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Transcripción:

DIRECTIVA Nº 002-2012-GRU-P-GGR-GRPPyAT-SGDI PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACION DEL CONTROL PREVIO DE LAS SOLICITUDES DE PAGO DE LOS ADELANTOS Y VALORIZACIONES DE OBRAS, TRAMITADOS POR LA GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI I. OBJETIVO. Establecer los procedimientos orientados al adecuado control previo de las solicitudes de pago de adelanto(s) y valorizaciones de obras, a cargo de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Ucayali. II. FINALIDAD. Contar con un instrumento técnico normativo que oriente o determine responsabilidades en los pagos de adelanto(s) y valorizaciones de obras, tramitados por la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Ucayali. III. ALCANCE. La presente Directiva es de aplicación para la Gerencia Regional de Infraestructura, Oficina Regional de Administración, Oficina de Contabilidad, Oficina de Tesorería y demás instancias que intervienen en los pagos de adelanto(s) y valorizaciones. IV. BASE LEGAL. 4.1 Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Publico. 4.2 Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 4.3 Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2012. 4.4 Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15 - Que Aprueba la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, y sus modificatorias aprobada con Resolución Directoral Nº 001-2011-EF/77.15. 4.5 Instructivo Nº 001 Documentos y Libros Contables, aprobada mediante Resolución de Contaduría Nº 067-97/EF/93.01.

4.6 Decreto Legislativo Nº 1017 - Decreto Legislativo que Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado. 4.7 Ordenanza Regional Nº 021-2010-GRU-C/R, aprueba la modificación de la Estructura Orgánica y las Funciones del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ucayali. V. DISPOSICIONES GENERALES. 5.1 Para el pago de adelanto(s) (Directo y para materiales) y valorizaciones, la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Ucayali, gestionará los pagos respectivos, ante la Oficina Regional de Administración, los cuales previamente deben ser solicitados por el contratista e inspector supervisor de obra, según corresponda, dentro de los plazos preceptuados en el contrato o Reglamento de Contrataciones del Estado. 5.2 El control previo para el pago de adelanto(s) y valorizaciones solo garantiza que se cumplan con requisitos documentarios, al momento de la presentación de las solicitudes de los citados pagos. 5.3 El control previo para el pago de adelanto(s) y valorizaciones, efectuado por la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Ucayali, es parte de la gestión administrativa de la entidad y comprende la revisión de la documentación sustentatoria de las operaciones financieras. 5.4 El control previo para el pago de adelanto(s) y valorizaciones en la fase compromiso y devengado, será realizado por la Oficina de Contabilidad, quién llevará el registro auxiliar de la afectación de las obras. 5.5 La Oficina de Tesorería, deberá contrastar el pago de adelanto(s) y valorizaciones, presentadas por la Gerencia Regional de Infraestructura, con el Anexo Nº 01 - Control de Pagos y Valorizaciones por Avance de Obras, que se adjunta. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS. 6.1 De los Responsables de la Documentación. a) La Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Ucayali, es responsable de verificar, tramitar y dar conformidad a la solicitud de pago de: valorizaciones de obra, adelantos, valorizaciones de adicionales de obra, valorizaciones por mayores gastos generales así como verificar la vigencia de las pólizas de seguros y constancia de no adeudos.

b) La Oficina de Contabilidad, es responsable de revisar la documentación, relacionada con los pagos mencionados, de acuerdo a los procedimientos contemplados en la presente Directiva. c) Los pagos por conceptos señalados en el literal a) deberán efectuarse dentro de los plazos preceptuados en el Reglamento de Contrataciones del Estado, a fin de evitar el pago de intereses, bajo responsabilidad de las oficinas responsables de los trámites respectivos. 6.2 De la Documentación Sustentoria y Procedimientos. a) La solicitud de pago de valorizaciones (ejecución de obra o ejecución de adicionales), debe estar acompañada de: a.1 Copia fedateada, de la garantía de fiel cumplimento (10% del monto contratado). Los medios de garantía a utilizarse serán las cartas fianza, las mismas que deberán ser emitidas por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administración de Fondo de Pensiones. b.2 Valorizaciones original firmada por: represente legal del contratista, ingeniero residente e inspector o supervisor, según corresponda. c.3 Factura. d.4 Copia fedateada del Contrato de Ejecución de Obra. En el caso de solicitud de pago de adelantos, estos deben estar acompañado de: e.5 Copia fedateada, de la garantía correspondiente por idéntico monto. Los medios de garantía a utilizarse serán las cartas finaza, las mismas que deberán ser emitidas por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administración de Fondo de Pensiones. f.6 Copia fedateada, del Contrato de Ejecución de Obra. b) La valorización de avance de obra, debe estar acompañada de un Informe Técnico-Financiero del Inspector o Supervisor, según corresponda, el cual contendrá un ítem relacionado con el control financiero de la obra (mensuales y acumulados), relacionado con: avance de ejecución de obra, amortización de adelantos (Directo y de materiales), avance de ejecución de adicionales, mayores gastos

generales, reajustes, retención de fondo de garantía (de ser el caso) y retención de IGV (de corresponder). c) El Sub Gerente de Obras, revisará la valorización de avance de obra y, de encontrarla conforme remitirá la misma, mediante informe a la Gerencia Regional de Infraestructura d) El Gerente Regional de Infraestructura, revisará la documentación indicada en el literal precedente y, de hallarla conforme, solicitará el pago correspondiente, remitiéndola a la Oficina Regional de Administración, adjuntando copia simple de la Certificación de Crédito Presupuestal. El expediente remitido constara de un (01) original y tres (03) copias fedateadas. e) El requerimiento de pago debe ser suscrito por el Gerente Regional de Infraestructura. f) La Oficina Regional de Administración, recepciona la valorización y la remite a la Oficina de Contabilidad, la cual verificará si existe la autorización de Certificación de Crédito Presupuestal y saldos, así mismo afectará y formulará la correspondiente obligación presupuestaria mediante SIAF-SP. g) La Oficina de Tesorería, recepcionará copia de la obligación presupuestaria, dispondrá la elaboración del comprobante de pago y el cheque respectivo, revisa la documentación y firma en el lugar correspondiente. h) La Oficina Regional de Administración, revisa la conformidad de toda la documentación, de encontrarla conforme, firma el cheque y autoriza el comprobante de pago. i) La Oficina de Tesorería-Área de Caja, recepciona la documentación y efectúa la distribución de las copias; hace entrega de cheque al contratista o procede a la retención, si es que tiene la autorización respectiva. Una vez pagado, efectúa el archivo de la documentación, y remite, a la brevedad posible los comprobantes de pago, a la Gerencia Regional de Infraestructura, a efectos de su uso en la liquidación técnico financiera de obras. j) El contratista con sus respectivos documentos de identidad se presenta en el Área de Caja de la Oficina de Tesorería, para solicitar la entrega del cheque respectivo, luego hace efectivo su cheque en el banco que corresponda.

k) En caso de adicionales o reducciones, el contratista aumentará o reducirá de forma proporcional las garantías que hubiere otorgado, a la entidad, respectivamente. l) Las ampliaciones de plazos, adicionales de obra, mayores gastos generales, serán aprobados mediante Resolución Ejecutiva Regional, suscrita por el titular de la entidad. VII. DISPOSICIONES FINALES. 7.1 La Gerencia Regional de Infraestructura, Oficina Regional de Administración, Oficina de Contabilidad, Oficina de Tesorería del Gobierno Regional de Ucayali, y las demás instancias que intervengan en tramites destinados pagos de: valorizaciones de obra, adelantos, valorizaciones de adicionales de obra, valorizaciones por mayores gastos generales; deberán efectuarlos dentro de los plazos preceptuados en el Reglamento de Contrataciones del Estado, bajo la responsabilidad, a fin de evitar el perjuicio económico a la entidad, debido a los intereses legales a los que tendría derecho el contratista, de conformidad con los artículos 1244º, 1245º y 1246º del Código Civil. 7.2 La Oficina Regional de Administración a través de la Oficina de Contabilidad del Gobierno Regional de Ucayali, es responsable del control previo de la documentación y verificar la certificación presupuestaria para la afectación e ingreso al SIAF-SP, hasta la fase del devengado de acuerdo a los documentos presentados por la Gerencia Regional de Infraestructura. 7.3 Las instancias que forman parte en la tramitación de los adelantos y valorizaciones de obra realizados por la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Ucayali, asumirán las responsabilidades administrativas, civiles y penales, en caso de acciones dolosas. VIII. ANEXOS. 8.1 Anexo Nº 01 - Control de Pagos y Valorizaciones por Avance de Obras.

ANEXO Nº 01 CONTROL DE PAGOS Y VALORIZACIONES POR AVANCE DE OBRA OBRA: RAZON SOCIAL: REPRESENTANTE LEGAL: GIRAR A NOMBRE DE: MONTO BRUTO PAGADO: AMORTIZACION ADELANTO DIRECTO EXPEDIENTE TÉCNICO: AMORTIZACIÓN ADELANTO DIRECTO EJECUCIÓN DE OBRA: EXPEDIENTE TÉCNICO S/. : EJECUCIÓN DE OBRA S/. : CONTRATO Nº : IMPORTE CONTRATO: FECHA DE CONTRATO: DESCUENTOS IMPORTE FECHA COMP. CONCEPTO MONTO ADELANTO FIEL IMPTO. AMORTIZACIÓN POR: NETO SIAF FTE. OBSERVACIONES PAGO BRUTO DIRECTO PENALIDAD CUMPLIMIENTO RENTA ADELANTO ADELANTO PAGADO Nº FTO. 6% DIRECTO MATERIALES