REGLAMENTO INTERNO CONVIVENCIA ESCOLAR 2015
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- María Rosario Benítez Vázquez
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1 Colegio BORDEMAR Un Compromiso con la diversidad y la buena convivencia REGLAMENTO INTERNO CONVIVENCIA ESCOLAR 2015 Guillermo Munich N 338 Cerro Alegre Fono: Valparaíso Un compromiso con la diversidad y la buena convivencia 1
2 REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR AÑO 2015 De acuerdo con las propuestas educativas del Colegio Bordemar, la normativa interna constituye un medio que favorece la formación integral del/la estudiante. De esta manera, la convivencia escolar cumple un rol fundamental dentro de los objetivos propuestos por nuestra unidad educativa. La interrelación entre los diferentes miembros de dicha comunidad, deberá apuntar al desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual de los/as estudiantes, entendiéndose que su desarrollo deberá implementarse en un ambiente grato y por ello es fundamental la observancia de normas. I.DEFINICIÓN El reglamento interno del Colegio Bordemar, establece un conjunto de normas y procedimientos que regulan los derechos y deberes de todos los miembros de la comunidad educativa, con el fin de promover y desarrollar los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar. La comunidad educativa estará sujeta, al cumplimiento de normas, deberes y obligaciones, tanto del ordenamiento interno del Colegio Bordemar como a la legislación vigente del país. El presente reglamento tiene como objetivo asegurar el normal desarrollo de las actividades estudiantiles dentro del colegio y en su entorno, y lugares donde estas se realicen, además de velar permanentemente por el prestigio y buen nombre del establecimiento. El logro de estos objetivos exige que los derechos y obligaciones de los diferentes estamentos deben ser cumplidos y hechos cumplir por todos los miembros que componen la comunidad de la institución. DE LOS /AS ESTUDIANTES DE LOS DERECHOS DE LOS /AS ESTUDIANTES 1. Los/as estudiantes no serán discriminados por motivos étnicos, de nacionalidad, de religión e ideológicos. 2. A recibir una educación de calidad y equidad según los planes vigentes. 3. A recibir atención respetuosa por parte de todos los estamentos de la comunidad educativa; sin violencia física, verbal o amenaza en las relaciones interpersonales. 4. Derecho a opinar y ser escuchado especialmente dentro de estos contextos: a) Clases: que los profesores escuchen opiniones, sugerencias, dudas e intereses planteados con respeto. b) Conducta: que sean escuchadas las versiones del alumno y que queden registrados los descargos por escrito. 5. Beneficiarse de las tareas profesionales de los docentes: puntualidad, preparación de clases y actividades, devolución de instrumentos evaluativos calificados dentro de plazos oportunos, presentación personal y vocabulario acorde a la función orientadora. 6. Utilizar en forma adecuada y responsable, tanto los espacios como los recursos que ofrece el Colegio, en los horarios designados para tales acciones. 7. Conocer e interiorizarse de los reglamentos que rigen al Colegio. 2
3 8. Elegir democráticamente la respectiva Directiva de Curso y generar democráticamente un Centro de Alumnos. 9. Plantear por escrito y a través de sus representantes, diversas inquietudes. 10. Ser atendidos (conforme al conducto regular), por los encargados de cada área. 11. Presentar por escrito proyectos que beneficien a la comunidad escolar. 12. Aclarar dudas académicas dentro de las respectivas clases o dentro de los horarios disponibles de los docentes. 13. Obtener autorización de Inspectoría General y/o Dirección para alguna reunión con objetivo especial (asignación del espacio y horario respectivo). 14. A ser apoyados por el departamento psicosocial y psicopedagógico de ser necesario, previa derivación de Inspectoría General o Jefe UTP, con la finalidad de acceder a beneficios y/o intervención focalizada. 15. Solicitar asistencia a reforzamiento de algún sector (siempre y cuando para tal asignatura se d opción y horarios. 16. Hacer propuestas para celebración aniversario del colegio y recibir respuestas a través del delegado de curso que participe del Centro de Alumnos. 17. A ser reconocidos positivamente cuando se realice una acción que promueva los valores y objetivos institucionales ACTITUDES Y VALORES DEL ALUMNO/A QUE REPRESENTAN LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES 1. Muestra preocupación por el bienestar de sus compañeros(as) 2. Constantemente cumple con las tareas encomendadas y en los plazos establecidos 3. Siempre es puntual al inicio de la jornada y en el inicio de clases en horas intermedias 4. Mantiene una excelente presentación personal 5. Participa de forma regular de las actividades del colegio 6. Ejerce un liderazgo positivo dentro de su grupo curso y/o compañeros(as) del colegio 7. Demuestra esfuerzo y dedicación en la ejecución de los quehaceres escolares 8. Mantiene una actitud de respeto con compañeros(as) y docentes en el desarrollo de la clase y/o una actividad académica 9. Cuida la limpieza y orden del lugar que ocupa y de su entorno 10. Se preocupa por superarse constantemente en lo académico, valórico y/o actitudinal 11. Colabora con profesores o con cualquier miembro de la comunidad educativa 12. Colabora en las actividades pedagógicas, teniendo una actitud positiva y participativa en el desarrollo de la clase y/o actividad académica. 13. Cuida la infraestructura del establecimiento, mobiliario y dependencias del colegio 14. Se destaca por su rendimiento escolar 15. Participa en actividades extracurriculares del colegio 16. Demuestra tolerancia y respeto por la diversidad cultural de sus pares 17. Utiliza un vocabulario adecuado en todo momento 18. Apoya a compañeros(as) que presentan dificultades académicas 19. Manifiesta una actitud crítica y creativa en el desarrollo de sus procesos de aprendizaje 3
4 DE LOS DEBERES DE LOS /AS ESTUDIANTES A.- PRESENTACIÓN PERSONAL: 1.- El uso del uniforme del Colegio es obligatorio. Se incentiva su uso para efectos de orden de los estudiantes y del sentido de identificación con el establecimiento. El no cumplimiento de esta norma deberá ser justificada por el apoderado. El uniforme escolar está conformado por: Tenida formal: Varón: Chaqueta institucional o casaca azul marino. Pantalón gris Jersey azul cuello en V Polera piqué blanca con insignia institucional Zapatos negros Dama: Chaqueta institucional o casaca azul marino Falda institucional Jersey azul cuello en V Polera piqué blanca con insignia institucional Medias de color gris Zapatos negros (*) Uso obligatorio de tenida formal de 7 a 4 E. Media. * En temporada invernal: - Uso de parka institucional, o parka de color azul. - Gorro de color azul (sin distintivos). - Bufanda o cuello de color azul (sin distintivos). Buzo deportivo del colegio: - Pantalón azul añil con aplicación de línea terracota en cada lado (diseño del establecimiento). - Polerón gris con aplicaciones en terracota. - Polera blanca sin adornos ni estampados. - Jersey azul, cuello en v. (*)El Buzo deportivo deberá usarse exclusivamente en las clases de Ed. Física y en aquellas actividades que el establecimiento lo estime conveniente, previo aviso vía agenda escolar. 2.- El uso de delantal o capa blanca será de USO OBLIGATORIO hasta 6º básico. 3.- Las clases de Educación Física son de carácter obligatorio. El/la estudiante deberá presentarse con su uniforme completo (buzo del Colegio) y traer, además, la indumentaria requerida para las actividades de la clase: polera, short azul, zapatillas negras o blancas y útiles de aseo (toalla, jabón, shampoo). Una vez terminada la clase, el/la estudiante debe quedar con su uniforme obligatorio de uso diario (formal). 4.- Los/as estudiantes deben asistir sin accesorios en el rostro, sin maquillaje, etc. además de la prohibición del uso de objetos llamativos: Ej.: pearcing, pulseras de colores, uñas pintadas. El pelo en las estudiantes debe usarse en forma ordenada, manteniendo el rostro descubierto, sin cubrir ojos, aceptándose sólo el uso de tinturas de colores convencionales (castaños, negros y rubios), prohibiéndose los colores como rojo, verde, azul, etc. 4
5 5.- Para los estudiantes el uso del cabello es de corte regular normal, no están permitidos aquellos cortes irregulares deberán asistir afeitados al colegio. 6.- Se debe evidenciar el cuidado e higiene personal. Como también el uso de una indumentaria limpia y en buenas condiciones. B.- ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD: B.1 Asistencia 1.- Los/as estudiantes deben asistir obligatoriamente a todas las clases y actividades que el Colegio planifique fuera o dentro del aula. 2.- Se debe tener presente que, por disposiciones del Ministerio de Educación, el porcentaje mínimo de asistencia anual es de 85% para ser promovido de curso. Si el /la estudiante no obtiene el 85% de asistencia al finalizar el semestre se revisará la situación del estudiante, pudiendo quedar en situación de condicionalidad. 3.- Las justificaciones de inasistencias por motivos médicos o judiciales, deberán ser avalados mediante un certificado. Mientras que los motivos familiares y/o sociales reiterados, deberán ser evidenciados y/o constatados por el departamento social del establecimiento. Protocolo de Inasistencia Inasistencias Inasistencia del/la estudiante clases por uno o dos días. Inasistencia del/la estudiante a clases por tres días consecutivos o más. Inasistencia del/la estudiante a una actividad de evaluación fijada con anterioridad. Ausencia del apoderado a justificar las inasistencias a clases del/la estudiante Ausencia del apoderado a citación de Inspectoría para la justificación de inasistencias Medidas El apoderado(a) deberá justificar por escrito en la agenda escolar. El apoderado(a) deberá justificar presencialmente en Inspectoría, o en su defecto presentar certificado médico en la misma instancia. En el caso de inasistencia del/la estudiante a evaluaciones, se procederá a evaluar al/la estudiante de acuerdo a lo establecido en el ítem 3 del reglamento de evaluación. Se procede a realizar a citación del apoderado(a) a Inspectoría, con la finalidad de que se entreguen antecedentes respecto a la situación que origina la inasistencia a clases. El caso del/la estudiante es derivado al Departamento Social para indagar situación individual y/o familiar que origina las inasistencias a clases. Ausencia del apoderado/a a citación del Departamento Social Dirección procederá a evaluar la situación del/la estudiante y apoderado(a), tomando medidas acordes a la dificultad/es o negligencia/s identificadas. 5
6 B.2 Puntualidad La puntualidad es un valor social relevante, pues implica respeto por uno mismo y por los demás 1.- El inicio de las actividades es a las 08:00 horas (Jornada mañana) y 13:45 horas (Jornada Tarde). Todo/a estudiante que llegue después del horario señalado, será considerado atrasado y deberá presentarse en Inspectoría para solicitar la autorización correspondiente. 2.- Los atrasos serán registrados por Inspectoría en Agenda del/la estudiante. 3.- Los/as estudiantes de la jornada de la tarde que reciben el Programa de Alimentación Escolar, deben estar en el establecimiento a las 12:45 horas. PROTOCOLO DE ACCIÓN Atrasos Medidas Atraso Desde el tercer atraso mensual Ausencia del Apoderado/a a citación de Inspectoría Atrasos reiterados en más de un mes Ausencia del apoderado a citación de Asistente Social El/la estudiante al no presentarse a la hora de ingreso correspondiente a las 8:00 hrs, debe presentarse en Inspectoría, donde se registrará su atraso y se le otorgará un pase para presentar al profesor al momento de su ingreso al aula. Citación de Apoderado(a) a Inspectoría. La entrevista quedará registrada en Hoja de Vida del/la estudiante. Se realiza una segunda citación al apoderado/a a Inspectoría para justificar la situación de los atrasos. El caso del/la estudiante es derivado al Departamento Social con la finalidad de que se indague respecto a la situación individual y/o familiar que motive los atrasos reiterados. La Dirección procederá a evaluar la situación del/la estudiante y apoderado(a), tomando medidas acordes a la dificultad/es o negligencia/s identificadas. 6
7 C.- RESPONSABILIDAD Y DISCIPLINA: C.1 Responsabilidad 1.- Todas las actividades que programe el Colegio dentro del horario de la jornada escolar son de carácter OBLIGATORIO (salidas a terreno, actos, etc.). 2.- Por razones debidamente justificadas por el apoderado/a, de manera personal, el/la estudiante podrá: o o o Ingresar a la segunda hora de clases o posterior. Faltar a clases, dejando de asistir a toda la jornada o parcialmente. Ser retirado/a antes del término de la jornada. 3.- Se debe cautelar el cuidado y aseo de los espacios comunes e individuales del establecimiento. 4.- La agenda escolar es un documento de comunicación entre el apoderado y el Colegio, por lo tanto, el uso de ésta es obligatorio durante la permanencia en el establecimiento. C.2 Disciplina Teniendo en cuenta que el Colegio BORDEMAR es un espacio educativo y de formación nos parece indispensable señalar que cualquier comportamiento que contravenga las normas, no será aceptado y se aplicarán las medidas pertinentes, con el propósito de enmendar la conducta. Se entiende por falta todo hecho, acto u omisión que signifique una trasgresión, atropello o desconocimiento de las obligaciones, deberes y prohibiciones que establece el reglamento interno de convivencia, aplicables a los miembros de la comunidad estudiantil, sea que se trate de normas de aplicación general de orden estudiantil, académico o civil. Según lo anterior, las faltas al reglamento se clasificarán en tres niveles, entendiéndose: 1.- FALTA LEVE, son aquellas que alteran el normal desarrollo del proceso educativo individual y/o grupal sin atentar contra la integridad física, moral. Se considera Falta Leve: a) Incumplimiento en la presentación personal (señalado en el punto A) b) Inasistencias a clases o a actividades programadas por el establecimiento (punto B) c) Impuntualidad (punto B) d) Incumplimiento en los deberes escolares (tareas, trabajos, disertaciones, materiales de estudios en general) e) Uso de celulares u otros dispositivos electrónicos (Tablet, mp3, cámaras, otros) sin fines pedagógicos y sin autorización del profesor. (En caso de pérdida de estos aparatos, el colegio no se hará responsable). f) Realizar actividades que no correspondan a las indicadas por el profesor dentro del período de clase. g) Permanecer en las salas de clases y pasillos del establecimiento durante los recreos. h) No devolver material educativo solicitado en el CRA 7
8 2.- FALTA GRAVE, aquellas faltas reiteradas de responsabilidad, actitudes y conductas que atentan contra el bien común y que alteran la convivencia, pero no involucran daño físico, psicológico a otros miembros de la comunidad. Se considera Falta Grave a) La reiteración de faltas Leves. (Tres faltas leves serán consideradas como grave) b) Adulterar firma de apoderados c) Salir del Establecimientos sin autorización entre y durante la jornada de clases. d) Fugarse o hacer la cimarra. e) Plagio o copia de trabajos o pruebas. f) Salir de la sala de clases durante el desarrollo de ésta, sin autorización del profesor. g) No entrar a clases, estando en el establecimiento. h) Deterioro de infraestructura del establecimiento, mobiliario, material audiovisual, libros, insumos de laboratorio, etc. (El alumno deberá reponer en forma inmediata el daño provocado i) Negarse de manera individual y/o grupal a realizar pruebas en la fecha indicada, salir al pizarrón o ser interrogados por el docente. En general todo acto o comportamiento que impida el normal desarrollo de la clase y de cualquier proceso evaluativo. j) Ingresar sin autorización a la sala de Enlace y laboratorio estando sin el docente a cargo. k) Manifestarse de manera indecorosa que atente contra la moral y las buenas costumbres al interior de los recintos del establecimiento. 3.- FALTA GRAVÍSIMAS, aquellas conductas que atentan contra los valores fundamentales de nuestro proyecto educativo. Se considera como Falta Gravísima: a) Reiteración de conductas calificadas como GRAVES b) Robo c) Consumo, porte y/o venta de drogas lícitas e ilícitas. d) Conductas que vayan en contra de la seguridad e integridad física y moral de los miembros de la comunidad escolar. e) Apropiarse del Libro de Clases para alterar o eliminar notas propias y/o ajenas o para borrar observaciones registradas. f) Falsificar o adulterar firmas en Documentos Oficiales, Documentos Públicos y documentos del Colegio. g) Violencia verbal, psicológica y física que menoscabe la integridad de profesores, personal para docente, auxiliares y compañeros. Incluyendo el uso de medios audiovisuales y/o cibernéticos, tales como chats, blogs, facebook, youtube, etc. h) Atentar contra la integridad sexual de cualquier integrante de la comunidad educativa. i) Faltar el respeto a alumnos y alumnas, apoderados, docentes, directivos, funcionarios administrativos y/o auxiliares ya sea de manera verbal, alzando la voz, decir improperios, dar portazos, haciendo gestos groseros y/o amenzantes. De existir agresión verbal o física a un funcionario del establecimiento, en el caso que se amerite, se efectuará denuncia a Carabineros. j) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, ofender o burlarse reiteradamente de un alumno o alumna o de otro miembro de la institución o realizar actos de discriminación en su contra, sea por su condición social, religión, pensamiento político, raza, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra circunstancia. k) Elaborar y subir material a Internet que atente contra la moral y buenas costumbres 8
9 Los/las estudiantes que incurran en la reiteración de faltas leves, de faltas graves participarán de los procesos de implementación de medidas pedagógicas y/o reparatorias, con la finalidad de promover el cambio de conducta del o la estudiante, el que será consensuado junto al apoderado. De continuar la falta o no asumir la medida pedagógica o reparatoria, el o la estudiante deberá asumir la medida disciplinaria correspondiente Las faltas consideradas GRAVISIMAS serán causal inmediata de cancelación de matrícula, por ir en contra de los objetivos y valores institucionales. C.2.1 Medidas Pedagógicas, Reparatorias y Disciplinarias. Las infracciones a este Reglamento Interno serán motivo de sanciones que estarán de acuerdo al tipo de falta, recurrencia y circunstancias atenuantes y agravantes. Estas corresponden a: a) Medidas pedagógicas: Todas aquellas que tienen por objetivo que el/la estudiante por medio de la REFLEXIÓN en actividades y/o talleres asuma un cambio de actitud. b) Medida restaurativas: Todas aquellas que tienen como objetivo reparar el daño realizado por medio de la restitución de lo dañado, o bien mediante el mejoramiento de espacios físicos y el servicio comunitario dentro del establecimiento educacional. c) Medida disciplinaria: Todas aquellas que tienen como finalidad el cambio de actitud del o la estudiante. Estas se presentan según la tipificación de la falta y cuentan con la siguiente gradualidad: c.1) Amonestación Verbal: Es el llamado de atención que hará el profesor/a, Coordinación de Convivencia y asistentes de la Educación ante alguna falta de carácter leve que suceda durante el desarrollo de una clase o fuera de ella. c.2) Amonestación Escrita: Es la anotación realizada por un Profesor, Coordinador de Convivencia o Asistente de la Educación ante una falta grave, gravísima o reiteración de faltes leves, que será registrada en el libro de clases e informada al/la estudiante con citación al apoderado. c.3) Suspensión Temporal: Se refiere a la separación del/la estudiante de toda actividad académica o extraprogramática, por periodos. La gravedad de la sanción estará sujeta al exhaustivo análisis del caso por la instancia competente que corresponda y siempre será registrada en el libro de clases- carpeta observaciones con citación y notificación al apoderado. c.4) Condicionalidad: Es aquella sanción que condiciona la matrícula del/la estudiante que ha incurrido en falta grave o gravísima. No obstante, lo anterior, será motivo de condicionalidad la suspensión. Esta será registrada en el libro de clases y notificación al apoderado/a. Con todo lo anterior, el Consejo de Profesores podrá levantar la condicionalidad si sus méritos de comportamiento y rendimiento lo ameritan. c.5) Cancelación de Matrícula. Consiste en la separación del colegio quedando inhabilitado a volver de manera definida y será registrado en el libro de clases- carpeta de observaciones con citación y notificación al apoderado(a). 9
10 C. 2.2 Procedimiento para ejecutar las sanciones referidas 1. El/la profesor/a o asistente de la educación que sorprenda algún estudiante que este incurriendo en una falta deberá registrar la anotación en el libro de clases e informar al estudiante de su anotación. 2. Las faltas de carácter GRAVE o GRAVISIMAS serán notificadas a Inspectoría General del Colegio, quién determinará la sanción. Solo en aquellos casos en que la falta es reiterativa y gravísima, la Dirección podrá convocar o tratar en consejo de profesores que con plena potestad podrá sancionar, inclusive con la cancelación de la matrícula. 3. Corresponderá a Inspectoría General y Dirección ordenar, cuando la situación lo amerite, siendo la falta de carácter grave o gravísima, una investigación aclaratoria. 4. La investigación tendrá por objeto comprobar la existencia de una falta y la participación en el (los) acto(s) del/la estudiante. Dicha investigación no podrá durar más de diez días hábiles a menos que existan causas fundadas que justifiquen prórrogas. 5. En casos debidamente calificados por la Dirección del Colegio, podrá suspender al/la o los/las estudiantes sujetos a investigación y al retorno de la suspensión y si fuese sobreseído se deberá reconocer el derecho a recalendarización de sus actividades pedagógicas. 6. La Dirección tendrá la facultad de actuar por propia iniciativa ante una falta GRAVE o GRAVÍSIMA. 7. El Consejo de Profesores en pleno, UTP, e Inspectores analizarán la situación y seguimiento de los/las estudiantes con respecto a la permanencia condicional de los/las estudiantes en el colegio o a la no renovación de matrícula para el año siguiente, si los antecedentes considerados así lo ameritan. 8. NO serán en ninguna circunstancia causal de expulsión el rendimiento académico, la situación socioeconómica ni la situación de riesgo social del/la estudiante. Se incluye en esta definición las estudiantes embarazadas, a quienes se resguardará su permanencia en el colegio y su continuidad de estudios. D. RECONOCIMIENTO INSTITUCIONAL A ESTUDIANTES DESTACADOS EN ACTITUDES, VALORES Y RENDIMIENTO ACADÉMICO. 1.- Mejor Compañero/a: Es elegido/a por parte de sus pares el/a estudiante que destaque por mantener relaciones de colaboración y apoyo con sus pares. 2.- Mejor Rendimiento: Es elegido el/la estudiante que presenta el mejor rendimiento académico de su promoción. 3.- Trayectoria: Este reconocimiento corresponde a los/las estudiantes que se encuentren en el establecimiento desde la Educación Prebásica hasta el término de su Enseñanza Media. 5.- Premio Bordemar: Será reconocido el/la estudiante que presente un comportamiento sobresaliente en cuanto al ámbito de compromiso, solidaridad y la entrega incondicional para el logro de los objetivos propuestos. 6.- Premio Carlos Montero: Reconocimiento exclusivo para estudiantes de 4 Año de Enseñanza Media, que presente un comportamiento sobresaliente en cuanto al ámbito de compromiso, solidaridad y entrega incondicional para el logro de los objetivos propuestos. 10
11 E. PARTICIPACIÓN ESCOLAR DE LOS/AS ESTUDIANTES Los/las estudiantes conformarán el Centro de Alumnos en una elección en que participe el conjunto de los/las estudiantes por el periodo de un año escolar. La participación en la directiva de éste, implicará mantener una conducta adecuada en el establecimiento, sin condicionalidad. 1. Los/las estudiantes que deseen participar en la directiva de curso, deberán responder a las exigencias del punto anterior tanto para su elección y permanencia en el cargo. 2. Los/las estudiantes tienen la posibilidad de participar en los talleres realizados en jornada alterna. Al momento de ingresar a éstos, deben mantener una asistencia constante y cumplir con las exigencias propias del taller. DE LOS PADRES, MADRES Y/O APODERADOS(AS) LA FAMILIA ES LA PIEZA FUNDAMENTAL PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO DEL/LA ESTUDIANTE. LA ESCUELA NO PUEDE SUPLIR LA CARENCIA Y EL SIGNIFICADO QUE TIENE EL HOGAR EN LA FORMACIÓN DE UN NIÑO(A), LA AUSENCIA DEL RESPALDO FAMILIAR EN LA EDUCACIÓN DE LOS NIÑOS(AS) Y JÓVENES HACE QUE EL TRABAJO EDUCATIVO DEL COLEGIO QUEDE INCOMPLETO. EL COMPROMISO DE BORDEMAR ESTÁ CON SUS ESTUDIANTES POR ELLO, EXIGIMOS QUE LA FAMILIA APOYE ESTA INICIATIVA. DE LOS DERECHOS DE PADRES, MADRES Y/O APODERADOS(AS) 1. Padres, madres y/o apoderado(a) tienen derecho a que su hijo(a) y/o pupilo(a) reciba una educación de calidad. 2. A ser atendidos por los diferentes departamentos del establecimiento y por profesores en los horarios destinados para este fin. 3. A conocer el manual de convivencia escolar, Reglamento Interno, Reglamento de Evaluación, Proyecto Educativo Institucional. 4. A conocer la situación académica y disciplinaria de su hijo(a) y/o pupilo(a) 5. A ser informado de cualquier derivación profesional del establecimiento (psicólogo, asistente social o psicopedagoga) o profesional externo. 6. A recibir atención del departamento psicosocial del establecimiento previa derivación de Inspectoría General, Profesor Jefe. DE LOS DEBERES DE PADRES, MADRES Y/O APODERADOS(AS) 1. Los padres, madres y/o apoderados(as) deberán velar por el cumplimiento de lo señalado en los aspectos de presentación personal del estudiante. 2. Enviar a su hijo(a) o pupilo (a) a clases en el horario establecido de acuerdo a su jornada. 3. Concurrir obligatoriamente al establecimiento cada vez que sea citado por cualquier estamento (profesor jefe, de asignatura, Inspectoría, U. T. P. y Dirección). 11
12 4. La asistencia a reuniones deberá hacerse SIN la compañía de los niños menores para no interrumpir lo que allí se trate. El apoderado que requiera retirar anticipadamente a su pupilo el día de la reunión deberá enviar comunicación el día previo (Primer Ciclo Básico). 5. Las reuniones son de carácter obligatorio. El no cumplimiento contemplará las siguientes medidas: Protocolo de Inasistencia a Reuniones Inasistencia a reuniones Inasistencia a reunión de apoderados(as) Medidas En caso se inasistencia a reunión de apoderados(as) sin previa justificación, el apoderado/a deberá presentarse a primera hora del día siguiente en Inspectoría del establecimiento con el objetivo de justificar la inasistencia y agendar citación con profesor/a jefe correspondiente al curso. Lo anterior, quedará consignado en la hoja de vida del/la estudiante. Ausencia a justificación Segunda ausencia a reunión o Inasistencia del apoderado(a) a citación, sin justificación. En caso de que el apoderado/a no se presente a justificar su inasistencia al día siguiente de la reunión, será citado por Inspectoría del Establecimiento con la finalidad de recabar antecedentes respecto a la situación que motiva la inasistencia, quedando registro en hoja de vida del/la estudiante. El/la apoderado/a será derivado/a al Departamento Social del establecimiento, de modo de que Asistente Social indague respecto a la situación que motiva las inasistencias y generar acuerdos con el apoderado de manera de favorecer un adecuado proceso escolar del estudiante. Posteriormente, el establecimiento procederá a evaluar la situación del apoderado/a, tomando medidas acordes a la dificultad/es o negligencia/s identificadas. En caso de incumplimiento de los acuerdos tomados. En caso de mantenerse las inasistencias o no dar cumplimiento a los acuerdos comprometidos con las distintas instancias del establecimiento, se derivará al apoderado/a a Dirección, con la finalidad de determinar la pertinencia de realizar cambio de apoderado. 6. Los padres, madres y/o apoderados(as) deberán entregar información verídica, toda vez que se le requiera en las instancias que el Colegio lo establezca (Ficha de Matrícula, Entrevista Profesor, Inspectoría, Asistente Social, Psicólogo, Dirección, etc.) 7. Justificar inasistencias de su pupilo(a) ya sea a clases o pruebas, de acuerdo a lo establecido en el ítem relativo a asistencia. (Ver protocolo) 8. Mantener un contacto permanente y fluido con el Colegio, en aquellas convocatorias que pueden traducirse en una colaboración de acompañamiento de actividades propias del aula, preparación de materiales, salidas a terreno, etc. 9. Los padres, madres y apoderados (as), deberán asistir al menos a una entrevista requerida por el profesor/a jefe, con el objetivo de interiorizarse del proceso formativo del/la estudiante. En caso de impedimento de asistir a la entrevista, deberán comunicarlo por escrito de manera previa, de modo de fijar una nueva fecha y hora. 12
13 10. Los padres, madres y/o apoderados(as) de estudiantes con dificultades de aprendizaje, psicológicas o conductuales deberán comprometerse a cumplir con todas las estrategias que se adopten en conjunto con el Colegio en beneficio del/la estudiante, ejemplo: entrevistas con profesores, derivaciones externas a especialistas como psicólogos, neurólogos, psiquiatra y/o derivaciones internas como orientadora, asistente social o psicólogo, de modo de favorecer el adecuado proceso escolar del/la estudiante. 11. Los padres, madres y/o apoderados(as) deberán conocer y cumplir las normas internas del establecimiento, especificadas en el presente documento. 12. Los padres, madres y/o apoderados(as) de los/las estudiantes de prebásica a 6 básico, se comprometerán a retirarlos en un tiempo que no exceda los 15 minutos después del horario de término de jornada. Los/las estudiantes que no sean retirados después del tiempo establecido, quedarán bajo supervisión del personal del establecimiento hasta las 19 horas, luego de lo cual el colegio tendrá la facultad de comunicar dicha situación al plan cuadrante (carabineros) para que brinde su colaboración. En el caso de repetirse el atraso para retirar al estudiante al término de su jornada escolar, se procede a la derivación de la situación al Departamento Social del establecimiento de modo de que se indague los motivos del incumplimiento. 13. En caso de que el retiro se realice por otro adulto, el apoderado(a) deberá informarlo en Inspectoría General del establecimiento y notificarlo en libreta de comunicaciones del /la estudiante. 14. El colegio evaluará semestralmente el cumplimiento del rol de los padres, madres y/o apoderados(as) como responsables y colaboradores directos en la educación de sus hijos/as. DE LA PARTICIPACIÓN DE PADRES, MADRES Y/O APODERADOS(AS) 1. Los padres, madres y/o apoderados(as) conformarán, en una elección en que participe el conjunto de apoderados/as, el Centro General de Padres. 2. Los padres, madres y/o apoderados(as) deben dar cumplimiento y participar en todos los requerimientos del Centro General de Padres. 3. Los padres, madres y/o apoderados deberán velar por mantener una participación activa en las actividades escolares ordinarias y extraordinarias que el establecimiento determine (reuniones de apoderados, actividades recreativas, talleres, entre otras) 4. El incumplimiento reiterado y sin justificación de las responsabilidades del apoderado(a) será fundamento para la evaluación de la situación del estudiante, su padre, madre y/o apoderado(a). DE LOS ACTORES EDUCATIVOS DEBERES DE LOS ACTORES EDUCATIVOS 1. Preocuparse de la formación integral de los/as estudiantes y apoyarlos/las en su proceso escolar. 2. Establecer un clima de relaciones de aceptación, equidad, confianza, solidaridad y respeto. 3. Conocer y cumplir el Reglamento General Interno del colegio 4. Mantener un espacio de trabajo en condiciones adecuadas para el desarrollo de su clase. 5. Mantener un vocabulario acorde a su profesión. Eduque con el ejemplo. 6. Tolerar las opiniones diversas, estas engrandecen el proceso educativo. 7. Registrar en la hoja de vida del libro de clases todo aspecto relevante y significativo que denote avance o retroceso académico o conductual del/la estudiante. 8. Trasmitir una motivación positiva por el aprendizaje. 9. Establecer normas de comportamiento que son conocidas y comprensibles para sus estudiantes. 13
14 10. Detectar las fortalezas de sus estudiantes y procurar potenciarlas. 11. Participar activamente y en coordinación en el equipo docente para unificar criterios, adoptar un marco conceptual compartido y colaborar en torno a objetivos comunes. 12. Desarrollar una cultura de apoyo y colaboración entre apoderados/as, docentes y estudiantes. 13. Mostrar apertura y relación de colaboración con otros sectores de la comunidad 14. Demostrar reflexión sistemáticamente sobre su práctica. DE LOS/AS PROFESIONALES DE APOYO A LA LABOR EDUCATIVA El establecimiento educacional con el objetivo de complementar la labor educativa, cuenta con profesionales que brindan funciones específicas, entre los cuales se encuentran: - Apoyo psicopedagógico: conformado por educadoras diferenciales y psicólogo. Tiene el objetivo de identificar, diagnosticar y atender a estudiantes que presenten necesidades educativas especiales. - Apoyo psicosocial: conformado por Psicólogo, Trabajadoras Sociales y Orientadora. Tiene la función de evaluar y atender situaciones de vulnerabilidad social y/o vulneraciones de derechos de los/las estudiantes. - Apoyo en la gestión de la convivencia escolar: compuesto por Psicólogo, Trabajadoras Sociales y Orientadora. Tiene como función promover acciones tendientes a garantizar y/o desarrollar la sana convivencia escolar y el trabajo en conjunto con los coordinadores de convivencia. DERIVACIÓN DE CASOS A PROFESIONALES DE APOYO: - Los(as) estudiantes que requieran de atención de alguno/a de los/las profesionales de apoyo, deberán cumplir el siguiente conducto regular de derivación: CASO PSICOSOCIAL CASO SOCIAL CASO DIFICULTAD APRENDIZAJE PROFESOR(a) JEFE PROFESOR(a) JEFE PROFESOR(a) JEFE INSPECTORIA GENERAL INSPECTORIA GENERAL JEFE (A) UTP DEPARTAMENTO PSICOSOCIAL DEPARTAMENTO SOCIAL DEPARTAMENTO PSICOPEDAGÓGICO SOCIAL 14
15 A. PROTOCOLO DE ACCIÓN CASO DE ACCIDENTES ESCOLARES A.1 Antecedentes Ley Nº Art. 3º, dispone que estén protegidos todos los/las estudiantes de establecimientos fiscales, particulares subvencionados o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica profesional. Un accidente escolar es toda lesión que un/a estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, tenga como consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría, se considera también los accidentes que puedan sufrir los/las estudiantes en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales. En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, tanto de la educación parvularia, básica y media, están afectos al Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen en nuestro colegio. A.2 CLASIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES LEVES: Son aquellos que sólo requieren de la atención primaria de heridas superficiales o golpes suaves. PROCEDIMIENTO: 1. Los/las estudiantes serán llevados donde la encargada de primeros auxilios por el docente o educadora que se encuentra en el momento a cargo. Si se encuentra en recreo será llevado por un inspector/a de patio o un profesor(a) de turno. 2. La encargada de primeros auxilios revisará y le aplicará los primeros auxilios requeridos. 3. Se registrará la atención. MENOS GRAVE: Son aquellos que necesitan de asistencia médica como heridas o golpes en la cabeza u otra parte del cuerpo. PROCEDIMIENTO: 1. El docente o educadora que se encuentre a cargo deberá avisar de forma inmediata al inspector/a, para coordinar el traslado del/la estudiante a la encargada de primeros auxilios. En caso que suceda en recreos, el/la inspector/a de patio avisará al/la inspector/a general. 2. De acuerdo al grado del accidente se tomarán las medidas pertinentes del traslado del/la estudiante a la enfermería. 3. La encargada de prestar los primeros auxilios revisará al/la estudiante y le aplicará los primeros auxilios. 4. El/la inspector/a general llamará a los padres. madres y/o apoderados/as para comunicar los detalles del accidente y solicitar que lo vengan a buscar para llevarlo al centro asistencial de acuerdo al convenio de seguros de accidentes escolares. 15
16 GRAVES: Son aquellos que requieren de atención inmediata de asistencia médica, como caídas de altura, golpe fuerte de la cabeza u otra parte del cuerpo, heridas sangrantes por cortes profundos, quebraduras de extremidades, pérdida del conocimiento, quemaduras, etc. PROCEDIMIENTO: 1. El/la docente o educadora a cargo avisará en forma inmediata al/la inspector/a general. En caso que suceda en recreos, será el/la inspector/a de patio el responsable de avisar. 2. En caso de golpe en la cabeza o quebraduras se mantendrá al estudiante en el lugar del accidente y se aplicarán los primeros auxilios sólo por la encargada. 3. Se llamará en forma inmediata a la ambulancia para su traslado al centro asistencial concertado con el seguro escolar y posteriormente se avisará a los padres. 4. En caso de ser necesario el traslado inmediato al centro asistencial más cercano, se coordinará junto con los padres, madres y/o apoderado/as y será llevado en vehículo particular por la encargada de primeros auxilios. 5. En caso que no sea posible ubicar a los padres, madres y/o apoderados/as, se llevará de forma inmediata al centro asistencial más cercano ya sea en ambulancia o vehículo particular. B. PROTOCOLO DE ACCIÓN SALIDAS A TERRENO B.1 Salidas a terreno por actividad escolar a. Toda actividad programada por el colegio (jornadas, visitas culturales, eventos deportivos, etc.) dentro del horario de clases, serán notificadas por escrito al apoderado/a, solicitando su autorización, también por escrito. Estas autorizaciones se dejarán en Coordinación de Convivencia del Colegio. b. Ningún estudiante puede salir sin autorización, previa entrega colilla firmada por apoderado. c. La salida pedagógica debe ser planificada en un contexto educativo, de apoyo a las asignaturas y el aprendizaje teniendo carácter de obligatorias. d. Los cursos deben salir de visitas acompañados por el profesor/a de asignatura que programa la actividad y de otro/a adulto responsable de ser necesario, como colaboradores. Cada profesor(a) no podrá tener más de 10 estudiantes a su cargo. e. Los permisos de aquellos estudiantes que deban salir durante la jornada por razones de competencia deportiva o asistencia a actividades complementarias deben ser autorizados por su apoderado/a y por el profesor encargado de la actividad, previo aviso a Dirección. f. El colegio y sus profesores/as a cargo no serán responsables de consecuencias de acciones emanadas de la desobediencia por parte del/la estudiante o grupo. B.2 Salidas a Terreno por Representación Institucional El cuerpo docente, comprendiendo los desafíos de los/las estudiantes que deben cumplir algún rol de representación escolar, apoyará dicha participación con los siguientes aspectos: 1. Todos/as los/las estudiantes deben contar con el apoyo y aprobación de la Dirección, quien comunicará a los docentes quienes son los estudiantes que cumplen este rol. 16
17 2. El/la estudiante debe contar con el apoyo de la asignatura y considerar su ausencia como parte de su proceso formativo, por lo que eventualmente se requerirá recalendarizar las evaluaciones. C. PROTOCOLO DE ACCIÓN ACOSO ESCOLAR O BULLYING C.1 DEFINICIÓN DE ACOSO ESCOLAR Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro/a estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del/la estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición (Ley General de Educación, art. 16B) Acciones: 1. Detección de la situación 2. Derivación del caso a Inspectoría del Establecimiento, quien inicia proceso de investigación. Atendiendo las características de la situación, esta instancia presentará los antecedentes para su análisis al equipo psicosocial y de convivencia, la que definirá su derivación al Encargado de Convivencia para iniciar un proceso de investigación. 3. En la investigación el/la encargado/a del proceso (encargado de convivencia y/o Psicólogo) deberá informar a todos/as los/las involucrados/as respecto de la situación reclamada, el rol que supuestamente tienen los/las involucrados/as en la situación, el proceso que se realizará para resolver el reclamo y los derechos que se tienen mientras se ejecute la investigación. 4. El plazo para indagar faltas de esta naturaleza será de diez días hábiles, desde la toma de conocimiento en el establecimiento. 5. La investigación contempla entrevistas con los/las involucrados/as de manera individual, entrevista con profesor/a jefe, entrevista con Inspectoría y entrevista con apoderados/as, sin perjuicio de otras acciones que el investigador requiera para recolectar y analizar información respecto a la situación denunciada. 6. En el caso que el proceso de investigación logre comprobar el acoso escolar reportado: El/la encargado/a sugerirá medidas reparadoras y/o sanciones disciplinarias, atendiéndose a las alternativas y condiciones dispuestas en el Reglamento de Convivencia Escolar, especificando los alcances de la medida que sean pertinentes, tales como el nombre de esta y las condiciones de su cumplimiento (lugar, fechas, plazos, requerimientos específicos, etc.). En algunos casos de especial complejidad, o cuando la medida a aplicar pudiera ser la condicionalidad de matrícula, la autoridad que resuelva podrá ser el Comité de Convivencia convocado. Si el acoso escolar se considerara una falta gravísima, se aplicarán medidas proporcionales de acuerdo a lo señalado en el reglamento interno. El/la encargado/a coordinará el cierre del proceso según lo indicado y Dirección en conjunto con Coordinación de Convivencia informarán de la resolución, de manera escrita y formal. 17
18 7. En el caso que la investigación desarrollada no logre comprobar el acoso escolar reportado o lo desestime: El/la encargado/a realizará un reporte que indique el resultado de su indagación y sus sugerencias. El/la coordinador/a de convivencia coordinará el cierre del proceso según lo indicado. 8. En el caso de que el acoso escolar implique lesiones físicas, se realiza de forma inmediata constatación de lesiones y denuncia pertinente. D. PROTOCOLO DE ACCIÓN EN CASO DE CONSUMO Y/O TRÁFICO ALCOHOL Y DROGAS EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO a) Miembros de la comunidad descubren a un/a estudiante consumiendo drogas o bajo sus efectos dentro del establecimiento educacional. 1. El/La estudiante detectado/a consumiendo drogas, o bajo sus efectos es llevado/a a Inspectoría, donde será entrevistado/a por el/la Inspector/a. La entrevista tiene como objetivo indagar respecto a la situación visualizada e informar al/la estudiante que se procede a realizar el protocolo de acción correspondiente. 2. Se cita con carácter de urgencia al apoderado/a, de modo de informar de la situación pesquisada y de las acciones que se realizarán en el establecimiento. Además, se recaban antecedentes respecto de la situación individual y familiar del/la estudiante. 3. Se informa al profesor/a jefe, informando de las acciones que procede ejercer frente a la situación pesquisada. 4. El/la estudiante es derivado al Departamento Psicosocial del Establecimiento, de modo de que se indague respecto a las características del caso (tipo de consumo, compromiso biopsicosocial, etc.), determinándose la pertinencia de realizar derivación para apoyo profesional externo. De realizarse derivación, será responsabilidad de quien deriva realizar el seguimiento del caso. b) Miembro de la Comunidad descubre a un/a estudiante traficando drogas El establecimiento toma conocimiento de la situación y se da aviso a Inspectoría, quien aplica sanción correspondiente a Falta Gravísima. El tráfico o microtráfico de drogas es considerado DELITO, por lo cual en este caso se procede a realizar denuncia a Carabineros a través del Plan Cuadrante correspondiente, quienes aplicarán las sanciones correspondientes. Se procede a dar aviso de manera inmediata al apoderado/a respecto de la situación pesquisada y de las acciones que se realizarán. c) Miembro de la comunidad encuentran droga dentro del establecimiento. Inspectoría General en conjunto con la Dirección, solicitarán la presencia de personal policial para hacer entrega de las sustancias descubiertas y entregar los antecedentes con que se cuente. 18
19 El Comité de Convivencia discutirá el caso en reunión ordinaria. De haber antecedentes suficientes para iniciar una investigación, ésta se realizará. d) Apoderado/a/s del establecimiento es/son sorprendido/as consumiendo drogas o bajo sus efectos al interior del establecimiento. Si un apoderado(a) es sorprendido consumiendo drogas, o bajo sus efectos, dentro del establecimiento educacional, se le solicitará hacer abandono del recinto. Si se resistiese a ello, se llamará a Carabineros para ser retirado del lugar. E. PROTOCOLO DE ACCIÓN EN CASO DE SITUACIONES DE MALTRATO Y/O ABUSO SEXUAL E.1 Casos de maltrato y/o abuso intrafamiliar develados en el establecimiento Según los Art. 175 y 176 del Código Procesal Penal, toda Institución pública está en la Obligación de realizar denuncia. Bajo esa premisa, toda situación de Maltrato físico, psicológico y/o abuso sexual develado por un/a estudiante en el establecimiento será denunciada ante las instituciones pertinentes (Tribunal de Familia- Fiscalía Local), siguiendo el siguiente procedimiento. 1. El Director/a del establecimiento promoverá y/o hará, según corresponda, la denuncia de cualquier tipo de situación que dé cuenta de hechos o sospechas de agresiones que connoten un delito de maltrato grave y/o abuso sexual, tanto al interior del colegio como fuera de éste. 2. Si el/la estudiante devela una situación de maltrato físico, psicológico y/o abuso sexual a cualquier integrante de la comunidad educativa (profesor, inspector/a, psicólogo, orientadora, asistente social, personal de servicio, administrativos), se ven en la obligación de dar cuenta a Inspectoría general, quien debe dar aviso a Dirección del establecimiento y efectuar la denuncia correspondiente. 3. En el caso de que un/a estudiante ingrese con una lesión física y ésta dé cuenta de un episodio de maltrato físico intrafamiliar, se procede a realizar la denuncia en Carabineros con la finalidad de realizar la Constatación de lesiones correspondiente y dar curso al procedimiento proteccional pertinente. 4. Posteriormente, el establecimiento realizará seguimiento de la situación mediante el departamento psicosocial de la institución. E.2 Casos de maltrato físico y/o verbal por parte de un apoderado a un/a estudiante 1. En caso de maltrato físico y/o verbal a un/a estudiante por parte de un apoderado/a al interior o exterior del establecimiento, se procede a tomar conocimiento de la situación y hacer la denuncia respectiva (Carabineros, Fiscalía Local y/o Tribunal de Familia) por vulneración de derechos a la infancia. 2. Sin perjuicio de lo anterior, el colegio impondrá sanciones en el entendido que su acción ha afectado a la comunidad escolar. Dichas sanciones podrán ser: la prohibición de ingreso al establecimiento, solicitar las disculpas por la acción, entre otras. E.3 Casos de maltrato físico y/o verbal por parte de un/a docente o trabajador del colegio a un/a estudiante 1. En caso de maltrato físico y/o verbal a un/a estudiante por parte de un docente o un trabajador del colegio al interior o exterior del establecimiento, se procede a tomar conocimiento de la situación y hacer la denuncia respectiva (Carabineros, Fiscalía Local y/o Tribunal de Familia) por vulneración de derechos a la infancia. 2. De forma transversal se dará inicio a un Sumario Administrativo Interno, quedando el acusado/a suspendida de sus funciones mientras dure la investigación. 19
20 F. PROTOCOLO DE ACCIÓN EN CASO DE FUGA DE UN/A ESTUDIANTE DEL ESTABLECIMIENTO DURANTE LA JORNADA ESCOLAR. 1. Un/a miembro de la comunidad educativa informa sobre la posible fuga del establecimiento de un/a estudiante. 2. La situación debe ser informada a Inspectoría del Establecimiento, quien debe Informar de manera inmediata al apoderado/a respecto de la situación acontecida. 3. Debe quedar consignado en la hoja de vida del/la estudiante la situación y la sanción correspondiente según la calificación de Falta de este mismo reglamento. G. PROTOCOLO DE RETENCIÓN EN EL SISTEMA ESCOLAR DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES ADOLESCENTES. 1. Detección del caso 2. Derivación a entrevista con departamento social del/la estudiante y su apoderado/a. 3. Elaboración de informe por parte de asistente social, el cual contendrá las semanas de embarazo, fotocopia de atención médica, certificados médicos y antecedentes relevantes del caso 4. Entrega de informe a UTP, Inspectoría General; Profesor/a Jefe. 5. De ser necesario se coordinará una calendarización especial de pruebas. 6. Seguimiento del caso en forma mensual mediante coordinación con Profesor/a jefe o entrevista directa con la estudiante o el estudiante (padre). Monitoreo por parte de orientación y/o asistente social del estado de salud, rendición de pruebas y asistencia del/la estudiante 20
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