ACUERDO No. 008 Junio 3 de Por el cual se reforma el Reglamento o Manual de Convivencia del Instituto San José De La Salle.

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1 ACUERDO No. 008 Junio 3 de 2014 Por el cual se reforma el Reglamento o Manual de Convivencia del Instituto San José De La Salle. EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO SAN JOSÉ DE LA SALLE En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 23 literal c, del Decreto 1860 de 1994, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales, de conformidad con la Ley 115 de 1994 Ley General de Educación y CONSIDERANDO: a). Que la Ley General de Educación, Ley 115 de 1994, en sus artículos art. 73 y 87, ordena que todo establecimiento educativo debe tener como parte integrante de su Proyecto Educativo Institucional, un Reglamento o Manual de Convivencia; b).que es importante dar desarrollo a los aspectos que debe contener el un Manual de Convivencia contemplados en el Decreto 1860 artículo 17. c).que con fundamento en normas constitucionales y legales los colegios ostentan un grado considerable de autonomía para expedir las normas que habrán de regular la convivencia en la comunidad educativa; d). Que el Instituto San José De La Salle se encuentra en un proceso de cambio, y modernización de sus estructuras administrativas y académicas de conformidad con la ley 115 de e). Que según la Ley General de Educación, los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes, y que los padres de familia y/o acudientes de los estudiantes al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, están aceptando. f). Que la convivencia dentro de la comunidad educativa, implica que sus integrantes (estudiantes, padres de familia, docentes y directivos del Instituto San José De La Salle) son titulares de una serie de derechos, y al mismo tiempo, están sujetos al cumplimiento de una serie de deberes; 1

2 ACUERDA: PRIMERO: Aprobar la reforma al Reglamento o Manual de Convivencia y la tabla de contenido del Instituto San José De La Salle, el cual forma parte integral de esta herramienta normativa. SEGUNDO: La presente resolución rige a partir del 03 de Junio del año 2014, y deroga las normas y disposiciones que le sean contrarias y en particular el Acuerdo 15 de Noviembre 18 de 2011, emanado de este Consejo. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Expedido en Bucaramanga, a los tres (03) días del mes de Junio del año dos mil catorce (2014) Hno. MAURICIO MALDONADO LUNA Rector Presidente Consejo Directivo JACQUELINE BUENO CAMACHO Secretaria General Secretaria Consejo Directivo JOSE GABRIEL VILLARREAL ARCINIEGAS JAILE LILIANA PINZON Representante Padres de Familia Representante Padres de Familia CLAUDIA BIBIANA SANCHEZ PINZON Representante Docentes NIDIA ECHEVERRI CARRILLO Representante Docentes DIEGO ENRIQUE POVEDA DIAZ JUAN DIEGO MONOGA CACERES Representante Estudiantes Represente Exalumnos WILLIAM JAVIER CACERES HERNANDEZ Representante Ente Patrocinador 2

3 MANUAL DE CONVIVENCIA SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES Código: M-GE-01 Versión: 02 Fecha: Página 4 de 121 I D E N T I D A D I N S T I T U C I O N A L T A B L A D E C O N T E N I D O CAPITULO I... 8 RESEÑA HISTÓRICA y FILOSOFÍA INSTITUCIONALES Reseña Histórica Filosofía CAPITULO II DE LA NATURALEZA, DOMICILIO Y CARACTERISTICAS INSTITUCIONALES.11 CAPITULO III HORIZONTE INSTITUCIONAL Misión Visión Políticas de Calidad Objetivos de Calidad De los Valores Lasallistas CAPITULO IV DE LOS SIMBOLOS INSTITUCIONALES TITULO I GENERALIDADES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA CAPITULO I MARCO JURÍDICO, DEFINICIÓN, PRINCIPIOS, SUJETOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TITULO II DE LA ORGANIZACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y DEL GOBIERNO ESCOLAR CAPÍTULO I ORGANIZACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA CAPÍTULO II DEL GOBIERNO ESCOLAR Del Rector Del Consejo Directivo Del Consejo Académico CAPITULO III ÓRGANOS CONSULTORES DEL GOBIERNO ESCOLAR Consejo Operativo

4 Coordinador(a) Académico Coordinador(a) de Acompañamiento Humano Coordinador de Pastoral Comité de Convivencia Asamblea General de Padres de Familia Consejo de Padres de Familia TITULO III VINCULACIÓN DE LOS ESTUDIANTES A LA INSTITUCIÓN CAPITULO I DE LA SOLICITUD DE ADMISIÓN CAPITULO II DE LA MATRICULA Estudiantes nuevos: Estudiantes antiguos: CAPITULO III DE LA RENOVACIÓN Y EL APLAZAMIENTO DE LA MATRICULA CAPITULO IV DE LA RENOVACION DE MATRÍCULA EN CONDICIONES ESPECIALES Condiciones Especiales CAPITULO V DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS TITULO IV DE LOS ESTUDIANTES CAPITULO I PERFIL DE LOS ESTUDIANTES CAPITULO II DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE CAPITULO III DE LOS UNIFORMES DE LOS ESTUDIANTES TITULO V DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES CAPITULO ÚNICO DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES TITULO VI DEL GOBIERNO ESCOLAR ESTUDIANTIL CAPITULO II DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES CAPITULO III DEL PERSONERO ESTUDIANTIL

5 CAPITULO IV DEL CONTRALOR ESCOLAR CAPITULO V DEL GOBERNADOR Y DEL ALCALDE CAPITULO VI DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO TITULO VII RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y SUS PROTOCOLOS DE ATENCIÓN CAPÍTULO I COMPONENTES DE PROMOCIÓN CAPÍTULO II COMPONENTE DE PREVENCIÓN CAPITULO III TIPIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES CAPITULO II PROTOCOLO DE ATENCIÓN A SITUACIONES TIPO A Sesión de las Mesas de Conciliación Mesas De Conciliación TITULO VIII DEL PROCESO DISCIPLINARIO CAPITULO I DE LOS CRITERIOS DE APLICACIÓN NECESARIA Y DE LOS EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD EN EL PROCESO DISCIPLINARIO CAPITULO III DE LA INDAGACIÓN PRELIMINAR CAPÍTULO IV DE LA INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA TITULO IX DE LA REINCIDENCIA EN LA CONTRAVENCIÓN DE SITUACIONES TIPO A Compromiso Comportamental Resolución Rectoral De Sanción Cláusula Adicional al Contrato de Prestación de Servicios Educativos Cancelación Unilateral y Anticipada del Contrato de Matrícula con la Consiguiente Exclusión Inmediata del Estudiante TITULO X DEL CONDUCTO REGULAR FRENTE A RECLAMOS Ó SUGERENCIAS ANTE LA INSTITUCIÓN CAPITULO I

6 OBJETO Y DESARROLLO DEL CONDUCTO REGULAR TITULO XI DEL OBSERVADOR DEL ESTUDIANTE TITULO XII DE LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO TITULO XIII DE LAS DISTINCIONES Y ESTÍMULOS DE LA COMUNIDAD ACADEMICA CAPITULO I DEFINICIÒN, CLASES DE DISTINCIONES Y ESTÌMULOS ACADÉMICOS CAPITULO II DE LAS DISTINCIONES Y ESTÍMULOS COMUNITARIOS TITULO XIV DE LA PERMANENCIA DE LOS ESTUDIANTES EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DURANTE JORNADA ESCOLAR CAPITULO I DE LA PERMANENCIA TITULO XV DEL SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO CAPÍTULO I DEFINICIÓN, PROPÓSITO, OBJETIVOS, CRITERIOS E INTENSIDAD HORARIA DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO TÍTULO XVI LA ACCION EDUCATIVA CAPITULO I DISPOSICION REMISORIA Y DEFINICION TITULO XVII DEL INCUMPLIMIENTO U OMISION ACADÉMICA CAPITULO I CONSIDERACIONES Y ACCIONES A TOMAR ANTE LOS INCUMPLIMIENTOS U OMISIONES ACADÉMICAS CAPÍTULO II DE LA TIPIFICACIÓN Y DEL TRATAMIENTO DE LOS INCUMPLIMIENTOS U OMISIONES ACADÉMICAS CAPÍTULO II DE LA TIPIFICACIÓN Y DEL TRATAMIENTO DE LOS INCUMPLIMIENTOS U OMISIONES ACADÉMICAS De los Incumplimientos u Omisiones Académicas Graves Acciones a Seguir Incumplimientos u Omisiones Graves De los Incumplimientos u Omisiones Académicas Muy Graves

7 Acciones a Seguir Incumplimientos u Omisiones Académicas Muy Graves TITULO XVIII DEL CERTIFICADO DE BACHILLER BÁSICO Y DEL TÍTULO DE BACHILLER ACADÉMICO TÍTULO XIX DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS AL PERSONAL DEL DOCENTE PARA LA CONVIVENCIA EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA CAPITULO I DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS A LOS DOCENTES TITULO XX DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA CAPITULO I DERECHOS Y DEBERES Los padres o acudientes se hacen corresponsables del cumplimiento del manual de convivencia TITULO XXI DE LAS MODIFICACIONES Y LA VIGENCIA

8 INSTITUTO SAN JOSÉ DE LA SALLE I D E N T I D A D I N S T I T U C I O N A L CAPITULO I RESEÑA HISTÓRICA y FILOSOFÍA INSTITUCIONALES. Reseña Histórica. El Instituto San José De La Salle, fue creado por iniciativa de la Comunidad de Los Hermanos de las Escuelas Cristianas, en cabeza del Hermano Luís Alejandro Ruiz Martínez, quien motivado por su ingreso a la ciudad en su función de educador, diseñó la creación de una escuela en el Barrio La Victoria, con el propósito de atender una población masculina, avalada el 19 de septiembre de por las autoridades departamentales. El Instituto fue aprobado por Resolución No del 29 de enero de 1.960, emanada de la Gobernación de Santander iniciando labores con más de 600 estudiantes en los grados de primero a quinto de primaria, con docentes del sector oficial. En su recorrido histórico el Instituto San José ha contado con la orientación administrativa de la Comunidad de Los Hermanos de Las Escuelas Cristianas que con énfasis en los valores y la vivencia de la filosofía Lasallista ha marcado el ser y quehacer en el Instituto. En su trayectoria ha contado con la presencia de los siguientes Hermanos en su calidad de Directores y Rector: a Hno. Pacífico González q.e.p.d a Hno. Luis Ernesto Delgado q.e.p.d a Hno. Luis Romero Mancera q.e.p.d a Hno. Otoniel Rico Mancera Hno. Pedro Carmona q.e.p.d a Hno. Silvio Aristizabal Cuartas Hno. Mauricio Maldonado Luna A través de estos 50 años de servicio a la comunidad Bumanguesa, se ha distinguido por ser uno de los principales planteles oficiales de básica primaria, que posee una propuesta educativa basada en los principios y enseñanzas de 8

9 San Juan Bautista De La Salle, contando con una planta física de excelentes condiciones propiedad de los Hermanos de Las Escuelas Cristianas y un recurso humano de calidad y excelencia, integrado por funcionarios del estado y de la comunidad de la Salle. En el año se decretó la fusión de las diferentes instituciones oficiales para convertirlas en colegios completos, la institución se fusionó con el Jardín Nacional N 2 La Victoria mediante la resolución No del 28 de octubre de emanada de la Alcaldía de Bucaramanga, brindando la opción de apertura al bachillerato el que inició en el con tres grupos de 6 grado y un grupo de 7 grado de básica secundaria. En el año 2007 se aprobó mediante resolución 1163 de 31 de julio de de la Secretaria de Educación Municipal, la educación media académica. En el año se realizó la proclamación de la primera promoción de bachilleras, conformada por 53 estudiantes, quienes alcanzaron un nivel superior en las pruebas de Estado (ICFES). En el año se contó con una promoción de 93 estudiantes quienes lograron para el Instituto una ubicación en las pruebas ICFES en categoría superior. En el año la Comunidad de los Hermanos de las Escuelas Cristianas, firma convenio de administración del Instituto con la Alcaldía de Bucaramanga y se proclaman bachilleres a 66 estudiantes quienes ubicaron al Instituto en un nivel Muy Superior en las pruebas de Estado ICFES, siendo el único colegio oficial de Bucaramanga en quedar en esta clasificación. En el el Instituto San José De La Salle conmemoró sus cincuenta años, y fue condecorado con la Orden de Bucaramanga Gran Cruz otorgada por la Alcaldía y recibida por el Hno. Mauricio Maldonado Luna Rector. La Institución otorgó Orden Estrella Lasallista y galardón Llave Lasallista a algunos docentes, personal administrativo, padres de familia y personas que de una u otra forma se han distinguido por su compromiso con del Instituto. En el año 2011 el Instituto continúa en nivel MUY SUPERIOR en las Pruebas de Estado Saber 11 (ICFES) con una promoción de 113 estudiantes y es distinguido por la alcaldía de Bucaramanga como una de las mejores Instituciones. En acto realizado el 10 de diciembre de ese año. La Secretaria de Educación entrega una nueva Sede al instituto localizada en el barrio la concordia con el fin de mantener los tres grupos por nivel en la institución, se amplía a cuatro los grupos de preescolar y en 3 los grados primero y segundo, al año nuevamente la institución tiene 3 grupos por nivel en la básica primaria, básica secundaria y media. 9

10 En el año se inicia la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad, dando a conocer el mapa de procesos, las caracterizaciones, procedimientos, manuales y guías de cada una de las gestiones y se inicia la implementación de formatos y registros que organizan el servicio educativo. En el año el instituto se mantiene en nivel MUY SUPERIOR en las Pruebas Saber 11, se gradúan en esta promoción 86 estudiantes. En el año 2013 la institución nuevamente se clasifica en las pruebas Saber 11 en el nivel MUY SUPERIOR, graduó una promoción de 86 estudiantes. La banda de honor fue invitada a participar en concursos de bandas realizados en Rionegro y Socorro (Santander) a ciudad de Cali en donde obtuvo todos los premios estipulados en el concurso, también realizaron sus presentaciones en la inauguración de las interclases del Instituto y del colegio La Salle, participó en la inauguración de los juegos intercolegiados y de inauguración de las olimpiadas de docentes organizados por la Secretaria de Educación. El Icontec certifica la institución según la Norma ISO con registro CER El 3 de diciembre la institución fue reconocida por el Ministerio de Educación Nacional con el premio a la calidad educativa en educación preescolar, básica y media, para establecimientos educativos oficiales y no oficiales. Filosofía. Como comunidad Lasallista se viven los principios, experiencias y enseñanzas de SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE, transmitidas e irradiadas a la luz del evangelio por la Comunidad de los Hermanos Cristianos De La Salle. Ser Lasallista es una virtud que imprime un carácter y estimula una forma de vivir, obrar, pensar y comprometerse como hijos de Dios en la formación de hombres constructores de la historia, y capaces de proyectar de una manera renovada la misión del Lasallista y su responsabilidad histórica en el desarrollo del país. El compromiso educativo parte de la total confianza en Dios y de la disponibilidad de cada uno de los actores educativos por transformar la mentalidad imperante, en una mentalidad abierta capaz de asumir lo nuevo como presencia activa de Dios que nos salva. Esta apertura de corazón y la conciencia se realiza con el movimiento crítico de la propia subjetividad de quienes toman una posición histórica, realizan su misión en la reinvención permanente, a través de su propio caminar, de nuevos caminos que transforman a las comunidades educativas en lugares de testimonio profético y en ese sentido anuncian el evangelio y denuncian 10

11 las formas de alienación y enajenación. Es preparar a la comunidad Lasallista para enfrentar la incertidumbre histórica y preparar futuros viables en los que la democracia, la equidad, la justicia social, la paz y la armonía con nuestro entorno natural, son las palabras claves en este mundo de permanente cambio. CAPITULO II DE LA NATURALEZA, DOMICILIO Y CARÁCTERÍSTICAS INSTITUCIONALES. De la Naturaleza. El Instituto San José De La Salle es un establecimiento oficial que presta el servicio público de educación mediante convenio de administración entre el Estado, representado en la entidad territorial del Municipio de Bucaramanga, y la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas, que aporta la experiencia pedagógica, la estructura administrativa y la planta física de la Sede A. En virtud de la norma que regula el convenio de administración para la prestación del servicio público de educación formal entre la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas y el Estado, la formación que imparte el Instituto es de carácter confesional. Del Domicilio. El Instituto San José De La Salle tiene su domicilio en la ciudad de Bucaramanga, Departamento de Santander, República de Colombia. Modalidad Educativa. El Instituto San José De La Salle brinda el servicio público de Educación formal académica para niños, niñas y adolescentes en edad escolar. De los niveles de estudio. El Instituto ofrece el servicio educativo en los niveles de preescolar, educación básica primaria y básica secundaria y educación media académica. De las sedes y jornadas de estudio. El servicio público educativo es prestado por el Instituto en tres (3) sedes: 1. Sede A, ubicada en la Carrera 21 Nº 68-45, Barrio La Victoria. Tel , propiedad de la Congregación de los Hermanos. 2. Sede B, ubicada en la Calle 65 Nº 17-29, Barrio La Victoria. Tel , de propiedad Oficial. 3. Sede C ubicada en la Carrera 18 No 54 35, Barrio la Concordia Tel planta física de propiedad Oficial. De la Jornada y Horario escolar. La jornada escolar es el tiempo diario que dedica el Instituto a sus estudiantes en la prestación directa del servicio público educativo, se desarrolla durante cuarenta semanas lectivas. 11

12 La jornada escolar del Instituto cumple con las siguientes intensidades horarias: 1. Preescolar, veinte (20) horas semanales, para ochocientas (800) horas anuales; 2. Básica primaria, veinticinco (25) horas semanales, para mil (1000) horas anuales; 3. Básica secundaria, treinta (30) horas semanales, para mil doscientas (1200) horas anuales. La jornada escolar se desarrolla en los siguientes horarios: Jornada de La Mañana Sede A. Básica Secundaria y vocacional: La jornada escolar está dividida en siete (7) periodos de clase. Así: a partir de las cinco y cincuenta (5:50) de la mañana hasta las doce y diez (12:10) de la tarde con un periodo de descanso de 20 minutos Sede B. Preescolar: La jornada escolar está dividida en cuatro (4) periodos de clase. Así: La jornada inicia a las seis y media (6:30) de la mañana y finaliza a las once (11.00) de la mañana. Sede C Básica Primaria. La jornada escolar está dividida en seis (6) periodos de clase. Así: la Jornada Inicia a las 6.30 de la mañana y finaliza a las doce 12 meridiano. Jornada de la Tarde Sede A Y B. Básica Primaria La jornada escolar está dividida en seis (6) periodos de clase. Así: la jornada inicia a las doce y veinte (12:20) hasta las cinco y cuarenta (5:40) de la tarde. Bachillerato. La jornada escolar esta dividida en siete (7) periodos de clase. Así: la jornada inicia a las doce y veinte (12:20) hasta las seis y cuarenta (6:40) de la tarde. La responsabilidad de la institución con el estudiante termina en el momento en que finaliza la jornada escolar. A partir de este momento será del padre de familia o acudiente. El servicio de transporte escolar no lo brinda la institución; el padres de familia es el directo responsable de este servicio; todo lo tendiente a la prestación del servicio de transporte escolar, incluyendo su organización, le concierne a los suscritos en el contrato, es decir, el padre de familia y el conductor. 12

13 CAPITULO III HORIZONTE INSTITUCIONAL Misión La Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas del DISTRITO LASALLISTA DE BOGOTÁ y sus colaboradores, orientados por la Iglesia Católica y los principios de su Santo Fundador Juan Bautista De La Salle, son una comunidad cuyo carisma se centra en procurar a la niñez y la juventud una educación humana, cristiana y académica de calidad, con especial atención a los pobres, promoviendo su desarrollo integral. Visión En el año la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas del DISTRITO LASALLISTA DE BOGOTÁ, continuará siendo una comunidad líder en la prestación del Servicio Educativo, que fomenta y vivencia la cultura de la calidad, a través de una formación integral, en concordancia con las exigencias de la normatividad vigente. Políticas de Calidad El Servicio Educativo que ofrece la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas del Distrito Lasallista de Bogotá satisface las necesidades y requerimientos de los estudiantes y padres de familia o acudientes, mediante - La educación humana, cristiana y académica de calidad. - La mejora continua del Sistema de Gestión de la Calidad. - La conformación de un Equipo Humano competente. Objetivos de Calidad - Responder a las necesidades y expectativas de los estudiantes, padres de familia o acudientes en la formación humana, cristiana y académica, de acuerdo con la Misión Educativa del Distrito Lasallista de Bogotá. - Garantizar la mejora continua del Sistema de Gestión de la Calidad. - Mejorar continuamente los estándares de competencia del Talento Humano 13

14 De los Valores Lasallistas. La estrella Lasallista de cinco puntos es símbolo mundial. Es una guía y una luz que orienta al Lasallista para encontrarse con Dios. Es un símbolo que representa los valores Lasallistas. Fe: Es ver la realidad con los ojos de Dios, descubriendo que somos sus hijos. Reconociendo a Jesucristo como el camino, la verdad y la vida. Y al Espíritu Santo como sabiduría y fortaleza para saber tomar decisiones y cumplirlas. Representada en la punta superior de la Estrella Lasallista, como el máximo valor de todo alumno. Fraternidad: Es tener sentido de Comunidad, de grupo, en relación de interacción armónica, cordial y justa que favorece el crecimiento humano recíproco. Representada en el brazo izquierdo de la estrella. Es sobre todo respetar y apreciar al otro, en quien está Dios vivo y quien además es mi hermano. También entender como Lasallista que todos somos hermanos, Servicio: Valor que se apoya en la Fe y la Fraternidad. Es toda acción que se realiza en favor de la persona, de manera especial de los más necesitados de la sociedad. Representada por el brazo derecho de la estrella. Justicia: Es la voluntad de dar a cada quien lo que le corresponde según la naturaleza humana, buscando una relación equitativa con los demás. Representada por la base izquierda de la Estrella, como base para construir personas. Compromiso: Es la obligación adquirida en el Bautismo y a través de la cual colaboramos en la construcción del Reino de Dios con las demás personas. Representada por la base derecha de la Estrella, como soporte para desarrollar los otros cuatro valores. Principios sobre los cuales se construye la Comunidad Educativa. La construcción de la Comunidad Educativa del Instituto San José De La Salle se erige dentro de los siguientes principios: 1. El reconocimiento expreso del otro(a) como persona y su comprensión del otro(a) como sujeto de derechos y obligaciones. 2. El diálogo como esencia de la relación entre personas. 3. El respeto como eje fundamental y condición indispensable para la convivencia. 4. La convivencia de la comunidad educativa se basa en la generación de confianza, la celebración de acuerdos y el establecimiento de reglas. 14

15 CAPITULO IV DE LOS SIMBOLOS INSTITUCIONALES Los Símbolos Institucionales. Son símbolos de la institución: la bandera, el escudo y la marcha La Salle. La Bandera. La bandera del Instituto está compuesta por dos franjas horizontales de igual tamaño. La superior es de color blanco y la inferior de color verde. En el centro de la bandera está plasmado el escudo de la institución. El significado de los colores de la bandera es el siguiente: - El blanco, símbolo de pureza, representa la transparencia, la claridad de conciencia, la clarividencia, la veracidad y rectitud de quienes integran la comunidad educativa. - El verde, imagen de la naturaleza, representa la esperanza, el crecimiento, la juventud, la amistad, el servicio comunitario y la conciencia ecológica de los Lasallistas. - El amarillo, presente en el escudo y alegoría de la luz del sol y la sabiduría, representa la inteligencia, la alegría, la adolescencia, la felicidad, la lealtad, el honor y la madurez de espíritu de las y los estudiantes. El Escudo. El escudo está conformado por un blasón tipo español en forma de casulla y la divisa como adorno en la parte inferior. El escudo está dividido en: Cuerpo: Esta conformado por una estructura sólida que muestra la unidad, armonía y fraternidad de la comunidad educativa. Colores: 15

16 - El blanco, símbolo de pureza, representa la transparencia, la claridad de conciencia, la clarividencia, la veracidad y rectitud de quienes integran la comunidad educativa. - El verde, imagen de la naturaleza, representa la esperanza, el crecimiento, la juventud, la amistad, el servicio comunitario y la conciencia ecológica de los Lasallistas. - El amarillo, presente en el escudo y alegoría de la luz del sol y la sabiduría, representa la inteligencia, la alegría, la adolescencia, la felicidad, la lealtad, el honor y la madurez de espíritu de las y los estudiantes. La Imagen de San Juan Bautista y la firma De La Salle: Filosofía Lasallista. La comunidad alrededor de la tea (fuego): representa la comunidad encendida, dinámica, para calentar corazones e iluminar caminos. Dibujo: -El Libro Abierto: Expresa que la educación impartida en el Instituto está basada en la adquisición de valores y en la investigación para encontrar el conocimiento. Los Chevrones que dinamizan la pastoral de los niños y jóvenes y su compromiso por la construcción de una sociedad tolerante y comprometida. -La estrella de Cinco puntas: significa los valores Lasallistas de Fe, Justicia, Fraternidad, Servicio y Compromiso, que nos recuerda el deber de velar por el conocimiento y la reflexión constante en los deberes y derechos de todos. -Nombre: Tiene una forma especial y su apariencia es de unos brazos abiertos donde la institución es la base de la formación para los estudiantes que acuden a ella. Marcha La Salle. Es el himno institucional. MARCHA LA SALLE Colegio de La Salle tan querido aquí nos tienes hoy Vibrantes de emoción, y el corazón de gratitud henchido y cada labio modulando una canción. (bis) 3 "Ciencia y virtud" es nuestro lema que ostentamos con honor y que defiende el Lasallista con ardor. 16

17 Virtud, saber porque la vida es mar donde el deber faro es que ha de alumbrar. Sin vacilar nuestro grito será: La Salle, La Salle, doquiera triunfará. (bis) 17

18 INSTITUTO SAN JOSÉ DE LA SALLE M A N U A L D E C O N V I V E N C I A TITULO I GENERALIDADES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA CAPITULO I MARCO JURÍDICO, DEFINICIÓN, PRINCIPIOS, SUJETOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1. Marco Jurídico: Tiene como marco jurídico la siguiente normatividad: 1. Constitución Política de Colombia: Título II, de los Derechos, las garantías y los deberes. 2. Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación, Títulos I, II, III, IV, V, VII, X. 3. Decreto 1860 de 1994, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. 4. Decreto 1290 del 2009 Por el cual se reglamenta el aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media. 5. Decreto 4313 de 2004 por el cual se reglamenta la contratación del servicio público educativo por parte de las entidades territoriales certificadas. 6. Resolución 4210 de 1996, Por la cual se establecen reglas generales para la organización y el funcionamiento del servicio social estudiantil obligatorio. 7. Decreto 2247 de Por el cual se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones. 8. Decreto 1286 de Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados, y se adoptan otras disposiciones. 9. Ley 1098 de 2006: Código de Infancia y Adolescencia. 10. Guía 34 Ministerio de Educación Nacional. 11. Norma Técnica Colombiana NTC Artículo 2. Definición. El Manual de Convivencia es un instrumento normativo de carácter institucional que señala reglas, pautas y directrices que indican las características y condiciones que se deben desarrollar en la institución para garantizar la convivencia de los miembros de la comunidad educativa y contribuir a la regulación de las relaciones entre los mismos. Este Manual de Convivencia es un componente del Proyecto Educativo Institucional. 18

19 En concordancia con el Decreto 1860, artículo 17, el Manual de Convivencia de manera particular desarrolla los siguientes aspectos: 1. La definición de los derechos y deberes de los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. 2. Reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas. 3. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos. 4. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente. 5. Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto. 6. Definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto. 7. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad, incluyendo instancias de diálogo y de conciliación. 8. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, incluyendo el derecho a defensa. 9. Reglas para la conformación del Gobierno Escolar. 10. Reglas para uso de la biblioteca y demás aulas especializadas sala de sistemas, bilingüismo, aula múltiple, laboratorios, y de audiovisuales. Artículo 3. Principios para la aplicación del Manual de Convivencia. Principio de responsabilidad: Entendido como la actitud, acción y actuación de compromiso y de cumplimiento de estudiantes, docentes y miembros de la comunidad educativa frente a las normas que contiene el Manual. El desconocimiento del Manual no exime ni es excusa frente al principio de responsabilidad. Principio de respeto al Debido Proceso: Hace referencia al conjunto de garantías a las que tiene derecho todo miembro de la comunidad educativa, tendiente a asegurar un resultado justo y equitativo frente al desarrollo de uno de los procedimientos contemplados en el Manual de Convivencia y que decida sobre sus derechos. Principio de Legalidad: La violación de cualquier norma de comportamental por parte de un estudiante estará supeditada a las sanciones que refiere el Manual de Convivencia. Será facultad discrecional del instituto otorgar o revocar el cupo estudiantil para el año lectivo siguiente, máxime, cuando existan serios indicios que desdigan de la conducta académica y disciplinaria del estudiante. 19

20 Principio de Transparencia: Referido al conocimiento público, preciso y claro de todas las actuaciones que se relacionen con la aplicación de las normas contenidas en el Manual de Convivencia, a los miembros de la comunidad educativa. Principio de Primacía del Interés general sobre el particular. Todas las normas contenidas en el Manual de Convivencia, se encaminan a conseguir procesos de convivencia donde prime el bien colectivo sobre el bien particular. La Institución propenderá siempre por mantener un ambiente educativo propicio para el aprendizaje. Artículo 4. Sujetos de aplicación del Manual. Para todos los efectos de este Manual de Convivencia serán sujetos de aplicación, los estudiantes, los docentes y los demás miembros de la comunidad educativa. Este Manual se ha construido en forma de acuerdo general para organizar su convivencia de modo armónico y pacífico. Artículo 5. Ámbito de Aplicación. La potestad de aplicación de este Manual de Convivencia está condicionada a los siguientes espacios: 1. El plantel o sede institucional, debido a que en este lugar se desarrolla gran parte del proceso pedagógico formativo; 2. Las actividades o eventos realizados por fuera de las instalaciones del Instituto con representación académica, deportiva, cultural, religiosa, de carácter institucional. TITULO II DE LA ORGANIZACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y DEL GOBIERNO ESCOLAR CAPÍTULO I ORGANIZACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Artículo 6. Comunidad Educativa. Está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional. Artículo 7. Organización. La comunidad Educativa está compuesta por: 1. Estudiantes matriculados. 2. Docentes vinculados con la institución. 3. Directivos (as) docentes. 4. Administrativos (as) que cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo. 5. Personal de servicios generales que apoya la gestión. 20

21 6. Padres y Madres de familia o en su defecto, los acudientes o responsables de la educación de las y los estudiantes matriculados. 7. Los ex alumnos organizados para participar. Parágrafo: Todos los miembros de la comunidad educativa podrán participar a través de sus representantes en cada uno de los órganos del gobierno escolar, utilizando el conducto regular establecido en el Titulo X de este manual, para contribuir al mejoramiento continuo. CAPÍTULO II DEL GOBIERNO ESCOLAR Artículo 8. Del Gobierno Escolar. Es el conjunto de órganos que permiten hacer efectiva la participación de los distintos estamentos de la Comunidad Educativa. Artículo 9. De los órganos del gobierno escolar. Se establecen los siguientes órganos de Gobierno Escolar: 1. Rector. 2. Consejo Directivo. 3. Consejo Académico. Artículo 10. Funciones. Son funciones de los órganos del Gobierno Escolar: 1. Asesorar los procesos administrativos y orientar los procesos pedagógicos de la institución. 2. Servir como voceros eficaces en situaciones tipo A1 ante las distintas instancias directivas todas las iniciativas e inquietudes de los miembros de la Comunidad Educativa. 3. Analizar y presentar propuestas que contribuyan al mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional. 4. Analizar y presentar propuestas que contribuyan al mejoramiento del Manual de Convivencia y crear mecanismos para que sean asumidas e interiorizadas, logrando que la vida en la institución sea más agradable. 5. Servir como organizadores de eventos académicos, culturales, deportivos, sociales o religiosos, logrando una mayor eficacia en las actividades programadas. 6. Crear mecanismos de comunicación para la solución de problemas y conflictos entre los miembros de la Comunidad Educativa. Del Rector Artículo 11. Del Rector. El Rector es el representante legal del Instituto ante las autoridades educativas y el ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar. 21

22 Parágrafo: El Rector del Instituto es nombrado por el Hermano Superior Provincial Del Distrito Lasallista de Bogotá y es el representante legal de la Comunidad Educativa ante la Secretaría de Educación de Bucaramanga. Artículo 12. Funciones. Son funciones del Rector: 1. Representar a la Institución ante las autoridades educativas y la comunidad escolar. 2. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar. 3. Presidir el Consejo Directivo, el Consejo Académico de la institución, y los órganos consultores del Gobierno Escolar. 4. Ejecutar políticas acordadas por el Consejo Directivo. 5. Es el jefe inmediato de todo el personal asignado al Instituto San José De La Salle y por resolución determina la asignación académica, grupos, jornada y sede de trabajo a los y a las docentes. 6. Realizar el control y velar por el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo, y oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para tal fin. 7. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad del servicio educativo que ofrece la Institución a través de la formulación de planes anuales de acción. 8. Establecer canales de comunicación entre los diferentes establecimientos de la comunidad educativa. 9. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la ley, los reglamentos y este Manual y velar por el cumplimiento de las orientaciones que en materia educativa se publican. 10. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias sociales, culturales, científicas, pedagógicas y tecnológicas del mundo moderno, para canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional. 11. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución. 12. Promover actividades de beneficio social que vinculen al Instituto con la comunidad local. 13. Autorizar con su firma los títulos que el Instituto San José De La Salle confiera. 14. Suscribir contratos, convenios, y expedir los actos que sean necesarios para el logro de los objetivos del Instituto, previo el cumplimiento de los requisitos de ley, y los establecidos por la institución. 15. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuyan la legislación vigente y el Proyecto Educativo Institución. 22

23 Del Consejo Directivo Artículo 13. Del Consejo Directivo. Es una instancia directiva de orientación académica y administrativa en la cual participan todos los integrantes de la comunidad Educativa. Artículo 14. Integrantes. El Consejo Directivo está integrado por: 1. El Hno. Rector, quien lo convoca y lo preside. 2. Dos (2) representantes de los Docentes. 3. Dos (2) representantes de los Padres de Familia. 4. Un representante de los estudiantes. 5. Un representante de los egresados. 6. Un representante del sector productivo del área de influencia cuando brinde apoyo económico o contribuya al Instituto, el cual será delegado por la Comunidad de los Hermanos de las Escuelas Cristianas. 7. La Secretaria de Rectoría. Parágrafo 1. El periodo de gestión de los representantes de los estudiantes, profesores, padres de familia y egresados es de un año. Parágrafo 2. El representante de estudiantes podrá ser de los grados noveno a undécimo grado. Parágrafo 3. La secretaria no participará en la toma decisiones. Parágrafo 4. El Hno. Rector podrá invitar a las sesiones del Consejo Directivo a quien él considere puede brindar apoyo a los diferentes procesos del Instituto. Los invitados participarán con voz pero sin voto en la toma de decisiones. Artículo 15. Funciones. Son funciones del Consejo Directivo: 1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas; 2. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación de Bucaramanga; 3. Adoptar el reglamento de la institución de conformidad con las normas vigentes. 4. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución. 5. Establecer normas complementarias del Manual de Convivencia como forma de estímulo y regulación de la convivencia de la Comunidad Educativa. 23

24 6. Tomar decisiones que afecten el funcionamiento del Instituto cuando según el Manual de Convivencia no sean competencia de otra autoridad; 7. Participar en el proceso de evaluación institucional 8. Recomendar criterios y proponer actividades y relaciones de tipo académico, deportivo, cultural, recreativo, social y religioso de la Comunidad Educativa con otras instituciones; 9. Fomentar la conformación del Consejo de Padres y Madres de Familia. 10. Reglamentar los procesos electorales a que haya lugar. 11. Darse su propio reglamento. 12. Servir de instancia para resolver conflictos que se presenten entre directivos y docentes con estudiantes después de haber agotado el conducto regular y los procedimientos previstos en el Reglamento o Manual de Convivencia. 13. Asumir la garantía y defensa de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando algunos de sus miembros se sientan lesionados. 14. Considerar las iniciativas de la Comunidad Educativa que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar. 15. Considerar las sugerencias de los miembros de la Comunidad Educativa para asesorar al Hno. Rector en la toma de decisiones de carácter pedagógico. Del Consejo Académico Artículo 16. Del Consejo Académico. Instancia superior que participa en la orientación pedagógica del Instituto San José De La Salle, y que se constituye como un órgano consultivo y asesor en asuntos pedagógicos, metodológicos, didácticos y científicos del Hno. Rector y del Consejo Directivo. Artículo 17. Integrantes. El Consejo Académico está integrado por: 1. El Hno. Rector, quien lo convoca y preside o en su defecto su delegado. 2. Los Directivos Docentes. 3. Jefe de Calidad. 4. Un docente representante de cada área. 5. Un docente de primaria. Parágrafo. El periodo de gestión de los representantes de los docentes es de un año. Artículo 18. Funciones. Son funciones del Consejo Académico: 1. Servir de órgano consultor del Hno. Rector y del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional; 2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes necesarios; 3. Organizar el plan de estudios, orientar su ejecución y plantear los ajustes pertinentes; 24

25 4. Integrar los Comités para el Seguimiento del Desempeño Escolar, asignar sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación. 5. Liderar la orientación pedagógica y metodológica del establecimiento y participar en la evaluación institucional; 6. Recibir reclamos sobre la evaluación educativa por parte de los estudiantes y decidir al respecto. 7. Participar en la evaluación institucional anual. 8. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional. CAPITULO III ÓRGANOS CONSULTORES DEL GOBIERNO ESCOLAR Artículo 19. Órganos consultores del Gobierno Escolar. Se consideran órganos participativos, deliberativos y consultores que apoyan las decisiones del Gobierno Escolar y/o presentan iniciativas al mismo, los siguientes: 1. Consejo Operativo. (Artículo 20 de este manual). 2. Comité de Convivencia (Articulo 26 de este manual). 3. Consejo de Padres. (Artículo 32 de este manual). 4. Consejo de Estudiantes. (Artículo 66 de este manual). 5. Personero de los Estudiantes. (Artículo 70 de este manual). Consejo Operativo Artículo 20. Del Consejo Operativo. Se constituye como un órgano encargado de orientar, analizar y garantizar la marcha del Instituto San José De La Salle de Bucaramanga, desarrollando iniciativas, y tomando acciones que favorezcan la correcta prestación del servicio educativo en desarrollo del Proyecto Educativo Institucional. Artículo 21. Integrantes. El Consejo Operativo está integrado por: 1. El Hno. Rector, quien lo convoca y preside o en su defecto su delegado. 2. Directivos docentes, dentro de los cuales se encuentran: Jefe de Calidad Coordinador Académico. Coordinadores de Acompañamiento Humano - Sede A, B y C. Coordinador de Pastoral. Artículo 22. Funciones. Son funciones del Consejo Operativo: 25

26 1. Verificar el cumplimiento de las actividades programadas en cronograma de actividades y replantear el cumplimiento de otras frente a los inconvenientes que impidan su realización en las fechas estipuladas. 2. Promover acciones que favorezcan la convivencia y el cumplimiento de las funciones de los miembros de la comunidad educativa. 3. Evaluar la dinámica de la institución. 4. Planificar y aprobar la programación de actividades complementarias. 5. Dar respuesta a las consultas que los demás miembros y órganos de la institución formulen y que estén relacionados con el Manual de Convivencia. 6. Citar profesores, padres de familia que por circunstancias especiales necesiten aclarar situaciones o elevar peticiones, quejas, o sugerencias ante los directivos de la institución. Artículo 23. De los Directivos Docentes. Son estamentos que dependen de la Rectoría y hacen parte del Comité Operativo, les corresponde la administración de docentes y estudiantes de la institución, ejecutando y apoyando las políticas pedagógicas, metodológicas, evaluativas y de convivencia establecidas y orientadas por la Rectoría y por los Consejos Directivo y Académico del Instituto. Artículo 24. Son Directivos Docentes. Los cargos directivos docentes en el instituto San José De la Salle serán ejercidos con las siguientes denominaciones. 1. Rector o director del establecimiento Educativo. 2. Coordinador Académico. 3. Coordinador de Acompañamiento Humano. 4. Coordinador de Pastoral. Artículo 25. Funciones. Coordinador Académico 1. Elaborar el calendario académico anual y someterlo a la aprobación del Consejo Académico y del Consejo Directivo. 2. Liderar la gestión académica en el proceso de la gestión de calidad. 3. Elaborar el plan de estudios, teniendo en cuenta los tiempos, espacios y recursos para el desarrollo adecuado de los procesos curriculares. 4. Coordinar la evaluación, actualización y mejora del P.E.I. 5. Coordinar las labores de planeación del diseño educativo de acuerdo con el P.E.I. y su plan de estudios. 6. Fomentar, coordinar e implementar proyectos de investigación en el Instituto. 7. Verificar la evaluación anual rediseño y supervisión del plan de estudios. 8. Liderar y coordinar procesos de evaluación institucional, de personal docente, de procesos de enseñanza-aprendizaje, de gestión y de validación educativa. 9. Coordinar el seguimiento de casos académicos especiales y remitirlos a quien corresponda de acuerdo a las necesidades. 26

27 10. Organización de la superación de dificultades académicas encontradas. 11. Velar por el cumplimiento de las disposiciones emanadas del Consejo Académico. 12. Garantizar la información adecuada y pertinente y elaborar los informes sobre procesos educativos de acuerdo a las solicitudes de diferentes instancias internas u oficiales. 13. Seguimiento a la aplicación de la planeación por áreas motivando a los docentes a la experimentación e innovación educativa. 14. Participar, organizar y comunicar reuniones de evaluación y promoción, según asignación de Rectoría. 15. Estudio y oportuna divulgación de la información que suministra el Ministerio de Educación. 16. Programar, organizar, comunicar y evaluar la realización de las jornadas pedagógicas. 17. Asistir a las reuniones de comités y consejos de los cuales haga parte. 18. Comprometerse con la mejora continua del S.G.C. 19. Garantizar el acompañamiento a los estudiantes que no pueden participar de las actividades académicas normales con debido sustento. 20. Realizar seguimiento a los programas flexibles que se deben aplicar a los estudiantes en proceso de inclusión. 21. Coordinar acciones para la preparación y presentación de las diversas pruebas de Estado. 22. Entregar el trabajo académico al jefe del proceso para mantener al día el archivo (Seguimiento a proyectos, dialogo con los jefes de área, proyectos pedagógicos, actas de comités, cronogramas, jornadas pedagógicas, etc). 23. Demás funciones propias del cargo y que le sean asignados por la Rectoría. Coordinador de Acompañamiento Humano 1. Acompañar y coordinar los procesos asociados a la convivencia escolar (manejo de tiempos, desarrollo de actividades, resolución de conflictos, atención de casos especiales, entre otros). 2. Acompañar procesos continuos de diagnóstico y evaluación de necesidades y riesgos de los procesos de convivencia escolar. 3. Garantizar una comunicación y sensibilización permanente entre los miembros de la comunidad educativa sobre las políticas y criterios de convivencia escolar definidos en el Proyecto Educativo Institucional y el Manual de Convivencia. 4. Hacer seguimiento a los procesos de desarrollo humano, actitudinal, valorativo y afectivo de los estudiantes a su cargo. 5. Garantizar la información necesaria sobre los procesos de seguimiento y acompañamiento de los estudiantes. 6. Promover estrategias y acciones para el mejoramiento permanente de los procesos de convivencia, y participación en la resolución de conflictos, acompañamiento y seguimiento de los estudiantes. 27

28 7. Garantizar los espacios y tiempos para la adecuada atención a estudiantes, padres de familia y docentes de la institución. 8. Participar en las reuniones de consejos y comités a los cuales pertenezca. 9. Informar periódicamente al Rector sobre las novedades que se presenten en relación a los estudiantes. 10. Mantener los registros adecuados que evidencien la gestión de su proceso. 11. Demás funciones propias del cargo y que le sean asignados por la Rectoría. Coordinador de Pastoral 1. Diseñar el Proyecto General de Pastoral del Instituto. 2. Elaborar un plan anual de formación humana y cristiana que involucre la construcción, ejecución y evaluación del mismo, a toda la comunidad educativa. 3. Procurar siempre la articulación del Proyecto Institucional con el Proyecto Distrital de Pastoral. 4. Programar y desarrollar actividades como convivencias, retiros, salidas, campamentos, visitas a lugares marginados, entre otros. 5. Presentar al Rector y a la comunidad todos los planes que incluye el Proyecto General Anual de Pastoral. 6. Velar por el adecuado proceso de sensibilización, formación, acción y proyección de la pastoral familiar, infantil, juvenil y sacramental. 7. Enviar a la Secretaría Distrital de Pastoral el Proyecto General Anual de Pastoral. 8. Mantener comunicación permanente con la Secretaría Distrital de Pastoral. 9. Mantener los registros adecuados que evidencien la gestión de su proceso. Comité de Convivencia Articulo 26. Definición. El Comité de Convivencia es la instancia que fomenta la armonía y la convivencia en la Comunidad Educativa, promueve actividades para fortalecer el crecimiento en valores de los integrantes de la Comunidad Educativa, evalúa y media los conflictos que se presenten dentro de la Institución, y lleva a cabo el seguimiento del cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia. Artículo 27. Sesiones. El Comité de Convivencia se instalará dentro de los primeros 60 días del calendario escolar y estará integrado por: 1. Uno de los representantes del personal docente ante el Consejo Directivo. 2. El representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. 3. Un representante del Consejo Estudiantil. 4. El Personero de los estudiantes. 5. Un representante de Pastoral. 28

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