ESCUELA JOSÉ DE SAN MARTÍN.
I. INTRODUCCIÓN. La convivencia escolar es una parte inherente de nuestra cotidianidad, aún si no la intencionamos. La propuesta de este Manual de Convivencia se hace necesaria porque constituye un medio facilitador de un aprendizaje sobre las motivaciones que van más allá de las normas, propiamente tal. Es por esto importante aclarar que, debido a las connotaciones que suele despertar la palabra disciplina preferiremos hablar de Convivencia Qué entenderemos por Convivencia Escolar? Las normas de Convivencia que se detallan en este Manual, constituyen un instrumento esencial y una oportunidad privilegiada para formar en los ideales propuestos a nuestros alumnos/as, desde la perspectiva del Proyecto Educativo Institucional. La convivencia escolar se entiende como la interrelación entre los diferentes miembros del establecimiento educacional Esta concepción no se limita a la relación entre las personas, sino que incluye las formas de interacciones entre los diferentes estamentos que conforman la comunidad educativa, por lo que constituye una construcción colectiva, y es responsabilidad de todos/ as los miembros y actores educativos sin excepciones 1 Por lo anterior, es indispensable establecer normas en un contexto de relaciones interpersonales, para que exista un limite el que será primordial en la demarcación de los limites en un espacio formativo, de este modo se actuara en pro de una buena convivencia escolar. Por qué es indispensable un ambiente propicio dentro del establecimiento escolar? Para proteger y resguardar lo esencial en el establecimiento educacional, haciéndolo de forma agradable para entregar las mejores herramientas educativas y así reforzar los valores entregados por las familias que pertenecen a la comunidad educativa. 1 Política convivencia Escolar. Ministerio de Educación 2002. Santiago de Chile.
II. DERECHOS Y DEBERES DE ESTUDIANTES, APODERADOS, PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN, ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Y EQUIPO DIRECTIVO. La Ley General de Educación (Ley N 20.370) en su artículo N 10: Artículo 10.- Sin prejuicio de los derechos y deberes que establecen las leyes y reglamentos, los integrantes de la comunidad educativa gozarán de los siguientes derechos y estarán sujetos a los siguientes deberes: a. Los alumnos y alumnas tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral; a recibir una atención adecuada y oportuna en el caso de tener necesidades educativas especiales; a no ser discriminados arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objetos de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos. Tienen derecho, además a que se respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas y culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento. De igual modo, tienen derecho a ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de evaluación del establecimiento educacional José de San Martín, a participar en la vida cultural y deportiva y recreativa del establecimiento, y a asociarse entre ellos. Son deberes de los alumnos/as brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad educativa; asistir a clases; estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades; cooperar en mejorar la convivencia escolar, cuidar la infraestructura educacional y respetar el proyecto educativo y el reglamento interno del establecimiento.
b. Los padres, madres, tutores y apoderados tienen derecho a ser informados por los directivos y docentes a cargo de la Educación de sus hijos respecto de los rendimientos académicos y del proceso educativo de éstos, así como del funcionamiento del establecimiento, y a ser escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que le corresponda, aportando al desarrollo del proyecto educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento. El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del Centro de Padres y Apoderados. Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para éstos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa. c. Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo; del mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa. Además, tienen derecho a proponer las iniciativas que estimen útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna, procurando, además, disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo. Por su parte, son deberes de los profesionales de la educación ejercer la función docente en forma idónea y responsable; orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda; actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente; investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de
estudio; respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan como los derechos de los alumnos y alumnas, y tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa. d. Los asistentes de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes; a recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar; a participar de las instancias colegiadas de ésta, y a proponer las iniciativas que estimen útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna. Son deberes de los asistentes de la educación ejercer su función en forma idónea y responsable; respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan, y brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa. e. Los equipos docentes directivos de los establecimientos educacionales tienen derecho a conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen. Son deberes de los equipos docentes directivos liderar los establecimientos a su cargo, sobre la base de sus responsabilidades, y propender a elevar la calidad de éstos; desarrollarse profesionalmente; promover en los docentes el desarrollo profesional necesario para el cumplimiento de sus metas educativas, y cumplir y respetar todas las normas del establecimiento que conducen. Para el mejor cumplimiento de estos objetivos los miembros de estos equipos de los establecimientos subvencionados o que reciben aportes del Estado deberán realizar supervisión pedagógica en el aula.
Los derechos y deberes anteriores se ejercerán en el marco de la ley y en virtud de las funciones y responsabilidades delegadas por el sostenedor, según corresponda. III. PROCEDIMIENTO PARA FALTAS AL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO. El reglamento interno es un documento donde se describe normas y reglas básicas que el colegio ha establecido para que el funcionamiento diario de la comunidad educativa sea claro, fluido y armónico. En él se describen aspectos prácticos como el uso de uniforme, los horarios de entrada y salida de la jornada, etc. a. En caso de impuntualidad: - Los atrasos en el ingreso al establecimiento serán registrados diariamente en un archivo que el colegio tendrá para este efecto. Quienes lleguen atrasados ingresarán a la sala de clases con un pase de inspectoría. Inspectoría es el responsable del registro. - Los alumnos que lleguen en un horario posterior a las 8:15 hrs. sin justificación, deberán presentarse al día siguiente con su apoderado. - Cuando los estudiantes acumulen dos atrasos sin causa justificada en su registro, se citará al apoderado para remediar la conducta del/la estudiante, inspectoría hará un seguimiento de atrasos incorporando al hogar. - Para los atrasos entre clases, será Inspectoría quién llevará estos registros. Cada estudiante deberá solicitar un pase a Inspectoría para ingresar a la sala. Luego de tres atrasos internos será citado el apoderado.
b. En caso de inasistencia del/la estudiante. - Toda inasistencia, debe ser justificada por el/la apoderado/a, ya sea asistiendo al colegio, mediante una comunicación formal o a través de un certificado médico. Este último debe ser entregado a inspectoría. - Si un alumno presenta tres días de inasistencia sin justificativo médico el apoderado debe presentarse en Inspectoría. - Al tercer día si no existiese justificación por la inasistencia, el inspector de ciclo llamará al apoderado para conocer el motivo de ésta. En caso que el Inspector no lograra comunicarse con el/ la apoderado/a, se derivará a Asistente Social. c. En caso de retiro de estudiantes durante la jornada escolar. - Si por alguna eventualidad un/a estudiante necesita retirarse del establecimiento antes del término de la jornada de clases, el/la apoderado/a o persona autorizada (mayor de edad) debe acudir personalmente con cédula de identidad a realizar el retiro, justificándolo. Los retiros podrán realizarse en horarios determinados por el establecimiento, para facilitar el adecuado desarrollo de las clases. - En caso de tener hora médica, el alumno debe presentar el motivo adecuado, a través, de comunicación de su apoderado, con teléfono para confirmar, y de esta forma salir para luego regresar.
- Al momento de realizar un retiro, la persona autorizada, debe firmar el Libro de Salida de Estudiantes, especialmente destinado para estos efectos, quedando registrado el evento en el libro de clases del curso al cual pertenece, el nombre del/la estudiante y en la hora de clases correspondiente. Puede quedar firmado también al comienzo de la jornada. - Si al momento de retirarse del establecimiento educacional el/la estudiante debiese rendir una prueba o evaluación deberá regirse por lo estipulado en el reglamento de evaluación. d. Sobre la responsabilidad con material de Biblioteca. - Los libros solicitados deben devolverse en las fechas establecidas por biblioteca. - El préstamo de un libro estará sujeto a la devolución del anteriormente prestado.. - Si un libro no es devuelto en el plazo acordado se citará al apoderado. - Si el libro prestado sufre algún daño, el alumno debe reponerlo. e. Sobre la responsabilidad de padres y/o apoderados ante las citaciones que realiza el establecimiento Respecto al incumplimiento de las normas de funcionamiento anteriormente expuestas donde les concierne a los apoderados ser parte del procedimiento y éstos no respondan, así como también en el caso de inasistencia a reuniones o entrevistas, se realizarán acciones concretas en pro de lograr su activación y responsabilización.
1. Citación a entrevista personal al apoderado con el Profesor Jefe. Si el apoderado falta, concurre información a inspectoría. 2. Citación de inspectoría. Si el apoderado no asiste se deriva el caso al Departamento Psicosocial, donde se tomarán acciones como: visitas domiciliaras, talleres formativos para Padres o posible derivación a Instituciones externas de apoyo. 3. En caso de reiterados incumplimientos por parte del apoderado, o que éste incurra en agresiones a integrantes de la comunidad educativa, se solicitará cambio de apoderado. f. Sobre las salidas pedagógicas y extra programáticas La asistencia a las salidas pedagógicas es obligatoria. En el caso de los paseos extra programáticos, al considerárseles como un premio, se podrá restringir la participación de algún alumno previo a evaluación del Equipo de Convivencia Escolar y Psicosocial. Cabe considerar, que las salidas pedagógicas se evaluarán la asistencia de algunos alumnos producto de su comportamiento dentro y fuera del establecimiento ya que puede afectar la integridad del grupo y del docente a cargo y la de sí mismo.