MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

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1 1 MUNICIPALIDAD DE CARTAGO LICITACIÓN ABREVIADA POR DEMANDA Nº 2015LA MUNIPROV CONTRATACIÓN PARA LLEVAR A CABO LA OPERACIONALIDAD DEL CENTRO DE CUIDO Y DESARROLLO INFANTIL (CECUDI) DEL ATARDECER, DISTRITO SAN NICOLAS, POR UN PERIODO DE HASTA SEIS MESES, PRORROGABLES POR TRES PERIODOS IGUALES INVITACION La Municipalidad de Cartago, ubicada en Cartago Centro, recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 16 de Abril del 2015, para la Contratación antes indicada. SECCION I CONDICIONES GENERALES 1 OBJETO DE CONTRATO. El objeto de contrato lo constituye poner en funcionamiento el Centro de Cuido y Desarrollo Infantil de El Atardecer, en el Distrito de San Nicolás, mismo que ha sido creado para mejorar la calidad de vida de los niños y niñas, principalmente aquellos que se encuentran en situación de pobreza, riesgo y vulnerabilidad social dentro la comunidad. Con ello se pretende ofrecer un lugar adecuado para el cuido y protección a estas personas menores de edad, a través de un proceso de atención integral, todo de conformidad con los términos de este cartel y de las características y especificaciones técnicas descritas en la Sección II. 2. DEFINICION DE TERMINOS. Cuando en este cartel se refieran a los siguientes términos, deberá entenderse para cada situación aludida los siguientes conceptos: Municipalidad: Proveeduría: Municipalidad del Cantón Central de Cartago Departamento encargado de determinar el procedimiento de esta licitación, así como ejecutar los procesos administrativos relativos a su trámite.

2 2 Concejo Municipal: Órgano competente para dictar el acto de adjudicación, conocer y aprobar o improbar las modificaciones de contrato, reajuste de precios, resolver o rescindir el proceso, según corresponda en la ejecución del contrato, dependiendo de la cuantía 3. CONSULTAS AL CARTEL. EL Departamento de Proveeduría es la dependencia encargada de tramitar esta contratación, por lo tanto, las consultas formales, legales y técnicas deben ser presentadas por escrito, en dicha oficina ubicada en el segundo piso del Palacio Municipal, o bien al fax , teléfono , Toda consulta deberá señalar en forma clara y específica el apartado de cartel que cuestiona o solicita aclarar. 4. FINANCIAMIENTO Y FORMA DE PAGO. La Municipalidad financia esta contratación con recursos incorporados en el presupuesto ordinario, el cual se encuentra debidamente aprobado por la Contraloría General de la República, mediante oficio No. DFOE-DL-1138, del día 08 de diciembre del Los pagos se realizarán en forma mensual, la Municipalidad cancelará al adjudicatario el monto correspondiente por la cantidad de niños y niñas debidamente matriculados y reportados por el adjudicatario al finalizar el mes de operación. Una vez corroborada la matrícula mensual del Centro Infantil y presentadas las facturas de liquidación respectiva junto con el reporte de operación mensual, la Municipalidad cancelará al operador el monto que corresponde dentro de los siguientes cinco días hábiles del mes siguiente. No se realizarán adelantos ni anticipos de pago. 5. PRESENTACION DE LA OFERTA. La oferta se presentará escrita a máquina o procesador de texto, sin borrones ni tachaduras que la hagan de difícil lectura o interpretación; en caso de error, la corrección deberá efectuarse por medio de fe de erratas, incluida dentro del mismo sobre de la oferta o sobre adicional, siempre y cuando éste último se presente antes de la fecha y hora de apertura. La oferta se presentará en sobre cerrado en el Departamento de Proveeduría, antes de la fecha y hora de recepción de ofertas. El sobre indicará en su parte exterior la siguiente información:

3 3 MUNICIPALIDAD DE CARTAGO LICITACIÓN ABREVIADA POR DEMANDA Nº 2015LA MUNIPROV CONTRATACIÓN PARA LLEVAR A CABO LA OPERACIONALIDAD DEL CENTRO DE CUIDO Y DESARROLLO INFANTIL (CECUDI) DEL ATARDECER, DISTRITO SAN NICOLAS, POR UN PERIODO DE HASTA SEIS MESES, PRORROGABLES POR TRES PERIODOS IGUALES 6. IDIOMA. La oferta deberá presentarse en idioma español, no obstante la literatura técnica, podrán presentarse en otro idioma con la correspondiente traducción oficial al español. 7. VIGENCIA DE LA OFERTA. La oferta deberá tener una vigencia de 60 días hábiles a partir de la fecha de apertura de ofertas. En caso de la Municipalidad lo requiera podrá solicitarle a los oferentes ampliar el plazo de vigencia de la oferta hasta culminar satisfactoriamente el proceso de adjudicación. 8. IMPUESTOS: La Municipalidad retiene el 2% del impuesto sobre la renta. 9. GARANTIA DE PARTICIPACION Y DE CUMPLIMIENTO Garantía de Participación Toda oferta debe venir acompañada de una garantía de participación a favor de la Municipalidad de Cartago, con una vigencia mínima de 60 días hábiles, contados a partir del día de la apertura de las ofertas, por un monto fijo de Los documentos presentados como Garantía de Participación deben ser presentados en el Departamento de Tesorería Municipal, en el primer piso, del Edificio Municipal, antes de la hora de apertura de las ofertas En caso de ser dinero en efectivo, la cuenta de la Municipalidad es la del Banco Crédito Agrícola de Cartago, para colones costarricenses y la , para dólares estadounidenses. El recibo de depósito bancario debe ser presentado en la Tesorería Municipal antes de la hora de apertura de las ofertas Todo oferente deberá adjuntar en su oferta, fotocopia del documento original que presenta como Garantía de Participación La garantía de participación deberá rendirse: mediante depósito de bono de garantía de instituciones aseguradoras reconocidas en el país, o uno de los bancos del Sistema Bancario Nacional o el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, certificados de depósito a plazo, bonos del Estado o de sus instituciones, cheques certificados o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional; dinero en efectivo mediante depósito a la orden de

4 4 un banco del sistema indicado presentando la boleta respectiva o mediante depósito en la administración interesada. Además esta garantía podrá ser extendida por bancos internacionales de primer orden, siempre que se cumplan los requisitos definidos en el Reglamento de Contratación Administrativa Los Bonos y Certificados se recibirán por su valor de mercado y deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de alguna de las Bolsas legalmente reconocidas, se exceptúan de la obligación de presentar esta estimación los certificados de depósito a plazo emitidos por los Bancos Estatales, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente a la fecha en que se presenta Las garantías podrán rendirse en moneda nacional o cualquier otra moneda extranjera para lo cual la Administración adoptará las medidas contables que resulten necesarias Se excepciona de lo anterior, las garantías rendidas mediante un depósito en efectivo o una transferencia, en cuyo caso podrán rendirse en su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día anterior a la presentación de la oferta o la suscripción del contrato. En este último caso el contratista está obligado a mantener actualizado el monto de la garantía Garantía de cumplimiento El adjudicatario deberá rendir una Garantía de Cumplimiento por un monto fijo de , cuya vigencia deberá ser como mínimo 30 días hábiles adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto de contrato. Adicionalmente deberá aportar certificación original y vigente de la CCSS de estar al día en el pago de las cuotas obrero patronales Deberá presentar una fotocopia del documento original presentado como garantía de cumplimiento al Departamento de Proveeduría En cuanto a las formas de rendir la garantía de cumplimiento, rigen las mismas dispuestas para la garantía de participación; según lo dispone el artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa Vigencia de garantías. Garantía de participación: deberá ser de 60 días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de esta licitación. Garantía de cumplimiento: deberá ser de 30 días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo ofrecido para la entrega de lo adjudicado.

5 5 10. Devolución de las Garantías. Garantía de Participación: Será devuelto los oferentes dentro de los ocho días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación, previa solicitud del interesado. En el caso del adjudicatario, se devolverá una vez rendida la garantía de cumplimiento observado las restantes formalidades necesarias para el inicio del contrato. y se hayan Garantía de Cumplimiento: La de cumplimiento, a solicitud del interesado, dentro de los ocho días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración, haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual. 11. COPIAS DE LA OFERTA. La oferta se presentará en documento original y dos copias fieles a éste en todos sus extremos (documento principal, catálogos y documentos legales), en papel común, las cuales deben contener todos los documentos del original incluyendo todos los anexos, tales como literatura técnica y documentos legales, con índice de contenido y deberán estar foliadas en todas sus páginas. 12. CERTIFICACIONES Y DECLARACIONES JURADAS PERSONA FISICA Si se trata de una persona física, se debe consignar claramente todas las calidades (el nombre completo, estado civil, profesión u oficio, número de cédula de identidad (aportar copia certificada por notario público de la cédula de identidad) y dirección exacta, números telefónicos y de fax PERSONA JURIDICA Si es una persona jurídica, deberá aportar una Certificación de Personería original, expedida por notario público que consigne: citas de inscripción y personería, denominación o razón social, plazo social, domicilio, nombre y calidades de los representantes y las facultades de su representación, naturaleza y propiedad de las acciones o cuotas. La propiedad de las acciones o cuotas debe hacerse con vista en el Libro de Registro de Accionistas que al efecto lleva la sociedad debidamente legalizado; la restante información debe darse con vista de la inscripción existente en el Registro Público. Tal certificación no podrá exceder de un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y cumplir con lo establecido en los artículos 77 y 110 del Código Notarial.

6 6 También debe de aportar fotocopia debidamente certificada por notario público de la cédula jurídica, además la dirección postal, números de teléfono y fax. 13. DECLARACIONES JURADAS Los oferentes al momento de presentar sus ofertas deberán aportar las siguientes declaraciones juradas: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 65 inciso b) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, en relación con el 19 de ese mismo cuerpo normativo, los oferentes deberán aportar declaración jurada en la que consignen que no se encuentran cubiertos por el régimen de prohibiciones para contratar con la Administración Pública, establecidos en los artículos 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa Presentar Declaración Jurada donde manifieste encontrarse al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales de acuerdo al artículo 65 inciso a) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa Donde se indique que no se encuentran inhabilitados o en proceso de inhabilitación con la Administración Pública, según los artículos N 100 y N 100 bis de la Ley de Contratación Administrativa Declaración Jurada donde se indique que se encuentran al día con el impuesto a las personas jurídicas que establece la Ley N CERTIFICACION DE LA CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL. Con sustento en lo dispuesto en el artículo 65 inciso c) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, los oferentes al momento de presentar sus ofertas deberán aportar: 14.1 Certificación original con la que se demuestre que se encuentra al día en el pago de las cuotas obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social, o bien, que tiene un arreglo de pago aprobado por ésta, vigente al momento de la apertura de las ofertas. En caso de que el oferente presente certificación de que no se encuentra inscrito como patrono ante la CCSS, y del objeto licitado se derive tal obligación, la Administración le solicitará explicación, la que en caso de resultar insatisfactoria de acuerdo a los lineamientos establecidos por la CCSS, provocará la exclusión del concurso y la denuncia ante las autoridades correspondientes de cobro de la CCSS. De conformidad con la normativa vigente sobre la materia, durante toda la ejecución del objeto contractual, la administración verificará que la empresa contratante se encuentre al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS, para lo que podrá solicitar, que se le proporcionen las certificaciones correspondientes. Certificación original con la que se demuestre que se encuentra al día en el pago de FODESAF, vigente al momento de la apertura de las ofertas.

7 7 15. OFERTAS DE ORIGEN EXTRANJERO. El oferente podrá concurrir bajo cualquiera de las formas establecidas en el artículo 54 del Reglamento General de Contratación Administrativa. 16. ESPECIES FISCALES. La oferta debe contener los siguientes timbres: a. Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica por un monto de (doscientos colones) b. Asociación Ciudad de las Niñas, por un monto de 5.00 (cinco colones). 17. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS. Quien resulte adjudicatario deberá probar ante la Municipalidad que se encuentra al día en lo referente al pago de los impuestos de la Renta y Territorial, mediante constancia o certificación extendida por la Dirección General de Tributación. 18. ELEGIBILIDAD DE OFERTAS Es elegible la oferta que se ajuste a las condiciones formales, legales, económicas y especificaciones técnicas del cartel, de tal manera que cualquier incumplimiento de orden significativo a éste, constituye motivo de exclusión de concurso. 19. OTROS Cualquier condición no prevista en el presente cartel, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, así como la restante normativa aplicable a la materia. Los potenciales oferentes podrán presentar objeciones o plantear las consultas al presente cartel dentro del primer tercio para el plazo de recepción de las ofertas, contados a partir del día siguiente de la publicación o invitación del presente concurso licitatorio. De comprobarse con base en el principio del debido proceso que el CONTRATISTA no cumplió con las recetas del menú y con los requerimientos cartelarios, tales como: material didáctico, higiene, aseo de instalaciones, personal, entre otros, establecidos en el cartel., por primer vez la MUNICIPALIDAD procederá a notificarle un apercibimiento escrito, a efecto de que enmiende el incumplimiento. De reincidir dentro del mismo mes o meses siguientes, se procederá a penalizarlo con un 3% de la facturación mensual por los servicios de operacionalidad prestados en el CECUDI, por un día del mes en que se compruebe que no se cumplió con lo requerido. De continuar con los incumplimientos, se procederá a realizar las diligencias necesarias a efecto de que se inicie el procedimiento de resolución contractual por incumplimiento, conforme a lo establecido en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento. 20. ADJUDICACION.

8 La Municipalidad del Cantón Central de Cartago tomará la decisión de adjudicación dentro de los 24 días hábiles posteriores a la apertura de las ofertas; prorrogables por 12 días hábiles adicionales si la Administración así lo requiere Para resultar adjudicatario, debe el oferente haber cumplido con lo dispuesto en la normativa vigente sobre Contratación Administrativa, haber cumplido con cada una de las condiciones y características solicitadas en el Cartel; así como de resultar su oferta como la mejor calificada La Adjudicación quedará en firme, transcurrido el plazo para la interposición de los recursos respectivos de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contratación Administrativa y el Reglamento a dicha ley En caso de presentarse Recurso en contra del acto de adjudicación, la Administración procederá a solicitar al apelante y al adjudicatario que prorroguen la vigencia de la oferta y de la garantía de participación, las cuales deberán ser otorgadas dentro del plazo perentorio que se les concede para la presentación de las mismas La Municipalidad del Cantón Central de Cartago y en razón de la naturaleza de la contratación, adjudicará totalmente el objeto contractual que más convenga a sus intereses, de acuerdo a los recursos económicos existentes, o bien rechazar todas, si ninguna resultare satisfactoria. 21. FORMALIZACION Y CONTRATO. La ejecución contractual derivada de esta contratación, estará sujeta a la emisión previa de una Orden de Compra, que constituye el documento formal que emite la Municipalidad del Cantón Central de Cartago suscrita por los funcionarios competentes y refrendo presupuestario correspondiente. Con base en el Reglamento de Refrendo de Contratos de la Contraloría General de la República, se debe suscribir un contrato entre las partes el cual será refrendado por el Órgano Contralor si fuere necesario, caso contrario el contrato deberá ser refrendado por el Departamento Legal de la Administración que promueve el concurso. El adjudicatario deberá aportar el 0.25% por concepto de especies fiscales del total del monto adjudicado. El pago de los timbres podrá realizarlo mediante entero a favor del Gobierno de Costa Rica, presentando el original y una copia en el Departamento de Proveeduría según el proceso descrito. El proceso establecido para la formalización contractual es el siguiente:

9 9 Primero: Segundo: Tercero: Cuarto: Quinto: Sexto: Adjudicación en firme. Presentación de la garantía de cumplimiento. Redacción de contrato por parte de la Municipalidad. Revisión y no objeción al contrato por parte del adjudicatario. Firma de contrato entre las partes y presentación de especies fiscales. Entrega de Orden de Compra y contrato refrendado El adjudicatario dispondrá de los siguientes plazos: La revisión y no objeción de contrato deberá realizarla en un plazo máximo de 3 días hábiles siguientes a partir de la notificación respectiva. La firma del contrato y presentación de especies fiscales deberá realizarla en un plazo máximo de 3 días hábiles siguientes a partir de la notificación respectiva El expediente administrativo estará integrado por : este cartel la oferta las condiciones legales y complementarias que lo afectan y regulen. el acuerdo de adjudicación por parte del Concejo Municipal. la Orden de compra. El acto de adjudicación. La orden de inicio, minutas de reunión, los documentos y correspondencia girada entre las partes durante la ejecución del proyecto Todos los documentos de esta contratación se complementan entre si y lo que uno se exija será tan obligante como si se exigiera en todos. Las condiciones especiales prevalecerán sobre las generales El contratista no podrá ceder los derechos y obligaciones de la presente contratación, salvo autorización previa y expresa de la Municipalidad La Municipalidad del Cantón Central de Cartago se reserva el derecho de reclamar indemnización por daños sufridos por incumplimiento del contratista, así como de resolver administrativamente la relación contractual de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Contratación Administrativa El adjudicatario será responsable ante esta Municipalidad por el correcto y oportuno cumplimiento del contrato suscrito, el cual no podrá ser cedido, traspasado o enajenado sin consentimiento previo y por escrito del órgano adjudicador. 22. RESPONSABILIDAD PATRONAL. La responsabilidad patronal será única y exclusivamente del contratista, por lo que no existirá ninguna relación laboral entre la Municipalidad y los trabajadores o empleados del contratista.

10 CESION DEL CONTRATO. El contratista no podrá ceder total o parcialmente el contrato, sin la autorización previa, expresa y escrita del órgano que dictó la adjudicación. 24. CONDICIONES GENERALES: 1. El adjudicatario no podrá aprovecharse de los errores u omisiones que existan en las especificaciones. En caso que la empresa advierta un error u omisión deberá notificar de inmediato a la Proveeduría Municipal, quien hará las correcciones y dará las interpretaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del propósito de los documentos mencionados. 2. Si en caso de duda que no haya sido evacuada previamente y no se indicó ninguna restricción en la oferta, la Municipalidad considerará que el adjudicatario asumió las dudas dentro del precio original de la oferta, en concordancia con el requisito de que el empresario u oferente debe visitar y familiarizarse completamente con el sitio y las condiciones locales del proyecto. 3. Queda entendido que con la presentación de la oferta, el participante cumplió con la obligación de estudiar el Cartel, así como la planificación para cumplir con el objetivo de servicio, por tanto se da por cierto que el oferente conoce, acepta realizar, puede estimar y planificar perfectamente los objetivos, la magnitud, alcance y clase de suministro a que se obliga tal y como lo indican los documentos de esta licitación. 4. Las especificaciones citadas en este documento tienen por objeto el establecer una serie de normas y procedimientos, para complementar los detalles anexos y garantizar que el proceso de servicio de atención de los niños y niñas que asistan al CECUDI están de acuerdo a la Normativa vigente. 5. En vista de lo anterior el oferente debe conocer y aceptar las consecuencias y responsabilidad de las mismas en todos sus extremos, aún y cuando por omisión en este documento no se haya indicado. 6. En cada sección se especifican la forma de trabajo, tomando en cuenta los requisitos de cada una que las personas que vayan a trabajar en el CECUDI. 7. Quien resulte adjudicatario, deberá presentar ante el supervisor municipal, diez días después de iniciar los trabajos objeto de esta contratación, la certificación y planilla emitida por la Caja Costarricense del Seguro Social. De igual forma deberá presentar las pólizas contra riesgos del trabajo, emitida por el Instituto Nacional de Seguros. La vigencia de los seguros deberá ser por el plazo que dure la ejecución del contrato. El plazo de operacionalidad será hasta por 06 meses, pudiendo ser prorrogable por tres periodos iguales. Los servicios contratados podrán ser prorrogados por periodos iguales, todo de acuerdo a la normativa que rige la materia.

11 NOTIFICACIONES. El oferente deberá indicar expresamente en su oferta, la persona y lugar responsable a quien notificar y dentro del Gran Área Metropolitana. SECCION II ESPECIFICACIONES TÉCNICAS OBJETIVO PRINCIPAL El objetivo principal de este proyecto es dotar a la comunidad de El Atardecer, Distrito San Nicolás del Cantón Central de Cartago de un Centro de Cuido y Desarrollo Infantil, donde se atienden niños (as) con edades que oscilan entre 2 a menos 7 años de edad, con personal capacitado y con la experiencia requerida para la atención directa de estos niños, con el fin de mejorarle la calidad de vida, principalmente los que estén en pobreza extrema, pobreza, o situación de riesgo y vulnerabilidad Social. Con ello se pretende tener un lugar adecuado para la atención de niños (as) con el personal idóneo que cumpla con un modelo de atención integral que tiene la Municipalidad de Cartago, por medio del cual los niños (as) desarrollen sus habilidades y destrezas. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL OPERADOR EN LA EJECUCIÓN CONTRATUAL: 1.1 El adjudicatario y el encargado de administrar el CECUDI, deberán tener pleno conocimiento de estos documentos: el Código de la Niñez y Adolescencia y de la Ley de Centros de Atención Integral (Ley 8017) y su Reglamento, Reglamento de Operación del Centro de Cuido, Ley de Creación de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil (Ley 9220), Decreto Ejecutivo y toda la normativa vigente relacionada con la atención integral de niños. En vista de lo anterior el oferente debe conocer y aceptar las consecuencias y responsabilidad de las mismas en todos sus extremos, aún y cuando por omisión en este documento no se halla indicado. 1.2 La empresa o persona oferente debe garantizar el derecho de las personas menores de edad a participar en programas de atención integral cuando sus padres, madres o representantes legales lo requieran y cumplan con los requisitos que se establecerán en los respectivos reglamentos para cada una de las modalidades de atención. 1.3 La empresa o persona oferente deberá garantizar las posibilidades de atención integral, que permitan el desarrollo de las potencialidades de las niñas y niños que asistan al CECUDI Atardecer. 1.4 La empresa o persona oferente deberá garantizar la atención médica, psicológica y nutricional de los niños (as) que se atienden en el CECUDI para lo cual deberá ofrecer el servicio o crear los convenios o alianzas estratégicas para ofrecer a los padres, las madres y los encargados de las personas menores de edad que asisten al CECUDI, alternativas de atención integral adecuadas y seguras para el sano crecimiento de los niños y niñas y

12 12 brindaran el apoyo necesario requerido a los menores y a sus padres para alguna atención especial que requieran, tales como, apoyo emocional y psicológico cuando por alguna situación familiar así lo necesiten, si algún niño o niña requiere un apoyo educativo adicional, deberán coordinar con escuelas especializadas en este campo para brindarles el apoyo requerido, si no se cuenta con el profesional capacitado para atender la necesidad educativa especial en el centro. 1.5 La empresa u oferente deberá cumplir con el plan de atención que tiene la Municipalidad de Cartago y que va ejecutar durante el periodo del contrato. Este plan incluye como mínimo la metodología de trabajo, los perfiles de desarrollo según la población atendida y la evaluación de los resultados obtenidos, los horarios establecidos para el trabajo cotidiano en cada una de las áreas y grupos de atención. Mismo que podrá ser mejorado. 1.6 La Empresa u oferente deberá cumplir con el plan de emergencias que tiene el CECUDI el cual está acorde a las instalaciones del centro, que incluye plan de evacuación, plan de emergencias de salud, plan general de emergencias, con el fin de cumplir con todo lo estipulado para la habilitación por parte del Ministerio de Salud y el Consejo de Atención Integral (CAI)., lo estipulado en la Ley 8017 y su Reglamento y según lo propone la Comisión Nacional de Emergencias. 1.7 La empresa u oferente debe presentar un plan de capacitación del personal que va trabajar en el centro de Cuido y Desarrollo Infantil tanto para personal profesional, técnico, y de apoyo. 1.8 La empresa u oferente debe cubrir con el subsidio asignado a cada niño los siguientes rubros, recurso humano, alimentación, materiales educativos, suministros de limpieza, higiene y mantenimiento básico del edificio. 1.9 La empresa u oferente deberá además contar con un fondo de subsidio previo que cubra los gastos del primer mes de operación del Centro de Cuido, en el que se deberá contemplar los gastos de material didáctico, recreativo, de limpieza, alimentación y salarios de los funcionarios, mientras el Instituto Mixto de Ayuda Social realiza los trámites administrativos para poder otorgar el subsidio correspondiente a la Municipalidad El oferente deberá incluir dentro de su presupuesto mensual el pago de los servicios públicos: telefónico e internet La empresa deberá considerar como gastos de mantenimiento los siguientes rubros: limpieza de canoas, goteras, limpieza del drenaje y del tanque séptico, mantenimiento de pintura del edificio y cuido de zonas verdes, así como cualquier daño ocasionado por el uso frecuente de las instalaciones y equipo La empresa adjudicataria deberá encontrarse disponible para iniciar las labores inmediatamente después de la firma del contrato y una vez dada la orden de inicio por parte de la Municipalidad La Administración Municipal ejercerá los controles necesarios y oportunos que estime convenientes para inspeccionar y hacer cumplir en todos sus extremos el contrato para lo

13 13 cual la Municipalidad designará a la persona encargada de la red de cuido infantil de la Municipalidad y una Comisión fiscalizadora y asesora, las cuales se encargarán de hacer visitas periódicas al CECUDI con el objetivo de constatar el adecuado ejercicio de la operación del CECUDI así como el cuidado del equipamiento y la infraestructura puesta a disposición del adjudicatario, por lo que es obligación del Operador permitir la inspección así como facilitar a los encargados cualquier tipo de información que se requiera para cumplir con lo encomendado La empresa u oferente tiene la obligación de hacerle frente a las responsabilidades provenientes de las relaciones de trabajo obrero-patronal, de las relaciones civiles y penales y de cualquier índole, que se susciten y originen entre el concesionario y sus trabajadores, entre el primero, con terceros o cualquier otra persona física o jurídica, con motivo de la ejecución contractual del concurso público eximiendo de ello en su totalidad a la Municipalidad. El contratista proporcionará a la Municipalidad una lista del personal que será destacado en las instalaciones, asimismo deberá informar con anticipación de los cambios de personal y de las razones que motivan tales cambios, con el propósito de que la Municipalidad apruebe o no la sustitución de personal. El operador tiene la potestad de elegir su equipo de trabajo siempre que cumpla con las características necesarias y los requerimientos del cartel El contratista deberá llenar todos los documentos que la encargada de la red de cuido requiera para los controles que lleva la Municipalidad, además de los que la Dirección Regional de IMAS Cartago requiera mensualmente (control de asistencia, informe mensual, organigrama, entre otros) mismos que deben entregarse a la encargada de la red de cuido municipal El adjudicatario deberá remover inmediatamente y sustituir a cualquier miembro de su personal destacado, que por su proceder viole cualquier derecho del niño y la niña o las normas éticas, morales y disciplinarias de la institución Y deberá presentar a la Municipalidad y al IMAS el curriculum de la persona sustituta a fin de corroborar que cumple con el perfil profesional requerido La empresa o persona oferente debe cumplir estrictamente con el menú cíclico y el ciclo del menú entregado y las cantidades de comida indicadas en el menú para cada niño (a) beneficiario del servicio y cumplir con los cuatro tiempos de comida 1.18 La empresa o persona oferente deberá tener en el CECUDI un registro de ingreso de alimentos, en el cual la persona encargada de la cocina deberá anotar en forma mensual, semanal, o diaria según corresponda la cantidad de productos ingresados al CECUDI para la preparación de las recetas del menú, ya sea abarrotes, frutas, verduras y legumbres y deberá estar firmado por la persona encargada de recibirlos en la cocina y por la coordinadora del CECUDI La empresa o persona oferente deberá tener en el CECUDI un registro de los materiales didácticos y recreativos entregados mensualmente al centro para la atención de los niños (as) el cual deberá estar firmado por la coordinadora del centro y la persona encargada de cada grupo.

14 La empresa o persona oferente deberá presentar mensualmente un informe a la Encargada de la Red de Cuido Infantil Municipal, en el cual detallara todas las actividades realizadas con los diferentes grupos de niños, el proceso de estimulación brindado a cada grupo o individual en el caso de bebés, los talleres elaborados durante el mes, las horas que se brindó atención médica, psicológica, nutricional u otros, las coordinaciones realizadas con la CCSS, IAFA, Empresa privada u otros para la atención de los niños entre otros. 2. La empresa oferente deberá presentar desglose del gasto de operación mensual. 1. SERVICIOS MÍNIMOS A OFRECER: 2.1Horario: La oferta del servicio debe responder a las necesidades y/o expectativas de los padres, ofreciéndose al menos una jornada de 12 horas, en un horario que oscile entre las 06:00 de la mañana y 06:00pm, de lunes a viernes. 2.2Servicio de comedor, incluyendo cuatro tiempos de alimentación, la oferta de dietas blandas y dietas especiales para menores convalecientes, alérgicos o con necesidades nutritivas específicas. Debe cumplir con el menú que tiene la Municipalidad. El oferente: podrá coordinar con el Ente Público competente o por cuenta del Operador, para que aplique las escalas de desarrollo del niño y la niña y lleve el control nutricional de las personas menores de edad que asisten al CECUDI y eventualmente haga alguna recomendación para modificar el menú establecido. Si fuera el caso, o bien establecer alguna dieta especial a algún niño o niña que lo requiera, previa coordinación con la Municipalidad. Revisión de técnicas de manipulación de alimentos, dar directrices para que los niños y niñas en riesgo de desnutrición reciban alguna dieta diferenciada para que superen su desnutrición, o si existiera sobrepeso dar las recomendaciones necesarias para que los niños mejoren su peso. 2.3Servicio de estimulación temprana y educación: La empresa o persona oferente deberá garantizar el cumplimiento del plan de atención que tiene la Municipalidad y complementarlo con un plan de estimulación temprana acorde a las edades que se atienden en el CECUDI, que fortalezca las diferentes habilidades de los niños y niñas. Igualmente deberá coordinar con Instituciones estatales cursos que fortalezcan la personalidad de los niños y niñas. Todo, de conformidad con los parámetros de operación mínimos exigidos en el Reglamento de Operación del CECUDI, los lineamientos de la Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil y el Programa de Estudios Ciclo Materno Infantil del Ministerio de Educación Pública. La oferta debe contemplar un periodo de diagnóstico a realizarse posteriori a ser adjudicado, con el fin de coordinar un proyecto educativo integral que contemple las necesidades formativas de la personas menores de edad entre los 2 año y 6 años 11 meses y 29 días, así como las de sus padres dependiendo de cada situación familiar, donde los niños y niñas tengan un desarrollo infantil de calidad de acuerdo a sus necesidades.

15 15 2.4Servicio de Atención Médica: La empresa o persona oferente deberá coordinar con la entidad estatal respectiva y así validar el derecho de acceso a la atención en salud de cada niño y niña, vacunación, emergencias, valoración, entre otras. O bien el operador puede ofrecer el servicio médico. En este rubro es muy importante mencionar los controles en salud que debe de tener el operador, para darle seguimiento a cualquier atención que los niños y niñas requieran. Siempre tener las indicaciones de suministro de medicamentos por parte de los papás por escrito. Servicio de Nutrición: coordinación con el Ente Público competente o por cuenta del Operador, para que aplique las escalas de desarrollo del niño y la niña y lleve el control nutricional de las personas menores de edad que asisten al CECUDI y eventualmente haga alguna recomendación para modificar el menú establecido. Si fuera el caso, o bien establecer alguna dieta especial a algún niño o niña que lo requiera, previa coordinación con la Municipalidad. Revisión de técnicas de manipulación de alimentos, dar directrices para que los niños y niñas en riesgo de desnutrición reciban alguna dieta diferenciada para que superen su desnutrición, o si existiera sobrepeso dar las recomendaciones necesarias para que los niños mejoren su peso. Servicio de comedor propio, incluyendo la oferta de dietas blandas y dietas especiales para menores convalecientes, alérgicos o con necesidades nutritivas específicas. Para lo cual la Municipalidad dará el menú que debe cumplirse donde están incluidas las recetas y la preparación de cada una de ellas, las cuales formaran parte de este cartel. Mismo que podrá ser variado con estricta supervisión y recomendación de una nutricionista si fuese necesario. Y contar con el aval de la Municipalidad. Debe cumplirse con las cantidades recomendadas para los niños y niñas. 2.5Servicio de Información: La empresa o persona oferente deberá capacitarse y mantener actualizado el sistema de información que establezca la Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil; el cual será oportunamente señalado por la Municipalidad. Además velar por la actualización diaria de listas de asistencia, avances en las áreas del conocimiento: crónicas, reuniones, evaluaciones, entre otros. De los grupos de niños y niñas: Cada grupo de niños y niñas de 2 a menos de 7 años, deberá contar con una persona profesional y una asistente por cada 25 niños. Sistema de control de calidad del servicio: El Operador tendrá la obligación llevar el control diario de asistencia de los niños (as) con la firma del padre o encargado, o bien la persona mayor de edad que lo lleva al CECUDI, y tenerlo a la mano cuando llegue el personal de la Dirección Regional del IMAS y de la Municipalidad para la respectiva supervisión a fin de que se pueda documentar el pago respectivo. La Municipalidad designará a una persona o grupo de personas para verificar con regularidad el adecuado funcionamiento del CECUDI, en cuanto a infraestructura, equipamiento y operación del mismo, quienes deberán presentar un informe cada dos meses ante la Alcaldía Municipal.

16 16 3. Previsión Presupuestaria y desglose de costos: El costo de atención mensual de los niños y las niñas subsidiados por el Instituto Mixto de Ayuda Social será para el 2015 de ,00 (noventa mil colones mensuales). 4. Pago de Planilla de profesionales y personal de apoyo: El pago de las planillas es responsabilidad del operador del CECUDI, en razón de lo anterior, los salarios establecidos para los profesionales, asistentes y personal de apoyo que laborarán en el CECUDI deberá tomarlo del Decreto de Salarios Mínimos del Ministerio del Trabajo. 5. Póliza de seguro: La póliza de responsabilidad civil la pagará la Municipalidad. 5. Requisitos del personal: El establecimiento dedicado a la atención integral de personas menores de edad (CECUDI) deberá contar con el personal idóneo y capacitado, de acuerdo con los requerimientos que, para tal efecto, se determinarán en los respectivos perfiles de personal. A. PUESTO: PERSONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE NIÑOS Y NIÑAS a. REQUISITOS: i. Título de Bachiller en Educación Preescolar o carrera afín; Trabajo Social, Psicología, Orientación y Educación ii. Un año de experiencia. iii. Adjuntar currículum y fotocopia de los títulos. i. Incluir: fotografía tamaño pasaporte, hoja de delincuencia, examen médico y examen psicológico vigente y en el formulario que tiene el Colegio respectivo. b. NATURALEZA DEL CARGO: Ejecución de actividades técnicas de gran dificultad relativas a la atención integral de infantes y de sus familias en el área de atracción de un Centro de Cuido y Desarrollo Infantil. c. BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL PUESTO: i. Programar, siguiendo pautas y normas establecidas y directrices del Coordinador del centro, las actividades, requerimientos, presupuestos y los recursos para suplir las necesidades del centro donde trabaja. ii. Ejecutar, de acuerdo con el programa trazado por el coordinador, actividades técnicas de estimulación oportuna en las áreas socio afectiva y cognoscitiva, psicomotriz, lenguaje, educación para la salud, educación nutricional, seguridad, expresión creadora y corporal y otras, en beneficio de los niños y niñas que se hallan a su cargo. iii. Realizar con los niños y niñas actividades relacionadas con educación y práctica de hábitos saludables, a fin de contribuir al mejoramiento del normal desarrollo y desenvolvimiento de los niños y niñas.

17 17 iv. Colaborar con el coordinador con el Planeamiento, mensual, quincenal o semanalmente, las actividades individuales y colectivas que se realizarán con los niños y niñas. v. Realizar estudios técnicos que permitan la toma de decisiones adecuadas; atender y resolver consultas de sus superiores, compañeros y público en general e informar a sus superiores las situaciones anómalas encontradas. vi. Comunicar por escrito, al Coordinador Técnico del CECUDI, los casos probables de niños o niñas con problemas físicos y emocionales, para efectos de información y toma de decisiones en coordinación con sus padres y guardar una copia en el expediente del niño. vii. Colaborar en la evaluación de los procesos de desarrollo integral y actividades asignados al Centro y sugerir, si fuera necesario, la generación de nuevas actividades. viii. Participar y colaborar en actividades de mejoramiento continuo y control de calidad en la atención de los infantes. ix. Confeccionar y dar mantenimiento al material didáctico utilizado en el proceso aprendizaje de los niños y niñas. x. Asistir a reuniones con superiores y compañeros, a fin de coordinar actividades, mejorar métodos y procedimientos, analizar y resolver problemas que se presentan en el desarrollo de las labores, evaluar programas, actualizar o transmitir conocimientos, definir situaciones, proponer cambios y ajustes a programas de trabajo. xi. Registrar, por medio de anotación directa, la asistencia de los niños y niñas al CECUDI para monitorear la asistencia al servicio del CECUDI y si fuere necesario solicitar las debidas justificaciones de acuerdo al Reglamento que tiene la Municipalidad para la operacionalidad de los CECUDI. xii. Participar y colaborar activamente en las actividades que realiza el CECUDI en que trabaja, para efectos de seguimiento y control. xiii. Programar y celebrar las fechas de importancia cívica, religiosa y cultural. xiv. Participar en la elaboración del plan semestral de trabajo, en coordinación con el coordinador del CECUDI, a fin de brindar aportes y tener el conocimiento adecuado de dicho instrumento. xv. Es responsable de brindar atención directa a los niños y niñas que ingresan como beneficiarios del CECUDI e incluso de aplicar el programa de estudios Ciclo Materno Infantil del Ministerio de Educación Pública. Y si tuvieran algún caso que requiera adecuación curricular, crear un plan de intervención o plan remedial para sustentar los derechos de los niños y niñas. xvi. Vigilar, además, por la salud y el desarrollo de los niños y niñas y por la atención que se ofrece a éstos en el hogar. xvii. Depende del coordinador del CECUDI, cuando trabaja en dicho Centro o del personal del IMAS o de la Municipalidad cuando trabaja en un CECUDI. Se le evalúa por medio de la apreciación del trabajo realizado, la forma como se desenvuelve, el trato que le da a los niños y niñas a los padres, el compromiso con el trabajo, su dedicación, la

18 18 calidad del material y planes que prepare, su colaboración con el Centro donde trabaja y con las organizaciones comunales y padres de familia. xviii. El trabajo exige relaciones interpersonales con los compañeros de trabajo dentro de pautas de armonía, comprensión, tolerancia, solidaridad, colaboración y apoyo, todo con miras a lograr un clima laboral adecuado. Tiene también una proyección importante con los padres de familia, a los cuales debe brindar debida atención y prestar colaboración y apoyo. xix. Realizar cualquiera otra actividad relacionada con el puesto. xx. EQUIPO Y MATERIALES: El equipo de trabajo del CECUDI es responsable por el equipo y los materiales que emplea en la realización de las actividades, en conjunto con el personal asistente y de apoyo asistencial, por los equipos, utensilios e instalaciones, deberá reportar al coordinador del CECUDI cualquier daño, pérdida o funcionamiento inadecuado del equipo, para que el coordinador realice los trámites administrativos correspondientes. B. PUESTO: ASISTENTE PARA LA ATENCIÓN DE NIÑOS Y NIÑAS a. REQUISITOS: i. Noveno grado ii. Un año de experiencia en cuido de niños y niñas. iii. Incluir: fotografía tamaño pasaporte, hoja de delincuencia, examen médico y examen psicológico vigente en el formulario respectivo que cada Colegio tiene. b. NATURALEZA DEL CARGO: Colaborar con el personal técnico profesional en la atención de los niños y niñas en actividades relacionadas con educación y práctica de hábitos deseables, a fin de contribuir al mejoramiento del normal desarrollo y desenvolvimiento de los niños y niñas. c. BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL PUESTO: i. Colaborar en la evaluación de los procesos y actividades asignados al centro y sugerir, si fuera necesario, la generación de nuevas actividades. ii. Participar y colaborar en actividades de mejoramiento continuo y control de calidad en la atención de los infantes. iii. Confeccionar y dar mantenimiento al material didáctico utilizado en el proceso aprendizaje de los niños y niñas. iv. Asistir a reuniones con superiores y compañeros, a fin de coordinar actividades, mejorar métodos y procedimientos, analizar y resolver problemas que se presentan en el desarrollo de las labores, evaluar programas, actualizar o transmitir conocimientos, definir situaciones, proponer cambios y ajustes a programas de trabajo. v. El trabajo exige relaciones interpersonales con los compañeros de trabajo dentro de pautas de armonía, comprensión, tolerancia, solidaridad, colaboración y apoyo, todo con miras a lograr un clima laboral adecuado. Tiene también una proyección

19 19 importante con los padres de familia, a los cuales debe brindar debida atención y prestar colaboración y apoyo. vi. En cuanto al aspecto emocional, se trata de proporcionar al menos afecto y cariño, evitando crear en los niños y niñas miedos y prejuicios que afecten su salud mental y emocional. vii. Colaborar con el cambio de pañales de los niños y niñas si fuera necesario y acompañar a los niños y niñas que asisten al CECUDI a los servicios sanitarios. Además de velar por el adecuado aseo de los servicio sanitarios. viii. Dar asistencia en una emergencia al personal técnico. ix. Informar al coordinador del CECUDI las anomalías detectadas durante la jornada de trabajo. x. Participar, siguiendo directrices del coordinador del CECUDI, en el recibimiento de los niños y niñas que asisten al CECUDI, y ubicarlos en el lugar correspondiente. xi. Velar en todo momento por la seguridad de los niños y niñas xii. Realizar cualquier otra actividad relacionada con el puesto xiii. EQUIPO Y MATERIALES: El funcionario (a) es responsable por el equipo y los materiales que emplea en la realización de las actividades, en conjunto con el personal de apoyo tales como por los equipos, utensilios e instalaciones, deberá reportar al coordinador del CECUDI cualquier daño, pérdida o funcionamiento inadecuado del equipo, para que el coordinador realice los trámites administrativos correspondientes. C. PUESTO: COCINERO O COCINERA a. REQUISITOS: i. Título de sexto grado. ii. Título de manipulación de alimentos y un año de experiencia en labores de manipulación de alimentos y limpieza. iii. Examen médico y psicológico vigente y en el formulario que para tal fin tiene el Colegio respectivo b. NATURALEZA DEL CARGO: Ejecutar labores manuales y de apoyo a las actividades que se realizan en el CECUDI, preparar el menú de los niños de acuerdo a las normas establecidas. c. BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL PUESTO: i. Recibir, almacenar y custodiar, con base en directrices establecidas, los alimentos que entran al CECUDI, a fin de facilitar su posterior utilización. ii. Participar, siguiendo directrices del coordinador del CECUDI, en el recibimiento de los niños y niñas que asisten al CECUDI, y ubicarlos en el lugar correspondiente. iii. Cocinar diariamente los alimentos que serán ingeridos por los niños y niñas que asisten al CECUDI de acuerdo al ciclo del menú. iv. Cumplir con los menús establecidos, a fin de cumplir con el balance nutricional adecuado para el desarrollo integral de los niños y niñas.

20 20 v. Brindar a los niños o niñas las cantidades de las comidas recomendadas en el menú. vi. Elaborar de acuerdo al ciclo del menú y el menú la lista para la compra de alimentos mensual, verduras y carnes semanalmente. vii. Verificar las compras y revisar las condiciones de los alimentos comprados. viii. Servir y controlar el número de raciones alimenticias distribuido diariamente a los niños y niñas. ix. Recoger y lavar la vajilla después de cada tiempo de comida. x. Limpiar y ordenar los utensilios de cocina y disponer adecuadamente de los desechos. xi. EQUIPO Y MATERIALES: El funcionario es responsable por el equipo, herramientas y los materiales que emplea en la realización de las actividades. Cuando se halla en un CECUDI debe velar, en conjunto con el personal de apoyo asistencial, por los equipos, utensilios e instalaciones y reportar a quien corresponda cualquier daño, pérdida o funcionamiento inadecuado. xii. PROCEDIMIENTOS DE CALIDAD DEL SERVICIO: Coordinación con la empresa contratada para brindar los servicios requeridos en el CECUDI, coordinar visitas a los grupos que tiene cada técnica para evaluar la calidad de atención directa de los niños y niñas beneficiarios (as), la atención integral que se brinda, además de la supervisión correspondiente a la labor que realiza el personal de apoyo en la preparación de los alimentos. REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBE CONTENER CADA UNO DE LOS EXPEDIENTES DE LOS PROFESIONALES: La empresa oferente debe cumplir con el expediente actualizado de cada una de las personas que van a laborar en el CECUDI, atestados del personal que incluya al menos: estudios aprobados y capacitación realizada según sus necesidades, jornada laboral contratada, cargo y funciones, experiencia laboral en centros infantiles o cuido de niños y niñas, hoja de delincuencia, examen médico y examen psicológico que indique que son personas aptas para trabajar con niños y niñas en el formulario que cada Colegio Profesional tiene, copia de cedula, foto entre otros. De acuerdo a los lineamientos que da el Consejo de Atención Integral (CAI) según la Ley 8017 y su Reglamento. Y las recomendaciones de las Áreas Rectoras de Salud para la habilitación respectiva. 8. Procedimientos de Calidad del servicio: Coordinación con la empresa contratada para brindar los servicios requeridos en el CECUDI, coordinar visitas a los grupos que tiene cada profesional para evaluar la calidad de atención directa de los niños y niñas beneficiarios (as), la atención integral que se brinda, además de la supervisión correspondiente a la labor que realiza el personal de apoyo en la limpieza del establecimiento. Si existiera algún tipo de problema con el personal contratado por la empresa a la hora de prestar el servicio en el CECUDI, la empresa a solicitud de la Municipalidad sustituirá el personal.

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