Programa Promoción de Políticas Públicas de Igualdad de Género en Colombia - Fase II TÉRMINOS DE REFERENCIA CONTRATAR UNA ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA ELABORACIÓN DE UN SISTEMA DE INDICADORES DE SEGUIMIENTO Y SU RESPECTIVA LÍNEA DE BASE DE LA LEY 1257 DE 2008 Y SUS DECRETOS REGLAMENTARIOS 1. Antecedentes y objetivos del Programa. En octubre de 2011 el Gobierno Español y el Gobierno Colombiano firmaron el nuevo Marco de Asociación País 2011-2014 (MAP), prorrogado hasta el año 2015, el cual define las líneas estratégicas del trabajo que realizará la Cooperación Española en Colombia durante estos años. El sector Género en Desarrollo fue uno de los cuatro sectores priorizados junto con construcción de la paz, crecimiento económico para la reducción de la pobreza y agua y saneamiento. Para esta vigencia del MAP el sector Género en Desarrollo centra sus acciones en las siguientes líneas de trabajo: a. Erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres b. Participación política y social para la incidencia y el ejercicio de derechos de las mujeres c. Políticas públicas y mecanismos de igualdad de género La primera línea de trabajo se propone desarrollar estrategias y herramientas orientadas a la erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres. Principalmente, en esta línea de trabajo el Programa ha apoyado a la institucionalidad competente a nivel nacional para mejorar la respuesta estatal a las violencias contras las mujeres y las niñas a través de asesoría técnica especializada. Esto ha respondido a la necesidad de encontrar estrategias que permitan el cumplimiento de los mandatos recogidos en diferentes normativas nacionales e internacionales en materia de prevención, atención y sanción de las violencias contra las mujeres, con especial énfasis en la Ley 1257 de 2008 y Decretos Reglamentarios. También se ha buscado fortalecer los procesos de sensibilización y formación de funcionarias y funcionarios públicos, la generación de material formativo y la producción de piezas comunicativas. En este sentido, el socio principal ha sido la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer CPEM-, en un trabajo conjunto que también ha tenido como marco de
referencia la Política Nacional de Equidad de Género y el Plan de Acción para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencias. El Programa Promoción de Políticas Públicas de Igualdad de Género en Colombia -Fase IIse estructura alrededor de estas tres líneas de trabajo, buscando estrategias y asistencia técnica especializada para cumplir con las metas y cualificar los objetivos propuestos. 2. Justificación La Ley 1257 de 2008, por medio de la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, estableció en su artículo 35 que la Consejería presidencial para la Equidad de la Mujer, en coordinación con la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo crearán el comité de seguimiento a la implementación y cumplimiento de esta ley que deberá contar con la participación de organizaciones de mujeres. Actualmente, la secretaría técnica de dicho Comité la realiza la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, quien implementa un plan anual de actividades para el funcionamiento del mismo. Entre las metas se encuentra la creación e implementación de un sistema de indicadores de seguimiento para la ley 1257 de 2008 y sus decretos reglamentarios, que se constituya en un instrumento que permita: visibilizar la magnitud y la intensidad de las distintas formas en las que se manifiesta la violencia contra las mujeres, el avance en la implementación de la ley según las competencias de las entidades sectoriales y territoriales, evaluar las acciones que se adelantan y dar recomendaciones para ajustes. Los indicadores deben construirse a la luz del texto de la ley, las recomendaciones que hizo la CEDAW en materia de atención y prevención de las violencias contra las mujeres y los problemas detectados por el propio Comité. Es importante destacar que la batería de indicadores permite medir la eficiencia, eficacia y pertinencia de las acciones que se adelantan para cumplir la ley, así como el resultado de gestión y de proceso, incluidos los recursos económicos que se invierten. Por tanto, la CPEM, requiere contratar una asesoría durante el año 2015, para la elaboración e implementación del sistema de indicadores de la Ley 1257, para lo cual cuenta con el apoyo de la AECID, socio estratégico en la prevención y atención de las violencias contras las mujeres.
3. Objeto de la Consultoría Contratar una consultoría para la elaboración e implementación de un sistema de indicadores de seguimiento y su respectiva línea de base, de la ley 1257 de 2008 y sus decretos reglamentarios. 4. Funciones Elaborar un plan de trabajo que incluya cronograma de actividades por el tiempo establecido para la consultoría. Revisión de los tableros de control del CONPES 161 -Política Pública de Equidad de Género para las Mujeres-, del CONPES 3784- Lineamientos de Política Pública para la prevención de riesgos, la protección y garantía de los derechos de las mujeres víctimas del conflicto armado- y de la batería de indicadores del Observatorio de Asuntos de Género. Elaborar y poner en funcionamiento un tablero de control dinámico y administrable en ambiente web, en una plataforma de fácil manejo por parte de la institucionalidad, de las organizaciones de la sociedad civil y de la academia, el cual será avalado por el Comité de Seguimiento a la Ley 1257. Ajustar el sistema de indicadores de acuerdo a las observaciones y recomendaciones realizadas por el Comité de Seguimiento. Entregar el sistema de indicadores con su línea de base. Capacitar al equipo de la CPEM sobre el manejo del sistema. Convocar y coordinar las reuniones de trabajo con los actores involucrados para la construcción del sistema de indicadores. Elaborar informes mensuales de las actividades realizadas. 5. Productos Plan de trabajo con cronograma de actividades Propuesta técnica y metodológica. Tablero de control dinámico y administrable en ambiente web. Línea de base del sistema de indicadores. Manual del funcionamiento del sistema de indicadores. Documento final con la construcción del sistema de indicadores de la Ley 1257 de 2008 y sus Decretos Reglamentarios. Informe final que contenga el desarrollo de la consultoría. Evidencias de las reuniones de coordinación realizadas.
Evidencias de las capacitaciones realizadas al equipo de la CPEM. 6. Perfil y criterios de selección - Profesional en ciencias humanas, derecho, ciencias sociales, administración pública. Con posgrado en temas relacionados con el contrato. Hasta 10 puntos. - Profesionales con experticia demostrada en el diseño e implementación de sistemas de indicadores en plataformas tecnológicas para manejar en ambiente web. Hasta 20 puntos. - Conocimiento demostrado en aplicar metodologías de seguimiento en temas de derechos humanos de las mujeres especialmente en el área de no violencia contra las mujeres. Hasta 20 puntos - Con experiencia de mínimo de 2 años en temas relacionados a la consultoría. Hasta 20 puntos. - Propuesta técnica y metodológica hasta 30 puntos. 7. Duración del contrato Dos meses a partir de la firma y perfeccionamiento del contrato. 8. Ubicación de la consultoría La sede de trabajo del/la profesional contratista será la ciudad de Bogotá. 9. Condiciones del contrato 9.1. Modalidad de contratación: contrato de prestación de servicios. 9.2. Forma de pago: El valor de la presente consultoría se pagará de manera porcentual, conforme con la entrega de productos tal como se detalla a continuación: - Un 20% del valor de la consultoría contra entrega a satisfacción del plan de trabajo y la propuesta técnica y metodológica. - Un 20% contra entrega a satisfacción del del tablero de control dinámico y administrable en ambiente web y el documento de línea de base del sistema de indicadores. - Un 60% contra entrega a satisfacción del documento final con la construcción del sistema de indicadores de la Ley 1257 de 2008 y sus Decretos Reglamentarios, del Manual de funcionamiento del sistema y del informe que dé cuenta del desarrollo de la consultoría.
10. Valor del contrato El monto máximo que se podrá destinar para esta consultoría es de $23.311.888. 11. Plazo y presentación de ofertas Se recibirán las propuestas, soportadas con el perfil profesional, hasta las 17:00 horas del 14 de abril de 2015, en el correo electrónico jimenaperez@humanas.org.co con copia a neiffiporras@presidencia.gov.co