CIRCULAR FEHR. Nueva Ley de Autónomos. Guía de Reformas.

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INFORME Nº 52/2009 Final : 24 de diciembre- 31 de diciembre D.O.E. 1. D.O.E. jueves, 24 de diciembre de D.O.E. lunes, 28 de diciembre de 2009

Cotizaciones Sociales y Salario Mínimo Interprofesional durante el año 2011

Transcripción:

19-10- 201 7 CIRCULAR FEHR [Federación Española de Hosteleria, Camino de las Huertas, 18, 28223 Pozuelo de Alarcón, Madrid] www.fehr.es Email : fehr@fehr.es Teléfono : (34) 91 352 91 56 Nueva Ley de Autónomos. El 11 de octubre se aprobó por unanimidad en el Parlamento la nueva ley de autónomos. Nace como un acuerdo unánime de todos los grupos parlamentarios, con lo que se busca una estabilidad prolongada en el tiempo. Esta ley después de pasar por el Senado sin enmiendas, entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y desde FEHR os queremos adelantarla información para mantener al día a nuestros asociados. Con esta reforma se pone en marcha 16 medidas para el fomento del empleo que haya más autónomos, mejorar su empleabilidad, la jubilación activa y flexibilizar trámites y regulación. Además, introduce modificaciones que mejoran la calidad del trabajo autónomo. Y que afectan a aspectos como la formación, la estabilidad, la seguridad en el trabajo. Estas son las claves de la nueva ley de autónomos aprobada. La normativa supone un avance para el sector, aunque es una medida mejorable, sí que mejora en muchos aspectos las condiciones laborales a las que están sometidos. Ley recoge menos cargas económicas y administrativas para los autónomos, una extensión de la tarifa plana de cincuenta euros, más derechos para los trabajadores autónomos y una mejora de la conciliación de estos trabajadores. Contenido Guía de Reformas 1 Medidas aplicables en 2017 2 Medidas a partir del 2018 4 Resultado 5 Cuadro Resumen 6 Guía de Reformas. En el sector de la Hosteleria los Autónomos suponen un gran porcentaje de las empresas. Según las últimas estadísticas de nuestro sector; los autónomos en Hostelería son un total de 327.700, 299.200 en Restauración y 28.500 en Alojamientos. Aunque su aprobación por el parlamento es definitiva, estamos a la espera de su publicación en el BOE. Está pendiente por tanto de las fechas definitivas de entrada en vigor, además algunas de sus medidas no surtirán efecto hasta el año que viene con la llegada de los nuevos presupuestos del estado para 2018. 1

Medidas 2017. De entrada, en vigor tras la publicación en el BOE Nueva ley de Autónomos Cambios en la cuota de los autónomos directivos o propietarios Antigua Ley: Cuando el Autónomo era el propietario o un directivo de la empresa, se generaba un aumento de la cuota que tenía que devengar porque iba unida al Salario Mínimo Interprofesional. Nueva Ley: La base mínima de la cuota de los autónomos societarios, ya no se elevará de manera automática en función del Salario Mínimo Interprofesional, sino que dependerá de lo que se determine en los presupuestos generales del Estado (PGE), después de negociarlo con las asociaciones más representativas del sector. Pluriactividad. Antigua Ley: Cuando se estaba en dos regímenes distintos a la vez (Por Autónomos y por Cuenta Ajena) se genera un exceso en la cuota de la Seguridad Social. Anteriormente para la devolución de dicho exceso se exija por parte de la Administración, tener que solicitarla de manera expresa. Nueva Ley: Actualmente y tras la aprobación de la ley, la devolución del exceso de cotización será automática, se devolverá lo que haya pagado de más, sin que tengan que solicitarlo de manera expresa. Los contratos por cuenta ajena a jornada completa, se establece una deducción durante 18 meses del 50%, que pasará a ser del 25% una vez transcurrido este período. Pensión-Salario. Antigua Ley: Autónomo empresario con trabajadores, cuando llegaba a la edad de jubilación, y quería seguir en activo solo cambia la posibilidad de una jubilación a tiempo parcial que consistía en cobrar la mitad del salario y la mitad de la pensión Nueva Ley: Se impulsa la jubilación activa y la transmisión de conocimiento. Por ello: los autónomos que tengan asalariados a cargos podrán, por primera vez, compatibilizar trabajo y el 100% de su pensión. Contratación de Familiares. Antigua Ley: Hasta ahora, los autónomos sólo podían contratar con ayudas a los jóvenes menores de 30 años o a un único familiar que fuera menor de 45 años. Nueva Ley: La contratación indefinida por parte del trabajador autónomo como trabajadores por cuenta ajena de su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o hasta el segundo grado inclusive, se bonifica las contingencias comunes el 100% un período de 12 meses. Para poder acogerse a esta bonificación será necesario que el trabajador autónomo no hubiera extinguido contratos de trabajo y mantener el contrato al menos seis meses. Se bonifica la contratación de hijos con discapacidad 2

Nueva ley de Autónomos Formación. Nueva Ley: Los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a la formación, financiada por fondos públicos, igual que los asalariados, con el fin de mejorar su competitividad y consolidar su actividad empresarial. Conciliación Familiar. 'Tarifa plana' de 50 euros para las madres que vuelvan al trabajo. Antigua Ley: No existía ninguna medida que favoreciera a las trabajadoras autónomas que hubieran sido madres. Nueva Ley: Se ha incorporado en la reforma de la ley, un nuevo supuesto que se podrá beneficiar de la denominada tarifa plana, el haber sido madre. Este supuesto engloba tanto el hecho natural de la maternidad, como el de adopción y el acogimiento. Las autónomas madres, podrán beneficiarse de esta tarifa durante el primer año después de retomar la vuelta al trabajo. Supone una excepción ya que es no tendrán que esperar a cumplir dos años desde que fueron autónomas por última vez para poder acogerse a esta tarifa, como así exige la regla general. Exención de cotización a la Seguridad Social en la maternidad y la paternidad. Antigua Ley: No existía ningún apartado equivalente Nueva Ley: La cuota de autónomos por baja de maternidad o riesgo durante embarazo será bonificada al 100%, aunque no se contrate a nadie en sustitución. Se incrementa, por otra parte, de 7 a 12 años la edad de los menores a cargo para poder beneficiarse de la bonificación por conciliación. Si fuera necesario contratar un trabajador en interinidad ante esa baja, su cuota a la Seguridad Social también será bonificada al 100%, pudiendo compatibilizar ambas cuestiones. También aparece la ayuda para cuidar a menores o dependientes, y se establece se cuide un menor o una persona dependiente tendrá derecho a una exención del 100% en las cotizaciones a la Seguridad Social. Protección para el autónomo ante un accidente 'in itinere'. Antigua Ley: No existía ninguna medida. Nueva Ley: Instaura e iguala un sistema de protección al autónomo en el caso de los accidentes in itinere. Los accidentes In Itinere son aquellos que se producen en el traslado que realiza el trabajador de su domicilio al centro de trabajo y es por ello por lo que se establece que deben ser distintos el domicilio y el centro de trabajo, cuando ambos coincidan no existiría accidente in itinere. Dialogo Social. Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas de los autónomos son consideradas de utilidad pública, en el mismo nivel que las patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos CCOO y UGT. En el mismo sentido, a partir de la entrada en vigor Beneficios por Pluriactividad, Contratación de familiares, Pensión-Salarios. 3

Nueva Ley de Autónomos Medidas que deberían entrar en vigor el 1 de enero de 2018 Ampliación de la 'tarifa plana' Antigua Ley: El autónomo se podía beneficiar de la tarifa plana con un máximo de 6 meses. Nueva Ley: Se amplía la tarifa plana de 50 euros a un año para nuevos autónomos o aquellos que no lo fueron en los dos últimos años y que tras ese periodo vuelven a cotizar en el sistema de autónomos. A partir del mes 13, y hasta el 18, la deducción será de un 50% de la bonificación. A partir de esa fecha, y hasta los dos años, el autónomo se beneficiará de una deducción del 30%. Otras posibles bonificaciones serán la reducción de los primeros doce meses en un 80% y de los 48 siguientes del 50%, en los casos de discapacidad o de personas víctimas de la violencia de género o terrorista. Ayudas compatibles con la contratación de asalariados Antigua Ley: Si se optaba por realizar una contratación de un trabajador por cuenta ajena se perdía el beneficio de la tarifa plana. Nueva Ley: Se podrá optar a recibir ayudas en las cotizaciones y la tarifa plana, aunque se contraten trabajadores por cuenta ajena y si estos son de carácter indefinido, la bonificación de las cotizaciones será del 100%. Se reducen los recargos por impago de la deuda Antigua ley: Se establece un recargo del 20% desde el primer impago. Nueva ley: Si no se paga a tiempo la cuota de autónomo se penalizará con un 10% de recargo el primer mes tras haber vencido el plazo. Posteriormente, sube al 20%. La cotización. Antigua ley: Los autónomos cuando se daban de alta, tenían que abonar el mes completo, aunque esta alta fuera a finales. Nueva Ley: Los autónomos sólo pagarán la cotización de la Seguridad Social desde el día concreto del mes en el que se den de alta. Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización, en función de sus intereses e ingresos. Base de cotización más flexible. Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización para adaptarla a sus ingresos. Hasta ahora solo podían modificarla en dos ocasiones. Dependiendo de las fechas cuando se realice tendrá entrara en vigor en un momento para el 1 de abril, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 31 de marzo. Si el autónomo quiere cambiar de base entre el 1 de abril y el 30 de junio, el plazo terminará el 1 de julio. Y el 1 de octubre, entre el 1 de julio y el 30 de septiembre. El 1 de enero del próximo año, si la solicitud se presenta entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre. La normativa permite darse de alta y de baja en la Seguridad Social hasta en tres ocasiones en un año. Los emprendedores podrán optar de nuevo a esta tarifa plana pasados tres años desde que la disfrutaron si vuelven a reemprender. Ampliación de la tarifa plana de 50 euros de 6 meses a 1 año.. 4

Nueva Ley de Autónomos Desgravaciones. Nueva ley: se incrementan el tipo de desgravaciones a la que se pueden acoger los autónomos. Los autónomos que trabajen desde casa podrán desgravarse hasta un 30% del IRPF de los gastos en suministros como luz, agua y teléfono. Deberán demostrar que su domicilio es su empresa. También se deducirá el 50% de los gastos por carburante del vehículo empleado en la actividad laboral. Se podrán deducir 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto en comida, cuando afecta directamente a la actividad en territorio español. En el extranjero asciende a 48 euros. Se exigirá que sea en locales legalmente establecidos (restaurantes, cafeterías ) y que se abone mediante medios electrónicos. Aumento de las desgravaciones; para suministros, gasolina, comidas en restaurantes. 5

PLURIACTIVIDAD MEDIDAS DE ENTRADA EN VIGOR TRAS SU PUBLICACIÓN Devolución del exceso de cotización Formato automático de devolución AUTÓNOMOS PROPIETARIOS O DIRECTIVOS BAJAS- ACCIDENTES Deducción de 18 meses del 50% y 25% sucesivo No se eleva la cuota de manera automática con el salario mínimo interprofesional. La cuota dependerá directamente de presupuestos generales del estado. Se reconoce el accidente in itinere JUBILACIÓN Compatibilización de cobro 100% de la pensión y trabajo. CONCILIACIÓN FAMILIAR CONTRATACIÓN DE FAMILIARES. FORMACIÓN Autónomas que han sido madres se pueden acoger tarifa plana 50 euros durante un año. Baja de maternidad/paternidad, se bonificará el 100% la cuota de autónomos. Cuidado de menores o dependientes exención 100%. Se facilita la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos La contratación de familiares hasta segundo grado se bonifica las contingencias comunes hasta el 100% durante 12 meses. Se puede acceder a la formación financiada por fondos públicos. DIALOGO SOCIAL Organizaciones de autónomos más importantes se reconoce como de utilidad pública. Organizaciones tienen un año para entrar en el consejo económico y social. 6

MEDIDAS PARA EL 2018 Ampliación a 12 meses. TARIFA PLANA 50 EUROS IMPAGOS Del mes 13 al 18, bonificación del 50%. A partir del mes 18, bonificación 30%. En caso de reemprender se puede acoger a tarifa plana si han pasado tres años. posibilidad de compatibilizar tarifa contratación por cuenta ajena. Para el primer impago, el recargo es del 10%. Segundo y sucesivos impagos, el recargo es del 20% Cuando el domicilio sea su empresa se puede desgravar un 30% suministros de agua, luz y teléfono. DESGRAVACIONES Cuando el vehículo se destine a la actividad laboral se podrá deducir 50% de carburante. En el caso de comidas en España se puede deducir 26,67 euros al dia y 48 si es el extranjero. Solo se paga cotización desde el dia concreto que se de alta. COTIZACIÓN Se puede dar de alta y baja del sistema hasta 3 veces en un año. Se puede cambiar hasta 4 veces en un año la base de la cotización. 7

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