ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD

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1 ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD Acuerdo Ministerial 42 Registro Oficial Suplemento 71 de 17-sep-2010 Estado: Vigente EL MINISTRO DE COORDINACION DE SEGURIDAD Considerando: Que, la Ley de Seguridad Pública y del Estado, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 35 de 28 de septiembre del 2009, en su artículo 9 faculta al Ministerio de Coordinación de Seguridad la elaboración de las políticas públicas, la planificación integral y la coordinación de los organismos que conforman el Sistema de Seguridad Pública y del Estado, así como también el seguimiento y evaluación de las acciones aprobadas en materias de seguridad; Que, en el artículo 10 de la Ley de Seguridad Pública y del Estado se establecen las nuevas competencias al Ministerio de Coordinación de Seguridad; Que, de conformidad con lo establecido en el Capítulo IV artículo 3 de la Ley de Seguridad Pública y del Estado, forman parte de los órganos permanentes de coordinación, apoyo técnico y asesoría, la Secretaría Nacional de Inteligencia; Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 117-A, publicado en el Registro Oficial No. 33 de 5 de marzo del 2007, se incorpora al Art. 16 de Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva al Ministerio de Coordinación de la Producción. Ministerio de Coordinación de la Política Económica. Ministerio de Coordinación de la Seguridad Interna y Externa. Ministerio de Coordinación de Patrimonio Natural y Cultural, y Ministerio de Coordinación de la Política; Que, con Decreto Ejecutivo No. 980 de fecha 25 de marzo del 2008 se agrega al Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo el siguiente inciso: "De igual manera, los Ministerios Coordinadores de Seguridad Interna y Externa y de la Política, funcionarán de manera desconcentrada, y para el cumplimiento de sus fines gozarán de autonomía administrativa y financiera para lo cual el Ministerio de Finanzas efectuará las reasignaciones presupuestarias que correspondan"; Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 001, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 361 de 17 de junio del 2008 el Ministerio de Coordinación de Seguridad Interna y Externa emite su Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos; Que, mediante Decreto Ejecutivo No del 18 de junio del 2009, cambia el nombre del Ministerio Coordinador de Seguridad Interna y Externa por Ministerio de Coordinación de Seguridad; Que, en el artículo 17.3 del Decreto Ejecutivo No. 109 de 23 de octubre del 2009, se expiden las reformas al Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, en el que se establecen las funciones de los ministerios de coordinación; Que, dentro del proceso de reforma democrática del Estado es necesario homologar las estructuras organizacionales de los ministerios de coordinación según Decreto Ejecutivo 195, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 111 del 19 de enero del 2010; Que, mediante oficio No. SENPLADES-SRDEGP de 23 de diciembre del 2009, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo SENPLADES, de conformidad con el artículo 5, literal e) del Decreto Ejecutivo No de 11 de febrero del 2009, publicado en el Registro Oficial ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 1

2 No. 535 de 26 de febrero del 2009, emite informe favorable para la elaboración del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Coordinación de Seguridad; Que, mediante informe técnico la UARHs institucional ha emitido informe favorable para la expedición del presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos; Que, con oficio No. MRL-FI de fecha 28 de julio del 2010, el Ministerio de Relaciones Laborales, acorde con lo que establece el Art. 113 inciso tercero del reglamento a la mencionada ley orgánica, ha emitido el dictamen favorable, previo a la expedición de la presente reforma al estatuto orgánico; Que, con oficio No. MF-SP-DR de 20 de julio del 2010, el Ministerio de Finanzas acorde con lo que establece el Art. 113 inciso tercero del Reglamento de la Codificación de Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público, LOSCCA, ha emitido el dictamen presupuestario favorable, previo a la expedición de la presente reforma al estatuto orgánico; Que, la filosofía de una gestión por procesos se fundamenta en el análisis permanente y mejoramiento continuo de los procesos institucionales y su correspondencia con las políticas nacionales; y, En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral I del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador y los artículos 17 y 20 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva. Acuerda: Art. 1.- Sustituir el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Coordinación de Seguridad, publicado en el Registro Oficial No. 361 de 17 de junio del 2008 por el siguiente: ESTATUTO ORGANICO DE GESTION ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD Art. 1.- Estructura Organizacional por Procesos.- La estructura organizacional del Ministerio de Coordinación de Seguridad, se alinea con su misión y se sustenta en la filosofía y enfoque de productos, servicios y procesos, con el propósito de asegurar su ordenamiento orgánico. Art. 2.- El Ministerio de Coordinación de Seguridad, concertará las políticas y las acciones, que en seguridad interna y externa adopten las siguientes instituciones: - Ministerio del Interior. - Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración. - Ministerio de Defensa Nacional. - Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos. - Secretaría Nacional de Transparencia de Gestión. - Secretaria Técnica de Plan Ecuador. - Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos. - Secretaría Nacional de Inteligencia. - Y, todas aquellas que por la ley se determinen. Art. 3.- Procesos del Ministerio de Coordinación de Seguridad.- Los procesos que elaboran los productos y servicios del Ministerio de Coordinación de Seguridad se ordenan y clasifican en función de su grado de contribución o valor agregado al cumplimiento de la misión institucional Los Procesos Gobernantes, orientan la gestión institucional a través de la formulación de ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 2

3 políticas y la expedición de normas e instrumentos para poner en funcionamiento a la organización Los Procesos Agregadores de Valor, implementan políticas, administran y controlan la generación de los productos y servicios destinados a usuarios externos y permiten cumplir con la misión institucional, denotan su especialización y constituyen la razón de ser de la institución Los Procesos Habilitantes, implementan políticas y generan productos y servicios para los procesos gobernantes, agregadores de valor y para sí mismos, contribuyendo a la consecución de la misión institucional Los Procesos Habilitantes de Asesoría, asesoran y fortalecen con sus conocimientos especializados a los procesos, en el momento que estos lo requieran Los Procesos Habilitantes de Apoyo, permiten que los procesos se ejecuten, su función es proveer y administrar los recursos, facilitando todo lo necesario para la operatividad de los procesos, lo que facilita el cumplimiento de la misión de la organización. Art. 4.- Puestos Directivos.- Los puestos directivos establecidos en la estructura organizacional son: Ministro Coordinador de Seguridad, Secretario Técnico, coordinadores generales y directores técnicos de área. Art. 5.- Comité de Gestión de Desarrollo Institucional.- El Ministerio de Coordinación de Seguridad de conformidad a lo dispuesto en el Art. 115 del Reglamento a la LOSCCA, mantiene un Comité de Gestión de Desarrollo Institucional, conformado por el Ministro, el/la Secretario/a Técnico, coordinadores generales y directores técnicos de área. Art. 6.- Responsabilidades del Comité de Gestión de Desarrollo Institucional.- El Comité de Gestión de Desarrollo Institucional, a más de lo establecido en el Art. 115 del Reglamento de la LOSCCA, tendrá las siguientes responsabilidades: 1. Conocer y analizar los proyectos de políticas. 2. Conocer el plan operativo anual y el presupuestado del Ministerio Coordinador de Seguridad. 3. Evaluar el impacto de la gestión institucional del Ministerio Coordinador de Seguridad. Este comité se reunirá ordinariamente cada trimestre y extraordinariamente cuando el Ministro de Coordinación de Seguridad lo requiera. Art. 7.- Estructura Organizacional.- La estructura organizacional del Ministerio de Coordinación de Seguridad se sustenta en su misión y objetivos institucionales: Coordinar, investigar, planificar, concertar, gestionar y evaluar las políticas y acciones que adopten las entidades que integran el Sistema de Seguridad Integral y asegurar la coherencia estratégica y operativa entre los procesos de seguridad interna y externa, con los objetivos planteados en el Plan Nacional de Desarrollo, Plan Nacional de Seguridad Integral y políticas establecidas por el Gobierno Nacional. b) Objetivos estratégicos: 1. Coordinar, concertar, dirigir y articular la estrategia nacional de seguridad externa e interna, que permita optimizar la eficiencia del Sistema de Segundad, sobre la base del desarrollo humano y la profundización de la democracia. 2. Preparar el Plan Nacional de Seguridad Integral: así como propuestas de políticas de seguridad pública en coordinación con los organismos que conforman el Sistema de Seguridad Pública y del Estado. 3. Proponer estudios e investigaciones permanentes en materia de seguridad pública y del Estado, que permitan consolidar el Plan Nacional de Seguridad Integral. 4. Ejecutar y proponer planes y proyectos en el ámbito de su competencia, conformar grupos de ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 3

4 enlace y diálogo permanente para conservar la interacción y la consistencia de acción entre las instituciones y áreas de trabajo asignadas a su coordinación. 5. Armonizar y asegurar la implementación de políticas y acciones en materia de seguridad, manejar eficientemente las complejidades estructurales de cada institución o área de trabajo, eliminar la duplicación de funciones, y facilitar la gestión general de la estrategia nacional de seguridad externa e interna. 6. Efectuar el seguimiento y evaluación de las acciones aprobadas en materias de seguridad. Art. 8.- Estructura básica alineada a la misión.- El Ministerio Coordinador de Seguridad para el cumplimiento de su misión y responsabilidades, gestiona procesos internos, conformado por: 1. PROCESO GOBERNANTE 1.1 DIRECCIONAMIENTO Y COORDINACION ESTRATEGICA DE LA SEGURIDAD DEL ESTADO 2. PROCESO AGREGADOR DE VALOR 2.1 GESTION ESTRATEGICA DE LAS POLITICAS PUBLICAS DE SEGURIDAD DEL ESTADO COORDINACION GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES COORDINACION GENERAL DE POLITICAS Y PLANES DE SEGURIDAD INTERNA DIRECCION NACIONAL DE MOVILIZACION COORDINACION GENERAL DE POLITICAS Y PLANES DE SEGURIDAD EXTERNA 3. PROCESOS HABILITANTES 3.1 PROCESOS HABILITANTES DE ASESORIA DIRECCION DE ASESORIA JURIDICA AUDITORIA INTERNA DIRECCION DE COMUNICACION SOCIAL 3.2 PROCESOS HABILITANTES DE APOYO DIRECCION ADMINISTRATIVA FINANCIERA GESTION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS GESTION FINANCIERA GESTION ADMINISTRATIVA GESTION TECNOLOGICA MANEJO DE INFORMACION CLASIFICADA. Art. 9.- Representaciones gráficas.- Se definen las siguientes representaciones gráficas: a) Cadena de Valor b) Mapa de procesos c) Estructura Orgánica Nota: Para leer estructuras, ver Registro Oficial Suplemento 71 de 17 de Septiembre de 2010, página 4. Art Descripción de misiones, atribuciones y responsabilidades y productos de los procesos del Ministerio de Coordinación de Seguridad. 1. PROCESO GOBERNANTE 1.1 DIRECCIONAMIENTO Y COORDINACION ESTRATEGICA DE LA SEGURIDAD DEL ESTADO DESPACHO DEL MINISTRO DE COORDINACION DE SEGURIDAD ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 4

5 Dirigir y coordinar la gestión estratégica del Sistema de Seguridad Pública y del Estado, mediante el establecimiento de políticas y directrices que aseguren los procesos de seguridad interna y externa. b) Atribuciones y responsabilidades: 1. Ejercer la representación legal del Ministerio de Coordinación de Seguridad, en el ámbito nacional e internacional. 2. Coordinar al más alto nivel la formulación, concertación de políticas y acciones relacionadas con la seguridad interna y externa del Estado, en los ámbitos social, político y de defensa nacional e internacional, que mejoren las condiciones de seguridad en el país. 3. Coordinar el diseño, implementación integración y difusión del Plan Nacional de Seguridad Integral y propuestas de políticas de seguridad pública y del Estado. 4. Preparar el Plan Nacional de Seguridad Integral. 5. Proponer planes y proyectos en el ámbito de su competencia, conformar grupos de enlace y mantener otras formas estructuradas de diálogo para conservar la interacción y la consistencia de acción entre las instituciones y áreas de trabajo asignadas a su coordinación, en el ámbito de la seguridad interna y externa. 6. Establecer directrices que permitan articular el Sistema de Seguridad Pública y del Estado en coordinación con los gobiernos autónomos descentralizados y la sociedad civil. 7. Coordinar con la Secretaría Nacional de Inteligencia, en acciones de carácter estratégico, para la oportuna toma de decisiones en políticas de seguridad del Estado: así como recabar los informes de inteligencia necesarios para el cumplimiento de sus actividades. 8. Supervisar la ejecución de la política de la seguridad integral en todos los campos de la actividad del Estado. 9. Coordinar con la Secretaría Nacional de la Administración Pública la realización de las acciones actividades y proyectos de corto plazo. 10. Sugerir a la Presidenta o Presidente de la República convocar al Consejo de Seguridad Pública y del listado cuando la situación lo amerite. 11. Dictaminar sobre los asuntos que se refiere la proposición de la limitación de zonas de seguridad de fronteras y áreas reservadas de seguridad. 12. Presentar informes de sustento para las recomendaciones que debe hacer el Consejo de Seguridad Pública y del Estado al Presidente o Presidenta de la República sobre los aspectos relativos a sectores estratégicos y zonas de seguridad, previo informe del Comando Conjunto. 13. Actuar como Secretario del Consejo de Seguridad Pública y del Estado, responsabilizarse de la gestión documental, los archivos y custodia de la información clasificada. 14. Establecer nexos con los gobiernos autónomos descentralizados y con la sociedad civil para impulsar la generación y aplicación de las políticas de seguridad integral. 15. Evaluar y supervisar el cumplimiento y el seguimiento en la ejecución de los programas, planes, proyectos que sobre seguridad se cumplen por parte de las instituciones y grupos sociales que conforman sus áreas de trabajo institucional. 16. Emitir informe favorable sobre las pro formas presupuestarias de sus entidades coordinadas, previo a la remisión al Ministerio de Finanzas, de conformidad con las normas correspondientes en, coordinación con las unidades administrativas del Ministerio. 17. Definir conjuntamente con los ministerios e instituciones que dependan del Ministerio Coordinador las evaluaciones de impacto de los programas de su sector. 18. Coordinar con los secretarios de Estado en acciones estratégicas conforme las necesidades ministeriales y las decisiones presidenciales. 19. Rendir cuentas de su gestión, y, solicitar a cada órgano ejecutor del Sistema de Seguridad Pública y del Estado la elaboración del informe de rendición de cuentas. 20. Dirigir el trabajo de la Secretaría Técnica y las secretarías adscritas. 21. Suscribir convenios en el ámbito de su competencia a nivel nacional e internacional. 22. Proponer planes de capacitación dirigidos al desarrollo de aspectos que tienen que ver con la implantación de conductas y actitudes de fortalecimiento y difusión de los conceptos de seguridad integral. 23. Establecer y mantener alianzas con organismos internacionales de similar naturaleza para ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 5

6 apoyar los objetivos del Ministerio. 24. Emitir acuerdos ministeriales, instructivos internos, y demás disposiciones normativas dentro del ámbito de su competencia para agilitar la gestión del Ministerio. 25. Nombrar y remover al personal del Ministerio de conformidad con lo prescrito en la ley. 26. Legalizar actos administrativos. 27. Delegar atribuciones a los funcionarios del Ministerio de Coordinación de Seguridad, cuando por necesidades institucionales así lo requiera. 28. Las demás funciones que le correspondan por ley o por disposición del Presidente de la República. 2. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR 2.1 SECRETARIA TECNICA Dirigir, planificar coordinar ejecutar y evaluar las acciones concertadas por las distintas áreas de trabajo del Ministerio, enfocadas a la consecución de las políticas, objetivos y metas del Sistema de Seguridad Pública y del Estado, y efectuar el seguimiento y evaluación de su implementación. b) Atribuciones y responsabilidades: 1. Dirigir, planificar coordinar ejecutar y evaluar las acciones concertadas por las distintas áreas de trabajo del Ministerio Coordinador; establecer estrategias para el diseño de Plan Nacional de Seguridad Integral deberá ser elaborado en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo. 2. Proponer mecanismos y directrices para la investigación, estudios y análisis permanentes en materia de seguridad pública y del Estado. 3. Gestionar acciones de carácter estratégico con la Secretaría Nacional de Inteligencia y recabar los informes de inteligencia necesarios para el cumplimiento de sus actividades. 4. Direccionar la elaboración de estudios e informes de sustento para las recomendaciones que debe hacer el Consejo de Seguridad Pública y del Estado al Presidente o Presidenta de la República sobre los aspectos relativos a sectores estratégicos y zonas de seguridad, previo informe del Comando Conjunto. 5. Articular y coordinar la política intersectorial: acorde con los objetivos planteados en el Plan Nacional de Desarrollo y Plan Nacional de Seguridad Integral. 6. Monitorear, apoyar y facilitar la gestión de los ministerios sectoriales para el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y los programas y agendas de gobierno. 7. Evaluar la gestión y la ejecución de las agendas y políticas sectoriales de las entidades que coordinan directamente. 8. Definir, junto con la entidad rectora de planificación, las evaluaciones de impacto de los programas de su área. 9. Presentar el proyecto de informe favorable sobre las proformas presupuestarias de sus entidades coordinadas, previo a la remisión al Ministerio de Finanzas, de conformidad con las normas correspondientes en coordinación con las unidades administrativas del Ministerio. 10. Seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria de las instituciones a través de la matriz de ejecución presupuestaria de las instituciones coordinadas. 11. Coordinar con los gobiernos autónomos descentralizados y la sociedad civil para lograr una articulación integral de la defensa nacional, el orden público y la seguridad ciudadana. 12. Recomendar al Ministro de Coordinación de Seguridad las políticas específicas y estrategias requeridas para el cumplimiento del objetivo de seguridad trazado por el Ministerio. 13. Ejecutar las acciones concertadas por las distintas áreas de trabajo del Ministerio, dirigidas a hacer efectivas las políticas y planes de seguridad. 14. Direccionar la elaboración el Plan Nacional de Seguridad Integral. 15. Planificar, ejecutar y evaluar el funcionamiento de la Secretaría Técnica, para lo cual orientará, coordinará y supervisará el trabajo de los procesos de seguridad externa, interna y apoyo a la gestión. 16. Ejercer las delegaciones que le hiciere el Ministro de Coordinación de Seguridad. ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 6

7 17. Subrogar al Ministro Coordinador de Seguridad en caso de ausencia temporal. 18. Suscribir, a nombre del Ministerio, las comunicaciones oficiales que no se reserve para sí el Ministro Coordinador. 19. Las demás funciones que le asigne el Ministro Coordinador COORDINACION GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES Elaborar, coordinar y realizar el seguimiento y monitoreo del Plan Nacional de Seguridad Integral del Estado, además de la realización de investigaciones y estudios en seguridad de carácter permanentes que darán paso a la ejecución o incubación de iniciativas emblemáticas de carácter intersectorial y la actualización del Plan Nacional de Seguridad Integral. b) Atribuciones y responsabilidades: 1. Dirigir, coordinar y controlar los procesos de la Coordinación General. 2. Presentar al Secretario Técnico informes de seguimiento y evaluación de la gestión desarrollada por la Coordinación General. 3. Presentar al Secretario Técnico informes, políticas, planes y proyectos elaborados por la Coordinación General. 4. Preparar el Plan Nacional de Seguridad Integral y propuestas de políticas de seguridad pública y del Estado con el aporte mancomunado de otras entidades del Estado y de la ciudadanía para ponerlos en consideración del Presidente de la República y del Consejo de Seguridad Pública y del Estado. 5. Realizar el Seguimiento y monitoreo del Plan Nacional de Seguridad Integral del Estado. 6. Realizar la evaluación de impacto del Plan Nacional de Seguridad Integral del Estado. 7. Coordinar con los gobiernos autónomos descentralizados, instituciones del Estado y la sociedad la articulación integral de la defensa nacional, el orden público y la seguridad ciudadana. 8. Realizar la actualización del Plan Nacional de Seguridad Integral del Estado. 9. Realizar investigaciones, estudios y análisis permanentes en materia de seguridad pública y del Estado. 10. Ejecutar programas, proyectos o iniciativas emblemáticas específicos de carácter intersectorial de corto y mediano plazo en el campo de la seguridad. 11. Dirigir, coordinar y formular el Plan Estratégico Institucional alineado al Plan Nacional de Seguridad Integral del Estado y Plan Nacional de Desarrollo. 12. Seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional. 13. Las demás funciones que el Ministro Coordinador y Secretario Técnico dispongan. (CONTINUA). Art (CONTINUACION) Procesos de Gestión Interna: La Coordinación General de Proyectos Especiales, se gestionará a través de los siguientes equipos de trabajo: - GESTION DEL PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD INTEGRAL. - GESTION DE INVESTIGACION Y ESTUDIOS DE SEGURIDAD. - GESTION DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION. c) Productos: Planificación institucional Plan estratégico. Planes operativos anuales. Planes plurianuales. Planes de inversiones. ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 7

8 Portafolio de programas y proyectos. Plan de estrategia de prevención de riesgos GESTION DEL PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD INTEGRAL 1. Plan Nacional de Seguridad Integral del Estado. 2. Actualización del Plan Nacional de Seguridad Integral del Estado. 3. Proyectos o iniciativas emblemáticas específicas de carácter intersectorial de corto y mediano plazo en el campo de la seguridad. 4. Plan Estratégico Institucional alineado al Plan Nacional de Seguridad Integral del Estado y Plan Nacional de Desarrollo. 5. Documentos de información estratégica para la toma de decisiones en política de seguridad del Estado. 6. Informe de acciones concertadas con los organismos competentes del país sobre políticas de seguridad del Estado GESTION DE INVESTIGACION Y ESTUDIOS DE SEGURIDAD 1. Estudios y análisis permanentes dentro del campo de la seguridad integral. 2. Plan Anual de Investigaciones de Seguridad. 3. Estadísticas nacionales de seguridad. 4. Proyectos, iniciativas y acciones de corto y mediano plazo de seguridad GESTION DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION 1. Informe de seguimiento y monitoreo del Plan Nacional de Seguridad Integral del Estado. 2. Informe de evaluación de impacto del Plan Nacional de Seguridad Integral del Estado. 3. Informe de seguimiento a las acciones tomadas dentro de la seguridad integral. 4. Informe de requerimientos de información de seguridad interna y externa. 5. Informe anual de gestión de la coordinación COORDINACION GENERAL DE POLITICAS Y PLANES DE SEGURIDAD INTERNA Articular la política macro de seguridad interna a través de la coordinación de los diferentes actores que forman parte del Consejo Sectorial y la alineación de sus políticas con el Plan Nacional de Desarrollo y Plan Nacional de Seguridad Integral y efectuar el seguimiento y evaluación de su implementación. b) Atribuciones y responsabilidades: 1. Dirigir, coordinar y controlar los procesos de la Coordinación General. 2. Presentar al Secretario Técnico informes de seguimiento y evaluación de la gestión desarrollada por la Coordinación General. 3. Presentar al Secretario Técnico informes, políticas, planes y proyectos elaborados por la Coordinación General. 4. Establecer estrategias que permitan concertar las políticas y acciones que adopten las diferentes entidades integrantes en su área de trabajo. 5. Generar, coordinar y transmitir iniciativas dentro de la seguridad interna del Estado. 6. Dirigir la elaboración del plan y la ejecución de la movilización nacional. 7. Facilitar el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y Plan Nacional de Seguridad Integral en lo relacionado a seguridad interna del Estado. 8. Proponer al Secretario Técnico políticas, planes, programas, proyectos y medidas sectoriales e intersectoriales que fomenten la consecución de la política nacional de seguridad interna en relación con el Plan Nacional de Desarrollo. ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 8

9 9. Realizar seguimiento y evaluación de conformidad con las políticas, planes y proyectos de seguridad pública. 10. Realizar el seguimiento y evaluación de las acciones aprobadas en materias de seguridad interna. 11. Mantener un seguimiento de los compromisos asumidos dentro del Gabinete Sectorial. 12. Construir, coordinar y recabar informes de inteligencia, que coadyuven al cumplimiento de la misión institucional. 13. Realizar la evaluación, seguimiento y monitoreo de los planes programas y proyectos sectoriales e intersectoriales. 14. Mantener actualizado el sistema S1GOB de acuerdo a los diferentes compromisos asumidos en Gabinete Sectorial y aquellos emitidos la Presidencia de la República. 15. Monitorear el gasto de invención de las instituciones que pertenecen al Consejo de Seguridad Interna y Externa. 16. Realizar el seguimiento y monitoreo de los convenios internaciones de las instituciones que pertenecen al Consejo de Seguridad. 17. Coordinar con SENPLADES. SIGOB y las unidades de planificación la definición de las evaluaciones requeridas. 18. Coordinar las acciones dentro de la seguridad interna del Ministerio de Justicia Derechos Humanos y Cultos: Ministerio del Interior: Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos: Secretaría Nacional de Transparencia de Gestión; gobiernos autónomos descentralizados y organizaciones sociales. 19. Coordinación y enlace de temas seguridad interna con la Presidencia de la República. 20. Presentar informes técnicos y situacionales consolidados relacionados a la seguridad interna del país en coordinación con las diferentes instituciones que conforman el Consejo Sectorial. 21. Coordinar con los distintos actores del Consejo Sectorial la información necesaria para los análisis de seguridad interna. 22. Identificar iniciativas y proyectos de los actores del Consejo Sectorial y potenciar su ejecución en forma coordinada. 23. Las demás funciones que el Ministro Coordinador y Secretario Técnico dispongan. (CONTINUA). Art (CONTINUACION) Procesos de Gestión Interna: La Coordinación General de Políticas y Planes de Seguridad Interna, se gestionará a través de los siguientes equipos de trabajo: - GESTION DE POLITICAS DE SEGURIDAD INTERNA. - GESTION DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE SEGURIDAD INTERNA. - DIRECCION NACIONAL DE MOVILIZACION. c) Productos: GESTION DE POLITICAS Y PLANES DE SEGURIDAD INTERNA 1. Políticas de seguridad interna. 2. Lineamientos políticos, para lograr diálogos sociales a nivel nacional para la prevención de conflictos que pongan en riesgo la seguridad interna del Estado. 3. Agenda estratégica sobre el tratamiento de las acciones necesarias para la construcción del Sistema Nacional de Seguridad Interna. 4. Planes y proyectos en los ámbitos de programación anual y plurianual dentro de la planificación estratégica. 5. Mapa de debilidades y fortalezas para la identificación, prevención y eliminación de los distintos factores y fenómenos (violencia, crimen organizado, entre otros) que afectan la seguridad interna del Estado. 6. Agenda anual para la coordinación de temas de seguridad interna con la Presidencia de la ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 9

10 República. 7. Informe de recomendaciones para la aplicación de acciones concertadas con los organismos competentes del país sobre políticas de seguridad interna del Estado. 8. Informes coordinados de inteligencia. 9. Informe de criterios que definan la participación de las entidades del Estado, la sociedad civil, los partidos, movimientos y grupos políticos en la generación de políticas públicas de seguridad interna. 10. Informe de dictamen favorable de las pro formas presupuestarias de las instituciones coordinadas GESTION DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE SEGURIDAD INTERNA 1. Informe de control evaluación e impactos de proyectos estratégicos del Consejo Sectorial. 2. Actualización del SIGOB en compromisos presidenciales, convenios internacionales y demás herramientas informáticas para el control seguimiento y evaluación. 3. Informes técnicos concertados con actores sectoriales e intersectoriales sobre temas de seguridad interna. 4. Matriz de ejecución presupuestaria del sector de seguridad interna. 5. Informes de seguimiento y monitoreo de los convenios internacionales de las instituciones que pertenecen dentro de la seguridad. 6. Informes de seguimiento a los compromisos asumidos dentro del Gabinete Sectorial. 7. Agendas y convocatorias del Consejo Sectorial. 8. Informe de seguimiento a las acciones tomadas por los miembros del Consejo Sectorial dentro de la seguridad interna. 9. Informe de articulación y concertación sobre la agenda estratégica nacional de seguridad interna. 10. Informe de seguimiento y evaluación de las acciones aprobadas en materias de seguridad interna. 11. Metodología para la coordinación con SENPLADES y el SIGOB, para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores del Plan Nacional de Desarrollo y Plan Nacional de Seguridad Integral. 12. Sistema de seguimiento y evaluación de la gestión interinstitucional de los organismos coordinados dentro de la seguridad interna. 13. Informe anual de gestión. 14. Informe de seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria de las instituciones coordinadas DIRECCION NACIONAL DE MOVILIZACION Planificar, coordinar e implementar la movilización nacional total o parcial, una vez decretado el Estado de Excepción. b) Atribuciones y responsabilidades: 1. Planificar y aplicar las políticas de movilización establecidas en los planes nacionales, provinciales y locales correspondientes. 2. Actualizar los planes de movilización nacional, provincial y local de manera bianual. 3. Planear el empleo de los recursos nacionales desde tiempos de paz, para su utilización en caso de conflictos o crisis que originen la declaratoria de estado de excepción. 4. Mantener la información actualizada sobre los recursos materiales y humanos nacionales para ser utilizados en caso de movilización. 5. Coordinar con las entidades públicas y privadas la implementación de la movilización nacional total o parcial una vez decretado el estado de excepción y monitorear su ejecución. c) Productos: 1. Plan de Movilización Nacional, Provincial y Local. 2. Plan de Requisiciones. 3. Plan de Desmovilización. ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 10

11 4. Plan Anual de Capacitación en el sector público de movilización nacional. 5. Base de datos (sic) y estadística de recursos materiales y humanos nacionales para ser utilizados en caso de movilización. 6. Evaluación de los estados de excepción COORDINACION GENERAL DE POLITICAS Y PLANES DE SEGURIDAD EXTERNA Articular la política macro de seguridad externa a través de la coordinación de los diferentes actores que forman parte del Gabinete Sectorial y la alineación de sus políticas. b) Atribuciones y responsabilidades: 1. Dirigir, coordinar y controlar los procesos de la Coordinación General. 2. Presentar al Secretario Técnico informes de seguimiento y evaluación de la gestión desarrollada por la Coordinación General. 3. Presentar al Secretario Técnico informes, políticas, planes y proyectos elaborados por la Coordinación General. 4. Establecer estrategias que permitan concertar las políticas y acciones que adopten las diferentes entidades integrantes en su área de trabajo. 5. Generar, coordinar y transmitir iniciativas dentro de la seguridad externa del Estado. 6. Facilitar el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y Plan Nacional de Seguridad Integral en lo relacionado a seguridad externa del Estado. 7. Proponer al Secretario Técnico políticas, planes, programas, proyectos y medidas sectoriales e intersectoriales que fomenten la consecución de la política nacional de seguridad externa en relación con el Plan Nacional de Desarrollo. 8. Realizar seguimiento y evaluación de conformidad con las políticas, planes y proyectos de seguridad pública. 9. Realizar el seguimiento y evaluación de las acciones aprobadas en materias de seguridad externa. 10. Mantener un seguimiento de los compromisos asumidos dentro del gabinete sectorial. 11. Construir, coordinar y recabar informes de inteligencia, que coadyuven al cumplimiento de la misión institucional. 12. Realizar la evaluación, seguimiento y monitoreo de los planes programas y proyectos sectoriales e intersectoriales. 13. Mantener actualizado el sistema SIGOB de acuerdo a los diferentes compromisos asumidos en gabinete sectorial y aquellos emitidos por la Presidencia de la República. 14. Monitorear el gasto de invención de las instituciones que pertenecen al Consejo de Seguridad Externa. 15. Realizar el seguimiento y monitoreo de los convenios internaciones de las instituciones que pertenecen al Consejo de Seguridad. 16. Coordinar con SENPLADES, SIGOB y las unidades de planificación la definición de las evaluaciones requeridas. 17. Coordinación y enlace de temas de seguridad externa con la Presidencia de la República. 18. Presentar informes técnicos y situacionales consolidados relacionados a la seguridad externa del país en coordinación con las diferentes instituciones que conforman el Consejo Sectorial. 19. Coordinar con los distintos actores del Consejo Sectorial la información necesaria para los análisis de seguridad externa. 20. Asegurar la coherencia de la política de seguridad externa expresada en el Plan del Buen Vivir y Plan Nacional de Seguridad Integral y la coordinación de la misma con el Ministerio de Defensa Nacional. Ministerio de Relaciones Exteriores, con las instituciones en las fronteras. 21. Identificar iniciativas y proyectos de los actores del Consejo Sectorial y potenciar su ejecución en forma coordinada. 22. Las demás funciones que el Ministro Coordinador y Secretario Técnico dispongan. (CONTINUA). Art (CONTINUACION) ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 11

12 Procesos de Gestión Interna: La Coordinación General de Políticas y Planes de Seguridad Externa, se gestionará a través de los siguientes equipos de trabajo: - GESTION DE POLITICAS DE SEGURIDAD EXTERNA. - GESTION DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE SEGURIDAD EXTERNA. c) Productos: GESTION DE POLITICAS Y PLANES DE SEGURIDAD EXTERNA 1. Políticas de seguridad externa. 2. Políticas de coordinación interinstitucional para potenciar las capacidades de ejecución y respuesta de las instituciones de la coordinación de este Ministerio en lo que se refiere a segundad externa. 3. Lineamientos políticos para lograr diálogos sociales a nivel nacional para la prevención de conflictos que pongan en riesgo la seguridad externa del Estado. 4. Proyectos en zonas de seguridad, que se sustentan en los informes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. 5. Informes coordinados de inteligencia. 6. Agenda estratégica sobre el tratamiento de las acciones necesarias para la construcción del Sistema Nacional de Segundad Integral. 7. Planes y proyectos en los ámbitos de programación anual y plurianual dentro de la planificación estratégica. 8. Lineamientos políticos para el manejo de conflictos de carácter internacional. 9. Agenda anual para la coordinación de temas de seguridad externa con la Presidencia de la República. 10. Informe de recomendaciones para la aplicación de acciones concertadas con los organismos competentes del país sobre políticas de seguridad externa del Estado GESTION DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE SEGURIDAD EXTERNA 1. Informe de control evaluación e impactos de proyectos estratégicos del Consejo Sectorial. 2. Actualización del SIGOB en compromisos presidenciales, convenios internacionales y demás herramientas informáticas para el control seguimiento y evaluación. 3. Informes técnicos concertados con actores sectoriales e intersectoriales sobre temas de seguridad externa. 4. Matriz de ejecución presupuestaria del sector de seguridad externa. 5. Informes de seguimiento y monitoreo de los convenios internaciones de las instituciones que pertenecen a la seguridad externa. 6. Informe de seguimiento a los compromisos asumidos dentro del Gabinete Sectorial. 7. Agendas y convocatorias de Consejo Sectorial. 8. Informe de seguimiento a las acciones tomadas por los miembros del Consejo Sectorial dentro de la seguridad externa. 9. Informe de articulación y concertación sobre la agenda estratégica nacional de seguridad externa. 10. Informe de seguimiento y evaluación de las acciones aprobadas en materias de seguridad externa. 11. Metodología para la coordinación con SENPLADES y el SIGOB. para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores del Plan Nacional de Desarrollo y Plan Nacional de Seguridad Integral. 12. Sistema de seguimiento y evaluación de la gestión interinstitucional de los organismos coordinados dentro de la seguridad externa. 13. Informe anual de gestión. 3. PROCESOS HABILITANTES ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 12

13 3.1 PROCESOS HABILITANTES DE ASESORIA DIRECCION DE ASESORIA JURIDICA Proporcionar seguridad jurídica al Ministerio de Coordinación de Seguridad, sobre la base de la aplicación del ordenamiento legal, en el ámbito de su competencia. b) Atribuciones y responsabilidades: 1. Ejercer el patrocinio judicial institucional. 2. Elaborar contratos, acuerdos, convenios y tratados, para la firma de la autoridad competente. 3. Emitir informes jurídicos de responsabilidad de esta Secretaría de Estado. 4. Absolver consultas internas y externas de orden jurídico relacionadas con el Ministerio. 5. Brindar asesoría jurídica al Ministro y demás unidades administrativas. 6. Asesorar en materia de derecho administrativo para atender requerimientos internos del Ministerio. 7. Asesorar en materia de derecho contractual para atender los requerimientos internos del Ministerio. 8. Procesar y mantener la información jurídica relacionada con la misión. 9. Patrocinar al Ministerio en acciones de carácter constitucional o judicial, sea como actos, demandado, tercero o interesado. 10. Procesar y mantener la información jurídica relacionada con su misión. 11. Representar legalmente al Ministerio en los casos que delegue el Ministro. c) Productos: 1. Demandas y juicios. 2. Patrocinio judicial y extrajudicial. 3. Asesoramiento legal. 4. Criterios y pronunciamientos legales. 5. Proyectos de acuerdos, resoluciones, normas, contratos y convenios. 6. Procesos de contratación pública. 7. Informe de representaciones legales. 8. Proyectos de reglamentos institucionales AUDITORIA INTERNA Aplicar auditorías económicas especiales; con sujeción a las disposiciones legales y normativas vigentes, tendientes a mejorar la gestión del Ministerio. b) Productos: 1. Plan Anual de Control. 2. Informe de la ejecución del plan anual. 3. Auditorías operacionales. 4. Auditorías de gestión. 5. Exámenes especiales. 6. Informe de recomendaciones y sanciones. 7. Informes y pronunciamientos DIRECCION DE COMUNICACION SOCIAL Generar ámbitos de comunicación y difundir adecuada y oportunamente la gestión ministerial a través de los medios de comunicación social y otras formas de información alternativa. ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 13

14 b) Atribuciones y responsabilidades: 1. Asesorar y guiar al Ministro de Coordinación y otras autoridades en su relación y presencia en medios de comunicación a través de entrevistas en vivo, participación en debates, paneles, mesas redondas y programas de análisis de opinión, reuniones con directores de medios y corresponsales extranjeros, visitas a periódicos y revistas. 2. Diseñar y ejecutar un Plan Estratégico de Comunicación Externa (monitoreo de medios, publicaciones, etc.) que permita difundir la gestión del Ministerio. 3. Diseñar y ejecutar un Plan Estratégico de Comunicación Interna (correo interno, publicaciones, carteleras, etc.) para difundir entre el personal información sobre la gestión y los procesos institucionales. 4. Efectuar labores de protocolo y relaciones públicas. 5. Coordinar e implementar estrategias de comunicación e imagen institucional, dirigidos a la ciudadanía. c) Productos: 1. Plan Estratégico de Comunicación Externa. 2. Informe de ejecución del Plan de Imagen Corporativa. 3. Cartelera informativa. 4. Informe de ruedas de prensa y entrevistas. 5. Boletines de prensa, artículos especiales, avisos, trípticos, folletos, memorias y afiches. 6. Material impreso, audio, video, multimedia y virtuales con temas relacionados con la gestión ministerial. 7. Protocolo y relaciones públicas. 8. Plan comunicacional del Ministerio de Coordinación de Seguridad. 9. Plan de coordinación comunicacional del "Plan Ecuador". 10. Archivo gráfico, de prensa y de video. 11. Publicaciones, informes, revistas, avisos de prensa, trípticos, folletos, entre otros. (CONTINUA). Art (CONTINUACION) 3.2 PROCESOS HABILITANTES DE APOYO DIRECCION ADMINISTRATIVA FINANCIERA Apoyar participativamente en el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, a través la gestión de los recursos humanos. financieros, tecnológicos y administrativos, de conformidad con las normas legales con eficiencia, eficacia, transparencia y calidad para satisfacer las necesidades de nuestros clientes internos y externos. b) Atribuciones y responsabilidades: 1. Organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades financieras, de recursos humanos, tecnológicos, administrativas y de gestión documentaría de la institución. 2. Incorporar y asegurar el funcionamiento de controles internos al sistema financiero y cumplir con las normas y procedimientos legales establecidos para el manejo de recursos financieros. 3. Elaborar la planificación estratégica institucional en coordinación con todos los procesos de gestión del Ministerio. 4. Coordinar la elaboración de la pro forma del presupuesto de la institución, en coordinación con las diferentes unidades administrativas, para conocimiento y aprobación del Ministerio. 5. Ejecutar el presupuesto aprobado, preparar las reformas pertinentes y presentar informes de evaluación de ejecución presupuestaria y de la situación financiera de la institución. 6. Dotar de bienes, insumos, servicios e infraestructura básica para el desarrollo de las actividades del Ministerio. 7. Dar soporte a los responsables de los procesos institucionales, con la dotación de los recursos ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 14

15 administrativos requeridos. 8. Aplicar las leyes vigentes en el sector público, para la adquisición de bienes, contratación de servicios y utilización de los mismos. 9. Actualizar los inventarios de los diferentes bienes y servicios del Ministerio. 10. Elaborar y presentar la cédula presupuestaria y los estados financieros de la institución consolidados a nivel nacional. 11. Aprobar 1os informes y planes presentados por los procesos fritemos. 12. Seguimiento y evaluación de los procesos internos. 13. Cumplir las demás obligaciones señaladas en la ley, los reglamentos y normas pendientes. Procesos de Gestión Interna: La Dirección Administrativa Financiera, se gestionará a través de los siguientes equipos de trabajo: - Gestión de Recursos Humanos. - Gestión Financiera. - Gestión Administrativa. - Gestión Tecnológica. c) Productos: GESTION DE RECURSOS HUMANOS Recursos Humanos 1. Informes para contratos de servicios ocasionales, profesionales y de asesoría. 2. Informes, actas y resoluciones de selección del personal. 3. Expedientes actualizados de los servidores. 4. Sumarios administrativos. 5. Informe de evaluación del desempeño. 6. Plan de capacitación formulado y ejecutado. 7. Informes para movimientos de personal. 8. Registros de movimientos de personal (contratos y nombramiento). 9. Absolución de consultas en materia de administración de recursos humanos y remuneraciones. 10. Manual de Clasificación de Puestos por Competencias y Actualizaciones. 11. Plan de capacitación. 12. Planificación del recurso humano. 13. Informes para crear y suprimir puestos. 14. Plan de Bienestar Laboral y Social de los servidores. 15. Informes técnicos y dictámenes de RRHH. 16. Plan de incentivos. 17. Plan de inducción. 18. Distributivo de remuneraciones. 19. Reportes de horas extras. 20. Reportes de control de asistencia. Desarrollo Institucional 21. Informes técnicos para la reestructuración institucional. 22. Portafolio de productos y servicios de la institución. 23. Proyecto de Reglamento o Estatuto Orgánico Institucional. 24. Manual de Procesos y Procedimientos. 25. Plan de Fortalecimiento Institucional. 26. Absolución de consultas en materia de desarrollo institucional. 27. Plan de Mejoramiento y Optimización de Procesos Institucionales. 28. Informes de seguimiento a la implementación de los procesos institucionales. ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 15

16 29. Plan Operativo Anual de la unidad. (CONTINUA). Art (CONTINUACION) GESTION FINANCIERA Presupuesto 1. Pro forma presupuestaria. 2. Reformas presupuestarias. 3. Informe de ejecución presupuestaria. 4. Certificaciones presupuestarias. 5. Cédulas presupuestarias. 6. Programa anual de caja. 7. Programa periódico de caja. 8. Informe de control previo al compromiso. 9. Distributivo de la remuneración mensual unificada. 10. Liquidaciones presupuestarias. Contabilidad 1. Estados financieros y notas aclaratorias. 2. Inventario de bienes muebles e inmuebles valorados. 3. Inventarios de bienes sujetos a control administrativo, valorados. 4. Inventarios de existencias de consumo, valorados. 5. Roles de pago. 6. Informe de control previo al compromiso, referente a contratación pública y consultoría. 7. Liquidaciones de haberes por cesación de funciones y jubilaciones patronales. 8. Liquidación de viáticos y movilización. 9. Informes de liquidaciones de cuentas por pagar. 10. Informe de baja de bienes muebles. Tesorería 1. Informes de garantías y valores. 2. Informe del flujo de caja. 3. Registro del libro bancos y saldos bancarios. 4. Informe de control previo al pago. 5. Informe de declaración y recuperación del IVA e impuesto a la renta. 6. Informes de liquidaciones de cuentas por cobrar. 7. Plan Periódico de Caja. 8. Plan Periódico Anual de Caja. 9. Transferencias GESTION ADMINISTRATIVA Servicios Institucionales 1. Plan Anual de Contrataciones (PAC). 2. Registro Unico de Proveedores de Bienes y Servicios. 3. Informe de procesos levantados al Portal del Sistema Nacional de Compras Públicas. 4. Informe de análisis de proveedores. 5. Informe consolidado de suministros, materiales, equipos, bienes, muebles. 6. Informe de administración de pólizas de seguros. 7. Plan de Mantenimiento de Bienes Muebles e Inmuebles. 8. Cuadros comparativos de ofertas de bienes y servicios. ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 16

17 9. Informe de pedidos de pago y de adquisiciones. 10. Informe de logística y atención a usuarios. 11. Archivo de procesos de adquisiciones. 12. Administración de seguros. 13. Plan de Mantenimiento y Administración de Vehículos. 14. Informe de movilización vehicular. 15. Actas entrega-recepción. 16. Notas de ingreso y egreso. 17. Plan de Servicio de Telecomunicaciones. 18. Plan de Servicio de Transporte. 19. Informes de atención a usurarios internos. Control de Bienes (Bodega) 1. Inventarios de bienes, suministros y materiales. 2. Informe de mantenimiento de bienes. 3. Inventario de suministros y materiales. 4. Informe de ingresos de suministros y materiales de consumo interno. 5. Informe de egresos de suministros y materiales de consumo interno. 6. Actas de entrega y recepción de bienes, suministros y materiales. Documentación y Archivo 1. Ingreso de documentos externos. 2. Egreso de documentos externos. 3. Ingreso de documentos internos. 4. Egreso de documentos internos. 5. Informe de egresos de suministros y materiales de consumo interno GESTION TECNOLOGICA 1. Plan de Desarrollo Informático. 2. Informe de la ejecución del Plan Informático. 3. Plan de Mantenimiento de Software y Hardware. 4. Informe de ejecución de software y hardware. 5. Página web institucional. 6. Informes técnicos para la adquisición de materiales y equipos informáticos MANEJO DE INFORMACION CLASIFICADA Sistematizar y custodiar las informaciones y resoluciones clasificada del Consejo de Seguridad Pública del Estado. b) Atribuciones y responsabilidades: 1. Gestionar las reuniones del Consejo de Seguridad Pública y del Estado (COSEPE). 2. Realizar el seguimiento a las resoluciones adoptadas por el COSEPE. 3. Prestar apoyo técnico administrativo al Ministro en las funciones de Secretario del Consejo Nacional de Seguridad Pública y del Estado. 4. Responsabilizarse de la gestión documental, los archivos y custodia de la información clasificada. 5. Clasificar información de acuerdo a su grado de importancia. 6. Proponer agendas para la realización del COSEPE al Ministro Coordinador y su posterior presentación a la Presidencia de la República. 7. Mantener el registro de los consejos realizados con la correspondiente documentación de respaldo. ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 17

18 8. Sistematizar, calificar y custodiar las informaciones y gestión documental y resoluciones del Consejo de Seguridad Pública del Estado. 9. Custodiar la información clasificada. 10. Proporcionar toda la documentación necesaria al COSEPE para la clasificación y desclasificación de documentación. 11. Realización de actas del Consejo de Seguridad Pública y del Estado. 12. Las demás funciones que el Secretario Técnico y Ministro Coordinador dispongan. c) Productos: 1. Agendas de trabajo del COSEPE. 2. Informe de seguimiento de resoluciones adoptadas por el COSEPE. 3. Ayudas memorias de las reuniones del COSEPE. 4. Registro de documentación clasificada. 5. Transcripción de actas del COSEPE. 6. Actas del COSEPE. DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- Los funcionarios y servidores del Ministerio de Coordinación de Seguridad tienen la obligación de sujetarse a la jerarquía establecida en la estructura orgánica por procesos, así como al cumplimiento de las normas, atribuciones, responsabilidades, productos y servicios, determinados en el presente estatuto. Su inobservancia será sancionada de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes. SEGUNDA.- En el caso de ausencia o impedimento temporal del Ministro Coordinador de Seguridad lo reemplazará el Secretario Técnico, mediante el acto administrativo correspondiente. TERCERA.- En el caso de ausencia o impedimento temporal del Secretario Técnico, lo reemplazará uno de los coordinadores generales de los procesos agregadores de valor, mediante el acto administrativo correspondiente. CUARTA.- Conforme a lo establecido en su misión y objetivos estratégicos, el Ministerio de Coordinación de Seguridad podrá ajustar, incorporar o eliminar productos o servicios de acuerdo a los requerimientos institucionales, siempre y cuando no implique creación, fusión o supresión de unidades administrativas y deberán remitir al Ministerio de Relaciones Laborales para su conocimiento. QUINTA.- Derógase el Acuerdo Ministerial No. 001, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 361 de 17 de junio del 2008 mediante el cual el Ministerio de Coordinación de Seguridad Interna y Externa emite su Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos. SEXTA.- Derógase todas las disposiciones legales que contravengan al presente estatuto. SEPTIMA.- De la ejecución del presente Estatuto Orgánico por Procesos, el cual entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial, encárguese a las diferentes dependencias del Ministerio de Coordinación de Seguridad. Art. 2.- La implementación del presente acuerdo, encárguese al Director Administrativo Financiero, a partir de la publicación en el Registro Oficial. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 2 de agosto del f.) Miguel Carvajal Aguirre, Ministro de Coordinación de Seguridad. ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE COORDINACION DE SEGURIDAD - Página 18

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