Un nuevo hito en el sector asegurador: la reforma del Baremo

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Un nuevo hito en el sector asegurador: la reforma del Baremo"

Transcripción

1 Un nuevo hito en el sector asegurador: la reforma del Baremo SEPTIEMBRE

2 UN NUEVO HITO EN EL SECTOR ASEGURADOR: LA REFORMA DEL BAREMO 1 Con fecha 23 de septiembre de 2015 se ha publicado en el BOE la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación -el conocido popularmente como Baremo de Autos -, cuya andadura comenzó en el año 2011 dentro de la Comisión de Expertos designada por los Ministerios de Economía, Hacienda y Justicia. El nuevo Baremo entrará en vigor el 1 de enero de El sector asegurador en España, en constante cambio desde el año 2009 en que se publica la Directiva Solvencia II y, sobre todo, a lo largo de los años 2014 y 2015, con la tramitación parlamentaria de la Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras ( LOSSEAR ) publicada el 15 de julio de 2015, y ahora con el nuevo Baremo, aproa un nuevo horizonte de cambios profundos en la gestión de los riesgos, el cálculo de primas, la determinación de las reservas y el cálculo de márgenes. El nuevo Baremo, cuya entrada en vigor tendrá lugar el próximo 1 de enero de 2016, constituye la renovada escala de referencia del sector asegurador para el cálculo de indemnizaciones por daños corporales. A pesar de que, conforme a la Disposición transitoria única de la nueva Ley, apartado primero, la aplicación del Baremo ha de circunscribirse estrictamente a los accidentes de tráfico, lo cierto es que, como es de sobra conocido, nuestros tribunales han tomado como referencia de cálculo de cualquier indemnización por daños corporales (salvando el orden Social) al también conocido como "Baremo de Tráfico". Desde la perspectiva del ramo del automóvil, conviene destacar que el latigazo cervical, lesión imposible de objetivar mediante pruebas diagnósticas, y otras lesiones de menor gravedad, pierden definitivamente peso en la valoración de los daños corporales mientras que, en contraposición, se refuerza el mecanismo de valoración de secuelas de "grandes lesionados" con el objetivo de garantizar una efectiva e integral reparación de los daños. El nuevo Baremo actualiza los criterios empleados para el cálculo del importe de las indemnizaciones. Es preciso recordar que el anterior sistema de cálculo de las indemnizaciones por daños corporales (actualizado anualmente desde 2004) no contemplaba expresamente circunstancias tales como la orfandad absoluta, los años de convivencia efectiva, la repercusión de una secuela sobre el estado general de salud del perjudicado o el perjuicio causado a familiares y allegados. Del mismo modo, el nuevo Baremo recoge nuevos supuestos tales como los daños sufridos por familiares cercanos (no directos) o "situaciones de análoga convivencia" al matrimonio: las parejas de hecho (registradas o no), que han sido equiparadas jurídicamente a la situación de los cónyuges en el cálculo de indemnizaciones, al igual que en el resto del tráfico jurídico cotidiano. Los principios que inspiran el nuevo Baremo ya vertebraban el antiguo sistema de referencia. Ahora bien, la nueva Ley surge con la finalidad de fortalecer la eficacia del principio de reparación integral. Es al amparo de este principio bajo el que se ha producido un incremento medio global del 16,5% en la cuantía de las indemnizaciones por accidentes de tráfico (un 50% más en las indemnizaciones por fallecimiento y un 35% más en las indemnizaciones por secuelas permanentes), al considerar que el resarcimiento no sólo ha de ser patrimonial por el daño físico, sino también por los daños morales. Por otro lado, el principio de vertebración, definido como el segundo pilar sobre el que se ha construido el nuevo Baremo, exige que los daños patrimoniales y los daños personales sean valorados de forma separada y, dentro de cada una de estas grandes categorías, en cada uno de los conceptos detallados en el propio Baremo. Finalmente, el otro principio que inspira y ordena el nuevo Baremo de Autos es el de la objetivación del daño, que sirve de válvula de seguridad del nuevo sistema de valoración de secuelas al establecer "que no pueden fijarse indemnizaciones por conceptos o importes distintos de los previstos en él (léase, en el Baremo)" y del que se deriva que no pueden reputarse como daños aquellos no objetivables mediante pruebas diagnósticas médicas. A grandes rasgos, tres son los tipos de daños objeto de valoración: la muerte, las secuelas y las lesiones temporales (anteriormente, días impeditivos y no impeditivos). Ahora bien, no podemos olvidar los antiguos factores de corrección y el perjuicio estético que en el nuevo Baremo se incorporan a cada una de las categorías que les corresponden.

3 UN NUEVO HITO EN EL SECTOR ASEGURADOR: LA REFORMA DEL BAREMO 1 El nuevo Baremo divide en tres los conceptos que han de ser valorados a la hora de calcular el importe total de una indemnización: el perjuicio personal básico, que se corresponde con la indemnización básica por el daño sufrido (muerte, secuela o lesión temporal), el perjuicio personal particular, que se correspondería con aquellas circunstancias personales que atemperarían el importe total de la indemnización, y, finalmente, el perjuicio económico en que se traduciría el daño causado. Es preciso recordar que el antiguo Baremo (RDL 8/2004 y su Anexo) relegaba la ponderación de los perjuicios personales particulares y de los perjuicios económicos a la categoría de "factor de corrección", concepto que en el nuevo Baremo desaparece como tal. Por otro lado, entre las novedades del Baremo, sin ánimo de ser exhaustivos, cabe destacar: Artículo 37. Se obliga al perjudicado a someterse a cuantos reconocimientos sean necesarios por parte de los servicios médicos designados por el eventual responsable para la evaluación médica. En caso de que el lesionado no cumpla con esta obligación, ello permite eximir a la Aseguradora del pago de los intereses del Artículo 20 de la Ley de Contrato del Seguro ("LCS"). Artículo 41. Se especifica el sistema de cálculo de la renta vitalicia que puede sustituir, total o parcialmente, la indemnización fijada en favor del perjudicado. En este punto, hemos de recordar que ya el RDL 8/2004 preveía la posibilidad de sustituir la indemnización total por una renta vitalicia (Sección Primera, Apartado 8 del Anexo del RDL 8/2004) pero tampoco puede olvidarse que, en no pocas ocasiones, se ha echado mano del artículo 251.7ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que permite calcular el valor de la renta vitalicia a través del importe de una anualidad multiplicado por diez. Resulta evidente, por tanto, que el nuevo Baremo eleva las cuantías de indemnizaciones consistentes en renta vitalicia que corresponden a grandes lesionados. Artículo 44. Se contempla la posibilidad de indemnizar a los herederos por las lesiones temporales sufridas por una víctima que ya ha fenecido; evidentemente, desde este nuevo enfoque, la causa del fallecimiento no es el padecimiento de las lesiones temporales. Es decir, a pesar de que el lesionado haya fallecido, los perjudicados por las lesiones temporales sufridas en vida de la víctima conservan su derecho a percibir una indemnización. Artículo 45. Prevé la obligación de resarcir a los herederos por las secuelas sufridas por la víctima en vida. En otras palabras, a pesar de que la víctima haya fallecido, los herederos tienen derecho a percibir una indemnización por el daño que las secuelas del fenecido pudieran haber ocasionado en su integridad personal o patrimonial. En este caso, tampoco las secuelas pueden haber provocado el deceso. Artículo 46. Del mismo modo, también sobreviven al fenecido aquellos perjuicios patrimoniales que pudiera haber sufrido en vida y que no hubieran sido resarcidos; en este caso, los herederos pueden reclamar una indemnización por estos daños. Artículo 47. El nuevo Baremo determina que la indemnización por fallecimiento producido por unas secuelas es compatible con la indemnización de las secuelas padecidas en vida. En otras palabras, el nuevo Baremo contempla la posibilidad de que la indemnización percibida por los perjudicados se integre tanto por el resarcimiento de los daños que pudieran haber sido inferidos en el tiempo de estabilización de las secuelas al fallecido, como por el daño que supone el deceso en sí mismo. Conviene recordar que, con anterioridad a este nuevo Baremo, resultaba pacífico para la jurisprudencia que el daño de mayor intensidad (la muerte) absorbía el daño de menor intensidad (los padecimientos anteriores a la muerte), si bien es cierto también que, vía resarcimiento de los daños morales, Jueces y Magistrados tenían ocasión de ponderar la indemnización final. Artículo 62. Se especifica quiénes ostentan la condición de perjudicados en caso de fallecimiento: el cónyuge viudo, los ascendientes, los descendientes, los hermanos y los allegados. Esta última y nueva categoría reconoce situaciones de convivencia "familiar" con la víctima durante, al menos, cinco años anteriores al deceso por personas cercanas en parentesco o afectividad.

4 2 UN NUEVO HITO EN EL SECTOR ASEGURADOR: LA REFORMA DEL BAREMO Artículo 78 y 79. El nuevo Baremo determina el carácter básico de una indemnización de 400 euros en concepto de perjuicio patrimonial en caso de fallecimiento para cada perjudicado (independientemente de su status). Asimismo, el artículo 79 determina la obligación de cubrir los gastos de sepelio del fallecido en cuantía aparte de los conceptos indemnizatorios por daño personal básico, particular y daño patrimonial básico. Artículo 114 y ss. Una de las características más novedosas del nuevo Baremo es haber introducido la obligación de la Aseguradora de hacer frente a los gastos sanitarios durante toda la vida del perjudicado. Efectivamente, conforme al nuevo Baremo, la Aseguradora habrá de hacer frente a los gastos que ocasione el tratamiento futuro (o de por vida) del perjudicado en la Sanidad Pública. Del mismo modo, en el caso de tratamiento rehabilitador en domicilio o en régimen de asistencia ambulatoria, así como en el caso de que el perjudicado necesite de prótesis y ortesis (y sus oportunos recambios), estos tratamientos serán abonados directamente por la Aseguradora al perjudicado, previa justificación de los gastos. Para garantizar el resarcimiento de los gastos de tratamiento del perjudicado en la Sanidad Pública, el nuevo Baremo prevé la posibilidad de que Compañías y Servicios de Salud lleguen a acuerdos específicos al objeto de facilitar el pago de las prestaciones antes señaladas. El nuevo Baremo, además, prevé la posibilidad de que los tratamientos rehabilitadores a los que deba enfrentarse el paciente, se lleven a cabo en centros concertados con la Sanidad Pública, conforme a la normativa al efecto. La actualización del valor del punto de secuela a los criterios europeos de referencia en función de la edad del lesionado y del número de puntos, desapareciendo el sistema de horquillas por grupos de edad. Del mismo modo, algunas lesiones descritas en el baremo médico son desglosadas y, en algunos casos como el Síndrome de Cola de Caballo, se aprecia una notable corrección al alza de las horquillas de baremación por puntos. En definitiva, el Baremo aprobado por la Cámara Alta introduce nuevas variables de cálculo a la hora de establecer reservas en relación al riesgo de un siniestro concreto. Estas nuevas variables, en líneas generales, al margen del ramo del automóvil, supondrán un encarecimiento considerable de las indemnizaciones lo que, sin lugar a dudas, habrá de tener su repercusión en el cálculo de las primas. A este respecto, se ha señalado que el encarecimiento de las indemnizaciones habría de compensarse con un incremento paulatino de las primas de seguros de en torno a un 5%, cifra que, no obstante, se ha puesto en relación únicamente con el ramo del automóvil; no se han hecho públicas las estimaciones del impacto económico que el nuevo Baremo puede suponer para sectores como el sanitario, farmacéutico o incluso en el ámbito de la prevención de riesgos laborales. En conclusión, este nuevo Baremo constituye un hito en el proceso de cambio en el que está sumido el sector asegurador, en plena adaptación a las nuevas exigencias de solvencia financiera. En esta línea, el nuevo Baremo aclara los criterios de valoración de secuelas confiriendo una mayor seguridad a la dotación de reservas y al cálculo de las indemnizaciones en materia de responsabilidad civil por daños personales. Asimismo, el nuevo Baremo introduce mecanismos de ponderación de las indemnizaciones en atención a: La racionalización de los criterios de valoración del daño relativos a la pérdida de calidad de vida (art. 107 y ss.), la necesidad de ayuda de tercera persona (art. 121 y ss.), o la inexistencia de ingresos declarados (dedicación exclusiva a tareas del hogar o lesionados pendientes de acceder al mercado laboral menores de 30 años).

5 UN NUEVO HITO EN EL SECTOR ASEGURADOR: LA REFORMA DEL BAREMO 3 En caso de que necesite más información en alguno de los aspectos tratados, no dude en contactar con: Luis Alfonso Fernández Socio, Seguros y Reaseguros T luisalfonso.fernandez@hoganlovells.com Carolina Revenga Asociada Senior, Seguros y Reaseguros T carolina.revenga@hoganlovells.com Ian Pérez Asociado, Seguros y Reaseguros T ian.perez@hoganlovells.com

6 Hogan Lovells cuenta con oficinas en: Alicante Ámsterdam Baltimore Bruselas Budapest* Caracas Colorado Springs Ciudad de México Ciudad Ho Chi Minh Denver Dubái Dusseldorf Filadelfia Frankfurt Hamburgo Hanoi Hong Kong Houston Jeddah* Johannesburgo Londres Los Ángeles Luxemburgo Madrid Miami Milán Minneapolis Monterrey Moscú Munich Nueva York París Pekín Perth Riad* Río de Janeiro Roma San Francisco São Paulo Shanghái Silicon Valley Singapur Sídney Tokio Ulán Bator Varsovia Virginia del Norte Washington DC Zagreb* "Hogan Lovells" o "la firma" se refiere a la práctica legal internacional que incluye Hogan Lovells International LLP, Hogan Lovells US LLP y sus filiales. El término "partner" (socio) se emplea para designar al socio o miembro de Hogan Lovells International LLP, de Hogan Lovells US LLP y de cualquiera de sus filiales, a cualquier empleado o consultor de posición equivalente, así como a ciertas personas, que se denominan socios, pero que no son miembros de Hogan Lovells International LLP y que no ostentan una cualificación equivalente. Para más información acerca de Hogan Lovells, consultar la página web Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. Publicidad de abogados. Hogan Lovells Todos los derechos reservados. *Oficinas asociadas

Comunicación de la Comisión sobre la ayuda estatal a las obras cinematográficas y otras producciones del sector audiovisual

Comunicación de la Comisión sobre la ayuda estatal a las obras cinematográficas y otras producciones del sector audiovisual Comunicación de la Comisión sobre la ayuda estatal a las obras cinematográficas y otras producciones del sector audiovisual Índice I. Introducción 1 II. Evaluación de la compatibilidad de la ayuda 1 III.

Más detalles

Redacción Wolters Kluwer. Diario La Ley, Nº 8612, Sección Documento on-line, 24 de Septiembre de 2015, Editorial LA LEY

Redacción Wolters Kluwer. Diario La Ley, Nº 8612, Sección Documento on-line, 24 de Septiembre de 2015, Editorial LA LEY Novedad legislativa: Aspectos básicos de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (BOE

Más detalles

Campoamor 9 2º 33001 OVIEDO 984 186 927 984 081 875f www.alfredogarcialopez.es/com

Campoamor 9 2º 33001 OVIEDO 984 186 927 984 081 875f www.alfredogarcialopez.es/com La Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. (Entrada en vigor el 1/1/2016), en términos

Más detalles

Nota de prensa. Luz verde al nuevo baremo de daños y perjuicios causados en accidentes de circulación. Finalizado el trámite parlamentario

Nota de prensa. Luz verde al nuevo baremo de daños y perjuicios causados en accidentes de circulación. Finalizado el trámite parlamentario MINISTERIO DE JUSTICIA GABINETE DE COMUNICACIÓN Finalizado el trámite parlamentario Nota de prensa Luz verde al nuevo baremo de daños y perjuicios causados en accidentes de circulación El objetivo es adecuar

Más detalles

NUEVO BAREMO DE DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS EN ACCIDENTES DE

NUEVO BAREMO DE DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS EN ACCIDENTES DE NUEVO BAREMO DE DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN DESDE ENERO DE 2016 El pasado 1 de enero de 2016 ha entrado en vigor la Ley 35/2015 de reforma del sistema para la valoración de

Más detalles

FICHAS DE LEGISLACIÓN

FICHAS DE LEGISLACIÓN FICHAS DE LEGISLACIÓN OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA NORMATIVA PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS ÍNDICE I. FICHA NORMATIVA...3

Más detalles

Derecho Penal Preventivo (corporate compliance) Reforma del Código Penal en vigor desde el 1 de julio de 2015

Derecho Penal Preventivo (corporate compliance) Reforma del Código Penal en vigor desde el 1 de julio de 2015 Derecho Penal Preventivo (corporate compliance) Reforma del Código Penal en vigor desde el 1 de julio de 2015 2 Derecho Penal Preventivo. Reforma del Código Penal Julio 2015 El compliance en España La

Más detalles

ANEXO QUE SE CITA TABLA I. Indemnizaciones básicas por muerte (Incluidos daños morales)

ANEXO QUE SE CITA TABLA I. Indemnizaciones básicas por muerte (Incluidos daños morales) RESOLUCIÓN DE 24 DE FEBRERO DE 1998, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD A LAS CUANTÍAS DE LAS INDEMNIZACIONES POR MUERTE, LESIONES PERMANENTES E INCAPACIDAD TEMPORAL QUE RESULTARÁN

Más detalles

BAREMO 2007. Cuantías de las indemnizaciones en accidentes de circulación

BAREMO 2007. Cuantías de las indemnizaciones en accidentes de circulación BAREMO 2007. Cuantías de las indemnizaciones en accidentes de circulación El texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real

Más detalles

Nuevo sistema de valoración de daños personales por accidentes de tráfico Tramitadores. Barcelona, Septiembre - Octubre 2015

Nuevo sistema de valoración de daños personales por accidentes de tráfico Tramitadores. Barcelona, Septiembre - Octubre 2015 Nuevo sistema de valoración de daños personales por accidentes de tráfico Tramitadores Barcelona, Septiembre - Octubre 2015 Ficha del curso Programa Nuevo sistema de valoración de daños personales por

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

INFORME AL PROYECTO DE REAL DECRETO DE ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA

INFORME AL PROYECTO DE REAL DECRETO DE ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA INFORME AL PROYECTO DE REAL DECRETO DE ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA La primera conclusión derivada de la contrastar el contenido del proyecto de Real Decreto y la Directiva 2011/24 relativa a la

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 23 Jueves 27 de enero de 2011 Sec. III. Pág. 8884 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA 1494 Resolución de 20 de enero de 2011, de la Dirección General de Seguros y Fondos de

Más detalles

Borrador del Anteproyecto de Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (LOSSEAR)

Borrador del Anteproyecto de Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (LOSSEAR) Borrador del Anteproyecto de Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (LOSSEAR) OCTUBRE El pasado 30 de julio de 2014 se publicó el Borrador del Anteproyecto

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 26 Miércoles 30 de enero de 2013 Sec. III. Pág. 7254 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD 945 Resolución de 21 de enero de 2013, de la Dirección General de Seguros y Fondos

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 31 Lunes 6 de febrero de 2012 Sec. III. Pág. 10394 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD 1780 Resolución de 24 de enero de 2012, de la Dirección General de Seguros y Fondos

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA BOE núm. 21 Jueves 24 enero 2008 4589 puestas de simplificación de los procedimientos, procesos o servicios mediante la eliminación de los tramites innecesarios, la reducción de la documentación soporte

Más detalles

4.4.1 Servicio de Prevención Propio.

4.4.1 Servicio de Prevención Propio. 1 Si se trata de una empresa entre 250 y 500 trabajadores que desarrolla actividades incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, o de una empresa de más de 500 trabajadores con

Más detalles

Planes de pensiones:

Planes de pensiones: Planes de pensiones: 1) Características de un plan de pensiones: La persona a cuyo favor se constituye el plan de pensiones : Asume la obligación de realizar a aportaciones al plan de pensiones. Tiene

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LOS SENADORES JOSÉ EDUARDO CALZADA ROVIROSA, MARÍA DE LOS ÁNGELES MORENO URIEGAS Y CARLOS LOZANO DE LA TORRE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, LA QUE CONTIENE PROYECTO

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 64 Sábado 15 de marzo de 2014 Sec. III. Pág. 23432 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD 2819 Resolución de 5 de marzo de 2014, de la Dirección General de Seguros y Fondos

Más detalles

FUNDACIÓN MAPFRE 2015 QUÉ ES EL SEGURO? 11.3 Los principios del seguro

FUNDACIÓN MAPFRE 2015 QUÉ ES EL SEGURO? 11.3 Los principios del seguro QUÉ ES EL SEGURO? 11.3 Los principios del seguro Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas. Los contenidos que

Más detalles

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones?

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4 Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4.1. Cuáles son los principios generales? 4.2. Cuál es la fiscalidad del fondo de pensiones? 4.3. Cuál es la fiscalidad del promotor? 4.4. Cuál

Más detalles

TABLA I. Indemnizaciones básicas por muerte incluidos daños morales. Hasta 65 años - Euros

TABLA I. Indemnizaciones básicas por muerte incluidos daños morales. Hasta 65 años - Euros TABLA I Indemnizaciones básicas por muerte incluidos d morales Perjudicados/beneficiarios (1) de la indemnización (por grupos excluyentes) Grupo I Hasta 65 Edad de la víctima De 66 a 80 Más de 80 Víctima

Más detalles

Manual de FONDOS de PENSIONES

Manual de FONDOS de PENSIONES Manual de FONDOS de PENSIONES Séptima edición, revisada y actualizada Con los cambios que introduce el Real Decreto 3/2000, de 23 de junio, de medidas fiscales urgentes de estímulo de ahorro familiar,

Más detalles

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA Un elemento fundamental en la acción preventiva en la empresa es la obligación que tiene el empresario de estructurar dicha acción a través de la actuación de

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA 5902 Viernes 18 febrero 2005 BOE núm. 42 Acuerdo. La denuncia surtirá efecto un año después de la fecha de dicha notificación. 3. Con respecto a las inversiones efectuadas antes de la fecha de terminación

Más detalles

España. www.allenovery.com

España. www.allenovery.com España 2 Nuestras oficinas en España Una experiencia fantástica; el equipo es ágil, comercial, creativo y tiene gran prestigio en el mercado. Chambers Europe 2015 (Spain) El equipo ofrece un servicio de

Más detalles

BOICAC Nº 37 BOE 24.12.98

BOICAC Nº 37 BOE 24.12.98 ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE 10 DE DICIEMBRE DE 1998, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS DE ADAPTACIÓN DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD A LAS EMPRESAS DEL SECTOR DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO

Más detalles

1. Definiciones y Conceptos del Seguro de Vida

1. Definiciones y Conceptos del Seguro de Vida 1. Definiciones y Conceptos del Seguro de Vida En este capítulo se definen algunos términos y conceptos generales del Seguro de Vida (Líneas Personales), atendiendo a lo dispuesto en la Ley sobre el Contrato

Más detalles

ACCIDENTES - CENTROS DE ENSEÑANZA

ACCIDENTES - CENTROS DE ENSEÑANZA COBERTURAS Y CAPITALES Coberturas Contratadas Capitales asegurados por asegurado RIESGO 1: EDUCACIÓN PRIMARIA FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE 3.000,00 INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA ACC. E INVALIDEZ PARCIAL

Más detalles

FUNDACIÓN MAPFRE 2015 2TIPOS DE SEGUROS. 2.3 Seguros de prestación de servicios

FUNDACIÓN MAPFRE 2015 2TIPOS DE SEGUROS. 2.3 Seguros de prestación de servicios 2TIPOS DE SEGUROS 2.3 Seguros de prestación de servicios Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas. Los contenidos

Más detalles

Cesión de datos de salud a efectos de facturación. Informe 114-06

Cesión de datos de salud a efectos de facturación. Informe 114-06 Cesión de datos de salud a efectos de facturación. Informe 114-06 La consulta plantea dudas sobre la posibilidad de que las Mutuas Patronales de Trabajo y Enfermedades Profesionales y los Centros Sanitarios

Más detalles

Nueva regulación del perímetro de las entidades acogidas al régimen de consolidación fiscal

Nueva regulación del perímetro de las entidades acogidas al régimen de consolidación fiscal Nota Informativa Fiscal Febrero 2015 Nueva regulación del perímetro de las entidades acogidas al régimen de consolidación fiscal 1. Antecedentes La nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobada por

Más detalles

INFORME ANUAL DE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS

INFORME ANUAL DE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS INFORME ANUAL DE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS Febrero 2013 Página 1 de 10 ÍNDICE 1. Introducción. 2. Regulación interna. 3. Resumen global de cómo se aplicó la política de retribuciones durante el

Más detalles

NewsLetter Asesoría Financiera, S.A.

NewsLetter Asesoría Financiera, S.A. NewsLetter Asesoría Financiera, S.A. NEWSLETTER Nº 6/2015 (15 de enero de 2015). ACTUALIDAD FISCAL Ramón Silvestre Ruiz. Socio. Responsable del Área de Fiscalidad Amnistía fiscal en 2015 para los jubilados

Más detalles

NORMAS SOBRE CONSTITUCION Y CALCULO DE RESERVAS

NORMAS SOBRE CONSTITUCION Y CALCULO DE RESERVAS NORMAS SOBRE CONSTITUCION Y CALCULO DE RESERVAS Aprobada en Resolución CD-SUPERINTENDENCIA-XLIX-I-97 del 8 de enero de 1997 Modificada en Resolución CD-SIB-188-1-NOV23-2001, del 23 de noviembre de 2001

Más detalles

El artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente:

El artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente: Informe 0105/2010 La consulta plantea si resulta conforme a la normativa de protección de datos el envío de comunicaciones publicitarias, relativas a los servicios que presta la empresa consultante, a

Más detalles

Cesión de datos de salud a aseguradoras de asistencia sanitaria por profesionales de la medicina. Informe 449/2004

Cesión de datos de salud a aseguradoras de asistencia sanitaria por profesionales de la medicina. Informe 449/2004 Cesión de datos de salud a aseguradoras de asistencia sanitaria por profesionales de la medicina. Informe 449/2004 Cesión a aseguradoras por profesionales de la medicina en caso de seguro de asistencia

Más detalles

EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y LA GARANTÍA EQUIVALENTE DE LOS ADMINISTRADORES CONCURSARLES Real Decreto 1333/2012, de 21 de Septiembre

EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y LA GARANTÍA EQUIVALENTE DE LOS ADMINISTRADORES CONCURSARLES Real Decreto 1333/2012, de 21 de Septiembre Circular nº 7/201 /201 1 EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y LA GARANTÍA EQUIVALENTE DE LOS ADMINISTRADORES CONCURSARLES Real Decreto 1/2012, de 21 de Septiembre MG/Circulares/Circular 7 Circular nº 7/201

Más detalles

La Mutualidad de la Abogacía ofrece un nuevo e innovador seguro de rentas vitalicias

La Mutualidad de la Abogacía ofrece un nuevo e innovador seguro de rentas vitalicias Nota Informativa Madrid, 16 de marzo de 2009 La Mutualidad de la Abogacía ofrece un nuevo e innovador seguro de rentas vitalicias El nuevo producto, denominado Renta Vitalicia Remunerada permitirá participar

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0600/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0600/2009 Informe 0600/2009 Se plantea en primer lugar, si el consultante, centro médico privado que mantiene un concierto con la Administración de la Comunidad autónoma para asistencia a beneficiarios de la Seguridad

Más detalles

Por qué interesa suscribir un plan de pensiones?

Por qué interesa suscribir un plan de pensiones? 1 Por qué interesa suscribir un plan de pensiones? 1.1. Cómo se impulsó su creación? 1.2. Será suficiente la pensión de la Seguridad Social? 1.3. Se obtienen ventajas fiscales y de ahorro a largo plazo?

Más detalles

Simuladores de cálculo. Estimación de las prestaciones de la Seguridad Social (viudedad, orfandad e invalidez) y complemento por seguro de vida

Simuladores de cálculo. Estimación de las prestaciones de la Seguridad Social (viudedad, orfandad e invalidez) y complemento por seguro de vida Simuladores de cálculo Estimación de las prestaciones de la Seguridad Social (viudedad, orfandad e invalidez) y complemento por seguro de vida Año 2014 INICIO TOMA DE DATOS: OBJETIVO DEL SIMULADOR: Determinar

Más detalles

SEGURO PARA AUTÓNOMOS

SEGURO PARA AUTÓNOMOS SEGURO PARA AUTÓNOMOS El Autónomo concentra multitud de riesgos, nosotros le ofrecemos un amplio abanico de opciones para cubrir las necesidades que tiene tanto en la figura de Particular como la de Empresario.

Más detalles

El acceso de los Graduados al Subgrupo A1 de la Función Pública

El acceso de los Graduados al Subgrupo A1 de la Función Pública El acceso de los Graduados al Subgrupo A1 de la Función Pública 1.- Elementos fácticos: objeto de la nota y antecedentes normativos. a) Objeto de la nota. La presente nota analiza el acceso al Subgrupo

Más detalles

Estructuras fiscales para la financiación de producciones cinematográficas

Estructuras fiscales para la financiación de producciones cinematográficas Estructuras fiscales para la financiación de producciones cinematográficas 21 de marzo de 2013 Madrid 1. INTRODUCCIÓN La Ley del Impuesto sobre Sociedades prevé incentivos para la inversión en producciones

Más detalles

Puede enlazar a la sección Trámites y Gestiones para ver una versión simplificada.

Puede enlazar a la sección Trámites y Gestiones para ver una versión simplificada. Pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) Puede enlazar a la sección Trámites y Gestiones para ver una versión simplificada. El SOVI es un régimen residual que se aplica a aquellos trabajadores

Más detalles

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 1.- LA SITUACIÓN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Más detalles

Seminario Internacional Lima 2010 Valoración Integral del Daño Corporal

Seminario Internacional Lima 2010 Valoración Integral del Daño Corporal Seminario Internacional Lima 2010 Valoración Integral del Daño Corporal VDC en España Tráfico Tráfico VDC Laboral Discapacidades VDC Tráfico Sistema para la Valoración de los Daños y Perjuicios causados

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014 Informe 0076/2014 La consulta plantea el procedimiento a seguir en aplicación de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y su Reglamento

Más detalles

EL RIESGO EL SEGURO: PRINCIPIOS DE UN SEGURO. 1. Principio de solidaridad humana

EL RIESGO EL SEGURO: PRINCIPIOS DE UN SEGURO. 1. Principio de solidaridad humana EL RIESGO Combinación de la probabilidad de ocurrencia de un suceso y sus consecuencias. Puede tener carácter negativo (en caso de ocurrir se producen pérdidas) o positivo (en caso de ocurrir se producen

Más detalles

RESUMEN Seguros-Hojas de reclamaciones

RESUMEN Seguros-Hojas de reclamaciones RESUMEN Seguros-Hojas de reclamaciones Un empresario ha informado de que las Administraciones autonómicas y locales tramitan de forma dispar las reclamaciones presentadas por los consumidores y usuarios

Más detalles

Medio Fecha Página Expreso 08/07/10 Portal de Internet

Medio Fecha Página Expreso 08/07/10 Portal de Internet Expreso 08/07/10 Portal de Internet El 33% de vehículos no cuenta con SOAT En los últimos cinco años el SOAT pagó US$ 337 millones en cerca de 430 mil accidentes de tránsito en nuestro país. Los accidentes

Más detalles

Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006

Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006 Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006 La consulta plantea dudas sobre el tratamiento y comunicación de datos entre entidades que desarrollan

Más detalles

UNIT-LINKED Guía de Buenas Prácticas en materia de información previa a la contratación en los seguros

UNIT-LINKED Guía de Buenas Prácticas en materia de información previa a la contratación en los seguros UNIT-LINKED Guía de Buenas Prácticas en materia de información previa a la contratación en los seguros de vida en los que el tomador asume íntegramente el riesgo de inversión (Unit-Linked) JUNIO 2009 GUIA

Más detalles

REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN. de 18.12.2014

REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN. de 18.12.2014 COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 18.12.2014 C(2014) 9802 final REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN de 18.12.2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 575/2013 del Parlamento Europeo y del

Más detalles

EN MC MUTUAL TE PONEMOS AL CORRIENTE DE CÚALES SON LAS COBERTURAS DE LAS QUE PODRÁS BENEFICIARTE A PARTIR DE AHORA COMO TRABAJADOR AUTÓNOMO.

EN MC MUTUAL TE PONEMOS AL CORRIENTE DE CÚALES SON LAS COBERTURAS DE LAS QUE PODRÁS BENEFICIARTE A PARTIR DE AHORA COMO TRABAJADOR AUTÓNOMO. EN MC MUTUAL TE PONEMOS AL CORRIENTE DE CÚALES SON LAS COBERTURAS DE LAS QUE PODRÁS BENEFICIARTE A PARTIR DE AHORA COMO TRABAJADOR AUTÓNOMO. Si estás dado de alta en el régimen especial de trabajadores

Más detalles

Conceptos Fundamentales

Conceptos Fundamentales Conceptos Fundamentales sobre El Superávit Presupuestario y la Solvencia de una Empresa Aseguradora. 22 de junio de 2011. Fuente: Gerencia Instituto Nacional de Seguros los seguros del INS tienen la garantía

Más detalles

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA MINISTERIO DE ECONOMÍA. 6147 RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2004, del

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA MINISTERIO DE ECONOMÍA. 6147 RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2004, del BOE núm. 83 Martes 6 abril 2004 14377 MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 6147 RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2004, del Instituto Social de la Marina, sobre cumplimiento, por los trabajadores por cuenta

Más detalles

Allianz Capital. Aires de libertad para su dinero. Allianz Seguros. Allianz Compañía de Seguros. Atención al Cliente Tel. 902 300 186. www. allianz.

Allianz Capital. Aires de libertad para su dinero. Allianz Seguros. Allianz Compañía de Seguros. Atención al Cliente Tel. 902 300 186. www. allianz. Allianz Seguros Allianz Capital Aires de libertad para su dinero. Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Atención al Cliente Tel. 902 300 186 www. allianz.es Su Mediador en Allianz Seguros 272

Más detalles

REGLAMENTO DE CONDUCTA EN LOS MERCADOS DE VALORES

REGLAMENTO DE CONDUCTA EN LOS MERCADOS DE VALORES REGLAMENTO DE CONDUCTA EN LOS MERCADOS DE VALORES PREAMBULO Con el fin de asegurar el cumplimiento de preceptos contenidos en la ley N 18.045 sobre Mercado de Valores, el directorio de EMPRESA NACIONAL

Más detalles

En este documento se hacen cuatro series de propuestas para mejorar el servicio que presta el Seguro Escolar en estos momentos.

En este documento se hacen cuatro series de propuestas para mejorar el servicio que presta el Seguro Escolar en estos momentos. El Seguro Escolar - Conclusiones - Mesa 2 - X Encuentro CONCLUSIONES MESA-TALLER 2. El Seguro Escolar. María José Carmena, José Antonio Gonzalo y Joan Miró Los participantes en la Mesa 2 han analizado

Más detalles

Estado de los Recursos Humanos en la UNED.

Estado de los Recursos Humanos en la UNED. Estado de los Recursos Humanos en la UNED. Estado de los Recursos Humanos en la UNED.... 1 RPT... 1 Provisión y Promoción... 2 Provisión...2 Promoción... 2 Formación... 3 Comisión gestora para la implantación

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES BOE 13 febrero 2007, núm. 38, [pág. 6244];

DIRECCIÓN GENERAL SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES BOE 13 febrero 2007, núm. 38, [pág. 6244]; RCL 2007\265 Legislación (Disposición Vigente a 13/3/2007) Resolución de 7 enero 2007 DIRECCIÓN GENERAL SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES BOE 13 febrero 2007, núm. 38, [pág. 6244]; SEGURO DE VEHICULO DE MOTOR.

Más detalles

4.1. / 5.1. Conceptos generales. ANTECEDENTES

4.1. / 5.1. Conceptos generales. ANTECEDENTES Informe 47/99, de 21 de diciembre de 1999. "Naturaleza de los contratos cuyo objeto consiste en la organización y desarrollo de cursos de idiomas en el extranjero para becarios del Ministerio de Educación

Más detalles

Gabinete Jur?dico. Informe 0360/2013

Gabinete Jur?dico. Informe 0360/2013 Gabinete Jur?dico Informe 0360/2013 La consulta plantea si los centros sanitarios privados con los que conciertan las Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales la prestación

Más detalles

Qué se entiende por Incapacidad Permanente?

Qué se entiende por Incapacidad Permanente? Qué se entiende por Incapacidad Permanente? La incapacidad supone una alteración continuada de la salud que imposibilita o limita a quien la padece para la realización de una actividad profesional. Se

Más detalles

LA PÓLIZA D&O Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE ADMINISTRADORES Y ALTO DIRECTIVOS

LA PÓLIZA D&O Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE ADMINISTRADORES Y ALTO DIRECTIVOS LA PÓLIZA D&O Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE ADMINISTRADORES Y ALTO DIRECTIVOS 1. INTRODUCCIÓN: El seguro D&O (abreviatura de directors and officers) surge en la práctica anglosajona y, particularmente,

Más detalles

PENSIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

PENSIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. PENSIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Fuente: Carlota Perdomo.- Abogado carlotap@correo.infase.es INCAPACIDAD LABORAL TRANSITORIA INVALIDEZ PERMANENTE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS PRESTACIÓN FAMILIAR POR HIJO

Más detalles

STS (Sala 1ª) 13 septiembre 2012 (JUR 2012, 377825)

STS (Sala 1ª) 13 septiembre 2012 (JUR 2012, 377825) EL DERECHO A RECLAMAR LA INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD TEMPORAL Y LESIÓN PERMANENTE ES TRANSMISIBLE A LOS HEREDEROS Y ES COMPATIBLE CON LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS A LOS FAMILIARES POR FALLECIMIENTO CUANDO

Más detalles

Novedades legislativas en el Área Mercantil NOVEDADES EN LA LEY DE MOROSIDAD 3/2004. Real Decreto Ley 4/2013. Mayo de 2013.

Novedades legislativas en el Área Mercantil NOVEDADES EN LA LEY DE MOROSIDAD 3/2004. Real Decreto Ley 4/2013. Mayo de 2013. Novedades legislativas en el Fiscal Mercantil Concursal Farmacéutico NT Económico- financiero NOVEDADES EN LA LEY DE MOROSIDAD 3/2004 Real Decreto Ley 4/2013 Mayo de 2013 Página 1 Nuevo marco Legislativo

Más detalles

Ampliación de la condición de familia numerosa

Ampliación de la condición de familia numerosa Ampliación de la condición de familia numerosa Disposición final quinta de la Ley de Protección a la Infancia Enmiendas de modificación de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias

Más detalles

EL SEGURO EN LOS ENSAYOS CLÍNICOS CON LA NUEVA NORMATIVA

EL SEGURO EN LOS ENSAYOS CLÍNICOS CON LA NUEVA NORMATIVA EL SEGURO EN LOS ENSAYOS CLÍNICOS CON LA NUEVA NORMATIVA MARCO REGULATORIO SEGURO OBLIGATORIO Directiva 2001/20/CE sobre aproximación de disposiciones de los Estados miembros sobre la aplicación de BPC

Más detalles

Normativa básica (II)

Normativa básica (II) TEMA 3 Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos, derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo. Organización de la prevención de riesgos laborales

Más detalles

RESUMEN EMPLEO-SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS

RESUMEN EMPLEO-SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS RESUMEN EMPLEO-SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS Una Asociación de ámbito nacional, representando los intereses de los Servicios de Prevención Ajenos (SPA), informa de un requisito recogido en la normativa

Más detalles

GESTIÓN DE PATRIMONIO S MOBILIARIOS, A.V, S.A. POLÍTICA DE REMUNERACIONES

GESTIÓN DE PATRIMONIO S MOBILIARIOS, A.V, S.A. POLÍTICA DE REMUNERACIONES GESTIÓN DE PATRIMONIO S MOBILIARIOS, A.V, S.A. POLÍTICA DE REMUNERACIONES I. INTRODUCCIÓN En virtud de las novedades introducidas por la Circular 5/2011, de la CNMV que modifica parcialmente, entre otras,

Más detalles

NOTA INFORMATIVA REFORMA DE LAS MUTUAS COLABORADORAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE LA GESTIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL

NOTA INFORMATIVA REFORMA DE LAS MUTUAS COLABORADORAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE LA GESTIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL REFORMA DE LAS MUTUAS COLABORADORAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE LA GESTIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL Un Proyecto de Ley define la naturaleza jurídica y el funcionamiento de estas entidades que se denominarán

Más detalles

La calificación de contratos de consultoría y asistencia y de servicios.

La calificación de contratos de consultoría y asistencia y de servicios. Informe 37/01, de 9 de enero de 2002. "Criterios para la calificación de los contratos de consultoría y asistencia. Duración de los contratos de servicios de mantenimiento. Posibilidad de utilizar en los

Más detalles

2.2 Política y objetivos de prevención de riesgos laborales de una organización

2.2 Política y objetivos de prevención de riesgos laborales de una organización Gestión de la prevención en la obra 2. La gestión de la prevención de riesgos laborales en las empresas constructoras. Aspectos generales 2.1 Generalidades El objetivo de este libro es definir la gestión

Más detalles

Sobre la JUBILACIÓN. Los derechos pasivos son imprescriptibles, inembargables e irrenunciables.

Sobre la JUBILACIÓN. Los derechos pasivos son imprescriptibles, inembargables e irrenunciables. Sobre la JUBILACIÓN Los funcionarios de carrera de la Admón. de justicia están incluidos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado, menos los que provienen de las antiguas Magistraturas de Trabajo, que

Más detalles

1.- Objetivo y descripción del funcionamiento

1.- Objetivo y descripción del funcionamiento INFORME SOBRE LA PROTECCIÓN DE DATOS LIVECAM-PRO S.L. 1.- Objetivo y descripción del funcionamiento El presente informe tiene por objetivo elaborar recomendaciones y establecer pautas encaminadas a informar

Más detalles

NOVEDADES EN LAS MUTUAS Y EN LA GESTIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)

NOVEDADES EN LAS MUTUAS Y EN LA GESTIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL (IT) NOVEDADES EN LAS MUTUAS Y EN LA GESTIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL (IT) 25/07/2014 NOVEDADES EN LAS MUTUAS Y EN LA GESTIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL (IT) Los trabajadores no deberán desplazarse al centro

Más detalles

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA

Más detalles

INFORMACIÓN PARA EL TRABAJADOR ACCIDENTE DE TRABAJO Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL

INFORMACIÓN PARA EL TRABAJADOR ACCIDENTE DE TRABAJO Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL INFORMACIÓN PARA EL TRABAJADOR ACCIDENTE DE TRABAJO Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL Accidentes de trabajo y Enfermedades profesionales Qué son? Accidente de trabajo: accidente sufrido por un trabajador en el

Más detalles

ICTE NORMAS DE CALIDAD DE AGENCIAS DE VIAJES REGLAS GENERALES DEL SISTEMA DE CALIDAD. Ref-RG Página 1 de 9

ICTE NORMAS DE CALIDAD DE AGENCIAS DE VIAJES REGLAS GENERALES DEL SISTEMA DE CALIDAD. Ref-RG Página 1 de 9 Página 1 de 9 1 Página 2 de 9 SUMARIO 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. DEFINICIONES 4. GENERALIDADES 5. NORMAS DE CALIDAD DE SERVICIO 6. ESTRUCTURA TIPO DE LAS NORMAS 7. MECANISMOS DE EVALUACIÓN 8. PONDERACIÓN

Más detalles

Tipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada

Tipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada NUEVOS MODELOS DE PARTES DE ALTA/BAJA DE INCAPACIDAD TEMPORAL A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2015 A partir del próximo 1 de diciembre de 2015 será cuando todos los médicos de los Servicios Públicos de

Más detalles

3 QUÉ, QUIÉN, CUÁNDO Y

3 QUÉ, QUIÉN, CUÁNDO Y 3 QUÉ, QUIÉN, CUÁNDO Y CÓMO ASEGURAR? 3.4 Cómo se contrata un seguro? Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas.

Más detalles

FACULTAD DE CONTADURIA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS FINANZAS I NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA

FACULTAD DE CONTADURIA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS FINANZAS I NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA Normas de Información Financiera Durante más de 30 años, la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos A. C. (IMCP) fue la encargada de emitir la normatividad

Más detalles

Cómo proteger el acceso a los datos en formato automatizado (parte I)

Cómo proteger el acceso a los datos en formato automatizado (parte I) LA LOPD EN EL DÍA A DÍA Cómo proteger el acceso a los datos en formato automatizado (parte I) El responsable del fichero debe establecer e implantar mecanismos que impidan el acceso por el personal no

Más detalles

- APORTACIONES - Cuánto y cómo se aporta?

- APORTACIONES - Cuánto y cómo se aporta? Preguntas Qué es Elkarkidetza? Elkarkidetza es la Entidad de Previsión Social Voluntaria (EPSV) sin ánimo de lucro que tiene como objetivo complementar las pensiones de la Seguridad Social Pública al personal

Más detalles

CIRCULAR DPTO. JURÍDICO-LABORAL NOVEDADES EN LA GESTION Y CONTROL DE LA ILT EN LOS PRIMEROS 365 DIAS

CIRCULAR DPTO. JURÍDICO-LABORAL NOVEDADES EN LA GESTION Y CONTROL DE LA ILT EN LOS PRIMEROS 365 DIAS Julio 2014 CIRCULAR DPTO. JURÍDICO-LABORAL NOVEDADES EN LA GESTION Y CONTROL DE LA ILT EN LOS PRIMEROS 365 DIAS En el BOE del 21 de julio de 2014 se ha publicado el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio,

Más detalles

Equipos a Presión. Condiciones de Seguridad Industrial y Laboral. Marco Normativo. Calderas. Lugo, 25 de octubre de 2011 1 CAMPAÑA EUROPEA SOBRE MANTENIMIENTO SEGURO Principales Objetivos: Sensibilizar

Más detalles

Gabinete Jur?dico. Informe 0147/2013

Gabinete Jur?dico. Informe 0147/2013 Informe 0147/2013 Se consulta si resulta conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, el acceso por el consultante, compañía de seguros,

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

D. Julio Sánchez Fierro Abogado Asociación Española de Derecho Sanitario

D. Julio Sánchez Fierro Abogado Asociación Española de Derecho Sanitario XXI CONGRESO NACIONAL DE DERECHO SANITARIO 5º TALLER DE TRABAJO FUNDACIÓN MAPFRE EL BAREMO DE INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS SANITARIOS. VALORACIÓN DEL DAÑO Y SEGURIDAD DE LOS PACIENTES PONENCIA EL BAREMO SANITARIO:

Más detalles

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas.

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas. Otras cuestiones de interés. Cumplimiento de obligaciones previstas en la LOPD por parte de la administración Concursal de una sociedad mercantil. Informe 064/2006 El consultante solicita información acerca

Más detalles

LA LOPD EN LA EMPRESA. Cómo proteger el acceso a los datos en formato automatizado (parte I) Proteger el acceso al servidor.

LA LOPD EN LA EMPRESA. Cómo proteger el acceso a los datos en formato automatizado (parte I) Proteger el acceso al servidor. Boletín 12/14 LA LOPD EN EL DÍA A DÍA Cómo proteger el acceso a los datos en formato automatizado (parte I) El responsable del fichero debe establecer e implantar mecanismos que impidan el acceso por el

Más detalles

LEGAL FLASH I GRUPO PÚBLICO

LEGAL FLASH I GRUPO PÚBLICO LEGAL FLASH I GRUPO PÚBLICO Diciembre de 2014 Proyecto de Real Decreto por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por

Más detalles

REDACCIÓN DE PROYECTOS

REDACCIÓN DE PROYECTOS REDACCIÓN DE PROYECTOS En relación a las características y contenidos mínimos de los proyectos de obras a supervisar, deberá comprobarse que se cumplen los artículos 107 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre,

Más detalles