y ciudadanía Personas mayores Las personas mayores en España CLARIDAD INVIERNO 2004 CUARTA ETAPA

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1 Las personas mayores en España Yolanda Besteiro de la Fuente Asesora jurídica de la UJP-UGT 1 Reseña Histórica La sociedad preindustrial, mayoritariamente rural, se hacía vieja en cuanto la población no podía trabajar más por fallarle sus fuerzas, lo que venía a tener lugar entre los 40 y 45 años, contando con unas expectativas de vida media, según los demógrafos, en torno a los 39 años hasta principios del siglo XX. En consecuencia, aquella no era una sociedad de viejos. Llegar a la ancianidad no era fácil. No lo favorecía ni la violencia estructural de su sociedad, ni sus amenazas constantes de pestes, enfermedades y hambrunas, ni la política belicista de la época. Para la mayoría de los ancianos y ancianas su bienestar dependía de la pertenencia a una casa que como unidad corporativa de producción y consumo aseguraba el cuidado y cobijo de las generaciones mayores. Sin embargo, esta situación no estaba al alcance de todos ya que, por Ej., los criados y criadas no siempre lograban asegurase un lugar permanente en la casa en la que habían servido durante gran parte de su vida, no siendo siempre justas y generosas las actuaciones del cabeza de familia en la casa. Especialmente significativa era la vida de las mujeres que dependían siempre de la tutela de un varón, de forma que cuando quedaban viudas pasaban a estar tuteladas por el nuevo heredero de la casa. Para la mayoría de las viudas la muerte del esposo significaba comenzar un camino sin retorno a la pobreza y privaciones, pasando incluso a simbolizar en las representaciones e iconografías la avaricia, la lujuria, la ira o la hechicería. Durante el siglo XIX, a pesar de que los primeros liberales españoles aspiraron a una educación, sanidad y beneficencia públicas a cargo de los Ayuntamientos como recogió la Constitución de Cádiz de 1812, sus diferentes avatares políticos llevaron a que a principios del siglo XX, la Iglesia católica todavía fuera la institución más relevante en los campos de la educación y la asistencia a ancianos, enfermos y pobres en general. En la evolución del sistema de seguridad social español podemos distinguir varios periodos. En una primera etapa ( ) deben destacarse en el plano legislativo la Ley de Accidentes de Trabajo de 1900 y el Retiro Obrero Obligatorio de 1919, en el que se opta por un sistema contributivo por el cual la protección se reconocía exclusivamente a quienes ejercían una actividad asalariada y siempre que no superasen un determinado nivel de ingresos. A partir de aquí, surgen nuevos instrumentos de protección a través de un conjunto de seguros sociales, como el Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI), y otros articulados a través del Mutualismo Laboral cuyo fin era complementar la protección existente, organizándose por sectores laborales. Personas mayores y ciudadanía CLARIDAD INVIERNO 2004 CUARTA ETAPA 35

2 La necesidad de sustituir esa previsión social (seguros sociales aislados y heterogéneos) por un sistema de seguridad social fue finalmente sentida también en España. El punto de partida es la Ley de Bases de la Seguridad Social de 1963 y su Ley articuladora de 1966, cuyo objetivo principal era la implantación de un modelo unitario e integrado de protección social, con una base financiera de reparto, gestión pública y participación del Estado en la financiación. No obstante, pronto se hicieron necesarias modificaciones importantes que se tradujeron en las reformas de 1972 y 1974, que introdujeron considerables mejoras en materia de protección. población con trabajos inestables, o no asalariados y con escasas rentas para cubrirse con un seguro, quedaban en manos de la beneficencia. La legalidad actual parte de la Constitución de 1978, especialmente de su artículo 41 que obliga a los poderes públicos a mantener un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad. Debemos citar también el artículo 43 que reconoce el derecho a la protección de la salud, el 44 al acceso a la cultura, el 47 a disfrutar de una vivienda digna, el 49 que obliga a los poderes 2 Situación actual Bien distinta es la situación actual de las personas mayores respecto a la descrita en el epígrafe anterior, si bien todavía queda mucho por hacer como señalaremos más adelante. La cifra de personas mayores ha aumentado siete veces en el siglo XX. En el año 2000 había en España personas de 65 y más años, el 16,9% de la población. Curiosamente la porción del total de la población que más va a crecer es la de octogenarios, se prevé que este grupo crecerá un 80% en los próximos 20 años, mientras que el de 20 a 34 años perderá casi un tercio de sus efectivos. Según Naciones Todo esto en un marco de crecimiento económico sostenido, en una situación de pleno empleo y con un sistema en proceso de maduración, es decir, muy públicos a amparar a las personas con discapacidad y finalmente, en lo que específicamente a las políticas públicas sobre Unidas, en el año 2050, un 37,6% de la población española será mayor de 65 años y un 13,4% tendrá más de 80 años. poco presionado por la existencia de un contingente importante de pensionistas. Es la época en que los excedentes de la Seguridad Social se empleaban, entre otras cosas, para financiar las faraónicas obras públicas de la dictadura de Franco. Ahora bien, el franquismo nos legó un sistema de bienestar raquítico. La legalidad actual parte de la Constitución de 1978, especialmente de su artículo 41 que obliga a los poderes públicos a mantener un régimen público de seguridad social para todos los ciudadanos La esperanza de vida ha crecido de forma espectacular ha pasado de 34,8 años en 1900 a 78,3 en 1996; de forma que, si a principios del siglo XX sólo un 26% llegaba a viejo, en las condiciones actuales de mortalidad alcanzarán la vejez un 86% de los nacidos. Otro hecho que suele destacarse La equidad en el sistema de bienestar español no fue un objetivo perseguido por los gobiernos franquistas ni siquiera a nivel formal. El gasto en previsión social era financiado casi exclusivamente por las cotizaciones, de forma que únicamente tenían derecho a sus prestaciones, las personas que previamente habían gozado de una ocupación laboral continuada y sus familiares más directos. Las pensiones de jubilación, viudedad y enfermedad, incluso la asistencia sanitaria, no eran consideradas por el Estado como un derecho de los ciudadanos, sino solo de los productores que hubieran cotizado. Las necesidades de la personas mayores se refiere, el 50 establece: los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio. El desarrollo de las previsiones constitucionales se contienen en la vigente Ley General de la Seguridad Social aprobada por R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio. en este punto, es el que hace referencia a la feminización de la vejez. El número de mujeres de edad, , en 2000, supera en más de un millón a los varones y la relación entre los octogenarios es más desequilibrada: dos de cada tres son mujeres. Las diferencias de esperanza de vida entre varones y mujeres se han acentuado a lo largo del siglo XX. A principios de siglo la mujer sobrepasaba en 1,9 años la vida media de los varones y en 1996 alcanzaba los 7,2 (74,7 años para los varones y 81,9 años para las mujeres) y, según los cálculos del INE esa diferencia seguirá aumentando. A pesar de ello y de que también las mujeres son inmensa mayoría cuando se analizan situaciones de fragilidad, enfermedad o dependencia: vivir solas, ser viudas o solteras, tener escasos recursos económicos, su- En el año 2000 (el último para el que hay datos comparables) el gasto era de sólo un 20,1% del PIB, el más bajo después de Irlanda, de la Unión Europea, que fue de un 27,3% Dentro del Sistema Público de Pensiones, las más importantes por su número y el gasto que suponen son las integradas en el Sistema de la Seguridad Social. El sistema español de pensiones de jubilación desde la Ley 26/1990, de 20 de noviembre, está formado por dos programas distintos, uno profesio- frir enfermedades y trastornos que producen dependencia, lo cierto es que en los estudios sociológicos del envejecimiento apenas se dedica atención al análisis de las condiciones de vida que afectan específicamente a las mujeres mayores. Las mujeres que hoy se encuentran en el grupo de población de más de 65 años, en su inmensa mayoría, no tuvieron una relación laboral retribuida. Casarse, tener hijos y abandonarlo todo para atender a la familia constituía la razón de su existencia. Sí en algún momento trabajaron, lo hicieron en condiciones precarias y periodos discontinuos, de forma que no se ha traducido en las cotizaciones oportunas que hubieran podido dar lugar al reconocimiento de una pensión de jubilación y, en su caso, para aquellas que sí lo han logrado, ésta es siempre de cuantía muy inferior a la de los varones. PROTECCIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS MAYORES El montante de los gastos de protección social supone la materialización de las garantías que el Estado de Bienestar ofrece, fundamentalmente, en los capítulos de sanidad, discapacidad, políticas de empleo, protección a la vejez, familia, supervivencia, vivienda y exclusión social. Estos capítulos tienen la consideración de riesgos colectivos, es decir, de situaciones que no deberían afrontar las familias o los individuos por sí mismos, sino con la ayuda del Estado. Por otro lado, el PIB equivale a la riqueza generada en un país a lo largo de un determinado periodo de tiempo, normalmente un año. La relación entre estas dos magnitudes expresa la parte de riqueza producida en un país en un año determinado (PIB) que se destina a la protección social. El gasto en protección social como porcentaje del PIB en España en términos comparativos con el promedio de la Unión Europea está poco desarrollado. En el año 2000 (el último para el que hay datos comparables) el gasto era de sólo un 20,1% del PIB, el más bajo después de Irlanda, de la Unión Europea, que fue de un 27,3%. Analizando el gasto por funciones, las diferencias entre la relación de las prestaciones de protección social alcanzan a todos los capítulos, pero fundamentalmente se explican por el menor gasto en protección a la vejez, sanidad y discapacidad y familia e infancia, excepto en las prestaciones por desempleo por tener un desempleo más alto. En cuanto a la protección social de los mayores, tres son los tipos de prestaciones públicas que existen en España para las personas mayores: económicas, sanitarias y de servicios sociales. A Prestaciones económicas Las pensiones constituyen la principal fuente de ingresos para la mayoría de las personas mayores. nal y contributivo y otro asistencial o no contributivo, que tienen su origen conceptual en los dos grandes modelos de Seguridad Social de cuya fusión, en distintas proporciones, provienen la mayoría de los sistemas de Seguridad Social existentes en la actualidad en todo el mundo: el modelo alemán de seguros sociales establecido por Bismark y el modelo de welfare anglosajón defendido por Beveridge. El modelo alemán de carácter profesional estaba específicamente dirigido a los trabajadores industriales y se financiaba tanto con las aportaciones de éstos como con las de los empresarios y el Estado, aunque ésta última completamente simbólica. Las prestaciones se conciben como rentas sustitutivas del salario, siendo la finalidad del sistema garantizar las rentas del trabajo ante determinadas contingencias (cobertura frente a los riesgos de enfermedad, accidente, invalidez y vejez). El modelo anglosajón de carácter universal, está basado en el principio de que toda persona, en tanto que miembro de la sociedad, tiene derecho a la Seguridad Social. No tiene por finalidad asegurar una variedad de riesgos, sino uno solo: el estado de necesidad. Para ello se establecen unas prestaciones básicas y homogéneas financiadas con cargo al presupuesto. Aunque ambos programas tienen como finalidad combatir el problema de la escasez de recursos durante la vejez, los mé

3 del año 2002, el número de pensiones contributivas de la Seguridad Social supera los siete millones setecientas mil, con una pensión media de 513 euros (unas Más de la mitad de las pensiones está por debajo de los 400 y apenas una de cada 10 supera el umbral de los 1000 todos empleados son distintos: el programa asistencial intenta paliar las situaciones de necesidad cuando éstas ya se han producido y el programa contributivo está concebido como un mecanismo de previsión, que busca evitar que estas situaciones lleguen a producirse. las pensiones de viudedad es de 370 euros ( Ptas.), mientras que las de jubilación y de incapacidad permanente superan los 600 euros mensuales. Como señalábamos anteriormente, las mujeres mayores únicamente perciben el 32,2% de las pensiones de jubilación y en Fuera del sistema de Seguridad Social, se sitúan las pensiones de Clases Pasivas, los subsidios de la Ley 13/1982 y las pensiones asistenciales. La Seguridad Social de los funcionarios de de la Administración Civil y Militar del Estados, la de los de la Administración de Justicia Pues bien, el programa profesional contributivo de pensiones de jubilación existente en España estaría inspirado en el citado modelo de seguros sociales mientras que el programa no contributivo estaría concebido a la manera de la Seguridad Social anglosajona. correspondencia el 75,5% de las pensiones de viudedad. Y en lo que se refiere a sus importes la pensión media de las mujeres equivale al 61% de la pensión de los hombres (636, 2 euros los hombres frente a 388,2 euros las mujeres). En cuanto a la distribución por cuantía de y la de los de las Cortes Generales, no está regulada por la Ley General de la Seguridad Social, sino por otras leyes específicas, y su protección se subdivide básicamente en dos: la asistencia sanitaria y otras prestaciones complementarias, gestionadas por el Mutualismo Administrativo y las pensiones de Clases Pasivas gestionadas En el capitulo de pensiones contributivas destaca la pensión de jubilación que es la pensión que más personas mayores tiene como beneficiarios. Dentro de ésta deben incluirse las pensiones por incapacidad permanente en sus distintos grados que fueron reconocidas a los trabajadores en su época de actividad laboral y que al cumplir los 65 años pasa a denominarse pensión de jubilación. las pensiones, destacar que más de la mitad de las pensiones esta por debajo de los 400 euros ( Ptas.), las tres cuartas partes por debajo de los 600 euros ( Ptas.) y apenas una de cada diez supera el umbral de los 1000 euros. Existen solo dos clases de pensiones no contributivas: jubilación e invalidez, para acceder a ellas se debe acreditar, entre otros requisitos, la carencia de recursos. por el Ministerio de Hacienda, que tie- nen unos caracteres muy similares a las pensiones contributivas del Sistema de la Seguridad Social. A 31 de diciembre de 2001 había en España pensiones de Clases Pasivas. El 88,1% son pensiones de jubilación cuyos beneficiarios son hombres, las mujeres son beneficiarias mayoritariamente de pensiones de viudedad (61,4%)y de orfandad De las prestaciones de muerte y supervivencia, la más importante por su número es la pensión de viudedad, seguida de la de a favor de familiares. Tienen una cuantía fija que se puede reducir si concurren otros ingresos. Conforme a los datos resultantes del Informe 2002, la retribución media mensual (24,2%). En cuanto a los importes, de nuevo existe diferencia entre varones y mujeres: el importe de la pensión media es de 693 euros ( Ptas.), pero la de los varones es de 996, 2 euros, casi el doble Conforme a los datos que resultan del Informe 2002 Las personas mayores en España del Observatorio de Personas Mayores del IMSERSO, a comienzos percibida en el año 2001 fue de 236 euros ( Ptas.) y el 84% de sus beneficiarios son mujeres. de la correspondiente a las mujeres (514 euros). La Ley 13/1982 de integración social de los minusválidos (LISMI), creó entre otras prestaciones, un subsidio de garantía de ingresos mínimos y otro de ayuda a tercera persona. Sus cuantías son fijas y menores Ptas.). De ellas corresponden al SOVI, con una pensión media de 240 euros ( Ptas.). Los importes más bajos corresponden a las pensiones de supervivencia. El importe medio mensual de El disfrute de estas pensiones contributivas y no contributivas conlleva el de la asistencia sanitaria y los servicios sociales de la Seguridad Social. que las de las pensiones no contributivas. Tienen importancia para el colectivo de personas mayores, pues siete de cada diez beneficiarios de estas prestaciones superan los 60 años y el 90% son mujeres

4 En cuanto a las pensiones asistenciales de vejez y enfermedad que preexistían a la Ley 26/1990, son de cuantía fija actualizable anualmente y su gestión corresponde a las Comunidades Autónomas. La cuantía media percibida coincide con el mínimo legal, fijado desde 1992, año en que quedan derogadas, en 149,86 euros. A la vista de todo ello cabe preguntarse cual es el nivel de cobertura de todo el sistema de pensiones, en el citado Informe de 2002 se señala que dicho nivel podría situarse en el 90,5%: prácticamente igual a cien para los hombres (98,6%) y bastante más lejos para las mujeres (77,8%). La conclusión que puede extraerse es que el nivel de cobertura en cuanto al número de pensionistas es elevado, ahora bien en lo que se refiere a la cuantía o el importe de las pensiones, sobre todo en lo que afecta, como hemos visto, a las mujeres, todavía queda mucho por hacer. La situación económica de los mayores españoles sigue siendo inferior a la del conjunto de la población de todas las edades. El umbral de la pobreza (50% del gasto medio equivalente de todos los hogares), deja por debajo al 13,4% de todos los españoles, pero al 21,1% de los mayores de 65 años ( personas mayores). B Prestaciones sanitarias Casi la totalidad de la población española, incluidas por tanto, las personas mayores recibe asistencia sanitaria, pública y gratuita del Sistema de la Seguridad Social. Es una prestación universalizada comprendiendo también dos niveles de protección: contributivo, que protege al titular y sus beneficiarios, y no contributivo, que protege a quien, no pudiendo acceder a la asistencia sanitaria por otra vía, acredite carencia de recursos. Según el Informe del Defensor del Pueblo del año 2000, las limitaciones constatadas en el alcance de la Atención Primaria en las personas mayores vienen dadas fundamentalmente por la escasez del tiempo del que disponen los profesionales sanitarios por cada usuario, por la escasa formación geriátrica y gerontológica de esos profesionales y por la inexistencia de servicios geriátricos y psicogeriátricos que pudieran servir de referencia. Según datos del citado Informe del Defensor del Pueblo, la especialidad de Geriatría solo estaba representada en 43 hospitales, para un total de 800; existen 55 hospitales de día geriátricos en España, 24 Unidades geriátricas de agudos y 46 Unidades de media estancia cifras todas ellas muy alejadas de las planificadas previamente. Los servicios de geriatría en coordinación con los sociales, constituyen la solución más adecuada para la dispensación de la Atención Especializada sociosanitaria a las personas mayores, que ocupan camas hospitalarias que suponen un mayor coste, cuando el recurso sociosanitario más adecuado es otro. Además debe denunciarse que la falta de recursos y con ello el principio de maximización de los beneficios sanitarios hace que dichos recursos se dediquen a aquellos que se considera que más los necesitan, lo que supone que en ocasiones las personas mayores sufran discriminaciones por su edad, de forma que debe reivindicarse que la asistencia sanitaria que reciban debe ser de la misma calidad que la prestada al resto de la población, disfrutando del mismo acceso a la tecnología y a los medios de diagnóstico y terapéuticos C Prestaciones de Servicios Sociales Los servicios sociales son los instrumentos de la política de bienestar y calidad de vida y constituyen, por tanto, un medio privilegiado para hacer efectivo el derecho a vivir en una sociedad más justa y más igualitaria, en la que los ciudadanos no se vean discriminados por situaciones que les vengan impuestas por la desigualdad, la marginación o la pobreza. El sistema de servicios sociales en España se inicio con la llegada de la democracia en el año 1975, procedente de un sistema de protección social que cubría básicamente la Educación y la Sanidad para posteriormente, conforme envejecía la población, asegurar la jubilación a través de un sistema de pensiones. Tenemos que manifestar que nuestro sistema de protección social en lo que a atención social se refiere, dista todavía mucho de alcanzar los niveles medios de la Unión Europea, tal y como hemos visto señalado anteriormente, por lo que por lo tanto, el reto del envejecimiento supone un esfuerzo mucho mayor para España, que para la mayoría de los países de la Unión Europea. Por otra parte hemos de tener en cuenta que nuestro sistema de servicios sociales es un sistema descentralizado y, consecuentemente, gestionado por las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales, lo que supone que la situación dentro del conjunto del país no es homogénea habida cuenta de los desequilibrios regionales que existen entre las distintas Comunidades. De manera que las formas y requisitos de acceso a los diferentes servicios sociales públicos (tener ingresos medios-bajos, contar con apoyo familiar...), su contenido y alcance, su coste, nivel de cobertura, etc. varia muchísimo de unas Comunidades a otras, haciéndose en este punto necesaria la intervención del Estado para asegurar unos niveles y normativa básica de servicios para la totalidad del territorio español, atendiendo para ello al principio de solidaridad interregional y facilitando, con carácter subsidiario, aquellas funciones y servicios especializados que no estén al alcance de todos los ciudadanos en atención a la Comunidad Autónoma en la que residan. cuidados y la atención a la dependencia y otras no. También cambia el coste medio por usuario que va desde los 5,56 euros/hora de media estatal y los 15,32 euros de Navarra. En cuanto al nivel de cobertura del SAD es muy limitada y diferente según la Comunidad de que se trate. En el Informe de pensa la asistencia en régimen residencial durante periodos cortos pero continuados de tiempo. Según el Informe 2000 había 155 centros, normalmente residencias, que ofertaban plazas públicas, propias o concertadas, lo que da una ratio del 0,05%. Alternativas al domicilio propio Otra circunstancia que en esta materia hemos de constatar es que dados los bajos niveles de cobertura en los servicios sociales públicos destinados a las personas mayores como expondremos a continuación, resulta que las rentas más bajas ac del IMSERSO ya citado, se recoge un total de usuarios en toda España, el 2,07% del total de personas mayores, muy lejos de la ratio del 8% establecida en el Plan Gerontológico de Las residencias Es el recurso más desarrollado de nuestro sistema de atención a las personas mayores y el que ha superado la ratio del 3% establecida en el Plan Gerontológico, pues ésta se sitúa en el 3,19% (In- ceden a los servicios públicos por abajo y las rentas más altas acceden a los servicios privados, quedando excluidos de los mismos las rentas medias que no pueden acceder a los públicos por tener un nivel de ingresos alto y tampoco pueden llegar a los privados porque no pueden sufra- El umbral de la pobreza deja por debajo al 13,4% de todos los españoles, pero al 21,1% de los mayores de 65 años: personas mayores forme del año 2002), ahora bien hemos de destacar aquí la importancia del sector privado tanto en la oferta de plazas como en la financiación: 74 de cada 100 plazas son gestionadas por el sector privado, de las cuales 59 son financiadas por el usuario y 15 son concer- gar su coste. De manera que es la familia y dentro de ésta las mujeres las que prestan la atención y los cuidados que las personas mayores requieren, sin que, por parte de los mecanismos protectores, se dediquen apenas prestaciones públicas a las familias. Servicios que ayudan a permanecer en el propio domicilio: El Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) y el Servicio Público de Teleasistencia El SAD es el servicio más utilizado por la población mayor, seguido del servicio público de Teleasistencia, resultando ambos servicios complementarios. El nivel de cobertura de la Teleasistencia alcanza a un total de usuarios (1,07%) del total de mayores, también muy lejos de la ratio del 12,5% establecida en el Plan Gerontológico. Atención de día y Estancias Temporales La atención de día se presta a través de los llamados centros de día. Se dirige a personas mayores que sufren de una cierta pérdida funcional con el fin, si es posible, de recuperar algo de la misma, mantener la que quede o, al menos, de ralentizar su pérdida. También se persigue dar un respiro a los familiares que cuidan tadas con el sector público. O lo que es lo mismo, únicamente 26 de cada 100 plazas residenciales son gestionadas y financiadas parcialmente por el sector público. Así el índice de cobertura pública es del 1,33%. Sistemas alternativos de alojamiento Bajo este epígrafe estarían englobadas las denominadas Viviendas Públicas tuteladas y Servicio Público de Acogimiento Familiar, respecto a las cuales existe poca información. El Informe 2002 contabiliza un total de plazas distribuidas en 939 viviendas de diferentes características. El tipo de actividades que dominan en el SAD siguen siendo las tareas domésticas las que ocupan la mayor parte de sus funciones, en torno a un 60%, dedicando el 40 % restante a los cuidados personales, variando mucho de unas Comunidades a otras pues unas priorizan claramente los de la persona mayor. Según el IMSERSO, su nivel de cobertura es inferior al 1% (0,13%) únicamente se contabilizan plazas públicas, propias o concertadas. Las estancias temporales tienen fines similares a los centros de día, si bien se dis- Otros servicios Hogares y club Entendidos como centros sociales de convivencia que ofrecen una gama amplia de servicios (cafetería, comidas, peluquería, podología, actividades lúdicas y de formación, actividades físicas, etc.). Están presen

5 tes prácticamente en toda la geografía española, dependiendo la mayoría de alguna Administración, normalmente local, aunque también los hay dependientes de entidades privadas. En el Informe 2002 se contabilizan un total de centros en los que se registraban usuarios. 3 Nuevas orientaciones y directrices Citar en este apartado el Plan Internacional de Acción aprobado en la II Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento celebrada en Madrid en abril de 2002, que espera y exige un cambio en las actitudes, políticas y prácticas de todos los sectores, para que consideren el rápido envejecimiento de la población no como un gran problema o desastre, sino como el gran desafío y logro del siglo XXI y así tengan en cuenta el enorme potencial que representan las personas mayores. Dicho Plan también impulsa el reconocimiento de que el proceso de envejecimiento no es simplemente una cuestión ordinaria de seguridad y bienestar social, sino un desarrollo general de políticas nuevas y creativas. E identifica tres grandes ejes de acción prioritaria: Incorporación del envejecimiento y sus implicaciones al diseño y ejecución de los planes de desarrollo nacionales. Profundización en el concepto de envejecimiento activo. Refuerzo de los entornos de apoyo, resaltando la importancia de consolidar los vínculos y relaciones intergeneracionales, de apoyar a las familias en sus funciones de estructuración social y de suministro de cuidados a sus miembros dependientes y de configurar nuestras ciudades de manera que respondan mejor a las necesidades de todos, con independencia de la edad. Por su parte, hemos de señalar también algunos aspectos recogidos en las Recomendaciones del Foro Mundial de ONGs sobre los que debe prestarse especial atención, a su vez, destacados en el Plan de Acción para las Personas Mayores del IMSERSO: Envejecimiento y pobreza, las situaciones de pobreza impiden a las personas mayores la realización de sus derechos. Género y envejecimiento, las mujeres mayores padecen más carencias en múltiples aspectos. Bienestar social, el envejecimiento de la población representa un importante reto en las políticas y sistemas públicos de bienestar social, para permitir que las personas mayores puedan seguir participando la mayor parte de ese tiempo posible en la sociedad y tener unos servicios asequibles, apropiados y ajustados a sus necesidades. Salud, envejecimiento no debe ser sinónimo de pérdida de salud. Participación, es preciso promover de forma creativa iniciativas que estimulen la actividad de las personas mayores en el entorno rural y urbano. Seguridad, consumo y entorno, las personas mayores para lograr un envejecimiento activo y saludable, necesitan desarrollar su vida cotidiana en condiciones de seguridad. Protección Legal, protección de la vejez con dependencia psíquica y física susceptibles de incapacitación legal. Protección ante situaciones de abuso, violencia y maltrato. Minorías étnicas y movimientos migratorios, las minorías étnicas y los emigrantes sufren especialmente la violación de derechos fundamentales, esta situación es especialmente grave en las personas de más edad. Medio ambiente, el mundo urbano, la salud ambiental y el consumo son asuntos que afectan de forma directa a las personas mayores. 4 Defensa Sindical de las Condiciones Económicas y Sociales de las Personas Mayores Las condiciones económicas y sociales en las que se encuentran los trabajadores jubilados y pensionistas es una materia que cae de lleno dentro de la esfera de la acción sindical. Uno de los pilares básicos de la acción sindical es precisamente la obtención de condiciones más dignas frente a situaciones de necesidad que pueden afectar a la clase trabajadora, como son las de desempleo, enfermedad, incapacidad para el trabajo o la vejez. Tal y como se deduce de todo lo expuesto anteriormente, los intereses sociales, materiales y económicos de los jubilados y pensionistas en particular y por ende, en general de todas las personas mayores, presentan una problemática específica que requiere un tratamiento especial y distinto al resto de los intereses que afectan a la clase trabajadora, pero que no son, en ningún caso, incompatibles con ellos y que deben ser defendidos por los propios afectados, los jubilados y pensionistas que son los mejores conocedores de sus intereses, pero desde las propias organizaciones sindicales utilizando a éstas como el instrumento jurídico más adecuado para la intervención en los diferentes procesos negociadores. Tanto la doctrina como la jurisprudencia afirman que los agentes sociales, la representación sindical, es la técnica más adecuada para defender los intereses de los pensionistas y ello frente a cualquier otro tipo de organización, como las asociaciones, dado que la representación colectiva de las mismas no está contrastada objetivamente, mientras que la de los sindicatos sí. Legitimación que les otorgan las urnas cuando concurren democráticamente en condiciones de igualdad frente a otras organizaciones sindicales a las elecciones para elegir a los representantes de los trabajadores, además del explícito reconocimiento constitucional, contenido en el artículo 7 de la Constitución que establece que los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Precepto al que se le debe dar la máxima jerarquía constitucional, puesto que se encuentra incluido en el Titulo Preliminar de la misma, que es en el que se contienen las declaraciones y principios fundamentales relativos a la forma del Estado español

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