BASES DEL CONCURSO PÚBLICO NACIONAL PARA PROVEER CARGO DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN EDUCACIÓN MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ISLA DE PASCUA...

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1 BASES DEL CONCURSO PÚBLICO NACIONAL PARA PROVEER CARGO DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN EDUCACIÓN MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ISLA DE PASCUA BASES DEL CONCURSO PÚBLICO NACIONAL PARA PROVEER CARGO DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN EDUCACIÓN MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ISLA DE PASCUA IDENTIFICACION DE LA MUNICIPALIDAD CARACTERISTICA DEL CARGO PERFIL PROFESIONAL DEL CARGO MISIÓN DEL CARGO EN ISLA DE PASCUA DESAFIOS DEL CARGO CARACTERIZACIÓN DEL POSTULANTE PERFIL DE SELECCIÓN CONDICIONES DE DESEMPEÑO DEL CARGO REQUISITOS LEGALES DE POSTULACION DE LA POSTULACION CALENDARIZACION DEL PROCESO ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN CONDICIONES DE DESEMPEÑO DEL CARGO: SITUACIONES NO PREVISTAS AL TÉRMINO DEL CONCURSO: ANEXOS

2 1. IDENTIFICACION DE LA MUNICIPALIDAD Ilustre Municipalidad de Isla de Pascua Región: Valparaíso Dirección: Atamu Tekena s/n, Isla de Pascua 2. CARACTERISTICA DEL CARGO Denominación: Director/a del Departamento de Administración de Educación Municipal Calidad: Titular, con 44 horas. Duración: 05 años 3. PERFIL PROFESIONAL DEL CARGO Profesional de nivel superior que se ocupa de la dirección del Departamento de Administración y Educación Municipal de Isla de Pascua. En concordancia con la Política Comunal de Educación y su Plan Estratégico. 4. MISIÓN DEL CARGO EN ISLA DE PASCUA Implementar desde un modelo de calidad la Educación Intercultural Bilingüe de la comuna de Isla de Pascua, mediante la gestión administrativa, financiera y técnica pedagógica de los establecimientos educacionales municipales, básico y medio polivalente de Especial Singularidad. Con especial y principal énfasis en la Interculturalidad, la Inmersión y el contexto Cultural y Geográfico de la Comuna. Asegurando la inclusión y el respeto a la diversidad. 5. DESAFIOS DEL CARGO El Director del Departamento de Administración de Educación de la Municipalidad de Isla de Pascua tiene los siguientes desafíos: 5.1. RESPECTO DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO EDUCATIVO DE LA COMUNA: ANALIZAR EL PROYECTO EXISTENTE EN EL MARCO DEL PLADECO PROPONIENDO UN TRABAJO COORDINADO CON LA PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD TERRITORIAL, A FIN DE: Determinar si las Políticas diseñadas para el sector son concordantes con las demandas actuales Establecer nivel de concordancia con el Proyecto AMOR: Auto sustentabilidad, Mejoras Continuas, Optimización de Recursos y Responsabilidad Social Vincular a la comunidad territorial con el Proyecto Educativo Comunal: Integrando a las organizaciones territoriales en la definición de la educación que se quiere para la comuna Establecer vínculos y sinergias con los diferentes Servicios Públicos existentes en la comuna Considerar en forma principal la relación con los establecimientos educacionales particulares subvencionados de la comuna, a fin de establecer sinergias programáticas para avanzar hacia una visión unificada de modelo de Educación para Isla de Pascua REEVALUAR POR MEDIO DE UN ANÁLISIS DIAGNÓSTICO LOS PEI DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES EN CONJUNTO CON SUS EQUIPOS DIRECTIVOS Y TÉCNICOS, PARA: Analizar la sintonía de estos instrumentos con el contexto de Rapa Nui, estableciendo de manera precisa si las propuestas existentes responden al sentir de la Comunidad Territorial, considerando dentro del análisis: Determinar si los instrumentos PEI responden a la Interculturalidad, la Educación Intercultural Bilingüe, el Trabajo en Inmersión Establecer si estos instrumentos se construyeron en conjunto con la comunidad Proponer la reformulación de estos instrumentos si el resultado del análisis así lo indica. 2

3 ESTABLECER EL NIVEL DE PROFUNDIDAD DE LA ARTICULACIÓN ENTRE EL ESTABLECIMIENTO DE EDUCACIÓN BÁSICA Y EL ESTABLECIMIENTO POLIVALENTE ENSEÑANZA MEDIA PROMOVER Y DIRIGIR UN ANÁLISIS PROFUNDO DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DEL SISTEMA DE EDUCACIÓN, ESTABLECIENDO EL NIVEL DE CONTEXTUALIZACIÓN EXISTENTE DE LOS MISMOS EN LA COMUNA RESPECTO DE LA POLÍTICA COMUNAL DE EDUCACIÓN Y PLAN ESTRATÉGICO DETERMINAR SI LAS POLÍTICAS DISEÑADAS PARA EL SECTOR SON CONCORDANTES CON LAS DEMANDAS ACTUALES A LA EDUCACIÓN COMO EJE VINCULANTE PARA EL DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES ESTABLECER EL VALOR ACTUAL DEL PLAN ESTRATÉGICO DE EDUCACIÓN EN RELACIÓN CON LAS DEMANDAS ACTUALES DE LA COMUNIDAD TERRITORIAL 5.3. RESPECTO DE LA GESTIÓN TÉCNICA PEDAGÓGICA DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES CONOCER EN DETALLE EL TRABAJO REALIZADO POR LAS UNIDADES TÉCNICAS DE CADA ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL MUNICIPAL A FIN DE: Tener claridad de los procesos técnicos que se implemente. Con información de primera mano, debidamente documentada Procurar que las UTP otorguen la debida importancia al trabajo en interculturalidad. Cuidando que exista la adecuada relación técnica con los encargados de EIB del establecimiento Conocer en detalle los PME de cada establecimiento y los equipos encargados del proceso que trabajan en directa relación con la UTP Conocer en detalle el trabajo con la diversidad que se realice y los Planes de trabajo de los equipos PIE Brindar el apoyo necesario, en conjunto con las respectivas Direcciones de los establecimientos Analizar, reforzar y/o reorientar los procesos, si ello fuere necesario, trabajando directamente con los especialistas del área Promover, supervisar y facilitar el perfeccionamiento profesional de los/las encargados/as técnicos y en general de los docentes y asistentes de la educación Elaborar un calendario anual de reuniones técnicas y de coordinación con los jefes de UTP de los establecimientos educacionales municipales A PARTIR DEL CONOCIMIENTO DE RESULTADOS OBTENIDOS POR LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES EN LAS PRUEBAS ESTANDARIZADAS, PROPONER UNA ESTRATEGIA INTEGRAL PARA ELEVAR EL ESTÁNDAR DE RESULTADOS LOCAL RESPECTO DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL SISTEMA EDUCACIONAL PLANIFICAR, ORGANIZAR, DIRIGIR Y CONTROLAR LA LABOR DEL DAEM ESTABLECER UN CALENDARIO ANUAL DE REUNIONES TÉCNICAS CON DIRECTIVOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES, QUE CONSIDERE A LO MENOS DOS REUNIONES MENSUALES ELABORAR UN PLAN ANUAL DE OPERACIONES QUE CONSIDERE: Todas las acciones a realizar, tanto del DAEM como de los establecimientos educacionales. Este Plan de Operaciones deberá elaborarse en conjunto con los equipos Directivo y Técnicos de los establecimientos El correspondiente sistema de Control y Seguimiento de los diferentes procesos RESPECTO DE LA GESTIÓN FINANCIERA DEL SISTEMA EDUCATIVO EN LA COMUNA TRABAJAR EN ESTRECHA RELACIÓN CON LA UNIDAD DE FINANZAS DAEM A FIN DE: optimizar los recursos y procurar la eficiencia y efectividad, tanto en el departamento DAEM como en los establecimientos educacionales Generar las habilidades necesarias en los directivos a fin de internalizar los conceptos de eficiencia y eficacia 5.6. RESPECTO DE LA INTERCULTURALIDAD PARA LA CONCRECIÓN DE SUS OBJETIVOS A partir de análisis del uso de espacios culturales propios determinar su valoración e inclusión curricular para los PEI y Proyecto Educativo Comunal 3

4 Establecer el nivel de conocimiento del personal docente y asistentes sobre Interculturalidad, Inmersión, Educación Intercultural Bilingüe Determinar el n de Programas y/o proyectos en que intervengan Educadores Tradicionales y Sabios de la Cultura Establecer el número de docentes y asistentes hablantes del idioma rapanui Diagnosticar el nivel de valoración de docentes y asistentes sobre el idioma rapanui y su importancia para la contextualización, y potenciarlo PROMOVER ALIANZAS NECESARIAS Y VINCULANTES Con los organismos y entidades locales que se desenvuelven en el área de la cultura Con los servicios públicos afines al quehacer educacional Revitalizar los acuerdos y convenios existentes con organizaciones tanto nacionales como internacionales Reafirmar la apertura de los establecimientos educacionales hacia la comunidad REEVALUAR A TRAVÉS DE UN ANÁLISIS DIAGNÓSTICO LA FUNCIONALIDAD DEL DEPARTAMENTO DE LA LENGUA DEL COLEGIO LORENZO BAEZA VEGA Promover esta acción a fin de repotenciar el Departamento: Vincularlo al diseño de contenidos de las Unidades Didácticas a aplicar dentro del currículo en uso Valorizar su acción desde una perspectiva de integración, inclusión y diseño técnico de contenidos para la enseñanza de la lengua Reafirmar a través de análisis crítico correspondiente las debidas diferencias entre la Inmersión, el Mantenimiento de la lengua y su articulación CREAR EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN EXTRAESCOLAR DE LA COMUNA Misión del Departamento: Organizar y dirigir todos los Programas y Proyectos relacionados con la promoción y desarrollo: de la cultura, el deporte, las expresiones artísticas, los intercambios culturales, deportivos, artísticos. Con especial énfasis en las expresiones vernáculas, estimulando y promoviendo la participación de los Educadores Tradicionales y Sabios de la Cultura Apoyar en la coordinación de los eventos, actos, reuniones de y con la comunidad en todo lo que se relacione Generar las condiciones para que en los establecimientos Educacionales Municipales se creen los respectivos Departamentos Extraescolares. 6. CARACTERIZACIÓN DEL POSTULANTE 6.1. CARACTERÍSTICAS TRANSVERSALES DEL POSTULANTE Deseable conocer y valorar elementos relevantes de la cultura Rapa Nui, o posee habilidades sociales que aseguren su inmersión en la cultura desde el respeto Deseable poseer habilidades y experiencias para el trabajo en equipo y capacidad para delegar funciones o responsabilidades Deseable poseer habilidades para el desarrollo de relaciones y alianzas con otra organización (nacionales, extranjeras, públicas y/o privadas) Deseable Identificar la cultura Rapa Nui como una oportunidad desde donde desplegar la labor con sus equipos y la relación con organizaciones 6.2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Deseable contar con experiencia en el aula. Demostrable Deseable experiencia docente en establecimientos de Educación Interculturales. Demostrable Deseable experiencia docente en establecimientos educacionales Polivalentes -Técnico-Profesional, bilingües y de Especial Singularidad. Demostrable Deseable experiencia en diseño y aplicación de currículos contextualizados para la diversidad cultural y geográfica. Experiencia demostrable Deseable experiencia en cargos de dirección, coordinación, y /o jefatura Deseable experiencia en trabajo con comunidades educativas interculturales Deseable experiencia demostrable en trabajos directos de planificación intercultural con MINEDUC 4

5 Deseable manejo de herramientas de planificación, metodología de enseñanza aprendizaje, normas y regulación vigentes en el ámbito educativo Deseable contar con conocimiento de las nuevas institucionalidades, sus funciones y sus aspectos legales en el ámbito de la educación OTROS REQUISITOS PERTINENTES PARA EL CARGO Deseable experiencia laboral en áreas indígenas, tanto en área de planificación educativa y otras, como en relaciones interpersonales con la comunidad territorial en general Deseable intervención en cabildos comunales y seminarios educativos interculturales Deseable conocimiento en aplicación de políticas indígenas, Convenio 169 de la OIT Deseables conocimientos profundos respecto a la cosmovisión y cultura Rapa Nui. 5

6 7. PERFIL DE SELECCIÓN 7.1. REQUISITOS LEGALES Y OTROS Los establecidos en las Bases Generales y Específicas del concurso COMPETENCIAS PARA EL EJERCICIO DEL CARGO Ponderaciones: Variables e Indicadores Liderazgo y Gestión de personas: Capacidad para potenciar una cultura escolar productiva en un clima organizacional de respeto, confianza, colaboración, orden y estructura, articulando sus habilidades con las del equipo, motivando para el logro de objetivos desafiantes, entregando retroalimentación y reconociendo los logros, trabajando a la par y en terreno para gestionar los cambios. Implica hacer partícipes a otros actores de la comunidad educativa en la toma de decisiones, asumir la responsabilidad por los resultados y tomar medidas difíciles, modelando conductas en los miembros de su equipo y concretando instancias para el desarrollo de sus competencias y potencial. Gestión y logro: Capacidad para diseñar, planificar e implementar acciones administrativas y pedagógicas alineadas con las directrices estratégicas, imprimiendo en la gestión un fuerte foco en la calidad de la Administración de la Educación Municipal de Isla de Pascua. Implica evaluar de manera sistemática y rigurosa los resultados obtenidos por los establecimientos educacionales tanto en su gestión pedagógica como administrativa, así como realizar un manejo eficiente y previsor de los recursos, controlando la gestión de los mismos, identificando oportunidades y optimizando procesos con foco en la calidad y mejora continua. Relación con entorno y redes: Capacidad para identificar, construir y fortalecer relaciones de cooperación y confianza con actores internos y externos, aunando voluntades para lograr los propósitos de la Educación para isla de Pascua. Implica la habilidad de comunicarse de manera abierta, clara y congruente, respetando puntos de vista diferentes, fomentando la convivencia y también la capacidad para defender posturas, negociar y resolver conflictos. Visión estratégica e Innovación: Capacidad para asumir y compartir una visión global de la Educación para Isla de Pascua atendiendo a objetivos, valores y estrategias vinculadas. Implica evaluar de manera flexible y rigurosa los problemas, así como los recursos administrativos y pedagógicos con que se cuenta para brindar soluciones eficientes. Requiere anticipar escenarios y comprender la incidencia de factores externos (regionales) sobre su gestión, identificando, promoviendo e implementando soluciones creativas acordes al contexto cultural y realidad institucional, incentivando la investigación, actualización e innovación como medios para lograr un desempeño de excelencia. Manejo de crisis y contingencias: Capacidad para identificar y administrar situaciones de presión, contingencia y conflictos, creando soluciones oportunas y acordes a la problemática presentada. Implica la capacidad para establecer límites y promover mecanismos de colaboración en la resolución de conflictos. Internos como externos. Conocimientos técnicos: Contar con conocimientos en el ámbito educacional escolar y/o experiencia en gestión. Contar con experiencia en aula. Poseer experiencia en cargos de dirección, coordinación y/o jefatura. Manejo de herramientas de planificación, metodologías de enseñanza-aprendizaje, normas y regulaciones vigentes en el ámbito educativo. Contar con conocimientos o experiencia en educación media técnico profesional, experiencia en Educación Intercultural Bilingüe y establecimientos de Especial Singularidad Ponderación 20% 20% 10% 20% 10% 20% 8. CONDICIONES DE DESEMPEÑO DEL CARGO Estatuto Docente, Art. 32 bis. El nombramiento del DAEM tendrá una duración de cinco años. 6

7 Estatuto Docente, Art. 33. Dentro del plazo máximo de 30 días contados desde su nombramiento definitivo, el DAEM suscribirá con el respectivo sostenedor un Convenio de Desempeño. Este Convenio será público y en él se incluirán las metas anuales estratégicas de desempeño del cargo durante el período y los objetivos de resultados a alcanzar por el DAEM anualmente, con los correspondientes indicadores, medios de verificación y supuestos básicos en que se basa el cumplimiento de los mismos así como las consecuencias de su cumplimiento e incumplimiento. Estatuto Docente, Art. 34. El sostenedor podrá pedir la renuncia anticipada del Director cuando el grado de cumplimiento de los objetivos acordados en el Convenio de Desempeño sea insuficiente de acuerdo a los mínimos que éste establezca. 9. REQUISITOS LEGALES DE POSTULACION Requisitos legales: Para ser Jefe del Departamento de Educación de la comuna de Isla de Pascua, los candidatos deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Ser ciudadano (mayor de 18 años y no haber sido condenado a pena aflictiva) b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y Movilización, cuando fuere procedente. c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo. d) Ser profesional de la Educación con título de profesor o educador, otorgado por Universidades, Escuelas Normales o Institutos Profesionales. Del mismo modo podrán postular quienes estén en posesión de cualquier título profesional o licenciatura de al menos ocho semestres. e) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones y cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito, ni condenado en virtud de la Ley , sobre violencia intrafamiliar. 10. DE LA POSTULACION 1. A contar del día, 02 de Octubre de 2015 cada postulante podrá retirar las Bases del Concurso, en la Oficinas del Departamento de Educación Municipal, ubicado en calle Atamu Tekena s/n, Isla de Pascua, de lunes a viernes entre las 8:30 hrs. y las 13:00 hrs. y en la página web: y en la página 2. Los antecedentes se recibirán a partir del día 02 de Octubre de 2015 y hasta el día 16 de Noviembre de 2015, en la Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de Isla de Pascua, ubicado en calle Atamu Tekena s/n, Isla de Pascua, de lunes a viernes de 8:30 hrs. a 13:00 hrs. 3. La postulación deberá hacerse en sobre cerrado dirigido al Sr. Alcalde de la I. Municipalidad de Isla de Pascua, Don Pedro Pablo Edmunds Paoa, señalando el cargo al cual se postula. Sólo por este medio. No se aceptará postulación electrónica. 4. Cada postulante a este Concurso, deberá presentar sus antecedentes enumerados en forma correlativa, en el margen superior derecho de cada hoja de su expediente y anillados, de acuerdo al siguiente detalle: 5. Para formalizar la postulación, los/as interesados/as que reúnan los requisitos deberán presentar la siguiente documentación: a) Ficha de postulación, según formato adjunto, anexo 1. b) Currículum Vitae actualizado a la fecha de la convocatoria, anexo 2. c) Fotocopia de cédula de identidad, por ambos lados. d) Certificado de antecedentes original del postulante. e) Certificado de situación militar al día, cuando proceda. f) Fotocopia legalizada de certificado de título profesional. g) Fotocopia de certificados que acrediten capacitación y perfeccionamiento. h) Declaración Jurada, según formato adjunto, anexo 3, que acredite que el/la postulante no se encuentra afecto a las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en los artículos 24 del DFL 1 del Ministerio de Educación de

8 6. Los postulantes de otras regiones, provincias y comunas podrán remitir sus antecedentes por correo certificado, siempre y cuando el timbre de correo señale expresamente que los antecedentes fueron despachados dentro del plazo establecido. 7. Los antecedentes deberán presentarse en original o copias cotejadas con el original legalizado ante notario, o en la forma que corresponda para que hagan o constituyan prueba. 8. Se requiere que el postulante señale un correo electrónico y teléfono, a objeto de comunicarle en el evento de ser preseleccionado en la terna. 9. La documentación deberá ser entregada en forma completa. Una vez ingresada y timbrada en la oficina de partes de la Municipalidad de Isla de Pascua no se aceptarán entregas parciales, ni podrán agregarse nuevos antecedentes. 10. Toda documentación presentada fuera de plazo, no será aceptada para el Concurso. 11. Los postulantes que no cumplan con los antecedentes requeridos para la postulación, automáticamente quedan fuera de concurso. 12. Certificación. Todos los datos consignados en el Currículum y en el orden especificado precedentemente, deben acreditarse en su caso, con certificados extendidos por la autoridad competente. Se entiende por autoridad competente al funcionario legalmente facultado en la Institución respectiva para emitir certificados, por ejemplo: en el Departamento de Educación Municipalizada, el (la) Director(a) o Jefe(a) del DEM; en los Establecimientos Educacionales el (la) Director(a) de la Escuela o el (la) Rector(a) del Liceo; en la Municipalidad el(la) Alcalde(sa) y en la Escuela Particular el Sostenedor(a) o el Director(a) del establecimiento. 13. El sólo hecho de que cada postulante presente sus antecedentes, constituye plena aceptación de estas Bases, en todos sus aspectos. 14. Los años de experiencia deben ser debidamente acreditados, con certificados que resuman períodos de tiempo, no bastando adjuntar resoluciones o decretos acumulados. 15. El perfeccionamiento que se considerará, será estrictamente el que diga relación con la educación. 16. Las consultas deben hacerse a la Municipalidad de isla de Pascua, por correo electrónico a alcaldia@rapanui.net 17. Si no se conformara la dupla, el concurso será declarado desierto. 18. La remuneración del cargo, será la establecida en el D.F.L. N 1 / 97 del MINEDUC y lo señalado en la Ley Cualquier situación no contemplada en las Bases, deberá ser resuelta por la Comisión Calificadora. 20. Los antecedentes no serán devueltos 11. CALENDARIZACION DEL PROCESO ETAPA FECHAS RESPONSABLE Publicación Convocatoria Página Web Municipal DAEM Recepción y Registro de Antecedentes DAEM Admisibilidad Legal de Candidatos DAEM Nómina de Candidatos que pasan a la siguiente etapa Preselección al DAEM Asesoría Externa 8

9 Constitución comisión calificadora Entrevistas Comisión Calificadora Resolución del Sostenedor Notificación a postulante seleccionado Inicio de funciones en el Departamento de Educación Municipal , 18, y Comisión Calificadora Alcalde Municipalidad de Isla de Pascua Alcalde 12. ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN. El presente proceso de selección contemplará las siguientes etapas (corresponden a las contempladas en el DFL Nº 1, de 1996 y en el Reglamento): 1) Análisis de admisibilidad; 2) Evaluación curricular; 3) Evaluación psicolaboral; 4) Entrevistas por la Comisión Calificadora; 5) Conformación de nómina de elegibles; 6) Elección por el sostenedor. Descripción de etapas. 1) Análisis de Admisibilidad de las Postulaciones. Vencido el período de las postulaciones la Municipalidad de Isla de Pascua, de conformidad con lo establecido en el artículo del 89 del Reglamento, verificará el cumplimiento por parte de los/las candidatos/as de los requisitos formales establecidos en las presentes bases, entendiéndose por tales los requisitos legales establecidos para el desempeño del cargo y los demás relacionados con la forma y plazo de efectuar la postulauvvción. Aquellos postulantes que sean admitidos en virtud del cumplimiento de los requisitos formales, participarán en una etapa de preselección, que contará con el apoyo de una asesoría externa registrada en la Dirección Nacional del Servicio Civil, elegida por quien represente al Consejo de Alta Dirección Pública en la Comisión Calificadora del concurso. Dicha asesoría llevará a cabo una evaluación curricular y una evaluación psicolaboral de los/las candidatos/as. 2) Evaluación Curricular. La asesoría externa efectuará el análisis curricular de los/las candidatos/as que den cumplimiento a los requisitos formales establecidos en las presentes bases con el objeto de identificar a quienes se acerquen en mayor medida al perfil profesional del cargo (incorporado en el numeral 3 de las presentes bases), principalmente en términos de su formación, conocimientos técnicos, trayectoria laboral y experiencia profesional y directiva, debiendo dar estricto cumplimiento a lo establecido en los artículos 89 y 89 bis del Reglamento. La evaluación curricular que la asesoría externa realice será exclusivamente sobre la base de los antecedentes escritos presentados por los/las postulantes. La asesoría externa asignará una calificación a cada postulación, de conformidad a los criterios que se señalan a continuación: 9

10 NOTA CRITERIO OPERACIONALIZACIÓN 7 a 6,5 SOBRESALIENTE Antecedentes curriculares se ajustan cabalmente al perfil de selección en cuanto a conocimientos técnicos, experiencia laboral relacionada y experiencia en cargos directivos o de jefatura requeridos para el cargo. Destacan antecedentes por exceder con creces a lo requerido en el perfil 6,4 a 6,0 MUY BUENO Antecedentes curriculares se ajustan mayoritariamente al perfil de selección en cuanto a conocimientos técnicos y experiencia laboral relacionada Sus antecedentes permiten estimar que posee características en términos de conocimientos o experiencia que permitirán satisfacer con holgura lo requerido para el cargo 5,9 a 5,5 BUENO Antecedentes curriculares se ajustan estrictamente al perfil de selección en cuanto a conocimientos técnicos y experiencia laboral relacionada, destacándose algunos aspectos 5,4 a 5,0 ACEPTABLE Antecedentes curriculares se ajustan estrictamente al perfil de selección en cuanto a conocimientos técnicos y experiencia laboral relacionada 4,9 a 4,0 INSATISFACTORIO Antecedentes curriculares se ajustan sólo parcialmente al perfil del cargo. Se estima que se requiere mayor experiencia laboral relacionada, y/o mayor experiencia en jefatura y/o los conocimientos técnicos no poseen el grado de especialización suficiente en relación a lo requerido para el cargo 3,0 NO RELACIONADO Antecedentes curriculares no están relacionados con el perfil de selección Se considerará que cumplen los requisitos exigidos en el perfil profesional aquellos candidato/as cuya calificación es igual o superior a 5.0. Si el número de candidatos que reúnen los requisitos de calificación es inferior a dos, la asesoría externa, de acuerdo a lo dispuesto en artículo 32 bis del decreto con fuerza de ley n 1, de 1996 del Ministerio de Educación, texto refundido y sistematizado de la ley , deberá informar fundadamente a la Comisión Calificadora a fin de que esta entregue el informe correspondiente sin preseleccionados. En base a dicho informe, el sostenedor declarará desierto el proceso de selección. De la misma forma señalada en el párrafo precedente se procederá en el caso de que no existan candidatos/as que cumplan con los requisitos exigidos en el perfil de selección. 3) Evaluación Psicolaboral. La asesoría externa practicará una evaluación psicolaboral a los/las candidatos/as que aprueben la fase de análisis curricular, a objeto de identificar a quienes se acercan en mayor medida al perfil profesional del cargo (incorporado en el numeral III de las presentes bases), principalmente, en términos de sus competencias y atributos para desempeñarlo, exigidos en el señalado perfil, debiendo dar estricto cumplimiento a lo establecido en los artículos 89 y 89 bis del Reglamento. La evaluación psicolaboral, dada la naturaleza de las pruebas requeridas y la profundidad del análisis en la entrevista, requiere de la presencia física de los/las candidatos/as, no permitiendo en ningún caso evaluaciones a distancia o por medio de videoconferencia. El resultado de la evaluación psicolaboral practicada por la asesoría externa respecto de cada uno/a de los candidatos/as deberá expresarse en una calificación de 1 a 7 de conformidad al grado de idoneidad de los/las candidatos/as en relación al perfil profesional del cargo. La asesoría externa elaborará un listado de preseleccionados/as que serán entrevistados/as por la Comisión Calificadora de Concursos, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Reglamento de la Ley (aquellos postulantes que sean admitidos en virtud del cumplimiento de los requisitos formales establecidos en las bases del concurso, verificados por la respectiva Municipalidad o Corporación Municipal, deberán participar en un proceso de preselección que contará con el apoyo de asesorías externas). Todos/as los/las candidatos/as incluidos en el listado de preseleccionados/as deberán haber obtenido una calificación igual o superior a 5.0. Si el número de candidatos/as que obtiene calificación igual o superior a 5 es inferior a dos (comuna con menos de diez mil habitantes artículo 32 bis DFL n 1 de 1996), la asesoría externa deberá informar fundadamente a la Comisión Calificadora, para efectos de que ésta evacúe el informe pertinente sin preseleccionados/as. En base a dicho informe, el Sostenedor declarará desierto el proceso de selección, por no existir el número mínimo de candidatos/as para conformar nómina de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 bis del DFL Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación. De la misma forma se procederá si no existen candidatos/as que obtengan una calificación igual o superior a

11 La asesoría externa deberá elaborar un informe que incluirá, al menos, el listado de candidatos/as preseleccionados/as, la descripción del análisis curricular efectuado, los resultados de las evaluaciones psicolaborales y la evaluación de los factores de mérito, liderazgo y de las competencias específicas señaladas en el perfil profesional, el que entregará a la Comisión Calificadora de Concursos en un plazo máximo de 40 días a contar de la fecha en que los antecedentes sean puestos a su disposición. 4) Entrevistas por la Comisión Calificadora La Comisión Calificadora deberá constituirse dentro de 5 días después de terminado el proceso de preselección y confeccionar, en un plazo máximo de 05 días contado desde la fecha en que los antecedentes son puestos a su disposición, la nómina de candidatos/as elegibles que será presentada al sostenedor. La Comisión Calificadora deberá entrevistar individualmente a cada uno de los/las candidatos/as preseleccionados/as por la asesoría externa, a efecto de identificar a aquéllos que se acercan en mayor medida al perfil profesional del cargo (incorporado en el numeral 3 de las presentes bases), principalmente en términos de sus competencias y atributos para desempeñarlo, exigidos en dicho perfil. La evaluación de la Comisión Calificadora a cada uno/a de los/las candidatos/as deberá expresarse en una calificación de 1 a 7 conformidad a la ponderación asignada a cada uno de los atributos en el perfil de selección. La Comisión Calificadora, desde su constitución hasta el cierre del concurso deberá levantar acta de cada una de sus sesiones, en las que se dejará constancia de sus acuerdos. 5) Conformación de la Comisión calificadora La comisión calificadora estará conformada de la siguiente manera: El sostenedor o un representante nombrado por éste. Un miembro del Consejo de Alta Dirección Pública Un Director de establecimiento educacional, escogido por sorteo de entre los directores de Educación Municipal. Se deberá designar un suplente en caso de ausencia del titular elegido por sorteo. En el caso de isla de Pascua, que cuenta con dos establecimientos educacionales, deberán participar los dos Directores. 6) Definición de la Nómina. Siendo Isla de Pascua una comuna con menos de diez mil habitantes (artículo 32 bis DFL MINEDUC) la nómina de elegibles contará con un mínimo de dos y un máximo de cinco candidatos/as, los que serán presentados al Sostenedor. La nómina deberá incluir a los candidatos mejor evaluados en las entrevistas con la Comisión Calificadora. Si el resultado de las entrevistas determina que el número de candidatos/as que cumple con los requisitos exigidos en el perfil de selección, esto es, que obtiene una calificación en esta etapa igual o superior a 5.0, es inferior a dos, la Comisión Calificadora informará fundadamente al Sostenedor a objeto de que declare desierto el proceso de selección por no existir el número mínimo de candidatos/as para conformar nómina, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 bis del DFL Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación. La Comisión Calificadora deberá emitir un informe que incluya la nómina, los currículos y los informes elaborados por la asesoría externa. 7) Elección por el Sostenedor. El Sostenedor, en un plazo máximo de cinco días contados desde la fecha de recepción del informe de la Comisión Calificadora de Concursos, deberá nombrar a cualquiera de los/las integrantes de la nómina o declarar, previa resolución fundada, desierto el proceso de selección, caso en el cual se realizará un nuevo concurso. El resultado del proceso será notificado al candidato/a designado/a y a los integrantes de la nómina por carta certificada a la dirección señalada en el currículum. Asimismo, el resultado final del proceso de selección será comunicado a todos/as los/las postulantes, por el Jefe/a del Departamento de Administración de Educación Municipal o del Director de la Corporación, a través del Departamento de Recursos Humanos o quien cumpla sus funciones, por carta certificada u otro medio, a más tardar dentro de los 30 días hábiles siguientes a su conclusión. Una vez notificado, el/la seleccionado/a deberá manifestar expresamente su aceptación al cargo, dentro del plazo de 5 días hábiles. Los/las postulantes que fundadamente observen reparos al proceso, tendrán derecho a reclamar ante la Contraloría General de la República. El Municipio deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos formales INDICADOS EN EL PUNTO CONDICIONES DE DESEMPEÑO DEL CARGO: Dentro del plazo máximo de treinta días, contados desde su nombramiento definitivo, el director del DAEM deberá suscribir un convenio de desempeño, el cual contenga las metas anuales estratégicas de desempeño del cargo durante el periodo y los objetivos de resultados a alcanzar por el director anualmente, con los correspondientes indicadores, medios de verificación y supuestos básicos en que se basa el cumplimiento de los mismos así como las consecuencias de su cumplimiento e incumplimiento (artículo 33 del Estatuto Docente). El convenio de desempeño se basará en los desafíos establecidos en estas bases. P0h 11

12 El representante legal podrá pedir la renuncia anticipada del Director cuando el grado de cumplimiento de los objetivos acordados en el convenio de desempeño sean insuficientes de acuerdo a los mínimos que este establezca (artículo 43 del Estatuto Docente). 14. SITUACIONES NO PREVISTAS Cualquier situación no contemplada en las bases deberá ser resuelta por la Comisión Calificadora, por simple mayoría. El no cumplimiento con la totalidad de requisitos y antecedentes que se solicitan en este proceso de postulación, será causal inmediata de eliminación del postulante. Ante la renuncia voluntaria de quien haya sido nombrado como Director/a de un DAEM Concursada,, Y SI LA RENUNICIA OCURRIERA DENTRO DE LOS DOS MESES SIGUIENTES A SU NOMBRAMIENTO el Sostenedor podrá nombrar a su reemplazante dentro de los miembros que conformaron la terna propuesta. La mencionada renuncia deberá ser ante Notario Público o ante Secretario Municipal. 15. AL TÉRMINO DEL CONCURSO: El Departamento de Educación Municipal elaborará un informe general del proceso para su publicación en página web de la I. Municipalidad de Isla de Pascua. 12

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14 16. PROPUESTA DE CONVENIO DE DESEMPEÑO En relación con el convenio de desempeño. Este se sustentará en los desafíos planteados en punto n 5 DESAFÍOS DEL CARGO, de estas bases. Siendo el cuadro siguiente un ejemplo orientador de la metodología a utilizar, asumiendo que se considerará el total de desafíos para construir los Objetivos a alcanzar. Objetivos Indicadores Fórmula de cálculo Meta anual estratégica Medios de verificación Verificador Supuestos o condiciones externas Consecuencia incumplimiento/cumplimiento. La ley establece responsabilidades respecto al cumplimiento del convenio de desempeño, por ende es necesario fijar implicancias, por parte del sostenedor y el jefe del DAEM, de acuerdo a la gestión directiva. Analizar el uso de espacios culturales propios por el sistema educativo municipal y determinar su valoración e inclusión curricula. Propuesta de análisis con apoyo de sabios de la cultura, docentes de aula, educadores tradicionales y comunidad territorial Establecer una metodología de trabajo acorde con idiosincrasia local Realización de cuestionarios abiertos y cerrados, construidos para una comunidad multicutural y multilingüe Contar con un documento/propuesta para trabajo en interculturalidad e inmersión, que emane desde la comunidad integrada Datos existentes en los establecimientos educacionales. Recabar datos de la comunidad misma Datos obtenidos de expertos en la cultura rapa nui. Trabajo de campo. Datos de investigaciones realizadas. Gabinete Registro de datos en papel y digital. Con fuentes de información Registro fotográfico Sensibilizar a la comunidad Buena disponibilidad de las organizaciones culturales y comunidad en general Dada importancia fundamental de este elemento, su incumplimiento amerita término de contrato. Cumplimiento. Reconocimiento explícito y escrito a la gestión 14

15 Analizar y establecer concordancia de Políticas educativas locales con demandas actuales. Reuniones de análisis con docentes, asistentes directivos de ambos establecimientos y miembros de la comunidad territorial. Cronograma de trabajo. Diseño de documento de trabajo análisis y propuesta Indicador cuantitativo: Cantidad de indicadores propuestos/cantidad indicadores realizados. Indicador cualitativo: Documentos de propuesta sistematizados con indicadores acordados y evaluados. Política educativa Documentación de política vigente. comunal analizada en su totalidad y Documentación de aplicación de recomendaciones para re política a partir de Plan estratégico proponer o mantener diseñado. política. Análisis de registros de seguimiento de aplicación Análisis del impacto producido por su aplicación Documentos producidos impresos y en digital Que no se den las condiciones socio políticas para avanzar en los análisis. Disposición de la comunidad educativa y territorial a participar del análisis. Validación por la comunidad de la persona a cargo Dándose las condiciones favorables, no alcanzar el 100% de la meta, significará el término del contrato. Cumplimiento. Reconocimiento explícito y escrito a la gestión Documentos propuestas con Evaluación diagnóstica de los PEI de los establecimientos educacionales municipales. Reuniones de trabajo consultivas con comunidad- Reuniones de trabajo técnico directivosdocente- asistentes Reuniones de trabajo ampliadas comunidad territorial Documentos para análisis diseñados en consecuencia con encargo Indicador cuantitativo: Cantidad de indicadores propuestos/cantidad indicadores realizados Indicador cualitativo: Documentos de propuesta sistematizados con indicadores acordados y evaluados. PEI de establecimientos evaluados y diagnosticados en su pertinencia. Propuesta de mejora o reformulación total Documentación de PEI en uso. Resultados obtenidos por los establecimientos desde su implementación, tanto en aprendizajes como en la interculturalidad, el bilingüismo y la inmersión. Documentación producida impresa y en digital Buena disposición de los estamentos involucrados. Dada la importancia fundamental de este componente de los sistemas educativos, su incumplimiento ameritará término de contrato. Cumplimiento. Reconocimiento explícito y escrito a la gestión Establecer una red de apoyo y trabajo conjunto con los establecimientos educacionales particulares subvencionados. Convocatoria conformar la red Elaborar propuesta de trabajo en conjunto Establecer cronograma de trabajo en conjunto Construir indicadores a los Indicador cuantitativo: Cantidad de indicadores propuestos/cantidad indicadores realizados. Formar una red de apoyo virtuosa entre el sistema de educación municipal y particular subvencionado Propuestas educativas de los sistemas presentes en la isla, análisis. Análisis de Visiones y Misiones de los sistemas y establecimiento de coincidencias y sinergias. Nivel de coincidencia en trabajo extraescolar Documentación producida impresa y en digital Disposición de los directores de establecimientos educacionales al trabajo en equipo y en red Incumplimiento de este factor significa condicionalidad, acordada, para continuar en el cargo. Cumplimiento. Reconocimiento explícito y escrito a la gestión 15

16 17. ANEXOS ANEXO 1 FICHA DE POSTULACIÓN ANTECEDENTES DEL/A POSTULANTE Apellido Paterno Apellido Paterno Correo Electrónico Autorizado para el presente Concurso y Dirección Mail: Dirección: Teléfono Particular Teléfono Móvil Otros Teléfonos Contacto Cargo al que postula La presente postulación implica mi aceptación íntegra de las Bases y las condiciones en ella consignadas, relativas al presente proceso de selección. Asimismo, mi aceptación implica el conocimiento de la propuesta de convenio de desempeño que se adjunta en estas bases. Declaro, asimismo, mi disponibilidad real para desempeñarme en el cargo. FIRMA FECHA 16

17 ANEXO 2 CURRÍCULO VITAE RESUMIDO (Sin perjuicio de completar el presente formulario, el/la postulante debe adjuntar además su Currículo Vitae extendido) IDENTIFICACIÓN DEL POSTULANTE Apellido Paterno y Materno Nombres Teléfono Particular Teléfono Celular Correo electrónico autorizado Dirección: IDENTIFICACIÓN DEL CARGO A QUE POSTULA Cargo Grado Código 1.- TITULOS PROFESIONAL(ES) Y O GRADOS *Completar sólo si corresponde, indicando sólo aquellos con certificados Título Profesional Ingreso carrera profesional ( mm, aa ) Egreso carrera profesional ( mm, aa ) Fecha de titulación ( dd, mm, aa ) Duración de la carrera ( indicar número de semestres y trimestres Título Profesional Ingreso carrera profesional ( mm, aa ) Egreso carrera profesional ( mm, aa ) Fecha de titulación ( dd, mm, aa ) Duración de la carrera ( indicar número de semestres y trimestres 2.- ANTECEDENTES ACADÉMICOS 17

18 *(Indicar sólo aquellos con certificados, los demás no serán ponderados ni considerados) Post- títulos / otros Desde ( mm, aa ) Hasta ( mm, aa ) Post- títulos / otros Desde ( mm, aa ) Hasta ( mm, aa ) 3.- CAPACITACION (Indicar sólo aquellos con certificados) Curos y/o seminario Desde ( dd, mm, aa ) Hasta ( dd, mm, aa ) Horas de duración Curos y/o seminario Desde ( dd, mm, aa ) Hasta ( dd, mm, aa ) Horas de duración 4.- ÚLTIMO CARGO DESARROLLADO O EN DESARROLLO (Sólo cuando corresponda Cargo Institución / empresa Departamento, gerencia o área de desempeño Desde ( dd, mm,aa ) Hasta ( dd, mm, aa ) Duración del Cargo ( mm, aa ) Funciones principales ( descripción general de funciones realizadas y principales logros 18

19 5.- TRAYECTORIA LABORAL Además del anterior, indique sus últimos tres puestos de trabajo, si corresponde. Cargo Institución / empresa Departamento, gerencia o área de desempeño Desde ( dd, mm,aa ) Hasta ( dd, mm, aa ) Duración del Cargo ( mm, aa ) Funciones principales ( descripción general de funciones realizadas y principales logros Cargo Institución / empresa Departamento, gerencia o área de desempeño Desde ( dd, mm,aa ) Hasta ( dd, mm, aa ) Duración del Cargo ( mm, aa ) Funciones principales ( descripción general de funciones realizadas y principales logros 19

20 ANEXO 3 DECLARACION JURADA SIMPLE Yo, Cédula de Identidad N, declaro bajo juramento no estar afecto a alguna de las causales de inhabilidad prevista en el artículo 54 de la Ley Nº FIRMA FECHA 20

21 ANEXO 4 DECLARACION JURADA SIMPLE Yo, Cédula de Identidad N, declaro bajo juramento no estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarme condenado por crimen o simple delito ( Art. 24 N 5 del DFL N 1 del Ministerio de educación). FIRMA FECHA 21

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