LA FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO

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1 LA FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO Ortega Moreno, Isabel INDICE: 1. INTRODUCCIÓN 2. JUSTIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA PRESENCIA DEL MÓDULO DE FCT EN LOS CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 3. QUÉ ES LA FCT? 4. SEGUIMIENTO DEL ALUMNADO 5. CONCLUSIÓN 6.- REFERENCIAS LEGISLATIVAS 1.-Introducción La Ley orgánica 1/1990 de 3 de octubre de ordenación general del sistema educativo ( en adelante LOGSE), supuso una reforma sin precedentes en la formación profesional, ya que por un lado, supuso una vía de inserción laboral para aquellos alumnos que necesitaban una vía más rápida de formación para acceder al mundo laboral, y por otro lado supuso una implicación directa del propio sistema productivo, en cuanto que requiere la contribución de las empresas para completar los estudios que cursa el alumnado de los ciclos de formación profesional, a través del módulo de Formación en centros de trabajo ( en adelante FCT). Toda esta reforma de la Formación Profesional iniciada con la LOGSE, tiene hoy continuidad en el nuevo marco normativo encabezado por la a Ley Orgánica de Educación, 2/2006 de 3 de mayo (en adelante LOE). En el presente artículo se pretende dar una visión general del significado del módulo de FCT, que se cursa en todos los ciclos de formación profesional tanto de grado medio como de grado superior, desde una visión eminentemente práctica. Para ello, veremos cuál el la justificación de este módulo, los objetivos, características, instrumentos de evaluación que tenemos a nuestra disposición, seguimiento del alumnado, qué cobertura legal tienen en caso de sufrir un accidente en el centro de trabajo donde realicen el módulo de FCT, etc Con el presente artículo, quiero hacer un análisis y poner de manifiesto la importancia del módulo de Formación en centros de trabajo para los alumnos que optan por la formación profesional como vía de acceso al mundo laboral. 1

2 2.- Justificación legislativa de la presencia de la FCT en los ciclos formativos de Formación Profesional Uno de los principios en que se basa nuestro actual sistema educativo, y que aparece recogido en la LOE, es la exigencia de proporcionar una educación de calidad a todos los ciudadanos de ambos sexos, en todos los niveles del sistema educativo. Para contribuir al anterior principio, es necesario un aprendizaje permanente a lo largo de la vida. Fomentar el aprendizaje a lo largo de la vida implica una educación que de a los alumnos y alumnas la posibilidad de formarse dentro y fuera del sistema educativo. En la Formación profesional tenemos el privilegio de conjugar el aprendizaje llevado a cabo en el centro educativo, con la práctica que el alumnado va a desarrollar dentro del módulo de formación en el centro de trabajo. La Formación Profesional, comprende un conjunto de ciclos formativos cuya finalidad es preparar al alumnado para el desempeño cualificado de las distintas profesiones, así, el artículo 39.2 de la LOE, le atribuye la finalidad de preparar al alumnado para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, así como contribuir a su desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadanía democrática. Por su parte el artículo 42.2 de la LOE, incluye en el currículo de las enseñanzas de formación profesional, una fase de formación práctica en los centros de trabajo, de la que podrán quedar exentos quienes acrediten una experiencia laboral que tenga relación directa con los estudios cursados. Esta fase de formación práctica se articula a través de un módulo denominado FCT, que tiene por finalidad, completar las competencias profesionales en situaciones laborales reales. Profundizando más en el desarrollo curricular de la formación profesional, y ya dentro de las competencias que la Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta en materia de educación, el artículo 14 del D 436/2008, de 2 de septiembre, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la Formación Profesional inicial que forma parte del sistema educativo, encomienda a los centros educativos, en el contexto de su proyecto educativo, establecer el plan de seguimiento y organización de las enseñanzas del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, que tendrá por finalidad completar las competencias profesionales en situaciones laborales reales. 3.- Qué es la FCT? La Formación en centros de trabajo es un módulo que forma parte del currículo de los ciclos formativos de Formación Profesional, cuya finalidad es completar las competencias profesionales características de cada uno de los títulos de Formación Profesional. Se desarrollará durante el período lectivo, a excepción de determinadas enseñanzas que no puedan realizarse en dicho período, para lo cuál será necesaria la autorización expresa de la Dirección General de Formación Profesional. Su duración dependerá de la normativa reguladora de cada ciclo formativo en concreto. 2

3 La peculiaridad del módulo de FCT es que se realiza en un centro de trabajo en el que los alumnos y alumnas van a encontrar situaciones reales de trabajo y van a poder poner en práctica todo lo aprendido durante su formación en el centro educativo. A pesar de que los alumnos salen del centro educativo para cursar este módulo, siguen teniendo obligaciones de asistencia al centro educativo en determinadas fechas y contarán con un tutor/a educativo en el centro educativo. En el ámbito productivo real, donde se desarrolla este módulo, el alumno va a estar en todo momento orientado y asesorado por un tutor laboral que va a llevar a cabo el seguimiento y evaluación de los aprendizajes del alumno/a, y va a tener la oportunidad de observar primero y desempeñar, después, las funciones propias de los puestos de trabajo correspondientes a la competencia profesional característica del título que estén cursando. Otra peculiaridad del módulo es que el alumnado va a conocer el proceso productivo o de servicios que siguen las empresas del sector al que pertenece su ciclo formativo, y además se va a insertar en un entramado de relaciones sociolaborales presentes en cualquier centro de trabajo, con lo cuál, van a poder poner a prueba su capacidad para trabajar en equipo. Los objetivos de la FCT, en el ámbito de la Comunidad autónoma de Andalucía, vienen establecidos en la orden de 31 de julio de 2001, por la que se regula la fase de Formación en Centros de Trabajo para alumnos y alumnas de Formación Profesional Específica y Artes Plásticas y Diseño. El artículo 1 establece, entre otros los siguientes objetivos: Ayudar a los alumnos/as a adquirir la competencia profesional característica del título que está cursando. Contribuir a la finalidad de la formación profesional adquiriendo la competencia profesional. Evaluar los aspectos más relevantes de la competencia profesional que no pueden ser evaluados en el centro educativo al requerirse para esta evaluación situaciones reales de trabajo. Que el alumnado conozca todo el entramado de relaciones sociolaborales que se dan en los centros de trabajo, y que conozca el proceso productivo en empresas reales. Adquirir conocimientos, destrezas, habilidades, que favorezcan el desarrollo de capacidades necesarias para la inserción laboral en el entorno productivo. Los contenidos de este módulo vienen determinados por el acuerdo entre la empresa colaboradora y el centro educativo, y se plasmará en la programación del mismo, programación que incluirá todas las actividades formativas que se realizarán en el entorno productivo. Llegados a este punto surge la cuestión de cómo se articula la realización de la FCT en una empresa, y la normativa reguladora, en concreto el artículo 2 de la orden de 31 de julio de 2.001, nos da la respuesta estableciendo, que se articula mediante la suscripción de acuerdos de colaboración entre el centro educativo donde 3

4 el alumno esté cursando sus estudios, y la empresa, instituciones, u organismos públicos o privados donde el alumnos vaya a realizar sus prácticas. No cabe duda de que el alumnado tendrá una serie de obligaciones durante la realización de este período de formación práctico, entre ellas, podemos citar las siguientes: Cumplir con responsabilidad y profesionalidad las tareas encomendadas. Respetar la confidencialidad de las informaciones recibidas en el centro de trabajo. Realizar las actividades y sugerencias que se encomienden, comunicando las anomalías o las dudas que puedan surgir. Respetar las normas de Seguridad e higiene, cuidar el comportamiento y observar las reglas establecidas en el centro de trabajo. Cumplimentar adecuadamente el cuaderno de actividades que les será entregado en el centro educativo para realizar el seguimiento de la formación en el centro de trabajo, y que será objeto de análisis y comentario en un momento posterior de este artículo. Un aspecto muy importante es la cobertura que tienen los alumnos en el centro de trabajo en caso de sufrir un accidente laboral, a estos efectos, el artículo 6 de la orden de 31 de julio de 2001, establece que el régimen de cobertura por accidentes de los alumnos y alumnas durante la realización del módulo de FCT, será el establecido por la normativa reguladora del Seguro Escolar. No obstante las administraciones autonómicas, como en el caso que nos ocupa la de Andalucía, tiene suscritas póliza de Responsabilidad civil y póliza de accidentes con compañías de seguros privadas, al objeto de mejorar indemnizaciones, cubrir daños a terceros y responsabilidad civil en caso de que se de alguna contingencia antes referidas, durante la fase práctica de formación en centros de trabajo. 4.- Seguimiento del alumnado El seguimiento de los alumnos y alumnas que estén realizando el módulo, se realizará de forma continua por parte de dos tutores/as. El tutor/a del centro educativo y el tutor tutor/a del centro de trabajo. Tanto el tutor/a docente como el tutor/a laboral, reflejarán, todo lo acontecido durante este periodo de formación práctica, en el cuaderno del alumnado de formación profesional, a tal efecto se reunirán quincenalmente para analizar y coordinar el seguimiento y la evaluación de cada uno de los alumnos y alumnas. El alumnado que desarrolle el módulo de FCT, utilizará durante todo el periodo de formación en el centro de trabajo, un cuaderno editado, en el caso de la comunidad autónoma de Andalucía, por la consejería de educación de la Junta de Andalucía en coordinación con el Fondo Social Europeo. Este cuaderno es personal para cada alumno/a y se utilizará durante todo el período de formación en el centro de trabajo para recoger diariamente una serie de datos, entre los que podemos citar a título de ejemplo: Las tareas realizadas por los alumnos/as El puesto formativo que ocupe 4

5 El número de horas de la jornada. Cuando terminen las prácticas, el cuaderno dará fe de la relación de actividades realizadas por el alumnado en el centro de trabajo. El tutor/a laboral y el tutor/a docente supervisarán y evaluarán al menos quincenalmente el cuaderno, haciendo las anotaciones y observaciones que estimen necesarias. El cuaderno del alumnado de Formación Profesional podemos dividirlo en 4 apartados, son los siguientes. Un primer apartado en el que se recogen: Datos básicos del alumno/a, es decir sus datos personales, como nombre y apellidos, dirección, DNI, etc.. Las enseñanzas que cursa, Familia, Ciclo, Grado, etc.. Datos del centro educativo Datos de la empresa colaboradora y del centro de trabajo, en caso de tener diferente domicilio que la empresa colaboradora. Temporalización de las actividades formativas Un segundo apartado, dedicado a la relación de actividades diarias que realiza el alumno/a en el centro de trabajo, especificando la actividad formativa de la jornada, la fecha, el total de horas y el puesto formativo que ha ocupado. Diariamente, las actividades de formación deben ser firmadas por el tutor/a laboral. Si el alumno/a realiza algún tipo de actividad que necesita una descripción más detallada, cuenta con unas páginas habilitadas al efecto donde puede llevarlo a cabo. A título de ejemplo se detalla el formulario para la ampliación del desarrollo de alguna actividad que lo precise. Descripción de actividades Actividad formativa Fecha Total del horas Puesto formativo Desarrollo de la actividad 5

6 Un tercer apartado dedicado a recoger por escrito las conclusiones y observaciones surgidas de las reuniones quincenales entre el tutor laboral y el docente. Un cuarto apartado que resume la evaluación del módulo profesional de formación en centros de trabajo. La evaluación global del módulo se establece en términos de Apto o No apto y debe ser firmada tanto por el tutor/a laboral como por el tutor/a docente. No obstante, se consideraran una serie de aspectos en términos de Positivo, Negativo o Excelente, estos aspectos a considerar en la evaluación son los siguientes: Las capacidades técnicas Capacidades organizativas Capacidades relacionales Capacidades de respuesta a las contingencias Valoración global de la empresa colaboradora Otros aspectos 5.- Conclusión Analizando el módulo de FCT, hemos visto la importancia que tiene la realización de una fase práctica de formación en un centro laboral. Primero, es importante para el sistema educativo en general porque, proporciona a los alumnos y alumnas de Formación Profesional una enseñanza de calidad, que se traduce en un complemento a la formación que han recibido en el centro educativo, propiciando situaciones reales de trabajo que les serán útiles para su inserción laboral futura. Segundo, es importante para el alumnado porque tienen una oportunidad real y efectiva de salir al mundo laboral y que los conozcan las empresas que en un futuro pueden contratarlos. De hecho, muchos de nuestros alumnos y alumnas de ciclos formativos, son contratados por las mismas empresas en las que han realizado el módulo de FCT. Tercero, existe una implicación social importante en el desarrollo de este módulo, ya que se involucra a empresas, agrupaciones o asociaciones de empresas, instituciones u organismos tanto públicos como privados, que serán los que reciban a nuestros alumnos en sus instalaciones. 6.- Referencias Legislativas Ley Orgánica de la Educación, 2/2006 de 3 de mayo, BOE de 4 de mayo de

7 Ley 17/2007 de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. BOJA de 26 de diciembre de Decreto 436/2008, de 2 de septiembre, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la Formación Profesional inicial que forma parte del sistema educativo. BOJA de 12 de septiembre de Orden de 31 de julio de 2001, por la que se regula la fase de Formación en Centros de trabajo para alumnos y alumnas de Formación Profesional Específica y Artes Plásticas y Diseño. 7

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