INICIATIVAS PRIVADAS COFINANCIADAS: MARCO NORMATIVO PARA EL MILAGROS MARAVÍ

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1 INICIATIVAS PRIVADAS COFINANCIADAS: MARCO NORMATIVO PARA EL MILAGROS MARAVÍ LIMA PERU NOVIEMBRE 2014

2 ACTUAL MARCO NORMATIVO DE LAS IPCs EN EL PERÚ El marco legal vigente de las Iniciativas Privadas Cofinanciadas está conformado por: Ley Marco de APP Decreto Legislativo Nº Recientemente modificado por la Ley Nº 30167, publicada el Nuevo Reglamento de la Ley Marco de APP Decreto Supremo Nº EF Reglamento del Fondo de APPs cofinanciadas Decreto Supremo Nº EF Directiva EF/53.01 y su modificatoria, que regula el procedimiento para la formulación o reformulación de los Proyectos de Inversión Pública PIPs de Iniciativas Privadas Cofinanciadas. Resolución Ministerial N EF/15 Metodología del Análisis Comparativo. TUOS de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y servicios públicos Decretos Supremos No PCM y PCM

3 ACTUAL MARCO NORMATIVO DE LAS IPCs EN EL PERÚ Qué podemos hacer para que la ventana de 45 días del 2015 sea realmente una oportunidad para impulsar proyectos de inversión pública que contribuyan a cerrar la brecha de infraestructura y servicios públicos? Afrontar problemas y limitaciones de la ventana que cerró el 29 de agosto de 2014.

4 ANTECEDENTES Ley de Presupuesto para el sector público para el año 2013 N prioriza de manera excepcional y con carácter de urgente las iniciativas privadas cofinanciadas destinadas a cubrir el déficit de infraestructura y servicios públicos. Enero Reglamento Decreto Supremo EF Julio 2013,- Anuncio de creación de Fondo de proyectos de inversión privada, cofinanciadas con un fondo de 1500 millones de soles (más de 500 millones de dólares) en el primer año. Ley de Presupuesto del Fondo de Apoyo a las APPs cofinanciadas incluyendo las Iniciativas Privadas Cofinanciadas. Trabajo de cartera de proyectos entre Entidades y sector privado. Sectores exhibieron su cartera de proyectos. Esto venía desarrollándose con normalidad y sin prisas o apuros. Se preparando varios de los proyectos que ahora figuran como admitidos en la web de PROINVERSIÓN en saneamiento, salud, educación, y transporte y se iban presentando a PROINVERSIÓN conforme estaban listos. Algunos fueron presentándose.

5 ANTECEDENTES De pronto, el 31 de mayo de 2014 se publicó el nuevo Reglamento de la Ley de APPs por Decreto Supremo EF y trajo una sorpresa: La ventana de oportunidad de presentar Iniciativas Privadas Cofinanciadas en el marco del procedimiento del Decreto Supremo EF se cerraba el 29 de agosto de 2014 y se reabriría en enero de Esto precipitó que las entidades dieran un mensaje a los privados: Las Iniciativas Privadas son PRIORITARIAS y URGENTES y se requieren presentar en esta ventana que cierra el 29 de agosto. En caso contrario (si se espera a enero), se perderían varios meses en el posible avance de los proyectos. Los privados, que son a los que corresponde preparar y presentar las iniciativas privadas, comenzaron a trabajar intensamente para cumplir con su compromiso dentro del plazo de la ventana.

6 Metropolitano colapsa por Procesión del Señor de los Milagros

7 SUBSANACIÓN! OPINIÓN NEGATIVA DEL MEF! SILENCIO! Así estamos de espantados a estas alturas.

8 PRECISIONES RESPECTO DE IPs COFINANCIADAS AMBITO de LAS IPCs :SERVICIOS PÚBLICOS El Estado debería precisar en el reglamento de la Ley de APPs (antes de enero próximo que: i) se entiende por servicio público aquél que sea brindado por una entidad dentro del marco de su competencia; y ii) infraestructura sí incluye equipamiento. Si lo restringen al concepto tradicional de servicio público cada sector debe tener a su cargo definir el cumplimiento de este requisito.

9 PRECISIONES RESPECTO DE IPs COFINANCIADAS REGLAS DE EVALUACIÓN DE CAPACIDAD FINANCIERA Los criterios de evaluación de capacidad financiera deben estar en el Reglamento de la Ley de APPs (incluyendo la posibilidad de acreditación con empresas vinculadas) y no debe sumarse los montos de los proyectos para determinar cuántas IPCS puede presentar una empresa.

10 PRECISIONES RESPECTO DE IPs COFINANCIADAS ARREGLO INSTITUCIONAL Y PROTOCOLOS CUANDO HAY VARIAS ENTIDADES COMPETENTES Debe precisarse que en los proyectos de competencia de los Gobiernos Regionales o locales NO se solicitara opinión sobre las relevancia y prioridad al Sector, salvo que el financiamiento del proyecto provenga de presupuesto de éste. Asimismo, debería precisarse que en el caso de que el Gobierno Nacional financie, la entidad contratante es el Ministerio correspondiente así como cuando hay varias entidades involucradas (saneamiento/educación/salud). Si es multisectorial, el sector de mayor valor de inversión.

11 PRECISIONES RESPECTO DE IPs COFINANCIADAS DEFINIR CONCEPTOS SOBRE CAPACIDAD PRESUPUESTAL Y PROTOCOLOS DE EVALUACIÓN Conceptos como Impacto Fiscal y Monto máximo de compromisos. Definir conceptos y Formatos.

12 PRECISIONES RESPECTO DE IPs COFINANCIADAS DEFINIR CONCEPTOS de COFINANCIAMIENTO y AUTOSOSTENIBILIDAD Todo pago de recursos que ingresan al presupuesto de la entidad implica cofinanciamiento? Si la entidad recibe transferencias del tesoro: no puede desarrollar proyectos considerados autosostenibles? Las expropiaciones o servidumbres onerosas a cargo del Estado son cofinanciamiento?

13 PRECISIONES RESPECTO DE IPs COFINANCIADAS DEFINIR ALCANCE DE INICIATIVA PRIVADA COFINANCIADA COMO PETICIÓN DE GRACIA Obligación legal de pronunciarse: IPC es ejercicio de derecho de petición. Impugnación de inadmisibilidad. Desistimiento

14 OBJETIVO Mayor predictibilidad y transparencia Cartera de proyectos razonable Mejores infraestructura y servicios públicos para todos

15 PROCEDIMIENTO DE LAS INICIATIVAS PRIVADAS COFINANCIADAS - NUEVO REGLAMENTO - Decreto Supremo Nº EF

16 NOVEDADES DEL NUEVO REGLAMENTO: IPs COFINANCIADAS Otras novedades respecto de las IPs cofinanciadas son las siguientes: Se ha establecido un plazo para presentarlas: los primeros 45 días del año. Se precisa que el pronunciamiento de la entidad sobre la relevancia y prioridad es aprobado por Resolución de Consejo Regional o Concejo Municipal. Se establece que si el proyecto supera las 100,000 UIT y requiere más del 30% de cofinanciamiento, la entidad deberá realizar el Análisis Comparativo según lo previsto en el literal d) del numeral 5.2 del artículo 5º. El Análisis Comparativo está conformado por: (i) El análisis costo beneficio, previsto en la regulación anterior; y, (ii) el análisis del contenido cualitativo, que considerará la evaluación de aspectos relacionados a temas institucionales, de mercado, entre otros. La metodología para este análisis será establecida por el MEF. Asimismo, debe contar con una certificación de la capacidad presupuestal emitida por el MEF. Los procedimientos SNIP se rigen por la Directiva General. El MEF opina sobre versión final de contrato en IPA o IPC. SIEMPRE

17 TRÁMITE DE LAS IPCs: ADMISIÓN A TRÁMITE (NUEVO REGLAMENTO) Requisitos para la presentación de la IPC - Nombre o razón social del solicitante con indicación de sus generales de ley, acompañando los correspondientes poderes del representante legal. - Sustento de capacidad financiera y técnica del proponente. - Descripción de la IPC, incluyendo: (i) nombre y tipo del proyecto, (ii) ámbito de influencia, (iii) objetivos, (iv) beneficios sociales, (v) razones por las que se escoge el proyecto entre otras alternativas, (vi) costo total de la inversión y cofinanciamiento del Estado, y (vii) cronograma de ejecución de las inversiones y cronograma del requerimiento de recursos públicos. - Sustento de la importancia y consistencia del proyecto con los objetivos estratégicos de las entidades. - Análisis y propuesta de distribución de riesgos del proyecto. Presentación de la IPC Dentro de los primeros 45 días del año sí PROINVERSIÓN informa las observaciones El proponente elabora subsanación 10 días hábiles PROINVERSIÓN verifica el cumplimiento de los requisitos de presentación. 10 días hábiles levanta observaciones? no Se tiene por no presentada requiere subsanar? sí no admite a trámite

18 TRÁMITE DE LAS IPCs: RELEVANCIA Y PRIORIDAD (NUEVO REGLAMENTO) PROINVERSIÓN remitirá a las entidades el conjunto de las iniciativas privadas que recaigan en proyectos de su competencia Las entidades* emitirán opinión sobre la consistencia de las IPCs con sus objetivos estratégicos, indicando el orden de prelación de las que consideren consistentes. 10 días hábiles * Para emitir su opinión, los GRs y GLs podrán solicitar la asistencia técnicas del sector del Gobierno Nacional que corresponda según el proyecto materia de la IPC. PROINVERSIÓN convoca a las entidades para elaborar un consolidado con el orden de preferencia 10 días hábiles PROINVERSIÓN solicita al MEF opinión sobre le monto máximo de los compromisos que puedan ser asumidos por GRs y GLs Nacional Regional y Local PROINVERSIÓN solicita al MEF el informe de Impacto Fiscal MEF remite la opinión solicitada 10 días hábiles MEF emite informe de Impacto Fiscal 10 días hábiles PROINVERSIÓN comunica a los GRs y GLs la opinión del MEF para que emitan opinión sobre la relevancia y prioridad PROINVERSIÓN comunica a las entidades las IPC que sean consistentes con la responsabilidad fiscal y la capacidad presupuestal para que emitan su opinión sobre la relevancia y prioridad GRs y GLs emiten su opinión sobre la relevancia y prioridad de las IPCs 15 días hábiles Entidades emiten su opinión sobre la relevancia y prioridad de las IPCs 5 días hábiles * Los GRs y GLs emiten opinión a través de pronunciamiento del Consejo Regional o del Concejo Municipal, según corresponda.

19 TRÁMITE DE LAS IPCs: VIABILIDAD (NUEVO REGLAMENTO) PROINVERSIÓN publica en su Portal Web Institucional la lista de IPC PROINVERSIÓN remite al proponente el alcance de los estudios de preinversión a ser elaborados conforme al SNIP El proponente presenta propuesta de estudio de preinversión y Declaración Jurada indicando los gastos No viable Viable IPC es rechazada PROINVERSIÓN realiza Análisis Comparativo CONTENIDO DE LA PUBLICACIÓN - Propuesta de modalidad de participación de la Inversión Privada. - Descripción de la IPC, incluyendo: (i) nombre y tipo del proyecto, (ii) ámbito de influencia, (iii) objetivos, (iv) beneficios sociales, (v) razones por las que se escoge el proyecto entre otras alternativas, (vi) costo total de la inversión y cofinanciamiento del Estado, y (vii) cronograma de ejecución de las inversiones y cronograma del requerimiento de recursos públicos. ANÁLISIS COMPARATIVO* (Numeral 8.1 del Artículo 8º de la Ley Marco de APPs, literal a) del Artículo 3º del Reglamento y literal d) del numeral 5.2 del Artículo del Reglamento) Análisis que evalúa la modalidad de ejecución de un proyecto que ofrece mayor beneficio para la sociedad sea esta mediante una Asociación Público Privada o mediante una obra pública. Este análisis contará con un contenido cuantitativo basado principalmente en la comparación entre el costo neto, en valor presente y ajustado por riesgo, de proveer un proyecto a través de una obra pública y el costo del mismo proyecto ejecutado a través de una Asociación Público Privada, así como con un contenido cualitativo, el cual considerará la evaluación de aspectos relacionados a temas institucionales, de mercado, entre otros. * Mediante Resolución Ministerial, el MEF establece la metodología

20 TRÁMITE DE LAS IPCs: DECLARATORIA DE INTERÉS (NUEVO REGLAMENTO) También se requiere de la opinión de: Si el REGULADOR no emite su opinión, ésta se entiende favorable. PROINVERSIÓN elabora propuesta de Declaratoria de Interés y solicita la opinión favorable de la entidad a la que corresponde el proyecto - El MEF, que debe contener su pronunciamiento sobre el Análisis Comparativo, la responsabilidad fiscal y la capacidad presupuestal. - El REGULADOR, si la IPC se financia con tarifas de servicio público. - La CGR, sobre aquellos aspectos que comprometan al crédito o la capacidad financiera del Estado (esta opinión no es vinculante). La(s) entidad(es), el MEF y/o el REGULADOR emiten su opinión 20 días hábiles contados desde que recibe la solicitud con la información completa desfavorable favorable La IPC es rechazada La IPC es declarada de interés por acuerdo del órgano máximo del PROINVERSIÓN * La Declaratoria de Interés contiene el análisis y el pronunciamiento respecto del interés del Estado sobre el proyecto materia de la IPC. La entidad puede requerir información adicional al OPIP y éste puede trasladar dicho requerimiento al proponente* Dentro de los 5 días hábiles de recibida la solicitud (por única vez) El proponente debe entregar la información requerida 10 días hábiles condiciona la reanudación del plazo de la entidad para emitir su opinión * Los gastos que demande la preparación de información adicional, podrán ser reconocidos a efectos del reembolso.

21 TRÁMITE DE LAS IPCs: DECLARATORIA DE INTERÉS (NUEVO REGLAMENTO) PROINVERSIÓN notifica la Declaratoria de Interés al proponente 5 días hábiles El proponente debe entregar la carta fianza y pagar gastos de publicación 10 días hábiles cumple? no sí PROINVERSIÓN deja sin efecto la Declaratoria de Interés PROINVERSIÓN publica la Declaratoria de Interés LA CARTA FIANZA El monto de la carta fianza es fijado por el OPIP en función al monto de inversión del proyecto que es materia de la IPA. La carta fianza debe mantenerse vigente hasta la suscripción del contrato, pero es devuelta al proponente en caso de presentarse terceros interesados en la ejecución del proyecto. La publicación se realiza de acuerdo a lo siguiente: - Por una (1) vez en el Diario Oficial El Peruano; - Por una (1) vez en otro diario de circulación nacional; y - En la Página Web del OPIP. Además, PROINVERSIÓN está facultado a realizar toda actividad que estime conveniente para promover la participación de terceros en el proceso de selección.

22 NOVEDADES : EL REEMBOLSO DE GASTOS IPs AUTOSOSTENIBLES El monto total de los gastos a reintegrar no podrá exceder el uno por ciento (1%) del Costo Total de Inversión. Ya no existe una excepción para las IPs autosostenibles respecto de si el monto no supera 1120 UITs podía ser 5%. IPs COFINANCIADAS El monto total de los gastos a reintegrar no deberá ser mayor al dos por ciento (2%) del Costo Total de Inversión. * El reembolso debería ser pagado luego de la fecha de cierre. Derogado el Decreto Supremo No EF, queda sin efecto lo establecido en la Décima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley No , que indicaba que opera el reembolso siempre que el estudio haya sido declarado viable y éste sea utilizado por la entidad pública para su ejecución y que el reembolso de los gastos de estudios de pre inversión en iniciativas privadas cofinanciadas priorizadas debe reconocerse y otorgarse al proponente antes de iniciar el proceso de selección correspondiente al Estudio Detallado o Expediente Técnico de la obra.

23 PRESENTACIÓN Proyectos de Inversión nacionales, regionales o municipales por Iniciativa Privada Cofinanciada en el 2015 Por: José Escaffi Lima, noviembre del 2014

24 Antecedentes

25 Crecimiento con escaso acceso a servicios públicos El Perú sigue enfrentado grandes desigualdades y significativas brechas en el acceso a servicios públicos de calidad POBLACIÓN EN SITUACIÓN DE POBREZA Y SIN ACCESO A DESAGÜE (% del total de la población) BRECHA EN EL ACCESO A SERVICIOS 2012 (% DE HOGARES) Agua Desague Electricidad Pobre Sin desagüe Nacional Rural En casi US$90 mil millones se estima la brecha de inversión en infraestructura Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) 25

26 Esfuerzos de modernización del Estado La Dirección General de Política de Inversiones del MEF está creando incentivos para promover la inversión y la descentralización. Las entidades públicas de los tres niveles de gobierno aún no gastan todo lo que programan, por lo que se puede mejorar la ejecución y calidad del gasto. Aún hay mucho por hacer. Problemas Atomización de la inversión Inadecuados procedimientos de asignación de recursos Modalidad de inversión como administración directa y contrata Calidad de los estudios Sin orientación al cierre de brechas Esfuerzos de mejora: Paquetes territoriales Combo FONIE 45,000 40,000 35,000 30,000 25,000 20,000 15,000 10,000 5,000 0 EJECUCIÓN DE INVERSIONES DE 3 NIVELES DE GOBIERNO (S/.MILLONES) 75% 62% 51% 52% % 72% 67% 71% 73% PIM Devengado Se programaron S/.255 MM, se gastaron S/.153 MM y se han venido reprogramando S/. 102 MM. Fuente: SIAF. Información actualizada al 08/04/

27 Alternativas para la ejecución de proyectos de inversión pública

28 Alternativas para Ejecución de Proyectos de Inversión Públic Arreglos Institucionales para contratación del sector público con el sector privado Contratación del Estado con Privado (-) (+) Administración directa Fondos Sociales Contrato de gerencia Asociación en participación Concesiones cofinanciadas Contrata Mecanismo de Obras por Impuesto Outsourcing Joint Venture Concesiones autofinanciadas Adm. directa y Contrata Modalidades de ejecución Aproximadamente 100% del presupuesto Más utilizado, menos eficaz y eficiente Obras por Impuestos Asociación Público Privada S/ millones de S/.26 mil millones US$ millones de proyectos adjudicados2 (julio 2011-mayo 2014) Poco utilizado, más eficaz y eficiente Poco utilizado, idóneo 28

29 Contrata vs. Asociación Público-Privada Administración directa y contrata Proyectos atomizados 25 obras por distrito 4 contratos por obra 100 contratos por año contratos en 10 años Asociación Pública Privada Paquetes proyectos y proyectos territoriales Toda la red de pistas distritales con mantenimiento asegurado por 10 o 20 años en 1 solo contrato 29

30 Asociaciones Público-Privadas (APP)

31 Asociaciones Público Privadas (APP) Las Asociaciones Público Privadas (APP), son modalidades de participación de la inversión privada en proyectos de inversión pública en la cual se incorpora experiencia, conocimientos, equipos, tecnología de proponentes especializados. Son modalidades de gasto público. Se distribuyen riesgos y recursos con el objeto de crear, desarrollar, mejorar, operar o mantener infraestructura pública, proveer servicios públicos y/o prestar los servicios vinculados a éstos que requiera brindar el Estado, así como desarrollar proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica. 31

32 Asociaciones Público-Privadas Iniciativa Pública Auto financiada Cofinanciada Aeropuerto Jorge Chávez, Centro Cívico, Panamericana Sur Aeropuertos del Perú (A.D.P.) Iniciativa Privada Auto financiada Cofinanciada Planta de tratamiento de agua - Taboada Propuestas admitidas a trámite y en evaluación El Estado puede contratar con privados tanto la inversión como la prestación de servicios públicos en todas las modalidades de contratación existentes entre privados según el Código Civil y la Ley de Sociedades. 32

33 Proyectos concluidos anualmente por modalidad ( ): Desde el año 1992 se han dado 413 procesos por un monto de transacciones aproximado de US$ 11 MM. e inversiones proyectadas de US$ 50 MM Concesiones Venta de acciones y/o activos Opciones de transferencia Capitalizaciones Iniciativas Privadas Proyectos FITEL Otras modalidades 33

34 Descripción del mecanismo APP (Según DS EF) 1. Se presenta propuesta ante PROINVERSIÓN durante los primeros 45 días calendario del año. PROINVERSIÓN revisa el cumplimiento de requisitos y verifica si coincide total o parcialmente con proyectos del Plan de Promoción de Inversión Privada. PROINVERSIÓN comunica al proponente si la IP ha sido admitida (plazo máximo de 10 días hábiles). 2. PROINVERSIÓN remite a las entidades las IPC de su competencia. Entidades deberán indicar el orden de prelación de las IPC dentro de un plazo de 10 días hábiles. Vencido el plazo: IP Competencia Nacional: PROINVERSIÓN convoca a entidades para sustento de prelación. PROINVERSIÓN luego solicita al MEF informe de impacto fiscal. Luego, entidades emitirán R&P en un plazo de 5 días hábiles. IP Competencia Subnacional: PROINVERSIÓN solicita al MEF opinión sobre monto máximo de compromiso. Luego, PROINVERSIÓN comunica a las entidades para emisión R&P dentro de un plazo de 15 días hábiles por consejo. 3. PROINVERSIÓN publica IPC priorizadas, emite CME y autoriza inicio de estudios de pre-inversión. 4. Declaración de viabilidad de estudios según SNIP. 5. PROINVERSIÓN produce análisis comparativo y propuesta de declaratoria de interés. 6. MEF emite opinión respecto del análisis comparativo, capacidad presupuestal y responsabilidad fiscal del Estado. CGR opina en su competencia. 7. PROINVERSIÓN declara interés de la IP. 8. Se lleva a cabo del Concurso o Adjudicación Directa del postor y la suscripción del contrato. 34 Ver anexo 1

35 Beneficios de la APP Las APP generan amplios beneficios a la sociedad, a la empresas privadas y al Estado. Garantiza mejor nivel de servicio Reduce costos de transacción Mayor bienestar social: Garantiza mínimo nivel en la calidad de los servicios Redefine el rol del Estado: de administrador a supervisor Política pública de ley Involucran especialistas y profesionales experimentados Garantiza buen financiamiento 35

36 Experiencia AC Pública: IPC presentadas Colegios de alto rendimiento (COAR) en la zona norte, centro y sur del Perú Tratamiento de aguas residuales del Lago Titicaca Hospital Nacional Cayetano Heredia Mantenimiento de la red distrital de pistas y veredas de Miraflores por 10 años 36

37 Aspectos Específicos Vinculados al Proceso

38 Principales barreras y retos del nuevo enfoque en la provisión de servicios públicos Barreras Retos 1. Poco conocimiento de los mecanismos 2. Desconfianza en el sector privado 3. Costumbre de hacer lo mismo (Administración directa y Contrata) 4. Necesidad de control: empleo y corrupción. 5. PIPs en el área de intervención declarados viable 1. Planificar el cierre de brechas 2. Priorizar las intervenciones 3. Establecer reglas claras y procesos ágiles 4. Mejorar las capacidades de contratación y supervisión del Estado. 5. Proinversión como ventanilla única. 6. Lograr un único concedente y supervisor para las IPC. 7. Análisis comparativo (comparador público privado) 38

39 Qué hacer con las IPC que ya tienen PIP declarados viables? Las Iniciativas Privadas Cofinanciadas (IPC) podrían proponer proyectos que interfieren total o parcialmente con proyectos de inversión pública (PIP) que ya cuentan con Declaración de Viabilidad registrados en el Banco de Proyectos del SNIP. En estos casos, para poder iniciar el estudio de pre-inversión de la IPC propuesta, se requiere que se retire la viabilidad del PIP. El pasado 8 de octubre se reguló el procedimiento para retirar la viabilidad (RD EF/63.01) 39 Ver anexo 2

40 Análisis Comparativo (Comparador Público-Privado) El pasado 2 de agosto, se publicaron las metodologías para la aplicación del Análisis Comparativo (cualitativo como el cuantitativo). RM EF/15 A partir de esa fecha, las entidades públicas deberán realizar un Análisis Comparativo para cada proyecto de inversión de su ámbito de competencia, que se hayan ejecutado en los últimos 5 años. Con el objetivo de determinar si la participación privada en el proyecto es más beneficiosa a que fuera ejecutado por obra pública. 40

41 Recomendaciones

42 Recomendaciones para Enero La desactivación automática de Proyectos de Inversión Pública (PIP) que interfieren parcial o totalmente con la iniciativa presentada. 2 La definición de una APP como cofinanciada o autosostenible 3 La definición de un servicio público en una APP 4 El rol de Proinversión como promotor 5 El procedimiento de prelación de IPC 6 El informe de Impacto Fiscal 7 La acreditación de Ministerios o gobiernos subnacionales para conducir procesos de APP 42 Ver anexo 3

43 APP en el Perú

44 Aeropuerto Internacional Jorge Chávez Iniciativa pública autofinanciada US$1 214 millones

45 Centro Cívico Real Plaza Iniciativa pública autofinanciada US$30 millones

46 Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica - Red Vial 6 Iniciativa pública autofinanciada US$229 millones

47 Segundo Grupo de Aeropuertos de Provincia Iniciativa pública cofinanciada US$257 millones Aeropuerto de Tacna

48 Planta de Tratamiento Taboada Iniciativa privada autofinanciada S/.873 millones

49 Qué más se puede hacer?

50 Construcción, implementación y rehabilitación de colegios a través de redes educativas 50

51 Mejoramiento en el servicio de transporte urbano. 51

52 Administración del servicio de patrullaje y comunicación radial de la Policía Nacional del Perú

53 Construcción, operación y mantenimiento de una red departamental de carreteras

54 Gestión de los servicios de agua y desagüe de un distrito

55 Digitalización y administración de archivos del Poder Judicial

56 Administración inmobiliaria de las propiedades del Estado

57 Centro de Justicia de Santiago de Chile Iniciativa pública cofinanciada US$80 millones

58 Regeneración urbana de Porto Maravilha (Brasil) Iniciativa privada cofinanciada US$2,4 mil millones Para mayor información visite: qds

59 Anexo 1 Base Legal de Asociaciones Público-Privadas (APP)

60 Cambios Principales Decreto Supremo EF introduce las siguientes modificaciones: Artículo 4 Las modalidades de APP incluyen todos aquellos contratos en los que se propicia la participación activa del sector privado, tales como la concesión, asociación en participación, contratos de gerencia, contratos de riesgo compartido, contratos de especialización, así como cualquier otra modalidad contractual permitida por ley. Artículo 7.2 Para ser admitida a trámite, la IPC debe tener un Monto Total de Inversión mayor a 10,000 UIT (S/. 38 millones). Antes este monto tenía que ser mayor a 15,000 UIT. Artículo 12 Los estudios que para la evaluación de un proyecto de inversión, el análisis de su modalidad de ejecución, así como el diseño de la APP, podrán ser elaborados por personas naturales o jurídicas del sector privado. Artículo 25.1 La presentación de las propuestas está limitada a los primeros 45 días del año. Artículo 33 En cuanto al reembolso de los gastos al proponente, se reconocerán los que éste hubiera incluido en la Declaración Jurada y que se encuentren debidamente sustentados. El máximo a reembolsar para una IP Cofinanciada, es el 2% del Costo Total de Inversión. 60

61 Descripción del nuevo contenido de las propuestas de IPC Contenido de las propuestas de IPC: Nombre o razón social del solicitante con indicación de sus generales de ley, acompañando los correspondientes poderes del representante legal Capacidad financiera y técnica del proponente de la IP, sustentada con estados financieros auditados en los últimos dos años; y experiencia (ejecución, operación, mantenimiento, etc.) debidamente sustentada. Descripción de la iniciativa: Nombre y tipo de proyecto, con indicación de la infraestructura pública, servicio público y/o servicios vinculados a estos que requiera brindar el Estado, o materia de investigación aplicada y/o innovación tecnológica que sean competencia del Estado, así como referencia de la entidad titular de los bienes sobre los que recae el proyecto. Ámbito de influencia Objetivos, incluyendo las características del servicio y de resulta aplicable, el nivel de servicio a alcanzar Beneficios sociales Razones por las cuales se escoge el proyecto Costo total de inversión y cofinanciamiento Cronograma de ejecución de las inversiones y cronograma del requerimiento de los recursos públicos Sustento de importancia y consistencia con los objetivos estratégicos de las entidades Análisis y propuesta de distribución de riesgos del proyecto. 61 Regresar

62 Anexo 2 Flujo del procedimiento para retirar la viabilidad

63 Flujo del procedimiento para retirar la viabilidad UF PROINVERSIÓN COORDINA CON UF UF PROINVERSIÓN ELABORA CME FIN SI NO VA COMO OBRA PÚBLICA? (UF PIP) UF PROINVERSIÓN SOLICITA AUTORIZACIÓN DE CME A DGIP UF PROINVERSIÓN UF PROINVERSIÓN SI NO REFORMULA? INFORMA DGIP DGIP NO UF PROINVERSIÓN SI AUTORIZA CME? REMITE CEC A DGIP DGIP NO AUTORIZA? DGIP APRUEBA CEC SI UF PROINVERSIÓN NO REFORMULA UF PROINVERSIÓN REFORMULA PIP SI UF PROINVERSIÓN UF PROINVERSIÓN UF PROINVERSIÓN SOLICITA RETIRO VIABILIDAD PIP Y CAMBIO DE UF A DGIP INFORMA A OPI Y UE REGISTRA EN FICHA PIP EXISTENTE UF PROINVERSION REFORMULA PIP? NO ES VIABLE? FIN DGIP NO SI UF PROINVERSIÓN ANALISIS COMPARATIVO 63 (RD EF/63.01) Regresar

64 Anexo 3 Recomendaciones

65 Recomendaciones para Enero 2015 (1) AC Pública recomienda trabajar protocolos claro y predecibles para las Iniciativas Privadas presentadas en la ventana de Enero La desactivación de Proyectos de Inversión Pública (PIP) que interfieren parcial o totalmente con la iniciativa presentada. Problemática: La aprobación de los Contenidos Mínimos Específicos está condicionada a la desactivación de PIP que tengan alcances similares a la IPC propuesta. Propuesta: A pesar de la nueva RD EF/63.01, se recomienda la desactivación automática con la relevancia y prioridad cuando se declare la relevancia y prioridad de la IP. 65

66 Recomendaciones para Enero 2015 (2) 2 La definición de una APP como cofinanciada o autosostenible Problemática: El MEF ha informado que no se pueden considerar como autosostenibles las APP respecto de entidades que reciban transferencias del Gobierno Nacional para sus gastos administrativos, aun cuando la fuente de financiamiento de la APP sea de Recursos Directamente Recaudados (RDR) por estas entidades. Propuesta: Se recomienda considerar como autosostenibles las APP que se financien a través de RDR, al margen de si reciben transferencias del Gobierno Nacional para sus gastos. Como base para el sustento de esta propuesta se pueden ver los ejemplos de APP en saneamiento (PTAR Taboada, La Chira, Huascacocha, Aguas de Lima Sur) 66

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