PROCEDIMIENTO DE HUMANOS 1
ÍNDICE PÁGINAS I INTRODUCCIÓN 3 II OBJETIVO 4 III ALCANCE 4 IV REFERENCIAS NORMATIVAS 4 V POLÍTICAS PROCEDIMENTALES 5 VI NORMAS PROCEDIMENTALES 6 VII DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES 7 VIII DIAGRAMA DE FLUJO 8 IX AUTORIZACIONES 9 2
INTRODUCCIÓN Los principales objetivos de las modificaciones a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y a la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 16 de enero de 2002, consistieron en impulsar el desarrollo de los sectores asegurador y afianzador, así como profundizar en la modernización del marco de regulación y supervisión de dichos sectores; por lo que se actualizan y elaboran, en su caso, los manuales que contienen los procedimientos correspondientes a cada una de las diversas áreas que conforman esta Comisión. El Departamento de Nómina es el encargado de llevar el registro y control de los periodos vacacionales y el pago de la prestación a que tienen derecho los servidores públicos de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en relación a la aplicación de las disposiciones señaladas de las Condiciones Generales de Trabajo, en su artículo 43 y la normatividad aplicable. En el presente manual se describen los pasos necesarios para cumplir las disposiciones normativas internas aplicables, así como los lineamientos legales y fiscales vigentes. 3
OBJETIVO. Dar cumplimiento a las Condiciones Generales de Trabajo de esta Comisión en específico al Art. 43 relativo al disfrute de las vacaciones y el pago de la prestación a que tienen derecho los servidores públicos de la misma. ALCANCE. Las áreas involucradas en este procedimiento son: Presidencia de la CNSF. Vicepresidencias de la CNSF. Dirección General de Administración de la CNSF. Direcciones Generales de la CNSF. Dirección de Administración de Recursos Humanos de la CNSF. Direcciones de Área de la CNSF. Departamento de Nómina de la CNSF. REFERENCIAS NORMATIVAS. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 5-II-1917 y sus Reformas. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Articulo 123 Constitucional. D.O.F. 28-XII-1963 y sus Reformas. Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. D.O.F. 31-XII-1975 y sus Reformas Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Articulo 19. D.O.F. 29-XII- 1976 y sus Reformas Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. D.O.F. 13-03-2002. Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. D.O.F. 27-XII-1983 y sus Reformas. Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. D.O.F. 30-IV-1996 y sus Reformas. 4
Ley de Presupuesto de Egresos de la Federación Vigente. Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. D.O.F. 18-XI-1981 y sus Reformas. Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. D.O.F. 04-12-2003 y sus Reformas. Acuerdo por el que se dispone que el conjunto de documentación contable consistente en libros contabilidad, registros contables y documentación comprobatoria o justificatoria del ingreso del gasto público de las Dependencias y Entidades de la administración Pública Federal, constituye el Archivo Contable Gubernamental que deberá guardarse, conservarse y custodiarse. D.O.F. 12-XI-1982. Condiciones de Trabajo de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas Vigentes. Manual de Organización de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. D.O.F. 15-02-2002 y sus modificaciones. POLÍTICAS PROCEDIMENTALES. 1. Los servidores públicos adscritos a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas tienen derecho de gozar de dos períodos vacacionales de 10 días cada uno por año, con el acuerdo del Director de Área y las necesidades correspondientes. 2. El Departamento de Nómina será exclusivamente quien verifique que proceda la autorización del período vacacional solicitado, a través del dispositivo electrónico instalado en la red interna de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. 3. La única forma para registrar la solicitud y autorización de vacaciones será a través del correo electrónico, diseñado para tal fin. 4. El Departamento de Nómina será quien informe exclusivamente a las Direcciones de Área el status de saldos que guardan cada uno de los servidores públicos que las integran, para su autorización respectiva. 5. Excepcionalmente podrán ser autorizados días de vacaciones no devengados, por causa de fuerza mayor, debidamente justificados por los Vicepresidentes, 5
Directores Generales o Directores de Área, según corresponda el nivel del servidor público solicitante. NORMAS PROCEDIMENTALES. 1. Sólo se tendrá como máximo 30 días de vacaciones acumuladas no disfrutadas, en un período no mayor a 18 meses. 2. Las primas de vacaciones únicamente serán pagadas al servidor público en la quincena inmediata anterior a su fecha de aniversario dentro de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. 3. El servidor público no podrá excederse de los días que tiene vigentes en el año calendario de que se trate. 4. Los períodos vacacionales serán solicitados con 5 días hábiles de anticipación, salvo causas de fuerza mayor. 5. Las Direcciones de Área serán las únicas que pueden cancelar los períodos autorizados con justificación escrita, por razones de trabajo. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES. 6
RESPONSABLE ACTIVIDAD Nº DESCRIPCION Servidor Público. 1 Acordará con el Jefe inmediato, que gozará su período vacacional. 2 Elabora a través de la red interna solicitud de período vacacional y turna al Jefe inmediato. Jefe inmediato. 3 Valora y autoriza turnando a la Dirección de Área, Direcciones Generales, Vicepresidencias o Presidencia, según sea el caso. Direcciones de Área, Direcciones Generales, Vicepresidencias, Presidencia. Departamento de Nómina. 4 Autoriza y turna al Departamento de Nómina, la solicitud respectiva por el mismo medio. 5 Recibe solicitud, verifica, registra y turna el acuse. Servidor Público. 6 Recibe acuse vía correo electrónico. 7
DIAGRAMA DE FLUJO. 1 SERVIDOR PUBLICO SUPERVISOR INMEDIATO DIR. DE AREA, DIR. GRALES. VICEPRESIDENCIAS, SECRETARIA PART. DEPARTAMENTO DE NOMINA INICIO 1 ACUERDA CON SUPERVISOR INMEDIATO PERIODO VACACIONAL 2 ELABORA Y TURNA A SUPERVISOR INMEDIATO A TRAVES DE LOTUS NOTES SOLICITUD DE PERIODO VACACIONAL 3 4 5 SOLICITUD PERIODO VACACIONAL VALORA Y AUTORIZA TURNANDO A LA DIRECCIONDE AREA, DIRECCIONES GENERALES, VICEPRESIDENCIAS O PRESIDENCIA, SEGUN CASO AUTORIZA TURNANDO AL DEPARTAMENTO DE NOMINA, LA SOLICITUD VIA CORREO ELECTRONICO RECIBE SOLICITUD, VERIFICA, REGISTRA Y TURNA EL ACUSE SOLICITUD PERIODO VACACIONAL SISTEMA DE 6 RECIBE ACUSE VIA CORREO ELECTRONICO ACUSE FIN 8
AUTORIZACIONES Leído que fue el presente Acuerdo por las partes que en el intervienen y enteradas por su contenido, lo firman por duplicado, en la Ciudad de México, Distrito Federal, al día 4 de junio de 2004. LIC. ISAÍAS CORRO ORTIZ Director General de Administración LIC. RENE A. CHAVARRIA GARCÍA Director de Administración de Recursos Humanos. 9