BdSI México Reforma Fiscal
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- Eugenio Fidalgo Toro
- hace 7 años
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1 BdSI México Reforma Fiscal
2 3 Reforma Fiscal 2014 (Resumen ejecutivo) 5 IETU Consolidación fiscal Régimen de incorporación Impuesto adicional por dividendos 6 Deducciones autorizadas Estímulos fiscales Contenido 7 PTU Tasa ISR personas físicas Tasa IVA zona fronteriza IEPS Transparencia fiscal 8 IDE Pagos al extranjero Factura electrónica Informativa sobre situación fiscal Dictamen optativo Organismo de defensa 9 Notas 10 Contactos 2
3 Resumen y comentarios a la Reforma Fiscal 2014 Una vez más, agradecemos la oportunidad de poder brindarle nuestros servicios profesionales y ayudarlo con los temas importantes de su empresa. En esta ocasión nuestros especialistas de cada industria han realizado un resumen ejecutivo que le ayudará a dimensionar de manera clara y sencilla, las principales modificaciones en materia fiscal, aprobadas por el H. Congreso de la Unión, en el mes de octubre del 2013, y que tendrá vigencia a partir del 1 de enero de El presupuesto para 2014, según la Ley de Ingresos de la Federación, estima una recaudación total de 4.4 billones de pesos, de los cuales 1.8 billones de pesos corresponden a Impuestos: 1.8 Impuestos.20 Cuotas de seguridad Social.80 Cobro de derechos.10 Aprovechamientos.60 Financiamientos.80 Venta de bienes y servicios.10 Otros Total Ingresos Si bien uno de los cambios más representativos de la Reforma es la eliminación del IETU, es importante mencionar que muchas de las medidas establecen menos beneficios fiscales para las compañías y mas carga fiscal para las personas físicas, lo cual ocasiona opiniones divididas respecto al beneficio real que esta ley ofrece. Dentro de los múltiples cambios se plantea: Eliminar el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU). Eliminar el Régimen de Consolidación Fiscal, aunque se crea uno que regule esta situación. Se incluye un nuevo Régimen denominado de Incorporación que sustituye al régimen intermedio y al régimen de Pequeños Contribuyentes. Se crea un impuesto adicional a los dividendos. Se disminuye el porcentaje e importes de algunas deducciones autorizadas. Se unifica la base fiscal para la determinación de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas (PTU). Se incrementa la tasa de ISR para personas físicas que puede llegar al 35%. Se unifica la tasa de IVA al 16% en zonas fronterizas. Se hacen modificaciones importantes en materia de IEPS. En materia de transparencia fiscal, se implementan nuevos mecanismos que le permitirán a las autoridades requerir información a los contribuyentes. Se abroga el Impuesto a los depósitos. La tasa de retención aplicable en pagos al extranjero, en ciertos casos, pasa del 30% al 35%. La tasa de retención aplicable en pagos al extranjero, en ciertos casos, pasa del 30% al 35%. Se establece obligatoriamente el uso de la Factura electrónica (CFDI). Se obliga a los contribuyentes con ingresos superiores a los 644 millones a enviar declaración informativa con la Situación Fiscal actual. El dictamen fiscal en ciertos casos será optativo. Se establecen procedimientos de defensa para el contribuyente en casos de inconformidades durante la revisión de las autoridades. Se delimitan a los responsables por delitos fiscales Como se puede observar, hay una cantidad considerable de cambios que pueden repercutir en su operación, por lo que recomendamos solicite asesoría de uno de nuestros representantes para que estemos en posibilidades de orientarlo hacia la mejor opción Sin más por el momento, quedamos de usted, Sinceramente. Francisco González Líder de la práctica de Riesgos y Calidad BdSI México 3 3
4 Reforma Fiscal 2014 a detalle 4
5 La Reforma Fiscal en breve:. Con base a las diferentes modificaciones en materia fiscal aprobadas por el Gobierno Federal en el mes de octubre de 2013, por favor encuentre un listado con los principales cambios: La Reforma Plantea: Se elimina el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU). Con la aprobación de la Reforma hacendaria, la eliminación del IETU trae buenas noticias para los contribuyentes debido a que: 1) Se simplifica el cálculo de los impuestos mensuales y el cálculo anual. 2) Las compañías tendrán un ahorro considerable en el flujo de efectivo Se elimina el Régimen de Consolidación Fiscal, aunque se crea uno nuevo que regula esta situación. En este sentido, se observa uno de los principales cambios de la Reforma Fiscal, ya que deja sin efecto el Régimen de Consolidación Fiscal en Algunos de los motivos que orillaron al Gobierno a tomar esta decisión concluyen que se requieren conocimientos técnicos especializados para poder elaborar y revisar que los cálculos sean correctos, lo que ocasiona procesos confusos y posibles omisiones de impuestos. Es importante mencionar que la ley respeta a aquellos grupos que decidieron realizar la consolidación a partir de 2010, toda vez que no han cumplido los 5 años obligatorios que establece el artículo 64 de la Ley del ISR Para los grupos que tengan más de 5 años en el régimen se establecen los mecanismos para realizar el pago del ISR diferido y adicional a esto se les da una opción para cambiar de Régimen Fiscal. Una vez concluido el plazo forzoso de 5 años, las empresas tendrán que pagar el ISR diferido al 100% más su actualización, en los subsecuentes 5 años, de acuerdo al calendario emitido por las autoridades fiscales. Se incluye un nuevo Régimen denominado de Incorporación que sustituye al régimen intermedio y al régimen de Pequeños Contribuyentes. La finalidad de este régimen es poder incorporar a las personas físicas que realicen actividades empresariales, presten servicios profesionales o enajenen algún bien con el publico general y cuyos ingresos anuales no superen los 2 millones de pesos. Se incentiva con la condonación del 100% del impuesto en el primer año 90% en el segundo, 80% en el tercero, así sucesivamente hasta llegar al decimo año con una condonación del 10% para después registrarlos en el régimen general de personas físicas. Se crea un impuesto adicional a los dividendos. Se establece un 10% de retención como pago definitivo, a los dividendos distribuidos a personas físicas provenientes de empresas que operen en territorio mexicano o de dividendos distribuidos por empresas del extranjero. Las autoridades recomiendan llevar un control de los saldos generados en la CUFIN para no mezclar utilidades anteriores a este periodo. Con esta medida la tasa efectiva en ciertos casos, de las personas físicas podría pasar del 35% al 45%, lo que ocasiona una clara inconformidad. 5
6 La Reforma Fiscal en breve: Con base a las diferentes modificaciones en materia fiscal aprobadas por el Gobierno Federal en el mes de octubre de 2013, por favor encuentre un listado con los principales cambios: La Reforma Plantea: Se disminuye el porcentaje e importes de algunas deducciones autorizadas. Algunas de las deducciones que hasta 2014 eran deducibles al 100% o parcialmente, ahora fueron reducidas considerablemente, principalmente las referentes a previsión social. Esto es una de las principales críticas que se hicieron notar antes de la aprobación de la reforma, debido a que desincentivan a las compañías a otorgar beneficios a sus trabajadores y lograr un beneficio para ambas partes. A continuación se enlistan las principales: 1) Fondo de ahorro, horas extras, gratificaciones, primas, entre otras solo podrán ser deducidas al 53% 2) Nóminas y pago de honorarios se consideran no deducible si no cuenta un certificado CFDI 3) Se elimina la deducción inmediata por adquisiciones de activo fijo. 4) La deducción de automóviles se reduce de 175,000 a solo 130,000 5) La deducción por arrendamiento de autos se reduce a solo 200 pesos diarios por auto 6) Las cuotas obreras (IMSS) que pague el empleador en nombre de sus trabajadores no serán deducibles 7) La ayuda de vales de despensa otorgados a sus trabajadores solo serán deducibles si se entregan a través de monederos electrónicos (Autorizados por el SAT) 8) Solo será deducible el 8.5% de los pagos por consumos en restaurantes cuando se hayan hecho a través de medios electrónicos. En 2013 era deducible el 12.5% 9) No se permite el uso del sistema de costeo directo y la utilización del método de valuación de inventarios UEPS, dejando la puerta abierta al PEPS 10) Se plantea que las empresas dedicadas a la construcción y enajenación de desarrollos inmobiliarios siguen teniendo el estimulo fiscal que les permite deducir el costo de adquisición de los terrenos (CAT), sin embargo, también se establece que los contribuyentes que no enajenen el terreno después del tercer ejercicio inmediato posterior a aquel en que fue adquirido, deberán considerar como ingreso acumulable el CAT mas su actualización. 11) Las Instituciones de Crédito no podrán considerar deducible la creación o el incremento a las reservas preventivas globales y se establece que para poder castigar las carteras por la imposibilidad de cobro, deberán ajustarse con las disposiciones establecidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). 12) Las deducciones personales para personas físicas se limitan a 94 pesos anuales o al 10% de los ingresos del contribuyente, el que resulte menor. 13) Los pagos al extranjero por concepto de Regalías, intereses o asistencia técnica solo serán deducibles cuando cumplan con los requisitos que establece la ley de ISR. Estas medidas creemos fueron adaptadas por las autoridades mexicanas en base a las BEPS ( Base Erosion and Profit Shifting ) con la finalidad de establecer medidas de control que regulen la operación total, es decir, se busca que el beneficiario sea contribuyente del Impuesto en su país, que la operación se haya efectuado en base a precios de mercado y que la sociedad extranjera considere dicho pago como un ingreso acumulable. Este tipo de operaciones debe ser analizadas por los especialistas de impuestos los cuales determinaran si las operaciones son deducibles para efectos locales. Se otorgan diferentes estímulos fiscales: a) Por la contratación de adultos mayores de 65 años (25% del salario pagado) b) Deducción inmediata por la adquisición de maquinaria y equipo para la generación de energías renovables c) Deducción inmediata para las instalaciones para personas con capacidades diferentes 6
7 La Reforma Fiscal en breve: Con base a las diferentes modificaciones en materia fiscal aprobadas por el Gobierno Federal en el mes de octubre de 2013, por favor encuentre un listado con los principales cambios: La Reforma Plantea: Se unifica la base fiscal para la determinación de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas (PTU). Se trata de unificar la base fiscal de ISR con la base fiscal para determinar la PTU, sin embargo la reforma menciona que para determinar la Renta gravable para la PTU, las personas morales residentes en nuestro país, no disminuirán la PTU pagada en el ejercicio ni las pérdidas fiscales pendientes de aplicar. Seguramente habrá muchos amparos por esta reforma debido a que en la exposición de motivos que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió que dicha homologación resulta inconstitucional. Se incrementa la tasa de ISR para personas físicas que puede llegar al 35%. La tasa del impuesto para personas físicas dependerá de los ingresos anuales obtenidos: a) Hasta ingresos de 750 mil (30%) b) Más de 750 mil (32%) c) Superiores a 1 millón ( 34%) d) Mayores a 3 millones (35%) Se unifica la tasa de IVA al 16% en zonas fronterizas. Se unifica la tasa del IVA que pasa del 11% al 16% Se hacen modificaciones importantes en materia de IEPS (Impuesto Especial Sobre Productos y Servicios). Se gravan las siguientes actividades: a) Bebidas alcohólicas y cerveza se mantiene la tasa estable (26% y 52% respectivamente) b) Se aplica un gravamen con una cuota fija de $1 por cada litro, a la importación o enajenación de bebidas saborizadas, concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores que al diluirse permitan obtener bebidas saborizadas, así como también a las bebidas energetizantes, polvos o jarabes cuando estas contengan azucares añadidos. c) Se establecen impuesto a los alimentos no básicos con alta densidad calórica, como botanas, confitería, En materia de transparencia fiscal, se implementan nuevos mecanismos que le permitirán a las autoridades requerir información a los contribuyentes. Debido al incremento del fraude fiscal y prácticas de elusión fiscal, las autoridades pusieron en marcha nuevos programas para controlar y hacer más transparente las operaciones de las empresas, dentro de los principales mecanismos encontramos: a) El uso del buzón tributario. Servirá para dejar notificaciones y avisos al contribuyente con la finalidad de dejar evidencia de los mismos y que se lleve un record de la situación del patrón. b) Cambio de domicilio. El contribuyente deberá notificar dentro de los siguientes 10 días cualquier cambio de domicilio c) Información contable. Se formalizan los documentos que deberá contener la contabilidad en las empresas. Se exige al contribuyente contar con un sistema contable, tener actualizados los documentos soportes, así como tener información relevante como Estados de cuenta bancarios, cualquier contrato sobre los préstamos bancarios o entre terceros, etc. 7
8 La Reforma Fiscal en breve: Con base a las diferentes modificaciones en materia fiscal aprobadas por el Gobierno Federal en el mes de octubre de 2013, por favor encuentre un listado con los principales cambios: La Reforma Plantea: Se abroga el Impuesto a los depósitos. Se elimina este impuesto pero continúa la obligación para los bancos de informar al SAT sobre las operaciones mayores a 15 mil pesos. La tasa de retención aplicable en pagos al extranjero, en ciertos casos, pasa del 30% al 35%. Algunas de las operaciones por pagos al extranjero están pactados a la tasa máxima del Impuesto Sobre la Renta, la cual en 2013 era del 30%. Dado a la reforma aprobada, la tasa máxima señalada para personas físicas es del 35%, esto debe de ser solucionado mediante una disposición que permita conocer de manera exacta el tratamiento fiscal. Se establece obligatoriamente el uso de la Factura electrónica (CFDI). Solo se permite el uso de comprobantes fiscales digitales como comprobante valido para la deducción en el ISR. Se obliga a los contribuyentes con ingresos superiores a los 644 millones a enviar declaración informativa con la Situación Fiscal actual. Las empresas que tributen en el titulo II LISR, deberán presentar una declaración informativa sobre su situación fiscal a más tardar el 30 de junio del año siguiente por las operaciones realizadas en el ejercicio que le antecede cuando: a) Hayan declarado ingresos superiores a 644 millones b) Los que tengan acciones en la casa de bolsa c) Las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal d) Sociedades mercantiles que pertenezcan al régimen general opcional El dictamen fiscal en ciertos casos será optativo. Esta opción aplica en 2015 para personas físicas con actividades empresariales y personas morales que en el ejercicio inmediato anterior tengan alguna de las siguientes operaciones: a) Ingresos superiores a 100 millones de pesos b) Que el valor de su activo sea mayor a 79 millones de pesos c) Que 300 de sus trabajadores hayan prestado servicios Se establecen procedimientos de defensa para el contribuyente en casos de inconformidades durante la revisión de las autoridades. Los contribuyentes tendrán un organismo que los represente ante cualquier autoridad fiscal que les practique alguna revisión de sus cifras. 8
9 La Reforma Fiscal en breve: Con base a las diferentes modificaciones en materia fiscal aprobadas por el Gobierno Federal en el mes de octubre de 2013, por favor encuentre un listado con los principales cambios: Notas aclaratorias a demás resoluciones no incluidas en este documento: Estimado lector, Esta publicación tiene la finalidad de brindarle una visión general de los múltiples cambios aprobados a las diferentes leyes fiscales, los cuales, surtirán efecto a partir del 1 de enero de 2014, sin embargo, para poder realizar una análisis más profundo sobre el impacto que tendrá la reforma en su operación, recomendamos tenga un acercamiento con nuestros especialistas, los cuales tendrán una respuesta concreta y precisa a lo que busca solucionar. Para lo temas no relacionados en esta publicación, lo invitamos visite nuestro portal o bien, escriba a nuestro blog o a través de las redes sociales, *********** Agradecemos el tiempo invertido en la lectura de esta publicación, Recuerde que cumplir con sus obligaciones fiscales tiene grandes recompensas. Sinceramente, Francisco González Líder de la práctica de Riesgos y Calidad BdSI México Saludos cordiales 9
10 Contactos Francisco González Riesgos y calidad (55) francisco.gonzalez@bdsi.com.mx Alejandra Pastrana Consultoría (55) alejandra.pastrana@bdsi.com.mx Carlos del Toro Impuestos y servicios legales (55) carlos.deltoro@bdsi.com.mx 10
11 BdSI contadores y fiscalistas, S.C. Torre Mariano Escobedo Mariano Escobedo 476 Piso 12, Colonia Nueva Anzures C.P , México, D.F. (55) BdSI contadores y fiscalistas, S.C. Todos los derechos reservados. BdSI se refiere a la firma de contadores mexicana, por lo que deberá ser tratada en forma independiente respecto a las firmas participantes en los procesos de licitación. Para obtener información adicional, favor de consultar: 11
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