GIMNASIO MADRE TRINIDAD DE CALCUTA MANUAL DE CONVIVENCIA 2015 MANUAL DE CONVIVENCIA 2015

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1 GIMNASIO MADRE TRINIDAD DE CALCUTA MANUAL DE CONVIVENCIA 2015 MANUAL DE CONVIVENCIA 2015 MARCO LEGAL Los Manuales de Convivencia surgen por disposición del Gobierno Nacional, a través de la ley 115 que en su artículo 87 que declara: Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los estudiantes, al firmar la matricula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo. Nuestro Manual de Convivencia se rige, entre otras, por las siguientes leyes y normas legales: - Constitución Política de Colombia: Ley de la Infancia y de la adolescencia: Ley 1098 de Ley General de Educación: Ley 115 de Decreto 1860 de Decreto 1286 de Decreto 1290 de Acuerdo 004 de 2000 del Concejo de Bogotá - Acuerdo 166 de Resolución 2280 de Resolución 1740 de 2009 de la Secretaría de Educación. Como orientación, para el cumplimiento de lo dispuesto en nuestro Manual de Convivencia, se destacan las siguientes disposiciones legales y sentencias de la Corte Constitucional : En ningún momento el Colegio puede asumir la responsabilidad de los padres como primeros educadores de sus hijos e hijas. (Art. 7 Ley 115) Los padres de familia o representantes legales de los estudiantes deberán cumplir cabalmente con las obligaciones acordadas en El manual de Convivencia y las emanadas de la Constitución y las leyes de la republica. (Resolución 1740 de 2009 de la Secretaría de Educación de Bogotá) Al momento de matricularse una persona en un Centro Educativo celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones. (Corte Constitucional sentencia ST- 612/92).

2 La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho- deber que genera para el educador como para los educandos y sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso educativo (Corte Constitucional sentencia ST- 527/95) La educación ofrece un doble aspecto. Es un derecho- deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas: la pérdida de las materias o la imposición de las sanciones previstas dentro del régimen interno de la institución, la más grave de las cuales, según la gravedad de la falta, consiste en su exclusión del establecimiento educativo. (Corte Constitucional sentencia ST- 519/92). La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él y sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en Vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión. (Corte Constitucional sentencia SC- 555/94). La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia, en el sentido de considerar que quien se matrícula en un Centro Educativo, con el objeto de ejercer el derecho Constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra. (Corte Constitucional sentencia ST- 235/97). El hombre, considera la Corte constitucional, debe estar preparado para vivir en armonía con sus congéneres, para someterse a la disciplina que toda comunidad supone, para asumir sus propias responsabilidades y para ejercer la libertad dentro de las normas que estructuran el orden social, así pues, de ninguna manera ha de entenderse completo ni verdadero un derecho a la educación al que se despoja de estos elementos esenciales, reduciéndolo al concepto vacío de pertenencia a un establecimiento educativo

3 De lo dicho se concluye que cuando el centro educativo exige del estudiante respuestas en materia académica, disciplinaria, moral o física, o cuando demanda de él unas responsabilidades propias de su estado, así como cuando impone sanciones proporcionales a las faltas que comete, siempre que desempeñe tal papel de modo razonable y sujeto al orden jurídico, no está violando los derechos fundamentales del educando sino, por el contrario, entregando a éste la calidad de educación que la constitución desea (Corte Constitucional. Sentencia T.397 de agosto 19 de 1997) La Constitución garantiza el acceso y la permanencia en el sistema Educativo, salvo que existen elementos razonables (incumplimiento académico o graves faltas disciplinarias del estudiante) que lleven a privar a la persona del beneficio de permanecer en una entidad educativa determinada. (Corte Constitucional Sentencia ST- 402/92). TITULO I OBJETIVOS Y PRINCIPIOS ORIENTADORES 1. ARTICULO 1 OBJETIVOS 1 Enseñar a acatar, construir y enriquecer las normas, acuerdos y principios que lleven a una convivencia democrática. 2 Generar procesos formativos que permitan asumir con responsabilidad un sentido de pertenencia e identidad con la institución y sus valores. 3 Establecer los lineamientos que regulan la convivencia con el fin de conseguir un ambiente de armonía que posibilite el desarrollo de los procesos educativos. 4 Fomentar el dialogo que facilite conocer y comprender a los niños y jóvenes a fin de orientarlos en situaciones concretas para responder positivamente a ellos. 5 Estimular el liderazgo y la participación en la toma de decisiones con el fin de fortalecer el sentido de responsabilidad y el espíritu democrático. 6 Construir una cultura escolar orientada y guiada por los Derechos Humanos. 7 Incentivar a los padres de familia en la cooperación y la integración con la institución, para acompañar el proceso formativo iniciado en el hogar. 8 Dar a conocer el debido proceso para resolver oportunamente los conflictos individuales o colectivos que se presenten en la comunidad. 9 Generar conciencia, en toda la comunidad educativa, que el derecho a la Educación es un DERECHO- DEBER y que por lo tanto, los educandos, sus acudientes, docentes, directivos y demás miembros del colegio, tenemos derechos pero también asumimos compromisos y responsabilidades frente a las normas y acuerdos establecidos en el presente Manual. CAPITULO I LA CONVIVENCIA

4 Entendemos por convivencia una serie de pautas y comportamientos que facilitan la aceptación y el respeto del otro como persona con su manera de actuar y pensar, asumiendo que las diferencias de ambos nos enriquecen mutuamente. Si aprendemos a convivir respetando a los demás, sintiendo que la dignidad del otro es igual a la nuestra, si desde pequeños compartimos aprendizaje y diversión con personas de diferente sexo, cultura, ideología o religión en un ambiente de concordia, el respeto hacia el otro no habrá que reclamarlo, quedará impreso en nuestro código de valores, formará parte de nuestras creencias más arraigadas y lo aplicaremos a diario en la convivencia con los demás. ARTICULO 2 PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA CONVIVENCIA En nuestra institución consideramos importante, el reconocimiento, aprendizaje y la aplicación, para todos los días y para toda la vida, de estos siete aprendizajes básicos para la convivencia social : 1 Aprender a no agredir al congénere: Base de todo modelo de convivencia social. El hombre debe aprender a convertir la fuerza de la agresividad en la fuerza para el amor y no para la violencia. 2 Aprender a comunicarse: Base de la autoformación. La convivencia social, requiere aprender a conversar, porque es a través de la conversación que aprendemos a expresarnos, aclararnos, coincidir, discrepar y comprometernos. 3 Aprender a interactuar. Base de los modelos de relación social. Si me acerco a los otros, reconozco y acepto sus opiniones aprendo a convivir. 4 Aprender a decidir en grupo: Base de la política y la economía. Aprender a convivir supone aprender a sobrevivir y a proyectarse. Estos propósitos fundamentales del hombre no son posibles si no se aprende a a concretar, con los otros, los intereses y los futuros. 5 Aprender a cuidarse: Base de los modelos de salud y seguridad social. Aprender a cuidar el bienestar físico y psicológico de sí mismo y de los otros, es una forma de expresar amor por la vida. 6 Aprender a cuidar el entorno: Fundamento de supervivencia: la supervivencia social es posible si aceptamos que somos parte de la naturaleza y el universo, pero que en ningún momento somos superiores. No somos los amos de la naturaleza. 7 Aprender a valorar el saber cultural y académico: Base de la evolución social y cultural. El ser humano evoluciona a medida que sus conocimientos y su cultura evoluciona. ARTICULO 3 EDUCAR PARA LA CONVIVENCIA La educación en la convivencia es un objetivo fundamental del proceso educativo. Aprender a respetar, tener actitudes positivas y creer en el consenso, debe ser una prioridad para toda la comunidad escolar. Educar para la convivencia mejora el rendimiento académico y sobre todo prepara a los alumnos para llevar una vida social adulta satisfactoria y autónoma. Enseñar a convivir no es sólo tarea de los profesores, es una labor de toda la comunidad educativa y de la sociedad. Es preciso crear nuevas y más estrechas formas de colaboración entre la escuela, la familia y el entorno, incrementando la presencia y la participación de los padres y otras instituciones en la vida

5 de los centros desde esquemas basados en el respeto mutuo, orientando la colaboración hacia la búsqueda conjunta de soluciones. La convivencia se aprende y se imita. Las personas que viven en un ambiente de conflicto aprenden a generar conflictos, mientras que las personas que viven en un ambiente de convivencia lo contagian. Los problemas de convivencia deben abordarse como una situación que afecta a la comunidad educativa en sí misma. Todo comportamiento de un miembro de la comunidad educativa influye en los demás. Todos somos responsables del clima social que caracteriza a nuestros centros educativos. Para conseguir el doble objetivo de transmitir y adquirir valores, hábitos y conocimientos, es necesario generar un clima escolar adecuado donde el profesorado, los padres y los alumnos puedan ejercer sus derechos y deberes. En nuestro colegio valores como la tolerancia, la solidaridad, el respeto a los derechos humanos, al medio ambiente, a la igualdad de oportunidades y al valor de la equidad son principios básicos para la formación ella convivencia: CAPITULO II LA ETICA DEL CUIDADO ARTICULO 4 EL CUIDADO La buena calidad de un colegio depende en un alto grado de las condiciones de bienestar generadas a su interior. Es claro que el rol principal de la escuela es el cuidado entendido como el conjunto de acciones positivas que aseguren una mejoría en la calidad de vida. El Colegio debe ser generador de acciones positivas que aseguren una mejoría en la calidad de vida de niños, niñas y jóvenes. Para lograr buenos resultados en el aprendizaje es necesario asegurar un entorno amable que motive a los estudiantes, que les provea de condiciones afectivas positivas, que les permita establecer relaciones de confianza entre ellos y con los adultos que los acompañan. En este enfoque cuentan más las personas que las normas, muchos niños y niñas requieren cuidados especiales porque tienen que ser curados de heridas profundas que les impiden aprender, que les dificultan las relaciones con otros, que los hacen violentos o desconfiados, es necesario el uso de estrategias pedagógicas y éticas que permitan realizar la misión docente de forma satisfactoria y eficaz para sus estudiantes Asumir el cuidado como un referente central en la vida escolar es invitar a los estudiantes, para desarrollar el sentido del cuidado de si mismo, que incluye el cuidado de su salud, de su vida y de su mundo interior. Los compañeros cuiden unos de otros en diversa situaciones relacionadas con la seguridad, el desempeño académico y sus relaciones con los demás ARTICULO 5 EL CUIDADO DE SI MISMO. Se refiere al reconocimiento y toma de conciencia de su individualidad, respeto, aceptación de si mismo, el reconocimiento de sus propios derechos y la capacidad de autorregularse mediante el control

6 a su conducta el asumir sus responsabilidades con esfuerzo, disciplina y toma decisiones para beneficio propio y de los demás. La convivencia supone aprender a cuidar el bienestar físico y psicológico de si mismo y de los otros, aprender a cuidarse significa también aprender crear condiciones de vida adecuadas El colegio tiene en cuenta programas que promocionan los factores protectores de la salud y la reducción de riesgos. Proteger y promover la salud de los estudiantes es un valor fundamental compartido. La institución educativa entiende que la salud y bienestar de nuestras familias dependen del apoyo a un ambiente limpio y saludable ARTICULO 6 EL CUIDADO DEL CUERPO El derecho a la vida comienza por el cuidado del cuerpo y es importante que en todos los momentos de escolaridad los niños niñas y jóvenes adquieran hábitos alimenticios sanos, tengan un sentido de auto cuidado en relación con su sexualidad, conozcan su cuerpo para identificar situaciones de enfermedad, conozcan los riesgos del consumo de substancias que pueden perjudicar la salud. El colegio tiene en cuenta programas que promocionan los factores protectores de la salud y la reducción de riesgos, proteger y promover la salud de los estudiantes es un valor fundamental compartido. Igualmente la institución educativa entiende cada vez más que la salud y bienestar de nuestras familias dependen del apoyo a un ambiente limpio y saludable ARTICULO 7 EL CUIDADO DE LA MENTE Una función central de los colegios es la formación intelectual de sus estudiantes de manera que se puedan desarrollar al máximo sus capacidades y talentos, donde la tarea es descubrir la forma particular en que aprende cada niño, atendiendo sus diferencias y sabiendo estimular su trabajo académico. ARTICULO 8 EL CUIDADO DE LOS OTROS Desarrollar la atención hacia las necesidades del otro implica avanzar en el conocimiento de las personas con la idea de que cada miembro de la comunidad educativa tiene la posibilidad y la responsabilidad de hacer que todos los demás se sientan bien, es la base sobre la cual se construyen relaciones de confianza solidaridad y ayuda mutua, cuidar de los otros es asegurar la convivencia como una forma de fortalecer a los individuos y a los grupos. ARTICULO 9 EL CUIDADO DE LOS BIENES PUBLICOS Los bienes, equipos, muebles, e instalaciones del plantel con sus servicios, son patrimonio público al servicio social de la educación, cuidarlos, conservarlos y embellecerlos es responsabilidad de todos. TITULO II EL COLEGIO COMO INSTITUCIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS Y DEBERES La educación formará al Colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia (Constitución Política de Colombia 1991 articulo 67).

7 La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho- deber que genera para el educador como para los educandos y sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso educativo (Corte Constitucional sentencia ST- 527/95) De lo dicho se concluye que cuando el centro educativo exige del estudiante respuestas en materia académica, disciplinaria, moral o física, o cuando demanda de él unas responsabilidades propias de su estado, así como cuando impone sanciones proporcionales a las faltas que comete, siempre que desempeñe tal papel de modo razonable y sujeto al orden jurídico, no está violando los derechos fundamentales del educando sino, por el contrario, entregando a éste la calidad de educación que la constitución desea (Corte Constitucional. Sentencia T.397 de agosto 19 de 1997) Que Al momento de matricularse una persona en un Centro Educativo celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones. Corte Constitucional sentencia ST- 612/92). La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él ysus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en Vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión. (Corte Constitucional sentencia SC- 555/94). En ese marco legal, el colegio es respetuoso de los principios democráticos, y los derechos fundamentales consagrados por la Constitución y las leyes. Pertenecer a la comunidad educativa del Colegio implica asumir compromisos entre todos sus miembros, aceptando normas básicas de convivencia con derechos y deberes. CAPITULO I DERECHOS Y DEBERES DE L@S ESTUDIANTES ARTICULO 10 DERECHOS DE L@S ESTUDIANTES El derecho es la facultad natural del hombre para hacer, decidir, poseer y exigir algo libremente, sin desconocer que el derecho de una persona termina donde empieza el derecho de los demás. Son derechos de los y las estudiantes del colegio gimnasio trinidad de Calcuta además de los consagrados en la Constitución Nacional y las leyes, los siguientes:).

8 1 Al momento de matricularse una persona en un Centro Educativo celebra por ese acto un Contrato de NaturalezaCivil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones.(sentencia de la Corte Constitucional ST- 612/92). Consecuentemente el/la estudiante, requiere conocer previamente los derechos y obligaciones que asume, al firmar su matrícula. 2 Recibir educación de calidad conforme a principios y valores éticos, morales, afectivos y sociales que desarrollen sus aptitudes y talentos. 3 Ser tratado(a) en todo momento, por todos los miembros de la comunidad educativa con dignidad, respeto y sin discriminación 4 Disfrutar un ambiente sano y adecuado para sus actividades de estudio, desarrollo físico, mental, espiritual y social. 5 Expresar libre y democráticamente sus pensamientos. 6 Ser escuchado(a) y atendido(a) oportunamente en sus reclamos y solicitudes, gozando del derecho a la defensa y al debido proceso consagrado en este Manual. 7 Recibir las clases completas, durante el tiempo previsto, en el horario correspondiente. 8 Elegir y ser elegido(a) para la conformación del Gobierno Escolar, comités y representaciones del grupo o de la institución. 9 Participar en la ejecución del PEI, de acuerdo con los mecanismos que para ellos se estipulen. 10 Conocer la programación e indicadores de logros al iniciar cada período y tener la oportunidad de recuperar los no aprobados. 11 Ser evaluado(a) en forma integral de acuerdo con criterios establecidos por el Ministerio de Educación. 12 Conocer oportunamente resultados de las evaluaciones y recibir el informe académico de cada período finalizado. 13 Solicitar la realización de evaluaciones, revisiones de trabajos y tareas, después de haber fallado al colegio, siempre y cuando haya presentado la correspondiente excusa medica y/o por calamidad doméstica, debidamente sustentada y firmada por el padre o acudiente, el día de su reintegro. 14 Obtener certificados y constancias de acuerdo con las normas establecidas. 15 Hacer uso de espacios y servicios que ofrece la institución cumpliendo los requerimientos y procedimientos establecidos para tal fin. 16 Participar en talleres de autoestima y educación sexual y demás que contribuyan a su formación y superación personal. 17 Ser atendido(a) en el Servicio de Orientación y ser asistido en las dificultades que se le puedan presentar. 18 Disfrutar el tiempo libre, el descanso y la recreación razonable. 19 En caso de accidente dentro de la institución, ser atendido y auxiliado, reportando inmediatamente el hecho a sus padres o acudientes. 20 Poseer el carnet que le permita identificarse como estudiante del colegio.

9 21 Recibir estímulos por rendimiento académico, comportamiento, por destacarse en las artes, en los deportes y ser apoyado(a) en proyectos que lo conduzcan a un mejor desarrollo personal ARTICULO 11 DEBERES DE L@S ESTUDIANTES Deber es la obligación que tiene para asumir responsabilidades y compromisos como miembro activo de la comunidad educativa. Los estudiantes deberán cumplir con las obligaciones emanadas de la Constitución Política, las leyes de la república y el manual de convivencia. (Secretaria de Educación resolución 1740 articulo 8 ) La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia, en el sentido de considerar que quien se matrícula en un Centro Educativo, con el objeto de ejercer el derecho Constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra. (Corte Constitucional sentencia ST- 235/97). Son deberes de los y las estudiantes del Colegio gimnasio madre trinidad de Calcuta, los siguientes: 1 Conocer, interiorizar y cumplir las normas de convivencia establecidas en este manual. 2 Asumir el compromiso de formarse como persona siendo responsable de si mismo(a), de su propio proceso de formación y su rendimiento escolar. 3 Comportarse con la moral y las buenas costumbres tanto dentro como fuera de la institución acatando las disposiciones legales y las establecidas en este Manual. 4 Brindar buen trato a los miembros de la comunidad educativa, con respeto tolerancia y consideración. 5 Respetar y acatar las órdenes de los directivos y todos los docentes de la Institución. 6 Llegar puntual al colegio y permanecer en el aula de clase según horarios respectivos (educación física sistemas, laboratorios y demás). Solo se puede desplazar de una dependencia a otra con una autorización por escrito en formato especial. Si necesita ausentarse de la institución debe tener la autorización de la Coordinación y la aprobación de los padres o acudiente. 7 Cuando el o la estudiante no asista a clases por uno o más días, presentarse con su acudiente para justificar la ausencia y poder reincorporarse a las actividades académicas. Si el (la) estudiante no tiene acudiente (mayores de 18 años) debe presentar constancia, donde justifique su ausencia, tan pronto se reincorpore a clases. 8 Colaborar con la disciplina y el orden dentro y fuera de clases, participando y facilitando el desarrollo de las clases y demás actividades institucionales. 9 Rendir académicamente y cumplir con sus tares, trabajos y actividades académicas asignadas. 10 Participar en todos los actos de comunidad, portando el uniforme adecuado y observando el comportamiento debido. 11 Cuidar el aseo y la buena presentación del plantel, en sus pisos, paredes, baños y mobiliario. 12 No rayar ni escribir en las paredes o muebles. No arrojar basuras. Usar correctamente los recipientes de basura y practicar la cultura del reciclaje

10 13 Utilizar adecuadamente las instalaciones, cuidar de los muebles y enseres de la institución, respondiendo por los daños causados. 14 Respetar y cuidar las pertenencias y útiles de sus compañeros(as) y demás personas. 15 Cumplir con las funciones inherentes a los cargos que asuma durante el año escolar como monitorias y representaciones a los diferentes consejos, así como las diferentes actividades extracurriculares, en las cuales se inscribe, y las de estricto cumplimiento como las de Servicio Social para 10 y 11. El Servicio Social se prestará en jornada contraria y por ningún motivo puede interferir la jornada escolar, con previa inscripción de los proyectos autorizados para ellos. 16 Participar en campañas o proyectos pedagógicos de aseo, ornato, salud y de prevención de riesgos, organizadas por el plantel y/o autoridades de salud. Es deber participar en la preparación y practica de los planes de evacuación, en caso de emergencia. 17 En caso de sufrir enfermedad epidémica o contagiosa, no asistir al plantel hasta que pase el riesgo de contagio. Para su reintegro debe tener la autorización y soporte médico correspondiente. 18 Firmar, cuando sea requerido(a) el libro de registro académico y de convivencia (observador del estudiante) o los compromisos pedagógicos y disciplinarios exigidos. 19 Entregar oportunamente a sus padres y acudientes las comunicaciones escritas enviadas por la institución y devolver los desprendibles firmados. 20 Evitar el exceso de manifestaciones afectivas, propias de las relaciones de pareja, consideradas como inadecuadas para su desarrollo afectivo y/o por el mal ejemplo para la comunidad estudiantil. 21 Evitar exponerse al peligro o riesgo en barandas, pasamanos, escaleras y rejas. Para prevenir riesgos, para sí mismo o para los demás, no se permiten los juegos bruscos, irrespetuosos o bromas de mal gusto que representan peligro para la salud o la integridad de las personas como: empujarse o atropellarse, juegos con agua, harinas, espuma, huevos, bichos, envases u otro objeto que representen amenaza. 22 Debido a la estrechez de los espacios de descanso y recreación, con los que dispone el Colegio, como medida de protección, especialmente a la primera infancia, y/o para evitar accidentes, no se permiten correr y/o jugar con balones, en momentos diferentes a los eventos deportivos asistidos por docentes o Educación Física y Deportes. En caso que se incumpla esta disposición el balón podrá retenerse. 23 Abstenerse de realizar a través de las rejas: conversaciones, encuentros o citas, compra de alimentos o de cualquier clase de artículo. 24 Abstenerse de Introducir al colegio libros, folletos, películas u objetos pornográficos. No portar ni usar objetos corto punzantes, armas, juguetes bélicos u objetos que represente riesgo para la integridad física propia y de los demás. Están prohibidos y su porte dentro del colegio representa una falta gravísima. 25 Abstenerse de consumir o asistir al colegio bajo el efecto del tabaco, bebidas alcohólicas o sustancias alucinógenas o psicoactivas así como de su tráfico o tenencia.

11 26 No pertenecer a pandillas o grupos al margen de la ley; que amenazan, intimidan o agreden a estudiantes y/o afecten la sana convivencia en la institución y en la comunidad. 27 Ser leal a la institución, informando a las directivas y/o profesores sobre cualquier irregularidad que comprometa el buen nombre y funcionamiento del colegio. No hacerlo será considerado falta grave. 28 No traer al colegio elementos que obstaculicen el normal desarrollo de las actividades académicas como radios, walkman, MP3, juegos electrónicos o similares, cámaras u otros. Estos elementos podrán ser decomisados por los docentes quienes deberán dejarlo en custodia en la Coordinación de Convivencia, para ser entregados directa y en forma exclusiva al acudiente. Es prohibido usar celulares durante las clases o actividades de comunidad. De su cuidado solo es responsable el (la) portador(a). Su uso solo es permitido en horas de descanso o, si es autorizado por algún docente o directivo, en casos de emergencia. Si un celular suena durante actividades académicas o actos de comunidad, este se le decomisará y solo se le entregará al padre de familia o acudiente. CAPITULO II SOBRE EL UNIFORME Y LA PRESENTACION PERSONAL En el acatamiento a las normas sobre el uso del uniforme y el cumplimiento a las disposiciones con respecto a la presentación personal el colegio se fundamenta en las siguientes disposiciones : Es deber de los padres o representante legales proporcionar los útiles y medios adecuados para que los estudiantes puedan cumplir con las labores escolares dentro y fuera del colegio. (resolución 1740 de 2009 de la Secretaría de Educación) Al momento de matricularse una persona en un Centro Educativo celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones. (Corte Constitucional sentencia ST- 612/92). La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia, en el sentido de considerar que quien se matrícula en un Centro Educativo, con el objeto de ejercer el derecho Constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra. (Corte Constitucional Sentencia ST- 235/97). De lo dicho se concluye que cuando el centro educativo exige del estudiante respuestas en materia académica, disciplinaria, moral o física, o cuando demanda de él unas responsabilidades propias de su estado, así como cuando impone sanciones proporcionales a las faltas que comete, siempre que desempeñe tal papel de modo razonable y sujeto al orden jurídico, no está violando los derechos

12 fundamentales del educando sino, por el contrario, entregando a éste la calidad de educación que la constitución desea (Corte Constitucional. Sentencia T.397 de agosto 19 de 1997) La Educación surge como un derecho deber que afecta a todos los que participan en esa órbita cultural respecto a los derechos fundamentales, no sólo son derechos en relación a otras personas, sino también deberes de la misma persona para consigo misma, pues la persona no sólo debe respetar el ser personal del otro, sino que también ella debe respetar su propio ser. (Corte Constitucional Sentencia ST- 02/92). La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho deber que genera para el Educador como para los educandos y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso Educativo (Corte Constitucional ST- 527/95). ARTICULO 12 UNIFORMES El uniforme es un símbolo de pertenencia e identidad con el Colegio. Es un medio para preservar a los y a las estudiantes de la discriminación por razones de apariencia, además que contribuye a la economía familiar. Es un deber portarlo adecuadamente, dentro y fuera de la institución, con dignidad y decoro, SEGÚN MODELOS, de acuerdo con sus actividades diarias, y en condiciones de excelente higiene, aseo y presentación personal. El incumplimiento del adecuado uso del uniforme, en TRES OCASIONES, injustificadamente, amerita que se constituya como falta grave, por lo tanto el padre de familia o acudiente será citado para informarle de las disposiciones del Colegio y de sus compromisos adquiridos al matricular a su hijo(a). 1 DIARIO DE NIÑAS (SEGÚN MODELO) - Jardinera en paño escoses, verde a cuadros combinada, ruedo a altura máxima de la rodilla. - Blusa blanca con cuello tortuga - Media colegial blanca - Zapatos negros de amarrar, con cordones negros - Saco gris claro, en lana, según modelo, (cerrado) 2 DIARIO NIÑOS (SEGÚN MODELO) - Pantalón verde policía en poliéster o lino. - Camisa blanca cuello sport. - Medias oscuras. - Zapato negro de amarrar, con cordones negros. - Saco gris claro cerrado, cuello en V en la lana, según modelo. 3 TRAJE DEPORTIVO PARA NIÑOS Y NIÑAS (SEGÚN MODELO) - Sudadera (pantalón y chaqueta de cremallera) en material impermeable gris claro y verde.

13 - Pantaloneta y camiseta según modelo establecido.(con Escudo) - Tenis blancos con cordones blancos y medias blancas. NOTA : El escudo institucional forma parte del uniforme y debe portarse en el saco y en la sudadera bordado. ARTICULO 13 PRESENTACION PERSONAL Para evitar que las disposiciones sobre el uso adecuado y obligatorio del uniforme se desvirtúen NO se permite el uso de adornos, elementos o prendas diferentes al uniforme reglamentario. En caso de reincidencia el/la docente podrá exigir al(a) estudiante la entrega de estos elementos o prendas para dejarlos en custodia y ser, luego, devueltos a sus padres o representante legal en el tiempo que estime conveniente. En cuanto a la presentación personal para las mujeres se exige: 1 El ruedo de la falda del uniforme a una altura máxima de la rodilla. 2 No uso de maquillajes, ningún tipo de esmalte o barniz de uñas excepto el transparente. 3 Ningún tipo de coloración en el cabello, excepto los que guarden relación con los colores naturales propios. En cuanto a la presentación personal de los hombres se exige: 1 El cabello corto evitando peinados y cortes ESTRAMBÓTICOS. Ningún tipo de coloración del cabello diferente al natural 2 No se admiten el uso de prendas como: aretes, collares, pulseras, etc. 3 No se admite ningún tipo de moda en el largo o ancho del pantalón del uniforme tanto de sudadera como el de diario diferente a aquel que caiga ligeramente sobre el zapato, cubriendo la media y sin llegar al piso. No se admiten los siguientes usos en cuanto a la presentación personal en hombres y mujeres: 1 Ningún tipo de pirsin, ningún tipo de tatuajes en lugar visible. 2 El uso exagerado de anillos, manillas o sortijas en las manos o dedos de las manos. 3 Ningún tipo de prenda ajena a las reglamentarias del uniforme como: cachuchas, gorros, viseras, bufandas, bandas o brazaletes, gafas deportivas. 4 El uso de camisa o camiseta por fuera del saco del uniforme diario o de la chaqueta de Sudadera 5 Ningún tipo de moda en el largo o ancho del pantalón de la sudadera o el de Diario, diferente a aquel que caiga ligeramente sobre el zapato y/o tennis, cubriendo la media y sin llegar al piso. CAPITULO III ESTÍMULOS PARA LOS Y LAS ESTUDIANTES: ARTICULO 14 CONDUCTAS A DESTACAR El colegio estimulará a l@s estudiantes que sobresalen en su crecimiento personal, académico, deportivo, cultural o disciplinario.

14 Se estimulan las siguientes conductas: 1 El esfuerzo, superación personal y espíritu de solidaridad. 2 La creatividad, la investigación, el estudio y la sensibilidad científica. 3 La colaboración en las campañas y actividades programadas por el plantel. 4 Espíritu deportivo, entusiasta y propiciador de un clima deportivo. 5 Desempeño académico excepcional. 6 Desempeño disciplinario ejemplar. ARTICULO 15 CLASES DE ESTIMULOS 1 Izada del Pabellón Nacional: Cuando a consideración de los profesores se destaque su nombre en las formaciones generales como reconocimiento público a l@s estudiantes que sobresalen por esfuerzo, compromiso, comportamiento, colaboración y superación académica. 2 Mención de Honor: (uno por curso) para el (la) estudiante que se haya destacado, en su curso, durante todo el año escolar por su excelente rendimiento académico y/o convivencia. 3 Promoción anticipada: según lo establecido por el artículo 7 del decreto 1290 de Monitorias: en cada curso para estudiantes que se destacan en las diferentes áreas por su interés, rendimiento y responsabilidad. 5 Medallas: concedidas a los estudiantes que destaquen en las actividades deportivas, artísticas, culturales, empresariales y científicas. 6 Representación del Colegio, en actividades extracurriculares. 7 Diploma ICFES: concedido al(a) estudiante del grado 11 o ciclo 2 de media que obtenga en mejor puntaje en esta prueba anual. CAPITULO IV DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O REPRESENTANTES LEGALES DE L@S ESTUDIANTES Los padres de familia y/o acudientes son los agentes fundamentales en los procesos de formación integral de los educandos. En esta condición tienen derechos, deberes y responsabilidades y compromisos, tanto con sus hijos o representados, como con el colegio. Al firmar el acto de la matricula o contrato educativo los padres o representante legal al igual que el/la estudiante reconocen y aceptan las normas y acuerdos dispuestos en el Manual de Convivencia; por lo tanto es necesario que previamente lo conozcan. ARTICULO 16 DERECHOS DE LOS PADRES Y/O REPRESENTANTES 1 Antes de matricular a su hijo(a) recibir y conocer el Manual de Convivencia toda ves que Al momento de matricularse una persona en un Centro Educativo celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones (sentencia de la Corte Constitucional ST- 612/92).

15 2 Estar organizados y representados ante los diferentes estamentos por medio de la Asociación de Padres de Familia y otras organizaciones que permita la ley. 3 Elegir y/o ser elegido para la conformación del Gobierno Escolar, Asociación de Padres de Familia, Comisiones de Evaluación y Promoción y demás Comités Institucionales de Participación. 4 Conocer con anticipación, al momento de la matrícula, los principios que orientan el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL, el MANUAL DE CONVIVENCIA, el PLAN DE ESTUDIOS, las ESTRATEGIAS PEDAGÓGICAS básicas, el SISTEMA DE EVALUACIÓN ESCOLAR y el PLAN DE MEJORAMIENTO institucional. 5 Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la institución educativa. 6 Participar en el proceso educativo que desarrolle el colegio y, de manera especial en la construcción, ejecución y modificación del Proyecto Educativo Institucional. 7 Recibir respuesta suficiente y oportuna a su requerimiento sobre la marcha del Colegio y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos. 8 Recibir durante el año escolar y en forma periódica información sobre rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos. 8 Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación, de la Calidad del servicio educativo. 9 Recibir capacitación en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos. 10 Recibir trato respetuoso de las personas que hacen parte de la Comunidad Educativa. 11 Ser atendidos por directivos, administrativos, y/o personal docente cuando la situación lo amerite según horario establecido o debidamente concertado. 12 Recibir estímulos por cumplimiento de sus deberes. 13 Hacer reclamos justos, oportunos y respetuosos frente a situaciones conflictivas. 14 Participar en la programación y desarrollo de las actividades a las que sean invitados por la institución. ARTICULO 17 DEBERES Y COMPROMISOS DE LOS PADRES Y/O REPRESENTANTES LEGALES Los padres de familia o representantes legales de los estudiantes deberán cumplir cabalmente con las obligaciones acordadas en El manual de Convivencia y las emanadas de la Constitución y las leyes de la república. ( resolución N 1740 de julio 15 de 2009 de la Secretaria de Educación) En ningún momento el Colegio puede asumir la responsabilidad de los padres como primeros educadores de sus hijos e hijas. (Art. 7 Ley 115). En obediencia al Decreto 1860 de 1994, a la Ley 1098 de 2006 y resolución 1740 de la Secretaria de Educación, es obligación de los padres y/o representantes legales: 1 Cumplir con las obligaciones establecidas en el acto de matrícula o contrato educativo.

16 2 Inscribir y matricular a sus hijos o representados dentro de los plazos fijados cada año por la Secretaría de Educación y siguiendo los procedimientos estipulados. 3 Garantizar a sus hijos o representados la asistencia diaria al colegio en los horarios establecidos y asegurarse de que asistan a las clases y demás actividades fijadas por el colegio. 4 Velar por la permanencia y continuidad de sus hijos o representados en el sistema educativo. Proporcionar los, uniformes, útiles y medios adecuados para que los estudiantes puedan cumplir con las labores escolares dentro y fuera del colegio. 5 Brindar a sus hijos o representados la protección, el afecto, la dedicación y el tiempo necesario para garantizar su desarrollo emocional. 6 Es de OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO E IRRENUNCIABLE que los padres o representante legales asistan y participen responsablemente en los eventos programados por el colegio como: : Asociación de padres familia, reuniones, talleres para padres y entrega de informes académicos y de convivencia (Ley 1098 de infancia y adolescencia artículo 39, articulo 42 numeral 5, articulo 44 numeral 10) 7 Buscar y recibir orientación sobre el desarrollo integral y armónico de sus hijos o representados. 8 Colaborar y comprometerse de manera solidaria con el colegio en las actividades académicas, de convivencia, seguridad y protección escolar. 9 Controlar que sus hijos o representados asistan puntualmente al colegio. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de sus hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa. 10 Comunicar oportunamente, a las Directivas del Colegio, las irregularidades de que tengan conocimiento, en relación con, el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o abuso de drogas ilícitas, También acudir a las autoridades competentes. 11 Apoyar la institución en el desarrollo de acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes especialmente en la formulación y desarrollo de los Planes de Mejoramiento Institucional. 12 Participar en el proceso de autoevaluación anual del Colegio. 13 Dar trato respetuoso a las personas integrantes de la comunidad educativa. 14 Asumir responsabilidades de ser los primeros y principales educadores de sus hijos, por medio del buen ejemplo y procurando un ambiente propicio para estudiar, hacer trabajos y tareas. 15 Acudir al colegio para justificar las ausencias diarias o prolongadas o el retiro definitivo del o la estudiante. En caso de repetidas inasistencias, como medida de protección frente a la posibilidad que él o la estudiante se encuentre en situaciones irregulares, vulneración o riesgo, el padre debe presentarse con su hijo(a), al momento de reintegrarse a sus labores académicas y justificar su inasistencia. Al respecto la Secretaria de Educación en su resolución 1740 de 2009, artículo 5 exige el siguiente procedimiento : Ante la ausencia injustificada del estudiante durante un día al colegio, el director de curso o Director del Colegio, se comunicará de manera inmediata con el padre o representante legal del

17 menor para establecer las causas de la inasistencia y procurar el regreso del estudiante al colegio a la mayor brevedad posible. Si el estudiante deja de asistir de manera injustificada durante tres (3) días consecutivos al colegio, el Director determinará la existencia de deserción y citará al padre o representante del niño, niña o adolescente, con el fin de llevar a cabo una reunión. Se podrá citar hasta tres veces al padre o representante del menor, de lo cual se dejará constancia escrita. En el colegio se realizara una reunión en la cual se establecerán las causas de la deserción, se definirán las acciones y compromisos del colegio, los padres y el estudiante. De esta reunión se levantará el acta respectiva. En caso de inasistencia de los padres a la reunión o del incumplimiento de los compromisos pactados, se dejará constancia mediante acta firmada por el rector del colegio, el director de curso del estudiante, y el orientador; el colegio deberá remitir el caso a la Defensoría o Comisaría de Familia más cercanos, según sus competencias. Lo actuado se comunicará a la Dirección Local de Educación 16 Enviar a sus hijos a la institución en forma oportuna y debidamente aseados, organizados y con el uniforme respectivo completo. 17 Hacer uso del Conducto Regular en caso de alguna queja o reclamo. 18 Velar e interesarse en el proceso de formación de sus hijos estableciendo permanentemente comunicación con los docentes 19 Responder económicamente por los daños que ocasione, en la institución, su hijo(a)o representado. 20 Recoger oportunamente a los niños(as) a la hora de salida, pues por los cambios de jornada nadie se puede hacer cargo de ellos, en caso contrario se deben entregar a instituciones de protección. 21 En caso que el o la estudiante se vea involucrado(a) en situaciones de agresión, amenazas o cualquier acto que vulnere o ponga en riesgo, su integridad personal o su dignidad es obligación de los padres velar por la protección de su hijo (a) denunciando a las autoridades competentes para que se le preste especial atención. (Código de la Infancia y la Adolescencia artículos 39 y 44). 22 Como medida de protección, para con nuestros estudiantes, el colegio podrá exigir, en estos casos, a los padres o representante legal copia del denuncio respectivo hecho ante las autoridades competentes. 23 Suministrar los números telefónicos de sus hogares y/o familiares a donde informarles en casos de emergencia o inasistencia del o la estudiante. Igualmente informar los cambios de dirección y/o números telefónicos. 24 En el proceso que se le siga a un Padre de Familia o representante legal, por incumplimiento de sus deberes podrá ser remitido al Servicio de Orientación, exigirle la asistencia a talleres de padres y/o remitirlo a Asesoría Profesional Familiar que los ayude aprender a manejar las dificultades evidenciadas y así disminuir los riesgos para su hijo(a). Todo lo anterior será de

18 obligatorio cumplimiento. De igual manera se le podrá asignar una labor social retributiva y concertada. 25 El padre como responsable de la conducta de su hijo, deberá tomar parte en todo procedimiento que se siga y asumirá compromisos junto con él. 26 En caso que el padres de familia o responsable no asista a tres (3) o más citaciones o incumpla los compromisos pactados, se dejará constancia mediante acta y deberá remitirse el casos a la Defensoría o Comisaría de familia más cercanos.(resolución 1740 de 2009 de la Secretaría de Educación). NOTA Por disposiciones del Código de la Infancia y la Adolescencia (artículo 44) el colegio tiene la obligación legal de reportar a las autoridades competentes (Comisaría de Familia, Defensoría de Menores, Bienestar Familiar y Policía de Infancia y Adolescencia) situaciones que evidencien maltrato, violencia intrafamiliar negligencia, descuido, abuso, trabajo infantil o explotación laboral y en general todas las situaciones que atenten contra el bienestar, la dignidad y los derechos de nuestros niños, niñas y adolescentes. CAPITULO V DERECHOS Y DEBERES DE L@S DOCENTES Y PERSONAL ADMINISTRATIVO ARTICULO 18 DERECHOS DE L@S DOCENTES 1 Tener conocimiento oportuno del PEI, su filosofía institucional y demás aspectos referentes a la marcha general del colegio a su organización, funcionamiento y orientación pedagógica. 2 Participar en el planeamiento curricular, jornadas pedagógicas, seminarios demás eventos de crecimiento personal 3 Laborar en un ambiente armónico, siendo respetado y escuchado por toda la comunidad educativa. 4 Recibir un trato digno, justo y equitativo por parte de los directivos y demás estamentos de la comunidad educativa. 5 Ser escuchado en sus solicitudes en forma verbal o escrita y recibir respuesta oportunamente. 6 Interactuar con los compañeros en el trabajo pedagógico y compartir las experiencias de su quehacer. 7 Recibir reconocimiento por su desempeño profesional. 8 Recibir información oportuna y los elementos necesarios para el desempeño de su labor. 9 Participar en cursos de actualización. 10 Pertenecer a los diferentes organismos de la institución ARTICULO 19 DEBERES DE L@S DOCENTES 1 Conocer e identificarse plenamente con en el Proyecto Educativo Institucional.

19 2 Con su responsabilidad, orden, presentación y cumplimiento. Ser testimonio y ejemplo para sus estudiantes y los demás miembros de la comunidad educativa. 3 Realizar la programación a su cargo siguiendo las normas del MEN, la Secretaria de Educación y los lineamientos institucionales. 4 Crear ambiente de calidad, dentro del aula innovando, mejorando e implementando estímulos e incentivos, para que sus estudiantes se motiven y logren un mejor desempeño escolar. 5 Responsabilizarse del comportamiento y la disciplina de grupo de clase y estar atento(a) para corregir y remediar situaciones anómalas dentro de su clase. 6 Cumplir con los acompañamientos asignados en los descansos o turnos de convivencia. 7 Cumplir con el horario de su jornada laboral y académica así como dedicar el tiempo completa cada una de las asignaturas. 8 Responder por el buen uso y conservación de bienes enseres y espacios que están bajo su responsabilidad. 9 Controlar y hacer seguimientos del ausentismo, inasistencias, llegadas tarde y evasiones de clase. Cuando finalice la primera hora el docente de asignatura enviará a Coordinación la lista de estudiantes ausentes para que indague telefónicamente la causa del ausentismo. Este procedimiento se debe realizar a diario. 10 El docente de la asignatura registrará las llegadas tarde. A la tercera vez citará a Padres de Familia. Cuando haya evasión de clase inmediatamente informará a Dirección para que se haga el seguimiento respectivo. 11 Dentro de las clases controlar el uso de celulares, walkman, dismans, ipod, MP3 y juegos de entretención similares Velar por la organización del aula, solicitando a sus estudiantes que al finalizar la clase el aula quede en orden y aseo. 14 Tener en cuenta los procedimientos y conductos regulares, para la atención de casos especiales. 15 Dialogar constantemente con los estudiantes a cerca de su desempeño, procesos de aprendizaje, sus conflictos, su sentir y sus deseos. 16 Portar correctamente los UNIFORMES ACORDADOS por la Institución para el año lectivo (Por Semana Dos veces el de Diario y Tres veces el de Edufisica). Parágrafo: Para la Entrega de Informes Académicos debemos portar el UNIFORME DE DIARIO. 17 Portar de manera VISIBLE el CARNET que lo acredita como FUNCIONARIO ACTIVO de la Institución Educativa. 18 FIRMAR OPORTUNAMENTE con el Señor portero la ENTRADA y SALIDA de la Institución con relación a su JORNADA DE TRABAJO escolar para la cual fue Contratado. ARTICULO 20 DERECHOS L@S COORDINADORES/AS 1 Ser informado oportunamente de cualquier situación académica o de convivencia 2 Ser respetado por cada miembro de la comunidad educativa

20 3 Los derechos contemplados en el Estatuto Docente, Decreto 2277 de1979, Art 36. ARTICULO 21 DEBERES DE COORDINADORES/AS 1 Presidir y convocar los Comités Institucionales. 2 Coordinar la acción académica y de convivencia. 3 Establecer canales y mecanismos de comunicación. 4 Llevar registros y controlar la administración de estudiantes y docentes. 5 Organizar la dirección de cursos y horarios. 6 Aplicar el plan de estudios, según, lo acordado por el Consejo Académico. 7 Colaborar con el Director en la planeación y evaluación Institucional. 8 Tratar digna y justamente a los miembros de la comunidad educativa. 9 Aplicar el conducto regular. 10 Concertar con cada miembro de la comunidad según se requiera. 11 Portar correctamente los UNIFORMES ACORDADOS por la Institución para el año lectivo (Por Semana Dos veces el de Diario y Tres veces el de Edufisica). Parágrafo: Para la Entrega de Informes Académicos debemos portar el UNIFORME DE DIARIO. 12 Portar de manera VISIBLE el CARNET que lo acredita como FUNCIONARIO ACTIVO de la Institución Educativa. ARTICULO 22 DEL SERVICIO DE ORIENTACIÓN y/o PSICOLOGIA ESCOLAR El Servicio de Orientación y/o Psicología Escolar, es un apoyo profesional que ofrece la Institución, para mejorar los procesos pedagógicos, las condiciones psicoafectivas y relaciones sociales de la comunidad educativa. El Servicio de Orientación y/o Psicología Escolar tiene carácter multidisciplinar que exige procesos de cooperación y trabajo en equipo con los maestros directivos y padres de familia. Es una labor conjunta de toda la comunidad educativa en la búsqueda de comprender y resolver la problemática escolar. Le corresponde al Servicio de Orientación: 1 Participar en forma activa en los Comités de Convivencia, Evaluación y Promoción, propiciando espacios para el seguimiento de los estudiantes y desarrollo de valores relacionados con los principios consignados en el PEI así como la atención directa de los casos especiales que ameriten. 2 Contribuir al desarrollo de la personalidad de los estudiantes, en particular en lo referente a: desarrollo de la autoestima, proyecto de vida, toma de decisiones, solución de conflictos individuales, grupales y familiares. 3 Asesorar individual y colectivamente a docentes en manejos de conflictos, atención a padres, problemas de aprendizaje, direcciones de curso, técnicas estudio y fortalecimiento de valores. 4 Participar dinamizando con otros estamentos los procesos de construcción del PEI, los principios de calidad y el Manual de Convivencia.

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