Gaceta de Administración del Agua. Número 1, 2011

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3 Gaceta de Administración del Agua Número 1, 2011 Comisión Nacional del Agua

4 ADVERTENCIA Se autoriza la reproducción sin alteraciones del material contenido en esta obra, sin fines de lucro y citando la fuente. Esta publicación forma parte de los productos generados por la Subdirección General de Administración del Agua, cuyo cuidado editorial estuvo a cargo de la Coordinación General de Atención Institucional, Comunicación y Cultura del Agua de la Comisión Nacional del Agua. Título: Gaceta de Administración del Agua. Número 1, 2011 Autor: Comisión Nacional del Agua Insurgentes Sur No Col. Copilco El Bajo C.P , Coyoacán, México, D.F. Tel. (55) Editor: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Boulevard Adolfo Ruiz Cortines No Col. Jardines de la Montaña, C.P 14210, Tlalpan, México, D.F. Impreso en México Distribución gratuita. Prohibida su venta. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social. Para cualquier sugerencia, comunicarse al teléfono: (55) o a través del correo electrónico: ceaa@cna.gob.mx

5 Contenido 1. Cobro del servicio de agua y subsidios, Gerencia de Servicios a Usuarios, Roberto Lara Rocha El registro en línea, Gerencia del Registro Público de Derechos de Agua, Mariana Yáñez López Un caso de interacción entre la autoridad del agua y los usuarios de aguas nacionales, Gerencia de Regulación de Transmisión de Derechos, Bancos del Agua y Control de Información, Abel Castellanos García Y el aguaje se secó, Gerencia de Regulación de Transmisión de Derechos, Bancos del Agua y Control de Información, Efrén Plácito Joya Instrumentos económicos en la gestión del agua en México: caracterización de los incentivos fiscales, financieros y de mercado en el sector, Gerencia de Regulación de Transmisión de Derechos, Bancos del Agua y Control de Información, Rogelio Canizales Pérez, Gabriela González Gutiérrez y Estela Flores Romero El control de la contaminación puntual y difusa del agua, Universidad Nacional Autónoma de México, Alonso Aguilar Ibarra y Rosario H. Pérez Espejo Características y beneficios de los sistemas integrales de información, Gerencia de Regulación de Transmisión de Derechos, Bancos del Agua y Control de Información, F. Javier Escobar Garibay y Heyzel Villegas Peñaloza Lineamientos de publicación...36

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7 1. Cobro del servicio de agua y subsidios Algunos autores sostienen que la falta de cobro del servicio de agua va en detrimento del usuario mismo, especialmente del más pobre. Por qué sostienen esto? Cómo se puede solucionar? Subsidiar con los recursos naturales no contribuye a la justicia social, tampoco a la sustentabilidad i El tema de las tarifas del agua, de cuánto cobrar, de cómo cobrar, de a quién cobrarle, es uno de los temas más complicados de la agenda pública. El cobro del agua tiene una gran carga social, pero también política. En un país como el nuestro, en donde por años hemos estado acostumbrados a los subsidios, a que el Gobierno financie a los más pobres, a que el Gobierno pague las tortillas, el gas, el transporte, la educación, el tema del agua no podía escapar a esta realidad socio política nacional. Y esto cobra aún mayor relevancia en el DF, una zona del país que por años ha estado ampliamente subsidiada. Sin embargo, no es lo mismo subsidiar la educación o el transporte que el vital líquido. El agua ha dejado de considerarse un recurso infinito para ser considerado un recurso finito. En el caso de la Ciudad de México, diversos autores señalan que de no hacer cambios sustanciales en la manera de tratar este recurso, la Ciudad podría estar enfrentando un problema grave de escasez en 50 años. En una ciudad de aproximadamente 9 millones de habitantes (con un área conurbada de otros 11 millones que es casi la quinta parte de toda la población nacional), que extrae alrededor de 1300 millones de m 3 anuales de agua, cantidad que sobrepasa en más de un 40% la recarga natural de los acuíferos ii del Valle de México, donde diversos investigadores calculan que el 40% del agua extraída contiene materias fecales iii y en dónde más del 30% del agua potable en números moderados se pierde en fugas, coloca a esta Ciudad como una región no sustentable en un futuro próximo. Darle viabilidad al sistema hídrico de la Ciudad de México implica invertir en reparación de fugas, construcción de plantas tratadoras, sistemas de almacenamiento, gastos de miles de millones de pesos que sobrepasan con mucho los presupuestos actuales. Si a esta realidad le sumamos lo que está costando actualmente subsidiar el agua a la Ciudad, entonces el panorama se pone aún más complicado. La tarifa promedio que se cobra por 1 m 3 de agua es de 2 pesos, y el costo real es de 13 pesos iv ; la pregunta es quién o quiénes están pagando esta diferencia de 11 pesos. De dónde salen estos recursos, qué partidas del presupuesto de egresos se recortan para mantener este justo gasto. Se habla de al menos 5 mil millones de dólares anuales destinados al subsidio del agua v. Y entonces surge la pregunta de si esta política de subsidios es viable o no en una Ciudad como ésta; se cuestiona si realmente el subsidio al agua es un programa que esté beneficiando a los más pobres, o lejos de eso, sólo está contribuyendo a encarecer aún más este recurso en un futuro, haciéndolo aún más costoso e inequitativo de lo que actualmente es. La Ciudad de México ha tenido por años un uso irracional e irresponsable del agua; la abundancia del recurso hizo pensar que nunca llegaría a su fin, sin embargo, hoy podemos llegar a afirmar que el tema del agua se ha convertido en uno de los principales retos, sino el mayor, de la Gran Ciudad. La política del subsidio lejos de promover un uso racional y equilibrado del agua, ha promovido su dispendio y falta de cuidado vi. Como afirma el maestro Julio Boltvinik el agua se puede desperdiciar y se suele desperdiciar, cuando quien la despilfarra no paga el costo de hacerlo o si éste es muy bajo vii. Más aún, lejos de impulsar un criterio de pago justo, que beneficie a los que menos tienen, los subsidios del agua han generado una situación altamente inequitativa en el pago del uso del agua. Veamos el siguiente caso: actualmente los subsidios benefician a quien más consume agua y a quién tiene mayor acceso a este recurso. Los domicilios conectados a la red consumen aproximadamente 22 a 30 m 3 de agua mensualmente, pagando sólo de 1 a 4 pesos por m 3. Gaceta de Administración del Agua Número 1,

8 En otro lado, se ubican los que no están conectados al sistema de drenaje, pero sí al del agua, quienes consumen aproximadamente entre 12 y 16 m 3 de agua mensualmente, pagando entre 5 y 8 pesos el m 3. Finalmente el sector más desprotegido, el que no está conectado a ninguno de los sistemas, consume sólo entre 5 y 7 m 3 de agua al mes, pero llega a pagar entre 25 y 40 pesos el m 3. viii Esto significa que los hogares con más alto ingreso, consumen más agua y pagan menos, y los hogares con menos ingresos, consumen mucho menos agua y pagan más. Por lo anterior, podemos concluir que la política de subsidios en relación al tema del agua que han seguido los gobiernos del Distrito Federal, lejos de fomentar un uso apropiado del recurso, una distribución equitativa y un pago justo del mismo, ha propiciado todo lo contrario. Ante estos hechos, me atrevo a afirmar que de continuar con esta política asistencialista como se encuentra actualmente establecida, sólo se agravará aún más el problema del agua en la Ciudad y se le restará la poca viabilidad que tiene. Qué hacer? Diversos autores han señalado cambios que tienen que implantarse en el sistema tarifario del agua en la Ciudad de México. Algunos autores sugieren que se establezca un precio que dependa del nivel de la demanda, es decir, que pagué más quién más consume y se establezcan cobros progresivos, diferenciados y proporcionales ix. La maestra Gloria Soto Montes de Oca realizó una investigación con una muestra de 1424 usuarios de diversos estratos socioeconómicos para preguntarles si estarían dispuestos a pagar más por el agua si mejorara el servicio, la calidad y la frecuencia del servicio y la respuesta fue una abrumadora mayoría dispuesta a pagar más por el servicio del agua x. Es decir, la Maestra Soto demuestra que lo que le interesa a la población no es necesariamente el costo del servicio, sino la relación de éste con la calidad de la prestación del mismo. Otros autores sugieren establecer ciertos cobros mínimos en las zonas más lastimadas económicamente, es decir con mayores niveles de pobreza, fijando una cantidad básica de consumo, y una vez que los habitantes sobrepasen el límite establecido, comenzarán a pagar más por el uso del recurso. Con esto se buscaría beneficiar a aquellos sectores más desprotegidos, pero a la par impulsar un uso adecuado del agua. 6 Gaceta de Administración del Agua Número 1, 2011

9 Finalmente podemos concluir que la Ciudad demanda un cambio sustancial en su forma de administrar el agua potable. El esquema vigente hasta el día de hoy, de subsidios en forma indiscriminada, no ha ayudado a darle un uso sustentable y racional al agua; los bajos costos han desincentivado su cuidado y han propiciado su desperdicio. Se requiere establecer tarifas progresivas, donde pague más quien más consuma, y dejar la posibilidad de establecer subsidios fijos por cierta cantidad en las zonas con mayor pobreza, pero una vez sobrepasada la cantidad límite, se cobraría el costo no subsidiado. Todo esto deber ir acompañado de una política de eficiencia, calidad y honestidad en el servicio público por parte de los operadores del Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACM). Todavía hay tiempo para rescatar el agua en la Ciudad de México, de nosotros depende. Gerencia de Servicios a Usuarios, Roberto Lara Rocha i Las aguas de la ira: Economía y cultura del agua en México, Sustentabilidad o gratuidad?; Américo Saldívar V, 2007 p. 281 ii Agua: tarifas, escasez y sustentabilidad en las megaciudades Cuánto están dispuestos a pagar los habitantes de la Ciudad de México?, Gloria Soto Montes de Oca. iii Ibid iv Ibid v Las aguas de la ira: Economía y cultura del agua en México, Sustentabilidad o gratuidad?; Américo Saldívar V, 2007 p. 293 vi Ibid, p. 289 vii Agua, pobreza y desmercantilización, Julio Boltvinik viii Agua: tarifas, escasez y sustentabilidad en las megaciudades Cuánto están dispuestos a pagar los habitantes de la Ciudad de México?, Gloria Soto Montes de Oca Las aguas de la ira: Economía y cultura del agua en México, Sustentabilidad o gratuidad?; Américo Saldívar V, 2007 p. 295 ix Agua: tarifas, escasez y sustentabilidad en las megaciudades Cuánto están dispuestos a pagar los habitantes de la Ciudad de México?, Gloria Soto Montes de Oca x Agua: tarifas, escasez y sustentabilidad en las megaciudades Cuánto están dispuestos a pagar los habitantes de la Ciudad de México?, Gloria Soto Montes de Oca. Gaceta de Administración del Agua Número 1,

10 2. El registro en línea El Registro Público de Derechos de Agua (REPDA) otorga seguridad jurídica a los usuarios de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, mediante la inscripción de los derechos amparados mediante títulos de concesión, asignación o permisos; proporciona el servicio de dar publicidad y autenticidad a los actos jurídicos, que conforme a la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento precisan de este requisito, para que surtan efectos ante terceros. A fin de lograr el uso más eficiente de los recursos y reducir los tiempos en los procesos de inscripción de el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA), se ha desarrollado un sistema que permite la inscripción en línea denominado Sistema Integral de Administración del Agua (SIAA) mediante el cual se otorga la fe pública registral (publicidad) a través de la Firma Electrónica Avanzada para certificar y autentificar los actos jurídicos realizados por la Autoridad del Agua. A través del Sistema Integral de Administración del Agua el usuario puede iniciar un trámite de titulación de derechos de agua desde la comodidad de su hogar en una computadora con acceso a internet y que cumpla con los requisitos establecidos en la normatividad aplicable obteniendo al final del trámite un documento consistente en un título con una firma electrónica que garantizará la integridad del documento y producirá los mismo efectos que los títulos con firma autógrafa. En la etapa de El Registro Público de Derechos de Agua el trámite inicia con la recepción vía electrónica del título de concesión, asignación o permiso vinculado con la documentación digitalizada para llevar a cabo la calificación del registro. En caso de proceder su inscripción se firma electrónicamente el sello de registro de inscripción. Con el desarrollo de este sistema de registro se logra el uso más eficiente de los recursos ya que se realiza una optimización del tiempo y los recursos materiales emitir un registro rápido y confiable, que prescinde de la utilización del papel, impresoras, así como de los gastos de las comisiones de los servidores públicos que trasladan proyectos de registro de títulos provenientes de toda la República. El beneficio directo del registro en línea lo recibe el usuario al obtener un título registrado en un tiempo significativamente menor, ya que puede ser inscrito inmediatamente después del proceso de revisión y calificación registral, necesarios para que las inscripciones sean confiables y otorguen certeza y seguridad jurídica a los usuarios de las aguas nacionales. El objetivo de la inscripción en línea, es realizar la inscripción de títulos de concesión, asignación y permisos de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, así como de sus movimientos y asentar anotaciones marginales, mediante nuevas tecnologías informáticas, que permitan atender los trámites de inscripción en forma rápida, económica y con plena validez jurídica. Gerencia del Registro Público de Derechos de Agua, Mariana Yáñez López 8 Gaceta de Administración del Agua Número 1, 2011

11 3. Un caso de interacción entre la autoridad del agua y los usuarios de aguas nacionales Existe una función del gobierno federal como administrador de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, a través de la Comisión Nacional del Agua, con base en el artículo 113 de la Ley de Aguas Nacionales que describe los bienes que se administran: ARTÍCULO 113. La administración de los siguientes bienes nacionales queda a cargo de la Comisión : I. Las playas y zonas federales, en la parte correspondiente a los cauces de corrientes en los términos de la presente Ley; II. Los terrenos ocupados por los vasos de lagos, lagunas, esteros o depósitos naturales cuyas aguas sean de propiedad nacional; III. Los cauces de las corrientes de aguas nacionales; ( ) Todos los días estamos en contacto directo con actividades que involucran el uso de este vital líquido, y hemos usado el agua de forma continua durante mucho tiempo, muchas veces sin detenernos a pensar cómo es que el agua llega hasta nosotros. La autoridad del agua en su nivel hídrico-regional se encarga de concesionar o asignar a los organismos operadores volúmenes determinados de agua y estos a su vez se encargan de hacerla llegar hasta la toma domiciliaria. 1 La concesión de pozos, la entrega de agua en bloque, los permisos para descargar aguas residuales (mismas que se deben ajustar a la norma de calidad correspon- 1 En el caso del Distrito Federal el organismo operador se denomina Sistema de Aguas de la Ciudad de México. diente para impedir que se contaminen nuestros ríos), las concesiones de zonas federales y los permisos para realizar obras de infraestructura hidráulica, son solo algunas de las muchas actividades que regula la Comisión. A continuación presentamos un caso ordinario que se desarrolla en una zona rural, su interacción con la autoridad del agua y dos casos más sobre trámites que atiende la Comisión En un ejido En las inmediaciones de la unidad de riego que se encarga de administrar el pozo que abastece de agua a todos los miembros de la comunidad que cosechan diversos productos (probablemente, maíz, frijol, acelgas, o cualquier otro producto del campo que permite abastecer los mercados de producción agrícola), hoy se ha producido un inconveniente con el abastecimiento del vital líquido, razón por la cual se encuentran reunidos los representantes y miembros para conocer el motivo de este adverso acontecimiento: Estamos aquí reunidos dice el presidente de la unidad para informarles que nuestro pozo ha llegado al final de su vida útil. Por este motivo es necesario usar los fondos que resguarda el tesorero para tramitar la relocalización de nuestro pozo. En medio de murmullos algún comunero se atreve a intervenir yo estoy dispuesto a disponer parte de mis tierras para que se ubique el pozo ahí y una vez más todos hablan entre sí. El presidente toma nuevamente la palabra para apuntar: La relocalización debe ser en un lugar en el que exista agua suficiente y sin riesgo de abatimiento del pozo. Y por otra parte, el dinero con el que contamos es insuficiente para perforar un pozo nuevo, por lo que es necesario recabar más fondos. Gaceta de Administración del Agua Número 1,

12 El secretario, quien siempre se ha encargado de llevar al día la documentación del pozo, interviene: Además de la relocalización es necesario solicitar también la renovación de nuestro título de concesión, ya que su término se acerca y estamos a menos de un año de su vencimiento. El silencio reina por unos momentos, luego comienza la discusión, pero en cuestión de minutos todos se ponen de acuerdo y logran reunir los fondos necesarios para pagar el monto de las obras, y encomiendan a su mesa directiva los trámites respectivos para la relocalización y la renovación del título de concesión. Así los miembros de la mesa directiva programan su visita a la ciudad para llevar a cabo los trámites respectivos. Por su parte el hijo del secretario que tiene conocimientos del uso de internet, ha investigado el número telefónico de la Comisión Nacional del Agua, para hacer la cita y conocer la oficina más cercana para llevar a cabo los trámites. Un funcionario público les indica que pueden acudir al Centro Integral de Servicios (CIS) sin previa cita, en un horario de 9:00 de la mañana a 3:00 de la tarde para que acudan a realizar su solicitud, les indica además los requisitos respecto de la documentación que deben presentar, informándoles que su trámite es totalmente gratuito y no genera pago de derechos por tratarse de un título de concesión otorgado para uso agrícola, que por disposición legal está exento según la Ley Federal de Derechos que a la letra indica: Artículo 192-D.- No pagarán los derechos ( ), los usuarios de aguas nacionales, ( ) que se dediquen a actividades agrícolas o pecuarias. De esta forma se apresuran para ir lo antes posible a la oficina del CIS que les corresponde La autoridad del agua atiende a los usuarios de aguas nacionales Han llegado al CIS y son recibidos por uno de los funcionarios que se encarga de atender a los usuarios de aguas nacionales; éste les indica que es necesario llenar un formato de trámite para solicitar la relocalización y la prórroga al título de concesión, se trata de los trámites denominados: CNA Modificaciones técnicas de títulos de concesión y/o permisos de descarga de 10 Gaceta de Administración del Agua Número 1, 2011

13 aguas residuales y CNA Prórroga de títulos de concesión, asignación y/o permisos de descarga. El funcionario les entrega los formatos y los auxilia en el llenado de los datos, pero además les informa que por disposición oficial se trata de un trámite electrónico que debe ser cargado en una base de datos llamada SIAA, lo que permitirá que su trámite sea más expedito en su resolución, ya que toda la información se enviará por medios electrónicos y además se integrará un expediente para ser turnado al área correspondiente. Una vez que se han revisado y cotejado los documentos se recibe el título original para efectos de dar de baja las fojas foliadas que contienen las coordenadas del aprovechamiento que será relocalizado y anotar las nuevas coordenadas, de la misma forma se ha de generar el título nuevo que contenga el vencimiento del nuevo plazo derivado de la prórroga. El expediente será integrado y se enviará a las áreas encargadas de resolver la solicitud previo dictamen técnico de la factibilidad de la relocalización a un kilómetro de distancia en el predio que ofreció para realizar las obras un miembro de la unidad, y en el transcurso de algunos días recibirán la resolución de su trámite y el título de concesión nuevo que ampara los derechos de la concesión que el Ejecutivo Federal otorga a través de la Comisión Nacional del Agua y que se anota en el Registro Público de Derechos del Agua Transmisión de derechos amparados bajo un título de concesión Los representantes de la unidad de riego se despiden del funcionario, quien ahora recibe a otro usuario que viene en representación de una persona moral (una empresa que se encarga de enlatar frutas y verduras), el apoderado legal de la empresa le expone que gracias a las nuevas tecnologías empleadas en su centro de producción han logrado reducir el consumo de agua en un 50% por lo que ya no utilizarán la mitad del volumen concesionado y quieren cederlo a otra empresa que tiene planes de expansión y requerirá de más volumen. El funcionario le explica que se trata de una transmisión de derechos y que el trámite será atendido por una oficina especializada denominada Banco del Agua que se encarga de regular las transmisiones de derechos consagrados en un título de concesión. Le indica además que el Banco del Agua en México es una instancia de gestión de operaciones reguladas de transmisiones de derechos, conceptualizado como un instrumento coadyuvante de la regulación de las prácticas informales existentes en la materia, en el que se promueva reasignación eficiente del recurso, para con ello impulsar el manejo integral y sustentable del recurso. Conforme a la Ley de Aguas Nacionales la transmisión debe ser un acuerdo de los usuarios de aguas nacionales que la Comisión debe autorizar, sin que medie cuestión pecuniaria alguna por el volumen a ceder. Se debe cubrir el pago de derechos que se genera por el estudio y tramitación de la solicitud conforme al artículo 192 fracción V de la Ley Federal de Derechos, así como los demás requisitos del trámite denominado CNA /A.- Autorización para transmisión de títulos y registro, modalidad A transmisión en general Una vez informado de los requisitos y procedimientos, el apoderado legal se retira para reunir los requisitos y posteriormente presentar su solicitud Obras públicas El siguiente usuario que espera recibir información es el encargado de los trámites administrativos de una dependencia de gobierno local, cuyos planes son realizar una obra pública, sin embargo se trata de una zona federal, en la que se planea comenzar. El funcionario de la Comisión escucha atentamente el proyecto de las obras, revisa los planos que le presentan y una vez que ha concluido la explicación se encuentra en posibilidad de orientar el trámite que debe presentarse. En esta ocasión se trata de un trámite CNA Concesión para la ocupación de terrenos federales, y del trámite CNA permiso para realizar obras de infraestructura hidráulica, el primero es necesario para poder ocupar la zona federal y el segundo para poder construir en la zona federal. De esta forma el usuario de aguas nacionales se encuentra en la posibilidad de reunir los requisitos indispensables para realizar su solicitud. Gaceta de Administración del Agua Número 1,

14 Conclusión La administración de los bienes mencionados en el artículo 113 de la Ley de Aguas Nacionales, principalmente la del recurso hídrico, adquiere importancia cuando se trata de regular el uso indiscriminado del mismo, regulación que tiene como prioridad cuidar y proteger el agua para poder garantizar su conservación en las generaciones venideras, es por eso que todos los días realizamos el esfuerzo de preservar este vital recurso y lograr una óptima administración del mismo. Gerencia de Regulación de Transmisión de Derechos, Bancos del Agua y Control de Información, Abel Castellanos García 12 Gaceta de Administración del Agua Número 1, 2011

15 4. Y el aguaje se secó Con la mirada fija en el horizonte aquel hombre meditaba, iniciaba abril del año 2003 y el aguaje se resecaba cada día más y más. De aquel abrevadero que por tantos años sirviera para que en época de estiaje bebiera el ganado, no quedaba nada. Un hilillo de agua lagañosa escurría con muchos trabajos y algunas mariposas y aves revoloteaban alrededor; para colmo el calor iba en aumento y lo que es peor las lluvias estaban muy lejanas. Normalmente, en estas tierras serranas del Municipio de Cabo Corrientes, Jalisco, las primeras gotas caían en junio y a mediados de julio las lluvias eran constantes. Pero, últimamente ya no es lo mismo, los pronósticos fallan una y otra vez, los cambios en los períodos de lluvias son una realidad y por lo mismo el campo lo resiente en toda su expresión. Algo falló, pensaba aquél hombre, porque cuando circulé el potrero en el año de 1977, el abrevadero nunca se secaba y había muchos árboles, aves y animales en abundancia, como: palomas silvestres, chachalacas, pericos, guacamayas que en la actualidad ya casi no se ven- y pájaros de múltiples colores; venados, jabalíes, ardillas, armadillos, tejones, zorras, coyotes, jaguares y pumas (estos dos últimos en peligro de extinción, pero que en esta región todavía, aunque escasos existen) por citar solo algunos. Cuando se hizo el desmonte, de esa selva solo quedaron, troncones, palos hechos carbón y cenizas, terrenos preparados para sembrar. Cuanto maíz cosechamos ese año!, daba gusto piscar esas mazorcas y cortar aquéllas calabazas enormes. Hoy, abril del 2003, la realidad es diferente, los terrenos están empastados, aptos para criar ganado, pero el aguaje, cuando más se necesita está seco, el ganado reconoce el lugar en donde saciaba su sed y da vueltas buscando ese preciado líquido y solo encuentra una pequeña humedad de aquel lugar en donde siempre había agua en abundancia. La sequía apenas comienza y ya se sienten sus estragos, no quiero ni imaginarme lo que pasará por esta escasez de agua. Don Próspero, con 68 años de edad, originario del Tuito, Municipio de Cabo Corrientes, Jalisco, hombre fuerte, hecho en el campo, acostumbrado a sortear muchas vicisitudes, hoy se enfrenta a un problema que nunca había tenido; por primera vez el aguaje se ha secado y el ganado (Caballos, mulas, vacas, vaquillas, becerros, toros y toretes) no tienen agua para mitigar su sed. Cambiarlos a otro lugar no es posible, porque ese potrero está destinado precisamente para sortear la sequía de los meses de abril a junio o principios de julio de cada año, ya que en los demás meses hay pasto y agua suficiente en otros terrenos, porque el período de lluvia en esa zona arbolada es muy abundante. Al preguntar por aquí y por allá en busca de soluciones le aconsejan hacer manualmente un pozo a un lado del aguaje, dado que el agua no está muy profunda y sacar agua con cubeta y echarla en algún tinaco para ganado o hacer una pila para almacenarla, se inclina por lo primero y de esta manera soluciona temporalmente el problema. Sin embargo, él está consciente que la solución es temporal y que el problema continuará año con año, por lo que, a finales de ese período y asesorado por varias personas, manda construir a mitad del potrero un bordo o pequeña represa, para aprovechar el agua de lluvia y solucionar en definitiva este contratiempo, -siempre y cuando llueva cada año-, de aquél pequeño manantial, el aguaje como le decimos en esa región, que en el 2003 dejo de existir y que obligó a Don Próspero a buscar nuevas alternativas y esa alternativa, fue almacenar mediante un bordo, AGUA DE LLUVIA. Gerencia de Regulación de Transmisión de Derechos, Bancos del Agua y Control de Información, Efrén Plácito Joya Gaceta de Administración del Agua Número 1,

16 5. Instrumentos económicos en la gestión del agua en México: caracterización de los incentivos fiscales, financieros y de mercado en el sector 5.1. Antecedentes: marco conceptual La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en su Artículo 15 establece los principios sobre los cuales se deberán formular y conducir: la Política Ambiental, la expedición de normas oficiales mexicanas y los demás instrumentos en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente en nuestro país. Este conjunto de veinte ideas fundamentales que rigen el proceder de la autoridad ambiental en el ejercicio de su gestión tienen alcance en la construcción de la Política Hídrica Nacional, así como en el resto de las políticas sectoriales, tales como la forestal, la conservación de la biodiversidad y la defensa de las áreas naturales protegidas. A detalle, el principio cuarto de la política ambiental establece que quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, está obligado a prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, así como a asumir los costos que dicha afectación implique. Asimismo, debe incentivarse a quien proteja el ambiente y aproveche de manera sustentable los recursos naturales. Esta proposición reconoce que la conducta de determinados agentes económicos incide en los costos y beneficios de otros actores de la economía -situación descrita bajo el concepto de externalidad - y por ello, los primeros deberán internalizar dichas afectaciones a fin de resolver esta falla de mercado (Mas- Colell, et-al, 1995). Además, este principio busca promover un cambio en la conducta de los agentes económicos de tal manera que sus intereses sean compatibles con los intereses colectivos de protección ambiental y de desarrollo sustentable (Art. 21 Fracc. I LGEEPA). Para materializar la ejecución de la política ambiental, la LGEEPA se apoya en ocho instrumentos principales, cuya gestión en conjunto busca proteger y conservar los recursos naturales del país, mejorando al mismo tiempo la calidad de vida de la población y generando riqueza bajo los principios del desarrollo sustentable, que exige equidad intra e intergeneracional (Arts. 17 a 41 LGEE- PA). Estos instrumentos son: 1. La Planeación Ambiental. 2. El Ordenamiento Ecológico del Territorio. 3. Los Instrumentos Económicos. 4. La Regulación Ambiental de los Asentamientos Humanos. 5. La Evaluación del Impacto Ambiental. 6. Las Normas Oficiales Mexicanas en Materia Ambiental. 7. La Autorregulación y Auditorías Ambientales. 8. La Investigación y Educación Ecológicas. Es de interés particular en este trabajo describir los llamados Instrumentos Económicos, los cuales se definen como: Los mecanismos normativos y administrativos de carácter fiscal, financiero o de mercado, mediante los cuales las personas asumen los beneficios y costos ambientales que generen sus actividades económicas, incentivándolas a realizar acciones que favorezcan el ambiente. Se consideran instrumentos económicos de carácter fiscal, los estímulos fiscales que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental, [como las cuotas y derechos por uso o aprovechamiento de los recursos naturales y sus bienes públicos inherentes, así como las 14 Gaceta de Administración del Agua Número 1, 2011

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