. b. prtir de l fech de l solicitud de cogimiento, est modlidd de pgo frcciondo no gener intereses. c. Los deudores que se cojn l pgo frcciondo deberán efectur el pgo de un cuot inicil, dentro del término de diez (10) dís hábiles de comunicd l probción de l solicitud cuyo importe será: c.1. 10% (diez por ciento) pr los rngos: 1 º y 2º (Ver Tbl Nº 3). c.2. 5% (cinco por ciento) pr ls deuds cuyos rngos sen el 3º, 4º y 5º (Ver Tbl Nº 3). d. Ls cuots serán mensules e igules, que vencerán de cuerdo l cronogrm estblecido por ESSLUD y no serán menores de S/. 50.00 (Cincuent y 00/100 Nuevos Soles). e. El número de cuots del frccionmiento podrán ser hst 60 (sesent) (Ver Tbl Nº 3). Crcterístics de l Deud Tbl Nº 3 RNGO DE L DEUD 1º 2º 3º 4º 5º 50 1,000 1,000 3,000 3,000 10,000 10,000 100,000 Deud por 50% descuentos Intereses Cuot Inicil 10% 5% Cuots 1/ Hst 12 cuots 1/ Cuot mínim S/.50.00 Hst 24 cuots Hst 36 cuots rtículo 7º.- LUGR DE PGO Hst 48 cuots 100,000 Hst 60 cuots El pgo de l cuot inicil sí como el pgo de ls cuots pctds en el Convenio de fciliddes de pgo, será bondo en l cuent bncri que pr dicho efecto ESSLUD comunicrá l deudor. El pgo de ls cuots o rmds que se relicen fuer del cronogrm de pgo pctdo, genern intereses mortorios que serán estblecido por ESSLUD. TÍTULO IV DE L SOLICITUD rtículo 8º.- PLZO DE COGIMIENTO Y LUGR DE PRESENTCIÓN DE L SOLICITUD Los deudores podrán cogerse este Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo dentro del plzo de cutro meses (04) meses, contdos prtir del dí siguiente de publicción del presente reglmento en el Dirio Ofi cil El Peruno. L presentción de l solicitud de cogimiento y nexos respectivos, deberá efecturse en ls siguientes oficins de ESSLUD.. Oficin o Unidd de Finnzs de Red sistencil, Instituto, Centro Especilizdo (Mes de Prte de Trámite Documentrio de l Red sistencil, Instituto o Centro Especilizdo). b. Oficin de dministrción y/o ls que hgn sus veces en los Centros sistenciles nivel ncionl (Mes de Prte de Trmite Documentrio del Centro sistencil). rtículo 9º.- PRESENTCIÓN DE VRIS SOLICITUDES El deudor podrá presentr más de un solicitud de cogimiento l Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo, siempre que ls misms contengn distintos documentos de cobrnz. rtículo 10º.- FORM DE PRESENTCIÓN DE L SOLICITUD Se presentrá un solicitud de cogimiento con sus respectivos nexos, según los formtos probdos (Formulrio Nº 6091 y 6092) nte ls uniddes indicds en el rtículo 8º. L solicitud deberá contener l siguiente informción:. Documento de identidd del deudor. b. Nombres y pellidos del deudor. c. Firm del deudor. d. Informción sobre l deud por l que se solicit el cogimiento, indicndo lo siguiente: El número del o los documentos de cobrnz que contiene l deud. Fech de notificción del o los documento(s) de cobrnz. Estdo en que se encuentr l cobrnz de l deud. Monto de l deud que figur en el comprobnte de pgo incluyendo IGV sin incluir intereses. Indicción que modlidd se coge: pgo contdo o pgo frcciondo. Si l deud se encuentr reclmd, presentr copi del desistimiento respecto de los documentos de cobrnz de l DM. Si l deud proviene de un fcilidd de pgo nterior, se presentrá el desistimiento de dich fcilidd. e. Fotocopi (legible) del documento de identidd del deudor y del representnte legl de ser el cso. Ls persons jurídics deberán creditr poder vigente debidmente inscrito en los Registros Públicos, con cpcidd pr negocir y sumir obligciones de crácter contrctul. f. Cundo el monto de l deud ctulizd se myor diez mil y 00/100 nuevos soles(s/.10,000.00)

Norms El Peruno Legles del 21.09.2012 NORMS LEGLES 17 Lim, viernes 21 de setiembre de 2012 474865 es necesrio que un vl grntice el pgo de l deud. Los fidores deberán presentr el requisito indicdo en el literl ) y dicionlmente creditr cpcidd de pgo de l obligción principl. rtículo 11º.- DESISTIMIENTO DEL RECLMO Los deudores deberán desistirse de los reclmos que se encuentren en trámite nte ESSLUD respecto de l deud mteri de cogimiento, medinte l presentción del escrito con fi rm leglizd o utenticd por el notrio o fedtrio respectivmente. El desistimiento debe presentrse por el importe totl del documento de cobrnz. TÍTULO V DE L PROBCIÓN O DENEGCIÓN DE L SOLICITUD rtículo 12º.- RECEPCION Y EVLUCION DE L SOLICITUD 12.1. Verificción del cumplimiento de requisitos El áre de tesorerí o ls que hg sus veces en l Ofi cin o Unidd de Finnzs de ls Redes sistenciles, Institutos, Centros Especilizdos o Centros sistenciles deberá verifi cr en el plzo de cinco dís (05) dís hábiles, contdos prtir del dí siguiente de recibid l solicitud, que se correct l informción que prece en l solicitud, y dicionlmente deberá verifi cr lo siguiente:. Que el deudor se encuentre comprendido dentro del ámbito de plicción de ls Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo. b. Que l deud declrd se correct, de cuerdo l informción del centro sistencil. Si hubier divergenci y/o se presumier l existenci de error mteril se deberá coordinr previmente con el centro sistencil pr estblecer el monto correcto. c. Si se h presentdo los desistimientos de los reclmos, de ser el cso. d. El pgo de l primer rmd o cuot inicil, según l modlidd que opte. e. Que en el cso de proceso judicil deberá coordinr con el Oficin o Unidd de sesorí Jurídic o ls que hg sus veces en ls Redes sistenciles, Instituto o Centro Especilizdo, encrgdo del cso, pr que utorice el cogimiento. 12.2. Determinción de l deud mteri de cogimiento. Luego de verifi cr el cumplimiento de los requisitos de l solicitud de cogimiento se deberá:. Descontr los pgos cuent que hubier relizdo, previ l solicitud de fciliddes de pgo, observndo lo dispuesto en el literl c) del número de pso 3º del Item Cº del punto 8 sobre el Procedimiento pr l Liquidción, Fcturción y Cobrnz de Prestciones sistenciles otorgds Terceros, de l Directiv Nº 014-GG-ESSLUD-2011 Norms pr l Liquidción, Fcturción y Cobrnz de ls Prestciones sistenciles otorgds Terceros No segurdos, probd por Resolución de Gerenci Generl Nº 810- GG-ESSLUD-2011. b. Determinr l Deud Mteri.de cogimiento (DM), por l modlidd de pgo l contdo se considerrá: b.1 Si el periodo de l deud corresponde hst el 31 de diciembre de 2002 se reliz un descuento del 40% sobre el monto que se registr en el documento de cobrnz incluyendo el IGV. El sldo se divide entre dos (02) o tres (03) rmds, según el rngo de l deud, pr determinr l primer rmd y ls rmds restntes (Ver Tbl Nº 2). b.2 Si el periodo de l deud corresponde obligciones posteriores l 01 de enero del 2003 hst el 31 de diciembre del 2007, se reliz un descuento del 25% sobre el monto que se registr en el documento de cobrnz incluido IGV. El sldo se divide entre dos (02) o tres (03) rmds, según el rngo de l deud, pr determinr l primer rmd y ls rmds restntes (Ver Tbl Nº 2). b.3 Si l deud corresponde periodos posteriores diciembre del 2007, no se plic en este trmo descuento (Ver Tbl Nº 2). c. Determinr l Deud Mteri de cogimiento (DM), por l modlidd de pgo frcciondo se considerrá: Se ctuliz l deud con los intereses correspondientes hst el dí nterior de l fech de presentción de l solicitud de cogimiento, se procede descontr el 50% de los intereses; sobre el monto resultnte se determin y deduce l cuot inicil según rngo de l deud (Ver Tbl 3); el importe obtenido se divide entre el número de cuots solicitds. rtículo 13º.- PROBCIÓN O DENEGCIÓN DE L SOLICITUD DE COGIMIENTO Determind l Deud Mteri de cogimiento (DM) y verificdo el pgo de l primer rmd o cuot inicil, según l modlidd propuest, se elborrá el Convenio, de cuerdo l modelo utorizdo con Resolución de l Gerenci Centrl de Finnzs, comunicndo l deudor de l probción de l solicitud, pr que se cerque suscribirlo, dentro del término de cinco (05) dís hábiles de notificd. L presentción de l solicitud de cogimiento sin contener l totlidd de los requisitos determinrá l denegtori de l solicitud, siendo fcultd del deudor volverl presentr con todos los requisitos exigidos. L denegtori l Fcilidd de Pgo por incumplimiento de lgún requisito, será comunicd l deudor, dentro de los cinco (05) dís de presentdo l solicitud. rtículo 14º.- SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO DE PGO Y DEL PGRÉ 14.1. El Convenio del Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo, deberá ser suscrito por el deudor y ESSLUD:. Por l Red sistencil, Instituto o Centro Especilizdo, el Convenio será suscrito por el Jefe de l Ofi cin o Unidd de Finnzs. b. Por los centros sistenciles, será suscrito por el Jefe de dministrción. 14.2. El Convenio contendrá cláusuls sobre: ) Deud Mteri de cogimiento; b) Modlidd de cogimiento; c) Número de cuots y el plzo de vencimiento d) cusles de resolución; e) Ts de interés plicble, cundo correspond, f) Grntí constituid, cundo correspond, g) Cronogrm de pgo de ls cuots. 14.3. Pr grntizr el pgo el deudor deberá suscribir un pgré, en el formto que pr dicho efecto se utiliz en ls obligciones pr terceros, cundo l obligción mteri de cogimiento no teng pgré. 14.4. Cundo se trt de deudos sometidos proceso judicil el Convenio de Fciliddes de Pgo tendrá l clidd de un trnscción extrjudicil. 14.5. Luego de suscrito el Convenio se le entregrá copi l deudor. rtículo 15º.- BLOQUEO Y DESBLOQUEO PR TENCIONES Todo pciente o grnte que mnteng deud por prestciones de slud brindds por ESSLUD, en su condición de terceros, debe permnecer bloqued en el sistem de cómputo, hst que regulrice tl situción con l Ofi cin o Unidd de Finnzs de ls Redes sistenciles, Centro e Instituto Especilizdo, medinte el pgo l contdo de l deud o hy suscrito Convenio de fciliddes de pgo. En el cso que el deudor dquier l condición de segurdo regulr, no podrá bloquerse en el sistem su tención, prtir que dquier dich condición, sí como en los csos de emergenci, de cuerdo lo previsto en l Ley Nº 27604 que modifi c l Ley Generl de Slud Nº 26842, respecto de l obligción de los estblecimientos de slud dr tención médic en cso de emergencis y prtos.

Norms Legles del 21.09.2012 El Peruno 18 474866 NORMS LEGLES TÍTULO VI DE L PÉRDID DEL RÉGIMEN rtículo 16º.- PÉRDID DEL BENEFICIO El deudor pierde el benefi cio del régimen excepcionl de fcilidd de pgo en los siguientes csos: 16.1. Si incumple el pgo de lgun de ls rmds pctds en el Convenio, en el cso del pgo l contdo. 16.2. Si incumple el pgo de dos (2) cuots consecutivs en los plzos estblecidos en el Convenio. Pr tl efecto no se considerrá incumplimiento cundo el pgo de l cuot se efectué hst el vencimiento de l cuot del mes siguiente, pr el cso de l modlidd frcciond. Lim, viernes 21 de setiembre de 2012 16.3. Si incumple con pgr el íntegro de l últim cuot de frccionmiento dentro del plzo estblecido pr su vencimiento en el Convenio. rtículo 17º.- EFECTOS DE L PÉRDID Producid l pérdid de los beneficios del Régimen, será exigible l deud con los intereses legles correspondientes desde l fech del requerimiento de pgo del documento de cobrnz. TÍTULO VII DE L VIGENCI DEL RÉGIMEN rtículo 18º.- PLZO DE EFICCI DE L NORM El presente reglmento del Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo entrrá en vigenci l dí siguiente de su publicción en el Dirio Oficil El Peruno, por un término de cutro (04) meses. SOLI CI TUD DE COGI MI ENTO L RÉGI MEN EXCEPCI ONL DE FCI LI DDES DE PGO PR DEUD NO TRI BUTRI DE NTURLEZ PRI VD PR TERCEROS ( cuerdo de Concejo Directivo N 21-9-ESSLUD-2012) F ORM U L RI O WE B 2 1 FORMULRIO 01 02 NÚMERO USO DE ESSLUD TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIFICCIÓN 6091 Folio 03 PELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINCIÓN O RZÓN SOCIL DEL DEUDOR 04 Nº DE TELÉFONO 05 DOMICILIO DEL DEUDOR 06 EMIL RUBRO I DEUDS COGI DS SEGÚN TI PO DE DEUD Y MODLI DD DE PGO I.1. PGO L CONTDO DESCRI PCI ÓN MODLI DDES DE PGO PRESTCI ONES DEUD COGI D ( DM) Consignr el mont o de l csill 11 del Formulrio 6092 de l solicitud. 07 PRI MER RMD I.2. PGO FRCCI ONDO De cuerdo l Tbl 2 del Instructivo 1 consignr el mont o de l primer rmd pgr. DESCRI PCI ÓN 08 PRESTCI ONES DEUD COGI D ( DM) CUOT I NI CI L NUMERO DE CUOTS Consignr el monto de l csill 11, del Formulrio 6092 de l solicitud. Pr det erminr l cuot inicil ver l Tbl 3 del Instructivo 1. L consigncion de l cuot inicil no puede ser menor S/ 50.00 Consignr el número de cuots de cuerdo l rngo de l deud indicdo en l Tbl 3 del Instructivo1 09 10 11 DTOS DEL DEUDOR O DEL REPRESENTNTE LEGL PELLIDOS Y NOMBRES 12 CONSTNCI DE RECEPCION FIRM Número de DNI o Documento de Identidd:.. SELLO DE ESSLUD

Norms El Peruno Legles del 21.09.2012 19 NORMS LEGLES Lim, viernes 21 de setiembre de 2012 474867 INSTRUCCIONES PR LLENDO DEL FORMULRIO 6091 Formulrio Web 21 El presente formulrio debe ser utilizdo por ls persons nturles o jurídics que mntienen deuds por concepto de prestciones de slud brindds por ESSLUD pcientes no segurdos o segurdos sin derecho de cobertur y solicitn cceder l fcilidd de pgo excepcionl probd por cuerdo de Consejo Directivo Nº 21-9-ESSLUD-2012. REQUISITOS PR EL COGIMIENTO L REGIMEN ) Los deudores deberán desistirse del reclmo que se encuentre en trámite nte ESSLUD, respecto de l deud mteri de cogimiento. b) Pgo de l cuot inicil o primer rmd, l mism que deberá efecturse dentro de los diez (10) primeros dís hábiles siguientes l presentción de l solicitud de l fcilidd de pgo excepcionl pr ello es de crácter obligtorio que se comunique con l oficin donde se presento dich solicitud. 1. GENERLES En relción l presente formulrio se tendrá en cuent lo siguiente: INSTRUCTIVO Nº 1 - Se utilizrá pr solicitr el cogimiento l Régimen Excepcionl de Fciliddes de Pgo pr deud no tributri de nturlez privd pr Terceros No segurdos o Terceros sin derecho de cobertur por prestciones de slud brindds por ESSLUD. - Deberá presentrse por duplicdo. 2. MOTIVOS QUE GENERN EL RECHZO DE L SOLICITUD El formulrio de solicitud 6091 será rechzdo si se present lgun de ls siguientes observciones: - Flt el código de documento de identificción del deudor. - Flt de l firm del deudor o representnte legl - Presentr borrones y/o enmenddurs - No identificr l liquidción y/o el documento de cobrnz que contiene l deud mteri de cogimiento 3. ESPECIFICS Csill 01 : Consignr el código del tipo de documento de identidd (según Tbl Nº 1 del Instructivo). Csill 02 : Consignr el número de documento correspondiente, de cuerdo lo señldo en l csill 01. Csill 03 : Consignr pellidos y nombres o rzón socil del deudor. Csill 04 : Consignr el número telefónico del deudor o representnte legl. Csill 05 : Consignr el domicilio del deudor. Csill 06 : Consignr el correo electrónico del deudor. 3.1 Deud cogid y Modlidd de Pgo 3.1.1 Pr Modlidd de Pgo l Contdo Csill 07 : Consignr el monto insoluto de l DM incluido IGV (Deud mteri de cogimiento) Csill 08 : Consignr el monto de l primer rmd, según el rngo de l deud (Ver Tbl 2) 3.1.2 Pr Modlidd de Pgo Frcciondo Csill 09 : Consignr el monto insoluto de l DM incluido IGV (Deud mteri de cogimiento) Csill 10 : Consignr el monto de l cuot inicil, según el rngo de l deud (Ver Tbl Nº3 No Menor S/.50.00) Csill 11 : Consignr el número de cuots, según el rngo de l deud (Ver Tbl Nº3) 4. FINLES Csill 12 : Constnci de Recepción. No llenr, ser usd por ESSLUD Crcterístic de l Deud 1º 50 1,000 Ene.08 TBL Nº 1 CÓDIGOS 1. LE/DNI 2. Crnet Extrnjerí 3. RUC TBL Nº 2 (PGO L CONTDO) Rngo de l Deud 2º 1,000 3,000 Dic.02 3º 3,000 10,000 4º 10,000 100,000 5º 100,000 Deud Fcturd incluyendo IGV 40% 25% 40% 25% 40% 25% 40% 25% 40% 25% Deud por intereses 100% descuentos Pgo l cogimiento 1/ 50% o ms 30% o ms Fciliddes de Pgo de l diferenci Sldo restnte en un rmd Sldo restnte en dos rmds Tbl Nº 3 1/ Cuot mínim S/.50.00 Crcterístics de l Deud RNGO DE L DEUD 1º 2º 3º 4º 5º 50 1,000 1,000 3,000 3,000 10,000 50% descuentos 10,000 100,000 100,000 Deud por Intereses Cuot Inicil 10% 5% Cuots 1/ Hst 12 cuots Hst 24 cuots Hst 36 cuots Hst 48 cuots Hst 60 cuots

El Peruno Norms 474868Legles del 21.09.2012 NORMS LEGLES 20 Lim, viernes 21 de setiembre de 2012 NEXO I DECLRCI ON DE DEUD POR CONCEPTO DE PRESTCI ONES DE SLUD BRI NDDS TERCEROS FORMULRIO WEB 22 FORMULRIO 6092 CÓDI GO DE I DENTI FI CCI ÓN DEL DEUDOR 01 NRO DE RUC O DNI NEXO Nº 02 PELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINCION O RZON SOCIL DEL DEUDOR: 03 de 04 DETLLE DE L DEUD COGI D L MODLI DD DE PGO L CON TDO O FRCCI ON DO Nº 05 N DE LI QUI DCI ON Y/ O COMPROBNTE DE PGO 06 PERI ODO 07 MES ÑO ESTDO DE DEUD 08 DI FECH DE NOTI FI CCI ON DE LI QUI DCI ON Y/ O COMPROBNTE DE PGO MES ÑO 09 DEUD NO TRI BUTRI COGI D MONTO I NSOLUTO DEL N DE LI QUI DCI ON Y/ O COMPROBNTE DE PGO INCLUYENDO IGV DTOS DEL DEUDOR Y/ O REPRESENTNTE LEGL 12 Sub Totl del nexo 10 Totl del nexo 11 pellidos y Nombres Firm y Sello Fech y Sello de EsSlud Llenr solo si en el último folio del nexo de l solicitud

Norms El Peruno Legles del 21.09.2012 NORMS LEGLES 21 Lim, viernes 21 de setiembre de 2012 474869 1. GENERLES En relción l presente nexo I- Formulrio 6092, se tendrá en cuent lo siguiente: INSTRUCCIONES PR LLENDO DEL FORMULRIO 6092 Formulrio Web 22 INSTRUCTIVO Nº 2 - Se utilizrá pr detllr ls liquidciones y/o comprobntes de pgo mteri de cogimiento. - Deberá presentrse por duplicdo. 2. ESPECIFICS Csill 01 : Consignr el número de DNI o RUC correspondiente del deudor según Tbl Nº1 Csill 02 : Consignr pellidos y nombres o rzón socil del deudor Csill 03 : Consignr el número de l hoj inicil del nexo Csill 04 : Consignr el número de l hoj finl del nexo Csill 05 : Consignr el número del documento de cobrnz mteri de cogimiento Csill 06 : Consignr el mes y ño de emisión del comprobnte de pgo. Csill 07 : Consignr el estdo en que se encuentr l deud según los códigos estblecidos en l tbl Nº 4 Csill 08 : Consignr l fech de notificción del documento de cobrnz. Csill 09 : Consignr el monto de l deud que se indic en el documento de cobrnz Csill 10 : Consignr el monto que result de l sum de l csill 09 en cd uno de los nexos. Csill 11 : Consignr el monto que result de l sum de l csill 10 si hy vrios nexos Csill 12 : Constnci de Recepción. No llenr, ser usd por ESSLUD TBL Nº 4 N J F Estdo Deud Notificd Deud en Cobrnz Judicil Deud Frcciond 843176-1 TRNSPORTES Y COMUNICCIONES Designn Director Generl de l Dirección Generl de Regulción y suntos Interncionles de Comunicciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIL Nº 523-2012-MTC/01 Lim, 20 de setiembre de 2012 CONSIDERNDO: Que, medinte Resolución Ministeril N 124-2008- MTC/01, se designó l señor Ptrici Cristin Crreño Ferré, en el crgo de confi nz de Director Generl de l Dirección Generl de Regulción y suntos Interncionles de Comunicciones; Que, l citd funcionri h presentdo renunci l crgo, por lo que corresponde ceptr l mism y designr l funcionrio que desempeñrá el crgo menciondo; De conformidd con ls Leyes Nos. 27594, 29158 y 29370, y el Decreto Supremo N 021-2007-MTC y sus modifi ctoris. SE RESUELVE: rtículo 1.- ceptr l renunci formuld por l señor Ptrici Cristin Crreño Ferré l crgo de Director Generl de l Dirección Generl de Regulción y suntos Interncionles de Comunicciones, dándole ls grcis por los servicios prestdos. rtículo 2.- Designr l señor Roberto rturo Ortiz Villvicencio, en el crgo de confi nz de Director Generl de l Dirección Generl de Regulción y suntos Interncionles de Comunicciones del Ministerio de Trnsportes y Comunicciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. CRLOS PREDES RODRÍGUEZ Ministro de Trnsportes y Comunicciones 844004-1 ORGNISMOS EJECUTORES COMISION NCIONL PR EL DESRROLLO Y VID SIN DROGS pruebn trnsferenci finncier fvor del Ministerio de Defens - Mrin de Guerr del Perú - Dirección Generl de Cpitnís y Gurdcosts, pr l ejecución de ctividd denomind Implementción y Equipmiento pr el Control de l Ofert de Drogs RESOLUCIÓN DE PRESIDENCI EJECUTIV Nº 156-2012-DV-PE Lim, 19 de setiembre de 2012 VISTO: El Informe Nº 189-2012-DV-OPP de fech 17 de setiembre de 2012, de l Oficin de Plnemiento y Presupuesto; y, CONSIDERNDO: Que, el rtículo 3 del Reglmento de Orgnizción y Funciones de l Comisión Ncionl pr el Desrrollo y Vid sin Drogs DEVID, probdo por Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM, estblece que DEVID es el orgnismo público encrgdo de diseñr l Polític Ncionl de crácter Multisectoril de Luch contr el Tráfico Ilícito de Drogs y el Consumo de Drogs, promoviendo el desrrollo integrl y sostenible de ls zons coclers del pís, en coordinción con los Sectores competentes, tomndo en considerción ls Polítics Sectoriles vigentes, sí como conducir el proceso de su implementción; Que, el rtículo 12 de l Ley Nº 29812- Ley del Presupuesto del Sector Público pr el ño fiscl 2012