DIRECCIÓN DE REGULACIÓN ECONÓMICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

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la prevención de los riesgos laborales.

Transcripción:

Estimaciones de la remuneración requerida para la prestación de servicios asistenciales derivados de accidentes de trabajo y enfermedades laborales de los docentes del FOMAG Resumen Ejecutivo DIRECCIÓN DE REGULACIÓN ECONÓMICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Octubre de 2016 1

Resumen Ejecutivo. Estudio Técnico de Definición de Suficiencia Tarifaria para la Financiación de las Prestaciones Asistenciales del FOMAG 1. La cotización al Sistema de Riesgos Laborales se distribuye según cinco clases de riesgo, de la siguiente forma: Clase Tasa de de Cotización Riesgo 1 0.522% 2 1.044% 3 2.436% 4 4.350% 5 6.960% 2. La cotización al Sistema General de Riesgos Laborales garantiza las siguientes coberturas derivadas de enfermedades laborales y accidentes de trabajo con ocasión o por cuenta del trabajo, así como servicios obligatorios de promoción y prevención: a. Prestaciones Económicas: Incapacidad Temporal Incapacidad Parcial Permanente Pensión de Invalidez Pensión de Sobrevivencia Auxilio Funerario b. Prestaciones Asistenciales Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica. Servicios de hospitalización Servicio odontológico Suministro de medicamentos Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento. Prótesis y órtesis, su reparación, y su reposición solo en casos de deterioro o desadaptación, cuando a criterio de rehabilitación se recomiende. Rehabilitación física y profesional. Gastos de traslado, en condiciones normales, que sean necesarios para la prestación de estos servicios. c. Servicios obligatorios de Promoción y Prevención: Las actividades básicas de educación que permitan a las empresas conocer y aplicar las normas en materia de SG-SST y el cumplimiento del nivel básico del plan de trabajo anual de su SG-SST. Asesoría técnica básica para el diseño del SG-SST de la empresa. Capacitación para el montaje de la brigada de primeros auxilios. Capacitación a los miembros del comité paritario de salud ocupacional (COPASO) en aquellas empresas con un número mayor de 10 trabajadores, o a los vigías ocupacionales en aquellas empresas con menos de 10 trabajadores Planes de fomento de estilos de vida y de trabajo saludables, de acuerdo con los perfiles epidemiológicos de las empresas. 2

Desarrollo de programas regulares de prevención y control de riesgos laborales y de rehabilitación integral en las empresas afiliadas. Desarrollo de programas de vigilancia epidemiológica, en relación con el control permanente de las condiciones de trabajo y de salud, y el control efectivo del riesgo. Creación de mecanismos para prevenir las secuelas y daños secundarios en caso de IPP o invalidez, para lograr la rehabilitación integral, procesos de readaptación y reubicación laboral. Diseño y asesoría en la implementación de áreas, puestos de trabajo y maquinarias, equipos y herramientas en los procesos de reinserción laboral, con el fin de evitar los accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Suministrar asesoría técnica en temas de higiene ocupacional o industrial, según el grado de riesgo para reducir los niveles de exposición al riesgo. 3. Según la normativa, el 100% de la cotización se distribuye de la siguiente manera a. 14.2% para programas obligatorios de Promoción y Prevención b. Hasta el 23% para gastos de administración c. 1% para el Fondo de Riesgos Laborales d. 2% para la Reserva de Enfermedad Laboral e. 4% para la Reserva de Desviación de Siniestralidad f. El restante 55.8% debe ser suficiente para la constitución de las restantes reservas (matemática, avisados y no avisados), para el pago de siniestros, y un margen de utilidad que garantice la solvencia de la aseguradora. 4. El sector económico denominado Educación comprende exclusivamente la clase de riesgo I, y corresponde a las siguientes actividades económicas: Código de actividad (Decreto 1607 de 2002) 1801101 1801201 Nombre de la actividad económica ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACION PREESCOLAR QUE SUELE IMPARTIRSE EN ESCUELAS DE PÁR-VULOS O EN JARDINES INFANTILES, INCLUYE GUARDERIAS ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACION BÁSICA-PRIMARIA, INCLUYE AQUELLOS DONDE SE DICTAN LOS PROGRAMAS DE ALFABETIZACION PARA NINOS QUE NO ASISTEN A UN CENTRO EDUCATIVO, LA EDUCACION ESPECIAL DIRIGIDA A NIÑOS Y JOVENES CON LIMITACIONES O CAPACIDADES EXCEPCIONALES. 1802101 ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACION BÁSICA SECUNDARIA 1802201 ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACION MEDIA ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACION PREESCOLAR Y 1804101 BASICA PRIMARIA EN LA MISMA UNIDAD FISICA ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACION PREESCOLAR Y 1804201 BÁSICA PRIMARIA Y BASICA SECUNDARIA EN LA MISMA UNIDAD FISICA ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACION PREESCOLAR, BASICA PRIMARIA BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA DE CARÁCTER ACADÉMICO O 1804301 TÉCNICO EN LA MISMA UNIDAD FÍSICA ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACION BASICA PRIMARIA Y 1804401 BASICA SECUNDARIA EN LA MISMA UNIDAD FISICA 3

1804501 1804601 1805001 1806001 ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACION BÁSICA PRIMARIA BASICA SECUNDARIA Y MEDIA DE CARÁCTER ACADÉMICO Y/ O TÉCNICO EN LA MISMA UNIDAD FÍSICA ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACION BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA DE CARÁCTER ACADÉMICO Y/O TÉCNICO EN LA MISMA UNIDAD FÍSICA EDUCACION SUPERIOR, HACE REFERENCIA A EMPRESAS DEDICADAS A ESPECIALIZACIONES Y POSGRADOS CUANDO SE REALICEN ACTIVIDADES PRACTICAS SE ASIMILARAN AL RIESGO DEL CENTRO DE TRABAJO. ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACION NO FORMAL, INCLUYE PROGRAMAS DE ALFABETIZACION PARA ADULTOS ETC. 5. Según información reportada por las ARL para el periodo entre octubre de 2014 y septiembre de 2015 (año móvil), se contabilizaron los siguientes resultados sobre esta población: a. 504.857 expuestos (cociente entre días cotizados al Sistema y 360 días), medida que permite homogeneizar los días cotizados por los trabajadores a una fracción anual. b. Primas emitidas (ingresos operacionales) por valor de $ 47,060,766,243 COP. c. Siniestros pagados (prestaciones económicas y asistenciales) por valor de $ 15,804,959,195 COP. d. Siniestros pagados sobre primas emitidas (siniestralidad): 34%. e. En conclusión, las actividades económicas del sector educativo son autosostenibles desde el punto de vista financiero, y no requieren del subsidio de un pool de cotizantes de clases de riesgo mayores (II, III, IV y V) 6. Para determinar la tasa de cotización que sería equivalente para la prestación de servicios asistenciales a los docentes afiliados al FOMAG, se realizó el siguiente procedimiento: a. En vista que la cotización al SGRL representa la cobertura de prestaciones económicas y asistenciales, además del aporte al Fondo de Riesgos Laborales, la tasa de cotización equivalente para el FOMAG no puede ser del 0.522%, sino una inferior que descuente el pago de siniestros y las reservas asociadas a prestaciones económicas (lucro cesante del trabajador), así como los gastos de promoción y prevención, y demás rubros de destinación específica del SGRL que no tengan relación directa con la prestación de servicios asistenciales. b. Para tal efecto, con base en los datos contables históricos del periodo 2008-2015 reportados por las ARL a través de los formatos 253 y 290 de la SFC, se realizaron los siguientes cálculos: Se descontaron las reservas de enfermedad laboral, desviación de siniestralidad, gastos de promoción y prevención y el porcentaje que se debe destinar al Fondo de Riesgos Laborales. Del porcentaje de 55.8% que teóricamente abarca el pago de los siniestros y la constitución de reservas (ocurridos avisados y no avisados, y reserva matemática), se separaron los pagos de siniestros y las reservas en una proporción de 65/35, es decir, que el 65% del 55.8% cubre pagos y el 35% restante cubre reservas, con base en la proporción histórica. 4

Tanto para el cálculo de los pagos de siniestros asistenciales, como para la determinación de las reservas asociadas a estas prestaciones se asumió una proporción entre asistenciales y económicas de 39/61, con base en la proporción histórica. Del 23% del tope de gastos administrativos se asumió que el 40% debe preservarse para garantizar la suficiencia de este gasto asociado exclusivamente a los servicios asistenciales. Se añadió un margen de seguridad para este gasto del 10%, para un total de 50% de ajuste. Con base en lo anterior, agregando estos rubros de gasto, se encontró que el porcentaje de cotización para el FOMAG correspondía al 33.3% de la cotización en Riesgos Laborales. Se añadió a dicho porcentaje, un margen de seguridad del 5% de la cotización, dando como resultado que la tasa equivalente para el FOMAG corresponde al 38.3% de la tasa de cotización en el SGRL, correspondiente a una tasa de cotización de 0.1997%. No. Porcentaje de la tasa de cotización Destinación Tratamiento para cálculos de FOMAG 1 2.0% Reserva de enfermedad laboral Descontar 2 4.0% Reserva de desviación de siniestralidad Descontar 3 1.0% Fondo de Riesgos Laborales Descontar 4 23.0% Gastos administrativos Total asistencial + económico Descontar 4.1 11.5% Gasto administrativo asistencial Contar 4.2 11.5% Gasto administrativo económico Descontar 5 14.2% Promoción y Prevención Descontar 6.1.1 14.1% Pago de siniestros de prestaciones asistenciales Contar 6.1.2 22.1% Pago de siniestros de prestaciones económicas Descontar 6.1 36.3% Pago de siniestros (prestaciones económicas y asistenciales) Descontar 6.2.1 7.6% Constitución neta de reservas para pago de asistenciales Contar 6.2.2 11.9% Constitución neta de reservas para pago de económicas Descontar 6.2 19.5% Constitución neta de reservas Descontar 6 55.8% Pago de siniestros, otras reservas y utilidades Descontar 100.0% Total de la cotización en riesgos laborales (1+2+3+4+5+6) 7 33.3% Porcentaje actuarial para el FOMAG (4.1+6.1.1+6.2.1) 8 5% Margen de seguridad Porcentaje asumido 9 38.3% Porcentaje actuarial + margen de seguridad (7+8) 10 0.1997% Tasa de cotización de equivalencia para el FOMAG 0.522% X (9) Con la tasa de cotización de equivalencia así calculada se expresa la UPCM total, que incluye la remuneración del gasto asistencial derivado de riesgos laborales, calculada sobre el conjunto de la población docente (326.893 personas), así: (1) Salario promedio $ 2.300.000 5

(2) Total Afiliados 828.155 (3) Afiliados Docentes 326.893 (4) Afiliados (No Docentes u otros) 501.262 (5) UPC-RC $ 689.508 (6) UPC-RC Ponderada Edad-Zona $ 779.330 (7) Plus UPCM común UPCez * 59,88% (8) Plus UPCM Docentes - Riesgos Laborales UPC * 7.99% (9) UPCM Total Afiliados Sólo Salud (9) = (2) * (6) * (100% + 7) $ 1.031.875.444.888 (10) Costo Riesgos Laborales de Docentes $ 18.019.920.609 (11) Total Reconocimiento (11) = (9) + (10) $ 1.049.895.365.496 (12) UPC Total Afiliados (Sin plus) (12) = (2) * (6) $ 645.406.207.711 (13) Proporción Plus (13) = (12) / (11) 61,47% (14) UPC Afiliados Docentes (14) = (3) * (5) $ 225.395.338.644 (15) UPCM Afiliados Docentes Sólo Salud (15) = (3) * (5) * (100% + 7) $ 360.362.067.424 (16) Total Costo Docentes (16) = (15) + (10) $ 377.856.456.612 (17) Proporción Plus RL (17) = (59.88%) [ (16) / (14) 100%] 7,99% Para efectos de incorporar los recursos antes calculados de riesgos laborales, componente asistencial, en el Plus general de la UPCM, que comprende toda la población afiliada al FOMAG (828.155 personas), se procede así: Costo total UPC + Costo total UPCM + Costo "Riesgos Laborales" UPCMactual Costo total UPC Equivalente a: 645.406.207.711 + 311.860.279.566 + 18.019.920.609 48.32 = 2.79% 645.406.207.711 6