Escuelas Públicas del Condado de Collier. Código de Conducta del Estudiante

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1 Escuelas Públicas del Condado de Collier Código de Conducta del Estudiante The Parent Guide and Code of Student Conduct are available in Spanish and Creole upon request or Online at: La Guía para padres y el Código de Conducta del Estudiante está disponible en Español y Creole, por solicitud, ó en el Internet en: Gid pou Paran yo ansanm ak Kòd sou Kondwit Elèv yo disponib nan lang Espanyòl ak Kreyòl pou moun ki mande sa oubyen yo ka jwenn li sou sit Entènèt nou an nan: NOTA: A través del Código de Conducta del Estudiante el término Padre incluye encargado legal u otras personas representando a los padres (tales como abuelos, o padrastros con los cuales están viviendo los niños, o una persona quien es responsable legal por el bienestar del niño).

2 TABLA DE CONTENIDO CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE Página Introducción... 2 Rasgos Característicos... 3 Funciones de Responsabilidad... 3 Autorización Para la Disciplina del Estudiante... 4 Código de Conducta del Estudiante... 5 El Estudiante Está Sujeto a las Regulaciones de la Escuela... 5 Equipo de Vigilancia de Video/Audio... 5 Traslado del Alumno por el Maestro... 5 Comité de Revisión de la Ubicación... 6 Suspensión... 6 Ubicación Alternativa... 7 Expulsión... 8 Traslado de Emergencia... 9 Suspensión y Expulsión de Estudiantes con Impedimentos... 9 Cero Tolerancia para los Crímenes Violentos relacionados a la escuela CÓDIGO DE CONDUCTA Regla 1. Falsa Alarma de Fuego, Incendio Premeditado Regla 2. Abuso Físico o Agresión por Algún Estudiante Regla 3. Amenaza de Bomba o Amenaza de Violencia Generalizada Regla 4. La Intimidación Regla 5. Reglas y Regulaciones de los Autobuses Regla 6. Fraudulencia Regla 7. Comunicación - Lenguaje Abusivo/Incitante/Obsceno Regla 8. Falta de Respeto/Hostigar/Asalto al Personal Escolar Regla 9. Desorganizar e Interferir en el Orden Escolar Regla 10. Distribución de Materiales Regla 11. Código de Vestimenta Regla 12. Aparatos Electrónicos Regla 13. Extorción Regla 14. Acusaciones Falsas Regla 15. Peleas Regla 16. Engaño o Alteración de Documentos de la Escuela o de los Padres Regla 17. Juegos o Apuestas Regla 18. Sociedades Secretas, Gangas, Reuniones Ilegales o Incitar a Otros Regla 19. Prohibido los Ritos de Iniciación Regla 20. Insubordinación - Indiferencia ante las Instrucciones y Ordenes Regla 21. Prohibición de Luces o Indicadores Laser Regla 22. Abandonar los Terrenos de la Escuela Regla 23. Manejo de Vehículos Motorizado y Parqueo de Estudiantes Regla 24. Narcóticos, Bebidas Alcohólicas y el Uso de Drogas Regla 25. Demostración de Cariño Públicamente Regla 26. Cuidado de la Propiedad Escolar Edificio/Vehículo Regla 27. Cuidado de la Propiedad Escolar Materiales/Libros/Internet Regla 28. Conducta Sexual Inapropiada Regla 29. Hurto Regla 30. Tabaco Posesión/Uso Regla 31. Traspaso de Visitantes Regla 32. Armas Blancas, Armas de Fuego, Instrumentos Dañinos Regla 33. Política para la Asistencia Regla 34. Código de Conducta para Actividades/ Atlética Regla 35. Requisito de 2.0 GPA Participar en Equipos Deportivos... 37

3 TABLA DE CONTENIDO (continuación) Matriz de Disciplina para Primaria Matriz de Disciplina para Secundaria Derechos y Responsabilidades Del Estudiante Asistencia Disciplina/Debido Proceso Legal/Criterio Administrativo Para el Reingreso a la Escuela de Estudiantes Expulsado Criterio Administrativo para el Reingreso de Estudiantes Expulsados Libertad de Expresión Publicaciones Remedio Legal de Quejas Registro y Secuestro Gobierno Estudiantil Petición para Acceso a Estudiante Revisión de Reglamentos Sobre Registros Educativos (Información Estudiantil) APÉNDICES A. Autoridad del Maestro para Trasladar a Estudiantes del Salon Formulario de Referencia TA Formulario de Referencia TA B. Notificación de Suspensión Fuera de la Escuela C-1. Forma de Autorización de Medicamentos/ Tratamiento C-2. Cata de Autorización de los Padres de Medicamentos/ Tratamiento D. Procedimientos y Reglas para Conducto Discriminatoria y de Acoso E. Directorio Informativo... 63

4 INTRODUCCIÓN En conformidad con el mandato requerido por las leyes de la Florida, a todos los estudiantes que asisten a las Escuelas Públicas del Condado de Collier se les proveerá con acceso al manual del Código de Conducta del Estudiante, en lo sucesivo denominado el Código. El folleto del Código provee por el reconocimiento de los derechos estudiantiles, incluyendo el derecho de aprender. Todas las Escuelas del Condado de Collier deben seguir este Código en el desarrollo del procedimiento de su escuela individual para tratar las dificultades en los problemas de la disciplina del estudiante. Los estudiantes reciben el manual del estudiante para que ellos puedan entender perfectamente su papel, y derechos. Los estudiantes reciben el manual con esta información para que pueden comprender sus responsabilidades y derechos plenamente. El propósito educativo de las escuelas se compensa con el ambiente de aprendizaje en el cual los derechos y las responsabilidades de cada individuo son reconocidos y respetados. Basado en estos derechos y oportunidades está la responsabilidad y el respeto a los derechos de otras personas. La función primordial de las escuelas públicas es la de proveer oportunidad de igual acceso educativo a todos los estudiantes. Para un aprendizaje efectivo debe haber un ambiente de orden absoluto y disciplinario. El orden y la disciplina se pueden definir como una ausencia de distracción y de disturbio, lo cual puede interferir con el buen funcionamiento del estudiante en la clase, o en la escuela. Según el estudiante progresa a través de la escuela, es razonable suponer que un aumento en la edad y madurez conduzca a una gran responsabilidad para la conducta. Las diferencias en edad y madurez son reconocidas en la decisión para determinar qué tipo de acción disciplinaria se debe tomar. El procedimiento está trazado en el código que se aplica a todos los estudiantes de las escuelas públicas del condado de Collier. El Código está en vigor mientras el estudiante está en viaje a la escuela y el regreso de la misma, incluyendo pero no necesariamente limitado, a eventos patrocinados por la escuela, excursiones, funciones atléticas y otras actividades donde el principal tiene autoridad legal sobre los estudiantes. Además, el principal está autorizado para tomar acción administrativa cuando haya una conducta impropia del estudiante fuera de la escuela o pueda tener efectos perjudiciales en otros estudiantes o en el proceso educativo. Los estudiantes que hayan sido colocados en una Suspendió Fuera de la Escuela, expulsados o que hayan sido situados en un sitio alternativo, no puede entrar o estar a por lo menos 1,000 pies de ningún terreno escolar bajo ningún concepto.. La disciplina y el orden adecuado es la mejor idea para ser positivo, no negativo para ayudar al estudiante a adaptarse en lugar de imponen un castigo, tomando una conducta inaceptable por una conducta aceptable también la presencia de un ambiente saludable donde el estudiante y el personal de la escuela trabajen en cooperación hacia un meta reconocida y aceptada. A través del código de Conducta de estudiantes el término padres incluye tutores legales u otras personad actuando en lugar de los padres, tales como abuelos o padrastros con los cuales reside el estudiante o alguna persona que tiene responsabilidad legal por el bienestar del niño. REPORTE LOS ASUNTOS DE SEGURIDAD ESCOLAR, ANÓNIMO Y LIBRE DE CARGOS CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 2

5 RASGOS CARACTERÍSTICOS El Distrito Escolar del Condado de Collier adoptó los siguientes rasgos característicos. Auto-disciplina: Amabilidad: Caridad: Honestidad: Imparcialidad: Justicia: Integridad: Bondad: Valentía: Clemencia: Ciudadanía: Patriotismo: Respecto: Tolerancia: Cooperación: Responsabilidad: Perseverancia: Ser auto disciplinado significa controlar su comportamiento y emociones, teniendo en cuenta primero, las consecuencias y posponer necesidades y deseos inmediatos para beneficios a largo plazo. Tratar a otras personas como usted quiere ser tratado. Ayudar a los que necesitan. Ser sincere, genuino, justo y respetable. Promover la igualdad de oportunidad para todos y aplicar las reglas acordadas a todos por igual. Ser justo y tratar a otros bien. Ser sincere, honesto, y verídico en todas las cosas; actuar con honor y justicia. Ser amable, ayudar, perdonar, y preocuparse por otros. Ser valiente en momentos difíciles; tener fuerzas para enfrentar dificultades, obstáculos y retos. Perdonar, disculpar o absolver, dejar de reprochar o resentir, excusar. Poner de su parte para hacer de la comunidad un lugar mejor. Apoyar la Constitución y mostrar amor y devoción a los Estados Unidos de América. Tratar a algo (o alguien) como valorable y digno. Permitir desviación de una norma establecida. Reconocer creencias prácticas que difieren o están en conflicto con las nuestras. Reconocer interdependencia mutua con otros, resultando en respeto y tratamientos cortes hacia ellos. De ser responsables de nuestras propias acciones y de conocer y observar las leyes, Reglamentos y Códigos de Conducta. Completar la tarea aun cuando esta se haga difícil, aburrida y desalentadora. FUNCIONES DE RESPONSABILIDAD La disciplina dentro de la escuela es la responsabilidad conjunta entre el personal escolar, los estudiantes y los padres. Cada miembro del personal debe comprender completamente la estructura de la disciplina y debe aceptar la responsabilidad de hacer que el sistema funcione. Los maestros que suponen o presumen que su papel es estrictamente el de enseñar y que la disciplina estudiantil es trabajo de otro, están tan errados como los administradores que consideran que el buen maestro puede hacerse cargo de todos los problemas de disciplina estudiantil sin la ayuda de otros. El código reconoce una necesidad de una relación cooperativa entre estudiantes, padres y educadores. Las conductas que reflejan está relación son las siguientes: CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 3

6 UN PADRE QUE: 1. Se mantiene en comunicación con la escuela referente al progreso académico y la conducta de su hijo/a. 2. Se asegura que su hijo/a asista a la escuela diariamente, reporta y explica las ausencias de las mismas. 3. Provee a sus hijos de los recursos necesarios para completar el trabajo de la clase. 4. Asegura que su hijo sea ordenado, limpio, y que se mantenga con una buena presencia. 5. Presenta cualquier problema o condición a una de las autoridades de la escuela, de algo que pueda afectar, o esté afectando a su hijo/a, o a otros muchachos de la escuela. 6. Discute selección de cursos, calificaciones y la tarea con sus hijos. 7. Trata de asegurarse que sus hijos mantengan buena salud. 8. Trata de crear una actitud positiva hacia la escuela. 9. Practica y fomenta la práctica de los rasgos característicos adoptados por el Distrito. (Cooperación, Honestidad, Amabilidad, Patriotismo, Perseverancia, Respeto, Responsabilidad, Dominio de sí mismo, Tolerancia) LOS ESTUDIANTES QUE: 1. Asisten a todas las clases y son puntuales. 2. Están preparados en clases con materiales de trabajo apropiado. 3. Son respetuosos de las propiedades y materiales de otras personas. 4. Se conducen de una manera segura y responsable. 5. Son ordenados, limpios y de buena presencia. 6. Son responsables de sus propias acciones. 7. Se rigen por las reglas y regulaciones fijadas por el Distrito, la escuela, y el maestro del salón de clases. 8. Buscan cambios ordenadamente y adoptan buenos modales. 9. Practica y fomenta la práctica de los rasgo característicos adoptados por el Distrito. (Cooperación, Honestidad, Amabilidad, Patriotismo, Perseverancia, Respeto, Responsabilidad, Dominio de sí mismo, Tolerancia) UN MIEMBRO DEL PERSONAL ESCOLAR QUE: 1. Estimula a los estudiantes a conservar una buena conducta. 2. Conserva un ambiente que conduce al buen comportamiento. 3. Manifiesta una actitud de respeto hacia los estudiantes. 4. Proyecta un currículo flexible y provee instrucciones para satisfacer las necesidades del estudiante. 5. Desarrolla un buen vínculo de trabajo entre el personal profesional, los padres y los estudiantes. 6. Estimula al estudiante a participar en el desarrollo de las regulaciones y las reglas de la escuela. 7. Pone en práctica un sistema de reconocimiento que sostiene y promueve el buen comportamiento del estudiante. 8. Practica y fomenta la práctica de los rasgos característicos adoptados por el Distrito. (Cooperación, Honestidad, Amabilidad, Patriotismo, Perseverancia, Respeto, Responsabilidad, Dominio de si mismo, Tolerancia ) 9. Mantiene un ambiente el cual se centra en lo académico para fomentar el éxito del estudiante. AUTORIZACIÓN PARA LA DISCIPLINA DEL ESTUDIANTE Los maestros, los Directores y Administradores tienen la autorización y el derecho de tomar las medidas necesarias y razonables, para mantener el control apropiado y la disciplina entre los estudiantes bajo su cuidado y supervisión. El director o su designado pueden modificar cualquiera acción disciplinaria. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 4

7 CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE (Escuelas Elementales, Escuelas Intermedias, Escuelas Superiores, Matriculación Doble) Los estudiantes deben conducirse en todo momento de una manera que contribuya al mejoramiento e interés del sistema escolar y no infringir sobre los derechos de otro. Las siguientes actividades serán motive de acción disciplinaria incluyendo, pero no limitado a, las opciones disciplinarias dictadas en el código. Una infracción de la regla ocurrirá cuando la conducta inapropiada tenga lugar en los terrenos de la escuela en cualquier momento, fuera de los terrenos de la escuela, en un evento, función o actividad escolar, o en ruta hacia la escuela o en regreso de la misma, o relacionado con las actividades de la escuela. LOS ALUMNOS ESTAN SUJETO A LAS REGULACIONES DE LA ESCUELA (F.S ) 1. Cada estudiante matriculado en una escuela, estará sujeto a los controles de los Estatutos de la Florida, el Departamento de Educación, la Junta Directiva de las Escuelas Públicas del Condado de Collier y de la escuela: a. Durante el tiempo él/ella sea transportado de, o a la escuela en el autobús escolar, b. Durante el tiempo que él/ella asista a la escuela, c. Durante el tiempo que él/ella se encuentre en el edificio de la escuela participando con autorización en alguna actividad patrocinada por la escuela, y d. Durante un período razonable" antes y después que un alumno está en el edificio para asistir a la escuela o para una participación autorizada en alguna actividad patrocinada por la escuela y solo cuando se encuentre en el edificio y esté bajo el control y la dirección del personal escolar encargado de la actividad para la cual el niño se encuentre en el plantel escolar. Esto también es aplicable al tiempo que se pasa en el autobús escolar en ruta a o de regreso de la escuela bajo el control directo del conductor del autobús. 2. El término período razonable significa 30 minutos antes o después que la actividad esté programada o realmente comienza y finaliza en cualquier período que sea extenso. La escuela o el distrito escolar debe si es posible, por la póliza u otras acciones formales, asumir un extenso período de supervisión. (Véase del Código de Actividad/ Atlética). El contacto casual o imprevisto entre el personal del distrito y los estudiantes en la propiedad escolar no debe resultar en una obligación legal para supervisar fuera de horas razonables poner adelante en esta sección, con tal de que los padres sean notificados dos veces por año letreros exhibidos sobre la responsabilidad de supervisión formal de la escuela y que los padres no deben depender de una supervisión adicional. El deber de la supervisión solamente se extiende a estudiantes que asisten a la escuela y a estudiantes autorizados a participar en actividades escolares. de responsabilidad de supervisión de la escuela y los padres no deben depender de supervisión adicional. EQUIPO DE VIGILANCIA DE VIDEO/AUDIO: Algunas escuelas y autobuses utilizan equipo de vigilancia de video/audio para propósitos de seguridad. Estos equipos pueden ser monitoreados a cualquier punto. Todo video de seguridad es propiedad de la Junta Escolar del Condado de Collier. Los videos que involucran estudiantes identificables son récords estudiantiles confidenciales y son protegidos por las reglas y los procedimientos confidenciales de los Récords Estudiantiles. TRASLADO AUTORIZADO POR EL MAESTRO (F.S ) 1. El maestro puede referir el estudiante al director o a un oficial designado para mantener una disciplina efectiva en el salón de clases. El director o el oficial designado debe responder utilizando la técnica de manejo apropiado de acuerdo con el Código de Conducta del Estudiante bajo S El maestro debe remover puede remover o apartar del aula al estudiante cuya conducta el maestro determine que no es apropiada, perturbador, o abusivo, que muy seriamente interfiera con las habilidades del maestro para comunicarse con los estudiantes en la clase o con las habilidades para aprender de los compañeros del estudiante. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 5

8 3. Si el maestro remueve o aparta el estudiante de la clase bajo una subdivisión (2), el director o el director asignado puede colocar al estudiante en otro salón de clase que sea apropiado, en suspensión dentro de la escuela, o en un programa alternativo educativo como está estipulado por F.S ; o el director o designado puede recomendar al estudiante para una suspensión fuera de la escuela, ubicación en un programa alternativo educativo o una expulsión, como sea apropiado. Al estudiante se le puede prohibir asistir o participar en actividades patrocinadas por la escuela, o actividades relacionadas con la escuela. El director o el designado no debe enviar al estudiante a la misma clase sin el consentimiento del maestro a no ser que el comité establecido bajo F.S determine que esa ubicación es la mejor o la única alternativa disponible. El maestro y el comité de revisión debe presentar una decisión dentro de los cinco días después del traslado del estudiante del salón de clases. COMITÉ DE REVISIÓN DE UBICACIÓN (F.S ) Al comienzo de cada año escolar, cada escuela debe establecer un comité para determinar la ubicación del estudiante, cuando el maestro no autoriza al estudiante a regresar al salón de clases. Los miembros del comité deben incluir por lo menos los siguientes: a. Dos maestros seleccionados por la facultad; y b. Un miembro del personal de la escuela seleccionado por el director. c. El maestro que no autoriza la readmisión del estudiante no debe estar al servicio del comité. NOTA: Para más definiciones y formas, favor de referirse al Apéndices "A. Descripción DE Suspensión, TRASLADO DE EMERGENCIA Y Expulsión POR DELITO, DE ESTUDIANTES INCAPACITADOS Y ESTUDIANTES REGULARES (Escuela Elemental, Escuela Intermedia, Matriculación Doble) Las consecuencias por ofensas graves incluyen una o más de los siguientes tipos de acción disciplinaria: suspensión dentro y fuera de la escuela, ubicación alterna, expulsión y traslado de emergencia. A continuación se encuentra un resumen de los procedimientos de cada una de estas acciones: SUSPENSIÓN (Dentro y Fuera de la Escuela) LA SUSPENCIÓN FUERA DE LA ESCUELA será definida como una separación del estudiante de la instrucción de la escuela y los programas auspiciados por la escuela por un período de diez (10) días como medida disciplinaria, (ver Apéndice B). Los estudiantes son remitidos a la custodia de los padres y pueden solicitar asignación de tareas. La escuela es responsable por responder a la petición y el estudiante responsable por completar las asignaturas proporcionadas. La suspensión fuera de la escuela es poco común a nivel elemental y solamente cuando todas las medidas de mejoramiento de conducta han fracasado o una ofensa de cero tolerancia ha sido cometida. Una suspensión fuera de la escuela a nivel elemental requiere la aprobación del Director de Asistencia y Disciplina o de la persona designada. LA SUSPENSIÓN DENTRO DE LA ESCUELA será definida como una separación del estudiante de los programas regulares de la escuela y de ubicación dentro de la escuela en un salón de suspensión como medida disciplinaria (ver Apéndice C). La Suspensión Fuera de la Escuela o la Suspensión Dentro de la Escuela puede ser ordenada por el Director o el designado, si es por una ofensa grave en la conducta, incluyendo pero no limitado a; desobediencia, desafío abierto a la autoridad de la escuela, el uso de lenguaje vulgar, obsceno, y por otra mala conducta que perturban el orden de la escuela y también causan la distracción del aprendizaje de otros estudiantes. El plazo máximo para dicha asignación debe ser de diez (10) días. Solamente un administrador tiene autoridad de suspender la asistencia de un estudiante ya sea a la escuela o a una clase dada. En casos de delitos graves que pueden resultar en una suspensión fuera de la escuela o una suspensión dentro de la escuela, se hace una breve audiencia con el director de la escuela, viceprincipal o un designado, durante la cual se le notificará al estudiante sobre la regla específica CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 6

9 traspasada, un breve resumen de hechos y la evidencia comprobatoria, y se le otorgará al estudiante la oportunidad de refutar los cargos y de relatar los sucesos de su punto de vista. Si la consecuencia resulta ser una suspensión dentro de la escuela se hace un esfuerzo de buena fe por contactar a los padres por teléfono el mismo día durante la cual ocurre la suspensión dentro de la escuela. La suspensión en si puede comenzar ese mismo día o al día siguiente. Se le entrega una suspensión por escrito al estudiante para que éste se lo entregue a los padres el mismo día de la suspensión o se envía una copia dentro de 24 horas. Tiene que hacerse un contacto con los padres en cualquier momento que el estudiante sea asignado a una suspensión dentro de la escuela por un término de cuatro días o más, o una segunda o subsiguiente suspensión en el mismo año escolar. Los padres tienen el derecho de apelar la suspensión al director de la escuela. Si ocurre una suspensión fuera de la escuela, los padres serán contactados tan pronto como sea posible. Se hará todo esfuerzo para llevar a cabo una conferencia con los padres por teléfono o una copia del formulario de suspensión fuera de la escuela se le entregará al estudiante para ser entregado a los padres en el mismo día de suspensión y una copia de la misma es enviada por correo dentro de 24 horas. Los padres tienen el derecho de apelar la suspensión al director de la escuela. El padre tiene derecho de traer a otro adulto para asistirlo y comunicarse con el personal de la escuela en cualquier reunión con respecto a la disciplina de su hijo/a. Autorización: F.S UBICACIÓN ALTERNA Ofensa Grave: El director o el designado puede recomendar al Superintendente una ubicación alterna en el Programa Phoenix para cualquier estudiante que cometió un delito grave, incluyendo pero no limitado a, desobediencia, desafío abierto de la autoridad de un miembro del personal, violencia contras las personas o propiedades, o cualquier otro acto el cual substancialmente disturba la conducta ordenada de la escuela incluyendo amenazas de causar serios daños corporales o daños físicos. Si la ubicación alterna es justificada, el Superintendente o el designado notificarán a los padres por escrito de la asignación. El director conducirá una breve e informal audiencia pública después de notificar al estudiante y a sus padres, durante el período de suspensión, para considerar la recomendación de la ubicación alterna. El estudiante, los padres, el encargado y un intérprete pueden asistir a esta audiencia. Los padres y el estudiante pueden apelar la decisión de la ubicación alterna al Comité de Apelación de Reasignación Alterna de Distrito. La decisión de dicho comité será la decisión final y obligatoria para el estudiante. El estudiante o un padre puede solicitar una apelación al Comité de Apelaciones de Reubicación Alterna del Distrito Escolar durante el período de suspensión. Los estudiantes serán recomendados por el Director para una reasignación durante todo el mes en el cual la infracción tuvo lugar y por un semestre o dos semestres si quedan menos de cuatro semanas en el semestre actual. Como resultado de esta acción, al estudiante no se le permitirá presentarse a ninguna actividad patrocinada por la escuela durante el período de reasignación. La violación de esta restricción será reportada de inmediato a la policía como un traspaso ilegal. Autorización: F.S Acto Delincuente/ Delito Mayor Fuera de la Escuela: F.S (2) provee el procedimiento de suspensión de acuerdo con las reglas promulgadas por la Junta de Educación del Estado; quizás se puede iniciar en contra de cualquier estudiante que esté matriculado el cual es acusado formalmente de un delito mayor, o por un acto delictivo, lo cual será un delito si ha sido cometido por un adulto; por el fiscal debido por un incidente en el cual supuestamente se produjo en otro lugar que no es propiedad de la escuela, si ese incidente es demostrado, en un juicio administrativo con aviso previo a los padres del estudiante, por el Director de la escuela, de acuerdo con las reglas promulgado o por la Junta de Educación del Estado y para el desarrollo de las reglas de acuerdo a la ley F.S o , tener un impacto adverso en el programa de educación, disciplina, salud o bien estar en la escuela, en la cual el estudiante está matriculado. A cualquier estudiante que se haya suspendido como resultado de semejante CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 7

10 procedimiento puede que sea suspendido de todas las clases de instrucción en los terrenos de las escuelas públicas durante las horas regulares en el salón de clases por un período de tiempo, el cual puede pasar de diez días, según sea determinado por la Junta Escolar. Dicha suspensión no debe afectar la forma o estilo de servicio educativo al estudiante, y dicho estudiante será matriculado inmediatamente en un programa educativo alterno para ser ubicado en el Programa Phoenix. Si el estudiante no es encontrado delincuente, no lo sentenciaron, o no fue encontrado culpable, la suspensión se terminará de inmediato. Si el estudiante es encontrado culpable de un delito mayor o en un acto de delincuencia el cual será un delito mayor si es cometido por un adulto, el Superintendente tendrá autoridad para determinar si se debe hacer una recomendación a la Junta Escolar para una expulsión, sin embargo dicha suspensión o expulsión no debe afectar la forma de servicio educativo al alumno en cualquier programa residencial o no residencial fuera de las escuelas públicas. Si un estudiante declara que no lo disputará o se declara culpable o si un veredicto de culpabilidad es dictado por definición se le considerará haber cometido un delito mayor. Esta regla es aplicable aun cuando la corte se abstiene de declarar una sentencia. Además, el distrito escolar se reserva el derecho de considerar una ubicación alterna para cualquier estudiante que haya sido arrestado o acusado formalmente con cualquiera ofensa de delito menor que conste de la exhibición pública de armas, la amenaza de disparar o en realidad disparar armas que se alega haber tomado lugar fuera de los planteles del distrito escolar y que crea el temor de peligro inminente o pone a riesgo el bienestar, la seguridad o la vida de otra persona. La Política , de la Junta Directiva Escolar sobre la Intimidación y el Hostigamiento, puede ser leída en su totalidad al: [en espera de la aprobación del consejo de 09 de septiembre 2014]. Autorización: F.S EXPULSIONES El Director conducirá una breve e informal audiencia pública después de notificar al estudiante y a sus padres, durante el período de suspensión, para considerar la recomendación de expulsión del estudiante. El estudiante, los padres, el intérprete y el abogado pueden asistir a esta reunión. El Director o el designado, quizás le recomiende al Superintendente la expulsión de cualquier estudiante que haya cometido una violación seria de conducta, incluyendo pero no limitado a, desobediencia deliberada, desafío o reto abierto de la autoridad de un miembro del personal, violencia en contra de personas o propiedades, o cualquier otro acto que perturbe el orden en la escuela, incluyendo amenazas para causar daños corporales o lesión física. El superintendente o el designado pueden ofrecerle al estudiante una alternativa de ubicación en el programa Phoenix en el lugar de una expulsión. Como resultado de esta acción, al estudiante no se le permitirá presentarse en ningún sitio perteneciente a las Escuelas Públicas de Condado de Collier, ni en ninguna actividad auspiciada por la escuela, durante el período de su expulsión. La violación de esta restricción, será reportada a la policía como traspaso ilegal. La expulsión debe definirse como un prohibición de asistencia de un estudiante a la escuela por más de (10) diez días, o la separación de un estudiante del sistema escolar a juicio de la Junta Escolar y el Director por un período que no exceda el resto del año actual y un año adicional, por una infracción disciplinaria mayor. No obstante, puede ser recomendado por el Director para ser expulsado por lo menos el semestre en el cual la infracción ocurrió y un semestre adicional o por dos semestres si menos de cuatro semanas queda en el semestre actual. Como se estipula en el Acta Gun Free Schools Act, la posesión o el uso de armas de fuego requiere un recomendación forzosa de expulsión por un calendario (año escolar) completo desde el momento en que la Junta Escolar tome acción de dicha expulsión. De cualquier modo el estudiante que esté involucrado en actos de violencia, agresión, asalto, venta de drogas, o por el uso o posesión de armas de fuego (como se especifica en el Código de Conducta del Estudiante de la Escuela Pública del Condado de Collier) La expulsión debe proceder ante la Junta Escolar con la recomendación del Director y del Superintendente. Si el Director y el Superintendente recomiendan expulsión del estudiante, la Junta Escolar puede proceder y expulsar al estudiante de la escuela o una actividad extracurricular por el período que no CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 8

11 exceda de dos (2) años escolares. Los siguientes procedimientos deberán seguirse: se le debe comunicar al estudiante de la extensión de la suspensión y un aviso de la intención de dirigir la audiencia jurídica para considerar la expulsión del estudiante. Una Audiencia Jurídica Administrativa informal sobre la expulsión se llevará acabo ante la Junta Escolar. Ambos, el superintendente y el estudiante, pueden ofrecer evidencia y demostración. El estudiante tiene el derecho de recibir una nota específica de los cargos, el derecho de examinar las evidencias, el derecho de estar representado por un abogado, pagado y a cargo del estudiante, el derecho de presentar evidencia, el derecho de enfrentar e interrogar a los testigos, el derecho de que la decisión este basada en una preponderancia de evidencia y el derecho de una constancia del procedimiento. La decisión de la Junta Escolar será el final de la acción. La Junta Escolar tiene la autoridad de aceptar o rechazar la expulsión o el despido del estudiante de otro distrito escolar. Si la expulsión se ha llevado a cabo, el distrito que ha recibido dicha Orden de Expulsión hará un expediente de la misma y emitirá una orden final de expulsión e informará al aspirante de dicha orden. La Junta Escolar puede ubicar a un estudiante que es admitido en un programa educativo apropiado. Autoridad: TRANSLADO DE EMERGENCIA FUERA DE LA CLASE Y ACTIVIDADES EXTRA- CURRICULARES Un estudiante puede ser removido de una actividad o la clase si su presencia está causando daño a estudiantes o propiedades, o si la presencia del estudiante significa una amenaza o perturbación del proceso académico. Si un maestro recomienda un traslado de emergencia, se le debe comunicar la razón al Director, al Vice Director, o al designado por escrito, inmediatamente después que el traslado de emergencia como sea más práctico. Los siguientes procedimientos serán dirigidos: (A) Al estudiante se le debe informar de las razones por el cambio y las posibles medidas disciplinarias, durante la audiencia informal dirigida por el Director, el Vice Director, o el designado. (B) La audiencia informal se llevará acabo con el Director, el Vice Director, o el designado, antes del retorno del estudiante a clases o a actividades. El estudiante debe tener las reglas de violación en su contra, explicando y dándole la oportunidad de responder o reaccionar. Al estudiante se le informará sobre cualquier penalidad en este momento. Se hará un esfuerzo para comunicarse con los padres por teléfono dentro de 24 horas. (C) A los padres se les notificará por correo dentro de 24 horas si la decisión es de suspensión de acuerdo al procedimiento trazado anteriormente. SUSPENSIÓN Y EXPULSIÓN DE ESTUDIANTES CON IMPEDIMENTOS Para los estudiantes con discapacidades que tienen un Plan de Sección 504 o quienes son elegibles bajo el Acta de Educación de Personas con Discapacidades (IDEA) y que tienen un Plan Educativo Individualizado (IEP), un cambio de ubicación puede constar de una suspensión o expulsión de más de diez (10) días consecutivos o de un patrón de suspensiones y expulsiones que se excedan de diez (10) días dentro de un año escolar. Cuando el estudiante es trasladado afuera de su ubicación educativa por más de diez (10) días, es necesario determinar si cierto comportamiento se debe a una incapacidad y considerar si alguna estrategia, intervención o evaluación es apropiada y el estudiante debe ser provisto con los servicios educativos apropiados para poder recibir una educación pública adecuada y gratuita (FAPE). Las directrices de disciplina para los estudiantes que son elegibles bajo IDEA se concretan en las Políticas y los Procedimientos de la Educación del Estudiante Excepcional (SP&P) y en las Directrices de Disciplina de la Sección 504 para estudiantes con discapacidades en el Manual de Procedimientos de 504 del distrito escolar. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 9

12 CERO TOLERANCIA EN LAS ESCUELAS PARA LOS CRIMENES VIOLENTOS, JUNTA ESCOLAR La Junta Escolar del Condado de Collier cree que es esencial que las escuelas estén seguras y en orden total para proveer un ambiente que fomente y brinde una buena enseñanza y así poder lograr un alto nivel académico. La Junta Escolar está convencida que las escuelas deben proveer un medio ambiente sin violencia, libre de drogas para proteger la salud del estudiante y sus derechos civiles. Nosotros confiamos que los padres y los estudiantes se responsabilicen en llevar a cabo esta meta. También educación y prevención, son el significado para llevar a cabo una escuela con gran seguridad y una declaración convincente y clara de la póliza, la cual indique que la violencia y drogas en la escuela no será permitido. Por lo tanto, por este medio la Junta Escolar del Condado de Collier implementa una póliza de cero tolerancia en contra de la violencia en la escuela, el crimen y el uso o posesión de sustancias controladas o armas como parte de un acercamiento comprensivo para controlar la violencia escolar y el crimen. Para ofensas de Cero Tolerancia los estudiantes no podrán recibir crédito por tareas no realizadas. Esta norma o póliza requiere del Director para: (A) Imponer las más severas sanciones suministradas por el Código (F.S ) en el trato hacia los estudiantes que cometan actos criminales en la propiedad de la escuela o en la vía de transportación escolar, o durante las actividades patrocinadas por la escuela, o que hace amenaza de violencia en general en los terrenos de la escuela, y; (B) Notificar a las agencias de las autoridades locales cuando una persona adulta o un estudiante cometa un delito que se identifica más abajo en la propiedad de la escuela, en la transportación, o en las actividades patrocinadas por la escuela; (C) Adoptar un procedimiento para facilitar una comunicación activa y de cooperación entre la escuela y las Agencias de Autoridad Local. El Departamento de Niños y Familias y el Departamento de Justicia Juvenil comparten información que puede ayudar a los oficiales de las escuelas a tomar la mejor decisión en relación con el servicio educativo del estudiante; (D) Ayudar a los maestros y a otros empleados administrativos de la escuela para conforme con las normas de la Junta Directiva Escolar puedan actuar decisivamente y efectivamente cuando se trate de jóvenes violentos o perturbadores. Los siguientes delitos sin limitaciones están escritos en el Código para asegurarse que el estudiante que se encuentre cometiendo un delito en la propiedad de la escuela, en la vía de transporte hacia la escuela o durante actividades escolares, debe recibir las más severas sanciones suministradas por la póliza de la Junta Escolar. Esta no es una lista exclusiva. (A) Agresión Sexual; (B) Robo Armado; (C) Agresión con Agravantes; (D) Agresión o Asalto con Agravante a un maestro u otro empleado de la escuela; (E) Secuestro; (F) Incendio Premeditado; (G) Posesión, uso o venta de cualquier arma o arma de fuego; (H) Posesión, uso o venta de cualquier objeto explosivo; (I) Violaciones concerniente a sustancias en el Reglamento 24; (J) Intimidación, acoso físico, verbal o por escrito; molestar persistentemente, perturbar a otro estudiante, o miembro del personal después de una advertencia o aviso; (K) Membrecía o actividad relacionada con gangas o sociedad secreta; (L) Amenaza de Bomba o amenaza de violencia general; u (M) Otros actos de violencia. Antes de tomar tal medida contra cualquier estudiante, el Director de la escuela y el Superintendente tienen que asegurarse de que el proceso legal correspondiente es llevado acabo apropiadamente. Si un estudiante comete una de las ofensas descritas y está en un Programa Para Estudiantes Excepcionales, excluyendo Estudiante Dotados entonces el personal de la escuela seguirá las reglas para Estudiantes de Educación Excepcional. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 10

13 Cada escuela debe asegurarse que todos los alumnos y sus familiares estén conscientes de esta póliza. Dicha comunicación con la familia de ser consistente con la Regla de Igual Acceso 6A (2). La Junta Escolar debe asegurarse que todo el personal de la escuela esté consciente del contenido de esta regla y la póliza de la Junta Escolar de Cero Tolerancia. Los Directores debe asegurarse de notificar a las autoridades locales de la aplicación de las leyes a la mayor brevedad posible cuando uno de los delitos que se han listado se ha cometido en la propiedad de la escuela, en la vía de transportación o durante alguna actividad escolar. Además si el delito involucra a una víctima, un diligente de la escuela debe notificar a la víctima, a los padres de dicha víctima, si la víctima es un menor, sobre la ofensa y el derecho de la víctima de hacer una acusación contra el ofensor. El propósito de esta póliza es de completar y no limitar respuestas a conducta inapropiada de los estudiantes y otras personas en los terrenos de la escuela y durante actividades escolares. CÓDIGO DE COMPORTAMIENTO A los estudiantes del último año de la Escuela Superior se les advierte que una suspensión durante los días finales del año escolar puede resultar en la pérdida de los derechos a la participación en la ceremonia de graduación. REGLA 1. INCENDIO PREMEDITADO, FALSA ALARMA DE FUEGO: Cualquier estudiante que sea encontrado culpable de cometer intencionalmente un incendio o activar una falsa alarma puede ser encomendado al Superintendente para una expulsión de las Escuelas Públicas del Condado de Collier. También a él o ella se le puede entablar una acción judicial de acuerdo a los Estatutos de la Florida. Acción Disciplinaria: Opciones incluyen, pero están limitados a, ISS/OSS, expulsión, Ubicación Alterna, y referencia a las autoridades apropiadas. Autorización: F.S , , , , , REGLA 2. ASALTO, AGRESIÓN O ABUSO FÍSICO POR UN ESTUDIANTE: Un estudiante no deberá comportarse de tal forma hasta llegar a amenazar, conspirar o intentar causar daño físico o violencia a un estudiante, a un empleado de la escuela o a cualquier otro individuo. La violencia no será tolerada bajo ninguna circunstancia. Acción Disciplinaria: Opciones incluyen, pero están limitados a, ISS/OSS, expulsión, Ubicación Alterna, y referencia a las autoridades apropiadas. Autorización: F.S , , , , , F.S REGLA 3. AMENAZA DE BOMBA, AMENAZA GENERAL DE DAÑOS O VIOLENCIA: Ningún estudiante debe reportar información falsa, o traer consigo en el transporte escolar, en los terrenos escolares, o a una actividad de la escuela una bomba o una réplica de bomba con la intención de arriesgar, engañar, o de otra manera desinformar a cualquier persona de la escuela o estudiante acerca de poner una bomba o facsímil de cualquier naturaleza en o cerca de la propiedad de la escuela. Cualquiera de dicha amenaza de bomba es un delito mayor bajo la Ley de la Florida y todos los estudiantes que hayan estado involucrados en dicho acto ilegal deben ser procesados también como recomendados por una expulsión de la escuela por un período de un año completo. Ningún estudiante hará, planeará, conspirará, o comunicará ninguna amenaza de violencia general o daño a la escuela al personal de la escuela ni a estudiantes. Esto incluye traer deliberadamente cualquier tipo de sustancia, materiales o equipos a la escuela que resulten en una amenaza de violencia o daño. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 11

14 Amenaza de bomba o amenaza de violencia general o daños, tienen un efecto disruptivo en la operación y en la actividad de la escuela, ya sea iniciado por un estudiante dentro o fuera de la propiedad escolar Acción Disciplinaria: Expulsión o referido a las autoridades apropiadas.. Autorización: F.S , , , , , , REGLA 4. INTIMIDACIÓN: Los estudiantes no deben intimidar a nadie. El intimidar o hacer burlas es definido como el proceso de intimidación sistemática y crónica infligiendo daño o estrés sicológico u otros estudiantes o empleados. También es definido como el comportamiento no deseado y repetido ya sea escrito, verbal o físico incluyendo amenazas, insultos, o gestos inhumanos por un estudiante o adulto, el cual puede ser tan severo o prevalente que puede interpretarse como intimidación de hostilidad, u ofensivo al ambiento educativo; causando desagrado y humillación; o interferir de manera irrazonable con la participación o el desempeño escolar del individuo; y puede incluir, pero no está limitado a acechar, exclusión social, violencia física, robo, hostigamiento sexual/ religioso/ racial, humillación pública, o destrucción a la propiedad. Cualquier estudiante que haya cometido un acto de intimidación está en violación de esta regla. Cualquier estudiante que a sabiendas envía un correo electrónico, un mensaje de texto, un mensaje de teléfono, o ponga la información en servicio de red social del Internet (por ejemplo, en Facebook) con la intención de amedrentar o intimidar, o hacerle burlas a otro estudiante o a algún empleado del distrito será acusado de intimidación cibernética y enfrentará las consecuencias. Acción Disciplinaria: Opciones incluyen, pero están limitados a, ISS/OSS, expulsión, Ubicación Alterna, y referencia a las autoridades apropiadas. La Política , de la Junta Directiva Escolar sobre la Intimidación y el Hostigamiento, puede ser leída en su totalidad al:: Autorización: F.S , , , REGLA 5. REGLAMENTOS DEL AUTOBÚS: MIENTRAS QUE ESTE VIAJANDO EN EL AUTOBUS, EL ESTUDIANTE ESTA BAJO LA SUPERVISION DEL CONDUCTOR. LA FALTA DE OBEDIENCIA A LAS REGLAS Y LOS REGLAMIENTOS RESULTARA EN LA PERDIDA DEL PRIVILEGIO DE VIAJAR EN AUTOBUS. A. Responsabilidades de los Estudiantes 1. El estudiante debe ocupar el asiento designado por el chofer y no moverse del asiento en ningún momento. 2. Cuando esté entrando al autobús, viajando en el autobús o dejando el mismo, el estudiante debe guardar la misma conducta que en el salón de clases.. 3. El estudiante debe obedecer el chofer del autobús en todo momento y reportar al administrador cuando sea indicado por el chofer. El estudiante debe abstenerse de hablar con el chofer mientras el autobús está en movimiento. 4. El estudiante debe cooperar con el personal de la escuela en la rampa para que el recoger y dejar a los estudiantes se lleve a cabo con seguridad y buena cortesía. 5. El estudiante debe estar en el lugar designado en la mañana y dispuesto para abordar el autobús por lo menos cinco minutos antes de la hora determinada. Se espera una conducta ordenada en la parada del autobús. El chofer es el responsable de mantener el horario y no puede esperar por algún estudiante que llegue tarde. 6. El estudiante debe evitar consumir comida o refrescos en la parada del autobús o dentro del mismo. 7. El estudiante debe evitar fumar, o usar productos de tabaco en el área del autobús o dentro del mismo. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 12

15 B. Seguridad Para los Estudiantes 1. Manténgase lejos de la carretera o camino en todo momento mientras esperan el autobús. 2. No se muevan hasta que el autobús esté detenido completamente, antes de abordarlo. 3. Manténgase en su asiento hasta que el autobús se haya detenido completamente y abandone el autobús solo cuando el chofer se lo autorice. 4. Entren y salgan del autobús solo por la puesta delantera, después que dicho autobús se haya detenido, excepto en un caso de emergencia o una práctica de evacuación. 5. Cruce la carretera o la calle, del siguiente modo: (a) Asegúrense que el autobús está estacionado. (b) Bájense del autobús, y permanezca al lado de la calle o carretera, a la vista del chofer y espere por la señal que le indique cuando puede cruzar. (c) Tras la señal de chofer, mirar ambos lados de la carretera y proceder a cruzar por lo menos a 12 pies al frente del autobús. 6. Manténgase dentro del autobús correctamente sentados. 7. Eviten tirar objetos por las ventanas o dentro del autobús. 8. Coloquen los instrumentos de la banda en sus piernas o debajo del asiento. 9. Obtengan aprobación escrita del Director, Vice Director o designado para cambiar de parada del autobús. 10. Manténgase en silencio cuando se esté cruzando una vía del ferrocarril. 11. Absténgase de pelear o tener riñas, empujar y molestar mientras estén subiendo al autobús, mientras el autobús esté funcionando y cuando se esté bajando de él. 12. No usen palabras insultantes, vulgares o lenguaje profano. 13. No deben tener en su posesión artículos que molesten o hagan daño a otros en el autobús, por ejemplo, animales, pistola de agua, objetos cortantes o afilados, objetos de cristal o juguetes. 14. No usen el teléfono celular y otros aparatos de comunicación electrónica a no ser que esté autorizado por el chofer del autobús. C. Responsabilidades de los Padres 1. Los padres deben asegurar que los hijos lleguen a la parada del autobús a tiempo por la mañana. 2. Los padres deben suministrar protección para sus hijos cuando van y cuando vienen de la parada del autobús. 3. Los padres deben aceptar responsabilidad mutual con las autoridades de la escuela sobre el comportamiento de sus hijos en al parada del autobús. 4. Los padres deben hacer el esfuerzo para comprender y cooperar con aquellas personas responsables de la transportación de los estudiantes. 5. Los padres deben asegurarse de asumir la responsabilidad de encontrarse con sus hijos en la parada del autobús su ellos tienen una incapacidad física. Acción Disciplinaria: La suspensión del estudiante del uso de la transportación escolar es una opción disciplinaria. En casos donde ocurren violaciones en la transportación, el Director de la escuela, el Vice Director, o la persona designada, resolverán los problemas disciplinarios usando el Código como una guía para una acción disciplinaria y posiblemente una penalidad (incluyendo, pero no limitado a, ISS/OSS, expulsión, y referencia a las autoridades apropiadas). Autoridad: F.S , , REGLA 6. COMETER FRAUDE A. Tipo de Fraude 1. Durante los Exámenes a. Mirar a los papeles de otros estudiantes. b. Sujetar el papel para que otro estudiante puede leer y copiarlo. c. Utilizar apuntes escondidos, ocultar documentos de información. d. Abrir libros para encontrar respuestas. e. Darle la respuesta a otro estudiante o las preguntas de las pruebas o exámenes. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 13

16 f. Escribir respuestas en el pupitre. g. Compartir información mediante aparatos cibernéticos o de comunicación electrónica. 2. Asignación para Tareas Escolares a. Copiar respuestas de otros estudiantes. b. Presentar un reporte escrito sin haber leído el documento completo, por ejemplo: leer un resumen en vez del libro, c. Plagiar o copiar de cualquier fuente de información incluyendo el Internet. 3. Alterar o cambiar respuestas en documentos de la clase. 4. Pasar respuestas o información a otros estudiantes en medio de clases. 5. Pagar, negociar o intercambiar con otros para que le hagan el trabajo. B. Acción Disciplinaria en Relación a las Trampas y Engaños 1ra ofensa - fracaso en las calificaciones del trabajo escolar y notificación a los padres. 2da ofensa - fracaso en las calificaciones del trabajo escolar y una reunión de los padres con el Director y maestro. Otras penalidades serán determinadas después de la reunión. 3ra ofensa - posible pérdida de créditos en los cursos; notificación de los padres. C. El apoderarse de exámenes, respuestas clave, o cualquier trabajo de otro estudiante es considerado como ROBO. La penalidad es la misma que el Código de la Escuela - ROBO REGLA 7. COMUNICACIÓN INFLAMATORIA/ABUSIVA /OBSCENA: El estudiante (en los terrenos o fuera de los terrenos escolares) no deberá utilizar cualquier método de comunicación incluyendo comunicación electrónica que sea obscena o profano que causa humillación personal o que pueda causar interrupción al proceso educativo, extra curricular o administrativo de la escuela. Será prohibido el compartir, observar o poseer fotografías o imágenes, mensajes de texto, s u otro material de índole sexual electrónicamente o de cualquier otra forma en una computadora, teléfono celular u otro aparato electrónico. Acción Disciplinaria: Las opciones incluyen, pero no están limitadas a la suspensión dentro de la escuela (ISS), suspensión fuera de la escuela (OSS), ubicación alterna, expulsión o referido a las autoridades apropiadas. Autoridad: F.S REGLA 8. FALTA DE RESPETO, ACOSO, ASALTO FÍSICO AL PERSONAL DE LA ESCUELA DENTRO O FUERA DEL MARCO ESCOLAR La operación ordenada de la escuela y el logro de su función educativa exige que los estudiantes traten al personal de la escuela con respeto y cortesía dentro y fuera del local de la escuela. Se le prohíbe a los estudiantes un comportamiento de conducta inapropiado o acosar a cualquier miembro de la escuela o cometer asalto físico a ningún miembro del personal escolar. Esto incluye, pero no está limitado a, cualquier forma de comunicación electrónica. Será castigado cualquiera agresión o asalto con agravantes a un empleado dentro o fuera de la escuela bajo la sección F.S , de los estatutos de la Florida, a pesar de cualquiera otra provisión de la ley, las Juntas Directivas de todos los Distrito deben adoptar reglas que provean que cualquier estudiante que encuentren que haya cometido esta violación sea expulsado o ubicado en un centro escolar alternativo. Al ser acusado con la ofensa, el estudiante será removido del salón de clases inmediatamente y ubicado en un centro escolar alternativo previo a su disposición. La agresión o asalto a un empleado dentro o fuera de la escuela será castigable bajo la Sección , de los Estatutos de la Florida. La Sección de los Estatutos de CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 14

17 la Florida requiere la expulsión o ubicación en un centro escolar alternativo para los estudiantes que violan la Sección of F.S de los Estatutos de la Florida. Acción Disciplinaria: Las opciones incluyen, pero no están limitadas a la suspensión dentro de la escuela (ISS), suspensión fuera de la escuela (OSS), ubicación alterna, expulsión o referido a las autoridades apropiadas. Autoridad: F.S REGLA 9. DESORGANIZACIÓN E INTERFERENCIA CON LA ESCUELA: Ningún estudiante debe de: A. Tener ocupado cualquier edificio de la escuela con propósito de privar a otros de utilizarlo.. B. Obstruir o bloquear la entrada o corredor de ningún edificio que sea propiedad de la escuela que puede impedir la entrada a la misma. C. Evitar o tratar de evitar una reunión o la continuación del funcionamiento de cualquier clase, reunión, asamblea, o cualquier actividad en los terrenos de la escuela. D. Impedir a estudiantes de asistir a clase u otra actividad de la escuela. E. Bloquear a un peatón o el tráfico de un vehículo en los terrenos de la escuela.. F. Perturbar, hacer ruido, o comportarse de cualquier otra manera que puede interferir con la habilidad o capacidad del maestro para dirigir la clase o cualquier actividad de la escuela. G. Interrumpir la clase o cualquiera otra actividad escolar. NOTA: Las infracciones mencionadas anteriormente, son ejemplos y no excluyen otras acciones perturbadoras. Acción Disciplinaria: Las opciones incluyen, pero no están limitadas a la suspensión dentro de la escuela (ISS), suspensión fuera de la escuela (OSS), ubicación alterna, expulsión o referido a las autoridades apropiadas. Autoridad: F.S , , REGLA 10. DISTRIBUCIÓN DE MATERIALES: Una de las funciones importantes de la escuela es la de proveer medios efectivos a través de los cuales los estudiantes puedan expresarse con gran capacidad sobre muchos diferentes temas. Las publicaciones oficiales de los estudiantes, como el periódico de la escuela, deben incluir puntos de vista representativos de los estudiantes. Los estudiantes no deben publicar o distribuir materiales difamatorios u obscenos. Los reglamentos normales para un periodismo digno de confianza deben aplicarse cuando se distribuye literatura en la propiedad de la escuela. Las publicaciones de los estudiantes deben ser prohibidas si fueran causantes de perturbación en los medios educativos de las escuelas. Todos los materiales distribuidos y colocados en la propiedad de la escuela deben ser examinados y aprobado por el Director o el designado. Acción Disciplinaria: Las opciones incluyen, pero no están limitadas a la suspensión dentro de la escuela (ISS), suspensión fuera de la escuela (OSS), ubicación alterna, expulsión o referido a las autoridades apropiadas. Autoridad: F.S REGLA 11. CÓDIGO DE VESTIR/ ARREGLO PERSONAL: Las siguientes reglas de vestimenta y aseo personal deben ser seguidas por todos los estudiantes. El Director será el árbitro de la vestimenta y el aseo estudiantil en su escuela. Los Directores en forma individual y en consulta con los miembros del Consejo Asesor Escolar (SAC) pueden exigir otros requisitos para evitar la interrupción del proceso educativo para cada escuela. Los requisitos enumerados en este Código se consideran requisitos mínimos para cada escuela. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 15

18 1. Se usará calzado seguro y apropiado en todo momento. No podrá usarse sandalias de goma o zapatillas de casa. 2. No se puede usar corpiño, pantalones cortos (demasiados cortos), camisas o camisetas que exhiban los músculos ni blusas que exhiban la espalda o el abdomen, los tirantes de las blusas deben tener por lo menos dos pulgadas de ancho. Una blusa será requerida para usarla bajo la camisa de basquetbol. Las blusas deben de tener tres (3) pulgadas por debajo de la cintura o mantenerla por dentro afín de que el abdomen no quede al descubierto. La ropa debe cubrir el área del pecho para asegurar que la línea del escote no esté expuesta. (Vea los modelos más abajo) 3. El cabello debe estar limpio y bien arreglado. El color y estilo del cabello no debe interferir con el proceso educativo a la discreción razonable de Director o su designado. 4. Sombrero, capucha o cualquiera otra cosa que cubra la cabeza no se permitirá en los edificios de la escuela, excepto en algunas áreas en que el Director la haya aprobado. El Director podrá hacer ciertas excepciones cuando el uso es con propósito religioso. 5. Ropa que haya sido alterada intencionalmente, o prendas desabotonadas o que no les caben bien no son aceptables. La ropa que no les cabe bien incluye, pero no está limitada, a vestimenta que sea de tamaño tan pequeños como para reflejar inmodestia o de tamaño demasiado grande que da la apariencia que se les cae del cuerpo. Esto no será permitido. Las prendas que exhiben la ropa interior o las partes del cuerpo en una manera vulgar o indecente o que estorba el orden del ambiente educativo están prohibidas. Ropa transparente o de malla no podrá usarse sin una ropa interior apropiada. (FS (2)(d) 6. La ropa no debe ser sugestiva, insinuante ni demostrar símbolos inapropiados, anuncio o artesanía. 7. El uso o la exhibición de banderas en los terrenos escolares históricamente ha causado y causa Discordia y al mismo tiempo un ambiente de aprendizaje hostil y potencialmente inseguro para nuestros estudiantes. En un esfuerzo para proveer escuelas seguras y prevenir el potencial destructivo, las siguientes banderas serán las únicas que pueden ser exhibidas y usadas en las escuelas públicas de Condado de Collier y en los terrenos y fuera de ellos en actividades relacionadas a la escuela: (1) la bandera de los Estados Unidos y POW/MIA; (2) la bandera del Estado de la Florida; y (3) la bandera oficial de la escuela. Además cualquier otro símbolo relacionado con las banderas no podrá ser exhibido en los terrenos y fuera de los terrenos en actividades relacionadas con las escuelas. Excepciones para este reglamento, puede hacerse para las banderas de otras nacionalidades en ocasiones especiales o en áreas designadas de acuerdo con el objetivo de aprendizaje del Distrito y a la discreción del Director de la escuela. 8. Adornos corporales (por ejemplo, adornos que atraviesen la piel) en cualquier parte visible del cuerpo que no sea la oreja no puede ser exhibido, si dicho adorno representa un problema de salud o seguridad, o si tal adorno interfiere con el proceso educativo, a la discreción razonable del Director o el designado. 9. Están prohibidos los artículos que pueden hacer daño (por ejemplo, hebillas grandes, anillos que cubran dos o más dedos, etc.) 10. El largo de las faldas/ vestidos y shorts (pantalones cortos) reflejarán modestia y buen gusto y serán verificados por reglamentos impuestos en cada escuela. Si la punta de los dedos de las estudiantes toca piel cuando sus brazos están extendidos a ambos lados hacia abajo, entonces la vestimenta es demasiada corta y no podrá ser usada. 11. Disfraces, ropa de dormir y otros tipos de adornos que produzca distracción no está permitido en la escuela Los pantalones deben estar ajustados a la cintura y asegurados para evitar que se deslicen y se exhiba la ropa interior (véase el número 5 arriba). 13. La vestimenta de Ganga. Símbolos y otros artículos asociados con Gangas no podrá ser usado, exhibido o llevado. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 16

19 14. En las escuelas con uniformes, los Directores tienen la discreción de cambiar el código según se presente el tiempo. Acción Disciplinaria: Las opciones incluyen pero no se limitan a, llamar a la casa para solicitar un cambio de ropa, ofrecer ropa de la que hay en la escuela, la suspensión dentro de la escuela (ISS), o suspensión fuera de la escuela (OSS). Información adicional para la Regla 11, Código de Vestir / Arreglo Personal Cualquier escuela individualmente puede solicitar de la Junta Educativa el implementar un Código de Vestir que requiere un uniforme. El proceso de solicitud es el siguiente: 1. Se debe hacer una encuesta a estudiantes, padres, y al personal para obtener su opinión sobre las restricciones adicionales propuestas. 2. Principals and the SAC will set parameters to be used when surveying parents for their opinion. 3. El Consejo Asesor Escolar (SAC) debe considerar los resultados de la encuesta y hacer recomendaciones al Director. 4. Si el SAC recomienda restricciones adicionales y el Director está de acuerdo, el debe enviar recomendación por escrito al asistente de Superintendente e incluir toda la información pertinente 5. El Administrador de Asistencia y Disciplina presentará una recomendación al Superintendente quien llevará la recomendación a la Junta Directiva para su decisión. 6. Las escuelas nuevas que deseen solicitar a la Junta Educativa un Código de Vestir que requiere uniforme, seguirán unos procedimientos revisados en lugar de los pasos del 1 al 3. a. Los siguientes grupos deben tener la oportunidad de completar una encuesta en relación a las restricciones adicionales propuestas: (i.) Los estudiantes que serán asignados para asistir a la escuela el primer año de la operación; (ii.) Los padres de los estudiantes referidos en (i); y (iii.) Los miembros del personal docente (reconociendo que esto será un número limitado de personas). b. El director debe solicitar información del Consejo Asesor Escolar (SAC) de cualquier escuela que vaya a enviar más del 20% de la población estudiantil a la nueva escuela. c. El director debe invitar a los estudiantes y sus padres a una reunión en la cual ellos puedan proveer información relacionada a las restricciones adicionales propuestas. d. El Principal debe considerar los resultados de la encuesta y la información recibida de SAC, y si el Principal desea solicitar restricciones adicionales él debe enviar una recomendación por escrito al Director de Asistencia y Disciplina, é incluir toda la información pertinente. Autoridad: F.S (Modificado en el 2010) REGLA 12. APARATOS ELECTRÓNICOS Para estudiantes, el poseer aparatos electrónicos en los terrenos de la escuela y en el autobús escolar es un privilegio, que se les concede para la comunicación con los padres y la policía y para propósitos de investigaciones y práctica instructiva dirigidos y autorizados por el maestro. Los aparatos electrónicos incluyen pero no se limitan a lo siguiente: teléfono celular, computadora, beeper, video juego portátil, reproductor multimedia y otros aparatos que permiten la comunicación electrónica persona-a-persona o mediante las redes sociales del Internet tales como Facebook, MySpace, Instagram, Twitter. etc. A fin de mantener el medio educativo apropiado y evitar perturbaciones, las siguientes condiciones deben ser observadas: 1. Los aparatos electrónicos NO se deben utilizar durante el día escolar para el uso personal. El utilizar éstos durante el día escolar está limitado al programa instructivo de BYOD. El usarlos durante el almuerzo, los descansos, o pasando entre clases está permitido a discreción de los administradores de la escuela. 2. Los aparatos electrónicos deben estar apagados y en silencio en los autobuses, excepto si el chofer del autobús lo autoriza. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 17

20 3. El estudiante podrá utilizar el aparato electrónico en los terrenos escolares antes de comienzo oficial de las clases y después de clases. 4. El director podrá exigir que los aparatos electrónicos sean registrados con la escuela, por los padres antes de permitir que los estudiantes los tengan en posesión en la manera descrita anteriormente. 5. El director o designado (por ejemplo el vice director, administrador de disciplina, maestro, o instructor de deportes) podrá dar permiso para utilizar el teléfono celular en presencia de ellos para una emergencia cuando otros medios de comunicación no estén al alcance (por ejemplo: teléfono público o de la escuela). 6. El uso de los aparatos electrónicos para grabar o copiar imágenes visuales o fotografiar, mientras están en la escuela o en los autobuses sin el consentimiento de la persona a la cual está siendo grabada o fotografiada, está estrictamente prohibido. 7. El estudiante puede ser disciplinado por contenido inapropiado guardado en los aparatos electrónicos traídos a la escuela, a funciones de la escuela y en el autobús. 8. Lo siguiente resultará en una consecuencia disciplinaria para el estudiante en cualquier actividad escolar: el negarse a apagar un aparato electrónico cuando un maestro, administrador, entrenador, consejero u otro oficial escolar se lo ordena; causar daños a un aparato electrónico de la escuela; causar una alteración; utilizar un aparato electrónico para cometer fraudulencia, incluyendo el recibir y dar respuestas a las pruebas y copiarlas del Internet; utilizar un aparato electrónico para intimidar, amenazar, hostigar, o atacar a otro estudiante o empleado escolar sea o no comunicación directa con esa persona; emitir o solicitar recibir fotos o videos de gente parcialmente o completamente desnuda, o que actúan o en realidad están realizando un acto sexual. 9. La escuela puede imponer consecuencias al estudiante quien abusa del privilegio de utilizar un aparato electrónico fuera de la escuela durante horas extra-escolares si ambos de los siguientes puntos son válidos: el uso por el estudiante del aparato electrónico causa un conflicto considerable en la escuela o cause serios daños emocionales, físicos o sicológicos a la escuela, otros estudiantes, o empleados escolares y que el estudiante estaba consciente, o debió estarlo, que el daño ocurriría. 10. Todas las pólizas relacionadas con la Tecnología/el Internet serán aplicadas sin excepciones en cuanto a los aparatos electrónicos de los estudiantes. *La pérdida o robo de artículos personales en las escuelas y en el autobús, no es la responsabilidad de la escuela o del Distrito escolar. Autoridad: F.S (Modificado en el 2014) REGLA 13. LA EXTORSIÓN Cualquier estudiante que amenace a otro con agresión o asalto o cometa una agresión o asalto a otra persona con el propósito de obtener bienes, servicios, dinero, ú otra cosa de valor, estará sujeto a una acción disciplinaria llevada a cabo por las autoridades escolares y pudiera ser referido a las autoridades policíacas. Acción Disciplinaria: Las opciones incluyen pero no están limitadas a, detenciones, (ISS)/OSS, Ubicación Alterna o expulsión y referencia a las autoridades apropiadas. Autoridad: F.S , REGLA 14. ACUSACIONES FALSAS Cualquier estudiante que intencionalmente haga falsas acusaciones que arriesguen la reputación profesional, de un maestro o de otro miembro del personal de la escuela, puede ser referido o recomendado para una expulsión. Cualquier estudiante que haya hecho falsas acusaciones intencionalmente en contra de otro estudiante, esto pudiera resultar en acción disciplinaria y estará sujeto a la acción disciplinaria apropiada. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE - PÁGINA 18

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