Operación Renta AT 2015 Fecha: Abril de 2015
Temario Cambios en Formulario 22 Reforma Tributaria Fechas Importantes Crédito por Gastos en Educación Propuesta de Declaración de Renta Cotizaciones Previsionales Portal Renta Suplemento Tributario 2015 2
Formulario 22 - Anverso Contabilidad Simplificada: se realiza la apertura del código [109], para identificar aquellas rentas generadas por el propio contribuyente de aquellas que provengan de su participación en sociedades que determinen rentas según contabilidad simplificada, agregándose los códigos que se detallan. 3
Formulario 22 - Anverso Ley Única de Fondos: el artículo 82 de la Ley 20.712, de 2014, establece un impuesto único del 10%, al mayor valor obtenido en la enajenación de cuotas de fondos de inversión, señalados en dicho artículo, a los contribuyentes sin domicilio y sin residencia en Chile, por lo que se agrega el código [951] para declarar dicho mayor valor y el código [952]. 4
Formulario 22 - Reverso Responsabilidad Social: a raíz del nuevo literal v) del inciso segundo del artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se agrega el nuevo código [941] en el Recuadro N 2 para declarar los pagos o desembolsos que se realicen en actividades denominadas Responsabilidad Social. Esta medida permite rebajar como gasto el aporte realizado a ciertos proyectos, que cuenten con una Resolución dictada por la autoridad competente. 5
Formulario 22 - Reverso Cambio en la Normativa de la Depreciación: se agregan los códigos necesarios para la implementación del cambio normativo, respecto de las nuevas formas de depreciación, que benefician a ciertos contribuyentes, disminuyendo el plazo en que pueden depreciar sus activos fijos (nuevo artículo 31, N 5 bis): Depreciación acelerada en 1 año: Contribuyentes con promedio anual de ingresos en los 3 años anteriores, igual o inferior a 25.000 UF. Para bienes nuevos o usados. Contribuyentes sin operaciones los años anteriores, capital efectivo no superior a 30.000 UF. Depreciación acelerada en 1/10 de la vida útil normal: Contribuyentes con promedio anual de ingresos en los 3 años anteriores, superior a 25.000 UF e igual o inferior a 100.000 UF. Para bienes nuevos o importados. 6
Formulario 22 - Reverso Cambio en la Normativa de la Depreciación 7
Formulario 22 - Reverso Derechos Sociales: se crean los nuevos códigos para el control del mayor valor en los derechos sociales, que antes se declaraban en conjunto con las acciones y cuotas de fondos mutuos, entre otros. 8
Formulario 22 - Reverso Donaciones con fines culturales: luego del cambio legal establecido a través de la Ley N 20.765, de 2013, que entre otros, introdujo la posibilidad de imputar el remanente del gasto que exceda la renta líquida, hasta los dos ejercicios comerciales siguientes, se crea el código [953] para el control de dicho remanente. 9
Cambios en Formulario 22 Se elimina: Beneficio del artículo 14 quáter: se elimina la posibilidad de solicitar este beneficio, dejándolo sólo para los contribuyentes que ya se encuentran en dicho régimen, por lo que se elimina el código que se utilizaba para solicitar dicho beneficio, que se encontraba en el Recuadro Sistema Determinación Rentas, código [888] Beneficio 57 Bis: se elimina el código respectivo, mediante el cual se señalaba que el contribuyente contaba con esta franquicia, que se encontraba en el Recuadro Franquicias Tributarias. 10
Modificaciones por la Reforma Tributaria, que no implican una modificación en el F22 Aumento en la Tasa del Impuesto de Primera Categoría Año Comercial Año Tributario Tasa 2013 2014 20% 2014 2015 21% 2015 2016 22,5% 2016 2017 24% Año Comercial Año Tributario Parcialme nte Integrado Renta Atribuida 2017 2018 25,5% 25% 2018 en 2019 27% 25% adelante 11
Crédito por Activo Fijo Aumento transitorio de la tasa de crédito por inversiones en activo fijo (33 bis) efectuadas a contar del 1 de octubre de 2014 y hasta el 1 de octubre de 2015. Dicha norma transitoria considera una tasa de crédito más alta que la establecida en la norma permanente, que va desde un 4% hasta un 8%, (según el promedio de ingresos obtenido por el contribuyente durante los últimos 3 años) del valor de los bienes físicos del activo inmovilizado, adquiridos nuevos, o terminados de construir o que tomen en arrendamiento con opción de compra, durante dicho período. 12
14 Ter A) Para los contribuyentes pequeños y algunos medianos (ingresos promedio de los últimos 3 años inferior o igual a 50.000 UF, destaca el nuevo régimen del artículo 14 Ter al cual podrán optar hasta el 30 de abril del presente año si desean acoger las rentas del año comercial 2015. Para este efecto, se ha dispuesto el formulario electrónico N 3264 que ya se encuentra disponible en la página del SII y que, además, aparecerá como opción al momento de realizar la Declaración de Renta. 13
Participación en Sociedades Se mostrará la información existente en el Servicio, con el fin de que las personas naturales validen si es correcta y posteriormente la complementen en caso de ser necesario. Con esta iniciativa, el Servicio realizará una caracterización de la información contenida en sus bases de datos lo que, junto con permitir mejoras en la calidad de la información, servirá para apoyar los cambios operacionales que introdujo la Reforma Tributaria. 14
Fechas Importantes Fecha Envío F22 Depósito Fecha de Devolución Cheque 01 de Abril al 16 de Abril 13-05-2015 29-05-2015 17 de Abril al 27 de Abril 19-05-2015 29-05-2015 28 de Abril al 8 de Mayo 28-05-2015 29-05-2015 Portal Renta : Disponible Plazo Presentación F22 SIN Pago : 01-04-2015 a 08-05-2015 Plazo Presentación F22 CON Pago : 09-04-2015 a 30-04-2015 Término Reemplazo Declaración de Renta : 27-04-2015 15
Crédito por Gastos en Educación - Beneficio corresponde a 4,4 UF por hijo que cumple con los requisitos ($108.359). Requisitos de los padres: El padre y/o la madre deben haber tenido una renta mensual superior a $583.000, o bien una renta anual superior a $6.998,076, lo que los hace contribuyentes del Impuesto Único de Segunda Categoría o del Impuesto Global Complementario. La suma anual de las rentas totales del padre y de la madre no debe exceder de la cantidad equivalente a 792 UF ($19.504.663). Si en conjunto exceden de dicha cantidad, ninguno de ellos tendrá derecho a la citada rebaja. Requisitos de los hijos: Los hijos deben ser menores de 25 años al 31 de diciembre de 2014. Los hijos deben estar matriculados en una institución de enseñanza pre escolar, básica, diferencial y/o media, reconocida por el Estado, y tener un mínimo de asistencia del 85% (o menor cuando exista algún impedimento justificado o en casos de fuerza mayor). 16
Propuesta de Declaración de Renta Customizada Todos los contribuyentes a los cuales el SII les realice propuesta, tendrán una declaración en formato personalizado. En dicho formato, SÓLO se muestran los códigos que tienen incidencia en el resultado de la liquidación del impuesto a la renta. 17
Propuesta Persona Natural Extranjera Al igual que el año pasado, las Personas Naturales Extranjeras con domicilio o residencia en Chile, deberán indicar si poseen rentas de fuentes extranjeras y/o lleva más de 3 años en Chile. Con dicha información, el SII determinará si es posible entregar una propuesta de Declaración de Renta, o un llenado parcial. 18
Cotizaciones Previsionales - 3 primeros años gradualidad de la base imponible de cotizaciones para pensiones y de acuerdo a la legislación vigente, este es el último año tributario en que existe la opción de manifestar voluntad de no cotizar. Año Tributario 2013 è 40% Base Imponible Año Tributario 2014 è 70% Base Imponible Año Tributario 2015 è 100% Base Imponible - Base imponible mínima 281.250 (225.000/0,8) - Tope Máximo Imponible Anual: $21.366.412 (72,3 UF *12) Aplicaciones Disponibles - Declaración Jurada de Renuncia - Simulador de Cálculo de Cotizaciones - Información del cálculo detallado de cotizaciones con Información de agentes informantes - Consulta de Estado del cálculo de cotizaciones Cifras AT2014 Renuncias: 898.413 (689.212 habrían tenido cálculo de cotizaciones) 19
Portal Renta 20
Portal Renta 21
Suplemento Tributario 2015 Instrucciones para efectuar la Declaración de los Impuestos Anuales a la Renta correspondientes al Año Tributario 2015 22
FIN 23