... ~..._... EDMUNDO BETETA OBREROS Preside;ite Ejecutivo ~ljtorioad NACIONAL DE L SERVICIO CNIL

Documentos relacionados
"Decenio de!as Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau"

Firm~~~-~.. ~.. ~.. ~..?...

Autoridad Nacional del Servicio Civil. "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo" ...

Gerencia General. "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

-- =~ -_ -- -_ : " Ase.J_, a Jurídica "

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau" INFORME TÉCNICO Nº (}Q_lj SERVIR/GPGSG

\,1t(;11>U N.1.\ 1 _" :li. n : ~ rvillu (1vii. ''Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú"

-é.iimünf.aeros Preside.1te Ej ecutivo AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo" FLOR BLANCO HAUCHECORNE

' "' - Autoridad Nacíonal. del Servicio Civil

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación Económica y Social del Perú"

RECIBIDO Firma:~. Hora:...

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo" Consulta sobre licencia por función edil

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad"

Autoridad Nacional del Consejo de Ministros del Ser:viclo Civit...;:

;..._,,,.,,, J u :J_~

Autoriaad r~aciona: ael Ser 1,1:::10 C1vrl

Absolución de consulta sobre configuración de la política remunerativa de las entidades públicas. Oficio Nº CG/DH

Firm~~\lf...~.. ~.. ~.~.. ~...

RECIBluO Firma ;.~ Hora:... ~

" Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

I AU!OR:G.LJ NAC:Qt:i'iL":'. ~ffi'i.t -..,

" Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 11 "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

"Decenio de las Personas con Discapacfdad en el Perú"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación Económica y Social del Perú" Absolución de consulta sobre incapacidad

o\ :, i :h),.\,, \1 ' M JUl :dtt...1 "Decenio de las Personas con Oiscapacidid en el PerúH "Ai'lo del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

.Presidenciá. ": ~ del 0pnsejo de Ministros

\~1 J' ~:(~j \_,<.._ v'!j 1. et. Ser.. L.~J... \.:

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo" Consulta sobre asignaciones

{(Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación 11

.::.l.. i.':,<i \ I. '),, rj._,1.:> r\.':~:o

"Decenio de las Personas con Discapacidad en e! Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau"

... t l,r 1. :,'...! dl'i Sl'J \/IC10 (, :il


"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mun,do"

Autoridad Nacional ' : del Servicio Civil.. :,'.. ~

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú' ' "''H

-... l. HDecenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" HAño de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad"

! Firrna:L?M'.'::é'..~Hom... 1

a "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación Económica y Social del Perú"

Autoridad Nacional del Servicio Civil

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo" Consulta sobre indemnización vacacional

fl "Aí'lo de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad"

~1.~'.o 1c~tJ:J ~J"~1c 1 J1. dei S2rv1c 1 c C1v:1

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

1. Objeto de la consulta

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación Económica y Social del Perú" Consulta sobre pago por encargatura

RECIBIDO /J O.. 7 :1(

MANUEL MESONES CASTELO Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación Económica y Socia l del Perú"

Autoridad Nacional del Servicio Civil

Autoridad Nacional del Servicio Civil. "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

BEATRIZ ROBLES CAHUAS. MANUEL MESONES CASTELO Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad"

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

INFORME LEGAL Nº '' sERVIR GG oaj RE e 1. BEATRIZ ROBLES CAHUAS Firma:... P Hora:. lq.:j!... ~---- -

~:~:n~~~=~d~a:olíticas de Gestión del Servicio Civil '

,, :''',','.,-~ ~:-,,1~~iY!J~~~n

... ~ ~ ~ _) ");1. "~1=" '~

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" Año de la consolidación del Mar de Grau" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

Autoridad Nacional del Servicio Civil. "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación Económica y Social del Perú"

~et~n!~ de.?... Pplítica~ d Gestjón id el ServiCio ChiW. "~ >' -.

~~=~~~~~::::P:~~0~4i;;oo_~ Df:. ~ ~2~0'...!!:!10~--=-:t:;:;:_~_-:.::;-~f&i~~~

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

,...,..., -... "., ' "

1 RECURSOS HUM:\i.JUS 1

" Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo" Consulta sobre regularización de plazas

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad"

Autoridad Nacional del Servicio Civil

RECIBIDO Firma:.~~-... Hc :a: :f..~-~.!?.~.

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" Gerente de Políticas de Gestión de Recursos Humanos MANUEL MESONES CASTELO

,"'" ]{ ~ t l ; :'~ ~~ ~: ;i L"''.,...

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"..

1 Autoridad Nacional. del Consejo de Ministros del Servicio Civil

Oficio W IGSS-HSR-DG

~:~etn~~a(!~di:;olíticas de Gestión del Servicio Civii ''nrn ; ~~-1 \~

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático"

FECHA 2 o ENE 2017 HOJ

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación del Mar de Grau" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau"

INFORME TÉCNICO N SERVIR/GPGSC. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

"Año del Buen Servicio al Ciudadano" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

R.E:C!BlDO Firma.~ Hora:

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático"

Autoridad Nacional del Serv1c10 Civil

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú"

JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo. CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil

FECHA o 9 AGO 2012 lb'//:... MARIANA BAL~N TALLADA Gerente de Políticas de Gestión de Recursos Hum nos R E e 1 l D o. Poder disciplinario del Estado

RECIBIDO f. ~rma : ~jtt?- j

Autoridad Nacional del Servicio Civil. "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación Económica y Social del Perú"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación Económica y Social del Pe ' "---

Transcripción:

OFICIO N.:oJ,;; -2011-SERVIR/PE, ' ', 1 Señor RAÚL ROSADIO BERNAL Presidente de la Comisión Reorganizadora Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión Presente.- J. 1 r".. ---...-.. Asunto Desplazamiento de personal Referencia Carta s/n presentada el 19.10.2010 Tengo el agrado de dirigirme a usted con relación al documento de la referencia, mediante el cual formula diversas consultas relacionadas con el desplazamiento de servidores a la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión. Al respecto, le remito el Informe Legal N2 174-2011-SERVIR/GG-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica de esta entidad, el mismo que cuenta con la conformidad de la Gerencia de Políticas de Gestión de Recursos Humanos. Sin otro particular, quedo de usted. Atentamente, /...... ~..._..... EDMUNDO BETETA OBREROS Preside;ite Ejecutivo ~ljtorioad NACIONAL DE L SERVICIO CNIL EBO/MBT/MMC/jdv Reg. N9 l19s& 20 10 D ;i "~.ijf' r~t11k1t.rr. (!í' 701; 15() µ1\(1 Jl), h': l S t\.lihlt'i Lr'lld 11, Pt"ru 1 '.1 1 }0ú33/0

',. '..., " " ~ Autoridad Nacional del Serviéi9 Civil IN FORME LEGAL Nº J j L{ -2011-SERVIR/GG-OAJ A MARIANA BALLÉN TALLADA Gerente de Políticas de Gestión de Recursos Humanos De MANUEL MESONES CASTELO Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica Asunto Desplazamiento de personal a la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión Referencia Carta s/n presentada el 19.10.2010 Descriptores Fecha a) Competencias de SERVIR b) Destaque de personal c) Licencias al personal Lima, 25 FEB 2011 Tengo el agrado de dirigirme a usted con relación al documento de la referencia, mediante el cual el Presidente de la Comisión Reorganizadora de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión informa que, mediante la Ley Nº 29424, se declaró la reorganización integral de la referida universidad por el plazo de dos (2) años, designándose una Comisión Reorganizadora para que durante dicho período asuma su gobierno, dirección, gestión y administración. Refiere que dicha Comisión (que ya se encuentra en funciones) está integrada por cinco (5) docentes principales que han sido elegidos por los consejos universitarios de cinco (5) universidades nacionales (Mayor de San Marcos, Agraria La Melina, de Ingeniería, Federico Villarreal y de Trujillo), los mismos que -según señala- han sido desplazados por dichas universidades bajo distintas modalidades (licencia con goce de haber, licencia sin goce de haber y destaque). ANTECEDENTES A propósito de los hechos expuestos, se consulta lo siguiente: o) Cómo debería haberse realizado el desplazamiento de los docentes señalados o lo Universidad Nocional José Foustino Sánchez Corrión: licencia con goce de haber, licencia sin goce de haber o destaque? b) Si el desplazamiento hubiera sido realizado en mérito a una licencia con goce de haber, podría el servidor ser incluido en la planilla única de remuneraciones de la universidad de destino y percibir los beneficios que corresponden a los servidores de dicha entidad? c) Si ello es posible, puede afectarse la partida específica de remuneraciones de personal docente de la universidad de destino? 11 ANÁLISIS De las competencias de SERVIR 2.1. Como cuestión previa, debemos indicar que las competencias de SERVIR para emitir opinión en materia del servicio civil están contextualizadas en el marco de las políticas nacionales que

emita de manera progresiva en materia de recursos humanos, o rganización del t rabajo y su distribución, gestión del empleo, relaciones humanas, entre otras. En ese sentido, SERVIR no se constituye en una instancia administrativa previa o posterior a la adopción de decisiones individuales en cada entidad, por lo que las consultas que absuelve se refieren al sentido y alcance de la normativa del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos, como el que se menciona en el documento de la referencia. No obstante ello, en los numerales siguientes abordamos de manera general las reglas básicas que los operadores administrativos deben o bservar sobre el otorgamiento de licencias (con y sin goce de remuneraciones) y el destaque de personal en el régimen de la carrera administrativa, aplicables también a los demás regímenes de carrera existentes. Del destaque de personal 2.2. Con relación al destaque de personal, nos remitimos a los Informes Legales Nº 093 y 371-2010-SERVIR/GG-OAJ, disponibles en el portal institucional (www.servir.gob.pe), en el que señalamos las siguientes características de dicha figura de desplazamiento: a) El destaque es propio de un régimen de carrera. b) Supone el desplazamiento temporal de un servidor a una entidad diferente, para desarrollar funciones asignadas en la entidad de destino dentro de su ámbito de competencia funcional. c) El servidor destacado mantiene su plaza en la entidad de origen, la misma que abona todas sus remuneraciones y beneficios mientras dure el destaque. d) El destaque no genera derecho al servidor desplazado de percibir las bonificaciones, gratificaciones y demás beneficios que pudieran otorgarse a los servidores de la entidad de destino, así como a percibir diferencia remunerativa alguna, sa lvo los estímulos que pudiera conceder el CAFAE. e) El destaque no será menor de treinta (30) días ni deberá exceder del período presupuesta! vigente. No obstante, si resultara necesario, puede disponerse su continuación en un nuevo ejercicio presupuesta! o prorrogarse cuando es en el mismo año. r De las licencias al personal 2.3. En el régimen de la carrera administrativa, se entiende por licencia a la autorización que otorga la administración a un servidor público para no asistir al centro de trabajo por uno o más días. Se otorga a petición de parte, con o sin goce de remuneraciones. 2.4. Las licencias con goce de remuneraciones suponen la suspensión temporal de la prestación de servicios del servidor público, más no de la obligación de la entidad de pagar a éste las remuneraciones y demás beneficios que le correspondan, mientras dure la licencia. De acuerdo al artículo 110º inciso a) del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, se ot o rgan en los siguientes supuestos: a) Por enfermedad y gravidez, en e l primer caso mientras dure la incapacidad del trabajador hasta por 12 meses consecutivos, y en el segundo caso por 45 días anteriores a la fecha probable del parto y 45 días posteriores al alumbramiento 1 ; 1 En ambos casos, las remuneraciones y los subsidios se pagan conforme a lo señalado en la Ley N9 26790 Ley de Modernización de la Seguridad Social en Sa1L1d. 2

:... r: r... -~~ Presidencia Autoridad Nacional del Servi~io Civil b) Por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos, por 5 días en cada caso, pudiendo extenderse hasta 3 días más cuando el deceso se produce en lugar geográfico diferente donde labora el servidor; y, c) Por citación expresa de la autoridad judicial, militar o policial competente, que abarca el tiempo de concurrencia más el término de la distancia. 2.5. las licencias sin goce de remuneraciones suponen la suspensión perfecta de la relación de empleo existente entre una entidad pública y un servidor público: se suspende temporalmente la obligación del servidor de prestar servicios y la obligación de la entidad de pagar sus remuneraciones y demás beneficios, mientras dure la licencia. Pueden ser otorgadas por motivos particulares, hasta por un plazo máximo de noventa (90) días en un período no mayor de un año, de acuerdo con las razones que exponga el servidor y las necesidades del servicio de la entidad. 2 Al término de la licencia, se reanuda la ejecución de las obligaciones a cargo de ambas partes. Cabe agregar que, si un trabajador vinculado a una primera entidad suspende de manera perfecta su relación con ésta (en mérito a una licencia sin goce de remuneraciones), puede válidamente constituir una relación laboral con otra institución pública, percibiendo las remuneraciones y demás ingresos que este último vín culo origine, pero únicamente mientras dure la licencia. Si se reanu da el vínculo con la primera entidad (al término de la licencia ) y el servidor continúa percibiendo ingresos por parte de la segunda institución, incurriría en la prohibición señalada en el artículo 32 de la ley N2 28175 - Ley Marco del Empleo Público 3 y el artículo 72 del Decreto Legislativo N2 276. 4 5! 2.6. Finalmente, debemos mencionar que, de acuerdo al Decreto Legislativo N2 1025 y su Reglamento, aprobad o por Decreto Supremo N2 009-2010-PCM, las entidades públicas pu eden otorgar a sus trabajadores licencias con o sin goce de remuneraciones por motivos de capacitación, tanto si ésta es financiada con recursos del Estado como con recursos del propio servidor o de terceros. la normativa señalada no contempla un período para su otorgamiento. 6 ~Art iculo 1109 inciso b) del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N9 005-90-PCM. 3 Ley N9 28175 - Ley Marco del Empleo Publico "Articulo 3. Prohibición de doble percepción de ingresos Ningún empleodo público puede percibir del Estodo mós de uno remuneroción, retribución, emolumento o cuolquier tipo de ingreso. Es incompotible lo percepción simultáneo de remuneración y pensión por servicios pres todos ol Estado. Los únicos excepciones los constituyen lo función docente y lo percepción de dietos por porticipoción en uno (1) de los directorios de entidodes o empresas públicas." 4 Decreto Leg isla tivo N9 276 - Ley de Bases de la Carrera Ad ministrativa y de Remuneraciones del Sector Publico "Articulo 7. Ningún servidor público puede desempeñar más de un empleo o corgo público remunerodo, inclusive en los Empresas de propiedad directo o indirecto del Estado a de Economia Mixta. Es incompotible osimismo la percepción simultáneo de remuneraciones y pensión por servicios prestodos al Estodo. La única excepción o ambos principios estó constituido por la función educotivo en lo cual es compatible la percepción de pensión y remuneración excepcional." s A mayor abundamiento sobre la prohibición de doble percepción de ingresos, puedc consultarse el Informe Legal N9 021-2010- SERVIR/GG-OAJ. disponible en el portal institucional (www.servir.gob.pe). 6 A mayor abundamiento sobre el otorgamiento de licencias por motivos de capacitación, puede consultarse el Informe Legal N9 196-2010 SERVIR/GG OAJ, disponible también en el portal institucional. 3

111 CONCLUSIONES 3.1. SERVIR no tiene competencia para emitir opin1on sobre la forma en que debieron ser desplazados a la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Ca rrión -para integrar la Comisión Reorganizadora de dicha institución educativa- los docentes de las Universidades Nacionales Mayor de San Marcos, Agraria La Malina, de Ingeniería, Federico Villarreal y de Trujillo, por cuanto las consultas que absuelve están referidas al sentido y alcance de la normativa del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos. 3.2. No obstante, los operadores administrativos, para el otorgamiento de licencias (con o sin goce de remuneraciones) y el desplazamiento de personal en la carrera administrativa, deben observar las reglas básicas que sobre dichas materias hemos expresado en el presente informe. Es cuanto informo a su Despacho para los fines pertinentes, a cuyo efecto adjunto el proyecto de Oficio de respuesta respectivo para vuestra visación, de encontrarlo conforme, y trámite correspondiente ante la Presidencia Ejecutiva. Atentamente, OAJ/MMC/aepv/jdv c/ drd1o!i/20l l /lnlormrs LPgales/lJNJFSC de!ttaque y licencias 2 4