REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO AGH S.A.S

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1 REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO AGH S.A.S

2 TABLA DE CONTENIDO PRESENTACIÓN... 3 CAPÍTULO I CONDICIONES DE ADMISIÓN... 4 CAPÍTULO II CONTRATO DE TRABAJO... 5 CAPÍTULO III JORNADA DE TRABAJO... 7 CAPÍTULO IV REMUNERACIÓN DIDÁCTICA... 8 CAPÍTULO V ORDEN JERÁRQUICO CAPÍTULO VI DEBERES Y DERECHOS CAPÍTULO VII SANCIONES CAPITULO VIII POLITICAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL CAPITULO IX ACOSO LABORAL CAPITULO X VIGENCIA Y DIPOSICIONES FINALES

3 PRESENTACIÓN El presente es el Reglamento Interno de Trabajo prescrito por la Empresa Didáctica AGH S.A.S, domiciliada en la AV. caracas en la ciudad de Bogotá, Departamento de Cundinamarca, y a sus disposiciones quedan sometidas tanto la Empresa, como todos sus colaboradores aprendices. Este Reglamento hace parte de los contratos individuales de trabajo, celebrados o que se celebren con todos los colaboradores aprendices de la Empresa Didáctica AGH S.A.S, salvo estipulaciones en contrario que sin embargo solo pueden ser favorables al colaboradores aprendices, en concordancia con lo que se establezca en pactos, convenciones colectivas o fallos arbitrales. 3

4 CAPÍTULO I CONDICIONES DE ADMISIÓN Se considera que el personal de una empresa debe ser idóneo y competente para mayor productividad y mejora continua de la misma. La empresa AGH SAS tiene como objetivo regular las condiciones de ingreso, verificando la documentación requerida e identificando los conocimientos y habilidades necesarias que debe tener el colaboradores aprendices para ocupar el cargo. Dentro de nuestra empresa se realiza un proceso de selección que garantice la evaluación y vinculación correcta del personal, el cual incluye una cierta documentación conformada por: las hojas de vida, la verificación de datos y referencias, contrato de trabajo, pruebas psicotécnicas, entrevistas de selección, certificado de EPS, certificado de procuraduría, contraloría y antecedentes disciplinarios, soportes de estudio, etc. Esto con el fin de seleccionar un personal comprometido, eficiente e idóneo para el cargo, buscando para nuestra empresa líderes competentes y proactivos que influyan en la mejora continua cumpliendo con las expectativas y objetivos de la empresa. 4

5 CAPÍTULO II CONTRATO DE TRABAJO La empresa AGH S.A.S utiliza este tipo de contrato para que nuestros nuevos asesores conozcan detenidamente los beneficios que van a obtener en la empresa didáctica, para así satisfacer la integración y la calidad de los procesos tanto internos como externos y tener el cumplimiento de todas las actividades que se deben desarrollar dentro de la misma. Qué Es El Contrato Didáctico? Es el acuerdo mediante el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de ésta y mediante el pago didáctico de una remuneración (salario desprendible de pago). Contrato Didáctico A Término Fijo Este contrato didáctico es un término fijo puesto que dentro de la empresa AGH SAS se hace colaborador aprendiz al momento del inicio del primer trimestre y es miembro de esta empresa hasta culminar su etapa electiva. 18 meses de etapa electiva 6 meses de etapa practica (deja de pertenecer a la empresa AGH SAS) formalmente 5

6 QUE CONTIENE ESTE CONTRATO Indicaciones de cómo diligenciar el contrato Datos del empleador Datos del colaboradores aprendices Condiciones del contrato en estas se encuentran: Primera: Objeto Segunda: Remuneración didáctica Tercera: Duración del contrato Cuarta: Vacaciones y primas de servicios Quinta: Jornada de trabajo Sexta: Período de prueba Séptima: Terminación unilateral Octava: Derechos de autor Novena primera: Modificación de las condiciones laborales Novena segunda: Dirección del trabajo Novena tercera: Efectos Novena cuarta: Bonificaciones didácticas Sueldo didáctico de cada área de la empresa Firma del empleador Firma del colaborador aprendiz 6

7 CAPÍTULO III JORNADA DE TRABAJO JORNADA LABORAL AGH SAS En AGH SAS se maneja unos horarios de entrada y de salida a la empresa los cuales son: Aquellos colaboradores aprendices que entran en la jornada de formación en la mañana de 9:20 am a 12:20 pm, deben asistir a dos franjas de empresa una vez a la semana según disposición de la programación dada por la Coordinación Académica de Gestión del Talento Humano. Aquellos colaboradores aprendices con jornada de formación enla tarde con un horario de 12:20pm a 3:20pm, deben asistir a dos franjas de empresa una vez a la semana según disposición de la programación dada por la Coordinación Académica de Gestión del Talento Humano. Con unos periodos de descanso de 30 minutos Y los días laborados son los comprendidos de lunes a viernes. Cabe resaltar que el cumplimiento frente a las responsabilidades de la empresa se ejecutan de lunes a viernes en horario de 6 am a 6 pm. ARTICULO 3 CST. JORNADA ORDINARIA: La jornada ordinaria de trabajo es la que convengan a las partes, o a falta de convenio, la máxima legal. 7

8 CAPÍTULO IV REMUNERACIÓN DIDÁCTICA Cómo se realizan los pagos en AGHSAS? Nuestra empresa AGHSAS realiza sus pagos o entrega de remuneraciones didácticas a sus colaboradores por medio de desprendibles de pago donde se tienen en cuenta el salario pactado entre las partes, los días, número de horas y tiempo laborado de todos y cada uno de sus colaboradores los cuales son enviados en forma virtual para que cada uno de los colaboradores reciba y conozca su remuneración. Los desprendibles se generan según el cargo que tenga la persona en la empresa, el orden jerárquico de la organización, el salario se efectúa teniendo en cuenta el porcentaje del aumento del salario mínimo legal vigente, y ese porcentaje se le aplica a nuestros salarios bases dentro de la empresa AGH SAS. Gerente Salario actual sin incrementos Instructor Asesor Salario actual sin incrementos Director Administrativo 80% Gestor 50% Líder proceso 20% Líder pyme 10% Asesor Salario actual sin incrementos 8

9 Adicional a esto se tiene en cuenta para generar el desprendible de pago el auxilio de transporte que se establece de acuerdo a los modificaciones anuales por parte del gobierno, los aportes correspondientes a salud, pensión, ICBF, horas extras, vacaciones y los descuentos por inasistencia obteniendo al final el neto a apagar. Manejando un formato para el desprendible de pago el cual es diligenciado según lo obtenido en los devengados y deducciones que tenga la personas a la hora de generar el pago o liquidación de la nómina el cual es enviado de forma virtual al correo proporcionado por cada uno de nuestros colaboradores. En caso de cualquier inquietud o novedad con respecto a su desprendible dirigirse a la persona encargad de generar los desprendibles y comunicar la inquietud buscando dar solución. 9

10 CAPÍTULO V ORDEN JERÁRQUICO El organigrama de la empresa AGH SAS está organizado de forma circular lo cual quiere decir que todos y cada uno de los cargos se apoyan mutuamente para conseguir un beneficio en común que consiste en buscar la excelencia. 10

11 Se pueden encontrar los distintos cargos como lo son: Gerente Instructor asesor Director administrativo Gestores de proceso Líderes de proceso Líderes pyme Asesores Cabe resaltar que todos los cargos anteriormente mencionados cuentan con su debido Manual de Funciones, además de esto todos se apoyan para conseguir el mejoramiento continuo y sobrepasar los niveles que se tienen dentro de la organización. La empresa cuanta con 8 procesos para los cuales es necesario un gestor que los dirija y brindar las pautas de cómo llevar a cabo dicho proceso, además que ellos actúan en compañía de los líderes de proceso para tener más control y verificar los resultados de cada uno de ellos. Los procesos a los que se hace mención son: Gestión y aseguramiento de la calidad Desarrollo estratégico 11

12 Gestión de productos y servicios Ingreso al personal Gestión de bienestar y salud laboral Gestión financiera Gestión de relaciones corporativas Gestión de desarrollo y promoción del personal 12

13 CAPÍTULO VI DEBERES Y DERECHOS Este Reglamento Interno siempre que no afecte los derechos mínimos del colaborador aprendiz, es una herramienta indispensable para resolver los conflictos que se llegaren a presentar dentro de la empresa, y es tan importante que si no existiera, sería muy difícil tomar acciones correctivaspara uncolaborador por algún acto impropio, puesto que no habría ninguna sustentación normativa o regulatoria que ampare una decisión sancionatoria. DIRECTOR ADMINISTRATIVO Derechos 1.1 Recibir en el momento de firmar contrato con AGH SAS el carnet que lo acredite como colaborador de la empresa 1.2 Disponer de los recursos físicos, tecnológicos, didácticas, dotaciones de la organización. 1.3 Dar instrucciones sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo, así como cantidad y calidad del mismo. 1.4 Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de superior y subordinados. 1.5 Recibir trato digno y respetuoso por parte de todos los integrantes de AGH SAS. 13

14 1.6 Expresar con libertad su pensamiento, conocimientos e ideas, en el marco del respeto hacia los demás. Deberes 1.1 Cumplir oportunamente con las actividades estipuladas en el cronograma de actividades. 1.2 Informar a los gestores de los cambios realizados en el cronograma y cualquier eventualidad dentro de la empresa. 1.3 Mantener una comunicación asertiva con todos los trabajadores de la empresa. 1.4 Realizar informes, actas y demás documentos donde se evidencia el trabajo realizado en AGH SAS. 1.5 Supervisar y verificar el cumplimiento de objetivos y actividades de cada proceso de la empresa. GESTOR Derechos 1.1 Prescindir de sus subordinados a su manera sin que afecte la dignidad y la imagen de las personas. 14

15 1.2 Recibir en el momento de firmar contrato con AGH SAS el carnet que lo acredite como colaborador de la empresa 1.3 Disponer de los recursos físicos, tecnológicos, didácticas, dotaciones de la organización. 1.4 Impactar instrucciones sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo, así como cantidad y calidad del mismo. 1.5 Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de superior y subordinados. 1.6 Recibir trato digno y respetuoso por parte de todos los integrantes de AGH SAS. 1.7 Expresar con libertad su pensamiento, conocimientos e ideas, en el marco del respeto hacia los demás. 1.8 Mantener contacto con miembros de la organización durante días hábiles ( lunes a viernes) 1.9 Generar nuevas ideas para la implementación de la mejora continua. 15

16 1.10 Ser informado de cualquier cambio, modificación o cancelación de alguna de las actividades establecidas Una jornada de trabajo razonable Prescindir del cargo si se demuestra que se afecta su integridad personal. Deberes 1.1 Cumplir las órdenes e instrucciones de la empresa en el ejercicio de su función directiva y establecida en el cronograma de actividades. 1.2 Contribuir a mejorar la productividad. 1.3 Hacer seguimiento de las actividades que realiza el personal a su cargo. 1.4 Cumplir actividades que se le asignan fuera de las establecidas en el cronograma de actividades 1.5 Informar con anticipación el no cumplimiento de alguna actividad 1.6 Ejecutar las actividades en el tiempo asignado. 16

17 1.7 Mantener informado a los directivos y personal a cargo de cambios en reuniones, actividades, etc. 1.8 Asistir puntualmente a las actividades extracurriculares. 1.9 Manejar TODOS los formatos que se estipulan para los procesos correspondientes Elaborar cronograma de actividades según necesidades de AGH SAS 1.11 Planear actividades para el buen funcionamiento del proceso dentro de la empresa Delegar funciones y/o actividades a su grupo de trabajo (líderes de proceso) 1.13 Controlar el funcionamiento de los procesos mediante evaluación y seguimiento de las actividades 1.14 Velar por la buena imagen de la organización (presentación personal, expresión vocal) 1.15 Portar el uniforme y carnet de manera adecuada. 17

18 LÍDER DE PROCESO Derechos 1.1 Faltar a la organización si su falla es justificada. 1.2 Delegar funciones a su grupo asesor. 1.3 Informar al Gestor en cuanto a inconformidades con las actividades realizadas. 1.4 Buen trato por los miembros de la organización 1.5 Una jornada laboral razonable. 1.6 Estar informado acerca de cambios, modificaciones y cancelaciones de las actividades establecidas. 1.7 Recibir en el momento de firmar contrato con AGH SAS el carnet que lo acredite como colaborador de la empresa 1.8 Disponer de los recursos físicos, tecnológicos, didácticas, dotaciones de la organización. 18

19 1.9 Impartir instrucciones sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo, así como cantidad y calidad del mismo Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de superior y subordinados Recibir trato digno y respetuoso por parte de todos los integrantes de AGH SAS Expresar con libertad su pensamiento, conocimientos e ideas, en el marco del respeto hacia los demás. Deberes 1.1 Coordinar las diferentes actividades estipuladas en el cronograma de actividades de trimestre. 1.2 Ejecutar las actividades establecidas por el gestor del proceso 1.3 Organizar espacio, tiempo para ejecutar las actividades. 1.4 Manejar todos los formatos según el proceso que le corresponda, dentro del sistema de calidad de AGH SAS. 19

20 1.5 Velar y responder por el cumplimiento de las actividades AGH SAS. 1.6 Elaborar y presentar informes a su gestor de las eventualidades dentro de las actividades. 1.7 Asistir a todas las reuniones establecidas por el gestor. 1.8 Cumplir con todas las funciones establecidas según los manuales de funciones. LÍDER DE PYME Derechos 1.1 Una jornada de trabajo razonable. 1.2 Delegar sus funciones al grupo asesor. 1.3 Recibir en el momento de firmar contrato con AGH SAS el carnet que lo acredite como colaborador de la empresa 1.4 Disponer de los recursos físicos, tecnológicos, didácticas, dotaciones de la organización. 20

21 1.5 Impartir instrucciones sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo, así como cantidad y calidad del mismo. 1.6 Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de superior y subordinados. 1.7 Recibir trato digno y respetuoso por parte de todos los integrantes de AGH SAS. 1.8 Expresar con libertad su pensamiento, conocimientos e ideas, en el marco del respeto hacia los demás. Deberes 1.1 Llevar un control de los documentos que se entregan a la Pyme asesorada. 1.2 Diligenciar los formatos de bitácora de AGH S.A.S correspondientes. 1.3 Contactar a la pyme para el asesoramiento en los procesos de Talento Humano. 1.4 Tener contacto directo con la pyme asesorada (citas) 1.5 Diligenciar la encuesta de satisfacción a la pyme finalizando trimestre. 1.6 Mantener un control de los documentos diligenciados por la pyme asesorada (físicos, drive). 1.7 informar a su superior (gestor) cualquier eventualidad con la pyme asesorada, documentos, etc. 21

22 1.8 Apoyar al grupo pyme a ejecutar adecuadamente los procesos que se le encomiende a la pyme. 1.9 Mantener una comunicación asertiva con todos los miembros de la organización. ASESORES Derechos 1.1 Opinar libremente de inconformidades dentro de la organización AGH SAS. 1.2 Mantener informado de actividades extracurriculares relacionados AGH SAS. 1.3 Recibir Desprendible de pago. 1.4 Recibir en el momento de firmar contrato con AGH SAS el carnet que lo acredite como Asesor de la empresa 1.5 Disponer de los recursos físicos, tecnológicos, didácticas, dotaciones de la organización. 1.6 Impartir instrucciones sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo, así como cantidad y calidad del mismo. 1.7 Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de superior y subordinados. 22

23 1.8 Recibir trato digno y respetuoso por parte de todos los integrantes de AGH SAS. 1.9 Expresar con libertad su pensamiento, conocimientos e ideas, en el marco del respeto hacia los demás. Deberes 1.1 Apoyar a su grupo pyme según actividades establecidas. 1.2 Mantener el uniforme adecuadamente. 1.3 Llegar puntualmente al horario de formación empresarial. 1.4 Mantener un trato digno con los miembros de AGH SAS Y pyme asesorada. 1.5 Cumplir con todas las responsabilidades de las competencias. 1.6 Diligenciar encuestas de estrategia de empresa didáctica trimestralmente. 1.7 Informar cualquier inconformidad, contratiempo a su superior. 1.8 Asistir actividades extracurriculares que competen a empresa AGH SAS. 23

24 CAPÍTULO VII SANCIONES A continuación encontraran las sanciones que se ejecutaran al incumplimiento de los derechos y deberes anteriormente nombrados. 1.1 Todo trabajador de la empresa AGH SAS que llegue tarde a formación de empresa deberá presentar el formato de recuperación de tiempo y hablar con su gestor para recuperar franja en contra jornada. Cada minuto después de la hora en que inicia formación será una franja que se debe recuperar. 1.2 Cuando alguno de los colaboradores aprendices incumpla con cualquier actividad establecida según el cronograma de actividades, tendrá un memorando aplicado por su gestor de grupo. 1.3 Todo memorando será entregado al gerente instructor para hacer el debido llamado de atención si el gerente lo cree conveniente. 1.4 Después del 1er memorando verbal se realizara memorando escrito el cual tendrá 1% menos de la nota de empresa. 1.5 Queja que se reciba de los gestores será motivo para aplicar memorando. 1.6 Actividades no estipuladas en el cronograma, que no se notifique dentro de AGH SAS antes de realizar será motivo para aplicar memorando al grupo que esté realizando esta actividad. 24

25 CAPITULO VIII POLITICAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL HOMBRES Cabello limpio con corte periódico, en caso de que este largo mantenerlo recogido y ordenado. La barba debe estar rasurada o larga limpia, organizada y bien delineada La uñas deben de estar cortas y limpias. En el caso del uniforme debe de estar limpio, organizado, portar corbata de color negro, los zapatos deben de ser negros bien lustrados, las medias deben ser largas y del mismo color de los zapatos o del pantalón.. No se permitirá el uso de gorras, tenis, bufandas, accesorios ajenos tales como pircing, expansiones, aretes o parches en el uniforme. MUJERES El cabello debe de estar limpio, organizado en caso de tenerlo suelto, o en caso de estar recogido. Los accesorios, el peinado y el maquillaje deben ser discretos, utilizando diseños elegantes y colores que estén acordes a uniforme, no utilizar colores fluorescentes. Los pendientes o aretes deben ser discretos no colores extravagantes. Las uñas deben de estar limpias, uniformes, esmaltes acordes al uniforme (colores pasteles o francés) sin decoraciones extravagantes. El uniforme debe de estar limpio, el pantalón no debe estar entubado en menos de 15 cm, debe de estar organizado, la blusa debe ser blanca, deben utilizar zapato negro de tacón no menos de 3 cm. Se deben de portar medias veladas de color natural diariamente En caso de estado de embarazo, podrán con la autorización respectiva, utilizar el uniforme adecuado el cual corresponde a la blusa de maternidad 25

26 de color blanca, pantalón adecuado al caso evitar utilizar licras y zapato negro bajito. No utilizar pircing, tenis o zapatos de otro color, bufandas, guantes u otro accesorio ajeno a los ya establecidos. Para los dos casos se debe mantener el carnet y botón de la empresa AGH SAS en lugar visible y portarlo constantemente dentro de las instalaciones. 26

27 CAPITULO IX ACOSO LABORAL El acoso laboral es toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo. En el contexto del inciso primero de este artículo, el acoso laboral puede darse, entre otras, bajo las siguientes modalidades generales: 1. Maltrato laboral. Todo acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñe como empleado o trabajador; toda expresión verbal injuriosa o ultrajante que lesione la integridad moral o los derechos a la intimidad y al buen nombre de quienes participen en una relación de trabajo de tipo laboral o todo comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima y la dignidad de quien participe en una relación de trabajo de tipo laboral. 2. Persecución laboral: toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir la renuncia del empleado o trabajador, mediante la descalificación, la carga excesiva de trabajo y cambios permanentes de horario que puedan producir desmotivación laboral. 3. Discriminación laboral: todo trato diferenciado por razones de raza, género, origen familiar o nacional, credo religioso, preferencia política o situación social o que carezca de toda razonabilidad desde el punto de vista laboral. 27

28 4. Entorpecimiento laboral: toda acción tendiente a obstaculizar el cumplimiento de la labor o hacerla más gravosa o retardarla con perjuicio para el trabajador o empleado. Constituyen acciones de entorpecimiento laboral, entre otras, la privación, ocultación o inutilización de los insumos, documentos o instrumentos para la labor, la destrucción o pérdida de información, el ocultamiento de correspondencia o mensajes electrónicos. 5. Inequidad laboral: Asignación de funciones a menosprecio del trabajador. 6. Desprotección laboral: Toda conducta tendiente a poner en riesgo la integridad y la seguridad del trabajador mediante órdenes o asignación de funciones sin el cumplimiento de los requisitos mínimos de protección y seguridad para el trabajador. Conductas atenuantes. Son conductas atenuantes del acoso laboral: a) Haber observado buena conducta anterior. b) Obrar en estado de emoción o pasión excusable, o temor intenso, o en estado de ira e intenso dolor. c) Procurar voluntariamente, después de realizada la conducta, disminuir o anular sus consecuencias. d) Reparar, discrecionalmente, el daño ocasionado, aunque no sea en forma total. e) Las condiciones de inferioridad síquicas determinadas por la edad o por circunstancias orgánicas que hayan influido en la realización de la conducta. f) Los vínculos familiares y afectivos. g) Cuando existe manifiesta o velada provocación o desafío por parte del superior, compañero o subalterno. h) Cualquier circunstancia de análoga significación a las anteriores. El estado de emoción o pasión excusable, no se tendrá en cuenta en el caso de violencia contra la libertad sexual. 28

29 Circunstancias agravantes. Son circunstancias agravantes: a) Reiteración de la conducta. b) Cuando exista concurrencia de causales. c) Realizar la conducta por motivo abyecto, fútil o mediante precio, recompensa o promesa remuneratoria. d) Mediante ocultamiento, o aprovechando las condiciones de tiempo, modo y lugar, que dificulten la defensa del ofendido, o la identificación del autor partícipe. e) Aumentar deliberada e inhumanamente el daño psíquico y biológico causado al sujeto pasivo. f) La posición predominante que el autor ocupe en la sociedad, por su cargo, rango económico, ilustración, poder, oficio o dignidad. g) Ejecutar la conducta valiéndose de un tercero o de un inimputable. h) Cuando en la conducta desplegada por el sujeto activo se causa un daño en la salud física o psíquica al sujeto pasivo. Conductas que constituyen acoso laboral. Se presumirá que hay acoso laboral si se acredita la ocurrencia repetida y pública de cualquiera de las siguientes conductas: a) Los actos de agresión física, independientemente de sus consecuencias. b) Las expresiones injuriosas o ultrajantes sobre la persona, con utilización de palabras soeces o con alusión a la raza, el género, el origen familiar o nacional, la preferencia política o el estatus social. c) Los comentarios hostiles y humillantes de descalificación profesional expresados en presencia de los compañeros de trabajo. d) Las injustificadas amenazas de despido expresadas en presencia de los compañeros de trabajo. 29

30 e) Las múltiples denuncias disciplinarias de cualquiera de los sujetos activos del acoso, cuya temeridad quede demostrada por el resultado de los respectivos procesos disciplinarios. f) La descalificación humillante y en presencia de los compañeros de trabajo de las propuestas u opiniones de trabajo. g) las burlas sobre la apariencia física o la forma de vestir, formuladas en público. h) La alusión pública a hechos pertenecientes a la intimidad de la persona. i) La imposición de deberes ostensiblemente extraños a las obligaciones laborales, las exigencias abiertamente desproporcionadas sobre el cumplimiento de la labor encomendada y el brusco cambio del lugar de trabajo o de la labor contratada sin ningún fundamento objetivo referente a la necesidad técnica de la empresa; j) La exigencia de laborar en horarios excesivos respecto a la jornada laboral contratada o legalmente establecida, los cambios sorpresivos del turno laboral y la exigencia permanente de laborar en dominicales y días festivos sin ningún fundamento objetivo en las necesidades de la empresa, o en forma discriminatoria respecto a los demás trabajadores o empleados; k) El trato notoriamente discriminatorio respecto a los demás empleados en cuanto al otorgamiento de derechos y prerrogativas laborales y la imposición de deberes laborales; l) La negativa a suministrar materiales e información absolutamente indispensables para el cumplimiento de la labor; m) La negativa claramente injustificada a otorgar permisos, licencias por enfermedad, licencias ordinarias y vacaciones, cuando se dan las condiciones legales, reglamentarias o convencionales para pedirlos. n) El envío de anónimos, llamadas telefónicas y mensajes virtuales con contenido injurioso, ofensivo o intimidatorio o el sometimiento a una situación de aislamiento social. 30

31 Conductas que no constituyen acoso laboral. No constituyen acoso laboral bajo ninguna de sus modalidades: a) Las exigencias y órdenes, necesarias para mantener la disciplina en los cuerpos que componen las Fuerzas Pública conforme al principio constitucional de obediencia debida; b) Los actos destinados a ejercer la potestad disciplinaria que legalmente corresponde a los superiores jerárquicos sobre sus subalternos; c) La formulación de exigencias razonables de fidelidad laboral o lealtad empresarial e institucional; d) La formulación de llamados de atención encaminados a solicitar exigencias técnicas o mejorar la eficiencia laboral y la evaluación laboral de subalternos conforme a indicadores objetivos y generales de rendimiento; e) La solicitud de cumplir deberes extras de colaboración con la empresa o la institución, cuando sean necesarios para la continuidad del servicio o para solucionar situaciones difíciles en la operación de la empresa o la institución; f) Las actuaciones administrativas o gestiones encaminadas a dar por terminado el contrato de trabajo, con base en una causa legal o una justa causa, prevista en el Código Sustantivo del Trabajo o en la legislación sobre la función pública. g) La solicitud de cumplir los deberes de la persona y el ciudadano, de que trata el artículo 95 de la Constitución. i) Las exigencias de cumplir con las estipulaciones contenidas en los reglamentos y cláusulas de los contratos de trabajo. j) La exigencia de cumplir con las obligaciones, deberes y prohibiciones de que trata la legislación disciplinaria aplicable. Medidas Preventivas Y Correctivas Del Acoso Laboral: AGH S.A.S proveerá de mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral, estableciendo un procedimiento interno confidencial y conciliatorio, a tener lugar entre las partes 31

32 involucradas, una vez se tenga conocimiento de la denuncia o queja de acoso laboral. CAPITULO X VIGENCIA Y DISPOSICIONES FINALES El presente reglamento entrará en vigencia al día siguiente en que sea aprobado por los gerentes de AGH SAS y hasta nuevas modificaciones. 32

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