IPD. Se aplica a todo trabajador de la Industria, Comercio, Actividades Privadas en General y Servicios Públicos a cargo de particulares.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "IPD. Se aplica a todo trabajador de la Industria, Comercio, Actividades Privadas en General y Servicios Públicos a cargo de particulares."

Transcripción

1 IPD INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO CONCEPTO El despido, es la ruptura de la relación laboral en forma unilateral por parte del empleador. Es decir, que para hablar de despido son necesarios dos presupuestos: a) que exista un vínculo laboral; b) que se produzca la ruptura de dicho vínculo. No se requiere ninguna formalidad para el despido, basta la simple comunicación al trabajador de modo de que este pueda enterarse. Pero el empleador, no siempre manifiesta expresamente la voluntad de despedir, puede valerse de incumplimientos para provocar la renuncia del trabajador al empleo. Por esta causa sé distinguen tres formas de despido: 1) Despido directo o expreso: cuando el empleador verbalmente o por escrito, pone en conocimiento del trabajador su voluntad de poner fin al contrato de trabajo. 2) Despido indirecto: Llamado también disimulado o tácito. Ejercicio abusivo del "Jus variandi" por parte del empleador. Se incluyen las notas de renuncias firmadas por el trabajador, casos de suspensiones, la quiebra o cese de actividad de la empresa, la rebaja salarial, omisión en el pago de los salarios, traslados abusivos. 3) Despido Técnico: Sucede generalmente cuando cambia el empleador y éste basa el despido en la relación "intuito personae" con el empleador anterior. FUNDAMENTACION DE LA INDEMNIZACION POR DESPIDO El despido origina un daño que debe compensarse, hay una responsabilidad legal que fundamenta la indemnización por despido en forma objetiva, en función de la antigüedad del trabajador y tomando como base la última remuneración. El tema pasa muchas veces por la prueba y la investigación para comprobar si realmente el despido es abusivo. REGIMEN COMUN DEL DESPIDO Existe un régimen general de despido o común y regímenes especiales aplicables a trabajadores de ciertas actividades. El régimen común en el Uruguay tiene su origen en el año 1944, con la aprobación de tres (3) leyes que concedieron el beneficio a toda la actividad privada. Estas leyes son: a) Ley empleados y obreros del comercio; b) Ley empleados y obreros de la industria; e) Ley , a los obreros a destajo o jornaleros de la industria y el comercio. Se aplica a todo trabajador de la Industria, Comercio, Actividades Privadas en General y Servicios Públicos a cargo de particulares. No se exige antigüedad. Monto de la indemnización: remuneración total correspondiente a un mes de sueldo por cada año o fracción de actividad: con un límite de seis mensualidades como máximo. TRABAJADORES MENSUALES El monto de la indemnización es un (1) sueldo mensual por cada año trabajado. El sueldo mensual es nominal, es decir sin los descuentos legales. Pasado el año (fracción) aunque fuera un (1) día da derecho a dos (2) sueldos mensuales de indemnización. 1

2 No tiene derecho al cobro de la indemnización en caso de que hubiera sido despedido por notoria mala conducta. El empleador deberá probar los hechos constitutivos de la notoria mala conducta. No lleva ninguna clase de descuento jubilatorio. A partir de la vigencia de la Ley de 27 de diciembre de 2006 de Reforma Tributaria, artículo 32, y el decreto 148/007 de 24 de abril de 2007, articulo 51 : " A los efectos del inciso cuarto del articulo 32, del Titulo 7, del Texto Ordenado 1996, se considerará mínimo legal correspondiente, el derivado directamente de normas legales que fijen niveles mínimos absolutos y tarifados de indemnización. No se considerarán a tales efectos, los originados en convenios colectivos, aún cuando fueran tarifados, ni los causados en despido abusivos." Por lo que en caso de indemnizaciones que superen el mínimo legal y tarifado correspondiente, y por la cantidad que excedan, estarán gravadas con I.R.P.F. Cuando hay cambio de firma de un establecimiento no hay despido, salvo que la nueva firma no reconozca la antigüedad de los empleados que sigan trabajando, en cuyo caso, el vendedor tendrá que abonar la indemnización que corresponda. En el caso que siga trabajando con la nueva firma, sin haber aclarado esta situación, el adquiriente comprador es responsable solidario de las obligaciones emergentes de la relación laboral. La Ley de 1958 da la pauta para el cálculo, dice" El total ganado en el año o fracción por los días efectivamente trabajados, más los beneficios de percepción anual (sueldo anual complementario, licencia, salario vacacional, horas extras si las hubiera). Se forma así 10 que llamamos unidad de indemnización Hay que ver en cada caso en particular, si hay otros rubros de naturaleza salarial, ustedes recuerdan que cuando vimos salario, hablamos de los elementos marginales del salario, sí por ej. recibe propinas, viáticos, comisiones, en forma normal y permanentes deben agregarse a la base de cálculo. En cuanto a los marginales en especie, que vimos, es necesario agregarlos, aunque resulten de difícil evaluación al momento- de calcular el importe monetario correspondiente. El decreto-ley N de 1974, estableció el tope de la IPD en seis (6) meses de sueldo. Esto determina que debemos considerar el tema de la antigüedad al momento del cálculo. Como se computan las fracciones un trabajador con cinco (5) años y un (1) día a contar de la fecha de ingreso tiene derecho a seis (6) meses de sueldo más las incidencias de los otros rubros de naturaleza salarial calculados en la unidad indemnizatoria. Para que les quede claro, si trabajó 9, 15, 17 años en la empresa, el tope son los 6 sueldos. TRABAJADORES JORNALEROS Tienen derecho a cobrar 25 jornales por año de trabajo, si en el año han completado 240 jornadas. En caso de no haber llegado a las 240, se calcula 2 jornales cada 25 trabajados; este cálculo se realiza año a año, contando desde la fecha del despido hacia atrás. Tienen derecho a cobrar 150 jornales como máximo. Si no ha llegado a trabajar 100 jornales, no nace el derecho a la indemnización. En el caso de los trabajadores del servicio doméstico, tienen derecho a indemnización por despido desde los noventa días corridos de iniciada la relación laboral (Ley de 27 de noviembre de 2006) 2

3 No tienen derecho a cobrarla en caso que fueran despedidos por notoria mala conducta. Se toma en cuenta el salario del último día trabajado, sin descuentos jubilatorios. El jornal del destajista a tener en cuenta para realizar la liquidación de lo que le corresponde, se integra con el promedio que se obtiene dividiendo el total ganado en el último año de trabajo, por los días efectivamente trabajados en dicho año. No tienen derecho a indemnización: CALCULO El régimen general está previsto por la ley y se aplica también a los destajistas. Acá tenemos que distinguir: a) Indemnización normal y b) indemnización parcial; c) indemnización promedial. Se parte de la base de las jornadas trabajadas en el año anterior. En la indemnización normal se necesitan 240 jornadas trabajadas que seria el equivalente al año de trabajo de los mensuales y da derecho a 25 jornales de IPD (equivalente a un mes de sueldo del mensual). El tope es de seis (6) Mensualidades que corresponden a 25 X 6 = 150 jornales. El caso de indemnización parcial, es cuando no se llega a las 240 jornadas en el año anterior, pero se trabajaron más de 100 jornadas. Entonces partimos de la base que 100 jornadas de trabajo equivalen a 8 jornales de IPD. Lo que es lo mismo que decir que cada 25 jornadas de trabajo corresponden a 2 jornales de IPD. Se requiere 100 jornadas como límite mínimo. Menos de 100 jornadas no da derecho a IPD. Para ver la IPD promedial, vamos a poner un ejemplo: Se trata de un trabajador jornalero que ingresó el día 1 de abril de 2009 y egreso por despido el día 30 de abril de jornadas jornadas jornadas Total de j ornadas Para promediar dividimos 720 entre los años trabajados, lo que da 240 jornadas. El promedio le alcanza entonces para cobrar 25 jornales por año, en el caso corresponde 75 jornales de IPD. (3 años de antigüedad). Siempre debe intentarse la IPD promedial, porque hay años del jornalero que no se llega a las 240 jornadas, pero el promedio permite que cobre los 25 jornales por año. Para calcular la IPD de los jornaleros, se computan como jornadas completas los días que se trabajó total o parcialmente y además se considera como trabajado el tiempo de vacación anual, enfermedad profesional, feriados pagos, accidentes de trabajo. DESTAJISTAS En el trabajo a destajo, se debe reducir a salario por día, dividiendo el total ganado por el número de jornadas laborales. Previamente hay que determinar el jornal. Cuando el trabajo es a salario por hora, se harán las reducciones a salario por día. Se multiplica el precio de la hora por el número de horas trabajadas, obteniendo un jornal promedio. 3

4 REGIMENES ESPECIALES DE DESPIDO Aparte del régimen, común, la legislación laboral presenta la particularidad de regímenes especiales, en función de las diversas ramas de actividad que abarca. Es así por ej. que trabajadores como los pescadores, viajantes y vendedores de plaza, marítimos, empresas telegráficas, empleadas domesticas, trabajo a domicilio, tienen leyes especiales en la materia. En particular y a los efectos de los ejercicios prácticos vamos a manejar, sólo las variantes que pueden ser preguntadas en las revisiones y exámenes y que configuran situaciones de IPD consideradas especiales y de especial interés. Ya manejamos el tema al analizar brevemente la estabilidad en el empleo, en base a la mención de la legislación en casos de nulidad de los despidos, que afectaban el principio de continuidad. TRABAJADORA GRAVIDA ley arts. 16 Y 17, si es despedida corresponde IPD especial. A la IPD común se le suma una IPD complementaria, dependerá de la antigüedad de la trabajadora. Si la trabajadora es jornalera hay que hacer la equivalencia del jornal a sueldo mensual.la IPD complementaria se obtiene multiplicando dicha cantidad por la antigüedad de la trabajadora. Limite 6 mensualidades Para que haya lugar a esta indemnización especial, la jurisprudencia ha entendido que el patrón debe estar en conocimiento del estado de embarazo de la trabajadora, por eso es conveniente que una vez que conozca el embarazo, lo comunique a la empresa. El patrón a su vez, no podrá alegar desconocimiento cuando este embarazo ya es inocultable. Esta norma otorga un beneficio de estabilidad relativa a favor de la trabajadora que ha dado a luz, ya que impone una responsabilidad objetiva al imponer al empleador su reintegro, pero lo que no dice la norma es por cuánto tiempo debe hacerlo. Es por ello que la jurisprudencia ha entendido que por vía analógica se podría aplicar el Dec-Ley que prevé un plazo de conservación de 30 días (para aquel trabajador dado de alta por DISSE). Pero atendiendo a la mayor protección de los bienes jurídicos que se pretenden tutelar, hay Tribunales de Apelaciones del Trabajo que entienden más ajustada la elección del art. 69 de la Ley que establece un plazo de ciento ochenta días a partir del reintegro (Ley de Accidentes de Trabajo). De todos modos, se tendrá en cuenta si efectivamente en el empleador ha habido un ánimo de conservar el empleo. Es así que el Tribunal de Apelaciones del Trabajo de 2º Turno en Sentencia publicada en La Justicia Uruguaya Nº se pronunció distinguiendo el reintegro con el ánimo de conservación del empleo "...cierto que ello no se puede interpretar como consagrando un derecho a la inamovilidad. Pero la no conservación del empleo en un término tan breve lleva por lo menos a la obligación del patrono de explicitar las causas del despido, pues de lo contrario, es inevitable vincular una cosa con otra..". ACCIDENTE DE TRABAJO- ENFERMEDAD PROFESIONAL Ley N de 17 de enero de 1990, Art.69. El trabajador víctima de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, deberá ser readmitido en el mismo cargo que ocupaba, comprobada su recuperación, debiendo presentarse a la empresa dentro de los 15 días de haber sido dado de alta. Si queda con una incapacidad permanente parcial, tiene derecho a solicitar el cargo que ocupaba si está en condiciones de desempeñarlo, o cualquier otro compatible con su capacidad limitada. 4

5 Readmitido, no podrá ser despedido hasta que hayan transcurrido por lo menos ciento ochenta días a contar de su reingreso, salvo en el caso de notoria mala conducta o causa grave superviniente. Si la empresa no lo readmite dentro de los quince días siguientes a su presentación tendrá derecho a una indemnización por despido equivalente al triple de lo establecido por las Leyes Laborales vigentes. EMFERMEDAD COMUN Decreto-Ley de Amparo B.P.S. Las empresas no podrán despedir ni suspender al trabaj ador que esté ausente por razones de enfermedad. El empleador queda obligado a reincorporarlo luego del alta de DISSE. El trabajador reincorporado no puede ser despedido en el plazo de 30 días a contar del reintegro. Si el empleador lo despide la IPD es doble. TRABAJO INSALUBRE- En el caso la IPD es triple-ley de Amparo B.S.E. No hay límite en cuanto a la antigüedad. Concepto: La ley considera actividades insalubres, aquellas actividades que, por las condiciones en que se efectúa el trabajo o por los materiales que se manipulan, sean consideradas perjudiciales para la salud. La declaración de insalubridad la efectúa una comisión honoraria denominada "Comisión Honoraria de Trabajos Insalubres" que actúa en la órbita del Ministerio de Salud Pública y se encuentra integrada por cinco miembros delegados de: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de Salud Pública, Facultad de Ingeniería y Banco de Seguros del Estado. Tiene derecho a la indemnización especial si es despedido estando enfermo, siempre que la ausencia por enfermedad no exceda de 18 meses. Una vez reintegrado después de la enfermedad, no se le puede despedir hasta que hayan transcurrido por lo menos 180 días a contar de su reintegro. Monto: 3 meses de sueldo por cada año o fracción que hubiere trabajado, sin límite. TRABAJADOR QUE OBSERVÓ SU HISTORIA LABORAL- Situación Incorporada al derecho positivo por la nueva ley previsional N de set Amparo B.P.S.- IPD especial: IPD común x 3. Periodo de amparo 180 días. CAUSAS QUE EXIMEN EL PAGO DE LA IPD. Ya habíamos mencionado, que en el caso de notoria mala conducta el empleador quedaba eximido del pago de IPD. No está definida legalmente, pero tanto doctrina como jurisprudencia han configurado a través de su evolución una verdadera justificación. Tal vez el único asidero legal en apoyo de la "notoria mala conducta lo constituya el arto 158 del Código de comercio cuando la encara como crisis de la relación de trabajo por culpa del trabajador. Siguiendo en este tema a Pérez del Castillo (Manual Practico de Normas laborales) Dice: "En general se entiende como notoria mala conducta toda especie de comportamiento culposo y desde luego intencional- que apareje daño para el empleador o que de cualquier modo perturbe gravemente las condiciones de trabajo o lesione la reputación de la empresa". Además del caso de notoria mala conducta quedan excluidos de la IPD, los trabajadores zafrales, eventuales, contratados ocasiones, trabajadores a prueba y aprendices. 5

FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y DE ADMINISTRACION RELACIONES LABORALES (Curso 2004)

FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y DE ADMINISTRACION RELACIONES LABORALES (Curso 2004) PRÁCTICAS 5 Y 6 FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y DE ADMINISTRACION RELACIONES LABORALES (Curso 2004) Tema: Cálculo de indemnización por despido: I) Textos legales referidos a la letra delos prácticos

Más detalles

Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de la Seguridad Social Deducción

Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de la Seguridad Social Deducción CONCEPTOS BÁSICOS PARA ENTENDER UNA NOMINA El recibo salarial o nomina se puede dividir en cuatro partes: Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de

Más detalles

En primer lugar transcribimos parcialmente el Artículo 35, que fija el límite diario de la jornada:

En primer lugar transcribimos parcialmente el Artículo 35, que fija el límite diario de la jornada: Regulación del Trabajo en Uruguay PRINCIPALES ASPECTOS 1. Contrato de trabajo Debemos empezar por establecer que no existe en nuestro Derecho una norma que regule el contrato de trabajo en forma orgánica.

Más detalles

Dossier. 1.5.1. Cuándo será declarado procedente? 1.5.2. Cuándo será declarado improcedente?

Dossier. 1.5.1. Cuándo será declarado procedente? 1.5.2. Cuándo será declarado improcedente? Prescripción. En cuanto a las faltas muy graves de sus empleados que puedan ser objeto de sanción (entre ellas el despido), recuerde que hay establecido un plazo de prescripción equivalente a 60 días,

Más detalles

EJERCICIOS PRÁCTICOS CALCULA EL SUBSIDIO POR IT

EJERCICIOS PRÁCTICOS CALCULA EL SUBSIDIO POR IT EJERCICIOS PRÁCTICOS CALCULA EL SUBSIDIO POR IT Vamos a calcular el Subsidio por Incapacidad Temporal con arreglo a los siguientes datos: Datos del trabajador Edad 30 años Trabajando en la empresa en cuestión

Más detalles

Compensación por tiempo de servicios CTS. Marco Antonio Garmendia Gallegos. Oficial de Atención al Usuario.

Compensación por tiempo de servicios CTS. Marco Antonio Garmendia Gallegos. Oficial de Atención al Usuario. Compensación por tiempo de servicios CTS. Marco Antonio Garmendia Gallegos. Oficial de Atención al Usuario. 1. Definición. La cuenta CTS es el depósito que por Ley, le corresponde a todo trabajador, como

Más detalles

RESUMEN DE ARTÍCULOS RELACIONADOS CON LA LIQUIDACIÓN LABORAL SEGÚN LEY N 213/93 QUE ESTABLECE EL CÓDIGO DEL TRABAJO

RESUMEN DE ARTÍCULOS RELACIONADOS CON LA LIQUIDACIÓN LABORAL SEGÚN LEY N 213/93 QUE ESTABLECE EL CÓDIGO DEL TRABAJO RESUMEN DE ARTÍCULOS RELACIONADOS CON LA LIQUIDACIÓN LABORAL SEGÚN LEY N 213/93 QUE ESTABLECE EL CÓDIGO DEL TRABAJO Índice PRE-AVISO... 3 ARTÍCULO 87... 3 ARTÍCULO 155... 3 ARTÍCULO 94... 3 INDEMINIZACIÓN...

Más detalles

Cómo calcular el IRPF en Uruguay

Cómo calcular el IRPF en Uruguay Cómo calcular el IRPF en Uruguay 1 - El mínimo no imponible...2 2 - Cómo se calcula el impuesto...5 3 - Los asalariados...8 4 - Trabajadores independientes y empresarios...11 5 - Jubilados...14 6 - Gestiones

Más detalles

COSTOS Y PRESUPUESTOS

COSTOS Y PRESUPUESTOS Facultad Regional Buenos Aires Ingeniería Industrial COSTOS Y PRESUPUESTOS Determinación n del Costo de Mano de Obra MANO DE OBRA DIRECTA Es aquella que se aplica a la transformación de la materia prima

Más detalles

ACTUALIDAD INFORMATIVA

ACTUALIDAD INFORMATIVA MODIFICACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y DE PROTECCIÓN POR DESEMPLEO, DEL REAL DECRETO LEY 20/2012 DE 13 DE JULIO, DE MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD

Más detalles

www.probono.cl probono@probono.cl tel. +56 2 3815660 Mariano Sánchez Fontecilla 370, Las Condes, Santiago.

www.probono.cl probono@probono.cl tel. +56 2 3815660 Mariano Sánchez Fontecilla 370, Las Condes, Santiago. SANTIAGO/ FEBRERO 2011 Manuel elaborado por Fundación Pro Bono en conjunto con el estudio jurídico Carey & Allende. La información contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesoría

Más detalles

A) Preguntas relacionadas con el apartado 1 del artículo único del citado real decreto-ley:

A) Preguntas relacionadas con el apartado 1 del artículo único del citado real decreto-ley: SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE TARIFA PLANA (Real Decreto-Ley 3/2014, de 28 de febrero) Se ha elaborado una lista con las preguntas

Más detalles

GOBIERNO DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL AU08-2002-10397 CIRCULAR N 2133. SANTIAGO, 18 de mayo de 2004

GOBIERNO DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL AU08-2002-10397 CIRCULAR N 2133. SANTIAGO, 18 de mayo de 2004 GOBIERNO DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL AU08-2002-10397 CIRCULAR N 2133 SANTIAGO, 18 de mayo de 2004 SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE COTIZACIONES PARA EL SEGURO

Más detalles

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones?

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4 Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4.1. Cuáles son los principios generales? 4.2. Cuál es la fiscalidad del fondo de pensiones? 4.3. Cuál es la fiscalidad del promotor? 4.4. Cuál

Más detalles

PÁGINAS JURÍDICAS Actualidad Jurídico Laboral

PÁGINAS JURÍDICAS Actualidad Jurídico Laboral Actualidad Jurídico Laboral Número 6/2015 Febrero 2015 REFORMA LABORAL DOCTRINA JUDICIAL Sentencia del Tribunal Supremo, Social, Pleno de 29 Septiembre 2014, RCUD 3065/2013 REFORMA LABORAL: CÁLCULO DEL

Más detalles

A estos efectos, se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos.

A estos efectos, se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos. ORDENANZA FISCAL Nº 41.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS QUE RESULTEN DE INTERÉS GENERAL O

Más detalles

DIRECCION LEGISLATIVA -CONTROL DE INICIATIVAS-

DIRECCION LEGISLATIVA -CONTROL DE INICIATIVAS- CONGRESO DE LA REPUBLICA GUATEMALA, C. A. DIRECCION LEGISLATIVA -CONTROL DE INICIATIVAS- NUMERO DE REGISTRO 2858 FECHA QUE CONOCIO EL PLENO: 13 DE M AYO DE 2003 INICIATIVA DE LEY: ORGANISMO EJECUTIVO ASUNTO:

Más detalles

GUIA LABORAL Y FISCAL 2012: TRABAJAR COMO INGENIERO

GUIA LABORAL Y FISCAL 2012: TRABAJAR COMO INGENIERO PRIMERA PARTE CAPÍTULO IV TRABAJAR CUMPLIDOS LOS 65 AÑOS Cumplir 65 años implica alcanzar la edad de jubilación. Llegado este momento, el ingeniero analizará la posibilidad de continuar realizando su actividad

Más detalles

EL PROCESO DE DESPIDO. Autor: Cristina Aragón Gómez

EL PROCESO DE DESPIDO. Autor: Cristina Aragón Gómez Autor: Cristina Aragón Gómez 1. INTRODUCCIÓN: Regulación: Arts. 103 a 113 LPL. Objeto del proceso: El proceso de despido está concebido como un cauce a través del cual el trabajador impugna el acto extintivo

Más detalles

1. Creamos una nómina de tipo Especial desde Definición de nóminas.

1. Creamos una nómina de tipo Especial desde Definición de nóminas. 4. ANEXOS. 4.1. NÓMINA DE ATRASOS. 1. Creamos una nómina de tipo Especial desde Definición de nóminas. 2. Comprobamos que tengamos creado un concepto Atrasos desde Convenios/Conceptos. Si no existe lo

Más detalles

MÍNIMO EXENTO DE COTIZACIÓN. Preguntas frecuentes

MÍNIMO EXENTO DE COTIZACIÓN. Preguntas frecuentes Preguntas frecuentes Qué es el mínimo exento de cotización para la contratación indefinida? El mínimo exento de cotización es un beneficio en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social por contingencias

Más detalles

ACTUALIZADO AGOSTO 2009 LAZARO LIZAMA G.

ACTUALIZADO AGOSTO 2009 LAZARO LIZAMA G. ACTUALIZADO AGOSTO 2009 LAZARO LIZAMA G. EL FERIADO PROGRESIVO ES : "aquel que consiste en otorgar un mayor número de días de vacaciones que lo básico, en favor de aquel trabajador que registra una mayor

Más detalles

NewsLetter Asesoría Financiera, S.A.

NewsLetter Asesoría Financiera, S.A. NewsLetter Asesoría Financiera, S.A. NEWSLETTER Nº 6/2015 (15 de enero de 2015). ACTUALIDAD FISCAL Ramón Silvestre Ruiz. Socio. Responsable del Área de Fiscalidad Amnistía fiscal en 2015 para los jubilados

Más detalles

DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO LABORAL

DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO LABORAL DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO LABORAL Por voluntad del empleador Despido (genera indemnización) - Expreso - Tácito - Abusivo Por voluntad del trabajador Egreso (no genera indemnización) - Renuncia - Abandono

Más detalles

ÍNDICE QUIÉN TIENE DERECHO A UNA PENSIÓN DE JUBILACIÓN? CUÁNTO COBRARÁ? CÓMO FUNCIONA LA PREJUBILACIÓN?

ÍNDICE QUIÉN TIENE DERECHO A UNA PENSIÓN DE JUBILACIÓN? CUÁNTO COBRARÁ? CÓMO FUNCIONA LA PREJUBILACIÓN? ÍNDICE QUIÉN TIENE DERECHO A UNA PENSIÓN DE JUBILACIÓN? CUÁNTO COBRARÁ? CÓMO FUNCIONA LA PREJUBILACIÓN? 1 1 4 Todos queremos disfrutar en el futuro de nuestra jubilación, y para ello es fundamental contar

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del

Más detalles

EL INCREMENTO DE LA PRESION TRIBUTARIA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS PARA LOS TRABAJADORES. EVOLUCION 2001 2014 Y PERSPECTIVAS PARA 2015

EL INCREMENTO DE LA PRESION TRIBUTARIA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS PARA LOS TRABAJADORES. EVOLUCION 2001 2014 Y PERSPECTIVAS PARA 2015 EL INCREMENTO DE LA PRESION TRIBUTARIA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS PARA LOS TRABAJADORES. EVOLUCION 2001 2014 Y PERSPECTIVAS PARA 2015 INFORME ECONÓMICO Nº 298 04 de Marzo de 2015 Autores: Nadin Argañaraz

Más detalles

12 de enero de 2007 DETERMINACION ADMINISTRATIVA NUM. 07-01

12 de enero de 2007 DETERMINACION ADMINISTRATIVA NUM. 07-01 DETERMINACION ADMINISTRATIVA NUM. 07-01 ASUNTO: TRATAMIENTO CONTRIBUTIVO DE INDEMNIZACION RECIBIDA POR CONCEPTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS, POR RAZON DE INCAPACIDAD OCUPACIONAL Y NO OCUPACIONAL; Y PAGOS POR

Más detalles

Don Salomón González Blanco, al referirse a la estabilidad del empleo expresa

Don Salomón González Blanco, al referirse a la estabilidad del empleo expresa 3. PRINCIPIO DE ESTABILIDAD EN EL EMPLEO. 3.1. Estabilidad en el empleo. Esta figura está representada por la llamada reinstalación obligatoria, en base a que el Derecho del Trabajo como un conjunto de

Más detalles

LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACLARA LA COTIZACIÓN DE DETERMINADOS CONCEPTOS RETRIBUTIVOS.

LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACLARA LA COTIZACIÓN DE DETERMINADOS CONCEPTOS RETRIBUTIVOS. LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACLARA LA COTIZACIÓN DE DETERMINADOS CONCEPTOS RETRIBUTIVOS. 14/04/2014 LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACLARA LA COTIZACIÓN DE DETERMINADOS CONCEPTOS

Más detalles

DEFINICIÓN FERIADO ANUAL. Aquel derecho que tiene el trabajador para descansar una vez al año y poder reponer el esfuerzo gastado durante el mismo

DEFINICIÓN FERIADO ANUAL. Aquel derecho que tiene el trabajador para descansar una vez al año y poder reponer el esfuerzo gastado durante el mismo FERIADO DEFINICIÓN FERIADO ANUAL Aquel derecho que tiene el trabajador para descansar una vez al año y poder reponer el esfuerzo gastado durante el mismo Art. 67. Los trabajadores con más de un año de

Más detalles

3. Exclusiones: Fuera del ámbito de la relación del servicio del hogar familiar quedan los siguientes supuestos:

3. Exclusiones: Fuera del ámbito de la relación del servicio del hogar familiar quedan los siguientes supuestos: El Régimen especial de las empleadas de hogar El Régimen especial de las empleadas de hogar 1- introducción La relación laboral de empleada del hogar la encontramos, tipificada en el artículo 21b) del

Más detalles

PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO LEY 5/2013 DE 15 DE MARZO

PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO LEY 5/2013 DE 15 DE MARZO PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO LEY 5/2013 DE 15 DE MARZO Madrid, 19 de Marzo de 2013 SUMARIO: 1. COMPATIBILIDAD EN LA PERCEPCION DE LA PENSION DE JUBILACION Y EL TRABAJO POR CUENTA

Más detalles

CIRCULAR Nº 03/2009 Departamento Laboral

CIRCULAR Nº 03/2009 Departamento Laboral Federación de Cooperativas de Telecomunicaciones de la República Argentina Ltda. Sede: Eduardo G. Buschiazzo Nº 1728-2146 San Genaro (S.F.) Tel.: 03401-448599/699 Fax: 03401-448799 Of. Bs. As.: Av. de

Más detalles

ASPECTOS LABORALES PARA EMPRESAS EXPORTADORAS. CPC Virginia Eyzaguirre Bellmunt

ASPECTOS LABORALES PARA EMPRESAS EXPORTADORAS. CPC Virginia Eyzaguirre Bellmunt ASPECTOS LABORALES PARA EMPRESAS EXPORTADORAS CPC Virginia Eyzaguirre Bellmunt CATEGORIAS DE RENTA PARA TRABAJO DEPENDIENTE E INDEPENDIENTE 4ª CATEGORIA RECIBOS POR HONORARIOS 2015 RECIBOS MANUALES PARA

Más detalles

INFORMATIVO JURÍDICO DE LA CONSTRUCCIÓN Nº 12

INFORMATIVO JURÍDICO DE LA CONSTRUCCIÓN Nº 12 INFORMATIVO JURÍDICO DE LA CONSTRUCCIÓN Nº 12 Santiago, 17 de Septiembre de 2002 LEY Nº 19.728 QUE ESTABLECE UN SEGURO DE DESEMPLEO La ley Nº 19.728, establece un seguro de cesantía, a favor de los trabajadores

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del FONDO

Más detalles

- A todos los empleadores o empleadoras, tanto del sector público como del sector privado.

- A todos los empleadores o empleadoras, tanto del sector público como del sector privado. COMENTARIOS AL MAS RECIENTE DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE ALIMENTACIÓN PARA TODOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS N 8.189 Vigente a partir del 04 de Mayo del

Más detalles

C56 Convenio sobre el seguro de enfermedad de la gente de mar, 1936

C56 Convenio sobre el seguro de enfermedad de la gente de mar, 1936 C56 Convenio sobre el seguro de enfermedad de la gente de mar, 1936 Convenio relativo al seguro de enfermedad de la gente de mar (Nota: Fecha de entrada en vigor: 09:12:1949.) Lugar: Ginebra Fecha de adopción:24:10:1936

Más detalles

Guía Práctica: Empleado/a de Hogar

Guía Práctica: Empleado/a de Hogar Guía Práctica: Empleado/a de Hogar Arag Legal Services S.L. advierte que queda absolutamente prohibido cualquier tipo de reproducción Índice del documento 1. Conceptos útiles...4 2. Duración del Contrato...4

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del FONDO

Más detalles

LA TARIFA PLANA, LA CREACIÓN DE EMPLEO Y SU COSTE PARA LAS PENSIONES.

LA TARIFA PLANA, LA CREACIÓN DE EMPLEO Y SU COSTE PARA LAS PENSIONES. LA TARIFA PLANA, LA CREACIÓN DE EMPLEO Y SU COSTE PARA LAS PENSIONES. En el último Debate sobre el Estado de la Nación, el presidente del gobierno, anunció como iniciativa estrella unas medidas para potenciar

Más detalles

CONTRATO DE TRABAJO A DESTAJO O LABOR CONTRATADA. El contrato de trabajo a destajo, se conoce también como contrato de trabajo de obra o por labor.

CONTRATO DE TRABAJO A DESTAJO O LABOR CONTRATADA. El contrato de trabajo a destajo, se conoce también como contrato de trabajo de obra o por labor. CONTRATO DE TRABAJO A DESTAJO CONTRATO DE TRABAJO A DESTAJO O LABOR CONTRATADA El contrato de trabajo a destajo, es aquel contrato en el que la remuneración se pacta con base a la cantidad de unidades,

Más detalles

NOTAS PRÁCTICAS REFERIDAS A LA INCORPORACIÓN AL NUEVO SISTEMA DE EMPLEADOS DE HOGAR FAMILIAR

NOTAS PRÁCTICAS REFERIDAS A LA INCORPORACIÓN AL NUEVO SISTEMA DE EMPLEADOS DE HOGAR FAMILIAR NOTAS PRÁCTICAS REFERIDAS A LA INCORPORACIÓN AL NUEVO SISTEMA DE EMPLEADOS DE HOGAR FAMILIAR (Normativa básica: Ley 27/2011 Modernización Seguridad Social, Real Decreto 1620/2011 Regulador del Servicio

Más detalles

Novedad sobre cotización al Régimen General de la Seguridad Social

Novedad sobre cotización al Régimen General de la Seguridad Social LS-07-14 Novedad sobre cotización al Régimen General de la Seguridad Social La publicación del Real Decreto Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar

Más detalles

FINANZAS PARA MORTALES. Presenta

FINANZAS PARA MORTALES. Presenta FINANZAS PARA MORTALES Presenta Tú y tu primera nómina NÓMINA FINANZAS PARA MORTALES El empresario tiene la obligación de proporcionar al trabajador un recibo de salarios o nómina que justifica el pago

Más detalles

6.3 RECIBO DE SALARIOS: NÓMINA

6.3 RECIBO DE SALARIOS: NÓMINA 6.3 RECIBO DE SALARIOS: NÓMINA El salario es la percepción económica de los/as trabajadores/as producto de su prestación laboral. Existe un salario base para cada categoría profesional. Hay que distinguir

Más detalles

Cómo te afecta la reforma laboral?

Cómo te afecta la reforma laboral? Cómo te afecta la reforma laboral? Reducción de la indemnización en caso de despido Para despidos improcedentes, los trabajadores despedidos que antes cobraban 45 días por año trabajado, pasarán a cobrar

Más detalles

3 ORIGEN DE LA OBLIGACIÓN DE PAGAR IMPUESTOS. Es relevante conocer las obligaciones que en materia fiscal existen para todos

3 ORIGEN DE LA OBLIGACIÓN DE PAGAR IMPUESTOS. Es relevante conocer las obligaciones que en materia fiscal existen para todos 3 ORIGEN DE LA OBLIGACIÓN DE PAGAR IMPUESTOS. Es relevante conocer las obligaciones que en materia fiscal existen para todos los mexicanos, y para ello, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Más detalles

CONTRATO INFERIOR A OCHO HORAS. 1. Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales;

CONTRATO INFERIOR A OCHO HORAS. 1. Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales; CONTRATO INFERIOR A OCHO HORAS El Contrato es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa y diremos que es laboral, cuando además de los elementos esenciales

Más detalles

El pago del Impuesto sobre la Renta de los asalariados

El pago del Impuesto sobre la Renta de los asalariados 10 El pago del Impuesto sobre la Renta de los asalariados El pago del Impuesto sobre la Renta de los asalariados Índice I. II. III. IV. V. Introducción Quiénes son considerados asalariados para efectos

Más detalles

Convenio Internacional del Trabajo No. 56 relativo al Seguro de Enfermedad de la Gente de Mar

Convenio Internacional del Trabajo No. 56 relativo al Seguro de Enfermedad de la Gente de Mar Convenio Internacional del Trabajo No. 56 relativo al Seguro de Enfermedad de la Gente de Mar 8. Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 24 de octubre de 1936 Fecha de entrada en vigor internacional:

Más detalles

OBLIGACIÓN DE CONTINUAR COTIZANDO AL IVSS DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE SON BENEFICIARIOS DE LA PENSIÓN POR VEJEZ TITULO V REGIMEN DE TRANSICION

OBLIGACIÓN DE CONTINUAR COTIZANDO AL IVSS DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE SON BENEFICIARIOS DE LA PENSIÓN POR VEJEZ TITULO V REGIMEN DE TRANSICION OBLIGACIÓN DE CONTINUAR COTIZANDO AL IVSS DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE SON BENEFICIARIOS DE LA PENSIÓN POR VEJEZ De acuerdo con la normativa vigente desde el 30 de diciembre del año 2002, fecha en la cual

Más detalles

ARTICULO 1º. FUNDAMENTO LEGAL

ARTICULO 1º. FUNDAMENTO LEGAL ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO CONSTITUIDO A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL

Más detalles

Consulta Vinculante V2081-14, de 30 de julio de 2014 de la Subdireccion General de. Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas DESCRIPCIÓN

Consulta Vinculante V2081-14, de 30 de julio de 2014 de la Subdireccion General de. Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas DESCRIPCIÓN 1/6 Consulta Vinculante V2081-14, de 30 de julio de 2014 de la Subdireccion General de LA LEY 2339/2014 Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas DESCRIPCIÓN La entidad consultante, extinguió su

Más detalles

El derecho fundamental de huelga

El derecho fundamental de huelga AUTONOMÍA SUR SCA El derecho fundamental de huelga Documento de trabajo 03. Área jurídica [Septiembre 2014] Disposiciones legales y artículos básicos sobre el derecho fundamental de huelga de la legislación

Más detalles

Fecha: 06/10/04. Tema 7: Perdida de la condición de funcionario. Autor: Andrés Morey Juan

Fecha: 06/10/04. Tema 7: Perdida de la condición de funcionario. Autor: Andrés Morey Juan Fecha: 06/10/04 Tema 7: Perdida de la condición de funcionario. Autor: Tema VII Pérdida de la condición de funcionario. 7.1 Régimen disciplinario. 7.2 Pérdida de la condición de funcionario. Página 1 1

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0290/2008

Gabinete Jurídico. Informe 0290/2008 Informe 0290/2008 La consulta plantea, que tipo de relación debe mantener la entidad consultante y la propietaria del edificio a los efectos de cumplir con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de

Más detalles

BÉLGICA EL TRATAMIENTO FISCAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO 17

BÉLGICA EL TRATAMIENTO FISCAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO 17 60 BÉLGICA EL TRATAMIENTO FISCAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO 17 Las indemnizaciones ordinarias de ruptura del contrato de trabajo La normativa

Más detalles

AFILIADO INDEPENDIENTE

AFILIADO INDEPENDIENTE AFILIADO INDEPENDIENTE Definición Toda persona natural que sin estar subordinada a un empleador, ejerza individualmente una actividad mediante la cual obtiene rentas de trabajo. La ley 20.255 estableció

Más detalles

ASPECTOS CLAVES EN LA RELACIÓN LABORAL

ASPECTOS CLAVES EN LA RELACIÓN LABORAL ASPECTOS CLAVES EN LA RELACIÓN LABORAL 1. Introducción. 2. Contratos Laborales 3. Seguridad Social 4. Convenios Colectivos 5. Nóminas 1. INTRODUCCIÓN La integración en el mundo laboral exige un conocimiento

Más detalles

COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS

COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS BASE LEGAL Decreto Supremo N 001-97-TR Decreto Supremo N 004-97-TR Decreto de Urgencia N 001-2014 Decreto Supremo N 008-2014-TR COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS

Más detalles

SEMINARIO TALLER INCREMENTO SALARIAL EN EL SECTOR PRIVADO GESTIÓN 2013. Ponente: Abog. HERNÁN CLAVEL SALAZAR

SEMINARIO TALLER INCREMENTO SALARIAL EN EL SECTOR PRIVADO GESTIÓN 2013. Ponente: Abog. HERNÁN CLAVEL SALAZAR SEMINARIO TALLER INCREMENTO SALARIAL EN EL SECTOR PRIVADO GESTIÓN 2013 Ponente: Abog. HERNÁN CLAVEL SALAZAR DOCENTE DE DERECHO DEL TRABAJO DE LA U.M.S.A. LA PAZ BOLIVIA INTRODUCCIÓN Para hablar del incremento

Más detalles

Taller: Legislación Laboral

Taller: Legislación Laboral Facultad de Ciencias Económicas y de Administración Universidad de la República Programa de Capacitación a Emprendedores Curso 2008 Taller: Legislación Laboral Docente: Dra. Teresita Lo Prete CONTRATO

Más detalles

(B.O.E. de 2 de agosto de 2011) Disposición adicional decimoséptima. Prestación de servicios domésticos a través de empresas.

(B.O.E. de 2 de agosto de 2011) Disposición adicional decimoséptima. Prestación de servicios domésticos a través de empresas. Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (Integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General) (B.O.E. de 2

Más detalles

CUENTAS POR COBRAR 1

CUENTAS POR COBRAR 1 CUENTAS POR COBRAR 1 Cuentas por cobrar Parte IV Sección 1 General Concepto: "Las cuentas por cobrar representan derechos exigibles originados por ventas, servicios prestados, otorgamientos de préstamos

Más detalles

LEGAL FLASH I ÁREA LABORAL

LEGAL FLASH I ÁREA LABORAL LEGAL FLASH I ÁREA LABORAL Enero de 2014 REAL DECRETO 3/2014, DE 10 DE ENERO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS ESPECIALES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PREVISTAS A LA JUBILACIÓN ORDINARIA EN EL SISTEMA

Más detalles

PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS

PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS AUTORES: GRUPO DE INVESTIGACIÓN EN PENSIONES Y PROTECCIÓN SOCIAL: E. DEVESA, M. DEVESA, I. DOMÍNGUEZ,

Más detalles

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL CASOS PRÁCTICOS CASOS PRÁCTICOS

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL CASOS PRÁCTICOS CASOS PRÁCTICOS CASOS PRÁCTICOS 139 SUPUESTO 1 Trabajador con contrato por tiempo indefinido, perteneciente al grupo de cotización 1, durante el mes de enero 2002 percibe las remuneraciones siguientes: Salario Antigüedad

Más detalles

1.5 El auxilio monetario por enfermedad no profesional no podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente. (Sentencia C-543/07)

1.5 El auxilio monetario por enfermedad no profesional no podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente. (Sentencia C-543/07) NORMATIVIDAD VIGENTE 1. INCAPACIDADES POR ENFERMEDAD GENERAL 1.1 Para acceder a las prestaciones económicas generadas por incapacidad por enfermedad general, los trabajadores dependientes e independientes

Más detalles

SEGURO CESANTÍA DESCUENTO DEL SEGURO DE CESANTÍA Y SU APLICACIÓN EN FINIQUITO

SEGURO CESANTÍA DESCUENTO DEL SEGURO DE CESANTÍA Y SU APLICACIÓN EN FINIQUITO q SEGURO CESANTÍA DESCUENTO DEL SEGURO DE CESANTÍA Y SU APLICACIÓN EN FINIQUITO DESCUENTOS EN MONTOS A PAGAR POR INDEMNIZACIONES POR AÑOS DE SERVICIOS Según lo establecido en el inciso segundo del artículo

Más detalles

Marco Teórico - Práctico. de proceso de Reliquidación de Gratificación

Marco Teórico - Práctico. de proceso de Reliquidación de Gratificación q Marco Teórico - Práctico de proceso de Reliquidación de Gratificación GRATIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 50 La gratificación en su concepción, ha buscado que los trabajadores, logren identificarse mayormente

Más detalles

EXTINCION DE LAS RELACIONES LABORALES. Mtro. FREDDY MORA BASTIDAS / Prof. FACES - FACIJUP (ULA) / Abogado litigante

EXTINCION DE LAS RELACIONES LABORALES. Mtro. FREDDY MORA BASTIDAS / Prof. FACES - FACIJUP (ULA) / Abogado litigante EXTINCION DE LAS RELACIONES LABORALES 1 Extinción n de las relaciones laborales. Ajenas a la voluntad Muerte Quiebra Fuerza Mayor Formas Voluntad de partes Acuerdo común Expiración término Voluntad unilateral

Más detalles

28.- Manejo de los Feriados

28.- Manejo de los Feriados 28.- Manejo de los Feriados El feriado anual o vacaciones pagadas es el derecho del trabajador con más de un año de servicios a hacer uso de un descanso anual de 15 días hábiles, con remuneración íntegra,

Más detalles

SERVICIO DE ASISTENCIA INTEGRAL www.policlinicalacibis.es

SERVICIO DE ASISTENCIA INTEGRAL www.policlinicalacibis.es ACCIDENTES TRÁFICO: Qué es lo primero que debemos hacer tras un accidente? Lo primero que debemos hacer es no perder la calma, ya que ello no conduce a nada y, pelearse por la culpa de un accidente no

Más detalles

S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Mayo, 2014) No.72

S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Mayo, 2014) No.72 S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Mayo, 2014) No.72 La perseverancia puede cambiar un fracaso en un extraordinario logro Matt Biondi NUEVO INCREMENTO DEL SALARIO MINIMO De acuerdo con lo establecido

Más detalles

guía práctica de servicio del hogar familiar

guía práctica de servicio del hogar familiar guía práctica de servicio del hogar familiar Relaciones laborales que tienen este carácter Aquellas que se concierten por el/la titular de un hogar familiar, como empleador/a, con personas que, dependientes

Más detalles

PAGINA DE INFORMACION SOBRE EL PAGO DE SALARIO División de Derechos Iguales Oficina de Reglamentos de Trabajo

PAGINA DE INFORMACION SOBRE EL PAGO DE SALARIO División de Derechos Iguales Oficina de Reglamentos de Trabajo División de Derechos Iguales Oficina de Reglamentos de Trabajo A qué se refiere el término "salario"? "Salario" se refiere a una cantidad de dinero pagada regularmente, la cual constituye todo o parte

Más detalles

Encuesta de Presupuestos Familiares Módulo de Servicio Doméstico

Encuesta de Presupuestos Familiares Módulo de Servicio Doméstico Encuesta de Presupuestos Familiares Módulo de Servicio Doméstico A. Identificación SD. Datos de identificación de la sección Provincia Nº de orden de la sección Municipio Distrito/sección ETIQUETA DIGITALIZACIÓN

Más detalles

REFORMA LABORAL TRAS SU PUBLICACIÓN

REFORMA LABORAL TRAS SU PUBLICACIÓN REFORMA LABORAL TRAS SU PUBLICACIÓN La aprobación definitiva de la Reforma Laboral, mediante la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, ha introducido alguna

Más detalles

ZUGASTI ABOGADOS www.zugasti-abogados.com

ZUGASTI ABOGADOS www.zugasti-abogados.com APROBADA LA NUEVA TARIFA PLANA EN LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA FOMENTAR LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES INDEFINIDOS Con efectos desde el pasado 25 de febrero de 2014, las empresas y autónomos

Más detalles

EJEMPLOS DE MANUALES CURSO NÓMINAS, SEGURIDAD SOCIAL Y CONTRATACIÓN LABORAL

EJEMPLOS DE MANUALES CURSO NÓMINAS, SEGURIDAD SOCIAL Y CONTRATACIÓN LABORAL EJEMPLOS DE MANUALES CURSO NÓMINAS, SEGURIDAD SOCIAL Y CONTRATACIÓN LABORAL C/Marques de Estella, 15 29670 San Pedro Alcántara Málaga 952782877 www.academia-tron.com info@informaticatron.es Desde 1987

Más detalles

NUEVA REGULACION PARA LAS EMPLEADAS Y EMPLEADOS DEL HOGAR FAMILIAR

NUEVA REGULACION PARA LAS EMPLEADAS Y EMPLEADOS DEL HOGAR FAMILIAR NUEVA REGULACION PARA LAS EMPLEADAS Y EMPLEADOS DEL HOGAR FAMILIAR El 17 de noviembre ha sido publicado el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, que regula la relación laboral de carácter especial

Más detalles

C/ Amberes, 32 16016 Cuenca CIF B-61259846. 3,00 euros/día

C/ Amberes, 32 16016 Cuenca CIF B-61259846. 3,00 euros/día Doña Beatriz Escudero Rioja fue contratada el día 30 de agosto del pasado año por la empresa SPACE, S.L., mediante un contrato por obra y servicio a tiempo completo. Los datos de los que disponemos son

Más detalles

1. OBJETO Y RÉGIMEN DE CONCESIÓN DE LAS AYUDAS 2. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

1. OBJETO Y RÉGIMEN DE CONCESIÓN DE LAS AYUDAS 2. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS 12-2013 Noviembre, 2013 REAL DECRETO 908/2013, DE 22 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS ESPECIALES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS EXTRAORDINARIAS A TRABAJADORES AFECTADOS POR PROCESOS DE REESTRUCTURACIÓN

Más detalles

I. Indemnizaciones derivadas del despido del trabajador

I. Indemnizaciones derivadas del despido del trabajador LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO O CESE COMO RENTA EXENTA Lejos de ser una cuestión resuelta, la indemnización por expiración del tiempo convenido, en los contratos de duración determinada, sigue suscitando

Más detalles

Guía explicativa. Jubilación anticipada de trabajadores/as con discapacidad grave. www.cermi.es

Guía explicativa. Jubilación anticipada de trabajadores/as con discapacidad grave. www.cermi.es Los contenidos de esta guía pueden consultarse en la página de internet: www.cermi.es Guía explicativa ASESORÍA JURÍDICA Jubilación anticipada de trabajadores/as con discapacidad grave Enero, 2004 JUBILACIÓN

Más detalles

NOVEDADES LABORALES. Presentamos a continuación, algunas novedades en materia de Derecho Laboral que consideramos de su interés:

NOVEDADES LABORALES. Presentamos a continuación, algunas novedades en materia de Derecho Laboral que consideramos de su interés: Vicepresidencia Asuntos NOVEDADES LABORALES Presentamos a continuación, algunas novedades en materia de Derecho Laboral que consideramos de su interés: 1. REFORMAS LABORALES DEL DECRETO 19 DE 2012 POR

Más detalles

Qué se entiende por Incapacidad Permanente?

Qué se entiende por Incapacidad Permanente? Qué se entiende por Incapacidad Permanente? La incapacidad supone una alteración continuada de la salud que imposibilita o limita a quien la padece para la realización de una actividad profesional. Se

Más detalles

JUBILACIÓN ANTICIPADA DE TRABAJADORES/AS CON DISCAPACIDAD GRAVE. -Guía explicativa-

JUBILACIÓN ANTICIPADA DE TRABAJADORES/AS CON DISCAPACIDAD GRAVE. -Guía explicativa- JUBILACIÓN ANTICIPADA DE TRABAJADORES/AS CON DISCAPACIDAD GRAVE -Guía explicativa- Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) Asesoría Jurídica Enero, 2004. Actualmente, en el

Más detalles

Engloban tanto los convenios que afectan a toda la plantilla de una empresa como a parte de la misma.

Engloban tanto los convenios que afectan a toda la plantilla de una empresa como a parte de la misma. RELACIONES LABORALES La fuente de información es la Estadística de Convenios Colectivos, que elabora la Subdirección General de Estadística del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, para los datos referidos

Más detalles

Información básica sobre normativa laboral

Información básica sobre normativa laboral Información básica sobre normativa laboral ÍNDICE 1. Gestión de contratación 2. Gestión de Incapacidad Temporal 3. Extinción y Suspensión del contrato 4. Gestión Del fin de contrato 3 1. gestión de

Más detalles

DEPARTAMENTO LABORAL JULIO 2012 EMPLEADOS DE HOGAR

DEPARTAMENTO LABORAL JULIO 2012 EMPLEADOS DE HOGAR ACTUALIDAD INFORMATIVA DEPARTAMENTO LABORAL JULIO 2012 EMPLEADOS DE HOGAR Ley 27 de 2011, de 1 de Agosto sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (disposición adicional

Más detalles

1. De qué clase pueden ser los trabajadores del servicio doméstico?

1. De qué clase pueden ser los trabajadores del servicio doméstico? Los trabajadores del servicio doméstico se erigen como uno de los empleados cuyas condiciones laborales son más difíciles, ello ha propiciado en el territorio nacional un debate jurídico- social que ha

Más detalles

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda.

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda. NUM- CONSULTA V1870-07 ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA- SALIDA 11/09/2007 NORMATIVA Ley 37/1992 arts. 7-10o, 78- tres- 1o, 164- uno- 3o. Rgto Fac: art. 2, 6.7 y 6.8 DESCRIPCION- HECHOS El

Más detalles

5. Suspensión de contratos en el marco de un ERE

5. Suspensión de contratos en el marco de un ERE 3 5. Suspensión de contratos en el marco de un ERE 5.1. Causas y procedimiento Las causas por las que puede procederse a esta suspensión de contratos son las mismas que justifican la adopción de medidas

Más detalles

VIDA LEY 688. Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC

VIDA LEY 688. Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC VIDA LEY 688 LEY DE CONSOLIDACION DE BENEFICIOS SOCIALES DEL SEGURO DE VIDA CONCEPTO Y BENEFICIARIOS Artículo 1.- El trabajador, empleado u obrero tiene derecho a un seguro de vida, tras cuatro años de

Más detalles

Tarifa Plana de 100 euros a la contratación de trabajadores

Tarifa Plana de 100 euros a la contratación de trabajadores Tarifa Plana de 100 euros a la contratación de trabajadores En ésta circular conocerá los detalles sobre la Tarifa Plana de 100 euros a la contratación de trabajadores indefinidos, una de las medidas estrella

Más detalles

ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA.

ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL PARA ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LA ACERA, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER

Más detalles