INSOL International. Colección de Temas Prácticos Relevantes para los Profesionistas Independientes México. Febrero 2015

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1 INSOL International Colección de Temas Prácticos Relevantes para los Profesionistas Independientes México Febrero 2015 Cuestiones Prácticas Pequeña Serie Técnica

2 Colección de Temas Prácticos Relevantes para los Profesionistas Independientes México Contenido i Reconocimiento ii Introducción 1 1. Cómo encontrar información acerca de profesionistas en materia concursal (IPs por sus siglas en inglés) en México? Cómo se han organizado los profesionistas en materia concursal en México? A qué asociaciones contactar? Qué hacen dichas asociaciones? En búsqueda de asesoría, o bien, en búsqueda de alguna solución Dónde se puede obtener información? Existen listas de profesionistas calificados y/o certificados en materia concursal? Cómo se puede acceder a dichas listas? Qué papel juegan los funcionarios clave? 2 2. Problemas transfronterizos importantes para profesionistas concursales Cómo ejercer las reclamaciones en el extranjero? A quién recurrir en búsqueda de asesoría? Cuáles son los criterios clave a considerar en la ubicación y recuperación de activos en una jurisdicción extranjera? Qué derechos y/o poderes tiene un tribunal extranjero de insolvencia para actuar directamente en un tercer país? 4 3. Mercadotecnia del Profesionista Independiente Cuáles son las estrategias de mercadotecnia utilizadas por los profesionistas independientes? 4 4. Financiamiento para la pequeña y mediana empresa Existen opciones financieras viables para las pequeñas y medianas empresas a partir de fuentes convencionales de financiamiento? 4 5. Cómo se remunera a los profesionistas en materia concursal? Cuáles son los esquemas existentes para determinar honorarios? 4 6. El litigio y su financiamiento Financiamiento de causas de acción - Qué institución otorga financiamiento? Hay alternativas distintas al litigio, por ejemplo el arbitraje o la mediación? 5 7. Licencias y regulación aplicable a los profesionistas en materia concursal Cómo se encuentran regulados los profesionistas en materia concursal? Quién puede ser un profesionista en materia concursal o qué tipo de profesionista es el que regularmente se dedica a la materia concursal? Qué tipo de trabajo realiza un profesionista en materia concursal en México? Quién designa al profesionista en materia concursal? Se permite realizar trabajos de consultoría o asesoría a un profesionista en materia concursal que hubiere sido nombrado por un Juez como administrador? 6 8. Cuestiones relativas al Cumplimiento Comentarios finales. 6 INSOL International 6-7 Queen Street, Londres, EC4N 1SP Tel : +44 ( 0 ) Fax: +44 ( 0 ) Copyright Ninguna parte de este documento puede ser reproducida o transmitida en cualquier forma o por cualquier medio sin la autorización previa de INSOL International. Los editores y los autores no aceptan responsabilidad alguna por pérdidas ocasionadas a personas que actúen o se abstengan de actuar como resultado de cualquier opinión expresada en este documento. i

3 Reconocimiento INSOL International se complace en publicar el presente estudio país elaborado en México como parte de su Serie de Ensayos Técnicos para Profesionistas Independientes (Small Practice Techincal Papers Series) dentro de la Colección de Temas Prácticos Relevantes para los Profesionistas Independientes. El presente ensayo fue elaborado por Thomas S. Heather, Socio de Ritch, Mueller, Heather y Nicolau. INSOL International agradece a Thomas S. Heather por preparar el presente ensayo. Los puntos de vista expresados no reflejan ninguna opinión de Ritch, Mueller, Heather y Nicolau. Febrero ii

4 Colección de Temas Prácticos Relevantes para los Profesionistas Independientes México Por Thomas S. Heather* 1 Ritch, Mueller, Heather y Nicolau Introducción Existe una gran cantidad de retos a los que los profesionistas independientes deben enfrentarse en el día a día. Gestión, planeación de negocios, planeación financiera, de recursos humanos y desarrollo profesional, comunicación y mercadotecnia, comunicación de la información y tecnología, cuestiones relativas al cumplimiento y honorarios, son sólo ejemplos de ello. El presente informe abarca y enfatiza algunos de estos temas, mismos que interesarán a miembros de ésta y otras jurisdicciones. 1. Cómo encontrar información acerca de profesionistas en materia concursal (IPs por sus siglas en inglés) en México? 1.1 Cómo se han organizado los profesionistas en materia concursal en México? En lo que se refiere a la práctica legal, a diferencia de otros países, en México no es una condición obligatoria que los profesionistas se encuentren afiliados a alguna barra de abogados o colegio de profesionistas para poder ejercer dicha profesión. Si bien a nivel nacional existen tres asociaciones relativamente serias, a saber, la Barra Mexicana Colegio de Abogados, el Ilustre y Nacional Colegio de Abogados y la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, la afiliación, es opcional; en ocasiones las políticas internas de dichas asociaciones han propiciado decisiones y determinaciones meramente subjetivas, lo que ha derivado en la imposibilidad de contar con un proceso de certificación racional de profesionistas en las distintas especialidades del Derecho. Mientras que las diversas asociaciones, colegios y barras de abogados distribuidas a lo largo de los 31 estados del país y el Distrito Federal son en ocasiones poco confiables, diversas asociaciones académicas en el ámbito de la mediación, el arbitraje y las mejores prácticas corporativas, han demostrado ser una opción más propicia para el estudio del derecho. La Ley de Concursos Mercantiles es el ordenamiento jurídico que regula el concurso mercantil o estado de insolvencia de las empresas en México. Dicho marco normativo establece las bases para la formación de expertos en el campo de lo concursal, y es por virtud de dicho ordenamiento que se creó el Instituto Federal de Especialistas en Concursos Mercantiles ( IFECOM ). El IFECOM es un órgano auxiliar y dependiente del Consejo de la Judicatura Federal, es decir, dicho instituto depende del Poder Judicial de la Federación y se compone de especialistas en el ámbito legal, contable, financiero y económico. Una de las funciones del IFECOM es aquella de autorizar y designar a los especialistas, principalmente abogados y contadores, que auxiliarán al Juez en los procedimientos de concurso mercantil, a efecto de que funjan como conciliador 2, visitador 3 o síndico 4 dentro de los mismos. Sin embargo, el proceso de designación de los denominados especialistas ha sido objeto de crítica, pues en ocasiones ha sido poco transparente en los asuntos de mayor importancia. Por otro lado, la cantidad de requisitos administrativos han limitado no sólo el interés, sino también la disponibilidad de profesionistas de tiempo completo. * Las opiniones vertidas en el presente reporte, son las opiniones personales del autor y no así de INSOL International, Londres. El autor agradece la asistencia de Dña. Begoña García Ochoa y García por su ayuda en traducir del inglés el presente ensayo. Una especie de mediador designado por un tribunal. Una especie de auditor pre-concursal. Una especie de fiduciario en la etapa de liquidación o quiebra del concurso mercantil, quien toma la administración de la empresa. 1

5 Si bien las recientes reformas a la Ley de Concursos Mercantiles del año 2014 permiten tanto a los acreedores, como a las empresas seleccionar su propio conciliador, en la práctica, sin embargo, la participación de un conciliador independiente en un procedimiento de concurso mercantil, es decir, un especialista que no esté registrado ante el IFECOM, no es recomendable. Prueba de ello es el primer caso importante de concurso mercantil que involucró más de tres mil millones de dólares, dieciséis empresas y más de cuarenta mil acreedores, en donde el IFECOM buscó guardar sus atribuciones de manera enfática durante todo el proceso, y faltó al conciliador las herramientas en la preparación de las listas de acreedores que derivan de la etapa del visitador. 1.2 A qué asociaciones contactar? Qué hacen dichas asociaciones? En suma, y en opinión del suscrito autor, no hay asociaciones a las que se pueda recurrir. Sin embargo, cabe consultar la página de información del IFECOM. 1.3 En búsqueda de asesoría, o bien, en búsqueda de alguna solución Dónde se puede obtener información? Probablemente, al estar en búsqueda de asesoría o soluciones, constituye una mejor opción aquella de consultar fuentes internacionales, publicaciones especializadas o en su caso, profesionistas líderes dentro y fuera de México. 1.4 Existen listas de profesionistas calificados y/o certificados en materia concursal? Cómo se puede acceder a dichas listas? Aunque es probable que en un futuro sea diferente, hoy en día no existen listas recomendables, o bien, confiables de profesionistas calificados o certificados en materia concursal. Se pueden consultar fuentes relativamente objetivas como Chambers and Partners, a fin de tener una idea de cuales profesionistas participan en el mercado. 1.5 Qué papel juegan los funcionarios clave? Tal como se menciona con anterioridad, el Instituto se encuentra integrado en forma multidisciplinaria, a fin de cubrir los ámbitos administrativo, contable, económico, financiero y legal. La organización, administración y dirección del IFECOM están encomendadas a la Junta Directiva, misma que está integrada por un Director General y cuatro miembros o Vocales, cada uno de ellos experto en una materia, ya sea legal, contable, financiero y económico. Dichos funcionarios clave son nombrados por el Consejo de la Judicatura Federal. Tal como se mencionó en el apartado 1.1 anterior, los especialistas que juegan un papel en los procedimientos de concurso mercantil, de conformidad con lo establecido por la Ley de Concursos Mercantiles, son: i. el visitador, cuyas funciones radican en determinar si el deudor cumple con los criterios para instaurar un procedimiento concursal, y es quien participa en el procedimiento hasta la sentencia de concurso mercantil emitida por el Juez (sentencia que determinará si el comerciante es declarado en concurso mercantil). Al efecto, vale la pena mencionar que las reformas del 2014 introdujeron la posibilidad de presentar un plan de reestructura previa, es decir, una solicitud de concurso mercantil con plan de restructura previa, evitando así la etapa de la visita y largas semanas de burocracia; no obstante, en todo caso resulta útil el reporte de un visitador a cualquier conciliador. ii. el conciliador, quien es designado por un Juez mediante la referida sentencia de concurso mercantil. El conciliador tiene como función principal procurar que el comerciante y sus acreedores logren un acuerdo, teniendo como prerrogativa la protección y conservación de 2

6 la empresa. El conciliador tendrá los más amplios poderes y facultades para mediar dichas negociaciones o en su caso, para declarar la quiebra; y iii. el síndico, designado por el IFECOM, quien puede o no, fungir como conciliador y cuyas funciones principales son las de enajenar todos los bienes y derechos del comerciante, procurando maximizar su valor y aplicar los recursos que se obtengan de dichas enajenaciones al pago de los pasivos del comerciante y las demandas. En este orden de ideas, puede apreciarse que el papel que juega el conciliador dentro de los procedimientos de concurso mercantil, es un papel realmente significativo, e incluso la intervención suele ser más reducida. Aquellos que deseen actuar como visitador, conciliador o síndico deberán inscribirse en el Registro de Especialistas del IFECOM, organismo de hecho, mantiene un estricto control en dichas admisiones. Se debe tomar en cuenta que la Ley de Concursos Mercantiles establece requisitos muy específicos en estos procesos de selección, y adicionalmente, el IFECOM ha añadido algunos requisitos adicionales para quienes deseen ingresar a dicho Registro, mismos que incluyen, entre otros, contar con una formación continua y estar capacitados en técnicas de reestructuración. El procedimiento de designación se basa, en una selección electrónica y aleatoria entre la clase y el número de los profesionistas registrados en el IFECOM. Las clases varían dependiendo de la complejidad y el tamaño de los activos de la empresa en cuestión. Aunado a lo anterior, el IFECOM ha establecido normas geográficas que limitan innecesariamente la disponibilidad de los conciliadores, habiéndose presentado en algún caso de una empresa grande, conflictos de interés. Adicionalmente, existen numerosas restricciones que limitan la designación de los profesionistas concursales en los casos en los que se presentan conflictos de intereses. En la teoría, puede darse el caso de que una mayoría significativa de los acreedores designe o remplace a un conciliador o a un síndico, incluso con algún profesionista que no esté registrado ante el IFECOM, sin embargo, dicha posibilidad aún no ha sido llevada a la práctica (en el caso de reemplazos). Por ejemplo, al tratarse de procedimientos de concurso mercantil que involucran aquellas empresas que operan bajo una concesión federal, el conciliador podrá ser nombrado a petición de la autoridad correspondiente, por ejemplo, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, tratándose de empresas que operan en la industria de telecomunicaciones. Las citadas reformas del 2014, tal como se menciona con anterioridad, proporcionaron cierta flexibilidad al permitir que la designación, tanto de conciliadores como de síndicos, se realice de forma independiente al IFECOM, es decir, fuera de éste, y aunque no de una forma muy clara, parece permitir que tanto personas físicas como morales asuman dichas funciones, no obstante, el IFECOM, hasta ahora, únicamente ha registrado personas físicas. 2. Retos transfronterizos relevantes para profesionistas en materia concursal. 2.1 Cómo ejercer las reclamaciones en el extranjero? A quién recurrir en búsqueda de asesoría? Es una realidad que, en lo que respecta a la ejecución de resoluciones judiciales o reclamaciones que provengan del extranjero, los tribunales mexicanos tienden a ser ineficientes. Se ha presentado un sólo caso en donde se ha aplicado la legislación de la UNCITRAL, relativa a la cooperación internacional en los casos de insolvencias transfronterizas (el equivalente al Capítulo 15 del Código de Quiebras de los Estados Unidos de América Chapter 15 of the U.S Bankruptcy Code). Desafortunadamente, los "ajustes" introducidos en el capítulo correspondiente de la Ley de Concursos Mercantiles (Título XII), requieren llevar un procedimiento de concurso mercantil completo en México en caso de que cualquier activo relevante de la empresa en cuestión se encuentre en territorio nacional. 3

7 2.2 Cuáles son los criterios clave a considerar en la ubicación y recuperación de activos en una jurisdicción extranjera? Los criterios clave que deben considerarse al ubicar y recuperar activos en México, son aquellos de tiempo y costo vs. recuperación; adicionalmente, no debe perderse de vista que el Poder Judicial ha demostrado que la ejecución de sentencias puede llegar a tomar muchos años y ser extremadamente costosa. 2.3 Qué derechos y/o poderes tiene un funcionario extranjero de insolvencia para actuar directamente en un tercer país? Como regla general, los funcionarios de insolvencia extranjeros no son reconocidos en México. Aunado a ello, pueden llegar a enfrentarse con una amplia variedad de complejidades en lo que se refiere al trato preferencial de reclamaciones laborales y tributarias. En estos casos, recurrir al IFECOM puede ser útil en un primer punto de partida, por ejemplo, para realizar consultas muy específicas. Sin embargo, las ejecuciones de sentencias provenientes del extranjero pueden llegar a ser un complicado enredado de muchas dimensiones procesales. 3. Mercadotecnia del Profesionista Independiente. 3.1 Cuáles son las estrategias de mercadotecnia utilizadas por los Profesionistas Independientes? Existen muchas y diversas herramientas disponibles en el mercadeo de los profesionistas en procedimientos de concurso mercantil. Seminarios, publicaciones, contribuciones a directorios internacionales líder y similares son algunas de las herramientas más comunes y preferidas por este tipo de profesionistas. 4. Financiamiento para la pequeña y mediana empresa. 4.1 Existen opciones financieras viables para las pequeñas y medianas empresas a partir de fuentes convencionales de financiamiento? México cuenta con un sistema financiero muy maduro; el financiamiento tanto de bancos, como de proveedores financieros especializados no bancarios, puede constituir una opción viable para las pequeñas y medianas empresas. 5. Cómo se remunera a los profesionistas en materia concursal? 5.1 Cuáles son los modelos disponibles para determinar los honorarios? Los profesionistas en materia concursal tienden a ser remunerados en base a cuotas mensuales fijas, sujeto a que se alcancen determinados objetivos dentro del procedimiento de reestructuración. En la profesión de la abogacía, la mayoría de las firmas de abogados continúan basándose en sistemas de cálculo de honorarios en función al tiempo invertido. Sin embargo, la tendencia se inclina cada vez más hacia una remuneración basada en un honorario fijo, bajo un sistema de compensación en función de las etapas procesales; en particular, son los litigantes líderes los que están imponiendo cuotas honorarias altas basadas en estimaciones realizadas únicamente en función a cada etapa procesal. Respecto al pago de honorarios legales, desgraciadamente, los tenedores de bonos han impuesto la práctica de que, absoluta e inequívocamente, el deudor (quien evidentemente tiene problemas de liquidez) es el único responsable del pago de los honorarios de los abogados. Esta práctica, lógicamente, puede llegar a propiciar ciertas distorsiones. En lo que respecta a los especialistas IFECOM, éstos se encuentran sujetos a un tabulador oficial basado en el tamaño de los activos del patrimonio y del éxito del procedimiento de concurso mercantil. 4

8 6. El litigio y su financiamiento. 6.1 Financiamiento de causas de acción - Quiénes son los mejores financiadores? Tal como se ha mencionado ya, en México, el financiamiento de un litigio y un potencial procedimiento de concurso mercantil, se realiza a través del deudor. Incluso en casos en donde las reestructuraciones llegan a convertirse en procedimientos contenciosos y, de hecho, casi en cualquier caso, el deudor es quien debe cubrir todos los costos aplicables. Tanto el IFECOM, como la Ley de Concursos Mercantiles imponen una obligación de pago a cargo del deudor en todos los procedimientos formales, por lo tanto, las mejores fuentes de financiamiento, son los mismos deudores insolventes. 6.2 Hay alternativas distintas al litigio, por ejemplo el arbitraje o la mediación? En cualquier caso, la mejor alternativa, es evitar llegar al concurso mercantil en todo su conjunto, dada la enorme dificultad de atenerse a los plazos que marca la Ley al Poder Judicial, así como de ejecutar sentencias tanto locales, como extranjeras. Existen cientos de casos de éxito de reestructuras consensuales. 7. Licencias y regulación aplicable a los profesionistas en materia concursal. 7.1 Cómo se encuentran regulados los profesionistas en materia concursal? Los profesionistas en materia concursal carecen de una regulación o bien, no se encuentran regulados de una forma adecuada (con excepción de los profesionistas afiliados formalmente al IFECOM). En México únicamente se exige de manera general que tanto abogados, como contadores y demás profesionistas se registren ante la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, quien expide a favor de los profesionistas registrados, un documento oficial denominado Cédula Profesional con el que se acredita. Los contadores por su parte, cuentan con muy meritoria colegialización nacional obligatoria que cuenta con sistema de alta calidad, cuyo objetivo es garantizar y mantener un alto nivel de profesionalismo y ética entre sus afiliados. Para los contadores, a diferencia de los abogados, tal como se estableció al inicio del presente ensayo, la afiliación a dicha asociación, es obligatoria. No obstante lo anterior, en este contexto, lo más importante es tener presente que en lo que respecta a la regulación, vigilancia y rendición de cuentas relativa a la actuación de los profesionistas en materia concursal dentro del procedimiento de concurso mercantil, en el mejor de los casos, es cuestionable y tanto los estándares de ética, como el manejo de los conflictos de interés, son inconsistentes. 7.2 Quién puede ser un profesionista en materia concursal? Qué tipo de profesionistas son los que regularmente ejercen como profesionistas en materia concursal? No hay requisitos académicos o de alguna otra naturaleza necesarios para ejercer como profesional en un procedimiento de concurso mercantil. Sin embargo, éstos, en su mayoría, son abogados o contadores. 7.3 Qué tipo de trabajo realiza un profesionista en materia concursal en México? Generalmente, un profesionista en materia concursal puede proveer asesoría de reestructuración como profesionista independiente o bien, puede hacerlo a través del IFECOM una vez inscrito en dicho Instituto, sin embargo en este último caso, no debe perderse de vista, que tal como se ha referido con anterioridad, el Instituto mantiene un control estricto en las admisiones. 7.4 Quién designa a un profesionista en materia concursal? Por lo general, el profesionista en materia concursal es instruido y designado por la empresa o los acreedores de ésta, o bien, por el IFECOM a solicitud del Juez de la causa. 5

9 7.5 Se permite realizar trabajos de consultoría o asesoría a un profesionista en materia concursal que hubiere sido nombrado por un Juez como administrador? Si un profesionista en materia concursal es nombrado por un tribunal, ya sea a través del IFECOM o bien, por el consentimiento de la empresa y la mayoría de sus acreedores, el profesionista no podrá proveer servicios de consultoría de forma independiente. 8. Cuestiones relativas al Cumplimiento. La mayoría de los profesionistas en materia concursal son contribuyentes; son pocas las deducciones aplicables a los mismos y la mayoría de éstos cumplen con las leyes fiscales federales aplicables. Asimismo, México cuenta con un avanzado conjunto de leyes en el ámbito del Anti-lavado de dinero y delitos financieros, por ejemplo, pueden llegar a imponerse grandes multas por la omisión de declarar transacciones en efectivo, e incluso, en ocasiones el otorgar poderes generales puede llegar a considerarse sospechoso. El fraude y otros delitos, pueden llegar a ser perseguidos enérgicamente por las autoridades. No obstante lo anterior, hay muchas alternativas para tener acceso a prácticas concursales no sólo exitosas, sino también efectivas. Los verdaderos expertos son pocos y bien conocidos. Éstos pueden encontrarse a través de firmas de prestigio internacional en el ámbito de la contabilidad, la consultoría y la práctica legal. Por otro lado, México es parte en la mayoría de las principales convenciones internacionales en materia concursal. Sin embargo, en un contexto en el que no es obligatorio ser miembro afiliado de una barra, colegio de abogados o asociación que establezca y vigile niveles de ética y buenas prácticas, la mayoría de las directrices y lineamientos éticos y de gobierno corporativo, son auto-impuestas por quienes particularmente ejercen en el ámbito legal. En realidad lo que sucede, es que la aplicación de los códigos de ética en las asociaciones locales es, en el mejor de los escenarios, difícil y complicada ya que no hay reglas generales u otras normas con respecto a mejores prácticas. En lo que respecta al manejo de fondos de clientes, no existen lineamientos precisos que lo regulen. En realidad, son relaciones específicas basadas en la confianza por lo que se recomienda siempre establecer reglas claras por escrito desde un inicio. 9. Comentarios finales. Resulta importante señalar que desde la promulgación de la Ley de Concursos Mercantiles en el año 2000, a pesar de que México es considerado la novena economía del mundo, el concurso mercantil aún está en proceso de ser reconocido como una opción viable en la resolución de asuntos de insolvencia. La introducción de procedimientos de concurso mercantil con planes de reestructura previo, ha sido una herramienta útil en casos en que los tenedores de bonos extranjeros son los principales acreedores. No obstante lo anterior, desde que dicha ley entró en vigor hace catorce años, se han dado, cuando mucho, una docena de casos relevantes (i.e. aquellos que involucran empresas con más de $300 millones de dólares de deuda). La mayoría de las reestructuraciones, han tomado el camino de una reestructuración consensual en atención a que el Poder Judicial mexicano continúa siendo errático respecto a dos temas principales: (i) el cumplimiento de plazos procedimentales estrictos establecidos en la ley provocando incertidumbre en los tiempos- y (ii) la inconsistencia de las medidas cautelares al patrimonio. Adicionalmente, el continuo abuso de los llamados argumentos de "derechos humanos" al debido proceso, ha contribuido a generar una sensación de detracción del Estado de Derecho, incluso en materia concursal. Por lo tanto, en general se aconseja mantener la reestructuración independiente al IFECOM, es decir, independiente a dicha institución y a los Tribunales Federales. Mientras que los procedimientos de concurso mercantil pueden ser objeto de críticas, México se ha desarrollado como una jurisdicción líder al implementar de forma exitosa resoluciones complejas e innovadoras fuera de los tribunales, en los más desafiantes procesos de 6

10 reestructuración, tanto locales como transfronterizos, desarrollando profesionistas líderes, respetados, éticos y eficientes en América Latina. 7

11 14 AlixPartners LLP Allen & Overy LLP Alvarez & Marsal LLC Baker & McKenzie LLP Begbies Traynor BDO Bingham McCutchen LLP Cadwalader Wickersham & Taft LLP Chadbourne & Parke LLP Clayton Utz Cleary Gottlieb Steen & Hamilton LLP Clifford Chance Davis Polk & Wardwell De Brauw Blackstone Westbroek Deloitte LLP DLA Piper EY Ferrier Hodgson Freshfields Bruckhaus Deringer Goodmans LLP Grant Thornton Greenberg Traurig LLP Hogan Lovells Huron Consulting Group Jones Day Kaye Scholer LLP Kirkland & Ellis LLP KPMG LLP Linklaters LLP Norton Rose Fulbright Pepper Hamilton LLP PPB Advisory PwC RBS RSM South Square Skadden, Arps, Slate, Meagher & Flom LLP Shearman & Sterling LLP Weil, Gotshal & Manges LLP White & Case LLP Zolfo Cooper LLP 8

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