DICTAMEN Nº 176 / 2013

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "DICTAMEN Nº 176 / 2013"

Transcripción

1 DICTAMEN Nº 176 / 2013 Materia Sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de daños sufridos en bienes a causa de accidente de tráfico producido por un socavón en una calzada de titularidad municipal (La Puebla de Alfindén, Zaragoza). ANTECEDENTES Primero.- Con fecha 14 de marzo de 2013, se remite al Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén un escrito suscrito por en nombre y representación de X, por el que manifiesta una relación de daños sufridos en sus bienes a causa de accidente de tráfico producido por un socavón en una calzada de titularidad municipal. En dicho escrito, se manifiesta lo siguiente: (...) (...). PRIMERO.- Nuestro representado, en fecha 28 de octubre de 2012, era el propietario del BMW SEGUNDO.- Sobre las 20,00 horas del día 28 de octubre de 2012, X, circulaba, con la diligencia y prudencia debidas y a una velocidad moderada, por la Vía de Servicio que une la gasolinera de Repsol con la autovía A-2, cuando, a la altura del punto Km. 333,5, el vehículo se introdujo en un importante desnivel existente en la calzada de dicha vía de servicio, causándose daños de consideración en el mismo. Los airbags laterales del vehículo saltaron, provocando lesiones al Sr. X. Destacar que el lugar carece de iluminación y los hechos se produjeron por la noche. Se personó en el lugar una dotación de la Guardia Civil de Zaragoza, aportando (...) el parte estadístico y el Atestado instruido. Consta en los citados documentos que la titularidad de la vía en la que se produjeron los hechos es el Ayuntamiento de Alfindén, constando que no hay iluminación, que hay muchos desniveles en la calzada y que, además, su presencia no está señalizada, no siendo, por tanto, visibles a la hora en la que se produjo el accidente. El accidente que nos ocupa se debió a un defectuoso funcionamiento y/o mantenimiento de la vía y a la falta de señalización de tal circunstancia. 1

2 CONSEJO CONSULTIVO DE ARAGÓN (...) CUARTO.- Evaluación económica de la responsabilidad patrimonial: a resultas del siniestro el BMW (...) sufrió desperfectos, cuya reparación asciende a 3.905,24, cantidad que se reclama (...). El Sr. X sufrió lesiones, permaneciendo de baja laboral desde el hasta el (68 días). Se solicita como indemnización por este concepto la cantidad de 4.356,35 a razón de 58,24 /día, incrementado en el 10% de factor de corrección (...). Acompañan al escrito los siguientes documentos: Poder de representación otorgado por el damnificado al abogado que presenta la reclamación. Permiso de Circulación del vehículo siniestrado. Informe estadístico ARENA y atestado de la Guardia Civil. Informe pericial que valora los daños producidos en el vehículo en 3.905,24 euros. Factura emitida por, S.L., por la reparación del vehículo. Informe de Urgencias del Hospital Universitario Donosita, en el que se hacen constar las lesiones padecidas por el reclamante. Partes médicos de baja, confirmación de la baja y alta. Segundo.- Mediante escrito de fecha 27 de marzo de 2013, la Alcaldesa de La Puebla de Alfindén solicita a la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón que emita informe sobre la titularidad de la vía. El 3 de mayo de 2013, se informa desde la Demarcación de Carreteras del Estado que la vía de servicio en la que ha tenido lugar el accidente es de titularidad del Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén. Tercero.- Mediante escrito de fecha 9 de mayo de 2013, se comunica al abogado del reclamante que ha tenido entrada la reclamación de responsabilidad patrimonial. En la misma fecha, la Alcaldesa de La Puebla de Alfindén dicta providencia por la que acuerda incoar el procedimiento de responsabilidad patrimonial, nombrar instructor para el mismo y solicitar informe al Secretario del Ayuntamiento y a la Interventora. Mediante escrito de fecha 13 de mayo de 2013, se comunica al reclamante la incoación del procedimiento de responsabilidad patrimonial. El 14 de mayo de 2013, la Interventora del Ayuntamiento emite Informe manifestando que en la partida presupuestaria Indemnizaciones por responsabilidad patrimonial del Presupuesto Municipal Ordinario no existe crédito suficiente para cubrir la posible responsabilidad patrimonial en que incurra el Ayuntamiento tras la 2

3 tramitación de este expediente. Si bien en la bolsa de vinculación tampoco existe crédito disponible por importe de ,13 euros, por lo que sí existe consignación presupuestaria suficiente para la autorización del gasto de 8.261,59 euros. El 15 de mayo de 2013, la Secretaria del Ayuntamiento emite informe acerca del procedimiento a seguir. Cuarto.- Mediante escrito de fecha 20 de mayo de 2013, se comunica al abogado del reclamante la apertura de un trámite de audiencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del RD 429/1993, de 26 de marzo. Quinto.- El 22 de mayo de 2013, la Alcaldesa remite a la aseguradora MAPFRE copia de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada. Sexto.- La Secretaria del Ayuntamiento hace constar, mediante certificado de fecha 12 de junio de 2013, que el interesado no ha presentado ningún escrito de alegaciones. Séptimo.- El 26 de junio de 2013 tiene entrada en el Ayuntamiento un informe pericial encargado por la aseguradora del mismo (MAPFRE) acerca de las circunstancias del siniestro. En él, el perito hace constar las siguientes manifestaciones: (...) 3. VISITA PERICIAL Una vez recibido el encargo del trabajo por parte de la compañía aseguradora me desplazo al lugar de los hechos y realizo cuantas mediciones y comprobaciones estimo necesarias. La vía de servicio mencionada estaba perfectamente asfaltada y solo quedan las marcas de haber realizado los trabajos de fresado y cambio de asfalto de una parte de la calzada. Varios testigos me confirman que efectivamente esa vía tenía la calzada muy dañada y se reparó en Octubre-Noviembre del año Me remito al Excmo. Ayuntamiento de la localidad y me confirman la mencionada reparación del asfaltado de la vía en esas fechas (...). Analizadas las distintas preguntas solicitadas por la aseguradora, este perito obtiene las siguientes respuestas y documentación: 1. La vía don ocurrió el accidente es propiedad del Ayuntamiento tal y como se demuestra en la carta que se adjunta remitida por el MINISTERIO DE FOMENTO al Ayuntamiento (...). 3

4 CONSEJO CONSULTIVO DE ARAGÓN 2. En cuanto a la iluminación de la vía, indicar que eran las 20 horas del mes de octubre y por tanto era de noche y a pesar de existir farolas la iluminación a esa hora o no funcionaba, o era escasa para ver el bache (según la Guardia Civil sin iluminación ). 3. No existe señalización vertical que delimite velocidades dado que es una vía de aceleración para incorporarse a la autovía A-2 en sentido Madrid. 4. En lo referente al vehículo este perito se ha desplazado a los talleres de la marca BMW situados en Zaragoza donde ha mantenido una conversación con el jefe de taller. Al mostrarle las fotografías del bache y de la rueda me confirma que es normal ese daño ya que son cubiertas de perfil muy bajo (poca sección entre la banda de rodadura y la llanta), y por tanto el neumático tiene muy poco margen elástico por lo que el impacto deforma y rompe la cubierta llegando a impactar directamente el aluminio de la llanta con el extremo del bache. 5. En cuanto al disparo de los airbags el taller indica que debe ser un impacto muy brusco y seco el que haga actuar los sensores. Los airbags que figuran disparados en la reclamación se corresponden a los sensores del lado izquierdo y por tanto confirman que el golpe fue en esa rueda. La factura de daños materiales la encuentra adecuada y se corresponde con las piezas y trabajos que son necesarios según el protocolo de la marca para reponer los daños que aparentemente lleva el coche. (...) En lo referente a la velocidad este perito ha analizado la vía y no existe señalización vertical que limite la velocidad dado que es una vía de aceleración para incorporarse a la A-2. En la calzada se ha comprobado la marca de la reparación de la calzada mediante fresado y reposición de asfalto. La distancia desde la gasolinera a la zona de la calzada reparada es de unos 200 m. y es más que suficiente para acelerar un coche como el siniestrado, lo suficiente para alcanzar la velocidad necesaria para que el impacto hiciese saltar los airbag. (...) 4. CONCLUSIONES De acuerdo a lo expresado en los puntos anteriores este perito obtiene las siguientes conclusiones. El accidente se produce en el lugar indicado y en las fechas indicadas. La vía donde ocurre es propiedad del EXCMO AYUNTAMIENTO. La visibilidad de la calzada a la hora del accidente era muy justa. El disparo del airbag hace pensar que el conductor estaba acelerando para alcanzar velocidad con la intención de incorporarse a la A-2. No se puede afirmar a que velocidad exacta circulaba el mencionado vehículo en el momento del impacto. A mi juicio la conjunción de la existencia del bache, la velocidad de aceleración que llevaba el coche y el perfil súper bajo que llevaba el neumático son los 3 elementos que han originado los daños. 4

5 Mediante escrito de fecha 26 de junio de 2013, se remite el informe pericial al abogado del reclamante. Octavo.- Consta en el expediente la propuesta de resolución elaborada por el instructor del procedimiento, de fecha 2 de julio de 2013, por la que se propone estimar la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por X, por la existencia de relación de causalidad entre el daño sufrido y el funcionamiento de los servicios públicos municipales. Noveno.- Mediante escrito de fecha 19 de julio de 2013, el Consejero de Política Territorial e Interior remite al Consejo Consultivo de Aragón la documentación enviada por el Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén para la emisión del preceptivo dictamen. CONSIDERACIONES JURIDICAS I Tal y como se establece en el dictamen 45/2012, este Consejo Consultivo de Aragón resulta competente para emitir dictamen con carácter preceptivo en los procedimientos de responsabilidad administrativa tramitados por las entidades locales que superen los euros de cuantía, dada la modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, llevada a cabo por la disposición adicional cuadragésima de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible (introducción del apartado 3º en el art. 142) y teniendo en cuenta el conjunto normativo de nuestra propia Ley constitutiva (Ley 1/2009, de 30 de marzo, del Consejo Consultivo de Aragón), en especial sus arts. 13.2, 14.1, y En función de lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la misma Ley 1/2009, resulta competente la Comisión para la emisión del dictamen. I I El Consejo, a la vista del expediente remitido, ha de pronunciarse acerca de si procede o no estimar la reclamación de indemnización económica presentada en relación con los daños sufridos por el reclamante. Por mandato del artículo 12.2 del Reglamento aprobado por R. D. 429/1993 se ha de concretar específicamente la existencia o 5

6 CONSEJO CONSULTIVO DE ARAGÓN inexistencia de relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y los daños producidos, con valoración, en su caso, de los daños habidos y las cuantías y modo de las indemnizaciones, considerando los criterios legales de aplicación. Por lo que se refiere a la normativa aplicable, ha de recordarse que en el Derecho español vigente la institución de la responsabilidad patrimonial de la Administración, constitucionalizada en el art de la Constitución, atribuye a los particulares derecho a ser indemnizados de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, y se cumplan los demás requisitos dispuestos por el ordenamiento jurídico (art. 139 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Los requisitos para que sea declarada la responsabilidad patrimonial de la Administración, según reiterada y pacífica formulación doctrinal y jurisprudencial del régimen de Derecho Positivo sobre la materia, pueden resumirse del siguiente modo: 1º) la efectiva realización del daño o perjuicio evaluable económicamente e individualizado en relación con una persona o grupo de personas; 2º) que el daño o lesión sufrido por el reclamante sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos en una relación directa de causa a efecto sin intervención extraña que pueda influir en el nexo causal; 3º) que el daño o perjuicio no se hubiera producido por fuerza mayor; y 4º) que no haya prescrito el derecho a reclamar (cuyo plazo se fija legalmente en un año, computado desde la producción del hecho o acto que motive la indemnización o desde la manifestación de su efecto lesivo). I I I En el supuesto que nos ocupa, no hay nada que objetar sobre el cumplimiento de los requisitos formales, al haberse presentado la reclamación dentro del plazo legalmente establecido y haber sido dirigida a la Administración Pública competente por persona que ostenta suficiente legitimación para ello. IV Este Consejo, a la vista del expediente remitido, en el que documentalmente constan las actuaciones habidas en la instrucción del procedimiento, ha de pronunciarse acerca de si procede o no estimar la reclamación de indemnización formulada por el reclamante por los daños que estima sufridos a consecuencia del accidente de circulación causado por la existencia de socavones en una calzada de titularidad del Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén. Analizando los requisitos necesarios para que exista la responsabilidad patrimonial de la Administración, debemos destacar que es indudable que se han producido daños, tratándose de perjuicios efectivos, individualizados y económicamente evaluables, tal y como se expresa en el atestado y el informe estadístico emitido por la Guardia Civil, así como en el informe de Urgencias donde se hacen constar las lesiones. 6

7 Entrando ya en el análisis de la relación de causalidad, podemos afirmar que, según la documentación incorporada al expediente (atestado de la Guardia Civil e informe pericial encargado por la aseguradora), ha quedado plenamente acreditado que en la calzada en la que tuvo lugar el siniestro, existían socavones el día de los hechos, concurriendo además la circunstancia de ausencia de iluminación y de señalización vertical que advirtiese la existencia de los baches. Estos desperfectos, unidos a que se trataba de una vía de aceleración para incorporarse a una autovía, provocaron un impacto en el vehículo del reclamante que hizo que se dañase una de sus ruedas y que se disparase uno de sus airbags. En definitiva, existe en este caso una relación de causalidad entre los daños físicos y materiales sufridos por el reclamante y el funcionamiento del servicio público municipal (ya que el mantenimiento de la calzada es competencia del Ayuntamiento titular de la vía). Por lo tanto, el Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén tiene la obligación de responder de los perjuicios causados como consecuencia del funcionamiento (en este caso, anormal) de un servicio público de su titularidad. DICTAMEN: En mérito a lo expuesto, el Consejo Consultivo de Aragón formula el siguiente Que, de conformidad con lo establecido en la propuesta de resolución, procede estimar la reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración interpuesta por X, derivada de daños y perjuicios por el accidente ocurrido a consecuencia de un socavón existente en una calzada del Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén, y, por las razones expuestas en el cuerpo de este Dictamen, otorgar al reclamante la cantidad de 8.261,59 euros. En Zaragoza, a diecisiete de septiembre de dos mil trece. 7

DICTAMEN 198 /2006 ANTECEDENTES

DICTAMEN 198 /2006 ANTECEDENTES DICTAMEN 198 /2006 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración, derivada de accidente de tráfico ocasionado por especie cinegética (cierva) ANTECEDENTES

Más detalles

DICTAMEN Nº 58 / 2014

DICTAMEN Nº 58 / 2014 Consejo Consultivo de Aragón DICTAMEN Nº 58 / 2014 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración por los daños sufridos en inmueble debido a las

Más detalles

DICTAMEN Nº 104 / 2013

DICTAMEN Nº 104 / 2013 Consejo Consultivo de Aragón DICTAMEN Nº 104 / 2013 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de los daños materiales sufridos como

Más detalles

DICTAMEN 283/2006. (Sección 1ª)

DICTAMEN 283/2006. (Sección 1ª) DICTAMEN 283/2006 (Sección 1ª) La Laguna, a 13 de septiembre de 2006. Dictamen solicitado por el Ilmo. Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en relación con la Propuesta de Orden

Más detalles

DICTAMEN 61/06 ANTECEDENTES DE HECHO. Primero

DICTAMEN 61/06 ANTECEDENTES DE HECHO. Primero En Logroño, a 8 de septiembre de 2006, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede, con asistencia de su Presidente, D. Joaquín Espert y Pérez-Caballero, de los Consejeros D.Antonio Fanlo Loras,

Más detalles

DICTAMEN Nº 37 / 2014

DICTAMEN Nº 37 / 2014 Consejo Consultivo de Aragón DICTAMEN Nº 37 / 2014 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de accidente de tráfico ocasionado por

Más detalles

Antecedentes. Consideraciones

Antecedentes. Consideraciones RECOMENDACIÓN 14/2002, DE 15 DE ABRIL, AL AYUNTAMIENTO DE LAZKAO, PARA QUE REVOQUE EL DECRETO DE 31 DE MAYO DE 2000 Y RESUELVA DE NUEVO, RECONOCIENDO LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL QUE DERIVE DE LOS DAÑOS

Más detalles

DICTAMEN 75/08 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero

DICTAMEN 75/08 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero En Logroño, a de 5 de junio de 2008, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede, con la asistencia de su Presidente D. Joaquín Espert y Pérez-Caballero, de los Consejeros D. Antonio Fanlo Loras,

Más detalles

DICTAMEN Nº 61/2010 ANTECEDENTES

DICTAMEN Nº 61/2010 ANTECEDENTES DICTAMEN Nº 61/2010 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la administración derivada de accidente como consecuencia de impacto con un jabalí en la carretera

Más detalles

DICTAMEN Nº 77 / 2013

DICTAMEN Nº 77 / 2013 DICTAMEN Nº 77 / 2013 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia del desbordamiento

Más detalles

DICTAMEN 39/99 ANTECEDENTES DEL HECHO. Antecedentes del asunto. Primero

DICTAMEN 39/99 ANTECEDENTES DEL HECHO. Antecedentes del asunto. Primero En Logroño, a 20 de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, reunido en su sede provisional el Consejo Consultivo de La Rioja, con asistencia de su Presidente D. Ignacio Granado Hijelmo y de los Consejeros

Más detalles

DICTAMEN Nº 44 / 2013

DICTAMEN Nº 44 / 2013 Consejo Consultivo de Aragón DICTAMEN Nº 44 / 2013 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial derivada de las lesiones padecidas como consecuencia del accidente

Más detalles

DICTAMEN 71/03 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero

DICTAMEN 71/03 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero En Logroño, a 10 de octubre de 2003, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede provisional, con asistencia de su Presidente, D. Joaquín Espert y Pérez-Caballero, de los Consejeros D.Antonio

Más detalles

DICTAMEN 61 / 2008 ANTECEDENTES

DICTAMEN 61 / 2008 ANTECEDENTES DICTAMEN 61 / 2008 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración, derivada de la rotura de un cable telefónico como consecuencia de las obras de

Más detalles

DICTAMEN 86/07 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero

DICTAMEN 86/07 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero En Logroño, a 10 de septiembre de 2007, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede, con asistencia de su Presidente, D. Joaquín Espert y Pérez-Caballero, de los Consejeros D. Antonio Fanlo Loras,

Más detalles

ANTECEDENTES. Se deducen del Dictamen. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

ANTECEDENTES. Se deducen del Dictamen. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DICTAMEN: 248/09, 30 de julio MATERIA: Responsabilidad patrimonial DEPARTAMENTO: Gobernación y Administraciones Públicas PONENTE: Susana Sartorio i Albalat Reclamación de indemnización instada por el Sr.

Más detalles

DICTAMEN 195/2009. (Sección 1ª)

DICTAMEN 195/2009. (Sección 1ª) DICTAMEN 195/2009 (Sección 1ª) La Laguna, a 4 de mayo de 2009. Dictamen solicitado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arona en relación con la Propuesta de Resolución del recurso extraordinario

Más detalles

DICTAMEN 139 / 2007 ANTECEDENTES

DICTAMEN 139 / 2007 ANTECEDENTES DICTAMEN 139 / 2007 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de la asistencia sanitaria dispensada en el Hospital Universitario Miguel

Más detalles

DICTAMEN 295/2007. (Sección 2ª)

DICTAMEN 295/2007. (Sección 2ª) DICTAMEN 295/2007 (Sección 2ª) La Laguna, a 26 de junio de 2007. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Consejero de Infraestructuras, Transportes y Vivienda en relación con la Propuesta de Orden resolutoria

Más detalles

DICTAMEN Nº 12 /2013

DICTAMEN Nº 12 /2013 Consejo Consultivo de Aragón DICTAMEN Nº 12 /2013 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de accidente de tráfico ocasionado por

Más detalles

DICTAMEN Nº. 39/2006, de 15 de marzo. *

DICTAMEN Nº. 39/2006, de 15 de marzo. * DICTAMEN 39 DICTAMEN Nº. 39/2006, de 15 de marzo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X, como consecuencia del accidente

Más detalles

Decreto 229/2004, de 2 noviembre

Decreto 229/2004, de 2 noviembre (Disposición Vigente) Decreto 229/2004, de 2 noviembre LARG 2004\304 DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO. Regula la compensación de gastos extraordinarios derivados de accidentes de tráfico acaecidos

Más detalles

DICTAMEN Nº 201 / 2012

DICTAMEN Nº 201 / 2012 Consejo Consultivo de Aragón DICTAMEN Nº 201 / 2012 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de accidente de tráfico producido por

Más detalles

DICTAMEN Nº. 15/2008, de 30 de enero. *

DICTAMEN Nº. 15/2008, de 30 de enero. * DICTAMEN Nº. 15/2008, de 30 de enero. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X, por los daños y perjuicios sufridos en el vehículo

Más detalles

DICTAMEN Nº 17 / 2013

DICTAMEN Nº 17 / 2013 DICTAMEN Nº 17 / 2013 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de daños sufridos en inmueble debido a la rotura de la red de saneamiento

Más detalles

DICTAMEN 381/2006. (Sección 2ª)

DICTAMEN 381/2006. (Sección 2ª) DICTAMEN 381/2006 (Sección 2ª) La Laguna, a 21 de noviembre de 2006. Dictamen solicitado por el Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en relación con la Propuesta de Orden resolutoria

Más detalles

DICTAMEN 258/2005. (Sección 1ª)

DICTAMEN 258/2005. (Sección 1ª) DICTAMEN 258/2005 (Sección 1ª) La Laguna, a 13 de octubre de 2005. Dictamen solicitado por el Ilmo. Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en relación con la Propuesta de Orden resolutoria

Más detalles

Reclamación patrimonial por accidente de tráfico causado por especies cinegéticas del coto de caza municipal. 196/12

Reclamación patrimonial por accidente de tráfico causado por especies cinegéticas del coto de caza municipal. 196/12 ASUNTO: PERSONAL Reclamación patrimonial por accidente de tráfico causado por especies cinegéticas del coto de caza municipal. 196/12 FD ************ INFORME I. ANTECEDENTES. Según los datos aportados

Más detalles

QUE HACER CUANDO NO ESTEMOS CONFORMES CON UNA PERITACIÓN O NO SE OS ENTREGA? RECOMENDACIONES A SEGUIR:

QUE HACER CUANDO NO ESTEMOS CONFORMES CON UNA PERITACIÓN O NO SE OS ENTREGA? RECOMENDACIONES A SEGUIR: QUE HACER CUANDO NO ESTEMOS CONFORMES CON UNA PERITACIÓN O NO SE OS ENTREGA? En ocasiones las compañías de seguros no entregan la peritación antes de comenzar la reparación, o también puede sucede que,

Más detalles

SGON N RLM. Asunto: Tratamiento residual del vehículo del artículo 86.1 c) de la Ley 18/09. Instrucción 10/S-118

SGON N RLM. Asunto: Tratamiento residual del vehículo del artículo 86.1 c) de la Ley 18/09. Instrucción 10/S-118 SGON N RLM Asunto: Tratamiento residual del vehículo del artículo 86.1 c) de la Ley 18/09. Instrucción 10/S-118 El abandono de vehículos por sus titulares constituye una práctica demasiado frecuente en

Más detalles

DICTAMEN 43/2013. (Sección 1ª)

DICTAMEN 43/2013. (Sección 1ª) DICTAMEN 43/2013 (Sección 1ª) La Laguna, a 19 de febrero de 2013. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Propuesta de

Más detalles

DICTAMEN Nº 58 / 2010

DICTAMEN Nº 58 / 2010 DICTAMEN Nº 58 / 2010 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la administración derivada de una solicitud de traslado de expediente para continuar estudios

Más detalles

DICTAMEN 314/2012. (Sección 1ª)

DICTAMEN 314/2012. (Sección 1ª) DICTAMEN 314/2012 (Sección 1ª) La Laguna, a 18 de junio de 2012. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de Tenerife en relación con la Propuesta de Orden resolutoria del procedimiento

Más detalles

Novedades en la regulación jurídica de la Incapacidad Temporal:

Novedades en la regulación jurídica de la Incapacidad Temporal: El pasado 21 de julio se publicó el Real Decreto 625/2014 de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y el control de los procesos de incapacidad temporal (baja) en los primeros

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Dictamen nº: 95/10 Consulta: Alcalde de Madrid Asunto: Responsabilidad Patrimonial Aprobación: 07.04.10 DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, emitido por

Más detalles

para incoar un expediente para la reclamación de las cantidades percibidas de forma indebida.

para incoar un expediente para la reclamación de las cantidades percibidas de forma indebida. Resolución del Ararteko del 23 de mayo por la que se recomienda al Departamento de Servicios Sociales de la Diputación Foral de Álava que revise una suspensión de Prestación Complementaria de Vivienda

Más detalles

DICTAMEN Nº. 65/2005, de 11 de mayo. *

DICTAMEN Nº. 65/2005, de 11 de mayo. * DICTAMEN 65 DICTAMEN Nº. 65/2005, de 11 de mayo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública incoado a instancia de Dª. X, por los daños y perjuicios

Más detalles

DICTAMEN 298/2006. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 298/2006. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 298/2006 (Sección 2ª) La Laguna, a 19 de septiembre de 2006. Dictamen solicitado por el Sr. Alcalde del Ayuntamiento del Puerto de La Cruz en relación con la Propuesta de Orden resolutoria del

Más detalles

Expte. DI-879/2013-4. EXCMO. SR. CONSEJERO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Plaza de los Sitios, 7 50001 ZARAGOZA ZARAGOZA

Expte. DI-879/2013-4. EXCMO. SR. CONSEJERO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Plaza de los Sitios, 7 50001 ZARAGOZA ZARAGOZA Expte. DI-879/2013-4 EXCMO. SR. CONSEJERO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Plaza de los Sitios, 7 50001 ZARAGOZA ZARAGOZA Zaragoza, a 14 de noviembre de 2013 I.- Antecedentes Primero.- Con fecha 3

Más detalles

Antecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko.

Antecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko. Resolución del Ararteko, de 30 de marzo de 2012, por la que se recomienda al Departamento de Servicios Sociales de la Diputación Foral de Álava que deje sin efecto la suspensión del derecho a las prestaciones

Más detalles

DICTAMEN 53/07 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero

DICTAMEN 53/07 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero En Logroño, a 19 de junio de 2007, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede, con asistencia de su Presidente, D. Joaquín Espert y Pérez-Caballero, de los Consejeros D. Antonio Fanlo Loras,

Más detalles

VALORACIÓN ECONÓMICA DE LUCRO CESANTE

VALORACIÓN ECONÓMICA DE LUCRO CESANTE DICTAMEN PERICIAL EMITIDO A PETICIÓN DE CLIENTE, S.L. VALORACIÓN ECONÓMICA DE LUCRO CESANTE CdeA Economista Perito Judicial Miembro del Registro de Economistas Forenses Colegiado en el Colegio de Economistas

Más detalles

ANTECEDENTES. Se deducen del Dictamen. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

ANTECEDENTES. Se deducen del Dictamen. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DICTAMEN: 389/10, de 25 de noviembre MATERIA: Responsabilidad patrimonial DEPARTAMENTO: Gobernación y Administraciones Públicas PONENTE: Ma. Jesús Montoro Chiner Reclamación de indemnización instada por

Más detalles

DICTAMEN Nº 88 / 2011

DICTAMEN Nº 88 / 2011 DICTAMEN Nº 88 / 2011 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de daños ocasionados por accidente de tráfico producido por existencia

Más detalles

DICTAMEN 227/2014. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS

DICTAMEN 227/2014. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS DICTAMEN 227/2014 (Sección 2ª) La Laguna, a 24 de junio de 2014. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de Tenerife en relación con la Propuesta de Resolución del procedimiento

Más detalles

DICTAMEN 68/08 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero

DICTAMEN 68/08 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero En Logroño, a 5 de junio de 2008, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede, con asistencia de su Presidente, D. Joaquín Espert Pérez-Caballero, y de los Consejeros D. Antonio Fanlo Loras,

Más detalles

RECLAMACIONES POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. Que se entiende por responsabilidad patrimonial de la Administración

RECLAMACIONES POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. Que se entiende por responsabilidad patrimonial de la Administración RECLAMACIONES POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Que se entiende por responsabilidad patrimonial de la Administración Cuando una persona física o jurídica causa un daño a otro ya sea intencionadamente, por

Más detalles

DICTAMEN 49 / 2009 ANTECEDENTES

DICTAMEN 49 / 2009 ANTECEDENTES DICTAMEN 49 / 2009 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración, derivada de daños y perjuicios por deficiente asistencia sanitaria concertada

Más detalles

De los antecedentes que obran en el expediente resulta:

De los antecedentes que obran en el expediente resulta: Expediente Núm. 213/2008 Dictamen Núm. 314/2009 V O C A L E S : Fernández Pérez, Bernardo, Presidente Del Valle Caldevilla, Luisa Fernanda Rodríguez-Vigil Rubio, Juan Luis Fernández Noval, Fernando Ramón

Más detalles

DICTAMEN 19/10 ANTECEDENTES DE HECHO. Primero. La indicada Letrada no adjunta a su reclamación ningún informe médico ni documentación de ningún tipo.

DICTAMEN 19/10 ANTECEDENTES DE HECHO. Primero. La indicada Letrada no adjunta a su reclamación ningún informe médico ni documentación de ningún tipo. En Logroño, a 22 de febrero de 2010, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede, con asistencia de su Presidente, D. Joaquín Espert Pérez-Caballero, y de los Consejeros D. Antonio Fanlo Loras,

Más detalles

Antecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko.

Antecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko. Resolución del Ararteko, de 1 de febrero de 2012, por la que se recomienda al Ayuntamiento de Donostia/San Sebastián que deje sin efecto una sanción por infracción de la normativa urbanística. Antecedentes

Más detalles

Antecedentes. Consideraciones

Antecedentes. Consideraciones RECOMENDACIÓN 21/2006, DE 19 DE JULIO, AL AYUNTAMIENTO DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN, PARA QUE ESTIME LA RECLAMACIÓN POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL PRESENTADA POR LOS DAÑOS OCASIONADOS POR UN PIVOTE DE ACCESO

Más detalles

De los antecedentes que obran en el expediente resulta:

De los antecedentes que obran en el expediente resulta: Expediente Núm. 163/2012 Dictamen Núm. 214/2012 VOCALES: Fuente: Consejo Consultivo del Principado de Asturias Fernández Pérez, Bernardo, Presidente Del Valle Caldevilla, Luisa Fernanda Rodríguez-Vigil

Más detalles

sanciones para la represión del dopaje, proponiendo una sanción de privación o suspensión de licencia federativa durante un período de seis meses.

sanciones para la represión del dopaje, proponiendo una sanción de privación o suspensión de licencia federativa durante un período de seis meses. Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 27/2014. En Madrid, a 9 de mayo de 2014. Visto el recurso interpuesto por D. X contra la resolución del Director de la Agencia Española de Protección

Más detalles

Estuve en un accidente de auto Qué debo hacer?

Estuve en un accidente de auto Qué debo hacer? Estuve en un accidente de auto Qué debo hacer? Proteja sus derechos Un accidente de auto es muy estresante. El proceso es complicado y confuso. El objetivo de este folleto es proporcionarle un conocimiento

Más detalles

La Diputació de València, convoca las ayudas que se indican de acuerdo con las siguientes BASES

La Diputació de València, convoca las ayudas que se indican de acuerdo con las siguientes BASES BASES DE CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS (CON NÚMERO DE HABITANTES HASTA 15.000), MANCOMUNIDADES Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE VALENCIA, PARA LLEVAR A CABO

Más detalles

DICTAMEN Nº. 69/2004, de 16 de junio. *

DICTAMEN Nº. 69/2004, de 16 de junio. * DICTAMEN Nº. 69/2004, de 16 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública tramitado a instancia de D. X, a causa de los daños sufridos tras la

Más detalles

Contrato de compraventa de vehículos de ocasión entre particulares. Copia para el comprador

Contrato de compraventa de vehículos de ocasión entre particulares. Copia para el comprador Contrato de compraventa de vehículos de ocasión entre particulares. Copia para el comprador Vendedor (particular) de nacimiento de nacimiento Modelo Matrícula Número de bastidor Número de matrícula Próxima

Más detalles

DICTAMEN 138/2013. (Sección 2ª)

DICTAMEN 138/2013. (Sección 2ª) DICTAMEN 138/2013 (Sección 2ª) La Laguna, a 18 de abril de 2013. Dictamen solicitado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Los Realejos en relación con la Propuesta de Resolución del procedimiento

Más detalles

A la vista de la normativa vigente y de varias sentencias de juzgados y tribunales que se han pronunciado al respecto, concluímos que, a

A la vista de la normativa vigente y de varias sentencias de juzgados y tribunales que se han pronunciado al respecto, concluímos que, a 10/04/14 Multa impuesta con radar móvil sin señalizar Un ciudadano alega que ha sido denunciado por la policía local por exceso de velocidad en la calle Urartea por un radar móvil situado fuera de los

Más detalles

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.*

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.* Página 1 de 5 DICTAMEN Nº 8 # Nº. 8/1999, de 26 de enero.* Expediente relativo al proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Asesor de Radio Televisión

Más detalles

Expte. DI-659/2015-8. EXCMO. SR. RECTOR MAGNIFICO UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA Ciudad Universitaria. Pedro Cerbuna, 12 50009 ZARAGOZA ZARAGOZA

Expte. DI-659/2015-8. EXCMO. SR. RECTOR MAGNIFICO UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA Ciudad Universitaria. Pedro Cerbuna, 12 50009 ZARAGOZA ZARAGOZA Expte. DI-659/2015-8 EXCMO. SR. RECTOR MAGNIFICO UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA Ciudad Universitaria. Pedro Cerbuna, 12 50009 ZARAGOZA ZARAGOZA Asunto: Anulación de matrícula en Estudio Propio de la Universidad

Más detalles

DICTAMEN 388/2013. (Sección 2ª)

DICTAMEN 388/2013. (Sección 2ª) DICTAMEN 388/2013 (Sección 2ª) La Laguna, a 8 de noviembre de 2013. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad en relación con la Propuesta de Orden resolutoria del

Más detalles

DICTAMEN Nº 75 / 2013

DICTAMEN Nº 75 / 2013 Consejo Consultivo de Aragón DICTAMEN Nº 75 / 2013 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada daños por caída atribuida al deficiente

Más detalles

Antecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: +34 945 135 118 Faxa: +34 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko.

Antecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: +34 945 135 118 Faxa: +34 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko. Resolución 2015R-406-15 del Ararteko, de 14 de mayo de 2015, por la que se recomienda al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura que reconozca la puntuación del apartado del baremo relativo

Más detalles

Publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid 08/04/2014, núm 7.144, págs. 5-6

Publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid 08/04/2014, núm 7.144, págs. 5-6 Acuerdo del Pleno de 27 de marzo de 2014, por el que se establece el régimen retributivo del Alcalde, los Concejales y los titulares de los órganos directivos del Ayuntamiento de Madrid Publicado en el

Más detalles

DICTAMEN Nº. 281/2008, de 30 de diciembre. *

DICTAMEN Nº. 281/2008, de 30 de diciembre. * DICTAMEN Nº. 281/2008, de 30 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de Dª. X, por los daños y perjuicios que anuda a

Más detalles

DICTAMEN Nº 18 / 2014

DICTAMEN Nº 18 / 2014 Consejo Consultivo de Aragón DICTAMEN Nº 18 / 2014 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración local derivada de daños en vivienda por filtraciones

Más detalles

Por todo ello, esta Dirección General ha resuelto dictar las siguientes Instrucciones:

Por todo ello, esta Dirección General ha resuelto dictar las siguientes Instrucciones: Ref: 09/646409.9/13 DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y Resolución de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación por la que se dictan instrucciones relativas a la organización y financiación de los

Más detalles

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES Consulta sobre qué conceptos han de entenderse encuadrados dentro de la expresión indemnización por los costes de cobro utilizada por el artículo 200.4 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos

Más detalles

ADIESTRAMIENTO DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Folleto Informativo

ADIESTRAMIENTO DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Folleto Informativo ADIESTRAMIENTO DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS Folleto Informativo ASPECTOS GENERALES Dónde está regulado el adiestramiento de animales potencialmente peligrosos La Ley 50/1999, de 22 de diciembre,

Más detalles

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA La incesante innovación y consecuente modificación normativa

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 147 Miércoles 18 de junio de 2014 Sec. III. Pág. 46201 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL 6441 Acuerdo de 10 de junio de 2014, de la Comisión Permanente del Consejo General

Más detalles

DICTAMEN 209/2011. (Sección 1ª)

DICTAMEN 209/2011. (Sección 1ª) DICTAMEN 209/2011 (Sección 1ª) La Laguna, a 11 de abril de 2011. Dictamen solicitado por la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana en relación con la Propuesta de Orden

Más detalles

Antecedentes. Este expediente administrativo concluyó con la desestimación de la pretensión al entender el ayuntamiento que, conforme al informe de la

Antecedentes. Este expediente administrativo concluyó con la desestimación de la pretensión al entender el ayuntamiento que, conforme al informe de la Pertsona orok du bizitzeko, libre izateko eta segurtasunerako eskubidea (Giza Eskubideen Aldarrikapen Unibertsalaren 3. artikulua) Toda persona tiene derecho a la vida, a la libertad y a su seguridad personal

Más detalles

GUÍA DE ACTUACIÓN 35 BAREMO DE HONORARIOS PROFESIONALES ORIENTATIVOS A LOS EXCLUSIVOS EFECTOS DE LA TASACIÓN DE COSTAS

GUÍA DE ACTUACIÓN 35 BAREMO DE HONORARIOS PROFESIONALES ORIENTATIVOS A LOS EXCLUSIVOS EFECTOS DE LA TASACIÓN DE COSTAS GUÍA DE ACTUACIÓN 35 BAREMO DE HONORARIOS PROFESIONALES ORIENTATIVOS A LOS EXCLUSIVOS EFECTOS DE LA TASACIÓN DE COSTAS Febrero de 2013 Baremo de honorarios profesionales orientativos a los exclusivos efectos

Más detalles

VI CURSO DE REGULACION Y SUPERVISION DE MERCADOS SUDAMERICANOS DE VALORES. Bolivia, del 25 al 28 de octubre de 2005

VI CURSO DE REGULACION Y SUPERVISION DE MERCADOS SUDAMERICANOS DE VALORES. Bolivia, del 25 al 28 de octubre de 2005 VI CURSO DE REGULACION Y SUPERVISION DE MERCADOS SUDAMERICANOS DE VALORES Bolivia, del 25 al 28 de octubre de 2005 CASO PRACTICO DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR PLANTEAMIENTO Los accionistas mayoritarios

Más detalles

VICERRECTORADO DE POSGRADO Y CONVERGENCIA EUROPEA

VICERRECTORADO DE POSGRADO Y CONVERGENCIA EUROPEA homologación a títulos y grados académicos de posgrado, se ha considerado conveniente establecer el siguiente procedimiento en términos análogos al establecido por el Estado, introduciendo algunos aspectos

Más detalles

ANTECEDENTES. Se deducen del Dictamen. FUNDAMENTOS JURÍDICOS. I. Carácter preceptivo del Dictamen

ANTECEDENTES. Se deducen del Dictamen. FUNDAMENTOS JURÍDICOS. I. Carácter preceptivo del Dictamen DICTAMEN: 152/13, de 18 de abril MATERIA: Recurso extraordinario de revisión DEPARTAMENTO: Gobernación y Relaciones Institucionales PONENTE: Mercè Barceló i Serramalera Recurso extraordinario de revisión

Más detalles

De los antecedentes que obran en el expediente resulta:

De los antecedentes que obran en el expediente resulta: Expediente Núm. 235/2006 Dictamen Núm. 210/2006 V O C A L E S : Fernández Pérez, Bernardo, Presidente Bastida Freijedo, Francisco Del Valle Caldevilla, Luisa Fernanda Rodríguez-Vigil Rubio, Juan Luis Fernández

Más detalles

2. Exposición informe Técnico - Económico del expediente C/9/2015 para la Contratación de Pólizas de Seguros para el Ayuntamiento.

2. Exposición informe Técnico - Económico del expediente C/9/2015 para la Contratación de Pólizas de Seguros para el Ayuntamiento. ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA PARA CELEBRAR MESA ÚNICA DE CONTRATACIÓN DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALJARAFE Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS EL DÍA 26 DE OCTUBRE DE 2015 En la ciudad de Mairena del

Más detalles

DICTAMEN 79/08 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del Asunto. Primero

DICTAMEN 79/08 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del Asunto. Primero En Logroño, a 23 de junio de 2008, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede, con asistencia de su Presidente, D. Joaquín Espert Pérez-Caballero, y de los Consejeros D. Antonio Fanlo Loras,

Más detalles

46 Viernes, 1 de febrero 2008 Suplemento n.º 2 al Núm. 22

46 Viernes, 1 de febrero 2008 Suplemento n.º 2 al Núm. 22 46 Viernes, 1 de febrero 2008 Suplemento n.º 2 al Núm. 22 ORDEN MAM/125/2008, de 31 de enero, por la que se convocan ayudas para paliar los daños producidos en Castilla y León por lobos y perros asilvestrados

Más detalles

VOTO A DISTANCIA AMPER S.A.

VOTO A DISTANCIA AMPER S.A. VOTO A DISTANCIA AMPER S.A. Formulario de voto a distancia para la Junta General Ordinaria de Accionistas, que tendrá lugar en la Calle Marconi número 3, 28760 Tres Cantos, Madrid, el día 29 de junio de

Más detalles

DICTAMEN Nº 68. Página 1 de 6. # Nº. 68/1999, de 28 de septiembre.*

DICTAMEN Nº 68. Página 1 de 6. # Nº. 68/1999, de 28 de septiembre.* Página 1 de 6 DICTAMEN Nº 68 # Nº. 68/1999, de 28 de septiembre.* Expediente relativo a las dudas suscitadas en la tramitación de expediente de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública

Más detalles

TERCERO.- Recibida la queja, y asignada su tramitación al Asesor D. Jesús D. López Martín, se realizaron las siguientes actuaciones de instrucción :

TERCERO.- Recibida la queja, y asignada su tramitación al Asesor D. Jesús D. López Martín, se realizaron las siguientes actuaciones de instrucción : Expte. DI-437/2012-10 EXCMO. SR. CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES Edificio Pignatelli 50004 ZARAGOZA I.- ANTECEDENTES individual. PRIMERO.- Con fecha 7-03-2012 se presentó

Más detalles

Resolución del Ararteko, de 26 de noviembre de 2013, por la que se pone fin a la actuación relativa al expediente de queja nº 2279/2013/20

Resolución del Ararteko, de 26 de noviembre de 2013, por la que se pone fin a la actuación relativa al expediente de queja nº 2279/2013/20 Resolución del Ararteko, de 26 de noviembre de 2013, por la que se pone fin a la actuación relativa al expediente de queja nº 2279/2013/20 Antecedentes Se ha recibido en esta institución un número significativo

Más detalles

De los antecedentes que obran en el expediente resulta:

De los antecedentes que obran en el expediente resulta: Expediente Núm. 15/2014 Dictamen Núm. 24/2014 V O C A L E S : Fernández Pérez, Bernardo, Presidente García Gutiérrez, José María Zapico del Fueyo, Rosa María Fernández Noval, Fernando Ramón Secretario

Más detalles

DICTAMEN 79 / 2004. De los ANTECEDENTES resulta:

DICTAMEN 79 / 2004. De los ANTECEDENTES resulta: DICTAMEN 79 / 2004 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración, derivada de daños y perjuicios por la asistencia sanitaria prestada en el Hospital

Más detalles

I. Declaración de siniestro.

I. Declaración de siniestro. I. Declaración de siniestro. ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL PROTOCOLO DE ACTUACIONES El conocimiento de la reclamación formulada contra el Letrado asegurado puede

Más detalles

DICTAMEN JURIDICO SOBRE LA VALIDEZ DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD EN FORMATO ELECTRÓNICO EN EL ÁMBITO NORMATIVO DE LA SEGURIDAD PRIVADA

DICTAMEN JURIDICO SOBRE LA VALIDEZ DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD EN FORMATO ELECTRÓNICO EN EL ÁMBITO NORMATIVO DE LA SEGURIDAD PRIVADA DICTAMEN JURIDICO SOBRE LA VALIDEZ DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD EN FORMATO ELECTRÓNICO EN EL ÁMBITO NORMATIVO DE LA SEGURIDAD PRIVADA 1. CUESTION OBJETO DE LA PRESENTE CONSULTA Se somete

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento

Más detalles

Exención del impuesto a la Indemnización por accidente laboral

Exención del impuesto a la Indemnización por accidente laboral Exención del impuesto a la Indemnización por accidente laboral ROS-PELEGAY ABOGADOS ACCIDENTES LABORALES EN ARAGÓN Exención del impuesto a la indemnización por accidente laboral 1 1. Introducción al problema:

Más detalles

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso num. 187/2007

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso num. 187/2007 Madrid, a diecisiete de septiembre de dos mil ocho. VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso num. 187/2007 interpuesto por D. Ramón representado

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE E DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 154/2012 Resolución nº 173/2012 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 8 de agosto de 2012. VISTO el recurso interpuesto por D. A.R.D.L.F. en representación

Más detalles

en materia de Seguros

en materia de Seguros en materia de Seguros Javier López García de la Serrana Abogado Doctor en Derecho Director de HispaColex LA CONSIDERACIÓN DE CLÁSULA OSCURA LLEVA A INDEMNIZAR POR LA MÁXIMA CANTIDAD GARANTIZADA, EN APLICACIÓN

Más detalles

DICTAMEN 273/2014. (Sección 1ª)

DICTAMEN 273/2014. (Sección 1ª) DICTAMEN 273/2014 (Sección 1ª) La Laguna, a 22 de julio de 2014. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de Tenerife en relación con la Propuesta de Resolución del procedimiento

Más detalles

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 80/2014.

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 80/2014. Y Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 80/2014. En Madrid, a 13 de junio de 2.014 Visto el recurso interpuesto por D. X, en representación de la Federación G. de Remo contra la resolución

Más detalles

Autorización Ambiental Integrada

Autorización Ambiental Integrada Autorización Ambiental Integrada 5 Material didáctico Área Temática Coordinación con otros mecanismos de intervención ambiental MATERIAL DIDÁCTICO UNIDAD DIDÁCTICA Coordinación con el procedimiento de

Más detalles

Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006

Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006 Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006 La consulta se refiere al mantenimiento, conservación y cancelación del número de

Más detalles