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1 Política de Prevención y Asistencia del Consumo Perjudicial de Tabaco y Alcohol y del Uso de Drogas Ilícitas de la Universidad Católica Silva Henríquez Aprobado por el Consejo Universitario, sesión ordinaria del Santiago, octubre de 2008

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3 ÍNDICE I. Principios Generales 7 Fundamentos 7 Principios 8 II. Normativa 9 III. Estrategias de Prevención De la estrategia Preventiva De los programas de Prevención 12 IV. Medidas disciplinarias y sanciones Estudiantes Trabajadores Generales 15 V. Orientación y asistencia 15 VI. Responsabilidad de la Comunidad 16 VII. Circuito de acción para situaciones de Consumo de Alcohol 17 y Drogas ilícitas. VIII. Difusión de la Política 20 Política de Prevención y Asistencia... 5

4 Política de Prevención y Asistencia del Consumo Perjudicial de Tabaco y Alcohol y del Uso de Drogas Ilícitas de la Universidad Católica Silva Henríquez. I. PRINCIPIOS GENERALES Fundamentos La Universidad Católica Silva Henríquez (UCSH) es una institución de educación superior católica y salesiana, que constituye una comunidad de estudiantes, académicos y personal de gestión, cuya misión es promover de forma rigurosa, crítica y propositiva, el desarrollo de la persona humana y de la sociedad chilena, principalmente por medio de la formación superior y complementada con la investigación y el servicio a la comunidad, a partir de un modelo inspirado por el sistema educativo salesiano. 1 De esta forma, la UCSH pretende ser un instrumento para el desarrollo de las personas y del país, para lo cual y en fidelidad a su identidad, guía su accionar, comparte y promueve los siguientes valores: a) la libertad académica, salvaguardando los derechos de la persona y de la comunidad dentro de las exigencias de la verdad y el bien común, b) una concepción de persona inspirada en el Evangelio que la pone en el centro de la vida y la promueve en su integridad y en cuanto sujeto de conciencia, libertad y responsabilidad, c) un sentido ético que pone énfasis en la promoción de la justicia y de una cultura de la solidaridad, d) un diálogo entre culturas y religiones diversas, entre cultura-ciencia-técnica y fe que facilite la inculturación del Evangelio, e) una sensibilidad académica al mundo de los jóvenes para colaborar con ellos y desde ellos en el desarrollo de sus talentos y en la superación de sus nuevas y actuales pobrezas, y f) una perspectiva ecológica integral atenta a la preservación de la naturaleza y a la distribución más sustentable y equitativa de los recursos. 2 En este marco, siendo consecuente con lo planteado en su Modelo de Formación respecto al brindar una formación con calidad y a su inspiración en el Sistema Preventivo vivido por Don Bosco y el Cardenal Silva Henríquez 3, la UCSH decide abordar el tema del uso de tabaco, alcohol y drogas elaborando e implementando la presente Política de Prevención y Asistencia del uso de drogas ilícitas y consumo perjudicial de tabaco y alcohol. 1. UCSH, Plan de Desarrollo Estratégico , Edic. UCSH: Stgo. de Chile, 2006, p UCSH, Documento de Trabajo: Síntesis Proyecto Institucional: Plan de Desarrollo Estratégico Santiago, 2007, p El Modelo de Formación de la UCSH se sustenta en 3 ejes: una formación con calidad, identidad y con responsabilidad. Dentro de estos ejes el Sistema Preventivo enfatiza la pedagogía en el ambiente comunitario, la pedagogía de la mediación cultural, la pedagogía de la aproximación a la propia realidad cultural, social y eclesial y la pedagogía del acompañamiento personal. UCSH, Modelo de Formación de la Universidad Católica Cardenal Silva Henríquez, Edic. UCSH: Stgo de Chile, Política de Prevención y Asistencia... 7

5 Principios 1. La UCSH entiende que el consumo perjudicial de tabaco y alcohol y el uso de drogas ilícitas es un problema humano y social presente a nivel mundial, que involucra a toda la sociedad y a la comunidad universitaria. 2. La UCSH afrontará esta problemática desde su misión, principios y valores identitarios, centrando su quehacer en la búsqueda del desarrollo integral de la persona humana, la responsabilidad social hacia la comunidad y el progreso del país. 3. La UCSH, a partir de su concepción de persona inspirada en el Evangelio, considera a cada una de las personas que conforman la comunidad universitaria como seres conscientes, libres y responsables. 4. La Política de prevención y asistencia será aplicada a toda la comunidad incluyendo estudiantes y personal de la universidad. 5. La UCSH estima que el uso del tabaco, el alcohol y las drogas (lícitas o ilícitas) 4 pueden derivar en conductas de riesgo que en algunos casos conllevarán daños a la salud física y psicológica de la persona, afectando negativamente su calidad de vida individual, familiar y social, afectando negativamente la convivencia social y la consolidación de los proyectos de vida; además de los costos académicos, personales, laborales, económicos y sociales que pueden resultar lesionados. 6. La UCSH considera que las conductas de riesgo asociadas al uso de tabaco, alcohol y drogas son susceptibles de prevenir 5, por lo que se compromete a realizar las acciones que sean necesarias, garantizando espacios académicos y comunitarios que permitan una sana convivencia. 7. La UCSH entiende que la prevención consiste en un esfuerzo educativo constante y diverso que procura el desarrollo integral de la persona, así como favorecer su proceso de maduración, para que el contacto con el tabaco, el alcohol y las drogas, de producirse, no lleve al abuso o dependencia de las mismas. Así, busca intervenir para fomentar estilos y hábitos de vida saludables que actúen como elementos de protección frente al uso indebido de sustancias. 4. Para establecer esta diferenciación se consideró lo planteado en la Ley de drogas N La prevención puede definirse en sentido amplio como la acción y el efecto de las intervenciones diseñadas para cambiar los determinantes individuales, sociales y ambientales del abuso de tabaco, alcohol y drogas legales e ilegales, incluyendo tanto evitar el inicio al uso de drogas como la progresión a un uso más frecuente o regular entre poblaciones en situación de riesgo (UNDCP, 2000). Es educar, porque se trata de promover el desarrollo integral de la persona y de favorecer su proceso de maduración, para que el contacto con las drogas, de producirse, no lleve al abuso o dependencia de las mismas. Habrá que intervenir para fomentar estilos y hábitos de vida saludables que actúen como elementos de protección frente al uso indebido de sustancias (Plan Nacional Sobre Drogas, 1999). 8 Universidad Católica Silva Henríquez

6 8. Las medidas disciplinarias y sanciones que se establecen en la presente política, buscan ser elementos educativos que permitan a la persona responsabilizarse por sus decisiones y conductas, a la vez que pretenden facilitar el reconocimiento de la existencia de un problema y, especialmente, la búsqueda de soluciones al mismo. 9. La UCSH asumirá un rol de orientación y apoyo en aquellos casos en que la conducta de riesgo haya derivado en un consumo problemático (ver anexo Nº 1), procurando asistir a la persona que desee superar dicho problema. 10. La Política de Prevención y Asistencia del consumo perjudicial de tabaco y alcohol y del uso de drogas ilícitas de la Universidad Católica Silva Henríquez, se encuentra enmarcada dentro de las disposiciones legales vigentes en nuestro país, por lo cual, y conforme a lo también establecido en los Reglamentos internos de esta casa de estudios, la venta y el tráfico de drogas es una conducta reprobable y contraria a la legislación vigente. Los principios, disposiciones y normas emanadas de esta Política no eximen a la UCSH de la obligación de cumplir y hacer cumplir las leyes vigentes en el país en estas materias. 11. La UCSH velará por implementar la presente Política de Prevención y Asistencia del consumo perjudicial de tabaco y alcohol y del uso de drogas ilícitas de la Universidad Católica Silva Henríquez desarrollando las acciones necesarias para difundir ampliamente e implementar a cabalidad las disposiciones señaladas en el presente documento. Además de realizar anualmente una evaluación de la implementación y los programas de prevención asociados a la misma. 12. Será responsabilidad de la Dirección de Personal y Bienestar Institucional de la UCSH velar por el fiel cumplimiento de esta Política, promoviendo las acciones necesarias para su implementación y constante mejoramiento, contando para ello con el permanente acompañamiento y consejo del Equipo Técnico Asesor de la UCSH en estas materias 6. Asimismo, cada miembro de la comunidad universitaria es responsable de conocer y llevar a la práctica los principios y normativas de esta Política. II. NORMATIVA La UCSH considera que los miembros de la comunidad educativa son personas conscientes, libres y responsables. En este entendido se establece en la presente Política de Prevención y Asistencia del consumo perjudicial de tabaco y alcohol y del uso de drogas ilícitas de la Universidad Católica Silva Henríquez, un conjunto de regulaciones y aspectos normativos acerca de las siguientes conductas desarrolladas en las dependencias de la universidad tanto por estudiantes como por personal de gestión, académicos y autoridades universitarias: 1. El consumo, producción, venta y tráfico de drogas ilícitas está prohibido en las dependencias de la Universidad, así como en todas las actividades patrocinadas u organizadas por la UCSH. 6. Las funciones y composición del Equipo Técnico Asesor se encuentran especificadas en la Resolución de Rectoría N 2007/013. Política de Prevención y Asistencia... 9

7 2. El consumo de alcohol está prohibido en las dependencias de la institución, pudiendo ser autorizado sólo en actividades específicas y cerradas. Se entenderá por actividad cerrada aquellas en las cuales los participantes cumplan con alguna de las siguientes condiciones: a) pertenecer o estar vinculado(a) a la comunidad educativa y/o b) haber recibido invitación personalizada que permita su identificación. Las actividades abiertas a todo público no pertenecen a esta categoría. 3. Será facultad de la Dirección de Personal y Bienestar Institucional el autorizar este consumo. 4. No se permitirá el consumo de alcohol en actividades abiertas a la comunidad que se realicen en las dependencias o con el patrocinio de la Universidad. 5. En actividades desarrolladas en las dependencias de la institución o en actividades patrocinadas u organizadas por ésta, no se permitirá publicidad que estimule el consumo de alcohol y/o tabaco. 6. El uso de logotipos de cigarrillos o bebidas alcohólicas como auspiciadores de actividades organizadas o patrocinadas por la UCSH estará prohibido. 7. No está permitida la venta de alcohol en las dependencias de la Universidad, así como en todas las actividades patrocinadas u organizadas por la UCSH. Se entiende incorporado a esta normativa lo señalado en el Reglamento del Estudiante de Pre-Grado, Artículo 47º relativo a actos contrarios a la condición y dignidad de estudiante de la Universidad, considerados como faltas graves: e. Presentarse a cumplir actividades o permanecer en recintos universitarios con demostraciones de haber consumido alcohol o drogas. f. Consumir, vender o traficar alcohol o drogas en los recintos de la Universidad. La venta de alcohol y el tráfico de drogas deberá ser denunciado, además, a los Tribunales de Justicia competentes. En el caso de los trabajadores de la Universidad, se entiende incorporado a esta normativa el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, que establece en el Libro I, Título VII, Artículo 33, que queda estrictamente prohibido a los trabajadores: 16. Presentarse al trabajo en estado de ebriedad o drogado, traficar, vender y/o consumir drogas, estupefacientes, o bebidas alcohólicas y/o introducir dichas especias al establecimiento. 17. Fumar dentro de los recintos de la Universidad, salvo en sus patios o espacios habilitados al aire libre 7 7. UCSH, Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, Universidad Católica Silva Henríquez

8 Además, el mismo reglamento señala en su Libro II, Título III, Artículo 8 : En el caso que algún trabajador de la Universidad esté usando medicamentos de venta controlada por receta médica, sin la debida prescripción, la Universidad lo considerará como consumo no justificado de sustancias controladas. La trasgresión de esta normativa es de responsabilidad individual. III. ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN La UCSH define la presente Política como eminentemente preventiva, considerando que la prevención debe ser vista como una estrategia de intervención continua, innovadora y basada en evidencia científica, que busca cambiar los determinantes individuales, sociales y ambientales del uso de drogas ilícitas y del consumo perjudicial de tabaco y/o alcohol, procurando evitar tanto el inicio del uso, como la progresión a un consumo más perjudicial. 1. De la estrategia preventiva a. La UCSH considera que una estrategia preventiva efectiva necesita incorporar elementos relativos a: Información, autoimagen y autosuperación, toma de decisiones, control emocional, entrenamiento en habilidades sociales, utilización del tiempo libre, tolerancia y cooperación, y comunicación y relaciones familiares 8. b. Las estrategias preventivas son parte de un programa permanente de intervenciones, cuyas acciones se potencien a lo largo del tiempo; llevándose a cabo estrategias preventivas universales, selectivas y/o indicadas (ver anexo Nº2). c. Estas estrategias estarán determinadas por las conductas de riesgo identificadas para los diversos grupos que componen la comunidad universitaria, y por los resultados de las evaluaciones de las acciones y programa de prevención. d. Se capacitará en materias relacionadas con el uso de drogas y consumo perjudicial de tabaco y alcohol, a las personas responsables de la aplicación de esta Política, sean estas autoridades universitarias, encargados de unidades de gestión, docentes permanentes, miembros del comité paritario, o dirigentes estudiantiles, entre otros. e. La formación de monitores-pares en conductas saludables, será motivada en cada uno de los estamentos de la comunidad universitaria. Especial énfasis tendrá la formación de estudiantes que voluntariamente deseen sumarse a esta actividad. 8. Center for Substance Abuse Prevention. (2000). Annual summary: Effective prevention principles and programs. Rockville: SAMHSA. Política de Prevención y Asistencia... 11

9 f. El Plan Común de Universidad tendrá un rol central en el desarrollo de actividades curriculares que incluyan temáticas de autocuidado, prevención de las conductas de riesgo y su relación con el logro de una adecuada salud física y mental. g. La inclusión de contenidos preventivos transversales en la formación de los estudiantes, será fomentada a través de la incorporación de temáticas preventivas relevantes a cada programa de formación (por ejemplo: ética profesional). h. Se privilegiará el desarrollo de actividades extracurriculares que fomenten y refuercen los factores protectores y prevengan conductas de riesgo. i. Además, se buscará implementar acciones preventivas que involucren a la comunidad (barrio) en la cual se encuentra inserta la UCSH. j. Será responsabilidad de la Dirección de Personal y Bienestar Institucional, a través de Bienestar Institucional incorporar en su presupuesto recursos que permitan llevar a cabo las acciones preventivas comprometidas en el Programa anual de prevención del uso de drogas ilícitas y consumo perjudicial de tabaco y alcohol. 2. De los programas de prevención a. Anualmente se desarrollará un programa de prevención, que involucre actividades dirigidas a todos los miembros de la comunidad educativa. b. Este programa deberá ajustarse al calendario académico de la Universidad. c. Para que una actividad sea preventiva debe cumplir, como mínimo, los siguientes requisitos 9 : - Debe partir del conocimiento del problema y de las características específicas que presenta en el colectivo al que se dirige la actividad. - Debe basarse en alguna teoría o hipótesis sobre las causas o los factores que determinan la aparición del problema. Implica, por tanto, el conocimiento de los factores de riesgo y de protección. - Debe consistir en un conjunto de medios y procedimientos para modificar aquellos factores determinantes. Esto significa que se deberán cumplir unas exigencias metodológicas para la planificación, ejecución y evaluación de la intervención. d. El programa de prevención anual incluirá la realización de acciones pertinentes a las características de los grupos destinatarios (universales, selectivas o indicadas), adecuando los discursos y metodologías a los mismos. 9. Calafat, A. & Amengual, M. (1999). Actuar es posible: Educación sobre el alcohol. Madrid: Plan Nacional Sobre Drogas. 12 Universidad Católica Silva Henríquez

10 e. El programa de prevención debe ser evaluado en relación al cumplimiento o no de las actividades propuestas, dificultades y aciertos, temas emergentes, cobertura de las iniciativas, etc. f. Los resultados de la evaluación anual deberán ser dados a conocer a los miembros de la comunidad educativa. IV. MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y SANCIONES Son actos contrarios a la presente Política las siguientes conductas de los miembros de la comunidad educativa: a. El consumo y el porte de drogas ilícitas en las dependencias de la universidad y en todas las actividades organizadas o patrocinadas por la institución. b. Venta de alcohol y su consumo no autorizado en las dependencias y actividades patrocinadas por la UCSH. c. Embriaguez y/o intoxicación debido al uso de alcohol y/o drogas ocurridas en los espacios físicos de la UCSH o en cualquier actividad organizada o patrocinada por ésta, inclusive si esto ocurriese en actividades que cuentan con autorización para el consumo de alcohol. d. Presentarse a cumplir actividades o permanecer en recintos universitarios con demostraciones de haber consumido alcohol o drogas. e. La venta y tráfico de drogas ilícitas es una falta grave, que además de ser sancionada, deberá ser denunciada a los Tribunales de Justicia competentes. La ocurrencia de los actos indicados en las letras a), b), c), d) y e) serán considerados faltas graves. 1. Los estudiantes Los estudiantes que incurran en cualquiera de las conductas mencionadas en el párrafo precedente, podrán ser sancionados académica y administrativamente por la Comisión de Ética Estudiantil, previa investigación o sumario, según lo indicado en el Artículo 48 del Reglamento del Estudiante 10. Las sanciones que pueden imponerse y que se ingresarán al registro curricular del estudiante, serán: - Amonestación por escrito, cuando la falta no sea grave. - Asistencia a un taller de prevención. 10. UCSH, Reglamento del Estudiante de Pre-Grado, 2005, pág. 21. Política de Prevención y Asistencia... 13

11 - Desarrollo de trabajos comunitarios. - Pérdidas de beneficios académicos (intercambios, ayudantías, etc.). - Suspensión de la condición de estudiante por un plazo que no exceda de dos semestres ordinarios de estudio. - Pérdida de la condición de estudiante. - Expulsión. Los estudiantes no serán sancionados con la pérdida de beneficios socioeconómicos, salvo en casos de reincidencia. Las medidas disciplinarias y/o sanciones serán proporcionales a la gravedad de las normas transgredidas y de la reincidencia de éstas. La reincidencia será considerada siempre como una situación grave, que en algunos casos puede requerir de medidas alternativas, como la recomendación de una evaluación psicológica especializada. En estos casos, el estudiante puede recurrir a Bienestar Institucional para ser orientado en relación a lugares especializados en estas materias con los cuales la Universidad tenga convenio. 2. Los Trabajadores Los trabajadores que incurran en cualquiera de las conductas mencionadas anteriormente, podrán ser sancionados administrativamente por la Comisión de Ética de Personal, previa investigación o sumario. Las sanciones que pueden imponerse y que se ingresarán a la hoja de vida del trabajador, serán: - Amonestación por escrito suscrita por el jefe directo o por la Dirección de Personal y Bienestar Institucional de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad. - Carta compromiso suscrita por el trabajador afectado, en la cual se compromete a rectificar su conducta anterior negativa Asistencia a un taller de prevención. - Pérdidas de beneficios laborales (asistencia a capacitaciones, ascensos, recomendaciones, etc.). - Desvinculación de la institución. Los trabajadores no serán sancionados con la pérdida de beneficios socioeconómicos, salvo en casos de reincidencia. 11. Center for Substance Abuse Prevention. (2000). Annual summary: Effective prevention principles and programs. Rockville: SAMHSA. 14 Universidad Católica Silva Henríquez

12 3. Generales Las medidas disciplinarias y/o sanciones serán proporcionales a la gravedad de las normas transgredidas y de la reincidencia de éstas. La reincidencia será considerada siempre como una situación grave, que en algunos casos puede requerir de medidas alternativas, como la recomendación de una evaluación psicológica especializada. En estos casos, y en concordancia con lo planteado por el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, el trabajador puede recurrir a Bienestar Institucional para ser orientado en relación a lugares especializados en estas materias con los cuales la Universidad tenga convenio, y hasta su completa rehabilitación. 12 La persona que reconociendo el consumo de drogas y/o el uso perjudicial de tabaco y/o alcohol, solicitase voluntariamente asistencia para superar su problema, no será sometida a medidas disciplinarias y sanciones. V. ORIENTACIÓN Y ASISTENCIA 1. La UCSH entiende que el uso de drogas y el consumo perjudicial de tabaco y/o alcohol pueden ser la causa de problemas físicos, psicológicos, familiares y sociales, que dificultarán el desarrollo integral de la persona y requerirán de la intervención de instituciones especializadas en el tema. 2. En los casos de estudiantes o funcionarios que presenten consumos problemáticos y que voluntariamente requieran o soliciten ayuda, éstos deberán someterse a una evaluación especializada que permita determinar, según la situación particular de cada persona, la mejor alternativa de apoyo y tratamiento. 3. Además, toda persona que necesite someterse a un proceso de tratamiento especializado contará con el apoyo académico, laboral y profesional, según le corresponda, de acuerdo a su respectiva dependencia funcionaria o estudiantil en particular (unidad académica, jefatura, etc.), así como de la comunidad educativa en general. 4. La Dirección de Personal y Bienestar Institucional brindará la orientación y asistencia necesaria a quien lo solicite, para lo cual establecerá convenios de atención con instituciones especializadas de conocido prestigio en el campo del tratamiento del consumo perjudicial de tabaco, alcohol y/o drogas. 5. La UCSH, a través de su servicio de Bienestar Institucional, establecerá convenios con instituciones especializadas en el tratamiento del abuso de alcohol y/o drogas, que permitan contar con aranceles preferenciales para los miembros de la comunidad universitaria. 12. UCSH, Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, Política de Prevención y Asistencia... 15

13 6. La UCSH aportará con un copago solidario a los gastos de estos tratamientos. El monto a pagar por la Universidad se establecerá, para cada caso en particular, de acuerdo a una evaluación socioeconómica realizada por la Dirección de Personal y Bienestar Institucional, pudiendo llegar a cancelarse, en los casos que así lo ameriten, el costo total del tratamiento. 7. La Universidad proporcionará este beneficio de hasta un cien por ciento del costo total del tratamiento por una vez. En los casos de estudiantes y funcionarios que experimenten una recaída y requieran nuevamente de intervención especializada, el copago solidario tendrá un límite superior de hasta un cincuenta por ciento del costo total de tratamiento. Tratamientos posteriores no contarán con el beneficio del copago solidario. VI. RESPONSABILIDAD DE LA COMUNIDAD Será responsabilidad de cada miembro de la comunidad, estudiante o trabajador, dar cumplimiento a las normas establecidas en la presente Política, así como a los procedimientos descritos en el Reglamento a que alude. En términos generales, todo integrante de la comunidad universitaria deberá cumplir con lo siguiente: a) Conocer y practicar lo establecido en la presente Política; esto es, reconocer el consumo responsable de tabaco y alcohol como parte de nuestra sociedad y cultura, previniendo su consumo perjudicial. b) Responsabilizarse por la prevención tanto del consumo de todo tipo de sustancias ilícitas al interior de la Universidad, como por aquellas acciones prohibidas por la reglamentación interna. c) Notificar todo incumplimiento o falta a lo estipulado en los capítulos de esta Política, siguiendo para ello, los procedimientos indicados en su Reglamento. Las instancias encargadas de investigar los incumplimientos de esta Política y su Reglamento serán: a) para el caso de los estudiantes, la Comisión de Ética Estudiantil y b) para los trabajadores, la Comisión de Ética de Personal. Las responsabilidades específicas asociadas a cada uno de los integrantes de la comunidad universitaria, serán debidamente detalladas en el Reglamento respectivo. 16 Universidad Católica Silva Henríquez

14 VII. CIRCUITO DE ACCIÓN PARA SITUACIONES DE CONSUMO DE ALCOHOL Y/O DROGAS ILÍCITAS. A continuación, se describe el procedimiento general que actuará como modelo de acción en caso que algún miembro de la comunidad universitaria reciba información o bien sea testigo de algún incumplimiento relacionado con el consumo de alcohol y/o drogas ilícitas, de acuerdo a lo que señala la presente Política y su Reglamento. I. Incumplimiento de los Estudiantes 1. Para el caso de haber recibido información, se deberá evaluar criteriosamente el grado de seriedad e importancia de la misma, asegurándose que los datos comprometen la identidad de algún(os) estudiante(s) en una acción indebida en relación al consumo o asociada al mismo. La acción a realizar dependerá según se trate de: a) Autoridad Académica 13 : La autoridad académica deberá corroborar los antecedentes que se le entregaron y dependiendo de la gravedad de la situación podrá citar al estudiante a una entrevista personal para recabar mayor información o enviar el caso directamente a la Comisión de Ética Estudiantil. b) Autoridad de Gestión 14 Docente: La autoridad de gestión, así como el o la docente, deberán informar del caso al Director de la Unidad Académica respectiva quien procederá de acuerdo a lo estipulado en la letra a) del párrafo anterior. En caso de desconocer la Unidad Académica a la que pertenece el o los estudiantes involucrados, la autoridad de gestión o el o la docente, deberán notificar al Coordinador del Área Estudiantes de la VRA, para que sea éste quien pesquise ese antecedente y luego, informe al Director de la Unidad Académica correspondiente quien presentará el caso a la Comisión de Ética Estudiantil. c) Personal de Apoyo a la Gestión/Estudiante: Notifica al Coordinador de Área Estudiantes de la VRA poniendo a su disposición el (los) nombre(s) del (de los) involucrados y la información que maneje hasta entonces, 13. Se entenderá por Autoridad Académica a quienes ocupen los siguientes cargos: Vicerrector Académico y Directivos de Unidades Académicas. 14. Se entenderá por Autoridad de Gestión a quienes ocupen los siguientes cargos: Directivos de Unidades de Gestión Política de Prevención y Asistencia... 17

15 quien deberá presentar el caso al Comité de Ética Estudiantil, previa entrevista con el o los involucrados, si así lo estima pertinente, e informar al Director de la Unidad Académica respectiva. 2. Para el caso de ser testigo de una falta por consumo de alcohol y/o drogas ilícitas, la acción a realizar dependerá según se trate de: a) Autoridad Académica/Autoridad de Gestión: Interviene directamente en la situación gestionando que el estudiante suspenda la acción de consumo y/o, dependiendo de las condiciones físicas del estudiante y de las circunstancias, procura que abandone las dependencias de la universidad, recurriendo para ello a la colaboración de seguridad de la Universidad si lo estima necesario, y denuncia el hecho al Comité de Ética Estudiantil Si no ha quedado establecida la identidad de él o los estudiantes en el paso anterior, solicita en los registros disponibles en las unidades correspondientes y entrega los antecedentes al Comité de Ética Estudiantil. b) Docente/Personal de Apoyo a la Gestión: Interviene en la situación, gestionando que el estudiante suspenda la acción de consumo y/o, dependiendo de las condiciones físicas en que éste se encuentre, procura que abandone las dependencias, recurriendo para ello a la colaboración de seguridad de la Universidad si lo estima necesario. A su vez, en caso de haber podido identificar la Unidad Académica a la que pertenece él o los estudiantes, entrega la información al Director(a) de la Unidad. En caso contrario notifica del hecho al Coordinador de Área Estudiantes de la VRA. Tanto el Coordinador del Área de Estudiantes como el Director de la Unidad Académica respectiva, deberán denunciar del suceso al Comité de Ética Estudiantil. II. Incumplimiento de los Trabajadores 1. Para el caso de haber recibido información, se deberá evaluar criteriosamente el grado de seriedad e importancia de la misma, asegurándose que los datos comprometen la identidad de algún(os) trabajador(s) en una acción indebida en relación al consumo o asociada al mismo. La acción a realizar dependerá según se trate de: 18 Universidad Católica Silva Henríquez

16 a)autoridad Académica o de Gestión: La autoridad académica o de gestión o jefe directo del trabajador podrá corroborar los antecedentes que se le entregaron y dependiendo de la gravedad de la situación podrá citar al trabajador a una entrevista personal para recabar mayor información o enviar el caso directamente a la Comisión de Ética de Personal. b) Personal de Apoyo a la Gestión/Docente/Estudiante: Notifica al Jefe de Bienestar Institucional y, en ausencia de éste, al Profesional Asistente Social de los trabajadores poniendo a su disposición el (los) nombre(s) del (de los) involucrados y la información que maneje hasta entonces. El Jefe de Bienestar Institucional, o quien le represente, deberá presentar el caso al Comité de Ética de Personal, previa entrevista con el o los involucrados, si así lo estima pertinente. 2. Para el caso de ser testigo de una falta por consumo de alcohol y/o drogas ilícitas, la acción a realizar dependerá según se trate de: a) Autoridad Académica o de Gestión: Interviene directamente en la situación gestionando que el trabajador suspenda la acción de consumo y/o, dependiendo de las condiciones físicas del trabajador y de las circunstancias, procura que abandone las dependencias de la universidad, recurriendo para ello a la colaboración de seguridad de la Universidad si lo estima necesario, y denuncia el hecho al Comité de Ética de Personal. Si no ha quedado establecida la identidad del o los trabajadores en el paso anterior, informa a la Unidad de Bienestar Institucional para que se realice la identificación de los involucrados y posteriormente entrega los antecedentes al Comité de Ética de Personal. b) Personal de Apoyo a la Gestión/ Docente/Estudiante: Notifica de inmediato al Jefe de Bienestar Institucional, y en ausencia de éste, al Profesional Asistente Social de los trabajadores, quienes intervendrán directamente en la situación gestionando que el trabajador suspenda su acción de consumo y/o, dependiendo de sus condiciones físicas y de las circunstancias, procuran que abandone las dependencias de la universidad, recurriendo para ello a la colaboración de seguridad de la Universidad si lo estima necesario, y denuncia el hecho al Comité de Ética de Personal. Política de Prevención y Asistencia... 19

17 VIII. DIFUSIÓN DE LA POLÍTICA La implementación de la presente Política de Prevención y Asistencia del Consumo Perjudicial de Tabaco y Alcohol y del uso de drogas ilícitas de la Universidad Católica Silva Henríquez, será dada a conocer a la comunidad universitaria mediante un amplio proceso de difusión, que considerará: a. Informar y dar a conocer los contenidos de esta Política (en sus aspectos preventivos, normativos y reglamentarios), ya que esto permitirá establecer un marco de funcionamiento reconocido y validado por todos. b. Sensibilizar los objetivos de la Política y de sus principales contenidos entre todos los miembros de la UCSH, utilizando las instancias formales de organización con que cuenta la Universidad (Comité Académico, Consejos de Departamento, asambleas sindicales, asambleas de estudiantes, etc.) e intencionando otros espacios de reflexión y socialización, de ser necesario. c. Poner a disposición la Política en diferentes formatos comunicacionales. d. Entregar formalmente la Política a todas las personas que ingresen a la Universidad, durante los procesos de admisión de nuevos estudiantes e inducción de nuevos funcionarios. e. Esta Política además, deberá ser incorporada, al menos, en: a. Reglamentos de los diferentes estamentos b. Sitio web de la Universidad c. Medios escritos de la Universidad d. Agenda del estudiante y/o documentos informativos para los estudiantes f. Será responsabilidad de la Dirección de Personal y Bienestar Institucional y del Equipo Técnico Asesor diseñar, implementar y evaluar el proceso de difusión de la Política. g. Como parte del proceso de Difusión, los principales contenidos de la Política, serán socializados con la comunidad vecinal, en señal de compromiso y voluntad institucional para mejorar en estas materias. 20 Universidad Católica Silva Henríquez

18 ANEXO Nº 1: TIPOS DE CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS 15 Consumo experimental Indicadores Desconoce los efectos Se consume para experimentar, para saber que se siente. Su consumo se realiza generalmente en un grupo que invita a probarla. Consumo los fines de semana o en las fiestas Consumo ocasional Indicadores La persona continua utilizando la droga en grupo. Es capaz de llevar a cabo las mismas actividades sin necesidad de consumir droga. Conoce los efectos de la droga en su organismo y por eso la consume. La persona aprovecha la ocasión, no la busca directamente. Se relaciona con grupos o personas que pueden proveerlo. Consumo habitual Indicadores Consume en diversas situaciones. Tanto en grupo como en forma individual. Conoce el precio, la calidad y los efectos de las drogas (solas o combinadas) Se establece un hábito de consumo. Consumo problemático: a) Consumo Abusivo y/o perjudicial Indicadores Consumo grupal o individual concertado. Consumo selectivo de una o más drogas. Pierde la capacidad para detener o abstenerse del consumo. El consumo genera cambios en sus conductas y relaciones interpersonales. Conoce la calidad y busca impulsivamente los efectos de la sustancia, tanto física como psicológica (solas o combinadas). Consume en situaciones de riesgo o peligro para sí mismo o para otros y no mediatiza las consecuencias de sus conductas. Por su forma de consumo, comienza a tener problemas con su familia, trabajo, etc. 15. CONACE. (s/a). Orientaciones para abordar los problemas de consumo de alcohol y drogas en Educación Media. Santiago, Chile: Gobierno de Chile. Política de Prevención y Asistencia... 21

19 b) Consumo Dependiente Indicadores Utilización de drogas en mayor cantidad o por un período de tiempo más largo de lo que la persona consumidor pretendía. Toma de conciencia sobre la dificultad para controlar el uso de la droga. Dificultad para controlar el uso de la droga. Actividades relacionadas con la obtención de la droga y el consumo de la misma, intoxicación frecuente, síntomas de abstinencia. Reducción considerable o abandono de actividades sociales, laborales, educativas o recreativas Uso continuado de la droga a pesar de ser consciente de los problemas que ello le está causando. Se recurre a la droga para aliviar el malestar provocado por su falta. Presenta incapacidad de abstenerse y de detenerse. Problemas fiscos asociados 22 Universidad Católica Silva Henríquez

20 ANEXO 2: NIVELES DE PREVENCIÓN 16 a. Prevención universal. Los programas universales son aquellos que se dirigen a población general (nacional, regional, comunidad local, escuela, barrio, etc.) con mensajes y programas destinados a impedir o retrasar el consumo de drogas. Este tipo de programas se caracteriza por: - Estar diseñados para alcanzar a toda la población, sin tener en cuenta las situaciones de riesgo individuales. Los destinatarios no son seleccionados. - Dirigirse a grandes grupos de personas. - Están diseñados para retrasar o prevenir el inicio del uso y/o el abuso de sustancias psicoactivas. - Requerir menos tiempo y esfuerzo del grupo objetivo que la demandada en los programas selectivos o indicados. - El costo por persona suele ser más bajo que en los selectivos o indicados. Los programas universales pueden diseñarse para cualquier ámbito de intervención (escolar, familiar, comunitario) b. Prevención selectiva. Los programas selectivos se dirigen a subgrupos que presentan un especial riesgo de consumo de drogas. Los grupos en situación de riesgo pueden establecerse sobre la base de cualquiera de los factores biológicos, psicológicos, sociales o ambientales que han sido caracterizados como factores de riesgo. Las características de este tipo de programas son: - Están diseñados para retrasar o prevenir el abuso de sustancias psicoactivas. - Los participantes comparten características que les hacen pertenecer a un grupo en situación de riesgo. - Generalmente no se valora el grado de vulnerabilidad o de riesgo personal de los miembros del grupo de riesgo, pero se supone tal vulnerabilidad por pertenecer a él. - El conocimiento de los factores de riesgo específicos permite el diseño de acciones específicamente dirigidas a esos factores. - Generalmente se desarrollan en períodos largos de tiempo y requieren más dedicación y esfuerzo por parte de los participantes que los programas universales. - Requieren personal con formación específica. - Las actividades están más relacionadas con la vida diaria de los participantes e intentan cambiar a estos participantes en una dirección concreta, por ejemplo, incrementando en ellos las habilidades de comunicación. 16. National Institute of Drug Abuse. (1997). Drug abuse prevention: What works. Rockville: NIDA. Política de Prevención y Asistencia... 23

21 c. Prevención indicada. Los programas indicados se dirigen a personas que no presentan los criterios diagnósticos de abuso de sustancia o dependencia, pero que muestran signos previos. Estos programas se caracterizan por: - Dirigirse a personas que experimentan los primeros síntomas de abuso de sustancias o que tienen otros problemas de conducta relacionados. - Estar diseñados para detener la progresión del abuso de sustancias o desórdenes relacionados. - Poder dirigirse a múltiples conductas simultáneamente. - Valorar específicamente los factores de riesgo individuales y los problemas de conducta. - Seleccionar cuidadosamente a los participantes/destinatarios. - Ser extensos en el tiempo e intensivos. Se desarrollan en largos períodos de tiempo, con altas frecuencias y requieren un gran esfuerzo por parte de los participantes. - Intentar cambiar las conductas de los participantes. - Requerir un personal capacitado en el tema. - Tener mayores costos que los universales o los selectivos. 24 Universidad Católica Silva Henríquez

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