Reforma a la Ley del Régimen Cambiario: Se abre la Caja de Pandora

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Transcripción:

Reforma a la Ley del Régimen Cambiario: Se abre la Caja de Pandora En el marco de la ley Habilitante, el Ejecutivo reformó la Ley Del Régimen Cambiario y sus Ilícitos. Más allá del tema de las sanciones, el elemento clave para nosotros de esta reforma está en el Artículo Nº9 que habla de un mercado alternativo de divisas. Un nuevo mecanismo? El artículo abre la posibilidad para que personas naturales, personas jurídicas, Pdvsa y Banco Central de Venezuela (BCV) realicen transacciones cambiarias basadas en nuevos convenios cambiarios y regulaciones. Es claro pues, que la ley se hace más flexible para que en el futuro el Ejecutivo implemente cambios en materia cambiaria que le permitan sortear las dificultades que implica la baja en los precios petroleros. En efecto, el rango de la caída de los precios petroleros va desde US$9.200 millones a US$23.575 millones, colocando en una situación crítica el flujo de caja del Ejecutivo frente a 2015, como lo hemos explicado en reportes anteriores. Es claro pues, que el Ejecutivo ante una merma en ingresos deberá buscar optimizar los flujos en divisas.

Pérdida de ingresos petroleros netos (2015) para cada valor promedio de la Cesta Venezolana 30.000 25.000 23.575 US$ MM 20.000 15.000 10.000 9.200 12.075 17.825 5.000 Fuentes: Ecoanalítica US$75/bl US$70/bl US$60/bl US$50/bl Qué puede estar pensando el Ejecutivo? Los cambios en materia cambiaria implican una devaluación, pero al existir tres tasas de cambio oficiales, el Ejecutivo tiene diferentes opciones a evaluar. Según la información recabada por Ecoanalítica el Ejecutivo estaría considerando algunas de estas opciones: Incremento de oferta en Sicad II: En este marco, se busca incrementar la oferta en Sicad II, permitiendo al sector petrolero trabajar a esta tasa y a la propia Pdvsa vender divisas provenientes de la actividad de exportación en este mecanismo. Esto podría ser definido en el Convenio Cambiario Nº 31 Reconocimiento tácito del mercado no oficial: Técnicos del banco central trabajan una propuesta donde las empresas socias de Pdvsa puedan manejar un stock de divisas y que esto se convierta en oferta en el mercado paralelo para contribuir a su reducción y estabilización, esto también pudiera venir en un nuevo convenio cambiario. Toca actuar con rapidez En cualquier caso, lo interesante de la reforma de esta ley es que le permite al Ejecutivo flexibilidad para en el corto y mediano plazo introducir cambios en la asignación de divisas con el fin de hacer frente a la baja en el precio del petróleo. Varios elementos el Ejecutivo tiene que considerar: 2

1. La reducción en la oferta de divisas en los mecanismos de Sicad I y Sicad II, especialmente en este último. En lo que va de noviembre, la oferta diaria en Sicad II ha promediado US$21,4 millones/día que contrasta con el monto ofertado en el mes de junio (US$48,3 millones/día). Este es uno de los factores que explica la escalada en el dólar no oficial. 65 55 Promedio diario ofertado en Sicad II vs. Tipo de cambio paralelo Promedio diario TC paralelo 120 110 MMUS$ 45 35 25 100 90 80 70 VEB/US$ 15 mar-14 abr-14 may-14 jun-14 jul-14 ago-14 sep-14 oct-14 nov-14** 60 Fuente: Ecoanalítica *Inicio el 24 de marzo ** Hasta el 24/11 2. La reducción en la asignación de divisas vía Cencoex, que ha caída desde alrededor de unos US$78 millones/día en el primer semestre a niveles cercanos a US$70 millones/día en lo que va de segundo semestre. 3. La agresiva depreciación en el dólar no oficial que se ha depreciado en un año en 57,2%. 4. La lenta reducción de la deuda con el sector privado que ha provocado el cierre de las líneas de crédito para el sector privado venezolano generando serios cuellos de botella en la operatividad de las plantas y manejo de inventarios. 3

Las Sanciones En la Gaceta Extraordinaria Nº 6.150 se reforma de la Ley de Régimen Cambiario y sus Ilícitos, y en la misma se incrementan las sanciones y se clasifican nuevamente lo que se estipula como ilícito cambiario. En el capítulo IV de la ley se contempla como ilícito cambiario si se presenta algunas de las siguientes condiciones: Presentación de documentos o información falsa y forjada (Art 16). Adquisición de divisas mediante engaño (Art 17). Utilización de las divisas a fines diferentes (Art 18). Promoción de Ilícitos cambiarios (Art 19). Ilícitos por medios electrónicos, financieros o como conocimiento especializado (Art 20). Comisión de ilícito por prestadores de servicios en los órganos y entes públicos (Art 21). Carácter penal del incumplimiento de reintegro (Art 22). En el caso del art. Nº16 señala que "quienes a los efectos de participar o realizar operaciones con el régimen cambiario presenten o suscriban balances, estados financieros, y en general, documentos o recaudos falsos o forjados o presenten información o datos que no reflejen su verdadera situación financiera serán sancionados con penas de prisión de uno a tres años y multa equivalente a 0,5 Unidades Tributarias por cada dólar de Estados Unidos". De la misma manera el art. Nº22 se expresa que "quienes estando en obligación de reintegrar divisas el Banco Central de Venezuela incumplan con la orden de reintegro, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha que corresponda, serán sancionados con pena de prisión de dos a seis años con multa de 0,5 U.T por cada dólar de Estados Unidos o su equivalen en otra divisa cuando el monto a reintegrar sea superior a los $50.000". La ventana sigue abierta Por otro lado en esta reforma se mantiene sin modificaciones lo respectivo a las exentas de declarar, que de acuerdo con el Art. Nº15 entre ellas se encuentran las personas naturales y jurídicas que realicen operaciones con títulos valores y quedan sujetas a lo previsto en la normativa cambiaria, dando a pie entonces a un mercado de títulos. 4

La cobertura es indispensable 2015 se perfila como un año complejo y nuestros clientes deben tener en cuenta que en las próximas semanas, de una u otra forma, el Ejecutivo se prepara para un ajuste cambiario importante. La forma cómo se implemente y la magnitud del mismo tendrán consecuencias en variables claves como: el desempeño de la actividad económica, inflación, consumo, escasez, tipo de cambio no oficial, entre otros. Algunas recomendaciones son claves para enfrentar el 2015 y mantenerse a flote: Optimice los tiempos para decidir: Un punto crítico para el segmento de las multinacionales. Control estricto de gastos e inventarios. Invierta en el negocio: VEF 150 rinden más en Venezuela que un dólar en el exterior. Retenga el capital humano: La fuga de talento será un dolor de cabeza en 2015. Piense en la exportación: El negocio perfecto puede armarse con dólares preferenciales y tasas bancarias subsidiadas. El cambio no siempre es malo: En 2015 le tocará trabajar con nuevos proveedores y/o contratistas. Invierta en su marca: Ese es su principal patrimonio. La combinación perfecta será la publicidad, Responsabilidad Social Empresarial, clima de trabajo y entorno social. Optimice procesos para reducir costos. La tecnología en Venezuela, comparativamente, sigue siendo barata. Explore nuevos canales de comercialización y/o distribución. Invierta en calidad de servicio. Este es un talón de Aquiles en Venezuela. Las empresas que se destaquen en esta área, serán líderes. Venezuela como centro, pero no tema pensar en la internacionalización. Diversificarse nunca es malo. El entorno es cambiante. La información es poder. Genere redes. Por último, recomendamos a nuestros clientes ajustar sus balances a tasa de cambio promedio ponderado oficial para mitigar los impactos del ajuste cambiario venidero. 5