Impuesto a las Ganancias. Impacto en los contribuyentes de la 4º Categoría
|
|
- Tomás Crespo Venegas
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Impuesto a las Ganancias Impacto en los contribuyentes de la 4º Categoría
2 OBJETO Sujetos Empresa y No Empresa Sujetos Empresa - Soc. regularmente constituidas - Establecimientos estables -Fideicomisos - Soc de hecho (1) - Explotacion unipersonal (1) Sujetos No Empresa - Resto de los sujetos: - Personas Físicas - Sucesiones Indivisas (1) Excepto cuando se dediquen al ejercicio de profesiones liberales u oficios y resto de act. art. 79 inc. g) y no las complementen con una actividad o explotación comercial
3 Sujetos Empresa OBJETO Sujetos Empresa y No Empresa Tienen gravadas todas sus ganancias: - de tipo eventual o no - relacionadas con su objeto o con su act. principal o no Teoría del Balance: Considera renta el crecimiento del potencial económico del titular entre 2 momentos distintos: + PN Inicio + Aportes - Distribuciones - PN Cierre = Resultado IG - ACS IMPUESTO A LAS GANANCIAS 3
4 OBJETO Sujetos Empresa y No Empresa Sujetos No Empresa - Resto de los sujetos (personas físicas y sucesiones indivisas) Tienen gravadas las ganancias: Susceptibles de una periodicidad; que implique la permanencia de la fuente que las produce y su habilitación o explotación. El resultado de la enajenación de bs. muebles amortizables. Demás ganancias que no cumplen con lo dispuesto en el art. 2, pero que se encuentran previstas en las distintas categorías. Ej.: alquileres, colocaciones financieras en el país y en el exterior, rentas del trabajo personal, etc. IG - ACS IMPUESTO A LAS GANANCIAS 4
5 FUENTE Residentes en el país Tributan por las ganancias que obtienen tanto en el país como en el exterior. No Residentes en el país Tributan por las ganancias de fuente argentina Son ganancia/pérdidas de fuente argentina las que provienen de: - Bs. situados/colocados/utilizados económicamente en el país. - Realización en la Argentina de cualquier acto o actividad. - Hechos ocurridos en el país. IG - ACS IMPUESTO A LAS GANANCIAS 5
6 + Ganancia Bruta Resultado Personas FísicasF - Gastos necesarios para obtenerla, mantenerla y conservarla = Ganancia neta o quebranto - Deducciones del art. 23 = Ganancia neta sujeta a impuesto x Alícuota (escala progresiva) = Impuesto (puede superar el 20% de tope máximo de retenciones efectuadas en conjunto por el empleador R. MTESS 436)
7 - Ingresos provenientes: Ingreso Bruto - Trabajo personal en relación de dependencia (sueldo, horas extras, adicionales, SAC, gratificaciones ordinarias o extraordinarias, etc.) - Compensaciones en dinero o en especie, los viáticos, etc. que se perciban por el ejercicio de la actividad, en las sumas que excedan los importes que la AFIP considere razonables en concepto de reembolso de gastos efectuados (personas que cumplan una función pública o relación de empleo público: $ 300 ver alcance en RG 4269 viajantes de comercio y otros: $ 7 a $ 28 por día)
8 Ingreso Bruto Casos especiales - Indemnización por rubro antigüedad en el despido. - Indemnizaciones por acogimientos a regímenes de retiro voluntario. - Indemnizaciones por causa de muerte o incapacidad producida por accidente o enfermedad. - Reintegro de gastos. - Salario familiar.
9 Gastos reales necesarios En general son deducibles los Gastos necesarios p/ obtener, mantener y conservar la ganancia : - Aportes jubilatorios - Aportes a obras sociales - Medicina prepaga: con límite (5% de la ganancia neta) - Gastos médicos: con límite (5% de la ganancia neta. No debe superar el 40% del gasto y solo p/determinados servicios) - Aporte sindical
10 Gastos reales necesarios - Intereses prestamos hipotecarios: con límite ($ anuales y prestamos destinados a la casa habitación) - Donaciones: con límite (5% de la ganancia neta) - Aportes individuales a los planes de seguro de retiros privados: con límite ($ anuales) - Descuentos obligatorios establecidos por leyes nacionales, provinciales o municipales - Gastos de capacitación - Personal doméstico: con límite (hasta $ anuales) - Aportes voluntarios a las AFJP - Aportes al capital social o al fondo de riesgo por socios protectores de Sociedades de Garantía Recíproca.
11 Deducciones presuntas art. 23 Deducciones Presuntas permiten computar en todo o en parte ciertos gastos reales o presuntos de sustento y personales. - Ganancia No imponible, Cargas de Familia y Deducción Especial y Gastos de Sepelio: representan los gastos personales y de sustento del contribuyente y su familia. - Condición común: no pueden superar el conjunto de ganancias netas alcanzadas por el impuesto. NO pueden generar quebranto.
12 Deducciones presuntas art. 23 Ganancia No Imponible Cargas de Familia - Parentesco - Que se hallen a cargo del contribuyente - Residentes en el país - Entradas netas inferiores a $ anuales - Hijos adoptados: Dictamen (DAL) 92/ Hijos de Concubina: Dictamen (DAL) 24/ Tutela de sobrinos: Consulta 10/8/82 Deducción Especial
13 IMPUESTO A LAS GANANCIAS SUELDO NETO MENSUAL IMPUESTO ANUAL IMPUESTO ANUAL SIN ESCALA MACHINEA Soltero Casado 2 hijos Soltero Casado 2 hijos
14 Declaración n Jurada y forma ingreso En general: Todas las personas cuyas ganancias superen la Ganancia No Imponible y las deducciones por cargas de familia deben presentar DJ anual con el conjunto de sus ganancias. En particular: Estan exentos de presentar DJ, los contribuyentes que sólo obtengan ganancias: - provenientes del trabajo personal en relación de dependencia, - a las cuales se les hubiese retenido el impuesto correspondiente.
15 Declaración n Jurada y forma ingreso Los beneficiarios de ganancias incluidas en el régimen de retención de la RG 1261, deben: - Ingresos iguales o superiores a $ : informar detalle de sus bienes al 31/12. - Ingresos iguales o superiores a $ : informar detalle de ingresos, deducciones, retenciones, etc. utilizando aplicativo
16 Declaración n Jurada Patrimonio al 31/12/2006 Patrimonio al 31/12/2006 Justificación Dpto. $ Dpto. $ Patr. 06 $ Auto $ Dpto. $ Sueldos netos $ Efectivo $ Auto $ Patr. 07 $ Plazo Fijo $ Efectivo $ Consumo $ Plazo Fijo $ Total $ Total $
17 Impuesto a las Ganancias Rentas de 4 Categoría Gastos de Viáticos, Representación y Reintegro de Gastos Dictámenes (DAT) 50/99-81/99 50/05
18 Impuesto a las Ganancias Rentas de 4 Categoría Gastos de Viáticos, Representación y Reintegro de Gastos Situaciones en análisis - Viáticos cobrados en el desempeño de la función de Director de una Caja Previsional Profesional, no sujetos a rendición de cuentas por parte de sus perceptores. - Gastos de Representación percibidos por los miembros de la Comisión Arbitral, por el desempeño de sus funciones. - Reintegros de gastos administrativos por parte de Abogados Mediadores, sin rendición de dichos gastos y conservando éstos la documentación respaldatoria.
19 Impuesto a las Ganancias Rentas de 4 Categoría Gastos de Viáticos, Representación y Reintegro de Gastos Normativa aplicable - Art. 79 (último párrafo): También se considerarán ganancias de esta categoría las compensaciones en dinero y en especie, los viáticos, etc. que se perciban por el ejercicio de las actividades incluidas en este artículo, en cuanto excedan de las sumas que la DGI juzgue razonables. - Art 110 (DR): debe entenderse por compensaciones en especie, todas aquellas prestaciones a las que hace referencia el primer párrafo del art. 100 de ley.
20 Impuesto a las Ganancias Rentas de 4 Categoría Gastos de Viáticos, Representación y Reintegro de Gastos Conclusión de la AFIP - Los importes pagados a los Directores de la Caja, en concepto de viáticos y que no se encuentran sujetos a rendición, constituyen para él una ganancia gravada por el IG. - Los ingresos de los miembros de la Comisión Arbitral, se encuentran encuadrados en el inc. a) del art. 79 de la ley del IG. - Los Mediadores debe emitir los respectivos comprobantes de acuerdo a las normas vigentes, lo cual implica que los ingresos se encuentran alcanzados, pudiendo deducir los gastos ocasionados con motivo de dicho ingreso.
21 UNILEVER DE ARGENTINA S.A. Tribunal Fiscal de la Nación Sala C - 27/09/2005
22 IMPUESTO A LAS GANANCIAS Desvinculación laboral por mutuo acuerdo La AFIP determinó de oficio retenciones de impuesto a las Ganancias, al incluir como gravadas sumas acordadas y pagadas a empleados, como consecuencia de la extinción del contrato de trabajo en virtud de su acogimiento a un régimen de retiro voluntario implementado por la propia empresa, aún cuando su importe no supere el monto correspondiente a la indemnización por antigüedad. El Fisco consideró que los casos constituyeron meras renuncias, seguidas de un pago graciable, sujeta a retención de impuesto a las Ganancias.
23 IMPUESTO A LAS GANANCIAS Desvinculación laboral por mutuo acuerdo Argumentos del contribuyente - Ante la inexistencia de normativa relacionada con las formalidades para implementar el régimen de retiro voluntario, el legislador ha dejado en libertad al contribuyente para realizarlo del modo que más operativo le resulte. - Identificó separadamente los conceptos correspondientes a los importes que superaban los topes previstos en la ley de contrato de trabajo, respecto de aquellos que no lo superaban. - En algunos supuestos, los ex empleados enviaron telegramas de renuncia, y si luego de esta no se hubieran abonado las sumas negociadas, el empleado podía accionar contra la firma. - Se agravia de que el Fisco pretenda que todo se documente ante escribano para merecer algún mérito probatorio.
24 IMPUESTO A LAS GANANCIAS Desvinculación laboral por mutuo acuerdo Argumentos de la AFIP - El Fisco niega la existencia del régimen de retiro voluntario y sostiene que las bonificaciones son una liberalidad del contribuyente. - Consideró correctas las desvinculaciones protocolizadas ante escribano público.
25 IMPUESTO A LAS GANANCIAS Desvinculación laboral por mutuo acuerdo Análisis del TFN - No considera que los pagos hayan sido una liberalidad ya que ellos representaría un acto del cual no se espera una contraprestación. En una liberalidad, se asegura a una de las partes alguna ventaja independientemente de toda prestación por parte de la otra. - La ley de Contrato de Trabajo prevé distintas causales de extinción del contrato laboral: - Las que atañen al trabajador (propia decisión, jubilación, etc.) - Las que atañen a ambas partes (vto. del plazo fijado, mutuo acuerdo, etc.) - Las que atañen al empleador (resolución sin justa causa, fuerza mayor, etc.) - Tal como lo reconoce el propio Fisco, el dinero era entregado sólo como consecuencia de la renuncia del empleado.
26 IMPUESTO A LAS GANANCIAS Desvinculación laboral por mutuo acuerdo Análisis del TFN - El régimen de retiro voluntario no se encuentra regulado, pero la jurisprudencia ha afirmado que configura una propuesta de negocio lícito. En consecuencia, se debe estar a lo pactado entre las partes. - Implica la exteriorización de la voluntad de la empleadora de reducir su personal y la manifestación del empleado de abandonar el empleo en las condiciones que se ofrecen. - En el presente caso, la empleadora manifestó su voluntad de reducir su plantel, los trabajadores enviaron telegramas de renuncia y luego recibieron sumas de dinero. En consecuencia se interpreta que lo fueron en el marco de un plan de retiro voluntario.
27 IMPUESTO A LAS GANANCIAS Desvinculación laboral por mutuo acuerdo Análisis del TFN - La justicia Laboral ha concluido en numerosos fallos que esta figura puede asimilarse a la extinción prevista en el art. 241 de la LCT, ya que aún cuando no estuviere homologado se estaría frente a un caso previsto en el último párrafo de dicho art. en tanto habla del comportamiento concluyente recíproco de las partes que traduce inequívocamente el abandono de la relación. - La ley del IG exime las indemnizaciones por antigüedad en los casos de despido - El TFN ha sostenido que el término indemnización puede utilizarse, teniendo en cuenta la fuente del daño, para reparar un daño contractual, que existe cuando una obligación de naturaleza contractual no es cumplida o es cumplida parcialmente, o teniendo en cuenta la causa, el daño puede ser moratorio o compensatorio (Causa Duwin-Wadin TFN Sala A 20/11/97).
28 Conclusión IMPUESTO A LAS GANANCIAS Desvinculación laboral por mutuo acuerdo - Si bien el art. 20 hace mención a las indemnizaciones por antigüedad, deberá atenderse a las características específicas de cada reparación, teniendo en cuenta que las mismas estén destinadas a reparar cualquier daño o gasto específico generado al trabajador por el hecho de la prestación del servicio, y que además exista una voluntad unilateral empresaria de extinguir el vínculo. - Las sumas abonadas a los ex-empleados no pueden equipararse nunca al despido (ya que en este caso se entiende que se ha quebrado la expectativa del trabajador de conservar su puesto) y por el contrario sí cabe asimilar dicha figura a la extinción del art. 241 de la LCT. - El reclamo fiscal se ajusta a derecho.
29 IMPUESTO A LAS GANANCIAS Desvinculación laboral por mutuo acuerdo Otros antecedentes Dictamen 72/2002 (DAL): La indemnización abonada a una persona en caso de un despido consensuado art. 241 de la LCT, en la medida en que no supere los montos que en concepto de indemnización por antigüedad establecen las disposiciones legales respectivas, constituyen ganancias que no integran la base de cálculo del tributo en cuestión, toda vez que dicha figura resulta asimilable al retiro voluntario. Los importes que superen a los que en concepto de indemnización por antigüedad establecen las disposiciones legales dictadas al respecto, constituyen una renta gravada derivada del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia. Los montos abonados en virtud de los términos del art. 16 de la ley a un empleado que extingue su relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador, se halla alcanzado por el impuesto bajo tratamiento.
30 Ediciones B. Argentina SA Tribunal Fiscal de la Nación Sala B 29/3/2007
31 IMPUESTO A LAS GANANCIAS Indemnización por despido La AFIP ajusta la retención practicada por la empresa, entre otros conceptos, por el importe de la indemnización rubro antigüedad en el despido.
32 IMPUESTO A LAS GANANCIAS Indemnización por despido Análisis del Tribunal Fiscal de la Nación Toma lo expresado en el libro Impuesto a las Ganancias de Raimondi y Atchabahian: - Lo sustancial para la LCT es que los derechos que otorga a favor del empleado no pueden verse reducidos por la sola voluntad del empleador. - En el IG nada sugiere que la exención para este tipo de indemnización se refiere tan solamente al monto que, como mínimo, el empleador debe satisfacer a su empleado cuando lo despide sin causa. - De ahí que discrepemos con la interpretación fiscal al entender que la exención del impuesto es por los montos abonados hasta la concurrencia con los montos establecidos en las disposiciones legales.
33 IMPUESTO A LAS GANANCIAS Indemnización por despido Análisis del Tribunal Fiscal de la Nación - La indemnización no puede ser menor y porque esto es así, para la ley la exención tampoco puede ser menor. - Hace mención al Fallo Vizzotti de CSJN.
34 Conclusión IMPUESTO A LAS GANANCIAS Indemnización por despido - El fallo de CSJN ha extendido la naturaleza de la indemnización por despido respecto de los importes que exceden al tope y, en consecuencia del mecanismo de reenvío de la legislación fiscal a la laboral, este criterio interpretativo lleva a que las indemnizaciones por despido superior a los topes pautados también se encuentran amparadas por la exención del art. 20 de la ley del IG.
35 IMPUESTO A LAS GANANCIAS Indemnización por despido Fallo Martín, María Eugenia TFN Sala A 9/11/04 Despido por matrimonio. Dictamen 72/02 Mutuo acuerdo Dictamen (DAT) 51/95 Quitas sobre sueldos destinadas a aumentos de capital. Deducción Aportes sindicales.
36 IMPUESTO A LAS GANANCIAS RETENCIONES 4º CATEGORIA Consulta no Vinculante
37 Impuesto a las Ganancias Retenciones 4º Categoría Consulta Empleado en relación de dependencia que se encuentra realizando un posgrado relacionado con su actividad, el monto de la cuota puede ser deducido a los efectos del régimen retentivo de la RG 1261?
38 Impuesto a las Ganancias Retenciones 4º Categoría Respuesta Es improcedente ya que dicho concepto no se encuentra previsto en la RG Si quiere hacer la deducción deberá hacerlo mediante la presentación de la respectiva declaración jurada.
39 IMPUESTO A LAS GANANCIAS Indemnización por despido
40 Situaciones Complejas Ruptura del Contrato de trabajo Exenciones Art. 20 inciso i)...las indemnizaciones por antigüedad en los casos de despido y las que se reciban en forma de capital o renta por causas de muerte o incapacidad producida por accidente o enfermedad, ya sea que los pagos se efectúen en virtud de lo que determinan las leyes civiles y especiales de previsión social o como consecuencia de un contrato de seguro. No están exentas las jubilaciones, pensiones, retiros, subsidios... Las indemnizaciones por falta de preaviso en el despido...
41 Interpretación del Fisco Dictámenes del Organismo Recaudador El propósito del legislador ha sido exonerar del pago del impuesto, las sumas que se perciban en concepto de indemnización por antigüedad en caso de despido, pues ellas carecen de carácter de renta o ganancia, pero sí limitado el beneficio al estipulado en las normas legales en la materia (LCT) La modalidad adoptada del retiro voluntario no modifica el carácter esencial del despido de personal, pero sólo deben tenerse por exentos los importes que deban ser considerados como indemnización por antigüedad. Dictamen (DATJ) 26/85 30/08/1985
42 Ruptura Ante Tempus Contrato de Trabajo a plazo fijo (Arts. 93 y 95 LCT) La indemnización del art. 95, está compuesta por dos tipos de restituciones, una del ámbito laboral y otra del derecho común. la exención incumbe solamente a las indemnizaciones del ámbito laboral en los términos del art. 245 (LCT) Dictamen (DAT) 97/94 10/06/1994
43 Indemnización Art. 178 LCT No corresponde considerar por incluida dentro del concepto de indemnización por despido del inciso i) del art. 20 (LIG) a la indemnización por despido por embarazo prevista en el art. 178 LCT, por su carácter accesorio Dictamen (DAT) 43/ /06/2000
44 Art. 16 Ley La totalidad de la indemnización por distracto en el caso del art. 16 Ley , se encuentra eximida del pago del impuesto atento ser su naturaleza de idéntico tenor a la indemnización por antigüedad Los montos abonados en los términos del art. 16 de la Ley en una extinción del contrato laboral de mutuo acuerdo se halla alcanzado por el impuesto Dictamen (DAL) 38/ /05/2002 Dictamen (DAL) 72/ /08/2002
45 Antecedentes Jurisprudenciales Dowd de Gardey CNACAF Sala IV 05/07/2001 Las sumas percibidas en concepto de indemnización por despido por causa de embarazo se encuentran exentas del Impuesto a las Ganancias, de conformidad con el art. 20, inciso i) de la LIG, en tanto, se trata de un único resarcimiento causado por el despido y que en los casos de embarazo resulta notablemente agravado.
46 Russo Juan A. s/ Rec. Casación TFN Sala D 24/09/2004 Procede la exención respecto del monto abonado como gratificación extraordinaria, pues más allá de la diferenciación efectuada en la extinción de la relación laboral aquellas integran el rubro antigüedad por despido, en tanto han sido liquidadas aplicando la mejor remuneración percibida durante el último año Las gratificaciones extraordinarias que se originan como indemnización por despido no constituyen ganancia gravable, por no reunir las condiciones de peridiocidad que impliquen la permanencia de la fuente.
47 Martín María E. TFN Sala A 09/11/2004 Las sumas percibidas en concepto de indemnización por despido por causa de matrimonio se encuentran exentas del Impuesto a las Ganancias, por cuanto se calculan en función de la antigüedad y en el caso de matrimonio resulta agravado (en similar sentido que Dowd de Garey )
48 Quantum de la indemnización exenta Vizzoti c/ AMSA C.S.J.N. 14/09/2004 Dirección Nacional de Impuestos Expte. Nº /2004 Tratándose de un fallo del más Alto Tribunal, correspondería por cuestiones de economía procesal...ajustar el criterio del Organismo Recaudador a lo resuelto por la Corte, ya que al declararse la inconstitucionalidad del sistema de topes se amplió el alcance a otorgar al art. 20, inc. i) de la LIG.
49 Pombo c/ Agroservicios Pampeanos CNAT Sala III 03/02/2006 La suma abonada por la demandada para cancelar la indemnización por antigüedad debida con motivo de un despido injustificado y que excede el tope máximo previsto por el art. 245 de la L.C.T., e incluso las pautas establecidas por la CSJN en la causa Vizzoti, se encuentra exenta del impuesto a las ganancias por cuanto ninguna especificación realiza el art. 20 inciso i) de la Ley con relación a la forma o modo de cálculo de la indemnización sino que se limita a contemplarla dentro de sus taxativas excepciones.
50 Ediciones B. Argentina SA Tribunal Fiscal de la Nación Sala B 29/3/2007 El fallo de CSJN ha extendido la naturaleza de la indemnización por despido respecto de los importes que exceden al tope y, en consecuencia del mecanismo de reenvío de la legislación fiscal a la laboral, este criterio interpretativo lleva a que las indemnizaciones por despido superior a los topes pautados también se encuentran amparadas por la exención del art. 20 de la ley del IG.
EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS FRENTE A TEMAS COMPLEJOS DEL ORDEN LABORAL
Daniel G. Pérez EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS FRENTE A TEMAS COMPLEJOS DEL ORDEN LABORAL Rentas del Trabajo Personal (Art. 79) LIG Las provenientes: b) Del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS
Cra. Erica Tomassoni - Mail ericatomassoni@gmail.com IMPUESTO A LAS GANANCIAS SUELDOS BAJO RELACION DE DEPENDENCIA NORMATIVA LEGAL Ley 20628 Impuesto a las Ganancias Resolución General AFIP 2437 BO 22/04/2008
Más detallesLEY 20.628. Contaduría General de la Provincia
LEY 20.628 Contaduría General de la Provincia Características Generales del Impuesto Es un impuesto Nacional. Es un impuesto progresivo y directo. Es un impuesto personal. Es un impuesto anual. CONCEPTO
Más detallesImpuesto a las Ganancias 4ta Categoría. Versión 7.0 junio-15
Impuesto a las Ganancias 4ta Categoría Versión 7.0 junio-15 Aspectos Generales del Impuesto a las Ganancias Es un impuesto NACIONAL, que recae sobre los beneficios o rentas obtenidos durante un período
Más detallesMAESTRIA EN TRIBUTACIÓN UNLZ ESQUEMA DE LIQUIDACIÓN
MAESTRIA EN TRIBUTACIÓN UNLZ ESQUEMA DE LIQUIDACIÓN 1. DETERMINACION DE LA RENTA BRUTA Y NETA Conceptos Primera categoría Segunda categoría Tercera categoría Cuarta categoría Criterio de imputación de
Más detallesRetención de Impuesto a las Ganancias a trabajadores en relación de dependencia
Retención de Impuesto a las Ganancias a trabajadores en relación de dependencia INTRODUCCIÓN La R.G. Nº 2437/08 de AFIP establece un régimen de retención sobre las ganancias comprendidas en los incisos
Más detallesEste informe ha sido elaborado por el Contador Arturo Sampedro, dependiente de Tesorería General de la Provincia.
Deducciones para Impuesto a las Ganancias 4º Categoría Este informe ha sido elaborado por el Contador Arturo Sampedro, dependiente de Tesorería General de la Provincia. Por aplicación de la Resolución
Más detallesReglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Modificación.
Decreto 2334/2013 Reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Modificación. Bs. As., 20/12/2013 VISTO la Ley Nº 26.893, y CONSIDERANDO: Que la norma citada en el Visto introdujo modificaciones
Más detallesDecreto 2334/2013. Ganancias. Gravabilidad Dividendos, Acciones, Participaciones Sociales y otros. Reglamentación
Decreto 2334/2013. Ganancias. Gravabilidad Dividendos, Acciones, Participaciones Sociales y otros. Reglamentación Se reglamenta la reciente modificación a la Ley de impuestos a las Ganancias, que grava
Más detallesLEY 20.628. Contaduría General de la Provincia
LEY 20.628 Contaduría General de la Provincia Impuesto a las Ganancias Esquema de liquidación Obligaciones del Empleado F572 Decreto Nº 1242/13 Obligaciones del Empleador - F649 Que Controlamos? Ganancia
Más detallesMaría Marcela Con, Farías Contadora Pública
María Marcela Con, Farías Contadora Pública Estudio Con, Farías Días Vélez 3876, 3 Piso Tel.: +54 (11) 6320-0222 Email: marcela.con,@con,farias.com Régimen de Retenciones: Introducción Los empleadores
Más detallesAsignaciones Familiares Provincia de Buenos Aires
1 VISTO el Expediente 2.305-4.951/04 del Ministerio de Economía, por el cual se propicia el dictado de un Decreto que fije un nuevo Régimen de Asignaciones Familiares, y CONSIDERANDO: Que dentro de los
Más detallesBÉLGICA EL TRATAMIENTO FISCAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO 17
60 BÉLGICA EL TRATAMIENTO FISCAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO 17 Las indemnizaciones ordinarias de ruptura del contrato de trabajo La normativa
Más detallesMR Consultores. Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria IMPUESTO A LAS GANANCIAS INCREMENTO DE LAS DEDUCCIONES PERSONALES
MR Consultores Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria IMPUESTO A LAS GANANCIAS INCREMENTO DE LAS DEDUCCIONES PERSONALES Expositor: Marcelo D. Rodríguez IMPUESTO A LAS GANANCIAS Artículo 79
Más detallesNUM-CONSULTA V1424-14 ORGANO
NUM-CONSULTA V1424-14 ORGANO SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas FECHA-SALIDA 29/05/2014 NORMATIVA LIRPF, 35/2006, Arts. 7.e) y 18. RIRPF, RD/2007, Art. 11. DESCRIPCION-HECHOS El 31
Más detallesConsulta Vinculante V2081-14, de 30 de julio de 2014 de la Subdireccion General de. Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas DESCRIPCIÓN
1/6 Consulta Vinculante V2081-14, de 30 de julio de 2014 de la Subdireccion General de LA LEY 2339/2014 Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas DESCRIPCIÓN La entidad consultante, extinguió su
Más detallesImpuesto a las Ganancias. Rentas de empleados en relación de dependencia.
Impuesto a las Ganancias. Rentas de empleados en relación de. Qué es el impuesto a las ganancias? Tributo que grava las ganancias obtenidas por personas de existencia visible o ideal. Categoría Origen
Más detallesArtículo 296. Impuesto patrimonial por fracción de año (Derogado Ley 6/92 art. 140)
Artículo 296. Impuesto patrimonial por fracción de año (Derogado Ley 6/92 art. 140) Artículo 297. Descuento al impuesto de patrimonio (Derogado Ley 6/92 Art. 140) Artículo 298. Facultades para eliminar
Más detallesRÉGIMEN DE APORTACIÓN ESCALA REDUCIDA REGLAMENTACIÓN TÍTULO I DE LA APORTACIÓN REDUCIDA
RÉGIMEN DE APORTACIÓN ESCALA REDUCIDA REGLAMENTACIÓN TÍTULO I DE LA APORTACIÓN REDUCIDA ARTICULO 1º: En conformidad a la facultad establecida por el Art. 35 inc. h segundo párrafo de la Ley 12.207, establécense
Más detallesAFILIADO INDEPENDIENTE
AFILIADO INDEPENDIENTE Definición Toda persona natural que sin estar subordinada a un empleador, ejerza individualmente una actividad mediante la cual obtiene rentas de trabajo. La ley 20.255 estableció
Más detallesSobre la reciente modificación del decreto reglamentario del impuesto a las ganancias.
Sobre la reciente modificación del decreto reglamentario del impuesto a las ganancias. Autores: Fernanda Laiún y Florencia Fernández Sabella Socias de Laiún, Fernández Sabella & Smudt. Fernandez Sabella
Más detallesFiscalidad y Tributacio n Impuesto a la Ganancias
Fiscalidad y Tributacio n Impuesto a la Ganancias La Administración Federal de Ingresos Públicos incrementa las deducciones del impuesto a las ganancias para trabajadores en relación de dependencia con
Más detallesVéase al respecto el Anexo a esta Circular. B. Sujetos obligados a informar sus bienes e ingresos al Fisco (RG AFIP 2437 art. 12)
Ciudad de Buenos Aires, 03 de Febrero de 2015. Circular I 785 INFORMACIÓN PARA EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia. A)
Más detallesLA TRIBUTACIÓN DE LA NÓMINA Y LA FUNCIÓN DEL REVISOR FISCAL. Por: Juan José Jadeth Cubides
LA TRIBUTACIÓN DE LA NÓMINA Y LA FUNCIÓN DEL REVISOR FISCAL Por: Juan José Jadeth Cubides 1 Introducción: MARCO CONCEPTUAL 2 Introducción: El pago de salarios genera obligaciones para el empleador, y en
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS - PREGUNTAS FRECUENTES:
IMPUESTO A LAS GANANCIAS - PREGUNTAS FRECUENTES:» 1- Están las jubilaciones y pensiones gravadas por el impuesto a las ganancias? Según el artículo 79 inc. c, Capítulo IV de la Ley N 20.628: "Constituyen
Más detallesNOVEDADES FISCALES PARA EL 2013
N.I: 2013-01-22/2 NOTIICIIAS DE IINTERÉS GENERAL NOVEDADES FISCALES PARA EL 2013 Apreciados Clientes, Le pasamos a detallar como continuación de nuestra anterior Circular, las novedades más importantes
Más detallesI m p u e s tos Ganancias de tercera categoría
A N E X O D E A C T U A L I Z A C I Ó N - A B R I L 2 0 1 1 ACTUALIZ ACIÓN ANTERIOR: M A R ZO 2011 Colección Práctica I m p u e s tos Ganancias de tercera categoría Unipersonales Sociedades de hecho Claudia
Más detalles$63(&726,0326,7,926 8&(0$
$63(&726,0326,7,926 '(/),'(,&20,62 Estrategia de análisis de tratamiento fiscal Ante todo planificar!!!! Analizar el tratamiento fiscal para El fiduciante: por los bienes que aporta El fideicomiso por
Más detallesQuienes están sujetos al impuesto a las Ganancias?
Quienes están sujetos al impuesto a las Ganancias? Todas las personas de existencia visible o ideal que obtengan ganancias están sujetas al gravamen. A los efectos de la ley, se consideran ganancias de
Más detallesCIRCULAR N 01/16 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
CIRCULAR N 01/16 SALTA, 07 de Marzo de 2016 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS AREA: IMPOSITIVA TEMA: Ganancias de la Cuarta Categoría Rentas del Trabajo Personal Incremento en las Deducciones del Art. 23º
Más detallesh. F. 711 Ganancias Personas Físicas Régimen Simplificado
h. F. 711 Ganancias Personas Físicas Régimen Simplificado Para ingresar a la ventana Ganancias Personas Físicas Régimen Simplificado una vez ingresados los parámetros Formulario, Versión y Período Fiscal,
Más detallesSOLUCIÓN CASOS. 144.242,91 estarían sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y no sujetos al IRPF.
SOLUCIÓN CASOS 1. La pensión extraordinaria reconocida por el Estado español está exenta del impuesto en virtud de lo establecido en el artículo 7. a) de la Ley 40/1998. Según el artículo 39.2 del Reglamento
Más detallesASPECTOS LABORALES DE LA REFORMA TRIBUTARIA. Alexandra Gnecco Mendoza
ASPECTOS LABORALES DE LA REFORMA TRIBUTARIA Alexandra Gnecco Mendoza 1 Objetivos de de la la Reforma *Equidad Mejorar la distribución de la carga tributaria - Personas con *Equidad un poco - más Personas
Más detallesMaterial de Estudio DCC-PC1-17 V1 Procesos Contables I. Procedimiento para la retención en la fuente sobre salarios
Procedimiento para la retención en la fuente sobre salarios Art. 103 del E.T. Rentas de trabajo. Se consideran rentas exclusivas de trabajo, las obtenidas por personas naturales por concepto de salarios,
Más detallesRESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3770
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3770 Deducciones personales. Incremento del mínimo no imponible, cargas de familia y deducción especial para trabajadores en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones,
Más detallesQuiénes están obligados a presentar declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y/o del Impuesto sobre los Bienes Personales?
Quiénes están obligados a presentar declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y/o del Impuesto sobre los Bienes Personales? Los empleados Los actores que perciban sus ingresos a través
Más detallesPRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1) Qué es la Seguridad Social? Cuáles son los principios de la Seguridad Social? La Seguridad Social es la rama del derecho que trata de crear a favor de todos los miembros
Más detallesATENCION: PATRONOS Y EMPLEADOS DE EMPRESAS EN PROCESO DE LIQUIDACION O CIERRE DE NEGOCIOS Y ADMINISTRADORES DE FIDEICOMISOS DE EMPLEADOS
DETERMINACION ADMINISTRATIVA NUM. 08-13 ATENCION: PATRONOS Y EMPLEADOS DE EMPRESAS EN PROCESO DE LIQUIDACION O CIERRE DE NEGOCIOS Y ADMINISTRADORES DE FIDEICOMISOS DE EMPLEADOS ASUNTO: TRATAMIENTO CONTRIBUTIVO
Más detallesAcceso al Formulario 572 On-Line de AFIP. De más de a $ * más el sobre excedente de $ 0 2.000 0 10,0 0 2.000 4.000 200 14,0 2.000
Actualización: 14-01-14 ESTE ARCHIVO CONTIENE: Escala de retenciones para profesionales liberales- Mínimo no imponible - Cálculo del impuesto Exención de la obligación de emitir factura cuando los honorarios
Más detallesImpuesto a las Ganancias: Liquidación e Ingreso del Impuesto
Universidad Católica de Córdoba Facultad de Ciencias Económicas y de Administración Asignatura Impuestos I. Cátedra B Año 2015 Impuesto a las Ganancias: Liquidación e Ingreso del Impuesto 2 1 Determinación
Más detallesRENUNCIA A LAS COTIZACIONES PREVISIONALES TRABAJADOR INDEPENDIENTE
Página 1 de 5 RENUNCIA A LAS COTIZACIONES PREVISIONALES TRABAJADOR INDEPENDIENTE 1.- Qué aspectos se deben considerar para efectuar Cotizaciones Previsionales sobre las Boletas de Honorarios? Los aspectos
Más detallesNOVEDADES FISCALES MAYO 2015
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3769 - BO: 05/05/2015 PROCEDIMIENTO FISCAL. SE ESTABLECEN PRECISIONES RESPECTO DEL RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PARA OBLIGACIONES VENCIDAS AL 28/2/2015
Más detallesTipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES
Consulta sobre qué conceptos han de entenderse encuadrados dentro de la expresión indemnización por los costes de cobro utilizada por el artículo 200.4 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. FECHA DE APROBACIÓN: 21/04/2015 FECHA PUBLICACIÓN EN EL B.O.P.: 30/04/2015 FECHA ENTRADA EN VIGOR: 01/05/2015
Más detallesEL IRPF EN EL PROCESO DE PREJUBILACIÓN MANUAL DE CONSULTA
EL IRPF EN EL PROCESO DE PREJUBILACIÓN MANUAL DE CONSULTA EL IRPF EN EL PROCESO DE DESVINCULACIÓN El presente texto pretende analizar las repercusiones fiscales de todo el proceso de las prejubilaciones
Más detallesImpuesto a las Ganancias persona Jurídica- Esquemas Técnicos Expositora: Dra. Adriana de Llamas
Impuesto a las Ganancias persona Jurídica- Esquemas Técnicos Expositora: Dra. Adriana de Llamas PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE LOS DyC BANCARIOS: RG 2111/06 (BO 14/08/06) DOBLE LIMITE : Se limita el
Más detallesCIRCULAR N 01/09 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
CIRCULAR N 01/09 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS SALTA, 20 de Enero de 2.009 AREA: IMPOSITIVA TEMA: Retención de Impuesto a las Ganancias: Ley 26.425 y 26.477 - Resolución AFIP 2.529/08. El Poder Ejecutivo
Más detallesCómo calcular el IRPF en Uruguay
Cómo calcular el IRPF en Uruguay 1 - El mínimo no imponible...2 2 - Cómo se calcula el impuesto...5 3 - Los asalariados...8 4 - Trabajadores independientes y empresarios...11 5 - Jubilados...14 6 - Gestiones
Más detallesREGIMENDE ASIGNACIONESFAMILIARES
DE LA NACION REGIMENDE ASIGNACIONESFAMILIARES m Se instituye, con carácter nacional y obligatorio, y sujeto a las disposiciones de la presente ley, un régimen de asignaciones familiares basado en: a) Un
Más detallesDECLARACIÓN JURADA CONTRIBUYENTES - RENTAS DEL TRABAJO IRPF
DECLARACIÓN JURADA CONTRIBUYENTES - RENTAS DEL TRABAJO IRPF 1) Quiénes se encuentran obligados a presentar declaración jurada de IRPF por las rentas del trabajo? Para el año 2008 los obligados a presentar
Más detallesEJERCICIOS PRÁCTICOS CALCULA EL SUBSIDIO POR IT
EJERCICIOS PRÁCTICOS CALCULA EL SUBSIDIO POR IT Vamos a calcular el Subsidio por Incapacidad Temporal con arreglo a los siguientes datos: Datos del trabajador Edad 30 años Trabajando en la empresa en cuestión
Más detallesImpuesto Renta 2012. País Vasco. Información de tu interés.
Impuesto Renta 2012 País Vasco Información de tu interés. A continuación te informamos, de forma resumida, de la normativa a aplicar en los diferentes productos financieros para la declaración de los Impuestos
Más detallesActualidad jurídica y económica para empresas y directivos La seguridad y la confianza de nuestros clientes, lo más importante
Actualidad jurídica y económica para empresas y directivos La seguridad y la confianza de nuestros clientes, lo más importante En este número: Los autónomos cuentan con un nuevo límite de 2.000 euros en
Más detallesClaves para que la salida del Monotributo no se convierta en una pesadilla
Claves para que la salida del Monotributo no se convierta en una pesadilla Los expertos consultados por iprofesional.com revelaron los pasos que debe seguir un pequeño contribuyente para sortear sin sobresaltos
Más detallesCIRCULAR 5/2014 ENTIDADES DE PREVISIÓN SOCIAL VOLUNTARIA (EPSV) SENTENCIA 97/2014 (BOE 04/07/2014) SOBRE EPSV
ENTIDADES DE PREVISIÓN SOCIAL VOLUNTARIA (EPSV) SENTENCIA 97/2014 (BOE 04/07/2014) SOBRE EPSV La sentencia 97/2014, de 12 de junio de 2014, del Tribunal Constitucional publicada en el BOE del 4 de julio
Más detalles12 de enero de 2007 DETERMINACION ADMINISTRATIVA NUM. 07-01
DETERMINACION ADMINISTRATIVA NUM. 07-01 ASUNTO: TRATAMIENTO CONTRIBUTIVO DE INDEMNIZACION RECIBIDA POR CONCEPTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS, POR RAZON DE INCAPACIDAD OCUPACIONAL Y NO OCUPACIONAL; Y PAGOS POR
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS RENTA 4º Categoría
IMPUESTO A LAS GANANCIAS RENTA 4º Categoría 1. INTRODUCCION Es nuestra intención que el presente instructivo, sea de utilidad tanto para los empleados en relación de dependencia que están alcanzado por
Más detallesGlosario de Términos Empleados en el Diagnóstico Estratégico Financiero
Glosario de Términos Empleados en el Diagnóstico Estratégico Financiero A ACCIONES (SOCIALES). Recursos destinados a cubrir los servicios, cuya atención permita incrementar el bienestar social de la población.
Más detallescorrespondiente a este año a través del formulario online F. 572
El organismo de recaudación ya habilitó el ingreso de datos para el formulario online F. 572 correspondiente al ejercicio fiscal 2014. Cuáles son los conceptos que pueden informarse a través de la web,
Más detallesLEY XIX º 47 (Antes Ley 4286) SISTEMA DE RETIRO VOLUNTARIO ANTICIPADO
LEY XIX º 47 (Antes Ley 4286) SISTEMA DE RETIRO VOLUNTARIO ANTICIPADO ARTÍCULO 1.- Establécese el Sistema de Retiro Voluntario Anticipado para el personal perteneciente al Poder Legislativo. ARTÍCULO 2.-
Más detallesRemuneraciones y su protección
Remuneraciones y su protección Eduardo Vidal Orellana Abogado U. de Chile Retribución Todo trabajo debe ser retribuido por remuneraciones equitativas que permitan satisfacer las necesidades básicas b del
Más detallesLEY 20.255 SOBRE REFORMA PREVISIONAL; DISPOSICIONES VINCULADAS A LA EMPRESA Y LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES
LEY 20.255 SOBRE REFORMA PREVISIONAL; DISPOSICIONES VINCULADAS A LA EMPRESA Y LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES Subsecretaría de Previsión Social 2008 1. Subsidio previsional para trabajadores jóvenes 2.
Más detallesTRATANDOSE DE DIVIDENDOS O UTILIDADES, EN DINERO O EN ESPECIE EXCEPTO EN ACCIONES O CUOTAS PARTES- QUE DISTRIBUYAN LOS SUJETOS MENCIONADOS EN EL
TERCER TEMA TRATANDOSE DE DIVIDENDOS O UTILIDADES, EN DINERO O EN ESPECIE EXCEPTO EN ACCIONES O CUOTAS PARTES- QUE DISTRIBUYAN LOS SUJETOS MENCIONADOS EN EL INCISO a) apartados 1,2,3,6 Y 7, e inciso b)
Más detallesPRESTACIONES SOCIALES EN CASO DE JUBILACIÓN
PRESTACIONES SOCIALES EN CASO DE JUBILACIÓN En Suiza existen dos seguros que pueden ofrecer prestaciones de jubilación: el Seguro de Vejez y Supervivencia y el Sistema de Fondos de Pensiones o Previsión
Más detallesFALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SOBRE IMPROCEDENCIA DE LA RETENCIÓN DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS COMO CONSECUENCIA DE UN DISTRACTO LABORAL
FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SOBRE IMPROCEDENCIA DE LA RETENCIÓN DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS COMO CONSECUENCIA DE UN DISTRACTO LABORAL En este informe abordaremos el tratamiento que los empleadores,
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO LEGISLACIÓN CONSOLIDADA
Sección 1.ª Programa de fomento del empleo Artículo 1. Objeto del Programa y beneficiarios. 1. El presente Programa regula las bonificaciones por la contratación indefinida, tanto a tiempo completo como
Más detallesCAPÍTULO III : FUNDACIONES DE INTERES PRIVADO 1. Concepto y funcionamiento La fundación de interés privado puede definirse como la institución creada
CAPÍTULO III : FUNDACIONES DE INTERES PRIVADO 1. Concepto y funcionamiento La fundación de interés privado puede definirse como la institución creada por una o más personas naturales o jurídicas, llamadas
Más detallesFISCALIDAD DE LOS PLANES DE PENSIONES
BOLETI N INFORMATIVO Nº 78 INFORMACIÓN COLECTIVO DE PREJUBILADOS FISCALIDAD DE LOS PLANES DE PENSIONES APORTACIONES VOLUNTARIAS 1 FISCALIDAD DE LOS PLANES DE PENSIONES. APORTACIONES VOLUNTARIAS. Prácticamente
Más detallesReclamación previa de indemnización derivada del Convenio Colectivo, por declaración de incapacidad permanente. 029/13
ASUNTO: PERSONAL/RECLAMACIÓN PREVIA Reclamación previa de indemnización derivada del Convenio Colectivo, por declaración de incapacidad permanente. 029/13 EP ************ INFORME I. ANTECEDENTES DE HECHO
Más detalles3. De ser negativa la pregunta anterior, procede aplicarlo como gasto deducible en el ejercicio en que el impuesto es efectivamente pagado?
INFORME N. 023-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se plantea el supuesto de una empresa domiciliada en el Perú que tiene una sucursal en otro país( 1 ), a través de la cual obtiene utilidades que son enviadas
Más detallesPKF Villagarcía & Asociados
Buenos Aires, 24 de Enero de 2013. Circular I - 756 Impuesto a las Ganancias 4ta categoría. Relación de Dependencia. Deducciones admitidas por la RG Nº 2437 (AFIP) para la determinación del impuesto. Memo
Más detallesAyuntamiento de Palencia
Ayuntamiento de Palencia ORDENANZA FISCAL REGULADORAS DE TASAS POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO; SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Y TELEASISTENCIA Artículo 1º. En uso de las atribuciones conferidas
Más detallesFORMULARIO 572 AFIP INSTRUCTIVO
FORMULARIO 572 AFIP INSTRUCTIVO RETENCIONES IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE 4ta. CATEGORIA El formulario 572 de AFIP es, por medio del cual, los empleados deben informar las deducciones admitidas en el Impuesto
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. I.- FUNDAMENTACIÓN Artículo 1- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y siguientes del Real Decreto
Más detallesNORMA GENERAL NO. 03 06
SECRETARIA DE ESTADO DE FINANZAS DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS Santo Domingo, D. N. AÑO DE LA GENERACIÓN DE EMPLEOS NORMA GENERAL NO. 03 06 CONSIDERANDO: Que el artículo 19 de la Ley 557 05 de
Más detallesR eferencias CONSULTAS OCTE GACETA TRIBUTARIA DEL PAÍS VASCO
R eferencias CONSULTAS OCTE CONSULTA 2012.7.3.7 IRPF e IS: indemnizaciones exentas y reestructuraciones empresariales. 2012-07-17 HECHOS PLANTEADOS La entidad consultante, (Entidad) S. A., es una sociedad
Más detallesGuía sobre la contratación de Trabajadores(as) de Casa Particular
Guía sobre la contratación de Trabajadores(as) de Casa Particular Quiénes son trabajadores(as) de casa particular? De acuerdo con lo establecido en el Art. 146 del Código del Trabajo son trabajadores de
Más detallesPROSPERIDAD PARA TODOS
L imi No y ~11~44 www.dan.gov,co 1 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D.C.1 Minllacienda PROSPERIDAD PARA TODOS Alig III A 11: 21 049118 100208221_,. r 00740 CONCEPTO No. AREA: Tributaria
Más detallesTipos de retenciones en la fuente Impuesto sobre la renta
Tipos de retenciones en la fuente Impuesto sobre la renta DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN MARZO 2013 2.8.2.1 Retenciones al salario Tipos de retenciones en la fuente Impuesto sobre la renta Salarios y
Más detallesEn relación con las operaciones comerciales que pueden realizarse en el país, se formulan las siguientes consultas:
INFORME N. 054-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con las operaciones comerciales que pueden realizarse en el país, se formulan las siguientes consultas: 1. Una empresa no inscrita en el Registro Único
Más detallesEXENCIONES IMPOSITIVAS DE ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO
EXENCIONES IMPOSITIVAS DE ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO Aspectos generales Caso particular filiales FEHGRA 10º COLOQUIO TRIBUTARIO 26 y 27-09-13 TEMAS 1. El aspecto temporal del reconocimiento de exenciones
Más detallesArt. 23 - Las personas de existencia visible tendrán derecho a deducir de sus ganancias netas:
Propuesta de agregados y correcciones al MANUAL DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS (Darío Rajmilovich y colaboradores) Número de actualización: 06 Fecha: 30/08/2007 Se incluyen a continuación las modificaciones
Más detallesASIGNACIONES FAMILIARES
Frente Progresista Cívico y Social ASIGNACIONES FAMILIARES Análisis del régimen de Asignaciones Familiares de la Provincia de San Luis, Municipalidad de la Ciudad de San Luis y Proyectos Legislativos vinculados
Más detallesFORO REGIONAL TRABAJO DOMÉSTICO SANTIAGO DE CHILE 4-6 DICIEMBRE. Argentina Sector Empleador
FORO REGIONAL TRABAJO DOMÉSTICO SANTIAGO DE CHILE 4-6 DICIEMBRE Argentina Sector Empleador Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casa Particulares Ley 26.844 del 24-4-13 antes del
Más detallesDOCUMENTO DE DATOS DE FUNDAMENTALES PARA EL PARTÍCIPE PLAN DE PENSIONES FUTURESPAÑA, P.P.
DOCUMENTO DE DATOS DE FUNDAMENTALES PARA EL PARTÍCIPE PLAN DE PENSIONES FUTURESPAÑA, P.P. Nº DE REGISTRO DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES N0125 El presente Plan de Pensiones Individual
Más detallesCuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones?
4 Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4.1. Cuáles son los principios generales? 4.2. Cuál es la fiscalidad del fondo de pensiones? 4.3. Cuál es la fiscalidad del promotor? 4.4. Cuál
Más detalles- Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N. 133-2013-EF, publicado el 22.6.2013 y normas modificatorias.
INFORME N. 73-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas relacionadas con la utilización del Formulario N. 820 Comprobante por Operaciones No Habituales por personas naturales sin
Más detallesGANANCIAS Y BIENES PERSONALES - LIQUIDACIÓN 2013
GANANCIAS Y BIENES PERSONALES - LIQUIDACIÓN 2013 Claudia M. Cerchiara DEDUCCIONES PERSONALES. PERÍODO FISCAL 2013 1 ANEXO DE ACTUALIZACIÓN 20/03/2014 A CONTINUACIÓN, PONEMOS A DISPOSICIÓN DEL LECTOR LOS
Más detallesSu dirección registrada es Calle Centenario 156, La Molina, Lima, Perú.
SOLUCION EMPRESA ADMINISTRADORA HIPOTECARIA S.A. NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Al 31 de Diciembre de 2013 1 Actividad económica Solución Financiera de Crédito del Perú S.A. (en adelante Solución ) fue
Más detallesTexto Sistematizado del Decreto 754/2000
Texto Sistematizado del Decreto 754/2000 Con las modificaciones introducidas mediante los Decretos 3.605/2000, 183/2003, 1.707/2003, 1.438/2004 y 1.309/2011 La Plata, 22 de marzo de 2000 Visto el expediente
Más detallesDictamen de la Contraloría General de la República. Incentivo retiro docentes municipales desempeños paralelos
Fundación Jaime Guzmán E. Dictamen de la Contraloría General de la República Incentivo retiro docentes municipales desempeños paralelos La Contraloría Regional de La Araucanía ha remitido las presentaciones
Más detallesPLANES DE PENSIONES Y LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
1 PLANES DE PENSIONES Y LEGISLACIÓN TRIBUTARIA BASE LIQUIDABLE GENERAL La base liquidable general estará constituida por el resultado de practicar en la parte general de la base imponible, exclusivamente,
Más detallesLas operaciones vinculadas tienen un doble ámbito de aplicación según la naturaleza del impuesto:
La regulación de las operaciones vinculadas vigente va a ser objeto de reforma en breve debido a su difícil aplicación práctica y a la revisión normativa que de esta materia se ha producido en numerosos
Más detalles3.5. Determinación del importe del fondo de comercio o de la diferencia negativa
3. Normativa contable sobre la fusión de sociedades norma sobre activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta. 2. Los activos y pasivos por impuesto diferido se reconocerán
Más detallesPreámbulo.- Artículo 1º.- Objeto y ámbito de aplicación.
CONCEJALÍA DE EDUCACIÓN Unidad de Escuelas Infantiles ORDENANZA POR LA QUE SE REGULAN LAS NORMAS APLICABLES PARA LAS BONIFICACIONES DE LAS TARIFAS DEL PRECIO PUBLICO POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
Más detalles: INTRODUCCIÓN DISPOSICIONES FISCALES
INCREMENTO DE CUFIN POR UTILIDADES PERCIBIDAS DEL ARTÍCULO 89 DE LA LISR Autor: L.C. Gabriel Reyes Rodríguez - Socio Coautor: L.C. Armando Pascual Flores : INTRODUCCIÓN La apuesta en los negocios por parte
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS - PUBLICIDAD POR INTERNET. OPERATORIA DE COMPRA DE ESPACIOS EN PAGINAS DE INTERNET. "XX ARGENTINA" S.R.L.
Dictamen Nº 52/2008 Dirección de Asesoría Técnica 18 de Noviembre de 2008 DATOS DE PUBLICACIÓN ASUNTO IMPUESTO A LAS GANANCIAS - PUBLICIDAD POR INTERNET. OPERATORIA DE COMPRA DE ESPACIOS EN PAGINAS DE
Más detalles"Última modificación normativa: 01/01/2010"
"Última modificación normativa: 01/01/2010" DECRETO FORAL 129/2004, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de
Más detallesCONFERENCIA: NUEVA LEY DE I.S.R. RENTAS DEL TRABAJO
CONFERENCIA: NUEVA LEY DE I.S.R. RENTAS DEL TRABAJO Lic. Victor Emilio Sarat Garcia RENTAS DEL TRABAJO TÍTULO III RENTA DEL TRABAJO EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA ARTICULOS DEL 68 AL 82 68 y 69. Hecho generador
Más detalles1.1.- EXENCIÓN DE LAS PRESTACIONES POR DESEMPLEO EN LA MODALIDAD DE PAGO ÚNICO
info Publicación de actualidad normativa Nº 23 Septiembre 2013 MEDIDAS DE CARÁCTER TRIBUTARIO Y LABORAL DE APOYO A LA EMPRENDEDURÍA, DE ESTÍMULO AL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO. (Real
Más detalles