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1 DIARIO REPUBLICA OFICIAL.- DE EL San SALVADOR Salvador, EN LA 23 AMERICA de Julio de CENTRAL Diario Oficial DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro TOMO Nº 396 SAN SALVADOR, LUNes 23 DE julio de 2012 NUMERO La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Ramo de Educación Acuerdo No Se suspende la matrícula de nuevo ingreso de la Maestría en Administración Militar, del Instituto Especializado de Nivel Superior Escuela Militar Capitán General Gerardo Barrios... Acuerdo No Se reconocen los estudios realizados por Pamela Esteffany Melgar López... MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Ra m o d e Me d i o Ambiente y Recursos Na t u r a l e s Acuerdo No Se aprueban los términos de referencia tipo para la elaboración de estudio de impacto ambiental para proyectos de abastecimiento de agua potable abastecidos por pozo o manantial y sus sistemas de tratamiento de aguas residuales. ORGANO JUDICIAL Corte Suprema de Justicia Acuerdos Nos. 496-D y 501-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas... INSTITUCIONES AUTONOMAS Alcaldías Municipales S U M A R I O Pág Decreto No Reforma a la Ordenanza Reguladora de Tasas y Servicios Municipales de Nuevo Cuscatlán, departamento de La Libertad... Decretos Nos. 36 y 37.- Reformas a los presupuestos municipal y de la Dirección Municipal para la Gestión Sustentable de Desechos Sólidos, del municipio de San Salvador... Estatutos de las Asociaciones Comunales Comunidad Milagro de Dios y Residencial Montecielo y Acuerdos Nos. 6 y 11.1, emitidos por las Alcaldías Municipales de San Martín y San Salvador, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica... seccion carteles oficiales de primera publicacion Declaratoria de Herencia Cartel No Videla Bernarda Rivera y Otro (1 vez)... Aceptación de Herencia Cartel No Carlos Francisco Polanco Ramos y Otra (3 v. alt.)... Aviso de Inscripción Cartel No Comercialización, Ahorro, Crédito y Producción Agropecuaria de Iniciativas Productivas de R.L. ACOPR. (1 vez)... Cartel No Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria Finca El Marne de R.L (1 vez)... Muerte Presunta Cartel No Juana Deras (1 vez)... Pág Decreto No. 1.- Ordenanza Transitoria de Exención de Multas e Intereses Generados por deudas en concepto de Tasas e Impuestos, a favor del municipio de San Fernando, departamento de Morazán Subasta Pública Cartel No José Antonio Escobar Guevara (3 v. alt.) Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: Página Web: Correo: diariooficial@imprentanacional.gob.sv

2 2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Pág. Pág. de segunda publicacion Aceptación de Herencia Cartel No Hilda Maribel Martínez de Durán (3 v. alt.)... de tercera publicacion 44 Reposición de Certificados Carteles Nos. C003431, F046567, F Edicto de Emplazamiento Carteles Nos. C003443, C003445, F046562, F046623, F Títulos Supletorios Cartel No Estado de El Salvador, en el Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano (3 v. alt.)... seccion carteles pagados de primera publicacion Declaratoria de Herencia Carteles Nos. C003417, C003418, C003450, F046513, F046525, F046544, F046556, F046591, F046598, F046599, F046600, F046602, F046603, F046607, F046629, F046630, F046635, F046636, F046645, F046646, F046647, F046648, F Aceptación de Herencia Carteles Nos. C003438, C003447, F046522, F046536, F046653, F047261, C003449, F046496, F046528, F046547, F046552, F046563, F046576, F046596, F046609, F046611, F046612, F046633, F046634, F046642, F Herencia Yacente Carteles Nos. C003421, F Título Supletorio Carteles Nos. C003420, C003448, F046587, C003440, C003441, C003442, F046605, F Juicio de Ausencia Cartel No. F Renovación de Marcas Carteles Nos. C003437, C003451, C003452, F046564, F046565, F Marca de Fábrica Carteles Nos. C003424, C003426, C003427, C003428, C003429, C003430, C003432, C003433, C003434, C003435, C003436, F046529, F046531, F Marca de Servicios Carteles Nos. F046534, F046568, F046569, F046571, F Marca de Productos Carteles Nos. C003422, C de segunda publicacion Aceptación de Herencia Carteles Nos. C003297, C003362, F046068, F046154, F046176, F046177, F046274, F046284, F046313, F Título Supletorio Carteles Nos. C003352, C003357, F Renovación de Marcas Carteles Nos. C003355, C003359, C003360, F046078, F046079, F046083, F046084, F046085, F046086, F046087, F046088, F046089, F046090, F046091, F046092, F046093, F046094, F046095, F046165, F046166, F046169, F046170, F046171, F046228, F046230, F046231, F Marca de Fábrica Carteles Nos. C003298, C003300, C003301, C003302, C003304, C003305, C003306, C003307, C003308, C003310, C003311, C003313, C003314, C003315, C003316, C003317, C003318, C003319, C003320, C003321, C003322, C003323, C003324, C003353, C003364, C003365, C003367, C003369, C003370, C003376, C003378, C003380, C003381, C003382, C003384, F046123, F046155, F046184, F046222, F046224, F046227, F Nombre Comercial Carteles Nos. C003361, F046076, F Señal de Publicidad Comercial Carteles Nos. C003325, C003368, F046245, F Subasta Pública Carteles Nos. C003446, F046517, F046575, F046660, F Convocatorias Carteles Nos. C003407, F046253, F046278, F

3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Pág. 3 Pág. Reposición de Certificados Carteles Nos. F046257, F046296, F046297, F046298, F046299, F046301, F046302, F Fusion de Sociedades Cartel No. F Marca Industrial Carteles Nos. C003326, C003327, C003328, C003329, C003330, C003331, C003332, C003333, C003334, C003335, C003336, C003337, C003338, C003339, C003340, C003341, C003342, C003343, C003344, C003345, C003346, C003347, C003348, F046074, F046080, F046081, F Marca de Servicio Carteles Nos. C003299, C003303, C003312, C003372, C003373, C003374, C003375, C003377, F046098, F046099, F046100, F046101, F046103, F046104, F046105, F046106, F046108, F046144, F046146, F046147, F046156, F046160, F046225, F046242, F Reposición de Póliza de Seguro Cartel No. F Marca de Producto Carteles Nos. C003366, C003383, F046097, F046102, F046142, F046143, F046149, F046150, F046153, F046158, F046159, F046163, F de tercera publicacion Aceptación de Herencia Carteles Nos. C003116, C003130, C003131, C003154, F045787, F045794, F045795, F045829, F045831, F045854, F045871, F045872, F045914, F045915, F Herencia Yacente Cartel No. C Título de Propiedad Cartel No. F Título Supletorio Carteles Nos. C003162, C003164, C003165, F045793, F045847, F Renovación de Marcas Carteles Nos. C003287, C003288, F Marca de Fábrica Carteles Nos. C003137, C003138, C003140, C003141, C003142, C003143, C003144, C003145, C003146, C003147, C003149, C003151, C003153, C003155, F045791, F045888, F Nombre Comercial Carteles Nos. C003119, F Señal de Publicidad Comercial Cartel No. F Convocatorias Carteles Nos. C003127, C003289, C Subasta Pública Carteles Nos. C003132, F045782, F Reposición de Certificado Cartel No. F Título Municipal Cartel No. F Emblemas Cartel No. F Marca de Servicios Carteles Nos. C003148, C Reposición de Póliza de Seguro Cartel No. C Marca de Producto Carteles Nos. C003125, C003134, C003135, C003136, C003157, C003161, F045788, F045865, F seccion DOCUMENTOS OFICIALES Ministerio de Trabajo y Previsión Social Título de Dominio Cartel No. F Estatutos de la Federación de Asociaciones Profesionales de Unidad y Resolución No. 29, aprobándolos y confiriéndole el carácter de persona jurídica

4 4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 ACUERDO No ORGANO EJECUTIVO Ministerio de Educación ramo de educacion San Salvador, 01 de junio de El VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo N 61 de fecha 22 de diciembre de 1999, publicado en el Diario Oficial N 239, Tomo 345 de esa misma fecha. El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, autorizó la creación del INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR "ESCUELA MILITAR CAPITÁN GENERAL GERARDO BARRIOS", como una corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica y patrimonio propio; II) Que por Acuerdo N de fecha 10 de enero del 2000, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los Estatutos de dicho Instituto; III) Que el INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR "ESCUELA MILITAR CAPITÁN GENERAL GERARDO BARRIOS", tiene autorizada la MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN MILITAR, con Acuerdo Ejecutivo N de fecha 10 de marzo de 2008 y prorrogada para un nuevo período según Acuerdo Ejecutivo N de fecha 27 de julio de 2010; IV) Que el INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR "ESCUELA MI- LITAR CAPITÁN GENERAL GERARDO BARRIOS", ha notificado a la Dirección Nacional de Educación Superior, de su decisión de suspender la matrícula de nuevo ingreso para la MAESTRÍA EN ADMINISTRACION MILITAR; V) Que habiéndose revisado los aspectos técnicos y legales, la Dirección Nacional de Educación Superior, ha emitido la Resolución favorable a las once horas del día veintitrés de mayo del año dos mil doce. POR TANTO, Este Ministerio con base en las consideraciones antes expuestas y a las facultades que la Ley confiere, ACUERDA; 1 ) Suspender la matrícula de nuevo ingreso de la MAESTRÍA EN ADMINISTRACION MILITAR, perteneciente al INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR ESCUELA MILITAR "CAPITAN GENERAL GERARDO BARRIOS", a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2012, debido a una reorganización institucional geográfica de los aspirantes; 2 ) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. SALVADOR SANCHEZ CEREN, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD HONOREM. (Registro No. F046637) ACUERDO No San Salvador, 7 de Junio de 2012 EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó PAMELA ESTEFFANY MELGAR LÓPEZ, de nacionalidad salvadoreña, solicitando INCORPORACIÓN de su Diploma de Bachiller en Ciencias y Letras, extendido por el Colegio Naleb', Jornada Matutina, Fraijanes, Guatemala, República de Guatemala en el año 2005; II) Que según Resolución de fecha 6 de junio de 2012 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación del Diploma de Bachiller en Ciencias y Letras obtenido por PAMELA ESTEFFANY MELGAR LÓPEZ, en el Colegio Naleb', Jornada Matutina, Fraijanes. Guatemala, República de Guatemala. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento e Incorporación del Diploma de Bachiller en Ciencias y Letras realizados por PAMELA ESTEFFANY MELGAR LÓPEZ, en el Colegio Naleb', Jornada Matutina, Fraijanes, Guatemala,República de Guatemala, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNIQUESE.- SALVADOR SANCHEZ CEREN, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD HONOREM.- (Registro No. F046618)

5 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales ramo de medio ambiente y recursos naturales ACUERDO No. 66 San Salvador, nueve de julio de dos mil doce. EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CONSIDERANDO: I. Que la Ley del Medio Ambiente se promulgó el dos de marzo de mil novecientos noventa y ocho, mediante Decreto Legislativo No. 233, publicado en el Diario Oficial No. 79, Tomo 339 del cuatro de mayo de ese mismo año; II. Que el Reglamento General de la Ley del Medio Ambiente, fue promulgado el veintiuno de marzo del año dos mil, mediante Decreto Ejecutivo No. 17, publicado en el Diario Oficial No. 73, Tomo 347, del doce de abril de ese mismo año; III. Que la Ley del Medio Ambiente en su Art. 5 establece que el Estudio de Impacto Ambiental, como un instrumento de diagnóstico, evaluación, planificación y control, entre otros aspectos, se realizará según los criterios establecidos legalmente; IV. Que los Arts. 14 literal c) y 15 literal c) del Reglamento General de la Ley del Medio Ambiente, en los cuales establece que el Ministerio elaborará los Términos de Referencia para que el titular de la actividad, obra o proyecto, realice el Estudio de Impacto Ambiental; V. El Art. 19 del Reglamento General de la Ley del Medio Ambiente en el numeral 4, establece que de considerarse pertinente la elaboración de un estudio de Impacto Ambiental, el Ministerio proporcionará los Términos de Referencia para la elaboración del mismo; VI. El inciso final del Art. 19 del mencionado Reglamento, expresa que el Formulario Ambiental y el Estudio de Impacto Ambiental podrán presentarse por parte del titular simultáneamente, siempre y cuando se refiera a una actividad, obra o proyecto que por sus características, según la categorización, previamente se tenga la certeza que debe de presentar un estudio de impacto ambiental y además, que el Ministerio haya publicado los términos de referencia tipo que se deben usar para la elaboración del estudio; VII. El Ministerio ha elaborado los Términos de Referencia Tipo para la Elaboración de Estudios de Impacto Ambiental para Proyectos de Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento, Abastecidos por Pozo o Manantial y sus Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales. VIII. Previo a la presentación de la documentación ambiental, el titular deberá haber evaluado la disponibilidad del recurso hídrico en calidad y cantidad. POR TANTO: Con base en los considerando que anteceden y en la competencia del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ACUERDA: 1. Publicar los Términos de Referencia tipo para la elaboración de Estudio de Impacto Ambiental para Proyectos de Abastecimiento de Agua Potable Abastecidos por Pozo o Manantial y sus Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales. 2. El presente acuerdo entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. EL MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, HERMAN HUMBERTO ROSA CHAVEZ.

6 6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 ACUERDO No. 66 ANEXO MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES TÉRMINOS DE REFERENCIA TIPO PARA LA ELABORACION DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PARA PROYECTOS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE ABASTECIDOS POR POZO O MANANTIAL Y SUS SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES A. Base legal. Los presentes Términos de Referencia se emiten para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 19 de las Reformas del Reglamento General de la Ley del Medio Ambiente 1: "El Formulario Ambiental y el Estudio de Impacto Ambiental podrán presentarse simultáneamente, siempre y cuando se refiera a una actividad, obra o proyecto que por sus características, según la Categorización, previamente se tenga la certeza que debe presentar un Estudio de Impacto Ambiental y además, que el Ministerio haya publicado los Términos de Referencia Tipo que se deben usar para la elaboración de dicho Estudio". Dicha facilidad se da sin perjuicio que el Ministerio realice las acciones establecidas en los números 2, 3 y 4 del referido artículo. Cabe aclarar que el Formulario Ambiental deberá acompañarse por los documentos legales que corresponda. Asimismo, tienen por objeto orientar al Titular y al equipo de Prestadores de Servicio que serán responsables de la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, y proporcionar el contenido general y la descripción de los apartados, que deberá comprender dicho documento, en concordancia con lo establecido en la Ley del Medio Ambiente, Reglamento General y sus Reformas, en lo relativo a la Evaluación Ambiental. Para dar cumplimiento al Art. 20 de la Ley del Medio Ambiente, en lo relativo al Alcance del Permiso Ambiental de Ubicación y Construcción y, al Permiso Ambiental de Funcionamiento, el Estudio de Impacto Ambiental en todo su contenido, incluyendo el Programa de Manejo Ambiental, deberá presentar por separado lo que corresponde a las etapas de Construcción y Funcionamiento. La validez del Permiso Ambiental de Ubicación y Construcción será por el tiempo que dure la construcción de la obra física; una vez terminada la misma, incluyendo las obras o instalaciones de tratamiento y atenuación de impactos ambientales, se emitirá el Permiso Ambiental de Funcionamiento por el tiempo de su vida útil y etapa de abandono, sujeto al seguimiento y fiscalización del Ministerio. Es importante aclarar que, presentar el referido documento, no obliga a este Ministerio a su aprobación y por consiguiente al otorgamiento del Permiso Ambiental, para ello es responsabilidad del titular demostrar la viabilidad ambiental, social y legal del proyecto en el respectivo Estudio. Previo, a la presentación de la documentación ambiental, el titular deberá haber evaluado la disponibilidad del recurso hídrico en calidad y cantidad. B. Condiciones de cumplimiento para la Recepción del Estudio de Impacto Ambiental. El Estudio de Impacto Ambiental, deberá estar acompañado del Formulario Ambiental con toda la documentación técnica y legal requerida en éste. El documento deberá ser conciso, específico y limitado a los impactos ambientales negativos significativos, que se prevé generará la ejecución del proyecto, en el sitio y su entorno. Con un enfoque técnico, analítico e integral de los componentes del mismo, concentrándose en su orden, en acciones de prevención, atenuación y compensación a los potenciales impactos. Deberá entregar a este Ministerio los siguientes documentos impresos: un original, una copia por cada municipio que forme parte del área de influencia del proyecto más una copia adicional, la cual será utilizada por técnicos de la Dirección General de Evaluación y Cumplimiento para su evaluación y un CD con el archivo digital del Estudio completo en formato PDF.

7 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Todos los estudios técnicos complementarios solicitados en estos TDR y los que el Titular del proyecto considere necesario anexar, deberán ser elaborados por profesionales expertos y competentes en la especialidad del estudio técnico presentado, quienes deberán firmar como responsables de su elaboración, de las conclusiones y recomendaciones contenidas en dichos estudios técnicos. Para efecto de la presentación del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), el documento en todos sus apartados deberá separar claramente las etapas de Construcción y la de Funcionamiento, incluyendo en la primera la de preparación del sitio. Asimismo, el Programa de Manejo Ambiental (PMA) deberá presentar por separado la información relativa a la implementación de medidas ambientales, el monitoreo y el cronograma de ejecución, conforme pertenezcan a esas dos grandes etapas e incorporar, de ser pertinente y según corresponda, las medidas de contingencia ambiental derivadas del estudio de riesgo. El titular, sin perjuicio al proceso de participación ciudadana establecido en el marco legal vigente, deberá promover mecanismos de información, participación y difusión con los involucrados a lo largo del proceso de evaluación ambiental, con el objeto de prevenir y resolver conflictos ambientales; contribuir a una mayor transparencia en la toma de decisiones sobre las intervenciones humanas; y permitir que ellas se concilien con la protección del medio ambiente, con la calidad de vida y con los intereses de la comunidad. El Titular del proyecto deberá revisar y aceptar el contenido del Estudio de Impacto Ambiental, firmando de visto bueno la hoja de título y autores; así como, cada uno de los cuadros que conforman el Programa de Manejo Ambiental, Programa de Monitoreo y Cronograma de Actividades. A fin de facilitar la comprensión, revisión y evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, se recomienda: a. Evitar comentarios ambiguos o subjetivos. Todo lo expuesto debe basarse en criterios, normas, registros y datos de total aceptación y validez que pueden ser respaldados con información Anexa. b. Usar el Sistema Internacional de Unidades. c. Las siglas y el vocabulario propios de la actividad propuesta, deben ser o estar claramente definidos. El documento debe estar estructurado conforme las mejores técnicas y métodos de investigación, incorporando el orden de aparición de cada uno de los apartados del Estudio de Impacto Ambiental (índice). C. Equipo Consultor. El Estudio de Impacto Ambiental debe ser elaborado por un equipo técnico interdisciplinario, previamente inscritos en el registro de Prestadores de Servicios de Estudios Ambientales de esta Cartera de Estado de acuerdo a lo establecido en el Art. 23 de la Ley de Medio Ambiente. Los estudios técnicos necesarios podrán ser desarrollados por especialistas del área de pertinencia y con amplia experiencia en su campo. El equipo deberá estar conformado por profesionales expertos y competentes que cubran las áreas específicas requeridas para la evaluación ambiental del proyecto (se requiere al menos, participación de profesionales con experiencia en hidrogeología, hidrología, sistemas de tratamiento de aguas residuales, sistemas de potabilización, sociología u otra competencia relacionada al proyecto). D. Contenido del Estudio de Impacto Ambiental. El estudio de Impacto Ambiental, deberá cumplir con lo dispuesto en los artículos 23 y 24 del Reglamento General de la Ley de Medio Ambiente, y su contenido deberá ser estructurado conforme a los apartados siguientes: 1. Título y autores. a. La hoja de presentación del Estudio de Impacto Ambiental deberá detallar el Nombre del Proyecto y la ubicación del mismo, que deberá coincidir con la información indicada en el Formulario Ambiental presentado. La información del área de participación de los diferentes profesionales en el Estudio de Impacto Ambiental deberá estar contenida en la carátula, incluyendo al coordinador del equipo. b. En la hoja de créditos se debe registrar el nombre, información de contacto para notificación y firma del Titular del proyecto y/o Representante Legal, nombre de los miembros del equipo interdisciplinario, indicando el nombre, firma y número de inscripción del Registro de Prestadores de Servicios de Ambientales de los profesionales responsables del contenido técnico del Estudio de Impacto Ambiental, indicando el área en la que cada uno participó.

8 8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Se deberá presentar las copias respectivas de la resolución de registro extendida por este Ministerio. No se aprobarán Estudios que hayan sido elaborados por un solo Prestador de Servicios de Estudios Ambientales. Esta es una condición obligatoria, la cual si no se cumple no se recibirá el Estudio de Impacto Ambiental en esta Cartera de Estado. 2. Resumen Ejecutivo: Deberá contener una síntesis de cada apartado del documento, en la que se muestren los resultados obtenidos de la evaluación realizada, estableciendo la viabilidad ambiental del proyecto; deberá incluir el objetivo que se pretende alcanzar con la ejecución del proyecto, breve descripción del mismo y de las características más relevantes de las condiciones de línea base del medio físico, biológico y socioeconómico; resumen genérico de los impactos potenciales relevantes y de las medidas ambientales propuestas para prevenirlos, atenuarlos o compensarlos, con sus respectivos costos comerciales actualizados, en el tiempo establecido en el cronograma de ejecución contemplado en el Programa de Manejo Ambiental. Incluir el Programa de Manejo Ambiental, Programa de Monitoreo y Cronograma de Actividades, firmado y sellado por el titular o representante legal. 3. Propósito y necesidad. Definir claramente cuál es el propósito y necesidad que justifica la ejecución del proyecto, tomando en cuenta la factibilidad y objetivos dentro del marco legal existentes, competitividad, mercado, precios, ventajas o bondades como país y justificación del proyecto evaluando sus impactos. 4. Descripción del proyecto y de sus alternativas. En esta parte del Estudio se incluirá, al menos, los siguientes: a) Localización del proyecto: Indicar la localización del proyecto que incluya: kilómetros, metros, carretera/calle o avenida, cantón(es), caseríos, municipio(s) y departamento(s), según proceda, así como las coordenadas geográficas de los principales componentes del mismo. b) Descripción del Proyecto: Descripción de la propuesta indicando en qué consiste el proyecto, sus objetivos y alcances, fases y actividades a desarrollar en cada etapa del mismo (preparación del sitio, construcción y funcionamiento), área del terreno, del proyecto y de cada uno de sus componentes. Para cada uno de los componentes y usos debe indicar Áreas a ocupar, ubicación, capacidad en términos de tamaño (m2 o ml, según corresponda) y tiempo de ejecución. i. Presentar la descripción detallada del proyecto, en qué consisten sus componentes y actividades a desarrollar en cada etapa (preparación del sitio, construcción y funcionamiento). ii. Presentar el detalle de las áreas del proyecto y de cada uno de sus componentes, indicando la ubicación y dimensiones según corresponda. iii. Presentar los datos de la población actual y proyectada, la dotación aplicada a esta población así como los caudales de demanda de agua potable y caudales de aguas residuales. iv. Describir los servicios básicos y de infraestructura que incluirá el proyecto y su manejo durante cada etapa, en lo relativo a: Vías de acceso: incluyendo ubicación, derecho de vía, tipo de material de la superficie de rodamiento, servidumbres requeridas, calles marginales o de incorporación al proyecto. Abastecimiento de agua potable, enfocándose principalmente a la etapa de preparación del sitio y construcción. Aguas residuales: describir la forma en la que se manejarán las aguas residuales en cada una de las etapas del proyecto y en cada componente. Manejo y disposición de desechos sólidos. Detallar el tipo y cantidad de desechos a generarse en las etapas de preparación del sitio, construcción y funcionamiento. (a) En relación a los desechos a producirse durante las etapas de preparación del sitio y construcción, debe indicar el tipo de desecho (descapote, terracería, demolición u otro, si procede), la cantidad estimada de material, el manejo y obras de protección a realizar para el control de emisiones, pérdida de material en época de lluvias, entre otros, sitios de acopio temporal, frecuencia de desalojo, y el sitio de disposición final autorizado por el MARN. (b) Para los desechos sólidos generados durante la etapa de funcionamiento, si se prevé la recolección a través

9 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de del servicio municipal, deberá presentar la factibilidad de prestación de dicho servicio, sellada y firmada por el Alcalde Municipal o Síndico de la municipalidad correspondiente; caso contrario, deberá presentar una propuesta de manejo de los desechos sólidos comunes ambientalmente adecuada, que considere lo establecido en el Reglamento Especial Sobre el Manejo Integral de los Desechos Sólidos de la Ley de Medio Ambiente e incluya la descripción técnica de dicha propuesta, indicando si será una recolección domiciliar puerta a puerta o si requerirá de contenedores de desechos, número y localización de los contenedores (sí procede), cantidad de desechos a manejar, prestador del servicio de recolección, frecuencia de recolección prevista, sitio de disposición temporal y final de los desechos y, autorización emitida por la municipalidad competente indicando el sitio de disposición final autorizado (relleno sanitario). Deberá identificar en el plano de medidas ambientales: Los sitios de acopio temporal, la ubicación de contenedores, rutas de recolección, tanto para la etapa de construcción como de funcionamiento, de ser pertinente. Manejo de las aguas de escorrentía superficial: Presentar una descripción completa del manejo y control de las aguas de escorrentía superficial, prevista a realizar, considerando no solo los caudales generados del área del proyecto, sino también las aguas que ingresen al sitio ya sea por las vías o terrenos adyacentes, como por cursos de agua existentes en alguno de los linderos del sitio del proyecto; incluir las obras de infraestructura y protección proyectadas internamente en los puntos de descarga. Indicar en un plano los puntos de descarga y las obras de protección proyectadas internamente y en los puntos de descarga, el establecimiento de servidumbre, si se requiere, así como el análisis de riesgos por inundación aguas abajo de los puntos de descarga. Indicar en un plano la localización de dichas obras y puntos de descarga. Presentar el análisis hidrológico e hidráulico correspondiente. La propuesta para el manejo de la escorrentía superficial deberá cuidar de no aumentar los caudales de escorrentía superficial generados bajo la condición "sin proyecto", por lo que, toda intervención deberá considerarse bajo el criterio de "impacto hidrológico cero", estableciendo las medidas ambientales (estructurales y no estructurales), las cuales deben estar respaldadas con los estudios técnicos pertinentes. Dichas medidas deberán ser incluidas en el Programa de Manejo Ambiental, según corresponda, detallando las medidas u obras a realizar, sus costos comerciales de implementación y su mantenimiento. v. Indicar los colindantes del terreno y las actividades a las que se dedican, así como el establecimiento de las áreas de retiro pertinentes. vi. Para proyectos abastecidos por pozo que aún no se haya perforado, deberá presentar toda la información concerniente al pozo proyectado: Ubicación de alternativas. Profundidad estimada del pozo. Caudal estimado de extracción y producción. Diámetro del pozo a perforar. Litología de la zona. Resultados de los análisis físico - químico y microbiológico del agua de fuentes cercanas dentro del área de influencia, proporcionando el tipo de agua, el balance iónico y otros parámetros acorde a las características del sitio y lo exigido por la normativa aplicable, entre otros. Deberá presentar el análisis de resultados correspondiente. Carta de no afectación de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA). vii. Para proyectos abastecidos por pozo en los cuales ya se cuente con permiso ambiental de perforación de pozo exploratorio y se haya llevado a cabo la perforación, deberá presentar el informe de perforación correspondiente, que contenga información suficiente que facilite la comprensión de las condiciones existentes del acuífero a aprovechar, entre esta información deberá presentar al menos lo siguiente:

10 10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Copia de permiso ambiental de perforación de pozo exploratorio. Datos geométricos del pozo. Distribución del ademe y la rejilla. Características de la rejilla. El registro eléctrico del pozo. Descripción de la columna litológica elaborada por una persona con experiencia en geología. Datos completos de los aforos realizados. Parámetros hidráulicos del acuífero y la memoria de cálculo correspondiente. Radio de influencia del pozo. Resultados de los análisis físico - químico y microbiológico del agua, proporcionando el tipo de agua, el balance iónico y otros parámetros acorde a las características del sitio y lo exigido por la normativa aplicable, entre otros. Deberá presentar el análisis de resultados correspondiente. Carta de no afectación de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA). Cada uno de los datos presentados deberá contener la fecha y hora en que fueron tomados. viii. Para proyectos abastecidos por manantial se deberá presentar la siguiente información: El registro de los aforos de la fuente que contenga la fecha en la que fueron tomadas las mediciones, la descripción del método utilizado para su determinación. Período de monitoreo del caudal de la fuente. Dicha medición deberá realizarse en época de estiaje. Caudal mínimo producido por la fuente y fecha en la que se presenta este caudal. Para aquellos manantiales que descarguen a cursos de agua superficial, el valor del caudal aguas arriba del punto de incorporación del caudal que se pretende aprovechar, así como el valor del caudal aguas abajo de dicho punto, en una distancia como máximo de 100 m desde el punto donde la fuente se adiciona al curso de agua. Describir la metodología utilizada y presentar la memoria de cálculo correspondiente. Resultados de los análisis físico - químico y microbiológico del agua, proporcionando la fecha en que fueron tomados y analizados, el tipo de agua, el balance iónico y otros parámetros acorde a las características del sitio y lo exigido por la normativa aplicable. Deberá presentar el análisis de resultados correspondiente. Carta de no afectación de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA). ix. Para la etapa de funcionamiento del proyecto, deberá describirse al menos: El sistema de tratamiento y desinfección del agua de abastecimiento, a ser utilizado sobre la base de los resultados de los análisis de calidad de agua, de las condiciones propias del sitio y del cumplimiento de la normativa aplicable, identificando los operaciones físicas y procesos químicos que serán utilizados para este fin, así como las hojas de seguridad de los últimos. Describir las medidas de seguridad a utilizar y los planes de contingencia. El sistema de monitoreo de los caudales a ser aprovechados, indicando los dispositivos a utilizar para medir los volúmenes de extracción a la salida de la fuente y en el sistema, así como los niveles piezométricos en el acuífero. El sistema de monitoreo de la calidad del recurso hídrico acorde a la normativa aplicable, tanto del acuífero (agua cruda) como en el sistema de distribución (agua tratada).

11 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Presentar las características del equipo de bombeo y de la fuente alimentación de energía eléctrica. Manejo y disposición de aguas residuales de tipo ordinario (aguas negras y grises) generadas a partir de la distribución de agua potable a los usuarios. Describir el manejo y disposición final de las aguas residuales de tipo ordinario indicando los volúmenes a generar por el proyecto. (a) Si se prevé hacerlo a través de conexión a algún sistema de red de alcantarillado existente, debe presentar la factibilidad de conexión al mismo, emitida por la autoridad competente e indicar su punto de conexión georeferenciado, indicar además el tipo de tratamiento que ese efluente recibirá con la conexión planteada. (b) Si se trata de un sistema independiente, deberá indicar el tipo sistema a utilizar, presentar un diagrama de flujo representativo del sistema de tratamiento propuesto y sus componentes, describir los procesos y operaciones unitarias (según sean sistemas primarios, secundarios, terciarios u otros), balance de masas, según lo proyectado, caudal a tratar, promedio y máximo de diseño, períodos de retención en la planta y rendimiento de remoción por operación unitaria del sistema, parámetros a monitorear y frecuencia de monitoreo, localización geo-referenciada del sistema y punto de descarga, establecimiento del área de retiro sanitario, descripción de la administración del sistema en la etapa de funcionamiento, la frecuencia de limpieza de las distintas unidades de la planta y el responsable del mantenimiento del sistema, cronograma programado de instalación de las unidades e inicio de operación del sistema hasta llegar a las condiciones estables de funcionamiento; así como, los derechos de servidumbre si afecta otras propiedades para la descarga (si procede). Para la propuesta del sistema de tratamiento de aguas residuales de tipo ordinario deberá considerarse las características, fragilidad y calidad del medio receptor, zonas de alta vulnerabilidad a la contaminación, así como las características de la población que hará uso del sistema, considerando aspectos como la idoneidad del sistema acorde a las condiciones sociales y económicas de la población que lo utilizará, mantenimiento de los sistemas y otras que apliquen. x. Presentar un plano topográfico de conjunto del proyecto, donde se indique cada uno de los componentes principales del sistema, incluyendo las zonas que serán abastecidas con el proyecto. Indicar en estos planos, la existencia de quebradas, ríos y fuentes potenciales de contaminación que puedan interactuar con la fuente a explotar, así como los puntos de descarga de las aguas residuales de tipo ordinario y de la escorrentía superficial generada por los terrenos donde se encontrarán los principales componentes del sistema (plantel, tanque, captación, entre otros). 5. Consideraciones jurídicas y de normativa ambiental aplicable, relativa a la actividad, obra o proyecto. Deberá realizarse un análisis legal integral, en página por separado dentro del Estudio de Impacto Ambiental y debidamente identificado en el índice del mismo, por parte de un Abogado de la República, Autorizado por la Corte Suprema de Justicia de El Salvador, de las implicaciones jurídicas, tanto en sentido positivo como el negativo, y que trae consigo para su actividad, obra o proyecto, la aplicación de la Ley del Medio Ambiente, sus Reglamentos, tanto el General como los Especiales, la Ley de Áreas Naturales Protegidas, la Ley de Conservación de Vida Silvestre y los Convenios y Tratados Internacionales, que en materia de medio ambiente hubiese ratificado El Salvador; así como, las normas ambientales que tengan injerencia sobre el proyecto. Para dicho análisis legal integral, deberá expresar e identificar claramente los artículos, doctrina legal y/o jurisprudencia que sean aplicables a la actividad, obra o proyecto, de ser procedente. 6. Descripción, caracterización y cuantificación del medio ambiente actual, de los componentes físicos, biológicos y socioeconómicos del sitio y su área de influencia. El propósito de esta sección es establecer la caracterización ambiental de la zona en estudio en la condición sin proyecto. Se deberá delimitar la zona de influencia directa e indirecta del proyecto, debidamente indicada en mapas a escala adecuada. a) Descripción de los límites del entorno o área de influencia en donde los impactos son directos y de mayor intensidad, en lo sucesivo AID o entorno. Se definirán y justificarán los límites del área afectada por las acciones a ser desarrolladas durante la ejecución del proyecto, así como durante su vida útil; con el objeto de evaluar posteriormente, los impactos que pudieren generarse o presentarse sobre los elementos del medio; área que se definirá y justificará para cada factor ambiental, tomando en consideración los impactos ambientales potenciales relevantes sobre ellos, el tipo de proyecto y las características ambientales del medio, considerando los siguientes atributos ambientales: Rasgos geomorfológicos, límites político-administrativos, ecosistemas, usos del suelo, cuencas hidrográficas y cualquier otro atributo ambiental relevante y justificado.

12 12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 b) Determinar el uso actual del predio o inmueble (tanque, estaciones de bombeo o rebombeo, líneas de impelencia, redes de distribución, entre otros); así como, las actividades a que se dedican los colindantes al proyecto, a efecto de determinar la interacción que el proyecto tendrá con su AID y viceversa, de localizarse entre los colindantes, actividades que no sean compatibles con el uso del proyecto, deberá considerarse el establecimiento de las áreas de retiro pertinentes. c) Medio físico i. Clima: precipitación, temperatura, evapotranspiración potencial y real, humedad relativa, etc. Indicando la estación o estaciones de referencia tomadas para los datos a presentar. ii. iii. Aire: calidad del aire. Ruido. iv. Suelo: Uso del suelo, clases de suelo, tipo de suelo, geología local, geología estructural, estratigrafía y geomorfología. v. Hidrología: evaluar la red de drenaje pluvial de la microcuenca o zona de estudio en la que se encuentra ubicado el sistema, delimitando, los elementos o áreas del proyecto que poseen riesgo de inundación. Para manantiales que se encuentren en las márgenes del río se deberán determinar el caudal máximo probable proyectado en la sección hidráulica del canal de flujo, indicando la posición de las obras a construir respecto a dicha sección. vi. Hidrogeología: Deberá caracterizar la hidrogeología de la zona de estudio, por medio de un estudio hidrogeológico que incluya: El patrón de flujo del agua subterránea. La delimitación de la zona de recarga. Para proyectos de la zona marino costera, la delimitación de la cuña de agua salada y la zona de interface agua salada-agua dulce, considerando las variaciones por efecto de la marea así como por efecto estacional. El inventario de fuentes de agua (pozos perforados, pozos excavados, manantiales, etc.) existentes dentro de la zona de análisis, que incluya al menos, la información siguiente: - Ubicación georeferenciada y elevación. - Tipo de fuente. - Uso del agua. - Diámetro del pozo. - Profundidad total del pozo. - Caudal de extracción. - Parámetros físico-químicos de campo de las fuentes de agua en la zona de influencia del pozo (PH, Conductividad Eléctrica, Temperatura, Oxígeno Disuelto, TDS) definiendo y justificando la metodología empleada, tanto para la selección de puntos como para la toma de datos. Cada punto analizado deberá contener la fecha y la hora en que el dato fue tomado. De encontrarse disponible, deberá presentarse adicionalmente la información siguiente: - Datos históricos de calidad del agua físico-químico y microbiológico de las fuentes inventariadas, acorde a normativa aplicable y fecha en que se determinó, incluir el tipo de agua y el balance iónico de los análisis realizados. - Caudal de la fuente y fecha del aforo (pozos y manantiales). - Profundidad del nivel estático y fecha y hora en que fue medido. - Para el caso de pozos, parámetros hidráulicos del acuífero (conductividad hidráulica, transmisividad, coeficiente de almacenamiento, gradiente hidráulico).

13 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Radio de influencia de los pozos que pudieran tener interacción con el pozo proyectado. - Estudios geofísicos de la zona de estudio tanto elaboradas como parte del proyecto como información histórica existente que permita evaluar el recurso de agua a utilizar. vii. Presentar el balance hídrico de la zona de estudio, que incluya la descripción del método utilizado y que contenga la estimación del volumen de agua subterránea aprovechable anualmente en la cuenca hidrogeológica de donde se extraerá el recurso. viii. Establecer la línea base del medio receptor de las aguas residuales en cuanto a la normativa aplicable. d) Medio biológico: Se deberá establecer la línea base del medio biológico existente en la zona de influencia del proyecto, considerando al menos lo siguiente: i. Descripción del ecosistema natural y fauna asociada. Es necesario determinar y cuantificar las especies de vegetación y fauna existente en el área a desarrollar, considerando como mínimo el nombre (común y científico) y número por especie y detallar la presencia de especies amenazadas, endémicas o en peligro de extinción. Presentar los planos que esquematicen el inventario de especies arbóreas sin proyecto (indicando aquellas que serán afectadas) y cómo quedará el proyecto después de su ejecución. ii. Condición del proyecto con relación a su ubicación, respecto a las áreas frágiles o de interés ambiental como son la zona costeromarina ambientalmente degradada, áreas silvestres protegidas, corredores biológicos y zonas de amortiguamiento, zonas de recarga acuífera y pendientes de más de treinta grados, así como otras que por ley se hayan decretado como tales: las áreas naturales protegidas, las cuales siendo parte del territorio nacional son legalmente establecidas con el objeto de posibilitar la conservación, el manejo sostenible y restauración de la flora y la fauna silvestre, recursos conexos y sus interacciones naturales y culturales con alta significancia por su función o sus valores genéticos, históricos, escénicos, recreativos, arqueológicos y protectores, de tal manera que preserven el estado natural de las comunidades bióticas y los fenómenos geomorfológicos únicos. e) Medio socioeconómico. Se deberá establecer la línea base del medio socioeconómico considerando al menos los siguientes aspectos: i. Desarrollo urbano/rural actual y futuro. En el caso de el proyecto incluya planta de tratamiento de agua potable y/o aguas residuales, se deberá presentar la Calificación de Lugar extendida por la autoridad competente. ii. iii. iv. Características de la población beneficiada por el proyecto y crecimiento proyectado. Uso actual de la tierra. Crecimiento industrial proyectado. v. Abastecimiento de agua potable. vi. vii. Saneamiento básico y servicios existentes en las zonas a intervenir con el proyecto. Salud pública, e indicadores. viii. Identificación de zonas arqueológicas o de interés histórico en el área de influencia del proyecto. f) Mapas. Los mapas presentados deberán ser legibles y elaborados a una escala adecuada, incluyendo el sistema de coordenadas, título, norte, escala y simbología (considerando que deben ser legibles tanto a colores como en escala de grises). Los mapas incluidos en el EslA deben ser impresos en tamaño tabloide o con base a módulos de 55 cm, en ambas direcciones o múltiplos de medios módulos sin exceder 1.10 m de ancho y 1.65 m de longitud, reservando un espacio para la firma y sello.

14 14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Se incluirán en este capítulo, los siguientes mapas de la zona de estudio: i. Ubicación del proyecto. ii. iii. iv. Delimitación de la zona de estudio. Topográfico con la micro-cuenca o AID en estudio. Uso del suelo. v. Clases de suelo. vi. Tipo de suelo. vii. Geomorfología. viii. Geología de la zona de estudio, que incluya la geología estructural. ix. Hidrogeológico de la zona de estudio (curvas equipotenciales, dirección del flujo subterráneo, inventario de fuentes de agua). x. Recarga acuífera xi. xii. Si aplica, delimitación de la cuña de agua salada considerando las variaciones estacionales y de marea. Presentar perfiles. Ubicación de los pozos o manantiales a explotar con sus perímetros de protección delimitados, áreas de recarga, zona de captura, y zona de influencia hídrica subterránea. xiii. Mapa de inundación de la zona de estudio, incluyendo la red hídrica y los elementos del sistema. xiv. Otros que se consideren necesarios para el establecimiento de la línea base del medio físico, biológico y socioeconómico de la zona de estudio. En cada uno de los mapas deberá ubicarse cada uno de los componentes del proyecto (fuentes, tanques, red de distribución, sistemas de tratamiento, línea de impelencia, entre otros). 7. Identificación, priorización, predicción y cuantificación de los impactos potenciales Se deberá presentar y justificar el método empleado y adecuadamente utilizado, las bases para su selección, la escala de valoración y calificación de los impactos. La identificación deberá incluir los siguientes aspectos: fase del proyecto y fuente generadora, componente del medio que recibe la acción modificadora y descripción de la interacción actividad, obra o proyecto y el componente ambiental (ubicación e influencia espacial, magnitud, duración, grado de reversibilidad, significado, propiedades acumulativas y sinérgicas). Se deberá destacar los impactos ambientales adversos, irreversibles, inevitables, residuales y considerar la relación entre ellos. Incluirá la evaluación del impacto acumulado de las actividades ya instaladas y las propuestas. Hará énfasis, sin limitarse a ello, en los siguientes aspectos: a) Los efectos negativos directos que tendrán los proyectos de este tipo sobre el entorno natural o sociocultural, no sólo por la propia conducción, sino por las obras auxiliares necesarias. b) Los efectos negativos indirectos en zonas que no están directamente relacionadas con el proyecto pero que pueden verse afectadas por la implementación del proyecto. c) Los efectos y cuantificación de los impactos negativos de las obras propuestas sobre los diferentes componentes del ambiente durante las diferentes fases (construcción, mantenimiento y funcionamiento). d) Reducción de la disponibilidad del agua subterránea en la cuenca hidrogeológica tanto en calidad como en cantidad. e) Salinización del recurso de agua subterránea a ser aprovechado. f) Afectación a otras fuentes de agua (pozos perforados o excavados, manantiales, etc.). g) Afectación a ecosistemas vitales. h) Generación de aguas residuales, desechos sólidos, material particulado y ruido. i) Afectación a la calidad de las aguas superficiales y subterráneas.

15 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de j) Afectación a la calidad del suelo. k) Reducción o pérdida de infiltración. l) Modificación de los drenajes superficiales y aumento de la escorrentía. Identificados los impactos para cada etapa del proyecto, deberán analizarse de acuerdo a su significancia ambiental. 8. Identificación, priorización, predicción y cuantificación de los riesgos ambientales y formulación de un plan de contingencia. El propósito de esta sección es identificar los principales riesgos ambientales a los que se encontrará expuesto el proyecto y su área de influencia, debido a la ejecución del proyecto y su interacción con el medio. Para el desarrollo de esta sección se deberá considerar cuando menos: a) Evaluar la vulnerabilidad intrínseca del acuífero (justificar y describir la metodología empleada). b) Riesgos de contaminación: Identificación y ubicación de las fuentes potenciales de contaminación (puntual y dispersa) de los recursos hídricos subterráneos a explotar para el proyecto, que incluya el análisis de las alternativas de prevención y mitigación. c) La delimitación de la zona de recarga del acuífero a aprovechar con énfasis en la zona de recarga y de captura del pozo o el manantial. d) Las interacciones entre el acuífero a aprovechar y otras fuentes de agua, durante el funcionamiento del pozo. e) Evaluar los efectos que la extracción del caudal proyectado causará en el acuífero, tomando en consideración los resultados del Balance Hídrico, la delimitación de la cuña de agua salada (en caso aplique) y el período de diseño del pozo. f) La delimitación de los perímetros de protección del pozo a operar (justificar y describir la metodología empleada) y definir la priorización del establecimiento de dichos perímetros. g) Conclusiones y recomendaciones: enfocadas principalmente en los resultados de los apartados anteriores, brindando elementos que permitan la identificación de los riesgos ambientales para la elaboración del plan de contingencia. h) Elaboración del plan de contingencia. Considerando los lineamientos del capítulo 6, literal f) "Mapas", se presentarán como parte de este capítulo, los siguientes mapas, según aplique: a) Fuentes potenciales de contaminación (puntual y dispersa) de los recursos hídricos subterráneos a explotar. b) Mapa de vulnerabilidad intrínseca del acuífero. c) Delimitación de los perímetros de protección del pozo, y de las fuentes de agua que se encuentren en su zona de captura. d) Ubicación de las medidas de prevención del riesgo, incluir detalles, en caso que aplique. 9. Interpretación de los resultados del análisis beneficio-costo rentabilidad y eficiencia. Este apartado será aplicable sólo a actividades, obras o proyectos del sector público, debiendo incluirse la interpretación de los resultados del análisis beneficio-costo, rentabilidad y eficiencia, considerando factores técnicos, económicos, sociales y ambientales. 10. Programa de Manejo Ambiental (PMA) El PMA es el instrumento que contiene el conjunto de medidas propuestas para la prevención, atenuación y compensación de los impactos potenciales negativos al ambiente, así como la potenciación de los positivos. En éste se incluyen los componentes siguientes: implementación de medidas de prevención, atenuación y compensación, monitoreo, cierre de operaciones, y rehabilitación. El programa de manejo ambiental es una parte integrante del estudio de impacto ambiental. El titular de la actividad, obra o proyecto, debe incorporar en el PMA, todas las medidas ambientales que se realizarán, tengan o no una valoración económica.

16 16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 El PMA se ejecutará a lo largo de todo el proyecto y se define para cada etapa (Ubicación, Construcción y Funcionamiento), y en el mismo se incluirán todas las medidas ambientales propuestas para llevar los impactos ambientales identificados en el numeral 7 y 8, a niveles aceptables, valorando económicamente los costos de las obras e inversiones que se propongan ejecutar, dicha valoración se hará en dólares de los Estados Unidos (US$), teniendo en cuenta el cronograma del proyecto y proyectar las cifras según la evolución prevista en los años de duración del proyecto. Las medidas propuestas deben ser específicas, técnica y ambientalmente viables, y con una visión de protección global, es decir, que al proteger un componente ambiental no se altere negativamente otro y deberán priorizarse de acuerdo a la significancia de los impactos negativos. El Estudio de Impacto Ambiental debe considerar el diseño de proyecto incluyendo en él todas aquellas medidas ambientales necesarias en su ejecución y funcionamiento, como parte del mismo, describiendo detalladamente las medidas ambientales que permitirán transformar un impacto significativo en uno NO SIGNIFICATIVO. El Programa de Manejo Ambiental, constará de los siguientes componentes: a) Determinación, priorización y cuantificación de las medidas de prevención, atenuación y compensación de los impactos ambientales y determinación de inversiones necesarias. Se deberá abordar por separado, conforme a las etapas de Construcción y Funcionamiento del proyecto. En este apartado se identificará y planificará la ejecución de las medidas ambientales que el titular de la actividad, obra o proyecto deberá realizar durante sus diferentes etapas, para prevenir, atenuar o compensar los impactos ambientales negativos originados por el mismo. Las medidas ambientales deben ser descritas detalladamente, presentar dibujos, esquemas, planos y mapas, respaldados con cálculo, estimación de dimensiones o magnitud, lugares donde se aplicará, costo y otras especificaciones técnicas que se consideren necesarias. Deberá incluirse dentro del programa de manejo ambiental, como mínimo las siguientes medidas: i. La localización de sitios de disposición de desperdicios de la construcción y vías de acceso. ii. iii. iv. Medidas para minimizar incomodidades temporales por ruido y polvo. Medidas ambientales por agotamiento del recurso hídrico tanto para control de caudales en el sistema (macromedición) como para control de niveles en el acuífero. Adicionalmente deberá considerarse medidas de compensación ambiental por tala, extracción de agua e impermeabilización de suelo. En la medida de lo posible, estas medidas deberán ejecutarse en el área de influencia del proyecto. Por contaminación del medio receptor a partir de la generación de aguas residuales. v. Por interacción del pozo a aprovechar, con otras fuentes de agua, considerando la salinización de fuentes de agua que puedan verse afectadas con la implementación del proyecto. vi. vii. Para las áreas intervenidas y recursos naturales afectados (vegetación, fauna y suelos), en términos cuantificables. Por inundación de la fuente de agua. viii. Por inundación de los sectores donde se ubiquen los sistemas de saneamiento. ix. Minimización de interferencias con viviendas e infraestructuras existentes. x. Manejo de desechos y/o materiales peligrosos (en caso de generarse). xi. xii. Medidas para cierre de operaciones y rehabilitación, en caso de ser procedente. Medidas para manejo de riesgo, en caso de ser procedente.

17 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Además de la descripción anterior, para una mejor comprensión y a efecto de facilitar su seguimiento, cada una de las medidas ambientales propuestas, deberá ser ubicada en un plano y ser presentadas en un cuadro que contenga los siguientes aspectos: b) Monitoreo El Monitoreo será aplicado durante cada una de las etapas del proyecto y tendrá como objetivo garantizar la eficiencia y eficacia de las medidas ambientales y controles implementados, permitiendo mediante la evaluación periódica, la adopción de medidas correctoras a la implementación de las mismas. La frecuencia y el período del monitoreo es determinado por la naturaleza del proyecto. El monitoreo debe detallarse para cada una de las etapas del proyecto y debe contener los objetivos, especificación de las medidas y acciones sujetas a monitoreo, los puntos de monitoreo los cuales deberá presentar en un plano a escala adecuada, la frecuencia de control (periodicidad), recursos requeridos, inversiones estimadas, cronograma de actividades, funciones y responsabilidades del personal involucrado, parámetros de verificación e informes a presentar. Deberá incluirse dentro del programa de monitoreo, como mínimo las siguientes acciones: i. Control de la cantidad de recurso hídrico aprovechado tanto en el acuífero (monitoreo de niveles) como en la salida de la fuente (caudal de extracción). Para el caso de manantiales, se deberá considerar el monitoreo de producción y extracción.

18 18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 ii. iii. iv. Control de la calidad del recurso hídrico tanto en agua cruda como en el agua distribuida a los usuarios del sistema. Para el caso de plantas de tratamiento, considerar el control de caudales en las diferentes etapas del sistema, volumen de lodos generados, etc. Monitoreo de la calidad de aguas residuales en las diferentes etapas del sistema de tratamiento propuesto así como en el medio receptor. Además de la descripción anterior, se deberá presentar el resumen de las acciones de monitoreo, según el detalle siguiente:

19 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de El cronograma de la etapa de funcionamiento refleja las actividades que se repiten para un periodo de tres años de funcionamiento del proyecto, para las cuales se deberá renovar la fianza por períodos iguales durante la vida útil del proyecto. d) Cierre de operaciones y Rehabilitación (Cuando proceda). Apartado en el cual se debe incluir los objetivos del cierre, las operaciones a realizar y las medidas ambientales correspondientes, las cuales se debe incorporar en los literales (a), (b) y (c) de este numeral, según corresponda. e) Plano con las medidas ambientales propuestas: Indicando sitios a revegetar, sitios de acopio de desechos sólidos, establecimiento de zonas y obras de protección, localización de sistemas de tratamiento de aguas residuales, pozos de abastecimiento, zonas de protección, y todas las medidas ambientales que hayan resultado como parte del PMA; así como las que se deriven del Plan de Cierre y Estudio de Riesgo, según corresponda. 11. Referencias Comprenderá las fuentes de información utilizadas de apoyo para la elaboración del documento, las cuales deben ser debidamente citadas. 12. Apéndice Comprenderá fotografías, mapas, métodos de evaluación utilizados, estudios técnicos, tablas, gráficos, factibilidades de servicios y otras autorizaciones obtenidas y relacionadas a la ejecución del proyecto, relatoría de las consultas públicas realizadas a iniciativa del titular, el estudio de riesgo, estudio hidrogeológico, informes de perforación de pozos, informe de medición de caudales, plan de contingencia, y cualquier información que amplíe o clarifique el contenido del Estudio de Impacto Ambiental. Los apéndices incluidos serán con información interpretada y aplicada al área del proyecto, en caso de literatura en idioma extranjero, deberá ser debidamente traducida y aplicada al proyecto, con el objeto de lograr mayor comprensión del estudio realizado. Lugar y fecha: San Salvador, 2 de julio de 2012.

20 20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 ACUERDO No. 496-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha veinte de abril de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado LUIS ALONSO RODRÍGUEZ NUÑEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTÍN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F046502) ACUERDO No. 501-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha once de abril de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado EFRAIN MAGDALENO MARTÍNEZ ALVARADO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTÍN H.- M. TREJO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F046583) DECRETO NUMERO UNO. El Concejo Municipal de San Fernando, Departamento de Morazán. CONSIDERANDO: I. Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 204, numeral 1 de la Constitución; Art. 7, inciso 2 de la Ley General Tributaria Municipal; Art. 3, numeral 1 y Art. 30, numeral 21 del Código Municipal; el Municipio esta facultado para crear, modificar y suprimir tasas. II. ORGANO JUDICIAL Corte Suprema de Justicia INSTITUCIONES AUTONOMAS Alcaldías Municipales Que el gobierno Municipal de San Fernando, se ha visto en la necesidad de implementar políticas económicas y financieras para incrementar sus ingresos mejorando el cobro de sus tributos, con el objetivo de mantener la prestación de los servicios, el bienestar social y la seguridad económica de sus habitantes. III. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del Municipio, es conveniente otorgar exenciones tributarias de carácter transitorios que estimulen a los contribuyentes el pago de sus deudas Tributarias Municipales. IV. Que nuestra Constitución no establece prohibición alguna ni la legislación secundaria establecida literalmente, para dispensar el pago de multas e intereses que son necesarios a la obligación principal; en tanto que la dispensa de interés moratorio y multas por omitir el pago que pretende beneficiar a los contribuyentes morosos aplicándoles el principio de lo más favorables para ellos.

21 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de V. Que igualmente al lograr una mayor recaudación ésta se reduce en más obras para la población del Municipio de San Fernando. POR TANTO: En uso de las facultades que le confiere la Constitución de la República, El Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal. DECRETA: ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE MULTAS E INTERESES GENERADOS POR DEUDAS EN CONCEPTO DE TASAS E IMPUESTOS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN FERNANDO, DEPARTAMENTO DE MORAZÁN. Art. 1.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza todo contribuyente que se encuentre en mora con esta municipalidad respecto al pago de Tasas por Servicios Municipales e Impuestos, será dispensado de las multas y los intereses moratorios. Art. 2.- Los contribuyentes que deseen acogerse a los beneficios de esta Ordenanza deberán presentarse al Departamento de Cuentas Corrientes durante la vigencia de la misma a pagar los tributos. Art. 3.- La Administración Tributaria Municipal podrá acordar excepcionalmente conceder planes de pago que no excedan de tres meses, contados a partir de la fecha que se apruebe el plan de pagos. Art. 4.- No gozarán de los beneficios de esta Ordenanza aquellos sujetos pasivos que a la fecha se encuentren sujetos a procesos administrativos o judiciales, en los cuales no se haya emitido sentencia definitiva. Art. 5.- La presente Ordenanza tendrá vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, hasta el treinta y uno de octubre de dos mil doce. Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de San Fernando, a los seis días del mes de junio de dos mil doce. Walter Mauricio Machado, Alcalde Municipal. José BernabE Argueta, Síndico Municipal. Francisco de Jesús Pereira, Primer Regidor Propietario. José Jeremías Argueta, Segundo Regidor Propietario. Hilda MariZol Nolasco Pereira, Secretaria Municipal. (Registro No. F046555)

22 22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 DECRETO NÚMERO DIECISIETE El Concejo Municipal de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad. CONSIDERANDO: 1. Que la Ley Tributaria Municipal sienta las bases y principios generales sobre los cuales los municipios emiten sus tarifas de tasas por servicios prestados, tanto administrativos como jurídicos. Art. 3 al Que conforme a lo dispuesto por la LEY GENERAL TRIBUTARIA MUNICIPAL en su Art. 7 inciso segundo, corresponde al Concejo Municipal, crear, modificar o suprimir las tasas y contribuciones especiales, mediante la emisión de ordenanzas en las cuales se fijen las políticas, criterios y regulaciones, dependientes de la Administración Tributaria Municipal. 3. Que como consecuencia del crecimiento y desarrollo del Municipio, la prestación de servicios se ha diversificado y multiplicado, y la obligación de garantizar el equilibrio entre Desarrollo y preservación del Medio Ambiente se hace inminente en la vida de Nuevo Cuscatlán. Todo lo anterior, eleva exponencialmente el costo de la Administración municipal en el mantenimiento y garantía de los servicios públicos municipales. Por tanto, en aras de elevar la calidad de los mismos y asegurar el cumplimiento de las obligaciones con todos los sectores y la ciudadanía, se hace necesario modificar y ajustar el valor de las tasas para un conjunto de contraprestaciones, dentro de la jurisdicción del Municipio de Nuevo Cuscatlán, tomando en cuenta en su aplicación y fijación, la condición económica de cada uno de los sectores y/o habitantes de esta localidad. 4. Asimismo, al efectuar el estudio y análisis de la Ordenanza vigente, se pudo apreciar que en su contenido a pesar de las reformas, todavía se carece de algunos principios teóricos que en la actualidad constituyen la base para el establecimiento de Tasas Municipales, y de cobros adecuados a la actividad y/o hecho generador de acuerdo a la capacidad del sujeto pasivo y la obligatoriedad del Municipio de preservar los principios y valores de la tributación en virtud de asegurar los proyectos y beneficios que con tales contribuciones se mejora la calidad de vida de la población de Nuevo Cuscatlán. POR TANTO: Este Concejo, en uso de las facultades que le señala el Art. 204, ordinal 1 y 5 de la Constitución de la República, el Art. 30 numeral 4, Artículos 2, 3, 4 y 7 del Código Municipal y los Artículos 2, 5, 77 y 76 de la Ley General Tributaria Municipal. DECRETA LA SIGUIENTE REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS Y SERVICIOS MUNICIPALES DE NUEVO CUSCATLAN: CAPÍTULO SEGUNDO TASAS POR SERVICIOS PUBLICOS Refórmase el literal 9 del CAPITULO SEGUNDO, TASAS POR SERVICIOS PUBLICOS, Artículo 2, SERVICIOS PÚBLICOS, quedando de la siguiente manera: 9) Derecho de uso de suelo y sub-suelo: a) Por cada poste de concreto, madera y metálico del tendido eléctrico o de la red telefónica y de comunicaciones existentes en el municipio al mes... $ 1.25

23 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de d) Permiso por el uso del espacio aéreo y canalización subterránea por cada metro lineal al mes... $ 0.85 Se reforma el literal f) quedando de la siguiente manera: f) Por el funcionamiento de cada torre del tendido eléctrico o telefónico y comunicaciones al mes... $ Se adicionan los literales j, k, l, m, n, o, p, q quedando de la siguiente manera: j) Permiso de instalación de torres de tendido eléctrico, telefónico y comunicaciones al mes... $ 1, k) Permiso de instalación de antenas... $ l) Funcionamiento de antenas... $ m) Factibilidad de Desechos sólidos para todo tipo de desarrollo habitacional individual hasta 65 mt² TASA ÚNICA... $ n) Factibilidad de desechos sólidos para desarrollos urbanísticos habitacionales y/o parcelaciones hasta 250 mt² y área de construcción hasta 150 mt², TASA ÚNICA... $ o) Factibilidad de desechos sólidos para desarrollos urbanísticos habitacionales y/o parcelaciones de 250 mt² de construcción en adelante, TASA ÚNICA... $ p) Factibilidad de desechos sólidos para desarrollos comerciales, industriales y otros similares hasta 330 mt², TASA ÚNICA... $ q) Factibilidad de desechos sólidos para desarrollos comerciales, industriales y otros similares de 330 en adelante mt², TASA ÚNICA... $ DEROGATORIA Art Refórmese la Ordenanza Reguladora de las Tasas Municipales, del Municipio de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, publicada en el Diario Oficial No. 109 Tomo 395 de fecha 14 de Junio de 2012 y deróguese toda otra norma que contravenga las reformas a la presente Ordenanza. Art El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial Dado en el Salón de reuniones de la Alcaldía de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a los dieciocho días del mes de junio de Nayib Bukele, Alcalde de Nuevo Cuscatlán. Juan Carlos Figueroa Chávez, Secretario Municipal. (Registro No. F046656)

24 24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 (Registro No. F046535)

25 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de (Registro No. F046537)

26 26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNIDAD MILAGRO DE DIOS: QUE PODRÁ ABREVIARSE CON LAS SIGLAS A.C.O.M.I.D.I.O.S. QUE CONSTA DE SETENTA Y DOS ARTÍCULOS. CAPÍTULO I DE LA CONSTITUCIÓN, EL NOMBRE Y EL DOMICILIO. CAPÍTULO III DE LA SIMBOLOGÍA Y EL PLAZO Art. 3.- Esta Asociación tendrá como distintivo un sello en forma: Redonda en el que se leerá en la parte superior Asociación Comunal, en la parte inferior Comunidad; Milagro de Dios y al centro encontrarán las siglas: "ACOMIDIOS San Martín. Art. 1.- Constitúyese en la comunidad Milagro de Dios, Km 17 Carretera de Oro, jurisdicción del Municipio de San Martín, departamento de San Salvador, la Asociación Comunal Milagro de Dios, que podrá abreviarse con las siglas; "ACOMIDIOS" y estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de Asociaciones comunales del municipio, por estos Estatutos, el Reglamento Interno y demás disposiciones aplicables. Tendrá su domicilio legal y el desarrollo de sus actividades en el Municipio de San Martín. CAPÍTULO II DE LA NATURALEZA Y EL OBJETO DE LA ASOCIACIÓN Art. 2.- La Asociación que se constituye es de naturaleza comunal; no lucrativa, de carácter democrático, no religiosa, y no obedece líneas de ningún Partido Político; y tendrá por objetivo los siguientes: Serán Asociados Activos: Todas aquellas personas naturales de la comunidad, que con posterioridad a la constitución de la Asociación lo soliciten por escrito y obtengan su ingreso a la Asociación de la forma a) Motivar y participar en el estudio o análisis de los problemas y necesidades de la comunidad; que lo establecen estos Estatutos y el reglamento interno. Serán Asociados Honorarios: Las personas naturales o jurídicas b) Impulsar la búsqueda de soluciones a los problemas de la comunidad, mediante la formulación y ejecución de proyectos que procuren y contribuyan al desarrollo de la comunidad; c) Fomentar el espíritu de colaboración y solidaridad, principalmente en los miembros de la comunidad; d) Velar y garantizar que los proyectos y programas aprobados se cumplan en los términos legales; e) Trabajar en forma armónica con los planes de desarrollo local y regional, así como colaborar con la ejecución de los mismos, especialmente cuando se trate de proyectos que conlleven al beneficio directo de los habitantes de la comunidad; f) Impulsar la formulación de proyectos de beneficio comunal; g) Fomentar el estudio en temas ambientalistas con el objetivo de velar por la protección del ambiente y su impacto en la Comunidad; h) Organizar comités o grupos de cualquier índole y que sirvan para desarrollar los planes de la Asociación; i) Buscar la unidad con otras asociaciones u organizaciones que persigan el mismo fin del desarrollo comunal. Art. 4.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefinido, sin embargo, podrá disolverse y liquidarse por cualquiera de las causas previstas en estos Estatutos y demás leyes aplicables. CAPÍTULO IV DE LOS ASOCIADOS Art. 5.- La Asociación contará con tres clases de asociados; a) Asociados Fundadores. b) Asociados Activos y c) Asociados Honorarios. Son Asociados Fundadores: Todas aquellas personas naturales, de la comunidad, que suscriban el acta de constitución de la Asociación. Los asociados fundadores también, ostentarán la calidad de asociados activos. que por haber realizado una destacada labor en la comunidad o brindado una ayuda significativa a la misma, la Asamblea General les otorgue la calidad de tales. DE LOS REQUISITOS PARA SER ASOCIADO Art. 6.- Para poder ser Asociado Fundador o Activo se deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Ser persona natural. b) Ser mayor de dieciocho años de edad. c) Ser residente de la comunidad. d) Ser de conducta honorable. Art. 7.- Los interesados en ingresar a la Asociación deberán llenar una hoja de afiliación, en la que consten sus generales, manifestando su voluntad de pertenecer a la Asociación y que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo anterior. La Junta Directiva comprobará que los datos obtenidos en la hoja de afiliación sean correctos, si así fuere, procederá a incorporar al interesado al registro de miembros, quien además será juramentado en presencia del pleno de la Asamblea.

27 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de DEL REGISTRO DE LOS ASOCIADOS Art. 8.- La Asociación deberá contar con un registro de asociados o libro de afiliación en el cual habrá una sección para asociados activos y otra para asociados honorarios. En cada asiento se indicará el nombre y las generales del asociado a saber edad, residencia, número de Documento Único de Identidad, fecha de ingreso y otros datos que se consideren convenientes sobre el inscrito. DE LAS FACULTADES Y DERECHOS DE LOS ASOCIADOS Art. 9.- Son facultades o derechos de los asociados fundadores o activos: a) Participar con voz y voto en las reuniones de Asamblea General, excepto los asociados honorarios, quienes solo tendrán derecho a voz; b) Presentar en las Asambleas Generales y/o reuniones de Junta Directiva sugerencias encaminadas a alcanzar el buen funcionamiento y desarrollo de la Asociación; c) Retirarse voluntariamente de la Asociación presentando su renuncia, en forma escrita, ante la Junta Directiva o la Asamblea General; d) Elegir y ser electos para cargos en la Junta Directiva, organismos de gobierno y los comités que se formen; e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva, información sobre el funcionamiento de ésta y de los proyectos aprobados o rechazados por la Asociación y estados financieros en Asamblea General; f) Aceptar la participación en cualquier comisión que se cree, ya sea para gestionar o realizar trabajos o actividades en nombre de la Asociación; g) A ser oído y vencido en el procedimiento disciplinario interno, para la aplicación de medidas disciplinarias acordadas por la Asamblea General y ejecutadas por la Junta Directiva, de acuerdo a lo preceptuado en estos estatutos, reglamento interno, ordenanzas y leyes afines; h) Todos los demás que les confieren estos Estatutos; el Reglamento Interno, y la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales. DE LOS DEBERES Y LAS OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS Art Serán obligaciones de los asociados: d) Abstenerse de acciones u omisiones que puedan perjudicar la armonía, las actividades y en general, los objetivos de la Asociación; e) Estar solventes con las cuotas sociales o de otra índole que sean aprobadas por la Asamblea General; estarán exentos de esta obligación los asociados honorarios; f) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en estos Estatutos y el Reglamento Interno, así como obedecer y velar porque se cumplan las disposiciones de la Asamblea General y la Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los objetivos de la Asociación. Art La calidad del asociado se perderá por retiro voluntario o renuncia, cambio de domicilio o residencia, expulsión o muerte del asociado. Si el asociado cambiare de domicilio o de residencia lo deberá comunicar por escrito a la Junta Directiva a fin de que ésta lo excluya del libro de asociados, consignando la razón de su retiro, la regla que se refiere al cambio de residencia aplicará solo cuando ésta sea a otra comunidad. En caso de expulsión se seguirá el debido proceso debiendo ser escuchado el asociado y probados los hechos que se le imputan, con la comprobación de las imputaciones se le excluirá a éste del libro de asociados, consignando las razones y motivos de la misma. En caso de muerte serán los familiares quienes comunicarán a la Junta Directiva el deceso del asociado, procediendo la Junta Directiva como en el caso anterior. En caso de renuncia ésta deberá ser escrita y será resuelta por la Junta Directiva en el plazo de setenta y dos horas contadas a partir de la presentación del escrito que contenga la renuncia, teniendo un máximo de ocho días para resolverlo según el caso lo amerite y a razón de la Junta Directiva. Art Los miembros de la Asociación podrán ser expulsados de la misma, según las causales siguientes; a) Por incurrir en mala conducta que ocasionare perjuicios a la Asociación o a los miembros de la misma en general; b) Por negarse a desempeñar, por abandonar sin motivo justificado el desempeño de los cargos de elección o comisiones que le hubieran encomendado la Asamblea General o la Junta Directiva, siempre que éstos hubieren sido aceptados y/o por desempeñar con negligencia los mismos; c) Por habérsele comprobado la obtención de beneficios de la Asociación, de manera fraudulenta, ya sea para sí o para terceros; a) Fomentar el espíritu de servicio entre los asociados; b) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General y/o de Junta Directiva; c) Desempeñar con responsabilidad, eficiencia y honradez los cargos para los que fueren electos o nombrados; y desempeñar a cabalidad las comisiones que el asociado se haya comprometido a realizar; d) Cuando se compruebe fehacientemente que el asociado haya cometido actos de corrupción o cualquier acto violatorio de la ley, perjudicial a los intereses de la Asociación y contrario a los principios de la misma; e) En general por incumplimiento de las Leyes, Ordenanzas, Estatutos, Reglamento y disposiciones de la Asamblea General o Junta Directiva siempre que estén relacionados con los objetivos de la Asociación.

28 28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Art Serán faltas leves: Serán extraordinarias las reuniones de Asamblea General celebradas a) Falta de espíritu de servicio y unidad; éstas en fechas distintas a las establecidas, para tratar los puntos específicos para los cuales hubiere sido convocada. Si existen puntos no plasmados b) Inasistencia continua e injustificada por tres ocasiones a las sesiones de Junta Directiva y Asamblea General; en convocatoria pero de importancia para la asociación, la Asamblea determinará si son tratados en ésta o si se convoca otra Asamblea c) Mostrar indisciplina e incumplimiento de las funciones designadas, tanto en el ejercicio de sus cargos, como durante el desarrollo de las sesiones de Junta Directiva o Asamblea General. extraordinaria. Art Las reuniones de Asamblea General Ordinaria deberán celebrarse una vez cada cuatro meses y las Extraordinarias cuando sean convocadas por la Junta Directiva a iniciativa propia, o a petición de por Art Los asociados podrán ser sancionados con amonestación por escrito cuando cometan cualquier falta leve, y serán expulsados cuando cometieren cualquier falta grave, solo se sancionará a un asociado lo menos la mitad más uno de los asociados. También podrán convocar a Asamblea General Extraordinaria el treinta por ciento de los asociados inscritos en el registro de asociados. si previamente se le ha dado oportunidad de defenderse y se comprobare que cometió la falta. Art Las convocatorias para reuniones Ordinarias de Asamblea General las hará la Secretaría de Comunicaciones de la Junta Directiva, Art Cuando un asociado incurriere en cualquiera de las causas por medio de convocatoria escrita. de expulsión establecidas en estos Estatutos, la Junta Directiva citará al Si la sesión no se celebrase el día y la hora señalados en la asociado que haya incurrido en la falta para que exprese los alegatos de convocatoria por la falta de quórum, fuerza mayor o caso fortuito su defensa, y analizados los mismos por la Junta Directiva, ésta hará un se hará nueva convocatoria dentro de los cinco días siguientes y las informe para presentarlo a la Asamblea General, para que ésta acuerde resoluciones se tomarán con los votos de las tres cuartas partes del la expulsión o la continuidad del asociado. quórum establecido. El asociado, de no estar conforme con la resolución, podrá recurrir verbalmente ante la misma Asamblea, quien le deberá dar su fallo definitivo de manera inmediata, el que quedará firme. Art Las convocatorias indicarán el día, lugar y hora en que En caso de ausencia del asociado la Asamblea resolverá según lo conveniente, todo esto quedará plasmado en acta. sancionatorio quedarán en suspenso mientras dure el mencionado procedimiento, excepto el derecho a voz y a defensa CAPÍTULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL deberá celebrarse la Asamblea General sea ésta ordinaria y extraordinaria, así como la agenda de trabajo. Cuando sea un miembro de la Junta Directiva u organismo de gobierno el que está sujeto al procedimiento sancionatorio, éste será Art Cuando un asociado no puede asistir a la reunión ordinaria separado de su cargo temporalmente, absteniéndose de conocer del citado o extraordinaria de Asamblea General podrá delegar su voto a su cónyuge procedimiento, hasta que haya una resolución firme, en caso de que la o compañera(o) de vida, un hijo o hija, aunque éstos no sean asociados, resolución sea favorable, éste volverá a su cargo, si es desfavorable será siempre que sean mayores de edad debiendo hacer constar por escrito a aplicada la sanción establecida en estos estatutos. la Junta Directiva la representación otorgada. Los Derechos de los Asociados que están bajo el procedimiento Art Los acuerdos tomados en reunión ordinaria y extraordinaria de Asamblea General, para que sean válidas deberán contar con la mitad más uno de los votos a favor, excepto cuando dichas reuniones se celebren en segunda convocatoria, en cuyo caso solo serán válidos, los acuerdos tomados con los votos de las tres cuartas partes del quórum establecido. Art La Asamblea General es la máxima autoridad, estará constituida por todos los asociados, inscritos en el registro de la Asociación. Art La Asamblea General podrá sesionar en forma ordinaria o extraordinaria. Serán ordinarias las reuniones de Asamblea General cuando se realicen en las fechas establecidas para ello; en dichas reuniones se tratarán los puntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados. Art Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva, organismos de gobierno y vigilancia; b) Solicitar y recibir de la Junta Directiva los informes que crea convenientes con el objeto de llevar una sana administración de la Asociación, aprobar o denegar el estado financiero de la Asociación; c) Elegir la Comisión Electoral que organizará el evento de elección de los organismos de gobierno, ésta será conformada por tres personas de su seno;

29 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de d) Comprobar su quórum con base a la cantidad de representantes de la comunidad; e) Acordar la cuantía de cuota que aportará cada asociado y en caso de proyectos de beneficio común deberá definir la cuota que deben dar las familias beneficiadas del mismo; f) Que la entrega o traspaso de libros, llaves, fondos o cualquier otro bien, a la nueva Junta Directiva se realicen en la misma Asamblea de elección y toma de posesión; g) Ratificar algún cambio, que haya realizado la Junta Directiva entre sus miembros. Emitir opinión sobre cualquier decisión que se tome de acuerdo con la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales del Municipio de San Martín y estos Estatutos. La que deberá constar en el Acta respectiva. h) Definir representantes ante el Organismo Intercomunal; i) Garantizar que sus acuerdos y decisiones sean tomados por mayoría, y razonar cuando se haga con base al cincuenta por ciento más uno o mayoría simple; j) Sustituir, aceptar o ratificar la sustitución que haya hecho la Junta Directiva de algunos de sus miembros que hubieren optado a cualquier cargo de dirección política partidaria, elección popular o de funcionario municipal. La sustitución será efectiva a partir de tener conocimiento que el directivo ha sido electo o nombrado, en uno de esos cargos que le son incompatibles con su responsabilidad de conducción comunal. En el caso de funcionarios municipales deberá valorarse que su función no riña con los objetivos de la organización comunal; k) Constituir la Asociación Comunal, aprobar los Estatutos o sus modificaciones, posibles en Asamblea General Extraordinaria especialmente convocada para este fin, aprobar el Reglamento Interno; l) Aprobar el Plan Anual de Trabajo de la Asociación Comunal y su respectivo presupuesto anual; m) Destituir por causas justificadas y legalmente comprobadas a los miembros de la Junta Directiva en pleno o individualmente y elegir a los sustitutos de conformidad a estos Estatutos; n) Otorgar la calidad de asociados honorarios; o) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, su reglamento interno y demás leyes de la República. CAPÍTULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA Art La Junta Directiva será integrada con los siguientes cargos. a) Secretaría General. b) Secretaría de Actas. c) Secretaría de Finanzas. d) Secretaría de asuntos legales. e) Secretaría de Comunicaciones. f) Secretaría de Cultura, Recreación y Deportes. g) Secretaría de niñez y juventud. h) Secretaría de Proyectos. i) Secretaría de la mujer. j) Secretaría de Salud y Medio Ambiente. k) Secretaría de Agricultura y Ganadería. Nombrándose además, si la Asamblea General así lo estima necesario, un miembro sustituto por cada cargo existente. Art Serán atribuciones de la Junta Directiva: a) Ejecutar los planes que en virtud de los objetivos se hayan planteado, y coordinar e impulsar las actividades de beneficio para la comunidad; b) Elaborar el diagnóstico situacional y censo poblacional propio y actualizarlo anualmente, además elaborar el Plan de Desarrollo Comunal y Plan de Trabajo, gestionando de estos últimos su respectivo financiamiento; c) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación Comunal, sus modificaciones y proponerlos a la Asamblea General para su aprobación, así como elaborar y aprobar el Reglamento Interno, y los manuales necesarios para que orienten la buena administración dentro de la Asociación; d) Tramitar la obtención de la personalidad jurídica de la Asociación Comunal conforme el Código Municipal y la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales del municipio de San Martín, e inscribirla en el registro respectivo de la Municipalidad, una vez agotado el procedimiento para la obtención de personería Jurídica; e) Velar porque en lo posible, ninguno de sus miembros, atienda más de una responsabilidad a la vez, en la conducción a cualquier nivel de la estructura comunal; f) Coordinar la reunión de los representantes, cuando sean más de una persona, a fin de especializarlos en su labor representativa; g) Acreditar por escrito a su o sus representantes ante el organismo Zonal según el caso; h) Facilitar toda la información que cualquier asociado solicite en referencia a su funcionamiento en general como Junta Directiva; i) Elaborar las funciones de las Secretarías, que se creen, presentándolas a la Asamblea General para que ésta dé su visto bueno, la misma regla se seguirá en la modificación de éstas; j) Garantizar que los libros de su labor administrativa, estén siempre al día; k) Velar porque siempre se lea el Acta anterior, y revisar el cumplimiento de los Acuerdos; l) Crear las Secretarías, Comisiones Especiales y comités de apoyo de la Asociación que fueren necesarias, con el propósito de ejecutar las diferentes acciones que se contemplen en el Plan de desarrollo local, impulsando el desarrollo comunal y agilizando el funcionamiento de la misma;

30 30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 m) Convocar a reuniones de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria; n) Realizar y participar en las investigaciones, planeamiento, ejecución y evaluación de los programas de mejoramiento comunal; ñ) Mantener informada constantemente a la Asamblea General sobre los avances de las actividades, que se desarrollan y del estado financiero de los mismos; o) Atender las indicaciones del Comité de Vigilancia y responderle oportunamente por escrito; p) Realizar sesiones de trabajo en coordinación con el Departamento de Participación Ciudadana y Promoción Humana de la municipalidad, que además ejercerá la contraloría en coordinación con el Comité de Vigilancia; q) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, Reglamento Interno, y demás leyes de la República, así como velar que se respeten los acuerdos y disposiciones emitidas por la Asamblea General y por la misma Junta Directiva; r) Hacer la calificación previa en los casos de retiro voluntario o expulsión de los asociados así como en los casos de destitución individual de los miembros de la Junta Directiva; s) Administrar con honestidad el patrimonio de la Asociación, velando porque éste sea aplicado para lograr los fines de la comunidad, así mismo proteger y vigilar porque se conserven en buen estado los bienes de la misma, y que éstos se empleen en forma óptima, procurando que se incrementen los activos de ésta; f) Las demás que surjan en virtud de sus atribuciones. Art La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al t) Presentar a la Asamblea General la memoria anual de labores, mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, a solicitud del el informe de la ejecución presupuestaria, el plan de trabajo Secretario General o de tres o más miembros de la Asociación, sus resoluciones y acuerdos serán aprobados preferentemente por unanimidad. y el respectivo presupuesto del año siguiente; u) Velar porque se cumpla el presupuesto anual que la Asamblea La mitad más uno de sus miembros será el quórum mínimo para General haya aprobado para el ejercicio correspondiente; sesionar. v) Mantener relaciones con organismos estatales, municipales y entidades privadas, con el objeto de buscar el apoyo de los mismos para proyectos de la Asociación, coordinando con la municipalidad y las entidades privadas y estatales, los proyectos y programas de desarrollo local, a fin de evitar acciones dispersas; w) Velar porque las decisiones tomadas en la Asamblea sean ejecutadas por los organismos a quienes se les ha encomendado, vigilando el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los asociados; x) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos y las Leyes de la República. Art La Junta Directiva con aprobación de la Asamblea General declarará como Asociados Honorarios a personas e instituciones que hayan prestado servicios relevantes a la comunidad. Art Las reuniones de la Junta Directiva deberán de realizarse con el conocimiento del lugar, fecha, hora y agenda a desarrollar, por todos aquellos interesados especialmente de su comunidad, las reuniones podrán ser públicas o privadas. Art La Junta Directiva en sus Sesiones de trabajo deberá: a) Planificar los proyectos de desarrollo de la comunidad con base al Diagnóstico situacional; b) Facilitar la organización de la comunidad animando el trabajo de cada Secretaría y de cada subsector comunal, si se da el caso; c) Promover la realización de sesiones de trabajo en coordinación con el Departamento de Participación Ciudadana y Promoción Humana de la municipalidad, que además ejercerá la contraloría en coordinación con el Comité de Vigilancia; d) Implementar los planes de trabajo aprobados en las sesiones de Asamblea General; e) Controlar los acuerdos tomados y velar por su cumplimiento; Art Las sesiones de la Junta Directiva serán presididas por el Secretario General, y a falta de éste por el miembro de la misma, que la Junta Directiva designe. Podrán crearse y elegir a las Secretarías Suplentes, en la misma Asamblea General, según la necesidad. Art Los acuerdos de Junta Directiva serán aprobadas por lo menos por la mitad más uno de sus miembros; en caso de empate, el Secretario General o quien lo represente tendrá voto de calidad. Art La Junta Directiva según lo considere pertinente podrá solicitar que el Consejo Asesor, formado por los miembros de la Junta Directiva que fungió en el período precedente, le oriente en temas específicos, sobre la conducción de la Asociación Comunal. Art El período de función de los cargos de la Junta Directiva será de dos años a partir de la fecha en que tomen posesión de los mismos, pudiendo reelegirse para un período más, esta misma regla es aplicable a la Junta de Vigilancia.

31 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de La elección de los miembros de la Junta Directiva y organismos de gobierno se realizará quince días antes de que concluya el período de la última Junta Directiva electa, y de los organismos de gobierno en sesión de Asamblea General extraordinaria, por mayoría simple, y ante la presencia de un delegado municipal, debiendo registrarse la nueva Junta Directiva en el Registro de Asociaciones Comunales de la Alcaldía Municipal de la ciudad de San Martín. DE LA COMISIÓN ELECTORAL Art, 34.- De los asociados se elegirá una Comisión transitoria que deberá ser nombrada al momento de realizarse la Asamblea General de Constitución de la Asociación Comunal, de igual forma se constituirá, en todas las Asambleas Generales, ordinaria o extraordinaria, según sea el caso para llevar a cabo el evento electoral de miembros de Junta Directiva y organismos de gobierno, o para sustituir a alguno de sus miembros por renuncia o destitución, estará conformada por tres asociados; de los elegidos para formar esta comisión uno se nombrará como coordinador, el cual se encargará de organizar el evento electoral, un segundo miembro se nombrará como Secretario, quien consignará en acta todo lo actuado por la comisión, y un tercer miembro se nombrará como Fiscal, quien verificará la legalidad del proceso de elección, las actuaciones de esta comisión estarán enmarcadas en las disposiciones del Código Municipal, esta Ordenanza, principios de equidad y democracia y disposiciones de la Asamblea General, con tal que no contravengan las leyes de la República. DE LAS ELECCIONES DE JUNTA DIRECTIVA Y OTROS ORGANISMOS COMITÉ DE VIGILANCIA Art Las elecciones de la Junta Directiva se preparan con dos meses de anticipación, a la conclusión del mandato de la Junta Directiva y organismos salientes, para ello se procederá de la siguiente manera: Art De entre los miembros que asistan a la Asamblea General, a) Se procederá a elegir en Asamblea General a los miembros de la Comisión Electoral, la cual iniciará su mandato desde el momento de su elección y sus miembros durarán en el cargo dos meses contados a partir del día de su juramentación por la Asamblea General convocada para ello; b) La Comisión Electoral prepara el evento electoral, con descripción de la fecha del evento y el modo en que se van tener los mismos requisitos de los miembros de la Junta Directiva. a realizar las elecciones; c) La Comisión Electoral presentará a la Asamblea General, en los primeros treinta días de su mandato el programa del evento electoral, para que ésta lo apruebe o modifique; d) La Comisión Electoral, preparará con quince días de anticipación al evento electoral, las convocatorias para que los asociados concurran a la Asamblea General, expresando el motivo de la convocatoria y el mecanismo electoral a utilizar; e) La Comisión Electoral garantizará la participación democrática, y el cumplimiento de los requisitos que establece esta ordenanza en relación a las personas a elegir, y al procedimiento. Cuando se trate de sustitución de miembros de la Junta Directiva u Organismos de Gobierno, ya sea porque éstos han renunciado o se han destituido, se seguirán las reglas antes indicadas, en lo que sea pertinente. Art La Junta Directiva y los demás organismos que resulten electos, serán juramentados por la Comisión Electoral y con calidad de testigo y garante del proceso el Alcalde Municipal o la persona a quien éste delegue. Art La Comisión Electoral enviará al Departamento de Participación Ciudadana y Promoción Humana la Certificación del acta de Elección de Organismos de Dirección y la lista de los directivos electos con la nominación de los cargos. Art Se permitirá que la Municipalidad participe ocasionalmente o cuando fuere necesario en las Sesiones de Asamblea General o Junta Directiva, para asesorar en la toma de las decisiones; para lo cual podrá nombrar uno o más delegados. Art Toda Junta Directiva saliente, deberá rendir un informe general documentado a la Junta Directiva entrante, podrá contar como máximo con quince días después de haber sido realizada la Asamblea, debiendo justificar su atraso. se elegirá un Comité de Vigilancia formado por tres miembros, y en caso de que la Asamblea lo estime conveniente, se nombrarán sus respectivos suplentes, éste se conformará por un Presidente, un Secretario y un Vocal, que tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, trabajos, libros y documentos de la Asociación Comunal y de las respectivas Secretarías que se crean, también podrán inquirir sobre el trabajo que realicen los Comités de Apoyo; para ser miembro del comité de vigilancia deberá Art A fin de que el patrimonio y las finanzas de las Asociaciones Comunales sean manejadas en orden y con honradez, el Comité de Vigilancia podrá realizar auditorías a solicitud de por lo menos la tercera parte de los miembros o de oficio, para lo cual nombrará delegados con esa finalidad pudiendo ser uno de ellos el promotor social respectivo de la municipalidad u otro técnico que la municipalidad nomine. Sus recomendaciones a la Junta Directiva las hará por escrito, de la misma forma deberá recibir las respuestas pertinentes en un plazo máximo de quince días, el incumplimiento de dicho plazo dará lugar a sanción por escrito y pública por parte del Comité de Vigilancia, que deberá enviar copia al Registro de Asociaciones Comunales para agregarla al expediente respectivo.

32 32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Si después de quince días de ser notificada la Junta Directiva no cumple con la recomendación planteada, faculta al Comité de Vigilancia para que convoque a la Asamblea General Comunal. Art. 42.-Todas las Secretarías deberán rendir informes oportunos de sus actuaciones, a la Junta Directiva y al Comité de Vigilancia, cuando así les sea requerido. h) Gozar del voto de calidad en las diferentes sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General que se realicen en la Asociación, siempre que exista empate al momento de tomar decisiones; i) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos, el Reglamento Interno, la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales del Municipio de San Martín, y las demás leyes de la República. Art Para ser directivo se requiere residir en la Colonia, al menos por un año y tener dieciocho años de edad, no así el Secretario General y el Secretario de Asuntos Legales, quienes deberán ser mayores de veintiún años de edad. Art La Junta Directiva podrá ser destituida en pleno o individualmente por faltas graves de cualquier naturaleza en el ejercicio de sus funciones, por el voto de la mitad más uno de los Asociados en Asamblea General, previo procedimiento, siendo que la Asamblea nombrará una comisión integrada con tres de sus miembros para que investiguen el hecho del que se les acusa, esta comisión presentará un informe detallado del caso, pudiendo solicitar apoyo técnico de la Municipalidad, si se creyere necesario. En caso de que ésta quede destituida se hará un llamado inmediato a elecciones, entrando a funcionar la Comisión Electoral, la que preparará el evento electoral en los próximos quince días de hacerse este llamamiento, según las reglas plasmadas en estos Estatutos. La destitución individual procederá después de tres amonestaciones por faltas leves, y a la primera cuando se trate de falta grave, aplicándoseles en lo que fuere pertinente las mismas reglas referidas a la expulsión de asociados. Art Son atribuciones del Secretario de Finanzas. a) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes Art Son atribuciones del Secretario General: muebles e inmuebles propiedad de la Asociación; a) Representar judicial o extrajudicialmente a la Asociación conjunta o separadamente con el Secretario de Asuntos b) Llevar los registros de control de ingresos, egresos y saldos de la Asociación, de manera actualizada, y en orden; Legales, para probar tal calidad bastará la certificación del punto de Acta respectiva; b) Presidir las sesiones de Junta Directiva y Asamblea General Art Son atribuciones del Secretario de Actas: a) Manejar los libros de actas en los que se hagan constar las actuaciones de Junta Directiva y de la Asamblea General, manteniéndolos actualizados; b) Guardar los libros correspondientes, sellos y demás documentos confiados a su cuidado; c) Llevar en orden y actualizado el libro de registro de asociados; d) Dar lectura del acta correspondiente y demás documentación que solicite el Secretario General de la Junta Directiva; e) Autorizar los libros que se requieran para una mejor administración y registro del quehacer de la Asociación; f) Remitir al Registro de Asociaciones Comunales de la Ciudad de San Martín, el acta certificada en donde conste la elección o reestructuración de la Junta Directiva y organismos de gobierno, así como el plan de trabajo correspondiente; g) Todas las demás que le señalen estos estatutos, el reglamento interno, y ordenanzas afines. c) Custodiar el patrimonio de la Asociación, velar por la utilización adecuada de los recursos económicos así como efectuar los pagos de las obligaciones de ésta; orientando sus deliberaciones; d) Abrir, mantener y cerrar junto con el Secretario General y el c) Coordinar las actividades que realicen las diferentes secretarías y sus respectivos comités de apoyo; Secretario de Asuntos Legales, las cuentas bancarias de la Asociación así como Autorizar con su firma, el movimiento de las mismas que tenga la Asociación, documentos de d) Firmar los documentos de pago de tesorería y autorizar los crédito, tales como vales, pagarés, y otros documentos de gastos de la Asociación; obligación; e) Elaborar junto con el Secretario de actas, la agenda a tratar e) Gestionar que se hagan efectivos en forma rápida los créditos en las diferentes sesiones de Junta Directiva y Asamblea concedidos a la Asociación; General; f) Rendir informes financieros mensualmente a la Junta f) Velar porque se mantenga el orden y disciplina de los asociados Directiva; de igual modo deberá informar sobre el estado en las Asambleas que se celebren; financiero de la Asociación a la Asamblea General, a la g) Velar porque se cumplan y respeten todos los acuerdos y disposiciones tomadas en la Asamblea General o en Junta Directiva; Junta Directiva o a la Alcaldía Municipal de San Martín, por medio del Departamento de Participación Ciudadana y Promoción Humana, cuando éstas así lo requieran;

33 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de g) Elaborar y presentar a la Asamblea General el informe trimestral y anual del estado financiero de la Asociación; h) Recibir o cobrar cuotas ordinarias o extraordinarias de los asociados, previa aprobación de la Asamblea General; i) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos y el Reglamento Interno y demás leyes aplicables. c) Incentivar las aptitudes artísticas en cualquiera de sus ramas, tales como la música, teatro, pintura, danza y otras similares, fomentando a su vez la creación de grupos artísticos representativos de la comunidad; d) Fomentar visitas a diversos centros de recreación ya sea con fines culturales, recreativos o con el objeto de obtener fondos en beneficio de la Asociación, para lo cual deberá manejar dichos ingresos, Tesorería; Art A la Secretaría de Asuntos Legales le corresponderá: a) Representar legalmente a la Asociación, la misma función que ejecutará en forma conjunta o separadamente con el Art Secretaría de la Niñez y Juventud: Secretario General de la Junta Directiva; a) Impulsar programas y proyectos encaminados al desarrollo b) Velar por el estricto cumplimiento de las leyes, ordenanzas, Estatutos, el reglamento interno y demás acuerdos tomados integral de la niñez y de la juventud con énfasis en los derechos reconocidos por la legislación nacional y por los instrumentos en Asamblea General o en Junta Directiva; c) Investigar e informar a la Junta Directiva de cualquier situación o problema que presenten los asociados con respecto a los Art Son atribuciones de la Secretaría de Proyectos: estatutos, reglamento y demás disposiciones legales, y acuerdos de la Asamblea General, Junta Directiva y organismos de a) La gestión, fiscalización de los proyectos a desarrollar en la comunidad; gobierno; b) Ser garante de la óptima ejecución de los diferentes proyectos de d) Formar parte de las comisiones que la junta directiva integre para la aplicación de medidas disciplinarias. desarrollo comunal, en materia de vivienda, salud, educación y otros similares, velando porque los recursos humanos y materiales de cada proyecto sean aprovechados de la mejor forma y porque éstos vayan en armonía con el medio ambiente. Art Son atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones: a) Hacer las Convocatorias a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General, tal como establece estos Estatutos; Art Son atribuciones de la Secretaría de la Mujer: b) Establecer y mantener vínculos con entidades públicas y privadas a nombre de la Asociación, las cuales posibiliten la realización de programas de desarrollo comunal; a) b) c) Defender los derechos de la mujer y las familias; Organizar Proyectos y Charlas para las Mujeres; Promover e impulsar el desarrollo de la mujer; c) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación; d) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos, el Reglamento Interno y leyes aplicables. Art Son atribuciones de la Secretaría de Salud y Medio Ambiente: Art Son atribuciones de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deportes: a) Impulsar programas y proyectos de alfabetización, educación vocacional, recreativos y otros similares, para lograr el desarrollo integral de los miembros de la Asociación Comunal; b) Propiciar la realización de torneos o eventos de cualquiera de las ramas del deporte para incentivar a los habitantes de la comunidad a un sano esparcimiento, aumentando así las relaciones sociales entre sus miembros, motivándolos además, a participar en eventos intercomunales e intermunicipales; e) Otras actividades afines con el desarrollo cultural, deportivo y recreativo que la Asamblea le encomiende. internacionales ratificados por El Salvador. d) Las demás que le asigne la Asamblea General y Junta Directiva. a) Promover acciones de conservación del medio ambiente en la comunidad tales como: Campañas de limpieza, Campañas de reforestación, etc.; b) Velar por el respeto de los recursos naturales de la comunidad; c) Gestionar y promover el desarrollo de campañas de salud preventivas y curativas en la comunidad; d) Promover la conformación de Comités de apoyo a la secretaría de Salud y Medio Ambiente; e) Coordinar actividades con la unidad de Medio Ambiente de la Alcaldía Municipal y otras instituciones gubernamentales.

34 34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 SECCIÓN AGRICULTURA Y GANADERÍA Art Son atribuciones de la Secretaría de Agricultura y Ganadería las siguientes: a) Promover reuniones con las personas que se dedican al ramo de la Agricultura y Ganadería para Organizarlos; b) Asesorar a los Agricultores y Ganaderos en lo referente al tratamiento del Sector; CAPÍTULO IX DE LA MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Art La modificación de estos Estatutos podrá acordarse en Asamblea General Extraordinaria, con el voto de la mitad más uno de todos los asociados afiliados de la Asociación. c) Impulsar programas y proyectos encaminados al desarrollo integral del Sector; d) Gestionar y Promover Proyectos encaminados al desarrollo del Sector; e) Mantener capacitaciones constantes con el fin de fortalecer al Sector de Agricultura y Ganaderos; f) Las demás que le asigne la Asamblea General de la JD. CAPÍTULO VII DEL PATRIMONIO Art El Patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Las cuotas de sus afiliados de cualquier clase que sean aprobadas por la Asamblea General; b) Los aportes extraordinarios que provengan de diversas fuentes lícitas; Art Serán causales para disolver esta Asociación las siguientes: c) Los ingresos provenientes de toda actividad lícita realizada para recaudar fondos para la Asociación; d) Sus bienes muebles e inmuebles y las rentas que obtengan con la administración de las mismas, así como los provenientes de donaciones, herencias y legados. c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los preceptos legales. Art El Secretario General, el Secretario de Asuntos Legales y el Secretario de Finanzas, tendrán que responder personal y solidariamente por los movimientos de las cuentas bancarias de la Asociación cuando se excedan de los límites de su cargo. CAPÍTULO VIII DEL CONTROL Y FISCALIZACIÓN INTERNA Y EXTERNA Art Las Secretarías integrantes de la Junta Directiva tendrán la obligación de rendir informes de sus actuaciones cada tres meses a la Asamblea General. Art Tendrán iniciativa para solicitar la modificación de los Estatutos la Asamblea General y la Junta Directiva. En el primer caso corresponderá al 25% de los miembros activos presentar su petición por escrito a la Junta Directiva, y en el segundo caso la Junta Directiva hará la solicitud al pleno de la Asamblea General. CAPÍTULO X DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA ASOCIACIÓN Art Esta Asociación Comunal podrá disolverse mediante acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto, con el voto favorable por lo menos las dos terceras partes de sus afiliados. a) Cuando el número de miembros sea inferior a veinticinco; b) Por la imposibilidad de realizar los fines para los cuales fue constituida; Art El acuerdo de disolución debe tomarse por lo menos dos tercios de los asociados activos, este acuerdo deberá ser comunicado al registrador de las Asociaciones Comunales, por la Junta Directiva dentro de los quince días siguientes a la fecha en que fue tomado, remitiéndose además una certificación del acta respectiva a la alcaldía municipal. Art Al disolverse la Asociación, deberá integrarse una comisión liquidadora que estará integrada por dos delegados Municipales y por dos representantes de la Asociación quienes quedarán electos en la Asamblea General Extraordinaria convocada a efecto de disolución, si no fueren electos se procederá a la liquidación con los dos delegados Municipales, disponiendo dicha comisión de 90 días para liquidarla. Art La Alcaldía Municipal de San Martín, tendrá la facultad de auditar las operaciones de esta Asociación, ya sea de oficio o a petición de parte, para ejercer control por el uso indebido de cualquiera de los privilegios, derechos y excepciones de que goce, tomando las medidas correctivas que sean necesarias. Art La Junta Directiva de la Asociación, en proceso de liquidación está obligada a poner a disposición de la comisión liquidadora, todos los libros y documentos y rendir los informes y explicaciones que le soliciten.

35 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Art 67.- La comisión liquidadora una vez concluido su trabajo EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: remitirá al Concejo Municipal para su aprobación, los documentos pertinentes y un informe detallado de su gestión. DISPOSICIONES GENERALES CERTIFICA: Que en el archivo de Libros de Actas y Acuerdos Municipales que esta oficina lleva en el presente año; se encuentra el Acta Número Catorce de Sesión ordinaria de fecha veintitrés de abril de Dos Mil doce; y el Acuerdo que literalmente dice: Art Se podrán utilizar los recursos propios u obtenerlos de otras fuentes como aportes, donaciones, préstamos y de cualquier otra fuente lícita, para llevar a cabo sus programas y proyectos, estando obligados a informar a la municipalidad del origen de los recursos económicos. Art Se llevarán los libros necesarios para hacer constar sus actividades foliados y sellados con una razón de apertura que contenga el objeto del libro, número de folios, firmado y sellado por el Secretario de Actas de la Junta Directiva, terminado el libro se pondrá una razón Art Se propondrá al Concejo Municipal un miembro de la Junta Directiva para formar parte de la Comisión correspondiente, para contribuir a tomar decisiones de interés de la comunidad. Art Los cargos de la Junta Directiva son Ad-honorem, sin embargo, cuando un miembro de la Junta Directiva o un asociado trabaje en actividades a tiempo completo o particulares y eventuales para la Asociación, podrá cobrar una retribución convencional que determinará la Junta Directiva o Asamblea General o cuando el volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten. ACUERDO NÚMERO SEIS: El Concejo Municipal de San Martín, considerando: La remisión de la correspondencia con fecha veinte de abril del año dos mil doce; procedente del Licenciado Wilfredo Rivas, Jefe de la Unidad Jurídica; quien brinda informe sobre el grado de cumplimiento de los requisitos básicos para someter a conocimiento el proyecto de Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunidad Milagro de Dios; que podrá abreviarse con las siglas "A.C.O.M.I.D.I.O.S.", que consta de setenta y dos artículos; manifestando que están conforme a la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales del Municipio de San Martín, Código Municipal y demás leyes de la República. Por tanto, en uso de las facultades establecidas en los Artículos 30 Numeral de cierre que firmará y sellará el mismo Secretario, cualquier acto no 23, 118, 119, 120, 121 del Código Municipal y demás cuerpos legales, registrado en el libro respectivo se tendrá por no realizado sobre todo ACUERDA: I) Otorgar Personalidad Jurídica a la Asociación de Desarrollo Comunidad Milagro de Dios; que podrá abreviarse con las siglas cuando se refiere a elección de Directivos y organismos de gobierno en "A.C.O.M.I.D.I.O.S."; sujeta a sus estatutos que consta de setenta y Asamblea General. dos artículos, a la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales del Municipio de San Martín, Código Municipal, y demás ordenanzas municipales y leyes de la República; II) Instrúyase al señor Fabio Adolfo Mejía Ramírez, Jefe del Departamento de Gestión Comunitaria, inscribir en el Registro respectivo que lleva esta Municipalidad; y demás trámites de Ley correspondiente.- COMUNÍQUESE. //ILEGIBLE// ILEGIBLE//ILEGIBLE//DAVID A.-// T. J. R.- // ILEGIBLE// ILEGIBLE//ILEGIBLE//ILEGIBLE//F. X. B.- // ILEGIBLE // ILEGIBLE // ILEGIBLE//ILEGIBLE//ILEGIBLE//ILEGIBLE// SUZAÑA G.- RUBRICADAS.- ES CONFORME CON SU ORIGINAL, CON EL CUAL SE CONFRONTO. Se extiende la presente certificación en la Alcaldía Municipal de San Martín, veinticinco de abril del año dos mil doce.- Art La Junta Directiva saliente podrá formar parte de un Consejo Asesor de la nueva Junta Directiva que se elija conforme a estos Estatutos, no pudiendo integrar dicho Consejo aquellos miembros a quienes se les haya comprobado una conducta viciada o por haber administrado inadecuadamente el patrimonio de la Asociación. Dr. MARIO E. GONZÁLEZ LARIOS, Alcalde Municipal. Lic. JAIME SUZAÑA CAMPOS, Secretario Municipal. (Registro No. F046548)

36 36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL RESIDENCIAL MONTECIELO DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR CAPITULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, NATURALEZA Y RÉGIMEN LEGAL Constitución, Denominación, Naturaleza y Régimen Legal Art. 1.- Se constituye la Asociación Comunal "Residencial Montecielo" que en lo sucesivo se llamará "la Asociación", como una organización social integrada por la voluntad unánime de un grupo de ciudadanos y ciudadanas de la Residencial Montecielo, la cual será de carácter democrático, apolítica, no lucrativa, ni religiosa; estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, por los presentes Estatutos, el Reglamento Interno y demás disposiciones aplicables. Domicilio Art. 2.- La Asociación tendrá como domicilio la ciudad de San Salvador y desarrollará sus actividades en Residencial Montecielo, ubicada en 79 Avenida Norte, (arriba del punto de Microbuses de la Ruta 26), San Salvador. CAPITULO II OBJETIVOS, ACTIVIDADES, DISTINTIVO Y PLAZO Objetivos de la Asociación. DE LA ASOCIACIÓN Art. 3.- La Asociación tendrá los objetivos siguientes: a) Promover el desarrollo humano en su dimensión social, económica, cultural, cívica, educativa y cualquier otro aspecto que fuera legal y provechoso para la Residencial. b) Participar en forma organizada en el estudio y análisis de la realidad social y de los problemas y necesidades de la Residencial; y c) Elaborar e impulsar soluciones y proyectos de beneficio para la Residencial. - Actividades para el cumplimiento de los objetivos. Art. 4.- Para la realización de sus objetivos, la Asociación desarrollará las siguientes actividades: a) Trabajar en coordinación con las autoridades municipales y nacionales en los planes de desarrollo local, distrital y zonal, así como en la ejecución de los mismos, especialmente cuando se trate de proyectos que lleven beneficio directo a los habitantes de la Residencial; b) Participar en la gestión municipal, a través de los diversos mecanismos contenidos en la ordenanza para la transparencia en la gestión municipal y la participación ciudadana en el Municipio de San Salvador, así como a través de la formulación de iniciativas o recomendaciones en la planificación, ejecución, evaluación y contraloría de los planes municipales para el desarrollo integral de la Residencial. c) Impulsar la búsqueda de soluciones, formulación y ejecución de proyectos que procuren y contribuyan al desarrollo de la Residencial. d) Motivar a los miembros de la Asociación y hacerlos participar en el estudio y análisis de los problemas y necesidades de la Residencial. e) Ejercer el derecho de gestión frente a organismos gubernamentales o no gubernamentales y en general, ante cualquier institución, siempre que dicha gestión tenga como objetivo beneficiar a los miembros de la Asociación y la Residencial; f) Constituir comités y/o comisiones de apoyo a la Junta Directiva de la Asociación en materia administrativa, cultural, cívica, de gestión, de seguridad, de riesgo y prevención de desastres, de medio ambiente, de género, de juventud y otras similares; y g) Realizar cualquier otra actividad que considere necesaria para la realización de sus objetivos, siempre que ésta sea lícita. Distintivo de la Asociación. Art. 5.- La Asociación Comunal tendrá como distintivo un sello en forma de círculo en cuyo interior se leerá: ASOCIACION COMU- NAL MONTECIELO, San Salvador, El Salvador. A su vez poseerá un distintivo en forma de círculo, que contendrá en su interior el dibujo de DOS MANOS SOSTENIENDO UNA CASA, que simbolizan LA UNIDAD DE LOS HABITANTES DE MONTECIELO PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD. Plazo. Art. 6.- El plazo de la Asociación será indefinido. Clases de Asociados. CAPITULO III DE LOS ASOCIADOS DE LA ENTIDAD Art. 7.- Habrá dos clases de asociados: Asociados Fundadores y Asociados Activos. Serán asociados fundadores, las personas que suscriban el acta de constitución de la Asociación y ostentarán la calidad de asociados activos. Asociados activos, serán las personas que obtengan su ingreso a la Asociación en la forma que lo establecen los presentes estatutos y que asistan periódicamente a las Asambleas que se celebren. Requisitos para ser asociado activo. Art. 8.- Para ser asociado activo, se requiere llenar los requisitos siguientes: a) Tener como mínimo, dieciocho años de edad; b) Con residencia en la Residencial Montecielo al menos de 3 meses;

37 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de c) Identificarse con los objetivos de la Asociación Comunal; y d) Responder al llamado de colaboración cuando se le pida, ya sea para ejercer un cargo de elección comunal o una eventualidad. De la solicitud de ingreso a la Asociación Comunal. Art. 9.- Las personas interesadas en ingresar en la Asociación Comunal, deberán llenar una hoja de afiliación que la Junta Directiva deberá elaborar al efecto, en donde manifiestan su voluntad de pertenecer a la Asociación, debiendo cumplir con los requisitos indicados en el artículo anterior y contener los datos correctos. Del registro de asociados. Art La Asociación deberá contar con un Registro de Asociados en el cual, en cada asiento se indicará el nombre y las generales del asociado como su edad, residencia, número de Documento Único de Identidad (DUI) u otro documento de identificación, fecha de ingreso y otros datos que se consideren necesarios del inscrito. Derechos de los asociados Art Serán derechos de los asociados: a) Participar con voz y voto en las reuniones de Asamblea General, sean éstas Ordinarias o Extraordinarias; b) Presentar en las Asambleas Generales mociones encaminadas para alcanzar el buen funcionamiento y desarrollo de la Asociación; c) Presentar su renuncia como miembro de la Asociación ante la Junta Directiva o Asamblea General; d) Elegir y ser electo para cargos en la Junta Directiva y los Comités que se integren; e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva información sobre el funcionamiento y los proyectos de la Asociación; y f) Todos los demás que le confieran la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, los presentes Estatutos y el Reglamento Interno. De las obligaciones de los asociados Art Son obligaciones de los asociados: a) Fomentar el espíritu de servicio entre los asociados; b) Asistir con puntualidad a las sesiones de las Asambleas Generales; c) Desempeñar con responsabilidad y eficiencia los cargos para los que fueron electos, lo mismo que las comisiones que se le encomienden; d) Abstenerse de las acciones u omisiones que puedan perjudicar el cumplimiento de los objetivos de la Asociación, la armonía y las actividades que se realicen; y e) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, los presentes Estatutos y el Reglamento Interno, así como obedecer y velar porque se respeten las disposiciones emanadas de Asamblea General, la Junta Directiva y Comité de Vigilancia Pérdida de la calidad de asociado(a) Art La calidad de asociado(a) se perderá por retiro voluntario, expulsión o muerte. Del retiro voluntario Art El retiro voluntario podrá ser expreso o tácito. Será expreso, cuando el asociado lo solicite por escrito a la Junta Directiva o a la Asamblea General y tácito cuando el asociado cambie definitivamente a otro lugar su residencia o cuando se ausente de las actividades de la Asociación por un período de tres meses sin expresión de motivo o causa. CAPITULO IV DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN Del Gobierno de la Asociación. Art El Gobierno de la Asociación estará a cargo de la Asamblea General de Asociados, la Junta Directiva. Los Miembros de la Junta Directiva y Comité de Vigilancia no podrán ser parientes entre sí, por afinidad ni consanguinidad. De la Asamblea General CAPITULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL Art La Asamblea General debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los miembros asociados fundadores y activos. Quórum Art La Asamblea General sesionará en forma ordinaria cada doce meses con la asistencia del cincuenta por ciento más uno de los Asociados a la hora indicada, en primera convocatoria y en segunda convocatoria, una hora después, con los miembros que asistan y las resoluciones se tomarán por mayoría simple de votos, excepto en los casos especiales que se requiera la asistencia de dos tercios de los asociados. De las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias Art La Asamblea General podrá sesionar en forma ordinaria o extraordinaria. Serán ordinarias cuando se realicen en las fechas establecidas para ello, en dichas reuniones se tratarán los puntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados. Serán extraordinarias cuando se celebren en fechas distintas para tratar asuntos específicos y/o de urgencia para los cuales hubiere sido convocada. Las discusiones y decisiones que tomaren en relación con los

38 38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 puntos no incluidos en la convocatoria no tendrán validez. Las reuniones de Asamblea General Extraordinaria podrán celebrarse en cualquier tiempo, convocada por la Junta Directiva a iniciativa propia o cuando lo pida por escrito el cuarenta por ciento de los asociados inscritos y el Comité de Vigilancia. De las convocatorias. Art Las convocatorias indicarán el día, lugar y hora en que habrá de celebrarse la Asamblea General y deberán ser hechas al menos con siete días de anticipación a la fecha indicada. De los delegados para votar. Art Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las sesiones de la Asamblea General por motivos justificados, deberá expresar por escrito a la Asamblea General su voluntad de hacerse representar por otro miembro de la asociación. El límite de representación es de un miembro, el representante llevará la voz y voto de su representado. De las facultades de la Asamblea General. Art Son facultades de la Asamblea General a) Elegir, juramentar, y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva y Comité de Vigilancia; b) Recibir los informes de trabajo, aprobar o reprobar el estado financiero de la Asociación; c) Destituir por causa justificada y legalmente comprobada a los miembros de la Junta Directiva en pleno o individualmente, y elegir a los sustitutos de conformidad a lo establecido en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, los presentes Estatutos y el Reglamento Interno; d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conveniente con el objeto de llevar una sana administración de la Asociación; e) Aprobar y reformar los presentes Estatutos, el Reglamento Interno, el Plan de trabajo y el Presupuesto de la Asociación; f) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador vigente, el Reglamento Interno de la Asociación y demás normas que se dicten para el buen desarrollo de la Residencial. g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos; h) Disolver la asociación con el voto de dos tercios de sus asociados. i) Las demás que establezca la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador. CAPITULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA De la Junta Directiva Art La Junta Directiva tendrá a su cargo la dirección y administración de la Asociación dentro de los lineamientos generales establecidos por la Asamblea General de asociados. La Junta Directiva, estará integrada por un presidente, un secretario, un síndico, un tesorero, un vocal; durarán dos años en sus funciones a partir de la fecha en que resultaren electos y podrán ser reelectos en forma alterna sólo por un periodo más, por decisión de la Asamblea General. Debiéndose elegir además dos Suplentes, quienes tendrán las atribuciones establecidas en el Art. 31 de los presentes Estatutos. Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere haber residido en la urbanización al menos dos años y tener dieciocho años de edad, no así el Presidente y el Síndico quienes deberán ser mayores de veintiún años. La elección de los miembros de la Junta Directiva se realizará quince días antes de que concluya el periodo de la última Junta Directiva electa, en sesión de Asamblea General Extraordinaria, por mayoría simple y ante la presencia de un Delegado de la Municipalidad, debiendo registrarse la nueva Junta Directiva en la Oficina de Registro de Asociaciones Comunales de dicha municipalidad. Régimen de sesiones y convocatoria de la Junta Directiva Art La Junta Directiva sesionará en forma ordinaria al menos una vez al mes y extraordinariamente cuando el Presidente o dos de sus integrantes lo consideren necesario. La convocatoria para las sesiones de la Junta Directiva se hará personalmente. Sin embargo, la convocatoria podrá omitirse si encontrándose reunidos la mayoría de sus miembros éstos decidieran sesionar. Quórum y número de votos para decidir Art Para que la Junta Directiva sesione válidamente, será necesario en todo caso, la presencia de al menos la mitad más uno de sus integrantes; las decisiones serán validas con el voto favorable de la mitad más uno de los directivos asistentes. El presidente tendrá doble voto en caso de empate. Atribuciones de la Junta Directiva Art Son atribuciones de la Junta Directiva: a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, acuerdos de la Asamblea General, sus propios acuerdos y demás disposiciones de la Asamblea General; b) Administrar el patrimonio de la Asociación; c) Presentar informe de su gestión y situación patrimonial al cierre del ejercicio anual o cuando lo requieran más de la mitad de los Asociados; d) Aprobar y presentar para conocimiento y ratificación de la Asamblea General el Reglamento Interno, el Plan de Trabajo, el Presupuesto de la Asociación y la Memoria de Labores; e) Constituir Comités de Apoyo de la Asociación para impulsar el desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de la misma; f) Hacer la calificación previa en los casos de retiro voluntario y expulsión de los asociados, como la destitución individual de miembros de la Junta Directiva y del Comité de Vigilancia.

39 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de g) Coordinar e impulsar las actividades en beneficio de la Residencial h) Autorizar al representante legal de la Asociación para la celebración de los actos o contratos necesarios para el cumplimiento de los fines y funciones de la Asociación; i) Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias de las Asambleas Generales de asociados; j) Recibir las renuncias de sus integrantes o de otros asociados de la Asociación e informarlo a la Asamblea General; y k) Conocer y resolver sobre todos los asuntos lícitos que interesan a la sana y ordinaria administración de la Asociación, cuyo conocimiento no corresponda a la Asamblea General. Atribuciones del Presidente Art Son atribuciones del presidente de la Junta Directiva: a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva, orientando sus deliberaciones; b) Representar judicial y extrajudicialmente a la asociación en forma conjunta o separada con el Síndico, en asuntos de interés para la entidad; pudiendo delegar por escrito esta representación en caso necesario; c) Coordinar las actividades que realicen las diversas comisiones y sus respectivos comités de apoyo; d) Firmar junto con el Tesorero los documentos de pago de tesorería y autorizar los gastos de la Asociación; e) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones y presentar los informes correspondientes que se le requieran por la Junta Directiva y/o la Asamblea General; f) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados en Asamblea General o en Junta Directiva; y g) Todas las demás atribuciones que le señalen la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador vigente, los presentes Estatutos, el Reglamento Interno de la Asociación y demás normas relacionadas con su cargo. Atribuciones del Secretario Art Son atribuciones del Secretario de la Junta Directiva: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General, de Junta Directiva y de Registro de Asociados, así como otros que fueren necesarios en la asociación para hacer los asientos respectivos; b) Verificar el quórum en las sesiones de la Asamblea General y de Junta Directiva; c) Expedir y/o tramitar en su caso, las certificaciones, constancias o credenciales de todo tipo de los órganos administrativos de la asociación y remitir las nóminas de los miembros electos de la Junta Directiva a la Oficina de Registro de Asociaciones Comunales; y d) Convocar a las sesiones de Junta Directiva y Asamblea General en coordinación con el Presidente de la Asociación. Atribuciones del Síndico Art Son atribuciones del Síndico: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la asociación, en forma conjunta con el Presidente de la misma; y b) Velar por el cumplimento de la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, los presentes Estatutos, el Reglamento Interno de la Asociación y demás acuerdos tomados en Asamblea General o Junta Directiva. Atribuciones del Tesorero Art Son atribuciones del Tesorero: a) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes muebles e inmuebles de la Asociación; b) Llevar el control del registro de ingresos y egresos de la Asociación; c) Custodiar el patrimonio de la Asociación con el objeto que se utilicen en forma racional todos los recursos de la entidad; d) Autorizar juntamente con el Presidente de la Asociación los documentos para el pago de las obligaciones que tenga que efectuar la Asociación; e) Realizar las gestiones económicas necesarias para la Asociación en los organismos gubernamentales del Estado o la Municipalidad, u organismos no gubernamentales o privados con posterior información de ello a la Junta Directiva; f) Rendir los informes financieros que se le requieran tanto por parte de la Junta Directiva como de la Municipalidad; g) Elaborar y presentar a la Asamblea General el informe anual del estado financiero de la Asociación. h) Llevar en orden y al día el libro de finanzas. Atribuciones de los Vocales Art Son atribuciones de los Vocales. a) Colaborar directamente con la Junta Directiva; y b) Realizar cualquier comisión o apoyo que le requiera la Junta Directiva. Atribuciones de los Suplentes Art Los suplentes tendrán como función sustituir a cualquiera de los Directivos, en caso de ausencia temporal por enfermedad u otra causa, y el orden de sustitución será de la siguiente manera: el primer suplente, tendrá la facultad de ocupar la primera vacante que surja y el segundo suplente sustituirá la segunda vacante que surja. CAPITULO VII DEL COMITÉ DE VIGILANCIA Del Comité de Vigilancia Art Se constituye el Comité de Vigilancia en la Asociación, que estará integrado por dos miembros propietarios y un suplente, quienes tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, libros y otros documentos; podrán investigar sobre el trabajo de la Junta Directiva y

40 40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 los Comités de Apoyo, el resultado de las gestiones de éstos. El Comité de Vigilancia tendrá la obligación de informar a la Asamblea General o Municipalidad de San Salvador, sobre el resultado de sus investigaciones, según el caso. Los integrantes del Comité, serán electos para el período de dos años y deberán reunir los mismos requisitos que se establecen en el inciso 2 del artículo 22 de los presentes Estatutos en cuanto a la edad. Serán electos en Asamblea General. El Comité de Vigilancia, a través de sus miembros, será la entidad encargada de llevar el control y fiscalización de los actos realizados por la Junta Directiva, procurando, en todo caso, que éstos sean apegados a la ley. CAPITULO VIII DEL PATRIMONIO Constitución del patrimonio de la Asociación Art El patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Los aportes que provengan de los Asociados, de las familias residentes en la Residencial, de los organismos del Estado y/o de la Municipalidad; de organismos no gubernamentales y/o privados; b) Los ingresos provenientes de las actividades realizadas por la Asociación para recaudar fondos; y c) Los bienes muebles y/o inmuebles de la Asociación, así como las rentas que se obtengan con la administración de los mismos, así también las que provengan de las herencias, donaciones y legados. Responsabilidad del Presidente y del Tesorero Art Tanto el Presidente como el Tesorero, responderán en forma personal y solidaria por los movimientos de las cuentas bancarias de la Asociación cuando se excedan de los límites autorizados por el Reglamento Interno o la Asamblea General. CAPITULO IX DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO Régimen Disciplinario Art Los miembros de la Junta Directiva y de la Asamblea General responderán y serán sancionados por las acciones u omisiones en contravención a estos Estatutos, a los reglamentos, acuerdos o resoluciones tomadas por la misma Asamblea General o la Junta Directiva. De las faltas leves Art Son faltas leves aquellas que sin causar un grave perjuicio a la Asociación, entorpecen su normal funcionamiento; tales como: a) La inasistencia injustificada a sesiones de cualquiera de los órganos de gobierno; b) Observar conductas inapropiadas en las sesiones de la Junta Directiva o de la Asamblea General; c) La negligencia inexcusable en el cumplimiento de las comisiones que les sean asignadas; d) La falta de pago de las cuotas de cualquier clase que previamente haya aprobado la Asamblea General. y e) La inobservancia de las obligaciones y prohibiciones impuestas por estos Estatutos, el Reglamento Interno y la Asamblea General. De las faltas graves Art Son faltas graves aquellas que afectan seriamente la marcha normal de la Asociación, tales como: a) La malversación de fondos, o cualquier acción u omisión voluntaria que afecte el patrimonio de la Asociación; b) Las conductas que pongan en entredicho el buen nombre de la Asociación; c) Hacer uso del nombre de la Asociación en beneficio propio; y d) El haberse hecho acreedor a tres o más amonestaciones. Sanciones Art Cuando los asociados o miembros directivos incurran en cualquiera de las faltas señaladas en los dos artículos precedentes, para la imposición de la respectiva sanción, se estará a lo dispuesto en el Reglamento Interno de la Asociación. Procedimiento en caso de faltas Art La Junta Directiva conocerá de las faltas cometidas por los miembros de la Asociación de acuerdo con el procedimiento que para tal efecto se establecerá en el Reglamento Interno de la Asociación. CAPITULO X DEL CONTROL Y FISCALIZACIÓN INTERNA Y EXTERNA Obligación del Secretario, Síndico y Tesorero Art El Secretario de la Junta Directiva, el Síndico y el Tesorero tendrán la obligación de rendir informes de sus actuaciones anualmente a la Asamblea General. Facultad de la Municipalidad de Auditar Art La Municipalidad de San Salvador, tendrá la facultad de auditar las operaciones de la Asociación, con base a la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, con el fin de ejercer el control por usos indebidos de cualquiera de los privilegios y exenciones de que goce, tomando las medidas administrativas que considere convenientes, para subsanar las observaciones que surjan de la auditoría. CAPITULO XI DE LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS Modificación de los Estatutos Art Los presentes Estatutos podrán ser modificados mediante acuerdo tomado en sesión extraordinaria de la Asamblea General y de conformidad al Artículo 21, literal "e" de los presentes estatutos. La modificación de los Estatutos podrá ser solicitada por tres de los asociados, por la Junta Directiva o Comité de Vigilancia y aprobada por los votos de dos tercios de la asamblea general

41 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de En todo caso, la Junta Directiva encargará a una comisión integrada por tres miembros, presidida por el Síndico de la Asociación, la elaboración de un proyecto de modificación, a efecto de presentarlo para la aprobación de la Asamblea General. La modificación o reforma de los Estatutos; se consignará en el acta respectiva para ser presentada al Concejo Municipal para su aprobación, acompañando toda la documentación que corresponde y posteriormente presentará a la Oficina de Registro de Asociaciones Comunales, donde deberá inscribirse. CAPITULO XII DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA ASOCIACIÓN Disolución de la Asociación Art La Asociación podrá disolverse mediante el acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria, con la asistencia y aprobación de las dos terceras partes de sus asociados. Serán causales para disolución de la Asociación. a) Por disminución del número de sus asociados en un cincuenta por ciento del mínimo establecido para su constitución por el Código Municipal y la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador; b) Por imposibilidad de realizar los fines para los cuales fue constituida; y c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los objetivos establecidos en sus Estatutos y/o realicen actos ilícitos o que contravengan las Leyes de la República. Envío de la certificación del acuerdo de disolución Art La certificación del acuerdo de disolución deberá ser enviado por el Secretario de la Junta Directiva al Encargado de la Oficina de Registro de Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, dentro de los diez días siguientes a la fecha en que fue tomado, y para efectos de cancelación de la inscripción de la Asociación. Procedimiento para la liquidación Art Una vez inscrito el acuerdo de disolución en la Oficina de Registro de Asociaciones Comunales, se nombrará una comisión liquidadora que estará integrada por tres miembros de la Asociación electos en la última Asamblea General Extraordinaria que fue convocada para la disolución. Si no fueren elegidos, la liquidación se efectuará con dos Delegados de la Municipalidad, en ambos casos tendrán un plazo de noventa días para presentar un informe detallado de su gestión al Concejo Municipal para su aprobación. Para efectos de la liquidación de la Asociación, se deberá atender a lo que al respecto dispone la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador. Si una vez realizado el activo y cancelado el pasivo hubiere un remanente, la Municipalidad a través de la Delegación Distrital Municipal correspondiente lo destinará para financiar proyectos de desarrollo comunal a realizarse en la Residencial "Montecielo". Mientras no se realice la inversión del remanente, éste quedara bajo custodia de la Municipalidad. CAPITULO XIII DISPOSICIONES GENERALES Obligación de llevar libros para hacer constar actuaciones Art La Asociación Comunal, llevará los libros necesarios para hacer constar sus actuaciones, foliados y sellados, con una razón de apertura que contendrá el objeto del libro, número, y cantidad de folios, dicha razón deberá estar firmada y sellada por el Secretario o miembro de la Junta Directiva que corresponda. Terminado el libro o libros, se pondrá una razón de cierre que firmará y sellará el mismo Secretario. Libertad de formar parte del Consejo Asesor Art Todo miembro de una Junta Directiva saliente, podrá formar parte de un Consejo Asesor de la nueva Junta Directiva que se elija. Rendición de cuenta circunstanciada a la Junta Directiva entrante Art La Junta Directiva saliente, deberá rendir cuenta circunstanciada y documentada a la Junta Directiva entrante sobre las actividades realizadas y pendientes durante su gestión administrativa. El informe a que se refiere este inciso, deberá ser rendido por escrito y firmado por todos los miembros de la Junta Directiva saliente, a más tardar en el primer mes de funciones de la nueva Junta Directiva. Vigencia de los presentes Estatutos Art Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. FECHA: Mayo 9,2012. Con instrucciones del Señor Alcalde Municipal, atentamente transcribo el acuerdo tomado en la sesión extraordinaria celebrada el día ocho de mayo del presente año, que dice: 11.1) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO: I- Que en la Oficina de Registro de Asociaciones Comunales de esta Municipalidad se ha abierto y diligenciado el expediente de la Asociación Comunal Residencial Montecielo, en el que consta que los miembros de dicha Asociación desean acogerse a los beneficios que otorgan los artículos 118 y 120 del Código Municipal y 8 de la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador. II- Que la Oficina de Registro de Asociaciones Comunales, ha verificado que la expresada Asociación fue constituida en Asamblea General Extraordinaria del 23 de febrero de 2012, habiéndose aprobado en esa oportunidad los estatutos que constan de 49 artículos y el respectivo Reglamento Interno. Por lo tanto, ACUERDA: 1. Aprobar los estatutos en todas sus partes. 2. Conferir a la Asociación Comunal Residencial Montecielo, el carácter de persona Jurídica. 3. Autorizar la inscripción de la misma en el Registro de Asociaciones Comunales de esta Municipalidad.'""""""""" Comuníquese. JOSE ARMANDO ZEPEDA VALLE, SECRETARIO MUNICIPAL. (Registro No. F046538)

42 42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 SECCION CARTELES OFICIALES De Primera Publicación DECLARATORIA DE HERENCIA AVISO DE INSCRIPCION GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las once horas veinticuatro minutos del día veintinueve de junio del año dos mil doce, se ha declarado herederos definitivos con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción defirió la causante señora NARCISA ARMIDA RIVERA c/p NARCISA ARMIDA RIVERA RIVERA, quien falleció en la ciudad de San Salvador, el día veintinueve de junio del año dos mil siete, siendo su último domicilio el de esta ciudad, a los señores VIDELA BERNARDA RIVERA c/p VIDELA BERNARDA RIVERA RIVERA y JOAQUIN OSMIN RIVERA, en sus calidades de hermanos de la de cujus. Y se les confirió a los herederos declarados la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: Soyapango, a las ocho horas cinco minutos del día seis de julio de dos mil doce. LIC. GENNY SHILA frente del Libro TERCERO de Registro e Inscripción de Asociaciones RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. EDME Cooperativas de COMERCIALIZACION, que lleva el Registro Nacional GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA.- de Asociaciones Cooperativas del INSTITUTO SALVADOREÑO DE FOMENTO COOPERATIVO, a los cuatro días del mes de julio de dos Of. 1 v. No. 795 MISAEL EDGARDO DIAZ, ACEPTACION DE HERENCIA JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS.- YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las ocho horas del día veintidós de febrero del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia intestada, dejada a su defunción por la causante señorita KARLA ISA- BEL POLANCO RUGAMAS, ocurrida el día veintidós de abril de dos mil, en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, lugar de su último domicilio, de parte de los señores CARLOS FRANCISCO POLANCO RAMOS y LUZ DEL CARMEN RUGAMAS conocida por LUZ DEL CARMEN RUGAMAS DE POLANCO, ambos en calidad de padres de la causante; y se ha conferido a los aceptantes, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas y treinta minutos del día veintitrés de marzo de dos mil doce.- LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.- Of. 3 v. alt. No AVISO DE INSCRIPCION EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO- CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos 16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 5 Inciso Primero de su Reglamento, HACE SABER: Que la ASOCIACION COOPERATIVA DE COMERCIALIZACION, AHORRO, CREDITO Y PRODUCCION AGROPECUARIA DE INICIATIVAS PRODUCTIVAS, DE RESPON- SABILIDAD LIMITADA, que se abrevia "ACOPROC, de R. L.", con domicilio legal en San Miguel, Departamento de San Miguel, ha sido INSCRITA en el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas bajo el número TRES, folios treinta y cinco frente a folios cincuenta y cuatro mil doce. Of. 1 v. No. 797 EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO- NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA "FINCA EL MARNE" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con domicilio en el Cantón El Jícaro, municipio de Tecapán,

43 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de departamento de Usulután, obtuvo su personalidad jurídica el día nueve de junio de mil novecientos ochenta, e inscrita en el libro ocho de Registro que esta Oficina lleva bajo la siguiente codificación: Ciento setenta y nueve del Sector Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial el asiento y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente. SUBASTA PUBLICA SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO. Santa Tecla, a los diecinueve días del mes julio del año dos mil doce. NOTIFIQUESE. LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO, JEFE DEL DEPARTAMENTO.- Of. 1 v. No. 798 de Folio Real Computarizado aunque de conformidad al Departamento de Catastro con una extensión superficial de un mil trescientos sesenta y uno MUERTE PRESUNTA punto cuatrocientos setenta y cuatro metros cuadrados de la descripción siguiente: AL NORTE, treinta y cinco punto cuarenta y ocho metros YESENIA IVETTE GONZALEZ OTERO, JUEZA (1) PRIMERO DE colindante con propiedad del señor German Antonio Aquino; AL ESTE, LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL treinta y seis punto treinta y cinco metros colindante con propiedad del PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, señor Mauricio Adalberto Azucena Santin; AL SUR: treinta y nueve punto sesenta y cuatro metros colindante con el Océano Pacífico; AL HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y cua- OESTE, treinta y seis punto veintiocho metros colindante con Propiedad renta y dos minutos del día uno de junio del presente año, se CITA por SEGUNDA VEZ en el Diario Oficial; a la señora JUANA DERAS o JUANA DERAS DE BRIZUELA, actualmente de cincuenta y siete años de edad, Salvadoreña, Doméstica, Casada, originaria de Zacatecoluca, casada con MIGUEL ANGEL BRIZUELA, a fin que comparezca a este juzgado, en el cual se han promovido diligencias de su Muerte Presunta, por su cónyuge MIGUEL ANGEL BRIZUELA ALFARO, ya que según la solicitud, desapareció el día siete de abril del año dos mil seis y desde entonces se ignora su paradero, siendo su último domicilio esta ciudad. HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución promovida en este Juzgado, por la Licenciada KATTIA LORENA SANCHEZ PINEDA y continuado por el Licenciado RICARDO ANTO- NIO ORTIZ SANCHEZ, actuando en calidad de Agentes Auxiliares del señor Fiscal General de la República, contra el señor JOSE ANTONIO ESCOBAR GUEVARA, se venderá en pública subasta en este mismo juzgado en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado siguiente: """"Un inmueble de naturaleza rústica, fértil, inculto, situado en el cantón Salinas de Ayacachapa, Departamento de Sonsonate, de una extensión superficial de cinco mil doscientos sesenta y cuatro punto setenta y ocho metros cuadrados de conformidad al Sistema del señor German Antonio Aquino. El Inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del demandado señor JOSE ANTONIO ESCOBAR GUEVARA, bajo la Matrícula Número UNO CERO CERO UNO DOS UNO SEIS SEIS - CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente, Departamento de Sonsonate. Se admitirán posturas que se hagan siendo legales. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las catorce horas y cincuenta y dos minutos del día uno de junio del año dos mil doce. LICENCIADA YESENIA IVETTE GONZALEZ OTERO, JUEZA (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICENCIADA FLORIDA GARCIA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.- LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las doce horas y veinte minutos del día veintiséis de Junio de dos mil doce. DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES RUBIO, SECRETARIA.- Of. 1 v. No. 799 Of. 3 v. alt. No

44 44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 ACEPTACIÓN DE HERENCIA JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO. HACE SABER: Que por sentencia de las nueve horas del día veinticinco de junio del presente año, dictada en el Proceso Declarativo Común de Cesación de Curaduría, promovido por los Licenciados MARIO ARMANDO VEGA MENDEZ y JOSE TULIO SALGUERO MAGAÑA, como Defensores Públicos de Derechos Reales y Personales de la Procuraduría General de la República y en representación de la señora HILDA MARIBEL MARTÍNEZ DE DURÁN, en contra del curador de la herencia yacente dejada por el causante señor ANDRES DE JESUS MAGAÑA MARTINEZ, conocido por ANDRES DE JE- SUS MAGANA MARTINEZ y por ANDRES DE JESUS MAGAÑA, Licenciado JOSE RAFAEL CABEZAS QUEZADA, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora HILDA MARIBEL MARTINEZ DE DURAN, la herencia TITULO SUPLETORIO EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE- PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado JULIO CESAR CUEVA TREJO, Fiscal Auxiliar del señor Fiscal General de la República, en representación del Estado de El Salvador, en el ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, a solicitar a favor de éste, TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío Calishuate, cantón Sunsulaca, Jurisdicción de Cacaopera, Distrito de Osicala, Departamento de Morazán, Inmueble desmembrado por el rumbo NORTE, con un área, de CIENTO QUINCE PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, equivalente a CIENTO SESENTA Y CINCO PUNTO CINCUENTA Y TRES VARAS CUADRADAS, que se describe así: Partiendo del estacionamiento TREINTA Y CUATRO MAS OCHOCIENTOS NO- VENTA Y CUATRO PUNTO NOVENTA sobre el eje del proyecto: DISEÑO/CONSTRUCCION DE LA CARRETERA LONGITUDINAL DEL NORTE, TRAMO: DESVIO CIUDAD BARRIOS - OSICALA Y DELICIAS DE CONCEPCION CACAOPERA, y con un rumbo Sur cero nueve grados cincuenta y un minutos cero siete segundos Oeste, se mide nueve punto setenta y siete metros para llegar al vértice Sur Poniente (uno) de esta propiedad; y que a continuación se describe: Lado Poniente: Línea uno-dos: tramo recto de seis punto cincuenta y cuatro metros con rumbo Norte doce grados cuarenta y seis minutos cincuenta y ocho segundos Este, colindando con terreno propiedad de la señora María Ernestina Claros Pérez, con cerco de alambre de púas de por medio; Lado Norte: Línea dos tres, tramo recto de cinco punto cero un metros con rumbo Norte ochenta y nueve grados treinta y nueve minutos once segundos Este. Línea tres- cuatro: Tramo recto de once punto setenta y siete metros con rumbo Sur ochenta y un grados cuarenta y cinco minutos veintiséis segundos Este. Línea cuatro- cinco: Tramo recto de seis punto cuarenta y siete metros con rumbo Sur, setenta y ocho grados veinte minutos cuarenta segundos este.- Colindando con De Segunda Publicación De Tercera Publicación intestada que a su defunción, dejó el causante ANDRES DE JESUS MAGAÑA MARTINEZ, conocido por ANDRES DE JESUS MAGANA MARTINEZ y por ANDRES DE JESUS MAGAÑA, quien fue de ochenta años de edad, jornalero, fallecido a las trece horas del día veintitrés de septiembre de dos mil ocho, siendo esta ciudad su último domicilio. Se le ha conferido a la aceptante en el carácter dicho la ADMI- NISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCE- SION con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las nueve horas y quince minutos del día cuatro de julio del año dos mil doce.- LIC. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ALEX MOLINA VALIENTE, SECRETARIO INTO. Of. 3 v. alt. No terreno propiedad de Estanislada Argueta viuda de Chicas, con calle que de Delicias de Concepción conduce a Cacaopera de por medio.- Lado Oriente: Línea cinco seis. Tramo recto de cinco punto cero cuatro metros con rumbo Sur cero tres grados veinticinco minutos veinticuatro segundos Este, colindando con terreno propiedad de Justo Ramírez Ramos, con cerco de alambre de púas de por medio.- Lado Sur: Línea seis- siete, tramo recto de nueve punto sesenta y dos metros con rumbo Norte setenta y ocho grados cero seis minutos cero un segundos Oeste.- Línea siete - ocho, tramo recto de nueve punto noventa y tres metros con rumbo Norte setenta y ocho grados treinta y seis minutos cero seis segundos Oeste. Línea ocho - nueve: Tramo recto de uno punto treinta y seis metros con rumbo Norte ochenta y seis grados veintiocho minutos cero nueve segundos Oeste.- Línea nueve diez: Tramo recto de dos punto noventa y tres metros con rumbo Sur veintiocho grados cincuenta y un minutos treinta y cinco segundos Oeste.- Línea diez- uno: Tramo recto de dos punto ochenta y tres metros con rumbo Norte ochenta y seis grados cincuenta y seis minutos cuarenta segundos Oeste, colindando con el resto del inmueble general del cual se segregó la Porción que se describe propiedad de José Santos Claros Pérez.- Llegando con esta última distancia y rumbo al vértice (uno) donde se inició esta descripción.- El terreno antes descrito está identificado en el proyecto como parcela número DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS C. Dicha porción fue adquirida por el Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Obras Públicas. Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, por medio de COMPRA-VENTA efectuada al señor JOSE SANTOS PEREZ CLAROS; se estima en el precio de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN DOLARES CON SESENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a los once días del mes de junio del dos mil doce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º DE 1ª INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No

45 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de SECCION CARTELES PAGADOS De Primera Publicación DECLARATORIA DE HERENCIA Confiriéndosele a la Heredera Declarada la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión, con las Facultades de Ley. EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO: para los efectos de Ley: AVISA: Que por resolución de las ocho horas y treinta minutos Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los cinco días del mes de este día, se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y CON de julio del año dos mil doce. LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE BENEFICIO DE INVENTARIO EN LA HERENCIA INTESTADA, LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, dejada al fallecer por el señor JOSE HERNAN DIAZ SANCHEZ, conocido por JOSE HERNAN DIAZ, el día veintiocho de febrero de dos mil SECRETARIA. 1 v. No. C nueve: en el Cantón Taburete Claros de esta jurisdicción, siendo éste su último domicilio, DECLARASE HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO EN LA HERENCIA INTESTADA, a la señora ESMERALDA AZUCENA ARIAS DIAZ, en su calidad de YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA hija del causante. TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, Confiérasele a la heredera declarada la Administración y Representación Definitiva de la sucesión Intestada con las facultades y restricciones de Ley. Publíquese el edicto correspondiente. Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los nueve días del mes de julio de dos mil doce. LIC. MANUEL DE JESUS JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las quince horas y veinte minutos del día diez de abril del presente año, se han declarado herederos, con beneficio de inventario, de la herencia intestada dejada a su defunción por el causante, señor René Orlando SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. SILVIA YANET Iraheta Duque, conocido por René Orlando Iraheta, por Orlando Iraheta MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA. y por René Orlando Iraheta Duke, ocurrida el día siete de octubre de dos mil nueve, en San Salvador, siendo esta ciudad, el lugar de su último domicilio, a los señores ELIZABETH IRAHETA ERAZO y RENE 1 v. No. C EDGARDO IRAHETA ERAZO, en calidad de hijos del causante y además, al señor RENE EDGARDO IRAHETA ERAZO, como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores Edith Marlene Iraheta Erazo y René Orlando Iraheta Erazo, en calidad de hijos del de cujus; y se ha conferido a los herederos declarados, la administración y la representación definitivas de la sucesión. AVISA: Que por resolución de las nueve horas y treinta minutos de este día se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO a la señora TRANSITO REYES PALUCHO, en calidad de hija de la causante señora CANDIDA LUZ REYES, conocida por CANDELARIA REYES, en la herencia intestada que ésta dejó al fallecer el día quince de enero de dos mil doce, en el Seguro Social de la ciudad de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce horas y trece minutos del día dieciocho de junio de dos mil doce.lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA. 1 v. No. C003450

46 46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 CESAR ARMIDES SILVA ALAS, Notario, de este domicilio, con LIC. CARLOS SÁNCHEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANoficina ubicada en Sexta Calle Oriente segunda planta, frente a la plaza CIA SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SEBASTIÁN, del mercado Municipal de la ciudad de Aguilares, San Salvador, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE, AL PÚBLICO, para los efectos de ley, HACE SABER: Que por Resolución del suscrito notario, proveída a las catorce horas del día quince de julio del dos mil doce. Se ha declarado HACE SABER: Que según resolución de las ocho horas del día a la señora MARIA DOLORES MADRID LEIVA, en su concepto de dieciocho de mayo del año dos mil doce, se ha declarado heredera madre sobreviviente y cesionaria del causante, HEREDERA DEFINI- definitiva y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su TIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de los bienes que a su defunción dejó el causante señor José Ilogio González González conocido defunción dejara el señor AMBROSIO MADRID, quien falleció el día por José Eulogio González, Eulogio González y Eulofio González, quien seis de enero de dos mil doce, siendo su último domicilio la ciudad de fue de ochenta y seis años de edad, Jornalero, Casado, originario de Santa Mejicanos, departamento de San Salvador; habiéndole concedido la Clara, Departamento de San Vicente, del Domicilio de Cantón Amatitán, debajo de la Jurisdicción de San Esteban Catarina, Departamento Representación y Administración Definitiva de la Referida Sucesión; por lo que se avisa al público para los efectos de ley. de San Vicente, portador del Documento Único de Identidad Número cero dos millones doscientos setenta y tres mil noventa y nueve - ocho, Librado en la ciudad de Aguilares, a los dieciocho días del mes quien falleció a las nueve horas y veinte minutos del día quince de septiembre del año dos mil diez, de parte de la señora María Elba Portillo de julio del año dos mil doce. Viuda de González, quien es de setenta y tres años de edad, Doméstica, CESAR ARMIDES SILVA ALAS, del Domicilio de San Esteban Catarina, Departamento de San Vicente, portadora del Documento Único de Identidad Número cero dos millones Notario. cuatrocientos setenta y cinco mil ciento ochenta y tres - cinco, así como 1 v. No. F de la tarjeta de Identificación Tributaria número mil seis - dieciocho diez treinta y siete - ciento uno - cero, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante, y cesionaria de los derechos hereditarios que como hijos del causante correspondían a los señores Vicenta González de Baires, CARLOS RENE RIVAS MAURICIO, Notario, de este domicilio, con María Alejandra González Portillo, Marta Lilian González de Moreno, oficina situada en Colonia Centroamérica, calle Principal, casa número María Santos González de Alvarado, Rosa Meliá González de Rauda. Quinientos setenta y siete A, San Salvador. Al público para los efectos Confiérase a la heredera declarada, la Administración y Representación definitiva de los bienes Sucesorales, con las facultades y de Ley, HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída restricciones de ley. a las nueve horas del día doce de abril del presente año, se ha declarado JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI- HEREDERO DEFINITIVO AB-INTESTATO con beneficio de inventario de la causante señora MARTA AGUILAR DE PAREDES, quien CIAL DE SAN SEBASTIÁN, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE, a las doce horas y treinta minutos del día dieciocho de mayo del año falleció el día veintiuno de noviembre del dos mil nueve, en el hospital dos mil doce. LIC. CARLOS SANCHEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA General de San Salvador, departamento de San Salvador, siendo su INSTANCIA SUPLENTE.- BR. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, último domicilio en San Marcos, Departamento de San Salvador; al - señor LEOPOLDO PAREDES SANCHEZ, en su calidad de cónyuge Sobreviviente de la misma causante; y se le confirió al heredero la 1 v. No. F administración y representación definitiva de la sucesión intestada. Librado en la Oficina del Notario CARLOS RENE RIVAS MAURICIO, a los treinta días del mes de mayo del dos mil doce. LIC. CARLOS RENE RIVAS MAURICIO, NOTARIO. 1 v. No. F EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, AL PÚ- BLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, AVISA: Que por resolución de las diez horas de este día, se ha declarado heredera definitiva con beneficio de inventario a la señora SANTOS MARTINEZ ESQUIVEL conocida por JUANA SANTOS

47 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de MARTINEZ, en calidad de madre del causante, señor OSCAR ERNES- TO MARTÍNEZ, en la sucesión intestada que éste dejó al fallecer el día LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD, veintisiete de diciembre del año dos mil once, en Colonia Masferrer, Pasaje "D", casa número sesenta y uno "A", de Usulután, siendo esta ciudad su último domicilio. Confiriéndosele a la heredera declarada la administración y representación definitiva de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de ley. Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los cinco días del mes de julio del año dos mil doce. LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SECRETARIA. 1 v. No. F LÓPEZ y EVA ISABEL VALENZUELA DE AYALA, con número de identificación tributaria en su orden respectivo la primera: cero trescientos cinco - veinticuatro once sesenta y siete - ciento uno - dos, MARCO JULIO IRAHETA HERNANDEZ, Notario, de este domicilio, la segunda: cero trescientos doce - veinticinco cero dos sesenta y seis con Despacho Notarial ubicado en Residencial Ciudad Dorada, Av. 3, casa 37, block "D", Santo Tomás, San Salvador, al público, HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito notario, a las once horas del día dieciocho de julio del corriente año, se ha declarado a los señores ELEUTERIO CRUZ LOPEZ, conocido por que a su defunción, dejó el señor JOSE DAVID CRUZ HERNANDEZ, quien fue de veintinueve años de edad, Estudiante, de Nacionalidad Salvadoreña, originario y con último domicilio de San Salvador, en su MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. calidad de padres del causante, se les confirió a los herederos declarados, la administración y representación definitiva de la sucesión. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las quince horas y diez minutos del día dieciséis de julio del presente año, fueron DECLARADOS HEREDEROS DEFINITIVOS Y CON BENE- FICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la causante VICENTA VALENZUELA MONJARAS conocida por VICENTA VALENZUELA y por VICENTA VALENZUELA ARDÓN, quien falleció el día dieciséis de mayo del dos mil diez, a la edad de setenta y nueve años, divorciada, ama de casa, originaria de Santa Isabel Ishuatán, Departamento de Sonsonate y del domicilio de Tamanique, de este Departamento; siendo este mismo Tamanique su último domicilio, a los señores SARA VALENZUELA GÁMEZ, MAURA DE JESÚS VALENZUELA GÁMEZ, RAFAEL ANTONIO VALENZUELA, ROSALÍA VALENZUELA GÁMEZ, SALVADOR VALENZUELA GÁMEZ, ANA DEL PILAR VALENZUELA DE - ciento uno - ocho, el tercero: cero quinientos tres - veinticinco cero seis cincuenta y ocho cero cero uno - dos, la cuarta: cero trescientos doce - veintiséis cero dos sesenta y cuatro - ciento dos - dos, y el quinto: cero trescientos cinco - cero tres cero ocho setenta - ciento uno - seis, la sexta: cero trescientos doce - quince diez sesenta y uno - ciento tres - uno y la última cero quinientos dieciocho - dieciocho cero cinco setenta y DECIDERIO CRUZ LOPEZ, y por DESIDERIO CRUZ LOPEZ y la cuatro - ciento uno - ocho; todos en su calidad de hijos de la causante señora CONCEPCION HERNANDEZ DE MONTOYA conocida por antes mencionada; CONCEPCION HERNANDEZ y por CONCEPCION HERNANDEZ Confiriéndose a los herederos declarados la ADMINISTRACIÓN GARCIA, herederos definitivos con beneficio de inventario de los bienes Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA de la referida sucesión. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los dieciséis días del mes de julio de dos mil doce. LICDA. DIGNA GLADIS JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, Librado en la ciudad de San Salvador, a los dieciocho días del mes 1 v. No. F de julio del año dos doce. MARCO JULIO IRAHETA HERNANDEZ, NOTARIO. 1 v. No. F LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las quince horas y quince minutos del día dieciséis de julio del presente

48 48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 año, fueron DECLARADOS HEREDEROS DEFINITIVOS Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante señor RICARDO HUMBERTO NÚÑEZ RODRÍGUEZ, quien falleció el día quince de abril del dos mil doce, a la edad de setenta y seis años, casado, comerciante en pequeño, originario y del domicilio de esta Ciudad, Departamento de La Libertad; siendo esta misma Ciudad su último domicilio, a los señores CECILIA ESTHER NUÑEZ DE ORTEGA o CECILIA ESTHER NUÑEZ VIDES y ROBERTO ANTONIO NUÑEZ VIDES, con número de Identificación Tributaria en su orden respectivo la primera: cero quinientos nueve -cero tres cero dos ochenta y uno- ciento uno - tres y el último cero quinientos nueve - cero cinco cero nueve ochenta y nueve - ciento dos - cinco; en su calidad de hijos del causante antes mencionado y como cesionarios de los derechos que como cónyuge sobreviviente le correspondían a la señora ANTONIA VIDES LEMUS DE NUÑEZ. Lo anterior según Testimonio de Escritura Pública de Cesión de Derecho Hereditario en Abstracto otorgado en esta Ciudad, a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del día veinticinco de abril del presente año, ante los oficios de la Notario Lucía Angélica Cruz Guardado; Confiriéndose a los herederos declarados la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINI- TIVA de la referida sucesión. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las nueve dieciséis días del mes de julio de dos mil doce. LICDA. DIGNA GLADIS MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las quince horas y veinte minutos del día dieciséis de julio del presente año, fue DECLARADA HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante señor OSCAR ANTONIO SERRANO MENJIVAR, quien falleció el día dieciocho de abril del dos mil doce, a la edad de cincuenta y dos años, soltero, carpintero, originario de San Isidro Labrador, Departamento de Chalatenango y del domicilio de Tamanique, de este Departamento, siendo el mismo Tamanique su último domicilio; a la señora MARIA GLORIA SERRANO MENJIVAR, con número de identificación tributaria cero cuatrocientos veintiséis - veintiséis cero cuatro cincuenta y uno - ciento uno - cero; en su calidad de cesionaria de los derechos que como padre del causante le correspondían al señor Manuel Ángel Serrano Tobar. Lo anterior según Testimonio de Escritura Públicas de Cesión de Derecho Hereditario en Abstracto otorgado en esta Ciudad, a las diez horas del día cinco de mayo del presente año, ante los oficios de la Notario Zoila Valencia Marroquín; Confiriéndose a la heredera declarada la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA de la referida sucesión. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los dieciséis días del mes de julio de dos mil doce.licda. DIGNA GLADIS MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, 1 v. No. F MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL; AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, horas y veinte minutos de este mismo día; se han declarado herederas definitivas con beneficio de inventario en la herencia intestada de los JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, bienes, que a su defunción dejó el causante señor VICTOR MANUEL 1 v. No. F CRUZ o VICTOR MANUEL CRUZ HERNÁNDEZ, ocurrida el día once de octubre del año dos mil seis; en el Hospital General del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, en la Ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio, el Municipio de El Carmen, Departamento de Cuscatlán, de parte de las menores: ZULMA GISSELA, y DALIANA BEDALY, LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISambas de apellidos CRUZ CRUZ, quienes son representadas legalmente TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD, por su madre, señora CARMEN ELENA CRUZ conocida por CARMEN ELENA CRUZ HERNÁNDEZ, ambas menores comparecen en calidad de hijas del referido causante. Habiéndosele conferido a las aceptantes la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas y cuarenta minutos del día ocho de marzo del año dos mil doce. LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, 1 v. No. F046602

49 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de MIGUEL ISRAEL REYNADO FLORES, Juez Segundo de lo Civil y Mercantil de la Ciudad de San Miguel Suplente. HACE SABER: Que por resolución de las once horas y veintidós minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó al fallecer el señor VENTURA RODRIGUEZ FRANCO, conocido por BENTURA RODRIGUEZ, VENTURA RODRIGUEZ, y por BUENAVENTURA RODRIGUEZ, quien fue de ochenta y seis años de edad, agricultor, salvadoreño, originario de la ciudad de San Vicente, hijo de los señores TORIBIO RODRIGUEZ y APOLONIA FRANCO; fallecido a las quince horas del día veintinueve de octubre de mil novecientos noventa y cuatro, siendo su último domicilio en Chirilagua, Departamento de San Miguel; de parte de los señores JOSE ANTONIO RODRIGUEZ CHAVEZ, MARIA DE LA PAZ RODRIGUEZ DE PAZ, también conocida como MARIA DE LA PAZ RODRIGUEZ CHAVEZ, MARIA CARMEN VASQUEZ, conocida también como MARIA CARMEN RODIGUEZ DE VASQUEZ y por MARIA CARMEN RODRIGUEZ, SARA CELY RODRIGUEZ CHAVEZ, también conocida como SARA CELY RODRIGUEZ y por SARA CELIS RODRIGUEZ, JOSE TOMAS RODRIGUEZ CHAVEZ, JOSE AQUILINO RODRIGUEZ CHAVEZ, ANGELITA RODRIGUEZ DE MARCIA, MARIA ELVIRA RODRIGUEZ CHAVEZ, y MARIA DE LA CRUZ RODRIGUEZ DE PEREIRA, todos en calidad de hijos del causante. Confiéresele a los herederos declarados, en la calidad antes mencionada, la administración y representación definitiva de la sucesión intestada. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la Ciudad de San Miguel, a las once horas y veintisiete minutos del día trece de julio del dos mil doce.- LIC. MIGUEL ISRAEL REINADO FLORES, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SUPLENTE.- JUAN CARLOS HERNANDEZ PEREZ, SECRETARIO INTERINO. 1 v. No. F CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA. AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las diez horas y veintiocho minutos del día once de julio de dos mil doce, se han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO, con beneficio de inventario, a los señores VICTOR MANUEL OLIVARES, MARIA LUISA MORALES DE OLIVARES conocida por MARIA LUISA MORALES y por MARIA LUISA MORALES GONZALEZ, LUIS ALONSO MARTINEZ ESCOBAR y el menor LUIS FERNANDO MARTINEZ OLIVARES, el primero y la segunda en su calidad de padres de la causante KATIA GERALDINE OLIVARES DE MARTINEZ o KATIA GERALDINE OLIVARES MORALES, el tercero en su carácter de cónyuge de la causante y el menor como hijo de la causante KATIA GERALDINE OLIVARES DE MARTINEZ o KATIA GERALDINE OLIVARES MORALES, quien fue de treinta y tres años de edad, Bachiller comercial, Casada; fallecida a las veintidós horas quince minutos del día veintiuno de febrero de dos mil once, en la Morgue del Hospital General del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, siendo su último domicilio esta ciudad, a quienes se les ha conferido la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las quince horas y dieciocho minutos del día doce de julio de dos mil doce.- LIC. CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL, CHALCHUAPA.- LIC. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, 1 v. No. F MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO. AVISA: Que por resolución de las once horas del día once del corriente mes y año, han sido declarados herederos abintestatos con beneficio de inventario de la herencia dejada por el señor JOSE AR- MANDO LEOPOLDO ITALO CASTRO SIFONTES, fallecido el día quince de Enero del dos mil diez, en San Salvador, siendo Sonsonate su último domicilio, a los señores NORA ELIZABETH MENENDEZ DE CASTRO, JOSE ARMANDO CASTRO MENENDEZ y LUZ DE MARIA CASTRO DE SALAVERRIA, conocida por Luz de María Castro Menéndez, en concepto de cónyuge sobreviviente la primera y los otros dos como hijos del mencionado causante. Se ha conferido a los herederos declarados la administración y representación definitivas de la sucesión. Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas treinta minutos del día treinta y uno de octubre de dos mil once.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, 1 v. No. F MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO. AVISA: Que por resolución de las ocho horas cincuenta minutos del día cinco de julio del dos mil doce.- Ha sido declarado heredero abintestato y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada por la señora ALEJANDRA AGUILAR, fallecida el día veinticuatro de septiembre del dos mil cinco, siendo la población de Sonzacate el lugar de su último domicilio, al señor EDGAR ELIAS TEPAS AGUILAR, en concepto de hijo y como cesionario de los derechos que en la sucesión les correspondían a los señores ALEXANDER ANTONIO TEPAS AGUILAR, MIRNA YANETH TEPAS DE ROSA, conocida por Mirna Yaneth Tepas Aguilar, EVELIN DOROTEA TEPAS AGUILAR y MAURICIO ARMANDO TEPAS AGUILAR, en concepto de hijos todos de la causante.

50 50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Se ha conferido al heredero declarado la administración y representación definitivas de la sucesión. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN. JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las doce horas quince minutos del día doce de julio del año dos mil doce.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, 1 v. No. F EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, LICENCIA- DO JOSE ANTONIO GAMEZ, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. AVISA: Que por resolución de las once horas y treinta minutos de este día, se ha declarado heredero definitivo con beneficio de inventario al señor MAURICIO ERNESTO BAUTISTA MEJIA, en calidad de hijo de la causante, señora VIRGINIA DE JESUS BAUTISTA RODRIGUEZ conocida por VIRGINIA BAUTISTA y por VIRGINIA DE JESUS BAUTISTA, en la sucesión intestada que ésta dejó al fallecer el día trece de febrero del año dos mil doce, en el Hospital Nacional San Pedro de Usulután, siendo esta ciudad su último domicilio. Confiriéndosele al heredero declarado la administración y representación definitiva de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de ley. Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los diez días del mes de julio del año dos mil doce.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SECRETARIA. 1 v. No. F JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. AVISA: Que por resolución de las nueve horas y veinticinco minutos de este día se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora VIRGINIA MARTINEZ, en calidad de hija de la causante señora MARIA ANGELICA MARTINEZ, conocida por ANGELICA MARTINEZ, en la sucesión intestada que ésta dejó al fallecer el día veintisiete de agosto de mil novecientos setenta y siete, en el Cantón La Peña de la jurisdicción de Usulután el lugar que tuvo como último domicilio. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las catorce horas con treinta minutos del día veintiséis de junio del dos mil doce, se declaró heredera abintestato con beneficio de inventario a la señora GLORIA JOSEFINA ESQUIVEL GUTIERREZ en concepto de hija del causante DANIEL ESQUIVEL MATA conocido por DANIEL MATA ESQUIVEL y por DANIEL ESQUIVEL, quien fue de treinta y siete años de edad, jornalero, fallecido el día dieciocho de mayo de mil novecientos setenta y siete, siendo Metapán su último domicilio. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con cuarenta minutos del día diecisiete de julio de dos mil doce.- LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, 1 v. No. F GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las doce horas del día veintiséis de junio de dos mil doce, se ha declarado heredero definitivo con beneficio de inventario de la herencia testamentaria que a su defunción defirió el causante señor DIEGO SOTO conocido por DIEGO SOTO CAMPOS, quien falleció en la ciudad de Colón, La Libertad, siendo su último domicilio el de esta ciudad, el día ocho de septiembre de dos mil once, al señor ARTURO GOMEZ, conocido como ARTURO SOTO, en su calidad de heredero testamentario. Y se le confirió al heredero declarado la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: Soyapango, a las ocho horas cinco minutos del día cuatro de julio de dos mil doce.- LICDA. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA. 1 v. No. F JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN. Confiriéndosele a la heredera declarada la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión, con las Facultades de Ley. LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: USULUTAN, a los nueve días del mes de julio del año dos mil doce.- LIC. JOSE AN- TONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA. 1 v. No. F HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las quince horas del día tres de julio de dos mil doce, se declaró heredera abintestato con beneficio de inventario a la señora DOMINGA MARTINEZ CABRERA conocida por DOMINGA MARTINEZ, en su calidad de madre y como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían al señor PABLO TORRES SANABRIA como cónyuge sobreviviente de la causante NOEMI MARTINEZ DE TORRES quien fue de cincuenta y un años de edad, ama de casa, fallecida el día nueve de diciembre de dos mil once, siendo Metapán su último domicilio.

51 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las quince horas del día dieciséis de julio de dos mil doce.- LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, 1 v. No. F WILFREDO RIVAS, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en diecinueve Calle Poniente, Número trescientos quince, Edificio MM, UNO, de esta ciudad. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas del día dieciocho de Julio del año dos mil doce, se ha declarado a la señora MARIA TERESA ORELLANA DE RODRIGUEZ, en su calidad de CONYUGE SOBREVIVIENTE y CESIONARIA de los derechos que le correspondían a los señores MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ORELLANA, CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ ORELLANA y RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ ORELLANA, todos en sus calidades de Hijos sobrevivientes, que a su defunción, ocurrida en el Hospital Médico Quirúrgico, del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, jurisdicción de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las una horas y cincuenta y cinco minutos, el día siete de Octubre de dos mil once, a consecuencia de Cáncer de timo más metástasis pulmonar, con asistencia médica, dejó el señor CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ AREVALO; habiéndole concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en San Salvador, a los diecinueve días del mes de Julio del año dos mil doce. LIC. WILFREDO RIVAS, ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No. F DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS- TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN JUAN OPICO. cuatro mil trescientos cincuenta y dos-nueve, y Número de Identificación Tributaria Cero quinientos diecisiete-cero ochenta mil cuatrocientos ochenta y nueve-ciento uno-cuatro, de la sucesión dejada por el causante DAVID DE JESUS ALAS RIVERA, quien fue de cuarenta y ocho años de edad, Agricultor en pequeño, fallecido el día veintidós de abril de dos mil once, siendo San Pablo Tacachico, Departamento de La Libertad su último domicilio.- La expresada aceptante lo hace en calidad de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores DILMA DEL CARMEN MORALES y MELVIN ERNESTO ALAS MORALES, en su calidad de esposa e hijo del referido causante. En consecuencia, se le confiere a la heredera declarada la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a las quince horas cincuenta minutos del día diez de julio de dos mil doce.- LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, ACEPTACION DE HERENCIA 1 v. No. F VICTOR DAVID ALEMAN BOLAÑOS, Notario, de este domicilio, con oficina en final Cuarta Calle Oriente, Lourdes Colón, La Libertad. HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas del día diecinueve de junio del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores FRANCISCA PEÑATE LOPEZ, RICARDO PEÑATE y ANTONIO PEÑATE LOPEZ, la primera en su calidad de hija y cesionaria de los derechos que le correspondían la señora MARIA MARTA LOPEZ viuda DE PEÑATE, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante, y los demás en sus calidades de hijos del causante de la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor RICARDO PEÑATE GARAY, quien falleció en el Hospital Nacional San Rafael, de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a las ocho horas y veinte minutos del día dieciocho de febrero del año dos mil seis, siendo su último domicilio el de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, quien a la fecha de su fallecimiento era de ochenta y ocho años, casado, y de nacionalidad Salvadoreña, habiéndoles conferido a los aceptantes la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley. Lourdes Colón, dieciocho de julio de dos mil doce. AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas treinta minutos del día diez de julio del año dos mil doce, se declaró heredera definitiva abintestato y con beneficio de inventario a la señora ILDA YANETH ALAS MORALES, quien es mayor de edad, estudiante, del domicilio de San Pablo Tacachico, Departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad Número cero cuatro millones ochenta y VICTOR DAVID ALEMAN BOLAÑOS, NOTARIO. 1 v. No. C003438

52 52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 KARMINA XOCHILT SALGUERO HERNANDEZ, Notario del Librado en la ciudad de Mejicanos, a los diecinueve días del mes domicilio de San Salvador, miembro de NOBLE Y ASOCIADOS, ubicados en Centro de Oficinas Colonial No. 214, Av. La Sultana, Antiguo de julio de dos mil doce. Cuscatlán, La Libertad, AL PÚBLICO, LICDA. MIRNA DELMY ESTRADA DE CEA, HACE SABER: Que ante sus oficios notariales y con base en el artículo diecinueve de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción NOTARIO. Voluntaria y de Otras Diligencias, por resolución emitida a las nueve horas del día doce de julio de dos mil doce, se ha tenido por aceptada 1 v. No. F expresamente y con beneficio de inventario, de parte de los señores GE- RARDA DE JESUS GOMEZ VIUDA DE LARA, MARIA SALOME LARA GOMEZ, GREGORIO LARA GOMEZ, ROSALIA LARA DE FERNANDEZ, Y ALBA DOLORES LARA DE RAMOS, la primera de ellos, en su carácter de CÓNYUGE SOBREVIVIENTE del causante, y DORIAN ELIZABETH ANDRADE BARAHONA, Notario del domicilio de Mejicanos, con oficina en Urbanización Santa Adela, final pasaje los demás, en su carácter de HIJOS SOBREVIVIENTES del causante, la herencia intestada dejada a su defunción por el señor DAMIAN LARA tres, Número 15-A, Centro de Gobierno, San Salvador. SERRANO, quien falleció el día ocho de diciembre de dos mil ocho, en AVISA: Que por resolución dictada por la Suscrita a las dieciséis el Hospital Nacional Rosales, jurisdicción de San Salvador, departamento horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de San Salvador, siendo San Pedro Masahuat, departamento de La Paz, de inventario, la herencia intestada que dejó el causante señor JOSE su último domicilio, confiriéndoseles por tanto a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión con las facultades defunción ocurrida el día uno de enero de dos mil doce en el Hospital ADALI REYES conocido como JOSE ADALI REYES RODRIGUEZ, y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Militar de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio la En consecuencia se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a la dirección antes dicha a deducirla, en IDALIA EVARISTA HERRERA DE REYES conocida por IDALIA ciudad de Soyapango, Departamento de San Salvador; a los señores el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de EVARISTA HERRERA y por IDALIA HERRERA, en su concepto este edicto. de esposa del de Cujus, y CRISTIAN ADALID REYES HERRERA y JOSE MOISES REYES HERRERA, ambos en su concepto de hijos del Antiguo Cuscatlán, doce de julio de dos mil doce. de cujus; a quienes se ha conferido la administración y representación KARMINA XOCHILT SALGUERO HERNANDEZ, NOTARIO. 1 v. No. C MIRNA DELMY ESTRADA DE CEA, Notario, de este domicilio, con Oficina Jurídica en Avenida Central, Local número once, Mejicanos, HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día dieciocho de julio de dos mil doce, por la suscrita Notario, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia intestada dejada a su defunción por el señor MARIO ALCIDES ARGUETA o MARIO A. ARGUETA, quien falleció el día veinticuatro de mayo de dos mil once, en la ciudad de W. Suffolk, Avenida Montebello, Los Angeles, Estado de California, Estados Unidos de América, siendo W. Suffolk, Avenida Montebello, Los Angeles, Estado de California, Estados Unidos de América su último domicilio, de parte de la señora JUANA VILMA ARGUETA conocida por JUANA VILMA GARCIA LEMUS, JUANA VILMA GARCIA DE ARGUETA, JUANA V. ARGUETA, y por JUANA VILMA GARCIA, en concepto de esposa y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores MARIO ALCIDES ARGUETA JR. Y STACEY DENISSE ARGUETA, como hijos del mencionado causante. Habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de ley. Lo que hace saber para los efectos legales subsiguientes. San Salvador, diecisiete de julio de dos mil doce. LICDA. DORIAN ELIZABETH ANDRADE DE BARAHONA, NOTARIO. 1 v. No. F MARIO CARLOS JACOBO GUZMAN, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficina ubicada en Metro Comercial Apopa, Polígono "A", Número Treinta, de la ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador, al público para los efectos de ley, HAGO SABER: Que por resolución dictada por el suscrito Notario, a las quince horas el día diecisiete de julio de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en Cruz Roja de la ciudad de Apopa, a las doce horas del día cinco de noviembre de dos mil once, a consecuencia de heridas de tórax y abdomen producidas por proyectil disparado por arma de fuego, según dictamen médico de

53 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de la Doctora Ana Angélica Aguiluz Jiménez, dejó el señor VICTOR MA- NUEL ALVARADO DE LA CRUZ conocido por VICTOR MANUEL ALVARADO, quien a esa fecha era de cuarenta y nueve años de edad, casado, agricultor, originario y del domicilio de Tacuba, Departamento de Ahuachapán, y de nacionalidad salvadoreña; por parte de la señora ORBELINA ASCENCIO DE ALVARADO, en su calidad de cónyuge; habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación interina del causante expresado, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se CITA a todos los que se creen con derechos a la referida herencia, para que se presenten a deducir dichos derechos a esta oficina situada en la dirección antes relacionada, en el término de quince días contados desde el día siguiente a la última publicación del presente Edicto. Librado en la Oficina del Notario MARIO CARLOS JACOBO GUZMAN, en la ciudad de Apopa, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil doce. LIC. MARIO CARLOS JACOBO GUZMAN, NOTARIO. del domicilio de Candelaria de la Frontera de este departamento, con 1 v. No. F Documento Único de Identidad número cero dos seis cuatro dos cuatro cuatro nueve guión dos, con Número de Identificación Tributaria cero doscientos uno guión doscientos cincuenta mil doscientos cincuenta y tres guión ciento uno guión siete, en calidad de hermanos sobrevivientes VICTOR HUGO MATA TOBAR, Notario de este domicilio, con oficina sobre la sucesión intestada que a su defunción dejara el causante señor ubicada en Centro Urbano San Carlos, Edificio D, Apartamento trece CARLOS ORLANDO VALLADARES, quien fue de sesenta años de Diagonal Universitaria Norte, San Salvador. edad al momento de fallecer el día diecinueve de marzo de dos mil once, HAGO SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída soltero, agricultor, hijo de Isabel Valladares, siendo Candelaria de la a las once horas del día veintiuno de julio de dos mil doce, se ha tenido Frontera su último domicilio, de nacionalidad salvadoreña y originario por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia de Candelaria de la Frontera. intestada que a su defunción, ocurrida en Jiquilisco, Usulután, el pasado dieciséis de junio de dos mil cinco, dejara la señora MARTA AYALA A los aceptantes señores ANTONIO VALLADARES PALMA VILLALOBOS, quien murió a los sesenta y dos años de edad, habiendo y CÁNDIDA ROSA VALLADARES, se les confiere interinamente sido de oficios domésticos y del domicilio Jiquilisco, Usulután, de parte la administración y representación de la sucesión con las facultades y de la señora Esperanza Elizabeth Villalobo Pacheco de cuarenta años de edad, doméstica, del domicilio de Usulután, en concepto de hija de la causante, y en consecuencia se le confiere la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En vista de lo anterior, por este medio se cita a todas las personas que se crean con derecho en la referida herencia, para que se presenten a la citada oficina en el plazo de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina del Notario, en la ciudad de San Salvador, a las doce horas del día veinte de julio de dos mil doce. VICTOR HUGO MATA TOBAR, NOTARIO. LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: En las diligencias de Aceptación de Herencia Intestada promovidas por la Licenciada YOLANDA ARACELY CORTEZ HERNÁNDEZ, en su calidad de Apoderada General Judicial de los señores ANTONIO VALLADARES PALMA Y CÁNDIDA ROSA VALLADARES, clasificadas bajo el número de referencia DV-2CM1, se ha proveído resolución por este tribunal a las doce horas cinco minutos del día veintiocho de junio del corriente año, mediante el cual se ha tenido por aceptada por parte de los señores ANTONIO VALLADARES PALMA, quien es de cincuenta y un años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Candelaria de la Frontera de este departamento, portador de su Documento Único de Identidad número cero cero seis cero cinco ocho dos nueve guión siete, con número de Identificación Tributaria cero doscientos uno guión cero ochenta mil trescientos sesenta y uno guión ciento uno guión cero; y CÁNDIDA ROSA VALLADARES, quien es de cincuenta y nueve años de edad, doméstica, restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se hace del conocimiento público, para que todo aquel que tenga derecho a la referida sucesión, se presente a este juzgado a deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial de conformidad al Art del Código Civil. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL; Santa Ana, a las doce horas quince minutos del día veintiocho de junio del año dos mil doce. LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER- CANTIL SANTA ANA. LIC. JAIME MANUEL BENÍTEZ BAÑOS, 1 v. No. F v. alt. No. C

54 54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las quince horas HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, diez minutos del día veinticinco de mayo de dos mil doce. LIC. JOSE a las diez horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA expresamente y con beneficio de inventario, de parte de los señores LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, VICENTE RODRIGUEZ CELIS y JORGE ALBERTO RODRIGUEZ CELIS, la herencia intestada dejada a su defunción por la señora DO- LORES MENDOZA VIUDA DE MORALES, quien a la fecha de su 3 v. alt. No. F fallecimiento era de ochenta y ocho años de edad, hija de los señores Narciso Rodríguez y Angela Mendoza, originaria de Ahuachapán, con último domicilio en esta ciudad, quien falleció el día veintiocho de junio de mil novecientos setenta y dos. MAURICIO MENDEZ GARAY, Notario, de este domicilio, con oficina Cítese por este medio a los que se crean con derecho a la sucesión situada en apartamento doscientos cuatro, del Edificio Plaza Monterrey, para que dentro del término de quince días siguientes a la tercera publicación de este edicto se presenten a este Juzgado a deducir sus derechos. Colonia Médica, de la ciudad de San Salvador. situado en la Diagonal Arturo Romero, número cuatrocientos veinticinco, Confiérese al aceptante declarado la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída los curadores de la herencia yacente, lo que se hace del conocimiento a las catorce horas del día veintidós de junio del presente año, se ha del público para los efectos de ley. tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las quince horas y cinco minutos del día cuatro de julio de dos SANTIAGO PORTILLO ALEMAN conocido por CARLOS SAN- herencia testamentaria, dejada a su defunción por el señor CARLOS mil doce. KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZA TIAGO PORTILLO, ocurrida el día seis de agosto del año dos mil TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR. LI- seis, en el Hospital Médico Quirúrgico, de esta ciudad, de parte de los CINIA NUBE SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA. señores SANDRA ISABEL PORTILLO DE SERRANO, DAGOBERTO ADRIAN PORTILLO IRAHETA, NELSON OSWALDO PORTILLO 3 v. alt. No. F JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las quince horas del día veinticinco de mayo de dos mil doce, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el causante ADAN CRUZ ORTIZ o ADAN CRUZ, quien fue de setenta y siete años de edad, agricultor, fallecido el día veintiséis de julio de dos mil once, siendo Metapán su último domicilio; por parte de los señores ROSA ESTELA CRUZ DE MARTINEZ hoy viuda de MARTINEZ, ZOILA ISABEL CRUZ DE PERAZA, CAR- LOS ALFREDO CRUZ GALDAMEZ, RAUL CRUZ GALDAMEZ, HUMBERTO CRUZ ORTIZ, TOMAS CRUZ ORTIZ GALDAMEZ, DELMI DEL SOCORRO CRUZ GALDAMEZ, NOELIA CONCEP- CION CRUZ GALDAMEZ Y HUGO ADAN CRUZ GALDAMEZ, en calidad de hijos del referido causante. En consecuencia, se les confirió a dichos aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. NAVAS, y SARA MABEL IRAHETA DE SORIANO, como heredera y cesionaria de los derechos que le corresponden en la testamentaria de referencia a la señora DELMY URANIA PORTILLO VAHEDI conocida por DELMY URANIA PORTILLO DE VAHEDI, mayor de edad, Tecnóloga Fisioterapista, domiciliada en la Ciudad de Estocolmo, República de Suecia, todos los aceptantes en sus conceptos de hijos del causante, habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión testamentaria mencionada. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados a partir desde la última publicación del presente edicto. Líbrese en la oficina del Notario MARIO MENDEZ GARAY, en la ciudad de San Salvador, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil doce. MAURICIO MENDEZ GARAY, NOTARIO. 3 v. alt. No. F

55 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de JUAN BAUDILIO TORRES SOLANO, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR. HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado las diligencias de aceptación de herencia intestada, promovidas por el Licenciado TOM ALBERTO HERNÁNDEZ CHÁVEZ, como Apoderado Judicial de la señora MARTA QUIJADA, conocida por MARTA PÉREZ TEJADA, y que por resolución de las diez horas con treinta minutos del día catorce de junio de dos mil doce, dictada por esta sede judicial, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante GUILLERMO JOSÉ DIEGO GUZMÁN conocido por GUILLERMO GUZMÁN MI- RANDA y por GUILLERMO JOSÉ DIEGO GUZMÁN MIRANDA, quien fue de treinta y cinco años de edad, soltero, del domicilio de San Salvador, de nacionalidad salvadoreña, hijo de María Luisa Miranda y de Wenceslao Guzmán, fallecida en el Hospital Nacional Rosales, a las tres horas del día diecisiete de diciembre de mil novecientos sesenta y nueve; a la señora MARTA QUIJADA conocida por MARTA PÉREZ TEJEDA, de setenta y siete años de edad salvadoreña, ama de casa, del domicilio de Cuscatancingo, con Documento Único de Identidad número cero cero cero treinta y ocho mil cuatrocientos once - uno y Número de Identificación Tributaria cero seiscientos nueve - ciento cuarenta y un mil doscientos treinta y cuatro- ciento uno - dos; en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que correspondían al señor GUILLERMO ANTONIO GUZMÁN PÉREZ conocido por GUILLERMO ANTONIO GUZMAN, de nacionalidad salvadoreña, de cincuenta y cinco años de edad, empleado, del domicilio de Lindenhurts, Condado de Nassau, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, en calidad de hijo MARIA DE JESUS ZUNIGA DE BUITRAGO conocida por JESUS PALACIOS DE BUITRAGO, la Herencia Intestada dejada por el causante señor ALFREDO ANTONIO PALACIOS, quien a la fecha de su defunción era de cuarenta y siete años de edad, empleado, casado, de nacionalidad salvadoreña, originario del municipio de Ahuachapán, siendo la ciudad de San Salvador el lugar de su último domicilio, quien falleció en esta ciudad el día diez de mayo de mil novecientos noventa y siete, aceptación que hacen en sus calidades de herederas intestadas de la herencia dejada por el causante antes mencionado. Y SE LES HA CONFERIDO a las aceptantes la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince días, contados a partir del siguiente a la tercera publicación del presente edicto. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Salvador, a las doce horas y veinte minutos del día trece de julio de dos mil once. DR. SALVADOR CANO GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LICDA. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES RUBIO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F sobreviviente. A la aceptante antes mencionada, de conformidad al Art. LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO 1163 del Código Civil se le confirió la administración y representación CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. interina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Así mismo en dicha resolución HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado de las once horas treinta y cuatro minutos de este día, se ha tenido se ordenó citar a los que se crean con derecho a la sucesión para que dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente a la tercera por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia publicación del edicto de ley, se presenten a esta sede judicial a deducir intestada dejada a su defunción ocurrida el día siete de febrero de dos sus derechos. mil doce, en la ciudad de Soyapango, dejó la causante señora DORA MARÍA PÉREZ DE GARCÍA, quien fue de cincuenta y tres años de Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumplimiento, edad, casada, operaria, hija de Eugenia Vásquez y José Mario Pérez, se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango, de parte de la menor de San Salvador, a las once horas del día catorce de junio de dos mil Katherine Alejandra García Pérez representada legalmente por el señor doce. LIC. JUAN BAUDILIO TORRES SOLANO, JUEZ QUINTO DE Jesús Antonio García Ortiz, padre de la menor, representado por su LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR. LICDA. CARMEN procuradora Licenciada Sara Elizabeth Martínez Martínez. ELENA ARÉVALO GÁMEZ, SECRETARIA. Y se le ha conferido al aceptante la administración y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones 3 v. alt. No. F de los curadores de la herencia yacente. EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO. HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado de las once horas y veinte minutos del día trece de julio de dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de las señoras OLIVIA PALACIOS ZUNIGA y Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horas treinta y seis minutos del día seis de julio de dos mil doce. LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

56 56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO PARA con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la citada LOS EFECTOS DE LEY, oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. HACE SABER: Que por resolución de las doce horas veintinueve minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con Librado en la oficina del Notario MANUEL MAURICIO MARTINEZ CARBALLO, en la ciudad de San Salvador, a las trece beneficio de inventario de parte de los señores ALONSO ANSELMO horas del día diecinueve de julio del año dos mil doce. MARROQUÍN ESCALANTE y BLANCA IRMA MARROQUÍN ESCALANTE, la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante ROSA MIRIAM MARROQUÍN DE LIMA, quien a su deceso MANUEL MAURICIO MARTÍNEZ CARBALLO, fue de cincuenta y un años de edad, oficios domésticos, casada, quien NOTARIO. falleció en el Cantón Tierra Blanca, de la Jurisdicción de Candelaria de la Frontera, a las veintitrés horas del día veintiuno de agosto de mil novecientos noventa y nueve, siendo Candelaria de la Frontera, el lugar 3 v. alt. No. F de su último domicilio. Los aceptantes, son hijos de la causante y cesionarios del derecho hereditario que le correspondía al señor JOSE EDGARDO MARRO- QUÍN, como hijo de la de cujus; y en ese carácter se les confiere la ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL administración y representación interna de la sucesión, con las facultades DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público, para que todo aquel HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las ocho que se crea con derecho en la presente sucesión, comparezca a este horas y veinticinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con Tribunal a probarlo dentro de los quince días subsiguientes a la tercera beneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora MARIA publicación de este edicto. DEBORA VILLALOBOS, conocida por DEVORA VILLALOBOS, quien falleció el día nueve de junio del dos mil tres, en la Unidad de LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa Salud de Meanguera del Golfo, siendo ese lugar su último domicilio; Ana, a las doce horas treinta y ocho minutos del día veintinueve de septiembre de dos mil diez. DR. RODOLFO ERNESTO CHACÓN, JUEZ de parte de los señores RAMIRO VILLALOBOS GRANDE y EMILIO VILLALOBOS GRANDE, en calidad de hijos de la causante. Confiriéndoles a dichos aceptantes, en el carácter indicado, la administración y SEGUNDO DE LO CIVIL. BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHÁVEZ, SECRETARIA. representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. 3 v. alt. No. F Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo demuestren en este Juzgado. MANUEL MAURICIO MARTÍNEZ CARBALLO, Notario de este domicilio, con oficina ubicada en Edificio Comercial A&M, Tercera planta, local C-2, Primera Calle Poniente y final de la Sesenta y Tres Avenida Norte, Colonia Escalón, San Salvador, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día diecinueve de julio del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Jersey City, Estado de Nueva Jersey, Estados Unidos de América, su último domicilio, a las cero horas y treinta minutos del día diecinueve de agosto de dos mil ocho, dejó el señor JULIAN CORTEZ, quien también fue conocido por JULIAN CORTEZ LANDOS y por JULIO CORTEZ, de parte de la señora MARIA DEL CARMEN CHAVEZ de CORTEZ, en su concepto de cónyuge sobreviviente del de cujus, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los doce días del mes de junio del dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ, 3 v. alt. No. F SONIA GUADALUPE OBANDO CAMPOS, JUEZA INTERINA SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por ACEPTA- DA expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el causante, señor JUAN JOSÉ ESCOBAR RIVERA, quien

57 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de fue de cuarenta y cinco años de edad, casado, hijo de Esteban Escobar y María Mónica Rivera; a su defunción ocurrida a las siete horas y cuarenta y cinco minutos, del día veintidós de junio de dos mil once, en San Salvador, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, por parte de CHRISTIAN JOSÉ ESCOBAR PANIAGUA, en su calidad de hijo del causante; RUFINA MAGDALENA PANIAGUA DE ESCOBAR, en su calidad de esposa del causante; y la menor DIANE NICOLE ESCOBAR ORELLANA, en su calidad de hija del referido causante, representada legalmente por su madre, señora RHINA EDITH ORELLANA GUEVARA; a quienes se les ha conferido la administración y representación interina de la referida sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Por lo que se CITA a todos los que se crean con derecho a la sucesión para que dentro del término de ley se presenten a este Tribunal a deducir su derecho. Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las ocho horas y cuarenta minutos del día veintiuno de mayo del dos mil doce. LICDA. SONIA GUADALUPE OBANDO CAMPOS, JUEZA INTERINA SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR. LIC. LUIS HECTOR ALBERTO PEREZ AGUIRRE, SECRETARIO DE ACTUACIONES. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución proveída por este tribunal, a las diez horas y cuarenta minutos del día veintiuno de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada, dejada a su defunción por la causante señora ANA MARIA DEL CARMEN GUTIERREZ conocida por ANA MARIA DEL CARMEN GUTIERREZ AREVALO y ANA DEL CARMEN GUTIERREZ, ocurrida el día catorce de diciembre del año dos mil diez, en San Salvador, siendo Colón el lugar de su último domicilio, de parte del señor JOAQUIN ARMANDO CUELLAR GUTIERREZ, en calidad de hijo de la causante; y se le ha conferido al aceptante la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas y cuarenta minutos del día veintiséis de junio del año dos mil doce. LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, 3 v. alt. No. F MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO: HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las doce horas diez minutos del día cuatro de junio del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por la causante señora ADELA MORAN, conocida por Adelina Morán, Adela Fidelina Morán, Adela Morán de Galicia, ahora viuda de Galicia, Adelina Morán y Adela Fidelina Morán; fallecida el día catorce de noviembre del dos mil cuatro, siendo la ciudad de Nahuizalco el lugar de su último domicilio, de parte de la señora ROSARIO DEL CARMEN GALICIA MORAN, en concepto de hija de la causante. Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley. JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas del día once de junio del dos mil doce. DR. MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, 3 v. alt. No. F v. alt. No. F JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las catorce horas con quince minutos del día doce de abril de dos mil doce; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventado la herencia intestada dejada por el causante PEDRO UMAÑA MARTÍNEZ conocido por PEDRO UMAÑA, quien fue de setenta y cuatro años de edad, comerciante, fallecido el día trece de junio de dos mil once, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de la señora MARTA RAMOS DE UMAÑA conocida por MARTA RAMOS TEJADA. La expresada aceptante lo hace en calidad de CONYUGE SOBREVIVIENTE y CESIONARIA de los derechos hereditarios que les correspondía a los señores VILMA MARIXA, JORGE HERLINDO, PEDRO ANTONIO, LUIS MARIO, DANIEL VIRGILIO y DELMI BERTILA todos de apellidos UMAÑA RAMOS en calidad de HIJOS del referido causante; habiéndosele conferido a dicha aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con veinte minutos del día veinte de abril de dos mil doce. LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

58 58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 JAIME BENJAMIN TRABANINO LLOBELL, Notario de este domicilio, con oficina en Urbanización Buenos Aires I, Avenida San Carlos número ciento diecinueve. San Salvador, Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las quince horas diez minutos del día dos de mayo de dos mil doce. DR. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA. HACE SABER: Que por resolución proveída, a las catorce horas 3 v. alt. No. C del día veintiocho de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario, la herencia testamentaria dejada a su defunción por el causante señor ERNESTO EMILIO LOPEZ URÍAS, conocido socialmente por Ernesto López Urías, quien falleció el día DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL veintisiete de octubre del año dos mil ocho, en San Salvador, siendo su INTERINO DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL último domicilio, de parte de la señora HILDA AMALIA ROMAN DE PARA LOS EFECTOS DE LEY. LOPEZ, cónyuge del causante. Y se le ha conferido la administración y HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones horas y cincuenta minutos del día veinte de febrero del año dos mil de los curadores de la Herencia Yacente. doce, se ha declarado Yacente la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, a las cinco horas del día dos de diciembre de mil novecientos setenta y seis, dejó el causante CITA, en consecuencia a todos aquellos que se crean con derecho señor ELIAS ABREGO MARTINEZ, conocido por ELIAS ABREGO, a tal herencia, para que dentro de quince días subsiguientes a la última en la cual se ha nombrado como Curadora de la misma a la Abogada publicación de este aviso se presenten a este despacho y justifiquen tal CARMEN ELENA SIBRIAN CASTELLON, a quien se le hará saber de circunstancia. este nombramiento para su aceptación, juramentación y demás efectos San Salvador, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos legales. mil doce. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las catorce horas y cincuenta minutos del día veinte de febrero del año dos LIC. JAIME BENJAMIN TRABANINO LLOBELL, mil doce. DR. MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTO. LICDA. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, ABOGADO Y NOTARIO. SECRETARIA. 3 v. c. No. F v. alt. No. F TÍTULO SUPLETORIO HERENCIA YACENTE EL SUSCRITO NOTARIO: DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. HACE SABER: Que en esta oficina ha comparecido el señor PEDRO ALVARENGA PICHINTE, de sesenta y seis años de edad, HACE SABER: Que por resolución de las quince horas dos minutos del día veintinueve de marzo de dos mil doce, se ha declarado yacente la herencia que dejó el causante señor JOAQUIN ARISTONDO VASQUEZ, fallecido a las siete horas del día dieciocho de julio de mil novecientos ochenta, en el Barrio El Centro de la Villa de Tacuba, del Departamento de Ahuachapán, su último domicilio, habiéndole nombrado curador de la herencia yacente para que represente a la sucesión del señor JOAQUIN ARISTONDO VASQUEZ, al Licenciado WILLIAM JOSE LOPEZ EMESTICA, a quien se le hizo saber su nombramiento y previa aceptación y juramentación se le discernió el cargo por resolución de las quince horas seis minutos del día dos de mayo de dos mil doce, lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de Ley. comerciante en pequeño, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número: cero dos millones veinticuatro mil novecientos noventa y siete- cinco y con número de Identificación Tributaria: cero setecientos dieciséis- ciento ochenta y un mil cuarenta y cinco- cero cero uno- dos; MANIFESTANDO: I) Que es dueño y actual poseedor de buena fe, en forma quieta, pacífica, continúa e interrumpida de un inmueble, por más de diez años, ubicado en el Cantón Corral Viejo, Municipio de Tenancingo, Departamento de Cuscatlán, de una extensión superficial de MIL SETECIENTOS CUATRO PUNTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRA- DOS. Cuya descripción es la siguiente NORTE: partiendo del vértice Nor Poniente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur setenta y cuatro grados treinta y seis minutos

59 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de cuarenta y seis segundos Este con una distancia de treinta y dos punto ochenta y nueve metros; colindando con Ángel Torres Alvarenga con cerco de púas; ORIENTE: partiendo del vértice Nor Oriente está formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur cero dos grados veinte minutos treinta y cinco segundos Este con una distancia de dieciséis punto veintitrés metros; Tramo dos, Sur treinta grados cero un minutos treinta y cuatro segundos Oeste con una distancia de diecisiete punto ochenta y seis metros; Tramo tres, Sur treinta y dos grados cincuenta y siete minutos cincuenta y siete segundos Oeste con una distancia de veintiséis punto noventa y seis metros; con calle de por medio colindando con Eulalio Cándido de la O.; SUR: partiendo del vértice Sur Oriente está formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte veintiséis grados diez minutos cincuenta y dos segundos Oeste con una distancia de cuatro punto trece metros; Tramo dos, Norte treinta y nueve grados cero seis minutos diecinueve segundos Oeste con una distancia de nueve punto ochenta y dos metros; Tramo tres, Norte cincuenta y cuatro grados cincuenta y cinco minutos cero dos segundos Oeste con una distancia de siete punto cuarenta y cinco metros; colindando con URSULA MARTÍNEZ VIU- DA DE ALVARENGA; JOSE ISRAEL ALVARENGA MARTINEZ; GUADALUPE EDELMIRA ALVARENGA MARTINEZ; MARTA GLADIS ALVARENGA MARTINEZ; HECTOR ALVARENGA Cuscatlán, número diez, contiguo a gasolinera uno, de Cojutepeque, MARTINEZ; y JULIO ALVARENGA MARTINEZ y PONIENTE; partiendo del vértice Sur Poniente está formado por cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte dieciocho grados cuarenta y cuatro minutos cero cuatro segundos Oeste con una rústico, cultivado en una pequeña parte de café y el resto para cultivo distancia de diez punto treinta y dos metros; Tramo dos, Norte cero tres grados once minutos cuarenta y seis segundos Oeste con una distancia de seis punto veintinueve metros; Tramo tres, Norte cero ocho grados vértice Nor Poniente, que es el punto donde se inició esta descripción. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; que desde su adquisición que hizo por compra al señor BUENAVENTURA CHACÓN, ha poseído los referidos terrenos por más de diez años en forma quieta, pacífica y no interrumpida, pero carece de Título de dominio inscrito, por lo cual comparece ante mis oficios notariales, para que de conformidad con lo establecido en el artículo dieciséis de la LEY DEL EJERCICIO NOTARIAL DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA Y DE OTRAS DILIGENCIAS, seguidos que sean los trámites que la misma señalen, se extienda a su favor el título que solicita. Valúa dicho terreno en la suma de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, del cual solicita TÍTULO SUPLETORIO, el señor PEDRO ALVARENGA PICHINTE, ha presentando la ficha catastral respectiva. Todos los colindantes son del domicilio de Tenancingo, Departamento de Cuscatlán. Lo que avisa al público para los fines de Ley. Se previene a las personas que desean presentar oposición a las pretensiones de la solicitante, lo haga dentro del término legal en mi despacho notarial situado en Quinta Calle Oriente, Condominio Centenario, Apartamento Veintiuno Norte, de esta ciudad. Librado en la ciudad de San Salvador, a los trece días del mes de julio del año dos mil doce. LIC. OLIVERIO LEMUS MORALES, NOTARIO. 1 v. No. C JOSE DOMINGO MARTINEZ, Notario, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: Que a mi despacho Notarial, situado en Colonia Departamento de Cuscatlán, se ha presentado ARISTIDES BENAVIDES, mayor de edad, maestro de obra del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, solicitando TÍTULO SUPLETORIO de un terreno de cereales, situado en Cantón La Flor, jurisdicción de San Martín, Departamento de San Salvador, de la extensión superficial de CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA PUNTO SESENTA Y TRES METROS cincuenta y siete minutos cero nueve segundos Este con una distancia CUADRADOS, linda: ORIENTE, Vicenta Díaz, Aristides Benavides de diecisiete punto cero cero metros; Tramo cuatro, Norte veintitrés y Ana del Carmen Benavides de López: NORTE, Sebastián Hernández grados treinta y cuatro minutos cuarenta y nueve segundos Este con una Aguillón; PONIENTE, Anselmo Pérez Flores e Irma Ventura; SUR, distancia de quince punto noventa metros; colindando con José Tomás Isidro Linares y Gerardo López Aguilar; lo adquirió por compra que Chacón y Santos Alvarenga Zavaleta con cerco de púas. Así se llega al hizo a María Elena viuda de Carpio, Alejandro Carpio, Raúl Carpio, José Roberto Carpio y Eugenio Carpio, el trece de agosto de mil novecientos setenta y uno, por lo que su posesión sobrepasa más de cuarenta años consecutivos; se valúa en UN MIL DOSCIENTOS DÓLARES de los Estados Unidos de América. Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de Ley. Librado en mi Oficina de Notariado: Cojutepeque, veinticinco de junio de dos mil doce. JOSÉ DOMINGO MARTÍNEZ, NOTARIO. 1 v. No. C003448

60 60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 EN LA OFICINA JURIDICA DEL LICENCIADO CRUZ FRAN- veintisiete punto treinta y cuatro metros, colindando con Eulalia de Jesús CO GALDAMEZ, situada en Sexta Calle Poniente, Barrio El Chile, Guzmán, separados por camino que conduce al Caserío Flor Amarilla; Chalatenango; AL PUBLICO. AL PONIENTE: ciento cuarenta y cuatro metros, colindando con Paz Felícita Velasco, separados por cerco de alambre; AL NORTE: trescientos veintiocho punto ochenta y siete metros, colindando con Francisco Rodil HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora Velasco, separados por cerco de alambre. Contiene dos viviendas de tipo MARIA TRINIDAD VALLE DE MEJIA, solicitando TITULO SUPLEmixta con techo de tejas y madera, piso de ladrillo cerámico, con energía TORIO, a favor de ella, de un inmueble de naturaleza rústico, situado eléctrica y agua potable. Lo adquirió por compraventa que le hizo a la en el lugar denominado Potrero del Puente, de esta Jurisdicción, de una señora MARIA PETRONILA CHAVEZ viuda DE VELASCO, en el extensión superficial de TRESCIENTOS SESENTA Y TRES PUNTO mes de julio de mil novecientos noventa y siete. Y lo valora en CINCO SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, que se describe así: MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. AL NORTE, ocho punto treinta y seis metros, con Ovidio Alas Mena, dividido por muro de piedra y malla ciclón propia del terreno que se describe; AL ORIENTE, quince punto cuarenta y ocho metros, con Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los veintiséis Joaquín Ricardo Galdámez, dividido por un tapial de ladrillo propio del días del mes de junio de dos mil doce.- LIC. JOSE ANGEL POSADA colindante; AL SUR, dieciséis punto setenta y dos metros, con Carlos CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ER- Henríquez, dividido por un muro de ladrillo y tela de malla ciclón propia NESTO MENA HERNANDEZ, del terreno que se describe; y AL PONIENTE, doce punto cincuenta y cuatro metros, con Victoria Zelaya, dividido por tela de malla ciclón propia de la colindante. Este terreno goza de una servidumbre de tránsito por el rumbo Oriente de dos varas de ancho por doce punto treinta 3 v. alt. No. C varas de largo y que es una salida que da a la calle vecinal. Existe una casa construida de paredes de adobe y techo de tejas. El inmueble antes descrito la titulante lo valúa en MIL TRESCIENTOS DOLARES, lo JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANobtuvo por compra que le hizo a ANA DEISY MEJIA VALLE. CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY. Librado en la ciudad de Chalatenango, a los diecisiete días del mes de julio de dos mil doce. HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado RAUL OMAR FUNES MELGAR, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señor ISRAEL HOLGUIN URIAS, de sesenta LIC. CRUZ FRANCO GALDAMEZ, y tres años de edad, albañil, del domicilio de San Isidro, Departamento de Cabañas, y con residencia en Caserío El Jute, Cantón Los Jobos, San NOTARIO. Isidro, Departamento de Cabañas, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor del referido señor, inmueble de naturaleza rústica 1 v. No. F situado en el Cantón Los Jobos, San Isidro, Departamento de Cabañas, el cual se describe así: con una extensión superficial de OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS PUNTO NUEVE METROS CUADRADOS, que JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN- CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado RAUL OMAR FUNES MELGAR, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la señora MARIA ODILIA VELASCO DE MIRA, de cincuenta y tres años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor de la referida señora, inmueble de naturaleza rústica situado en el Caserío Cerro Grande, Cantón Copinolapa, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, el cual se describe así: con una extensión superficial de VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PUNTO SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE: ciento ocho punto cuarenta y ocho metros, colindando con Francisco Rodil Velasco, separados por cerco de alambre; AL SUR: doscientos mide y linda: AL NORTE: cuarenta y seis punto treinta y tres metros, colindando actualmente con José Alberto Pineda y José María Rivera; AL PONIENTE: veintitrés punto setenta y dos metros, colindando actualmente con Edis Bonerges Torres; AL SUR: dieciséis punto ochenta y siete metros, colindando actualmente con José Erasmo Torres; AL ORIENTE: cuarenta y tres punto sesenta y siete metros, colindando actualmente con Gladis Antonia Majano e Isabel Morales. Lo adquirió por compraventa que le hizo a la señora CANDELARIA TORRES, en el mes de enero de mil novecientos setenta y nueve. Y lo valora en CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los seis días del mes de julio de dos mil doce.- LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, 3 v. alt. No. C

61 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN- CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY. Miguel, de la extensión superficial de OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES PUNTO CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, equivalentes a MIL DOSCIENTAS SEIS PUNTO OCHENTA Y OCHO HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado RAUL OMAR FUNES MELGAR, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la señora EULALIA AREVALO DE MENDEZ, de cincuenta y ocho años de edad, de oficios domésticos, del domicilio y residencia del Cantón El Caracol, Caserío El Trujillo, Victoria, Departamento de Cabañas, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor de la referida señora, inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón El Caracol, Caserío El Trujillo, Jurisdicción de Victoria, Departamento de Cabañas, el cual se describe así: con una extensión superficial de CIENTO CINCUENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE: trescientos ochenta metros, linda con Nicolasa Méndez y Eulalia Arévalo de Méndez; AL NORTE: cuatrocientos cincuenta metros en una parte linda con Dominga Bonilla viuda de Arévalo y Pedro Arnoldo Arévalo, y en otra parte con Escuela propiedad del MINED y con Pilar Arévalo; AL PONIENTE: ciento noventa y cinco metros, linda con Rigoberto Gámez Bonilla y Catalina Escalante; y cinco metros, colindando en ambos tramos con propiedad de la señora y AL SUR: seiscientos metros lindando con Narciso Fuentes y Abelino Alfaro. Contiene dos casas de adobe, lo adquirió por compraventa que le hizo al señor TELMO MENDEZ AREVALO, en el mes de abril de dos mil once. Y lo valora en CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 3 v. alt. No. C LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL. VARAS CUADRADAS. En el terreno existe una vivienda de sistema mixto con un área construida de CIENTO DOS METROS CUADRA- DOS, así como también muros de contención a base de mampostería, reforzada en los costados Oriente, Sur y Poniente. La Descripción inicia en el vértice Nor-Poniente del inmueble; los linderos, coordenadas, rumbos y distancias se describen a continuación: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice Nor-Poniente con coordenadas en x quinientos setenta y ocho mil trescientos tres punto cincuenta y uno, coordenada en Y doscientos ochenta y ocho mil doscientos sesenta y cinco punto ochenta; está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno; del mojón uno al mojón dos Sureste, ochenta grados dieciocho minutos veintiuno punto treinta y nueve segundos, con una distancia de veintitrés punto treinta y cuatro metros; Tramos Dos; del mojón dos al mojón tres Sureste, setenta y un grados veintiséis minutos trece punto doce segundos, con una distancia de dieciséis punto cuarenta Sebastiana Castro, cerco de alambre de púas de por medio, llegando así al vértice Nor-Oriente; LINDERO ORIENTE; partiendo de vértice Nor- Oriente, con coordenada en x quinientos setenta y ocho mil trescientos cuarenta y dos punto doce, coordenada en Y doscientos ochenta y ocho mil doscientos cincuenta y seis punto cuarenta y cuatro; está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno; del Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los veintiséis mojón tres a mojón cuatro Suroeste, cinco grados diecisiete minutos días del mes de junio de dos mil doce.- LIC. JOSE ANGEL POSADA trece punto noventa y nueve segundos, con una distancia de cuatro punto CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ER- NESTO MENA HERNANDEZ, ochenta y cuatro metros, Tramo Dos; del mojón cuatro al mojón cinco HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda. MA- RÍA DICTDULIA MALDONADO DE GARCÍA, actuando en su carácter de Apoderada General Judicial Especial del señor MAXIMO ARTURO LÓPEZ, solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de una porción de terreno de naturaleza rústica situado en el lugar denominado Palo Gacho, Cantón Nuevo Porvenir, Jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento de San Suroeste, treinta grados cero minutos veintiuno punto diecisiete segundos con una distancia de diecisiete punto veintiséis metros, colindando con propiedad del señor Samuel Arcadio Portillo, calle vecinal de por medio, llegando así al vértice Sur Oriente; LINDERO SUR: partiendo del vértice Sur-Oriente, con coordenadas en x quinientos setenta y ocho mil trescientos treinta y tres punto cero cuatro, coordenada en Y doscientos ochenta y ocho mil doscientos treinta y seis punto sesenta y siete; está formado por cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias; Tramo Uno; del mojón cinco al mojón seis Suroeste, sesenta y un grados cuarenta y siete minutos cuarenta punto treinta y dos segundos, con una distancia de uno punto cincuenta y un metros; Tramo Dos, del mojón seis al mojón siete Suroeste, ochenta y cuatro grados cincuenta y dos minutos dieciocho segundos, con una distancia de uno punto cuarenta y seis metros, Tramo Tres, del mojón siete al mojón ocho Noreste, setenta

62 62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 y nueve grados cuarenta y cuatro minutos treinta y cinco punto cero cuatro segundos, con una distancia de diez punto cuarenta y un metros, Tramo Cuatro, del mojón ocho al mojón nueve Noroeste, setenta y seis grados veintitrés minutos cuarenta y uno punto veinticinco segundos, con una distancia de trece punto doce metros, Tramo cinco, del mojón nueve a mojón diez Noroeste, setenta y seis grados cincuenta y un minutos treinta y ocho punto cincuenta y dos segundos, con una distancia de tres punto cuarenta y dos metros colindando en todos los tramos con propiedad de la señora Reina Portillo, tapial y malla de por medio, llegando así al vértice Sur-Poniente; LINDERO PONIENTE; partiendo del vértice Sur-Poniente, con coordenada en x quinientos setenta y ocho mil trescientos tres punto noventa y tres, coordenadas en Y doscientos ochenta y ocho mil doscientos cuarenta y uno punto cincuenta y cinco; está formado por tramo con el siguiente rumbo y distancia del mojón diez a mojón uno, cero grados cincuenta y nueve minutos quince punto setenta y nueve segundos, con una distancia de veinticuatro punto cero seis metros. Colindando con propiedad de la señora Fidelina Palucho Cabrera, Calle Principal de Cantón El Nuevo Porvenir de por medio. Llegando así al vértice Nor-Poniente de donde se inicia la presente descripción. Que dicho inmueble lo adquirió por medio de Compraventas de Posesión material que hizo al señor EUGENIO SORIANO; y lo valúa en la cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS y Caserío La Joya de esta comprensión, de una extensión superficial de QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS SE- TENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS TREINTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, que especialmente mide y linda: AL NORTE, tres tramos rectos, tramo uno y una distancia de cinco punto cincuenta y siete metros; tramo dos y una distancia de dos punto setenta y seis metros, tramo tres y una distancia de veintiséis punto noventa y un metros, colindando en estos tramos con Juan Alfredo Lemus; AL ORIENTE, dos tramos rectos, tramo uno y una distancia de veintitrés punto ochenta y tres metros; tramo dos y una distancia trece punto treinta y siete metros colindando en estos tramos con Benjamín Morán, callejón de por medio; AL SUR, cuatro tramos rectos, tramo uno y una distancia de tres punto treinta y seis metros; tramo dos y una distancia de cuatro punto veintidós metros; tramo tres y una distancia de uno punto noventa y nueve metros, tramo cuatro y una distancia de dos punto cero metros, colindando en estos tramos con Antonio Torres, antes hoy Julián Torres, calle de por medio; y AL PONIENTE, cuatro tramos rectos, tramo uno y una distancia de seis punto noventa y nueve metros; tramo dos y una distancia de once punto cero siete metros, colindando en estos tramos con Víctor Manuel Molina; tramo tres, y una distancia de seis punto cero nueve metros; tramo cuatro y una distancia de cuatro punto cincuenta y seis metros, colindando en estos tramos con César Mazariego. El referido inmueble no es predio dominante, ni sirviente, ni se encuentran en proindivisión con persona alguna. DE AMÉRICA. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas del las catorce horas del día siete de junio del año dos mil doce.- LICDA. día seis de julio del dos mil doce. LIC. JOSE HERNAN PALACIOS ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA INSTANCIA.- LIC. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SE- FIGUEROA, CRETARIO. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- JUICIO DE AUSENCIA TRITO JUDICIAL DE METAPAN. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor VICTOR MANUEL MOLINA UMAÑA, conocido por VICTOR MA- NUEL MOLINA, quien es de setenta y cuatro años de edad, agricultor, de este domicilio, por medio de su Procurador Licenciado JORGE ERNESTO CARPIO SANDOVAL, solicitando se extienda a su favor Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón LA INFRASCRITA JUEZA DOS PRIMERO DE MENOR CUANTIA, LICENCIADA JULIA BUENDIA MENDEZ, de este Distrito Judicial, al público en general. HACE SABER: Que en este Tribunal existe Juicio Ejecutivo Civil promovido por los Licenciados CARLA MARÍA MENDEZ REYES y ROBERTO EDUARDO CALDERÓN BARAHONA, en carácter de

63 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Apoderados Generales Judiciales del FONDO NACIONAL PARA LA VIVIENDA que se abrevia FONDO o FONAVIPO; contra la demandada señora MARÍA DEL CARMEN FIGUEROA, quien a la fecha de contraer la obligación era de veintidós años de edad, Estudiante, de este domicilio, y demás generales ignoradas; que con posterioridad a la fecha de inicio del referido Juicio, los Licenciados CARLA MARÍA MÉN- DEZ REYES y ROBERTO EDUARDO CALDERÓN BARAHONA, manifestaron desconocer el domicilio actual de la señora MARÍA DEL CARMEN FIGUEROA, pues se ha ausentado de su domicilio conocido ignorándose su paradero o si ha dejado Procurador; razón por lo que de conformidad al Art. 141 del Código de Procedimientos Civiles, PIDE: sea Declarado Ausente y se le nombre Procurador Especial, para que la represente en la sustanciación del presente Juicio Ejecutivo Civil. En consecuencia, prevéngase si existiere, al Procurador o Representante Legal de la señora MARÍA DEL CARMEN FIGUEROA, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia dentro de los quince días posteriores a la tercera publicación de este aviso. Librado en el Juzgado Dos Primero de Menor Cuantía, a las catorce de Quai Jeanrenaud 3, Neuchatel, Suiza, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión BOND en rojo sobre un rectángulo rojo, que encierra un marco dorado rectangular y un escudo heráldico oval dorado, que en su parte superior tiene una corona dorada y en su centro, las letras PM en dorado, dentro de un óvalo rojo. A los lados del escudo, dos animales rampantes, el de la izquierda con una corona, parados sobre un listón que sirve de base al escudo, todo ello dorado; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público. para los efectos de Ley. a los ocho días del mes de mayo del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, horas con veinticinco minutos del día veinticinco de noviembre de dos REGISTRADOR. mil once.- LICDA. JULIA BUENDIA MÉNDEZ, JUEZA 2 PRIMERO DE MENOR CUANTÍA.- LIC. JAIRO ERNESTO BENÍTEZ, SECRE- EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, TARIO. 1 v. No. F v. alt. No. C RENOVACIÓN DE MARCA No. de Expediente: No. de Presentación: No. de Expediente: CLASE: 05. No. de Presentación: CLASE: 34. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PHILIP MORRIS PRODUCTS, S.A., del domicilio HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado PABLO NOE RECINOS VALLE, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GAMMA LABORATORIES, SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Ciudad Merliot, Jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

64 64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra NOXAT, escrita en letras mayúsculas de molde, en color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los treinta y uno días del mes de mayo del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. a los treinta y uno días del mes de mayo del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. C HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado NADYA SUSANA LEON RETANA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, No. de Expediente: de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO No. de Presentación: CLASE: del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "BAGOTRIFOL" escrita en letras de molde mayúscula de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado PABLO NOE RECINOS VALLE, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE- ÑA, actuando como APODERADO de GAMMA LABORATORIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de CIUDAD MERLIOT, JURISDICCION DE ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADO- REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra GAMMACLO seguida por un guión y de la palabra MAZOL escrito todo en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C de Laboratorios Bago S.A., del domicilio de Bernardo de Irigoyen , Capital Federal, Buenos Aires, Argentina, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. 3 v. alt. No. F

65 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado NADYA SUSANA LEON RETANA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Laboratorios Bago S.A., del domicilio de Bernardo de Irigoyen número doscientos cuarenta y ocho, Buenos Aires, Argentina, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "INF-A-2" escrita en letras de molde mayúsculas de color negro y un número "2" de color negro. Entre la letra ''F", la letra "A" y el número ''2'' se encuentra un guión de color negro que los separa; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de 3 v. alt. No. F Ley. a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil doce. No. de Expediente: JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F PARIS, FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras "GUY LAROCHE" en letras mayúsculas todas y de tipo corriente; que ampara productos comprendidos en la Clase 18 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil diez. MARIA DAFNE RUIZ, MARCA DE FÁBRICA REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN, No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDUARDO ERNESTO LAINEZ RAMIREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 18. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE- ÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de SOCIETE GUY LAROCHE, del domicilio de 22, RUE DE LA TREMOILLE, Consistente en: la palabra VETCARE y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS VETERINARIOS PARA USO MÉDICO, PRODUCTOS MEDICINALES HIGIÉNICOS PARA ANIMALES, PRODUCTOS PARA CONTROL DE PULGAS Y PARÁSITOS, ME- DICINAS Y SUPLEMENTOS, PRODUCTOS PARA DESINFECTAR Y CONTROLAR OLORES, REPELENTES. Clase: 05.

66 66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 La solicitud fue presentada el día tres de febrero del año dos mil doce. once de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Philip Morris Brands Sàrl, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las palabras Marlboro BEYOND y diseño, que se traducen al castellano como Marlboro más alla, que servirá para: AMPARAR: TABACO, PROCESADO O SIN PROCESAR; PRO- DUCTOS DE TABACO, INCLUYENDO LOS PUROS, CIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO PARA CONFECCIONAR SUS PROPIOS CIGARRILLOS, TABACO PARA PIPA, TABACO PARA MASTICAR, TABACO EN POLVO Y CIGARROS HECHOS DE UNA MEZCLA DE TABACO Y CLAVO DE OLOR; SUSTITUTOS DEL TABACO (NO PARA USO MEDICO); ARTÍCULOS PARA FUMADORES, INCLUYENDO EL PAPEL DE CIGARRILLOS Y TUBOS PARA CIGARRILLOS, FILTROS PARA CIGARRILLO, ESTUCHES PARA TABACO, CAJAS DE CIGARRILLO Y CENICEROS, PIPAS, APARATOS DE BOLSILLO PARA ENROLLAR CIGARRILLOS, ENCENDEDORES, FÓSFOROS. Clase: 34. La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil once. primero de junio del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO de Laboratorios Andrómaco S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, FLORELL Consistente en: la palabra FLORELL, que servirá para: AM- PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil doce. veintinueve de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO de

67 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Laboratorios Andrómaco S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Laboratorios Andrómaco S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, ABLELCALCI ABLPROXIMA Consistente en: la palabra ABLELCALCI, que servirá para: AM- PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil doce. veintinueve de mayo del año dos mil doce. veintinueve de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, No. de Expediente: SECRETARIA. 3 v. alt. No. C Consistente en: la palabra ABLPROXIMA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil doce. REGISTRADORA. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO de HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO de

68 68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Laboratorios Andrómaco S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Laboratorios Andrómaco S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, ABLPOEME ABLMETRANS Consistente en: la palabra ABLPOEME, que servirá para: AM- PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil doce. veintinueve de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: v. alt. No. C Consistente en: la palabra ABLMETRANS, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil doce. veintinueve de mayo del año dos mil doce. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: CLASE: 05. No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO de HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO de

69 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Laboratorios Andrómaco S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil doce. ABLELEMIGROL Consistente en: la palabra ABLELEMIGROL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil doce. veintinueve de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, No. de Expediente: No, de Presentación: CLASE: 30. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de METCO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: METCO S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de METCO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: METCO S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las palabras Diabe sugar y diseño. Se traduce al castellano la palabra sugar como: azúcar, que servirá para: AMPARAR: SUSTITUTO DE AZUCAR SIN CALORIAS. Clase: 01. La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil doce. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, trece de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: las palabras Azúcar BC Reducida en calorías y diseño, que servirá para: AMPARAR: AZUCAR REDUCIDA EN CALORIAS. Clase: 30. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. C

70 70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. ESPECIAL de HARINERA DEL VALLE S.A., de nacionalidad CO- LOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de PHILIP MORRIS PRODUCTS, S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las letras THS y diseño, que servirá para: AM- PARAR: DISPOSITIVOS ELECTRONICOS PORTATILES PARA SOSTENER Y CALENTAR EL TABACO, CONTENIDOS EN ESTA CLASE; Y DISPOSITIVOS ELECTRONICOS PORTATILES PARA GENERAR VAPOR, CONTENIDOS EN ESTA CLASE. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día siete de diciembre del año dos mil diez. LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F ocho de junio del año dos mil doce. No. de Expediente: MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C Consistente en: las palabras La Muñeca y diseño, que servirá para: AMPARA: PASTAS ALIMENTICIAS. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día veinticinco de julio del año dos mil once. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, dieciocho de junio del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. No. de Presentación: CLASE: 30.. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN- CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de HARINERA DEL VALLE S.A., de nacionalidad CO- LOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30.. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN- CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO Consistente en: las palabras DOÑA TORTA y diseño, que servirá para: AMPARAR: HARINAS PARA LA FABRICACION DE TORTAS. Clase: 30.

71 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de La solicitud fue presentada el día veinticinco de julio del año dos mil once. dieciocho de junio del año dos mil doce. SUBASTA PÚBLICA ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA.. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN- CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de HARINERA DEL VALLE S.A., de nacionalidad CO- LOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra CONZAZONI y diseño, que servirá para: AMPARA: PASTAS ALIMENTICIAS. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día veinticinco de julio del año dos mil once. diecinueve de junio del año dos mil doce. HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido por "LA HIPOTECARIA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", a través de su Apoderado General Judicial Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA, contra el señor JOHN LEONEL MAR- TÍNEZ GUEVARA, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble urbano marcado como LOTE NUMERO CINCO DEL BLOCK "B" de la Urbanización Residencial "VILLAS EL CORTIJO", en el Cantón Zacamil, jurisdicción de Mejicanos, Departamento de San Salvador, el cual se localiza así: Partiendo de la intersección formado por los ejes de la Avenida Montes Urales y Pasaje número Dos, ambas vías abiertas en la Urbanización Residencial Montebello, con rumbo sur setenta y tres grados veinte punto tres minutos Este, se mide sobre la prolongación del eje del pasaje número Dos una distancia de diez punto cincuenta metros, estableciéndose un punto de referencia dentro del establecimiento de la Urbanización "Residencial Villas El Cortijo" a partir del cual se hace una deflexión izquierda de veintinueve grados dieciséis punto dos minutos Este y distancia de treinta y seis punto noventa metros se llega al punto de referencia donde haciendo una deflexión derecha de noventa grados y distancia de uno punto veinticinco metros, se localiza el vértice Noreste, el lote que se describe a partir del cual y siguiendo el sentido de las agujas del reloj, tiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, línea recta de once metros con rumbo Sur doce grados treinta y seis punto cinco minutos Este, lindando por este lado con lote número seis del Block "B" de la misma Urbanización; AL SUR, línea recta de cinco metros con rumbo sur setenta y siete grados veintitrés punto cinco minutos Oeste, lindando por este lado con lote número catorce del Block "B", de la misma Urbanización; AL PONIENTE, línea recta de once metros con rumbo Norte diez grados treinta y seis punto cinco minutos Oeste, lindando por este lado con lote número cuatro del Block "B" de la misma Urbanización; AL NORTE, línea recta de cinco metros con rumbo Norte setenta y siete grados veintitrés punto cinco minutos Este, llegando así al vértice donde se inició la descripción de este lote; lindando por este lado con zona verde de la misma urbanización, acera del pasaje "A" de uno punto veinticinco metros de ancho de por medio.- El lote así descrito tiene un área de CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS inscrito a favor del señor JOHN LEONEL MARTINEZ GUEVARA, bajo la Matrícula número SEIS CERO UNO SEIS TRES UNO OCHO UNO-CERO CERO CERO CERO CERO Asiento DOS en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro. Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA. LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las doce horas del día seis de junio de dos mil doce.- LIC. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL.- LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F v. alt. No. C

72 72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 LA LICENCIADA JULIA BUENDIA MENDEZ, JUEZA PRIMERO DE MENOR CUANTIA, AL PÚBLICO. res CARLOS ERNESTO CHILIN JOVEL, PATRICIA ELIZABETH ECHEVERRIA DE CHILIN, MARINA ISABEL MENDEZ VIUDA DE ECHEVERRIA conocida tributariamente por MARINA ISABEL MELENDEZ DE ECHEVERRIA y por MARINA DE ECHEVERRIA, HACE SABER: QUE en el Juicio Ejecutivo Civil REF. 208-EC10-03, que ha seguido la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, EN CARÁCTER DE APODERADA JUDICIAL DE FONDO NACIO- NAL DE VIVIENDA POPULAR, reclamándole cantidad de dinero que le adeuda en base a documento de mutuo, el demandado señor JOSE DAVID GUERRERO LOPEZ, SE HA ORDENADO QUE EN ESTE JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUANTIA, UBICADO EN EL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO, DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL, EN SAN SALVADOR, SE HAGA VENTA EN PUBLICA SUBASTA, DE INMUEBLE PROPIEDAD DEL SEÑOR JOSE DA- VID GUERRERO LOPEZ, EMBARGADO A FAVOR DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, según matrícula Número SEIS CERO CERO OCHO DOS CINCO CERO OCHO GUION CERO CERO CERO CERO CERO en el Asiento TRES, de la dirección HABITAT CONFIEN III-C, LOTE NUMERO VEINTINUEVE, POLIGONO CUARENTA Y SIETE, HABITAT CONFIEN III-C, CIUDAD DEL- GADO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR. COMO LIMITE DE LAS POSTURAS SERA LAS DOS TERCERAS PARTES DEL se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha y hora que será señalada posteriormente, el inmueble que a continuación se describe: Un inmueble de naturaleza urbana, identificado como APARTAMENTO C-TRECE del Edificio C del Condominio Puerta Colina, situado sobre la diecisiete Avenida Sur; entre la Segunda Calle Oriente y la Cuarta Calle Oriente de la Ciudad de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, el cual se describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de la diecinueve Avenida Sur y la Cuarta Calle Oriente se mide sobre el eje de esta última con rumbo Sur cincuenta y ocho grados cincuenta y uno punto dos minutos Oeste, una distancia de setenta y dos punto veinte metros. De este punto se mide con deflexión derecha de noventa grados, rumbo Norte, treinta y un grados cero ocho punto ocho minutos Oeste, una distancia de cuarenta y uno punto noventa metros, partiendo de este punto, con deflexión izquierda de noventa grados rumbo Sur cincuenta y ocho grados cincuenta y uno punto dos minutos Oeste y distancia de diecinueve punto cuatrocientos veinticinco metros, se llega a un punto a partir del cual se mide una distancia vertical hacia arriba de VALOR DADO AL INMUEBLE EN ESCRITURA DE HIPOTECA cinco punto treinta metros, llegando al vértice Sur-Este del apartamento O EL VALOR QUE DEN LOS PERITOS, SI NO ESTUVIEREN DE que se describe: LADO ESTE, tramo recto de rumbo Sur treinta y un ACUERDO LAS PARTES; Y SE SEÑALARA PARA EL REMATE DESPUES DE QUINCE DIAS DE LAS PUBLICACIONES Y FIJA- CION LEGAL DE CARTELES. grados cero ocho punto ocho minutos Este y distancia de siete punto diez metros, lindando con apartamento C-Catorce del mismo proyecto, LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE MENOR pared medianera de por medio. LADO SUR: Tramo recto de rumbo Sur cincuenta y ocho grados cincuenta y uno punto dos minutos Oeste y distancia de ocho punto cero cero metros, lindando con el apartamento CUANTIA: SAN SALVADOR, A LAS QUINCE HORAS DEL DIA VEINTIDOS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE.- LICDA. JULIA BUENDIA MENDEZ, JUEZA PRIMERO DE MENOR CUANTIA.- LIC. JAIRO ERNESTO BENITEZ, B-trece del mismo proyecto, espacio aéreo de la zona de uso común de seis punto cuarenta metros de ancho de por medio. LADO OESTE: tramo recto de rumbo Norte treinta y un grados cero ocho punto ocho minutos Oeste y distancia de siete punto diez metros, lindando con el apartamento C-Doce del mismo proyecto, pared medianera de por medio. 3 v. alt. No. F LADO NORTE: tramo recto de rumbo Norte cincuenta y ocho grados cincuenta y uno punto dos minutos Este y distancia de ocho punto cero cero metros, lindando con el apartamento D-Trece del mismo proyecto, espacio aéreo de la zona de uso común de cinco punto sesenta metros de LA INFRASCRITA JUEZA SUPLENTE DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL CENTRO INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL, DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL. ancho de por medio. El apartamento así descrito tiene una elevación de novecientos ocho punto ochenta metros sobre el nivel del mar y linda en su parte Inferior o piso con el apartamento C-Ocho losa de por medio y en la parte superior con el espacio aéreo del proyecto techo de por medio. El apartamento tiene un área de cincuenta y seis punto ochenta metros cuadrados, equivalentes a ochenta y una punto veintisiete varas HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por la Licenciada MARIA DEL CARMEN MENENDEZ, actuando como Apoderada de SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.; contra los seño- cuadradas y tiene un volumen de ciento cincuenta y seis punto veinte metros cúbicos. Dicho apartamento tiene un área construida de sesenta y

73 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de seis punto cuarenta y un metros cuadrados. Inscrito a favor de la señora MARINA ISABEL MENDEZ VIUDA DE ECHEVERRIA al Número VEINTIDOS del Libro UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UNO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de La Libertad. Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado Segundo de lo Mercantil: San Salvador, a las doce horas del día veintiuno de Junio del año dos mil doce. LICDA. MARLENI MELENDEZ GARCIA DE LOPEZ, JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE.- LICDA. FLOR DE MARIA FIGUEROA, SECRETARIA INTERINA. 3 v. alt. No. F SUPERINTENDENTE. HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO: 2 v. alt. No. F AVISO DE SUBASTA DE NÚMERO ESPECÍFICO HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO: ESPECÍFICO FECHA DE LA SUBASTA: 19 de junio de HORA DE SUBASTA: 14:00 horas FECHA DE LA SUBASTA: 05 de julio de PERIODO DE INSCRIPCIÓN: del 06 al 18 de junio de 2012 ambas Fechas inclusive, en el horario comprendido de las 8:30 a las 12:00 horas y de las 14:00 a 16:00 horas. GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN: SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE 29/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AME- RICA (US$ ) por el número específico a subastar. PROCEDIMIENTO: - Todos los interesados, incluso el solicitante, deberán recoger en esta Institución durante el período de inscripción, la ficha elaborada para tales efectos. - La ficha de inscripción deberá ser presentada debidamente completada, durante las Fechas y horas estipuladas en este aviso para tales efectos, anexando los documentos ahí detallados y el cheque de garantía debidamente certificado. LUIS EDUARDO MENDEZ M., AVISO DE SUBASTA DE NÚMERO HORA DE SUBASTA: 14:30 horas LUGAR DE SUBASTA: Oficinas de esta Superintendencia situadas en la Sexta Décima Calle Poniente y Treinta y Siete Avenida Sur No. 2001, Colonia Flor Blanca, San Salvador. PERIODO DE INSCRIPCIÓN: del 22 de junio al 04 de julio de 2012 ambas fechas inclusive, en el horario comprendido de las 8:30 a las 12:00 horas y de las 14:00 a 16:00 horas. PRECIO BASE: SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE 29/100 DO- LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ ) por el número específico a subastar. LUGAR DE SUBASTA: Oficinas de esta Superintendencia situadas en la Sexta Décima Calle Poniente y Treinta y Siete Avenida Sur No. 2001, Colonia Flor Blanca, San Salvador.

74 74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 PRECIO BASE: SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE 29/100 DO- LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ ) por el número específico a subastar. En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN: CUATROCIENTOS 00/100 San Salvador, 10 de Julio de DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ ) por el número específico a subastar. PROCEDIMIENTO: - Todos los interesados, incluso el solicitante, deberán recoger en esta Institución durante el período de inscripción, la ficha elaborada para tales efectos. - La ficha de inscripción deberá ser presentada debidamente completada, durante las fechas y horas estipuladas en este aviso para tales efectos, anexando los documentos ahí detallados y el cheque de garantía debidamente certificado. LUIS EDUARDO MENDEZ M., SANDRA PATRICIA FLORES RAMIREZ, GERENTE DE AGENCIA ILOBASCO. 3 v. alt. No. C AVISO El infrascrito Director Secretario de la Junta Directiva de ESTADIOS DEPORTIVOS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V. (EDESSA DE C.V.), para los efectos legales correspondientes. SUPERINTENDENTE. HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO: Que a nuestras 2 v. alt. No. F oficinas se ha presentado la señora JOHANNA MARIA ZUNIGA CHRISTENSEN DE RECINOS, solicitando reposición; por haberse extraviado, el certificado número 995, inscritos en el folio 132, del Libro número UNO de accionistas de esta sociedad, por una acción, REPOSICION DE CERTIFICADOS con valor nominal de $20, a nombre de ALEXANDER ZUNIGA CHRISTENSEN, PETER ZUNIGA CHRISTENSEN, ALEXANDER ZUNIGA MOULTZAS, la reposición solicitada se hace en base a lo AVISO prescrito en el Artículo 932 del Código de Comercio. El Banco de Fomento Agropecuario. San Salvador, 16 de Julio de AVISA: Que en su Agencia Ilobasco, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado Certificado de Depósito Número , constituido el 28 de Noviembre de 2011, LISANDRO ANTONIO VILLALOBOS, DIRECTOR para el plazo de 90 días prorrogables, lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de reposición del Certificado relacionado, de conformidad a los Artículos 486 y 932 de Código de Comercio. 3 v. alt. No. F

75 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de AVISO El infrascrito Director Secretario de la Junta Directiva de ESTADIOS DEPORTIVOS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V. (EDESSA DE C.V.), para los efectos legales correspondientes. demandada no comparece en el término concedido, se le nombrará un curador ad-litem para que la represente en el presente proceso, de conformidad al inciso 4 del 186 del CPCM. Lo que se hace del conocimiento del público para efectos de ley. HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO: Que a nuestras oficinas se ha presentado el Señor ENRIQUE FRANCISCO J. AGUILAR SAMAYOA, solicitando reposición; por haberse extraviado, el certificado número 978, inscritos en el folio 129, del Libro número DOS de accionistas de esta sociedad, por una acción, con valor nominal de $20, a nombre de ROBERTO AGUILAR, la reposición solicitada se hace en base a lo prescrito en el Artículo 932 del Código de Comercio. San Salvador, 18 de Julio de LISANDRO ANTONIO VILLALOBOS, DIRECTOR 3 v. alt. No. F EDICTO DE EMPLAZAMIENTO contra del señor Armando Antonio Carrillo y la señora Ana Luz Acosta HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DEL de Carrillo, se presentó demanda, la cual fue admitida a las ocho horas DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA. HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo con Referencia Número 33-E , ha comparecido el Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA, en su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la sociedad LA HIPOTECARIA, SOCIEDAD ANONI- MA DE CAPITAL VARIABLE, quien posee Tarjeta de Identificación Tributaria número , con oficinas ubicadas en el Edificio La Centroamericana, Local ciento uno, Alameda Roosevelt número tres mil ciento siete, San Salvador y el cual comparece con el objeto de demandar a la señora RINA DEL CARMEN LEIVA DE RIVAS, de cuarenta y un años de edad, independiente, del domicilio de La Libertad, y con Número de Documento Único de Identidad , y con Número de Identificación Tributaria , en virtud del proceso ejecutivo, contra la demandada antes relacionada, pero habiéndose realizado las diligencias pertinentes para notificarle la demanda en su contra, sin obtener un resultado positivo ya que no se ha podido encontrar su ubicación, es por lo anterior que por auto de las doce horas con diecisiete minutos del día treinta de abril del año dos mil doce, se ordenó notificar el decreto de embargo a dicha demandada por medio de edictos, de conformidad al Art. 186 del CPCM, por lo que se le previene a la señora LEIVA DE RIVAS, que deberá presentarse a este Juzgado a ejercer su derecho constitucional de defensa y contestar la demanda incoada en su contra o en caso que tuviere procurador o representante legal se presente, dentro del término de DIEZ DÍAS HÁBILES contados desde el día siguiente al de la última publicación en los medios antes relacionados. Se advierte que una vez hechas las publicaciones, si dicha Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce con cuarenta minutos del día treinta de abril del año dos mil doce.- LIC. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DE SAN- TA TECLA.- LICDA. ROSA ANGELICA HERNANDEZ EUCEDA, SECRETARIA. 1 v. No. C MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA: Al señor Armando Antonio Carrillo o Armando Antonio Carrillo Medina, quien es mayor de edad, empleado, del domicilio de Santa Ana, con pasaporte de los Estados Unidos de América HACE SABER: Que en proceso común de existencia de obligación, clasificado bajo el NUE: DV-3CM1; REF: PC CIII, incoado por el Licenciado Ovidio Claros Amaya, en su calidad de representante procesal de la Sociedad La Hipotecaria, Sociedad Anónima de Capital de Variable, que se abrevia La Hipotecaria S.A. de C.V., en con once minutos del día seis de junio del año dos mil once, juntamente con los siguientes documentos: copia certificada de Testimonio de Escritura Pública de Poder General Judicial con cláusula especial, a favor del Licenciado Ovidio Claros Amaya opción de venta y aprobación de crédito con referencia 1-A-663, testimonio de escritura pública de mutuo hipotecario, otorgado en la ciudad de San Salvador, a las quince horas y treinta minutos del día veintiséis de agosto del año dos mil cinco, ante los oficios de la Notario Carmen Margarita Gattás Panameño, estado de cuenta de fecha veinticinco de mayo del año dos mil once, del crédito número 01-A-0663, desembolso de préstamos 01-A-0663, NIT y tarjeta de abogado del Licenciado Ovidio Claros Amaya; y NIT de La Hipotecaria, y en la sustanciación del proceso se han dictado los autos siguientes: auto de admisión de las ocho horas con once minutos del día seis de junio del año dos mil once, auto de las diez horas con treinta y siete minutos del día veintidós de junio del año dos mil once, en el cual se requirió nueva dirección del señor Armando Antonio Carrillo y de la señora Ana Luz Acosta de Carrillo para ser emplazados y se libró oficios al RNPN y Dirección General de Migración, auto de las catorce horas con siete minutos del día veintisiete de junio del año dos mil once, donde se reenvía el oficio a la Dirección General de Migración, auto de las nueve horas con siete minutos del día cuatro de julio del año dos mil once, donde se ordenó emplazar a la señora Ana Luz Acosta de Carrillo y se requiere al Licenciado Amaya que proponga a una persona para tramitar el emplazamiento al señor Armando Antonio Carrillo, mediante exhorto internacional, pues se ha informado que reside en 348 S, Avenue, número 57, Ciudad de Los Ángeles, Estado de California de los Estados Unidos de Norteamérica, auto de las doce horas con siete minutos del día

76 76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 veintidós de julio del año dos mil once, en el cual se ordenó emplazar al señor Armando Antonio Carrillo, a través de la señora Ana Luz Acosta de Carrillo, pero ésta manifestó no tener facultades para ello, auto de las once horas con diecisiete minutos del día once de agosto del año dos mil once, en el cual se requería al Licenciado Claros Amaya, que presentara a esta sede judicial la información que ya estaba lista para ser retirada de la Dirección General de Migración y Extranjería, auto de las ocho horas con treinta y siete minutos del día dieciséis de agosto del año dos mil once, en el cual se ordenó practicar el emplazamiento al señor Armando Antonio Carrillo o Armando Antonio Carrillo Medina mediante exhorto internacional o comisión rogatoria, para lo cual se libró el oficio pertinente a la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, y auto de las nueve horas con veintisiete minutos del día veintiuno de junio del año dos mil doce, en el cual se ordena el emplazamiento por edicto al señor Armando Antonio Carrillo o Armando Antonio Carrillo Medina, ya que no fue posible hacerlo en el exhorto internacional o comisión rogatoria realizada. En razón de ello deberá comparecer en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES posteriores a la última publicación de este edicto, a contestar la demanda presentada en su contra y a ejercer los correspondientes derechos, aclarando, que de acuerdo a lo prescrito en el artículo 67 y siguientes del Código Procesal Civil y Mercantil que instaura la procuración obligatoria, se le requiere a dicho señor, que la contestación de la demanda y cualquier acto personal, lo deberá hacer por medio de abogado. Asimismo se aclara que de no comparecer en el plazo indicado se procederá a nombrarle un curador ad litem para que lo represente en el presente proceso, de conformidad al artículo 186 inciso 4 del Código Procesal Civil y Mercantil. Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana, a los veintiuno días del mes de junio del año dos mil doce.- LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- LICDA. ELIDA ZULEIMA MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA. 1 v. No. C ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que según resolución emitida por este Juzgado a las once horas con cuarenta minutos del día ocho de Febrero de dos mil doce, se admitió la demanda del Proceso Común de Nulidad de Instrumento Público y Cancelación de Inscripción Registral, presentada por el Licenciado Raúl Calderón Manzano, como Apoderado General Judicial y Especial del señor David Andrade Romero; en contra de los señores Oscar Antonio Reyes y José Isidro Molina, que el segundo señor tuvo su último domicilio en Jocoro, Departamento de Morazán, y actualmente de domicilio ignorado y en base al Art. 186 C. P. C. Y M.; SE EMPLAZA POR MEDIO DE ESTE EDICTO AL SEÑOR JOSÉ ISIDRO MOLINA, a quien se le previene para que dentro del plazo de DIEZ DIAS HABILES SIGUIENTES, contados después de la última publicación de este edicto se presente a este Juzgado a contestar la demanda presentada en su contra y a ejercer sus derechos como tal, bajo prevención de designarle un Curador Ad Litem para que lo represente si no lo hiciere como antes se establece. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil, La Unión a los once días del mes de Junio del dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO RO- SALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. MARITZA EVELIN MARTINEZ VILLATORO, SECRETARIA INTERINA. 1 v. No. F YESENIA IVETTE GONZÁLEZ OTERO, JUEZA (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las once horas y diez minutos del día treinta de mayo del presente año, SE ORDENA: NOTIFICAR en legal forma al señor CARLOS HUMBERTO CRUZ BONILLA, mayor de edad, Comerciante, del domicilio de Apopa, Departamento de San Salvador con Documento Único de Identidad número cero un millón ciento cincuenta y ocho mil novecientos veintinueve-cinco, y con Número de Identificación Tributaria un mil trescientos tres-doscientos treinta mil quinientos setenta y nueve-ciento uno- cuatro, de la Ejecución Forzosa de la Sentencia Condenatoria dictada a las diez horas y cinco minutos del día veintitrés de agosto de dos mil once en el presente proceso promovido por el Licenciado MARTÍN SALVADOR MORALES SOMOZA, en su carácter de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la sociedad BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA que puede abreviarse BANCO AGRÍCOLA, S.A., y cuyos nombre comerciales son BANCO AGRÍCOLA COMERCIAL DE EL SALVADOR, BANCO AGRÍCOLA COMERCIAL, BANCO AGRICOLA o solamente EL AGRÍCOLA y con sus siglas BAC. Para que en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles contados a partir del día siguiente de efectuadas las publicaciones, se pronuncie sobre la nominación del Ingeniero MARCO ANTONIO BANDERAS CORNEJO, como Perito Valuador del bien embargado, que puede presentar a un interesado para adquirir total o parcialmente lo embargado por el valor de la tasación; pedir autorización para realizar el bien, o llegar a un acuerdo con el ejecutante sobre la realización de los bienes; caso contrario el proceso continuará sin su presencia, conforme lo señalan los Arts. 181 y 182, ambos del CPCM. Haciéndole a su vez la advertencia sobre la procuración obligatoria conforme lo establecen los Arts. 67, 68, 69 y 75 todos del CPCM. Lo anterior ha sido ordenado en el Proceso Ejecutivo Mercantil, clasificado bajo el NUE: PE-1CM1 y Ref. 63-EM Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las once horas y veinte minutos del día treinta de mayo de dos mil doce.- LICENCIADA YESENIA IVETTE GONZÁLEZ OTERO, JUEZA (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICENCIADA FLORINDA GARCIA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUACIONES. 1 v. No. F046623

77 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO. en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, A la señora Roxana Vega Larín, mayor de edad, empleada, con último domicilio en esta ciudad, ahora de domicilio ignorado, se le hace saber que en este Tribunal se ha iniciado Proceso Ejecutivo Mercantil promovido por el Banco Agrícola, Sociedad Anónima, Institución Bancaria del domicilio de San Salvador, expediente clasificado bajo el Número 77-PROC.EJM-12 (4); por medio del Licenciado José Edgardo Morales Portillo, como su Apoderado General Judicial; con Despacho Jurídico situado en Veintiuna Avenida Norte, Condominio Tequendama, Edificio Cuatro, Apartamento Uno, de San Salvador, con Telefax Número Indicándole a la señora Roxana Vega Larín, que tiene el plazo de diez días hábiles para contestar la demanda, apercibiéndole que de no presentarse a este Tribunal, se continuará el proceso sin su presencia. La parte Demandante ha presentado Poder General Judicial con el que acredita su Personería, expedido ante los Oficios Notariales de Claudia Beatriz Lazo Rivas, el día veintinueve de Octubre de dos mil diez, Testimonio de Escritura Pública de Primera Hipoteca Abierta celebrada el día veintiocho de Noviembre de dos mil cinco, e inscrita legalmente en el Centro Nacional de Registros de la Tercera Sección de Occidente de este Departamento, bajo la Matrícula Número Asiento 5, del documento de constitución de Hipoteca Abierta, sobre un inmueble propiedad de la Demandada el cual es documento base de la pretensión; inmueble que se encuentra ubicado en jurisdicción de Sonzacate, de este Departamento. El presente emplazamiento se ordena por edicto de conformidad CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, con el Art. 186 relacionado con el Art. 182 CPCM, y deberá publicarse SECRETARIA. en el Tablero de este Tribunal, por una sola vez en el Diario Oficial y por tres veces en un Periódico de mayor circulación diaria nacional. 3 v. alt. No. F Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas cincuenta minutos del día veintisiete de Junio del año dos mil doce.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA. MARCAS DE SERVICIOS No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 41, v. No. F Consistente en: las palabras Fundación Puerta de Transformación Internacional Dalton-Daglio y diseño, que servirá para: AMPARAR: EDUCACION, FORMACION, ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41. Para: AMPARAR: SERVICIOS PROFESIONALES Y SOCIALES PRESTADOS POR TERCEROS, DESTINADOS A SATISFACER NECESIDADES IN- DIVIDUALES. Clase: 45. doce. La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil ocho de junio del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 39.. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NADYA SUSANA LEON RETANA, en su calidad de APODERADO ESPE- CIAL de Research In Motion Limited, de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, BLACKBERRY TRAFFIC. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MERCEDES ESPINOZA VIUDA DE DALTON, de nacionalidad SALVADOREÑA, Consistente en: la expresión BLACKBERRY TRAFFIC. Se traduce al castellano como: Zarzamora Trafico, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE NAVEGACION SPG (SISTEMA DE POSICIONA- MIENTO GLOBAL); SERVICIOS DE VER MAPAS, NAVEGACION, Y TRAFICO E INFORMACION DE PUNTO DE INTERES VIA REDES DE COMUNICACIONES, TELEFONOS MOVILES, TELEFONOS,

78 78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 TELEFONOS INTELIGENTES, UNIDADES ELECTRONICAS DE MANO Y APARATOS DE NAVEGACION. Clase: 39. La solicitud fue presentada el día veinticinco de octubre del año dos mil once. No. de Expediente: No. de Presentacion: CLASE: 36.. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA cuatro de junio del año dos mil doce. GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INVERNAC Y CIA S.A.S., de nacionalidad COLOM- MARIA DAFNE RUIZ, BIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, GRUPO SANTO DOMINGO SECRETARIA. Consistente en: las palabras GRUPO SANTO DOMINGO, que 3 v. alt. No. F servirá para: AMPARAR: SEGUROS; NEGOCIOS FINANCIEROS; NEGOCIOS MONETARIOS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día dieciocho de octubre del año dos No. de Expediente: mil once. No. de Presentación: CLASE: 41. veintiuno de octubre del año dos mil once.. MARIA DAFNE RUIZ, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INVERNAC Y CIA S.A.S., de nacionalidad COLOM- BIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, GRUPO SANTO DOMINGO Consistente en: las palabras GRUPO SANTO DOMINGO, que servirá para: AMPARAR: EDUCACION; FORMACION; ESPARCI- MIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41. mil once. La solicitud fue presentada el día dieciocho de octubre del año dos veintiuno de octubre del año dos mil once. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, SECRETARIA. REGISTRADORA. RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 35.. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INVERNAC Y CIA S.A.S., de nacionalidad COLOM- BIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, GRUPO SANTO DOMINGO 3 v. alt. No. F Consistente en: las palabras GRUPO SANTO DOMINGO, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS

79 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de COMERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día dieciocho de octubre del año dos mil once. veintiuno de octubre del año dos mil once. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F MARCAS DE PRODUCTO No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 32.. veintidós de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. C No. de Expediente No. de Presentación: CLASE: 33.. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SANTOS EMILIO ALVAREZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de PREMIER DISTRIBUTIONS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SANTOS EMILIO ALVAREZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de PREMIER DISTRIBUTIONS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: la palabra MARAÑONAZO y diseño, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS. Clase: 33. La solicitud fue presentada el día diecinueve de junio del año dos mil doce. veintidós de junio del año dos mil doce. Consistente en: la palabra MARAÑONAZO y diseño, que servirá para: AMPARAR: CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS. Clase: 32. La solicitud fue presentada el día diecinueve de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. C

80 80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 De Segunda Publicación ACEPTACION DE HERENCIA LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO, JUDICIAL DE CHINAMECA, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las catorce horas con diez minutos del día dos de julio del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que al fallecer dejó el causante señor JOSE ISRAEL ALVAREZ QUINTANILLA o JOSE ISRAEL ALVAREZ, fallecido a las trece horas del día veinticinco de marzo del año dos mil diez, en el Barrio Santa Rosa de la Ciudad de San Jorge, de este Distrito, Departamento de San Miguel, siendo la Ciudad antes mencionada su último domicilio, de parte de la señora Vilma Aracely Alvarez de López, de treinta y cuatro años de edad, Ama de Casa, del domicilio de San Jorge, con Documento Único de Identidad Número: cero cero setecientos setenta y seis mil cuarenta y ocho - uno, y Número de Identificación Tributaria: un mil doscientos quince - doscientos ochenta mil cuatrocientos setenta y siete - ciento uno - ocho, ésta como Cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión les corresponde a las señoras Rosa Ana Lovos Viuda de Alvarez, o Rosa Ana Lovos de Alvarez y Rosa Ana Lovos y Laura Estela Alvarez de Manzanares o Laura Estela Alvarez Lovos, la primera cónyuge sobreviviente y la segunda hija del causante.- Nómbrasele a la aceptante en el carácter dicho administradora y representante interina de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de la herencia. Publíquense los edictos de ley.- Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley. LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las catorce horas con veinte minutos del día dos de julio de dos mil doce. LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER; Que por resolución de las nueve horas y treinta minutos, de este día, se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor GERARDO MEJIA, quien falleció el día cinco de enero del dos mil diez, en Cantón El Albornoz, Jurisdicción de Bolívar, Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de parte del señor Guillermo Antonio Mejía Flores, en calidad de hijo del causante. Confiérese a dicho aceptante, en el carácter indicado, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo demuestren en este Juzgado. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cinco días del mes de junio del dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, 3 v. alt. No. C CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, Juez Segundo de lo Civil y Mercantil de la Ciudad San Miguel. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores OSCAR ROGELIO RAMIREZ BERRIOS, mayor de edad, con documento Único de Identidad Número: cero uno siete dos uno ocho uno nueve - tres, y con Número de Identificación Tributaria: uno dos uno siete - dos seis cero ocho seis cuatro - cero cero tres - dos; SANTOS ERNESTO RAMIREZ BERRIOS, mayor de edad, con Documento Único de Identidad Número: cero dos dos siete seis nueve tres tres - siete, y con Número de Identificación Tributaria: uno dos uno siete - dos cuatro cero cuatro seis uno - cero cero dos - cinco; ALCIDES OMAR BERRIOS RAMIREZ, mayor de edad, con Documento Único de Identidad Número: cero dos ocho ocho tres siete tres tres - dos, y con Número de Identificación Tributaria: uno dos uno siete - dos nueve cero siete siete uno - uno cero dos - dos; BLANCA ROSA RAMIREZ BERRIOS, mayor de edad, con Documento Único de Identidad número: cero dos seis ocho siete dos cinco cero - seis, y con Número de Identificación Tributaria: uno cuatro cero dos - dos tres uno dos cinco siete - uno cero uno - cero; ARNOLDO BERRIOS RAMIREZ, mayor de edad, con Documento Único de Identidad número: cero tres tres cuatro uno seis cero cuatro - cuatro, y con Número de Identificación Tributaria: uno dos uno siete - uno cero cero dos siete cuatro - uno cero tres - siete; y MORENA GUADALUPE RAMIREZ DE GARCIA, mayor de edad, con pasaporte Salvadoreño número: R E cero tres tres seis seis ocho dos, y con Número de Identificación Tributaria: uno cuatro cero dos- uno cinco uno dos cinco seis - uno cero uno - dos, en calidad de hijos del causante; la herencia intestada que dejó al fallecer el señor SANTOS BERRIOS IBARRA conocido por SANTOS BERRIOS, quien fue de setenta y cuatro años de edad, soltero, comerciante, originario de San Miguel, hijo de los señores ABRAHAM BERRIOS y PETRONA IBARRA; fallecido a las diez horas y treinta minutos del día diez de mayo de dos mil once, en el Hospitales de Oriente, S.A. DE C.V., San Miguel, siendo su último domicilio la ciudad de San Miguel.

81 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Confiéreseles a los herederos declarados, señores OSCAR ROGELIO RAMIREZ BERRIOS, SANTOS ERNESTO RAMIREZ BERRIOS, ALCIDES OMAR BERRIOS RAMIREZ, BLANCA ROSA RAMIREZ BERRIOS, ARNOLDO BERRIOS RAMIREZ y MORENA GUADALUPE RAMIREZ DE GARCIA, la administración y representación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de la herencia yacente; y se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a deducirlo dentro de los quince días posteriores a la tercera publicación de este edicto. Lo que se pone de conocimiento del público para los efectos de Ley.- Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la Ciudad de San Miguel, a los once días del mes de julio del dos mil doce. LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F herencia yacente. Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término de quince días se presenten a este Tribunal a manifestarlo. LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE- PEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las del año dos mil doce.- LIC. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ trece horas del día dieciocho de junio del año dos mil doce, se ha resuelto teniendo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE PLUTARCO ELIAS CARPIO conocido por JOSE PLUTARCO CARPIO, quien falleció el día nueve de diciembre del año de mil novecientos noventa 3 v. alt. No. F y uno, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de los señores YAMILA YASMIN CARPIO DE CORLETO y NELSON DE JESUS CARPIO GUZMÁN, en el carácter de hijos del referido causante. Y se ha conferido a los mencionados aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día, Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tonacatepeque, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil doce. LIC. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SA- NABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, 3 v. alt. No. F ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público, hace saber: Que mediante resolución proveída en este Tribunal a las once horas con treinta minutos del día once de abril del año dos mil doce. Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JOSE ISRAEL MENJIVAR CARDOZA, quien falleció a las diez horas del día dieciocho de octubre de dos mil siete, en el Cantón El Común, jurisdicción de la población de Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango, siendo dicha población su último domicilio; de parte de la señora EDELMIRA DEL CARMEN HERNANDEZ DE MENJIVAR, en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a las señoras SILVIA DEL CARMEN MENJIVAR DE RIVERA y ROSA NERY MENJIVAR DE RIVERA, éstas en su calidad de hijas del causante en mención. Habiéndosele conferido a la aceptante en el concepto antes indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango, a los doce días del mes de abril DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. OSCAR IMERY HERNANDEZ, JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE USULUTAN, Al público para los efectos de ley, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó al fallecer la señora PETRONA DEL CARMEN GOMEZ, el día cuatro de mayo de mil novecientos noventa y uno, en el Cantón Analco, de la Jurisdicción de Ereguayquín, siendo esa misma ciudad, su último domicilio, de parte de los señores: SIMON MEJIA y REINA DEL CARMEN MEJIA GOMEZ, el primero en calidad de cónyuge y la segunda en calidad de hija de la causante. Confiéreseles a los aceptantes dichos la administración y representación interina de la sucesión con las restricciones de los Curadores de la herencia yacente.

82 82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días habiles después de la tercera publicación de este edicto. YESENIA IVETTE GONZÁLEZ OTERO, JUEZA (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, Librado en el Juzgado de lo Civil de Usulután, a los dos días del HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las mes de julio del dos mil doce.- Enmendados: GOMEZ -vale.- LIC. doce horas y veintidós minutos del día siete de mayo del presente año, JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA. DE INVENTARIO, la herencia intestada, dejada por el causante señor MANUEL CÓRDOVA CHÁVEZ, a su defunción ocurrida el día uno de julio del año dos mil once, en el Hospital PRO-FAMILIA, de esta 3 v. alt. No. F ciudad; quien al momento de su defunción era de cincuenta y dos años, casado, de este domicilio, con Documento Único de Identidad cero dos uno cinco cinco nueve nueve cinco - nueve; siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio; por parte de las señoras ANA LUISA MARTÍNEZ JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de DE CÓRDOVA, ANA CRISTINA CÓRDOVA MARTÍNEZ y SIBIL este Municipio Judicial, MILENE CÓRDOVA MARTÍNEZ, la primera en su calidad de cónyuge y las demás como hijas del causante y se ha conferido a las aceptantes HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las LA ADMINISTRACIÓN Y LA REPRESENTACIÓN INTERINA DE ocho horas con cuarenta y cinco minutos del día veinticinco de junio del LA SUCESIÓN, con las facultades y restricciones de los curadores de presente año.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio la herencia yacente, todo de conformidad a lo establecido en los Arts. de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la 988 ordinal 1, 1162 y 1163, todos del Código Civil. Ciudad de Olocuilta, Departamento de La paz, siendo éste su último domicilio, el día veintinueve de junio de dos mil once, dejó el causante Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las doce horas y treinta minutos del día siete de mayo del año ISAAC ABEL o ISAAC ABEL AGUILAR ARRIOLA, de parte de la dos mil doce.licda. YESENIA IVETTE GONZALEZ OTERO, JUEZA señora BENANCIA ARRIOLA AYALA, en su calidad de madre del PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. FLORINDA referido causante.- Se ha tenido por repudiado de parte del señor ABEL GARCIA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUACIONES. NAVIDAD AGUILAR CAMPOS, quien es padre del causante, el derecho hereditario que en abstracto le correspondía en la presente sucesión.- Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interina 3 v. alt. No. F de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención, para que transcurridos el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las diez horas con quince minutos del día veintiséis de junio de dos mil doce. LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, DOCTOR JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL, HACE SABER: Que por resolución de las diez horas tres minutos del día veinticuatro de mayo del año dos mil doce. Se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia Intestada que a su defunción ocurrida a las dieciocho horas del día seis de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco, en el Hospital San Juan de Dios de Santa Ana, siendo su último domicilio el de Ahuachapán, dejó el señor JOSÉ LUIS VELÁSQUEZ, conocido por JOSÉ LUIS VELÁSQUEZ TORRES; de parte del señor JOSÉ LINO VELÁSQUEZ GONZÁLEZ, en su calidad de hijo del causante; a quien se ha nombrado interinamente representante y administrador de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. 3 v. alt. No. F ley. Lo que se pone del conocimiento del público para los fines de

83 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de JUZGADO DE LO CIVIL; AHUACHAPAN, a las quince horas cuarenta minutos del día once de junio de dos mil doce.- Dr. JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA. TITULO SUPLETORIO ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. 3 v. c. No. F CARLOS ALBERTO BAIRES ALVARADO, Notario, de este domicilio, con Despacho Jurídico, ubicado en Avenida Olímpica, Condominios Villa Olímpica, Edif. "C, local 3-C, San Salvador, al público en general para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por Resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día nueve de marzo del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor SALVADOR HERNÁNDEZ, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante señor JUAN GONZÁLEZ, quien fue con inmueble propiedad de Rigoberto Benítez, cerco de alambre de por de ochenta y tres años de edad, Agricultor, soltero, originario de San Antonio Masahuat y del domicilio de San Juan Tepezontes, ambos del Departamento de La Paz, siendo su último domicilio el Cantón La Cruz, de San Juan Tepezontes, de nacionalidad salvadoreño, en su calidad de Cesionario de los derechos hereditarios en abstracto de los señores DOMITILA GONZÁLEZ y MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ, hermanos del causante; por consiguiente Heredero Universal. Confiérasele la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la sucesión intestadas, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia por este medio se cita a todas aquellas personas que se crean con derechos a la referida sucesión, se presenten a mi Despacho Profesional en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en el Despacho Profesional del Suscrito Notario, en la Ciudad de San Salvador, a las once horas del día nueve de marzo de dos mil doce.- Lic. CARLOS ALBERTO BAIRES ALVARADO, NOTARIO. 3 v. c. No. F HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada DIGNA MARITZA AMAYA BENITEZ, como Apoderada General Judicial de la señora ESTEBANA VIGIL, de sesenta y dos años de edad, Oficios Domésticos, de este domicilio, solicitando se le extienda a su Representada TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rural, ubicado en el lugar conocido como Colonia La Bomba, Cantón Loma Larga, Departamento de La Unión, de la Capacidad Superficial de CUATROCIENTOS VEINTISEIS PUNTO SESENTA Y SEIS ME- TROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE: Veinticuatro metros con veinticuatro centímetros linda con inmueble propiedad de Gilberto Flores, cerco de alambre de púas de por medio; AL NORTE: dieciséis metros con noventa y seis centímetros linda con inmueble de propiedad de ADESCO JFP, cerco de alambre de por medio; AL SUR: dieciséis metros con sesenta y un centímetros linda con inmueble de propiedad de Gilberto Flores, cerco de alambre de púas de por medio; AL OESTE: Veinticinco metros con cuarenta y seis centímetros linda medio; valuándolo en la suma de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirió por compraventa de posesión verbal que le hiciere la señora MARINA FLORES, el día ocho de junio de mil novecientos sesenta y siete. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los quince días del mes de mayo de dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, 3 v. alt. No. C Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos de Ley, HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado JOSE WILFREDO GARCIA GUEVARA, como Apoderado General Judicial del señor JOSE ISIDORO MENDOZA PEREZ, a solicitar a favor de éste. TITULO SUPLETORIO, sobre: Un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Sunsulaca, de la jurisdicción de Cacaopera, Distrito de Osicala, Departamento de Morazán, de la capacidad Superficial de DOCE MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES METROS CON NOVENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS, de las colindancias y medidas actuales siguientes: al ORIENTE, setenta metros colinda con

84 84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 terreno de la sucesión de Moisés Fuentes, ahora de Juana Fuentes viuda de Fuentes y terreno de María Luisa Fuentes, calle que de Cacaopera conduce a Chilanga; al NORTE, noventa y ocho metros colinda con terreno que fue de Isidoro Fuentes, ahora de Griselda Fuentes, cerco de alambre y piña de por medio; al PONIENTE, ciento ochenta y un metros veintisiete centímetros ochenta y seis milímetros, colinda con terreno que fue de Marcos Fuentes, ahora de Pablo Fuentes, quebrada de por medio y al SUR, ciento dos metros colinda con terreno que fue de la sucesión de Secundino Fuentes, ahora de Francisca Fuentes González calle de por medio.- Lo valora en la cantidad de TRES MIL DOLARES; y lo adquirió por compra venta de la posesión material por Escritura Pública que le efectuó el señor JOSE LUCIO FUENTES. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a las quince horas del día tres de junio de dos mil doce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2. DE 1ª. INS- TANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C RENOVACION DE MARCAS LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TER- CERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN MIGUEL: AL PÚBLICO No. de Expediente: PARA LOS EFECTOS DE LEY; No. de Presentación: HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada ANA JULIA INTERIANO GUZMAN o ANA JULIA INTERIANO DE GUZMAN, en calidad de apoderada general judicial del señor JOSE ANGEL MEDRANO MENDOZA, solicitando título supletorio sobre dos inmuebles de naturaleza rústica, ubicados en el Cantón El Tablón, jurisdicción de Sesori, departamento de San Miguel, el primero de la capacidad superficial de TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS VEINTISIETE DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: al NORTE: doscientos sesenta y cinco metros con ochenta y cuatro centímetros, colinda con el centro escolar cerco propio de por medio, al ORIENTE: ciento diecisiete metros con sesenta centímetros, colinda con el titulante señor Medrano Mendoza, al SUR: doscientos sesenta y tres metros con cuarenta y siete centímetros, cerco propio de por medio con la señora Dolores Guzmán, y al PONIENTE: ciento diecinueve metros con cuarenta y nueve centímetros, colinda con la señora Santos Olinda Nolasco, cerco propio de por medio, el segundo inmueble de la capacidad superficial de CUATRO MIL OCHOCIENTOS TRES METROS CUADRADOS SESENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: al NORTE: cuarenta y tres metros colindando con el Centro Escolar, al ORIENTE: ciento diecisiete metros con cuarenta y dos centímetros con propiedad del titulante, señor José Ángel Medrano Mendoza, al SUR: treinta y ocho metros con setenta y tres centímetros, colindando con la señora Dolores Guzmán, cerco de alambre propio de por medio, y al PONIENTE: ciento diecisiete metros con sesenta centímetros colinda con propiedad del titulante señor Medrano Mendoza. Y valora cada inmueble en la cantidad de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. El inmueble descrito, no es dominante ni sirviente, no tiene carga ni derecho real que pertenezca a otra persona, ni se encuentra en proindivisión con nadie. Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, San Miguel: a los veintinueve días del mes de mayo de dos mil doce. LIC. DIANA LEONOR REYES DE ROMERO, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA. 3 v. c. No. F CLASE: 05. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GUARDADO, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE- ÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión "ALCOMAX", la palabra ALCOMAX está escrita en letras mayúsculas de color negro, sin ningún diseño especial; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

85 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de a los veintiuno días del mes de junio del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 10. El INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ALBERTO ANTONIO IMBERTON IRAHETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PRUEBAS MODERNAS DEL ISTMO, SO- CIEDAD ANONIMA, del domicilio de San José, República de Costa Rica, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIP- CION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "FEMME", SE ENCUENTRA DENTRO DE UN FONDO COLOR CAFE CLARO CON LINEAS CURVAS, ESCRITA EN LETRAS MAYUSCULAS, SIENDO LA PRIMER LETRA O SEA LA LETRA "F" DE MAYOR TAMAÑO. LAS LETRAS ESTAN ESCRITAS DE COLOR VERDE Y SEPARADAS ENTRE SI POR UN PUNTO COLOR ROSADO. LA PALABRA "F.E.M.M.E" ES SUBRAYADA POR UNA LINEA ROSADA Y DEBAJO DE ESTA LINEA SE ENCUENTRAN LAS PALABRAS "prueba personal de embarazo", TODAS MINUSCULAS, ESCRITAS EN COLOR NEGRO. SOBRE LA PRIMER LETRA DE LA PALABRA F.E.M.M.E. O SEA LA LETRA "F" HAY UN TRIANGULO ISOSELES COLOR AQUA, EL CUAL EN LA PARTE INFERIOR PRESENTA UN EFECTO DE SOMBRA. ARRIBA DEL TRIANGULO ISOSELES HAY DOS LINEAS CURVAS, UNA JUNTO A LA OTRA, DE IGUAL TAMAÑO Y FORMA, LA DE ARRIBA DE COLOR VERDE Y LA DE ABAJO COLOR ROSADO, AMBAS LINEAS EN SU LADO INFERIOR PRESENTAN UN EFECTO DE SOMBRA. AL FINAL DE LA LINEAS EN SU LADO DERECHO HAY UNA FIGURA EN FORMA DE GOTA, COLOR VERDE, LA CUAL PRESENTA UN EFECTO DE SOBRA EN SU PARTE INFERIOR.; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 10 de la Clasificación Internacional de Niza. REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 10. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ALBERTO ANTONIO IMBERTON IRAHETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTA- MENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PRUEBAS MODERNAS DEL ISTMO, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de San José, República de Costa Rica, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "Acierto" está escrita en letra de molde, siendo la primera letra, o sea la letra "A" mayúscula, las demás letras que conforman la palabra son minúsculas. Toda la palabra Acierto está escrita en color verde. Al final de la palabra "Acierto" hay una manzana color rojo, y del tallo café que sale de la manzana hay una hoja verde. Debajo de la manzana hay un efecto de sombra creado por la mazana. La manzana roja cubre parcialmente la última letra de la palabra "Acierto", e sea la letra "o", La palabra Acierto está subrayada por una delgada línea café. Y debajo de esta delgada línea café están las palabras "Prueba Personal de Embarazo", De estas palabras "Prueba Personal de Embarazo" la letra "P" de prueba, "P" de personal y "E" de embarazo son mayúsculas, las demás letras son minúsculas. Las palabras "Prueba Personal de Embarazo" están escritas en letras en color café.; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 10 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

86 86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil doce. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 33. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE:33. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL ALEJANDRO ALFARO RUGLIANCICH, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de INDUSTRIA LICORERA EUZKADI, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de Mazatenango, Departamento de Suchitepéquez, República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra COLONIAL; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasificación Internacional de Niza. Ley. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de a los treinta días del mes de enero del año dos mil doce. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL ALEJANDRO ALFARO RUGLIANCICH, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de INDUSTRIA LICORERA EUZKADI, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Guatemala, República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RE- NOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras ron carvi, escrita con letras estilizadas y de molde de color negro minúsculas, las palabras ron carvi están escritas sobre una franja rectangular de color verde en el centro de la viñeta que es de color beige, en la parte de arriba de la palabra ron carvi aparece un águila de color amarillo con las alas extendidas rodeadas sobre una base de color negro y está rodeada de otra base de color dorado, sobre lo cual no se pretende exclusividad, al lado derecho de dicha águila está escrito en números 36 GI y a su lado izquierdo está escrito en números 0.75 L. sobre lo cual no se pretende exclusividad, abajo de la franja verde dentro de la que se encuentra escrita la palabra ron carvi, está escrita la siguiente leyenda: "Añejo Preparado INDUSTRIA LICORERA EUZKADI, S.A.", sobre lo cual no se pretende exclusividad, debajo de esta leyenda tiene cinco óvalos de color café claro, en el primero aparece un árbol, en el segundo un barril, en el tercero una bodega de vinos, en el cuarto el número 1930, y en el quinto la cabeza de un hombre, sobre lo cual tampoco se pretende exclusividad, arriba de estos óvalos tiene en letras pequeñitas las siguientes leyendas 'Producto Centroamericano Hecho en Guatemala, Marca Reg. y al otro extremo se lee: Mazatenango, Guatemala", sobre lo cual no se pretende exclusividad; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

87 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SUZANNE REGISTRADOR. JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO- TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, APODERADO de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, del domicilio de Montevideo, República de Uruguay, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 3 v. alt. No. F del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra MITRUL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de No. de Expediente: Ley. No. de Presentación: REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de CLASE: 05. a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO- ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA, TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como SECRETARIA. APODERADO de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, 3 v. alt. No. F del domicilio de Montevideo, República de Uruguay, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en No. de Expediente: la palabra RAXIPLEN; que ampara productos/servicios comprendidos No. de Presentación: en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. CLASE: 05. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO- TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de ASOFARMA, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra CLINFOL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

88 88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil doce.- HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, del domicilio de Montevideo, República de Uruguay, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra ASOTESTON; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil doce.- JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SUZANNE MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SUZAN- NE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ZODIAC INTERNATIONAL CORPO- RATION, del domicilio de Montevideo, República de Uruguay, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra "PRIKUL"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ASOFARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de GUATEMALA, CIUDAD DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "E -TEC 1000"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil doce.- Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

89 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ASOFARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LA PALABRA ATRIMON"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza, Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil doce.- JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil doce.- Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SUZANNE REGISTRADOR. JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO- TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como SECRETARIA. APODERADO de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, del domicilio de MONTEVIDEO, REPÚBLICA DE URUGUAY, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, 3 v. alt. No. F consistente en la palabra URAZOL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Expediente: Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de No. de Presentación: Ley. CLASE: 05. a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil doce.- HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO- TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, del domicilio de Montevideo, República de Uruguay, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra MUNOTRAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

90 90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los cinco días del mes de junio del año dos mil doce.- HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, del domicilio de Montevideo, República de Uruguay, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra TIALGIN; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil doce.- JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de ASOFARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, 3 v. alt. No. F solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra ZOLTUM; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Expediente: Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de No. de Presentación: Ley. CLASE:05. a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil doce.- HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ASOFARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra PAREXEL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. F

91 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil doce.- HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO- TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de ASOFARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra NO- LOTEN; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil doce.- JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. F de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la representación de una superficie casi cuadrada cuyo margen izquierdo es una faja roja que No. de Expediente: presenta dos picos simétricos frente los cuales se desarrollan sendas flechas No. de Presentación: CLASE: 24. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de JOSÉ GUADALUPE LÓPEZ VALDIVIA, del domicilio de CALLE DOCTOR QUEZADA LIMÓN NÚMERO MIL QUINIENTOS DOCE, COLONIA CURTIDORES, CIUDAD DE AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES, MÉXICO, de nacionalidad NO ESPECIFICADO, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LA PALABRA Vianney ESCRITA EN LETRAS CARACTERÍSTICAS DE COLOR MORADO, DE LAS CUALES SOLO LA LETRA INICIAL "V" ES MAYÚSCULA, DICHA LETRA ESTA REPRESENTADA POR UNO DE LOS CINCO PÉTALOS DE UNA FLOR DE COLOR MORADO, UBICADA AL LADO IZQUIER- DO DE LA PALABRA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 24 de la Clasificación Internacional de Niza, JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de Wm. Wrigley Jr. Company, del domicilio de Ciudad de Chicago, Condado de Cook, Estado de Illinois, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro verdes, cortas, que llevan en hueco la palabra SPEARMINT, que van sobre un campo blanco y que llevan arriba la palabra roja WRIGLEY'S; y como margen a la derecha se ve una serie de flechitas cortas alineadas hacia arriba, rojas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los primero días del mes de junio del año dos mil doce.- Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, 3 v. alt. No. F

92 92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los treinta y uno días del mes de mayo del año dos mil doce.- HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de NOXELL CORPORATION, del domicilio de Hunt Valley, Maryland, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra "EYESLICKS" escritas en letras de molde mayúsculas de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los doce días del mes de junio del año dos mil doce.- Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE MARÍA BUSTAMANTE GUILLÉN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Wella GmbH, del domicilio de Sulzbacher Strasse 40, Schwalbach am Taunus, Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras "SYSTEM PROFESSIONAL"; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de FERMODYL PROFESSIONALS INC., del domicilio de 625 Madison Avenue, New York, New York 10022, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras FERMODYL en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil doce.- Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, 3 v. alt. No. F

93 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 29. horizontales abundantes y sobre ese fondo, arriba, al medio un pequeño fondo casi rectangular, sólido en que va el frente de un castillo abreviado semi-silueta, y más abajo, en mayúscula, la palabra KENT y más abajo una imitación de faja de suave ondulación que encierra palabras no registrables; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PRODUCTORES DE MONTEVERDE, S. A., del domicilio de SAN JOSÉ, COSTA RICA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LA PALABRA MONTEVERDE, ESCRITA EN LA PARTE SUPERIOR EN COMPLEMENTO DEL DISEÑO DE FORMA OVAL QUE CONTIENE EN SU INTERIOR DOS FIGURAS GEOMÉTRICAS SIMULANDO DOS MONTAÑAS Y ENTRE LAS DOS MONTAÑAS EL PERFIL DE LA CABEZA DE UNA RES; ESCRITAS DENTRO DE LAS DOS FIGURAS GEOMÉTRICAS LAS PALABRAS FINE CHEESE, Y ABAJO LA FIGURA OVAL LAS PALABRAS EXCELENCIA EN QUESOS FINOS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los primero días del mes de marzo del año dos mil doce.- JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) INC., del domicilio de 2711 Centerville Road, Suite 300, Wilmington, Delaware 19808, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la representación de una superficie aproximadamente rectangular plena de paralelas rectas Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil doce.- JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MOLINO EXCELSIOR, S. A., del domicilio de Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LA FRASE "SAN RAFAEL", ESCRITA EN LETRAS MAYÚSCULAS, DE MOLDE, EN COLOR NEGRO Y SIN DISEÑO ESPECIAL; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los quince días del mes de febrero del año dos mil doce.- JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. F

94 94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de (TRAFINSA) TRANSFOOD INTERNATIONAL, S. A., del domicilio de CIUDAD DE PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LA EXPRESIÓN Line Plus", ESCRITAS LAS LETRAS L Y P EN MAYÚSCULA Y LAS DEMÁS MINÚSCULAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los seis días del mes de febrero del año dos mil doce.- JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, MARCA DE FÁBRICA No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Jovani Fashion, Ltd., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO, JOVANI Consistente en: La palabra JOVANI, que servirá para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR PARA DAMA, A SABER, PRENDAS DE VESTIR FORMALES PARA DAMA, A SABER, VESTIDOS DE NOCHE, VESTIDOS DE COCTAIL; PRENDAS DE VESTIR PARA LA TARDE, A SABER, CAMISAS, FALDAS, PANTALONES, CHAMARRAS, BLAZERS, PRENDAS DE VESTIR CASUALES, A SABER, BLUSAS, PANTALONES, PLAYERAS, SHORTS, FALDAS, CHAMARRAS; VESTIDOS DE NOVIA LARGOS Y VESTIDOS DE NOVIA, VESTIDOS PARA DAMAS DE HONOR, VESTIDOS PARA LA MAMA DE LA NOVIA, VESTIDOS LARGOS PARA GRADUACIÓN Y VESTIDOS PARA GRADUACIÓN, VESTIDOS PARA DESFILES, VESTIDOS PARA OCASIONES ESPECIALES, TRAJES, BLUSAS, TOPS, CHALES PARA LA ESPALDA Y CHALES. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día cinco de enero del año dos mil doce. ocho de junio del año dos mil doce.- MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de CONSORCIO COMEX, S. A. DE C. V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO, REALFLEX Consistente en: La palabra REALFLEX, que servirá para: AMPA- RAR: PINTURAS, BARNICES, LACAS, PRODUCTOS ANTIOXI- DANTES Y PRODUCTOS PARA CONSERVAR LA MADERA; MATERIAS TINTÓREAS; MORDIENTES; RESINAS NATURALES EN BRUTO; METALES EN HOJAS Y EN POLVO PARA PINTORES, DECORADORES, IMPRESORES Y ARTISTAS. Clase: 02. La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. once de junio del año dos mil doce.- Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

95 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 19. Y PRODUCTOS PARA CONSERVAR LA MADERA; MATERIAS TINTÓREAS; MORDIENTES; RESINAS NATURALES EN BRUTO; METALES EN HOJAS Y EN POLVO PARA PINTORES, DECORA- DORES, IMPRESORES Y ARTISTAS. Clase: 02. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de CONSORCIO COMEX, S. A. DE C. V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO, TEXTURI Consistente en: La palabra TEXTURI, que servirá para: AMPARAR: MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, PIEDRAS NATURALES Y ARTIFICIALES, CEMENTO, CAL, MORTERO, YESO Y GRAVA, TUBERÍAS DE GRES O DE CEMENTO; PRODUCTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS; ASFALTO, PEZ Y BETÚN; CASA TRANSPORTABLES; MONUMENTOS DE PIEDRAS; CHIMENEAS. Clase: 19. La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. once de junio del año dos mil doce.- Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de CONSORCIO COMEX, S. A. DE C. V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. once de junio del año dos mil doce.- Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de CONSORCIO COMEX, S. A. DE C. V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO, DUREX MASTER Consistente en: La palabra DUREX MASTER y diseño, donde la palabra Master se traduce al castellano como Maestro, que servirá para: AMPARAR: PINTURAS, BARNICES, LACAS, PRODUCTOS ANTIOXIDANTES Y PRODUCTOS PARA CONSERVAR LA MADERA; MATERIAS TINTÓREAS; MORDIENTES; RESINAS NATURALES EN BRUTO; METALES EN HOJAS Y EN POLVO PARA PINTORES, DECORADORES, IMPRESORES Y ARTISTAS. Clase: 02. La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. once de junio del año dos mil doce.- Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: Las palabras comex river y diseño, donde la palabra River se traduce al castellano como Río, que servirá para: AMPARAR: PINTURAS, BARNICES, LACAS, PRODUCTOS ANTIOXIDANTES FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, 3 v. alt. No. C

96 96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 02. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de CONSORCIO COMEX, S. A. DE C. V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, COMEX VELMAR Consistente en: Las palabras COMEX VELMAR, que servirá para; AMPARAR; PINTURAS, BARNICES, LACAS, PRODUCTOS AN- TIOXIDANTES Y PRODUCTOS PARA CONSERVAR LA MADERA; MATERIAS TINTÓREAS; MORDIENTES; RESINAS NATURALES EN BRUTO; METALES EN HOJAS Y EN POLVO PARA PINTORES, DECORADORES, IMPRESORES Y ARTISTAS. Clase; 02. La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. once de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediento: No. de Presentación: CLASE: 05. REGISTRADORA v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. trece de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. REGISTRADORA.- SECRETARIA.- 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA- DO de GlaxoSmithkline Trading Services Limited, de nacionalidad IRLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, ALSARKARE La solicitud fue presentada el día once de junio del año dos mil doce, catorce de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, LEMEKTRO Consistente en: La palabra LEMEKTRO, que servirá para: AM- PARAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS Y MEDICINALES; VACUNAS. Clase: 05. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, Consistente en: La palabra ALSARKARE, que servirá para: AM- PARAR: PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACEUTICAS. Clase: 05. REGISTRADORA v. alt. No. C

97 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de ALSARKLINE catorce de junio del año dos mil doce. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, Consistente en: La palabra ALSARKLINE, que servirá para: AM- PARAR: PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACEUTICAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día once de junio del año dos mil doce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA- REGISTRADORA.- DO de GlaxoSmithkline Trading Services Limited, de nacionalidad IRLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y - No. de Expediente: La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. No. de Presentación: CLASE: 05. dieciocho de junio del año dos mil doce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA- LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, DO de GlaxoSmithkline Trading Services Limited, de nacionalidad IRLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y REGISTRADORA.- DE COMERCIO, FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, - 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. DE COMERCIO, ETALOKARE DOUBLE STUF FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, Consistente en: La expresión DOUBLE STUF, que se traduce al castellano como Doble Stuf, que servirá para: AMPARAR: GALLETAS, PRODUCTOS DE GALLETERIA, GALLETAS SALADAS [CRACKERS]. Clase: v. alt. No. C Consistente en: La palabra ETALOKARE, que servirá para: AM- PARAR: PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACEUTICAS. No. de Expediente: Clase: 05. No. de Presentación: La solicitud fue presentada el día once de junio del año dos mil doce. CLASE: 30. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FERNANDO catorce de junio del año dos mil doce. ANTONIO BENITEZ PINEDA, en su calidad de APODERADO de Kraft Foods Global Brands LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA v. alt. No. C

98 98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. No. de Presentación: CLASE: 05. Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de junio del año dos mil doce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA- LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, DO de GlaxoSmithkline Trading Services Limited, de nacionalidad IRLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y REGISTRADORA.- DE COMERCIO, ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, GRIDOKLINE Consistente en: La palabra GRIDOKLINE, que servirá para: AM- PARAR: PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACEUTICAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día once de junio del año dos mil doce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de catorce de junio del año dos mil doce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA- DO de GlaxoSmithkline Trading Services Limited, de nacionalidad REGISTRADORA.- IRLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de GlaxoSmithKline LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: La palabra MEKATRUS, que servirá para: AM- PARAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS Y MEDICINALES; VACUNAS. Clase: 05. SECRETARIA.- 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. OLANKLINE MEKATRUS FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, Consistente en: La palabra OLANKLINE, que servirá para: AM- PARAR: PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACÉUTICAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos mil doce. cinco de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA v. alt. No. C

99 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA- DO de GlaxoSmithkline Trading Services Limited, de nacionalidad IRLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, ORVAKLINE Consistente en: La palabra ORVAKLINE, que servirá para: AM- PARAR: PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACÉUTICAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos mil doce. cinco de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 02. REGISTRADORA v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de CONSORCIO COMEX, S. A. DE C. V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, once de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 02. REGISTRADORA v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MI- GUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de CONSOR- CIO COMEX, S. A. DE C. V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, PIMEX La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. once de junio del año dos mil doce. COMEX VINIMEX Consistente en: Las palabras COMEX VINIMEX, que servirá para: AMPARAR: PINTURAS, BARNICES, LACAS, PRODUCTOS AN- TIOXIDANTES Y PRODUCTOS PARA CONSERVAR LA MADERA; MATERIAS TINTÓREAS; MORDIENTES; RESINAS NATURALES EN BRUTO; METALES EN HOJAS Y EN POLVO PARA PINTORES, DECORADORES, IMPRESORES Y ARTISTAS. Clase: 02. Consistente en: La palabra PIMEX, que servirá para: AMPARAR: PINTURAS, BARNICES, LACAS, PRODUCTOS ANTIOXIDANTES Y PRODUCTOS PARA CONSERVAR LA MADERA; MATERIAS TINTÓREAS; MORDIENTES: RESINAS NATURALES EN BRUTO; METALES EN HOJAS Y EN POLVO PARA PINTORES, DECORA- DORES, IMPRESORES Y ARTISTAS. Clase: 02. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA.- FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, - 3 v. alt. No. C

100 100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, PIMTARGA LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, DO de GlaxoSmithkline Trading Services Limited, de nacionalidad ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, IRLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y No. de Expediente: Consistente en: La expresión PIMTARGA, que servirá para: AM- PARAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS Y MEDICINALES; VACUNAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador dieciocho de junio del año dos mil doce. REGISTRADORA.- SECRETARIA.- No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA- DO de GlaxoSmithkline Trading Services Limited, de nacionalidad IRLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: La palabra PRAMOKLINE, que servirá para: AM- PARAR: PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACÉUTICAS, Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos mil doce. cinco de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA.- FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, - 3 v. alt. No. C No. de Expediente No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA- DE COMERCIO, RIDKLINE PRAMOKLINE ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, Consistente en: La palabra RIDKLINE, que servirá para: AMPA- RAR: PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACEUTICAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día once de junio del año dos mil doce. dieciocho de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA.- SECRETARIA.- 3 v. alt. No. C

101 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA- DO de GlaxoSmithkline Trading Services Limited, de nacionalidad IRLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, SERBIKLINE catorce de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de CONSORCIO COMEX, S. A. DE C. V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. Consistente en: La palabra SERBIKLINE, que servirá para: AM- PARAR: PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACEUTICAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día once de junio del año dos mil doce. REGISTRADORA.- - PREPARACIONES HIGIENICAS Y SANITARIAS PARA USO MEDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBES; COM- 3 v. alt. No. C PLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS Y ANIMALES; La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, once de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Dr. Willmar Schwabe GmbH & Co., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, VITANGO Consistente en: La palabra VITANGO, que servirá para: AMPA- RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VETERINARIAS; TOP TOTAL Consistente en: Las palabras TOP TOTAL, donde la palabra Top se traduce al castellano como Arriba, que servirá para: AMPARAR: IMPERMEABILIZANTES. Clase: 01. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día seis de junio del año dos mil doce. trece de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA.- SECRETARIA.- 3 v. alt. No. C

102 102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil doce. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, dieciséis de marzo del año dos mil doce. FUSTAREN 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de SHELL BRANDS INTERNATIONAL AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: La palabra FUSTAREN, que servirá para: AM- PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS, Clase: 05. La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. once de junio del año dos mil doce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Motorola REGISTRADORA.- Trademark Holdings, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, - HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO MARIA DAFNE RUIZ, GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL de GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GUARDADO, REGISTRADOR.- S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, LUCIA MARGARITA GALAN, - 3 v. alt. No. C No. de Expediente No. de Presentación: CLASE: 09. COLORBOOST Consistente en: La palabra COLORBOOST, que servirá para: AM- PARAR: MONITORES O PANTALLAS PARA COMPUTADORAS; SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA EL PROCESAMIENTO Y PRESENTACION O INTERPRETACION DE IMAGENES TEX- TUALES, GRAFICAS Y FOTOGRAFICAS. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil doce. diecisiete de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, Consistente en: La palabra NITRO y diseño, que servirá para: AMPARAR: ADITIVOS (QUIMICOS) PARA COMBUSTIBLES DE MOTOR. Clase: 01. REGISTRADORA.- SECRETARIA.- 3 v. alt. No. C

103 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: MARIA DAFNE RUIZ, LUCIA MARGARITA GALAN, No. de Expediente: La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil No. de Presentación: doce. CLASE: 11. dieciséis de mayo del año dos mil doce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de HUNTER LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, TOOLS U.S.A., CORP., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el REGISTRADORA.- registro de la MARCA DE FABRICA, ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. C Consistente en: La palabra DROPS y diseño, que se traduce como GOTAS, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DE PLOMERIA (ENTIENDASE APARATOS SANITARIOS, GRIFOS, LLAVES DE PASO PARA CANALIZACIONES, CAÑERIAS DE AGUA COMO No. de Expediente: PARTES DE INSTALACIONES SANITARIAS) Y GRIFERIA (EN- No. de Presentación: TIENDASE DUCHAS, FREGADEROS, INODOROS, LAVABOS). CLASE: 05. Clase: 11. La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES doce. SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, FABRICA, dieciséis de mayo del año dos mil doce. REGISTRADOR.- - CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de DePuy, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, ENDEX Consistente en: La palabra ENDEX, que servirá para: AMPA- enable DePuy Consistente en: La expresión enable DePuy. Se traduce al castellano la palabra enable como: permitir, que servirá para: AMPARAR: SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA USO EN EL CAMPO MEDICO PARA EL MANEJO DE INVENTARIOS, FACTURACION, PROGRAMACION Y PARA EL MANEJO DE FUERZA DE VENTAS EN GENERAL. Clase: 09. RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VETERINARIAS; PREPARACIONES SANITARIAS PARA PROPOSITOS MEDICOS; SUSTANCIAS DIETETICAS ADAPTADAS PARA USO MEDICO, ALIMENTO PARA BEBES, EMPLASTOS, MATERIAL PARA APO- SITOS Y VENDAS; MATERIAL PARA IMPRONTAS DENTALES, CERA DENTAL; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil doce. diecinueve de abril del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR.- CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, - 3 v. alt. No. C

104 104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Mary Kay Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, LIVE. INSPIRE. BE MOVED Consistente en: las palabras LIVE. INSPIRE. BE MOVED. Se traduce al castellano como: VIVE. INSPIRA. SE MOVIDO, que servirá para: AMPARAR: COSMÉTICOS, PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL NO MEDICADAS; PERFUME, COLONIA Y FRAGANCIAS. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil doce. quince de mayo del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C SORIOS RELACIONADOS, ESPECÍFICAMENTE, ESTACIONES DE ACOPLAMIENTO DE COMPUTADORAS, MONTURAS, ES- TANTES, SUJETADORES Y PLATAFORMAS PARA SUJETAR Y CARGAR COMPUTADORAS, ESTUCHES PORTADORES DE COMPUTADORAS, CUBIERTAS PROTECTORAS PARA COMPUTADORAS, PIELES (SKINS) PROTECTORAS O DECORA- TIVAS, PROTECTORES DE PANTALLA, ESPECÍFICAMENTE, PE- LÍCULAS A LA MEDIDA O PLÁSTICAS CONOCIDAS COMO PIE- LES (SKINS) PARA CUBRIR Y PROTEGER COMPUTADORAS, DIS- POSITIVOS DE ENTRADA Y NAVEGACIÓN, ESPECÍFICAMENTE TECLADOS, MOUSE, TRACK BALLS, Y STYLUS PARA SU USO CON COMPUTADORAS, MEMORIAS DE COMPUTADORA, ESPECÍFICAMENTE DISCOS DUROS, MEMORIAS PORTÁTILES Y REMOVIBLES PARA SU USO CON LAS COMPUTADORAS, EQUIPO PARA REDES, ESPECÍFICAMENTE MÓDEMS, ENRU- TADORES Y PUERTAS DE ACCESO (GATEWAYS) PARA SU USO CON COMPUTADORAS, BATERÍAS, ADAPTADORES DE CORRIENTE, CABLES DE COMPUTADORA, CONECTORES DE CABLES, CONTROLES REMOTOS, AUDÍFONOS, ALTO- PARLANTES, SISTEMAS DE SONIDO PARA SU USO CON COMPUTADORAS, Y MICRÓFONOS Y CÁMARAS WEB PARA SU USO CON COMPUTADORAS Y SOFTWARE DE COMPUTADORA. ASÍ MISMO LOS SIGUIENTES ARTÍCULOS NO INCLUIDOS EN EL DOCUMENTO DE PRIORIDAD TALES COMO: TELÉFONOS; TELÉFONOS CABLEADOS E INALÁMBRICOS PARA SERVICIOS DE LÍNEA TELEFÓNICA CABLEADA PTT (POST, TELEGRAPH, AND TELEPHONE) (CORREO, TELÉGRAFO Y TELÉFONO) Y SERVICIOS POTS O PSTN; TELÉFONOS MÓVILES, TELÉFONOS INTELIGENTES (SMARTPHONES), Y ACCESORIOS PARA LOS MISMOS, ESPECÍFICAMENTE CARGADORES DE BATERÍA Y ADAPTADORES DE CORRIENTE. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día siete de diciembre del año dos mil once. diecisiete de mayo del año dos mil doce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de Razor USA LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. RAZR Consistente en: la palabra RAZR, que servirá para: AMPARAR: COMPUTADORAS, COMPUTADORAS TIPO TABLET, Y ACCE- FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, 3 v. alt. No. C

105 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Merck KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, STIMRIS Consistente en: la palabra STIMRIS, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y VETERINARIAS; PREPA- RACIONES SANITARIAS PARA FINES MÉDICOS; SUSTANCIAS DIETÉTICAS ADAPTADAS PARA USO MÉDICO. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil doce, catorce de mayo del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 32. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Los Portales, S.A., de nacionalidad CUBANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil doce. catorce de mayo del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. LUCÍA MARGARITA GALÁN, 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA CONFITERA CENTROAMERICANA, S.A. DE C.V., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, Consistente en: la palabra VENADITO y diseño, que servirá para: AMPARAR: AZÚCAR, MIELES, DULCES, CONFITERÍA, CHOCO- LATES Y GOLOSINAS ELABORADAS CON CACAO. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año dos mil doce. nueve de mayo del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. Consistente en: la palabra tukola y diseño, que servirá para: AMPA- RAR: AGUAS MINERALES Y GASEOSAS, REFRESCOS, SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA ELABORAR BEBIDAS SIN ALCOHOL. Clase: 32. LUCÍA MARGARITA GALÁN, 3 v. alt. No. C

106 106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: doce. La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de ALLERGAN, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, ZYPRED REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, 3 v. alt. No. C CLASE: 29. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de ALIMENTOS DE CORTES. S.A. DE C.V., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO, veintitrés de marzo del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, Consistente en: la palabra ZYPRED, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS OFTÁLMICOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día dieciséis de mayo del año dos mil doce. 3 v. alt. No. F veintidós de mayo del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA No. de Expediente: GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO No. de Presentación: de Kraft Foods Schweiz Holding GmbH, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: una etiqueta rectangular horizontal fondo morada en el cual aparece un cuadro rectangular con marco dorado, de un paisaje campestre, apareciendo entre el rectángulo y el cuadro una vaca la cual lleva en la barriga la palabra MILKA hueca en letras tipo carta, y en la Consistente en: las palabras Muuuú - Muuuú y diseño, que servirá para: AMPARAR: LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Clase: 29. parte superior la misma expresión, en el mismo rectángulo cuatro vacas más, clase 30.

107 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año mil novecientos noventa y seis. veinticinco de mayo del año dos mil doce. dieciséis de mayo del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. 3 v. alt. No. F LUCÍA MARGARITA GALÁN, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F abrevia: ENMILEN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMER- No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01. LUCÍA MARGARITA GALÁN, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de Zinsser Brands Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMER- CIO, JOMAX HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SARA DEL Consistente en: la palabra JOMAX, que servirá para: AMPARAR: CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO de PREPARACIONES PARA SOLTAR EL MOHO. Clase: 01. ENMILEN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos mil doce. CIO. veinte de febrero del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, Consistente en: las palabras Beverly Beauty y diseño, donde la palabra Beauty se traduce al castellano como Belleza, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS COSMÉTICOS. Clase: 03. REGISTRADOR. ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil doce. 3 v. alt. No. F

108 108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 34. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 32. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de DUNHILL TOBACCO OF LONDON LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra VITALIA y diseño, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS; BEBIDAS DE FRUTAS Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: CIGA- Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES RRILLOS, CIGARROS, TABACO PARA ENVOLVERSE PERSO- PARA ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32. NALMENTE, TABACO PARA PIPA; Y PRODUCTOS DE TABACO QUE NO SEAN MEDICINALES NI DE MATERIALES PRECIOSOS. Clase: 34. La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil doce. La solicitud fue presentada el día veintidós de febrero del año dos mil doce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de LÁCTEOS CENTROAMERICANOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO, nueve de febrero del año dos mil doce. veintiocho de febrero del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN, LUCÍA MARGARITA GALÁN, 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

109 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODE- RADO de RENOVARE, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO, THINFORLIFE Consistente en: la palabra THINFORLIFE, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA MOLDES DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS Y HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintiséis de enero del año dos mil doce. 3 v. alt. No. C quince de junio del año dos mil doce. No. de Expediente: MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN, 3 v. alt. No. F Consistente en: Las palabras BACK TO PLAY SPORTS y diseño que se traduce al castellano como Regreso a Jugar Deportes, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA VENTA DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS. La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año dos mil diez. trece de marzo del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INDUSTRIAS SINTÉTICAS DE CENTRO AMÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA que se abrevia: INSINCA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, NOMBRE COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARCO ANTONIO BENJAMIN ESCOBAR CONTRERAS, de nacionalidad Consistente en: la expresión Sincatex colegial y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA COMERCIALIZACIÓN DE TELAS Y OTRO TIPO DE PRODUCTOS DE USO TEXTIL. La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos mil doce.

110 110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 siete de junio del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: LUCÍA MARGARITA GALÁN, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCIS- CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de PROYECTOS ALIMENTICIOS INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PROYECTOS ALIMENTICIOS INTERNACIONALES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER- CIAL, Consistente en: la palabra MORTEROS y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DEDICA- DOS A LA OPERACIÓN DE RESTAURANTES Y BARES. doce. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil once de junio del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, NUTRICIÓN PARA DISFRUTAR LA VIDA Consistente en: la expresión NUTRICIÓN PARA DISFRUTAR LA VIDA, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE LOS PRODUCTOS QUE OFRECE A SABER: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VETERINARIAS; PRE- PARACIONES SANITARIAS PARA USO MEDICO; ALIMENTOS DIETETICOS Y SUBSTANCIAS PARA USO MEDICO Y CLINICO; ALIMENTOS Y SUBSTANCIAS ALIMENTICIAS PARA BEBES E INFANTES; ALIMENTOS Y SUBSTANCIAS ALIMENTICIAS PARA USO MEDICO PARA MUJERES QUE AMAMANTAN; SU- PLEMENTOS DIETETICOS Y NUTRICIONALES ADAPTADOS PARA USO MEDICO; PREPARACIONES VITAMINICAS, SUPLE- MENTOS MINERALES; CONFITERIA MEDICADA. LEGUMBRES Y PATATAS, FRUTAS Y SETAS EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS O COCIDAS, CARNE, AVES DE CORRAL, CAZA, PES- CADO Y PRODUCTOS ALIMENTICIOS PROVENIENTES DEL MAR, TODOS ESTOS PRODUCTOS TAMBIEN BAJO LA FOR- MA DE EXTRACTOS, DE SOPAS, DE GELATINAS, DE PASTAS PARA UNTAR, DE CONSERVAS, DE PLATOS COCINADOS, CONGELADOS O DESHIDRATADOS; CONFITURAS; HUEVOS, LECHE, CREMA DE LECHE, MANTEQUILLA, QUESO, Y OTRAS PREPARACIONES HECHAS A PARTIR DE LECHE INCLUIDAS EN ESTA CLASE, SUBSTITUTOS DE LECHE; BEBIDAS A BASE DE LECHE; SUCEDANEOS DE ALIMENTOS LACTEOS; POSTRES HECHOS A PARTIR DE LECHE O DE CREMA DE LECHE; YOGU- RES, LECHE DE SOYA (SUCEDANEOS DE LA LECHE), OTRAS PREPARACIONES A PARTIR DE SOYA; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES; PREPARACIONES PROTEINICAS PARA LA ALIMENTACION HECHAS A BASE DE UNO O MAS PRODUCTOS; SUBSTITUTOS DE CREMA PARA EL CAFÉ Y/O TE; PRODUC- TOS DE SALCHICHONERIA, MANTEQUILLA DE MANI, SOPAS, CONCENTRADOS DE SOPAS, CALDOS, CUBITOS PARA HACER CALDOS, CONSOMÉ. CAFÉ, EXTRACTOS DE CAFÉ, PREPARA- CIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CAFÉ; CAFÉ HELADO; SUBSTITUTOS DEL CAFÉ, EXTRACTOS DE SUBSTITUTOS DEL CAFÉ, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE

111 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de DE SUBSTITUTOS DEL CAFÉ; CHICORIA; TE, EXTRACTOS DE TE, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A PARTIR DE TE; TE HELADO; PREPARACIONES HECHAS A BASE DE MALTA (PARA CONSUMO HUMANO); CACAO Y PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A PARTIR DE CACAO; CHOCOLATE, PRO- DUCTOS DE CHOCOLATERIA, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CHOCOLATE; CONFITERIA, GOLOSINAS, CARAMELOS; AZUCAR; GOMA DE MASCAR; EDULCORANTES NATURALES; PRODUCTOS DE PANADERIA, PAN, LEVADURA. ARTICULOS DE PASTELERIA; BIZCOCHOS, TARTAS, GALLE- TAS, BARQUILLOS, POSTRES HECHOS A BASE DE UNO O MAS PRODUCTOS, BUDINES; HELADOS COMESTIBLES, HELADOS COMESTIBLES A PARTIR DE AGUA, SORBETES, CONFITERIA HELADA, TARTAS HELADAS, CREMAS HELADAS, POSTRES HELADOS HECHOS A BASE DE UNO O MAS PRODUCTOS, YOGHURTS HELADOS; MIEL Y SUBSTITUTOS DE LA MIEL; CEREALES PARA EL DESAYUNO, HOJUELAS DE MAIZ, BARRAS DE CEREALES, CEREALES LISTOS PARA COMER; PREPARACIONES DE CEREALES; ARROZ, PASTAS ALIMENTI- CIAS, TALLARINES; PRODUCTOS ALIMENTICIOS A BASE DE ARROZ, DE HARINA O CEREALES, TAMBIEN BAJO LA FORMA DE PLATOS COCINADOS; PIZZAS; SANDWICH; MEZCLAS DE HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO PASTAS ALIMENTICIAS Y POLVOS PARA PASTELES; SALSAS: ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de SALSA DE SOYA; KETCHUP; PRODUCTOS PARA AROMATIZAR ALIMENTOS MARAVILLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la EXPRESION O O SAZONAR LOS ALIMENTOS, ESPECIAS COMESTIBLES, CON- DIMENTOS, SALSA PARA ENSALADA, MAYONESA; MOSTAZA; SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, VINAGRE. ALIMENTOS Y SUSTANCIAS ALIMENTICIAS PARA LOS ANIMALES Y MASCOTAS INCLUYENDO BOTANAS, HAM- BURGUESAS, BOCADILLOS, BOCADITOS, TOCINO Y TIRAS DE BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; JARABES, EXTRACTOS Y ESEN- CIAS Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS NO ALCOHOLICAS (EXCEPTO ACEITES ESENCIALES); BEBIDAS LACTEAS FERMENTADAS EN LAS QUE NO PREDOMINE LA LECHE; BEBIDAS HECHAS A BASE DE SOYA; BEBIDAS HE- CHAS A BASE DE MALTA; BEBIDAS ISOTÓNICAS, BEBIDAS ENERGETICAS. SERVICIOS DE EDUCACION; CAPACITACION; ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTU- RALES. SERVICIOS PARA PROVEER ALIMENTOS Y BEBIDAS; SERVICIOS DE HOTEL, CAFÉS, CAFETERÍA, BAR, RESTAU- RANTE, BARRA DE REFRIGERIOS (SNACK-BAR), CANTINA, BOUTIQUE DE CAFÉ; Y SERVICIOS DE BEBIDAS Y COMIDAS PREPARADAS PARA LLEVAR. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de doce de junio del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: EL MUNDO DE VACA Y VAQUITA CARNE, POLLO, CONEJO Y RES. CERVEZAS; AGUA SIN GAS, AGUA EFERVESCENTE O AGUA CARBONATADA, AGUA TRA- Consistente en: las palabras EL MUNDO DE VACA Y VAQUITA, TADA PARA EL CONSUMO HUMANO, AGUA DE MANANTIAL, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSU- AGUA MINERAL, AGUA SABORIZADA; BEBIDAS HECHAS A MIDOR SOBRE LOS SIGUIENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS: BASE DE FRUTA O CON SABOR A FRUTA, JUGOS DE FRUTAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS, AGUA PURIFICADA. BEBIDAS O VEGETALES, NECTARES, LIMONADAS, SODAS Y OTRAS CARBONATADAS. La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año dos mil once. dieciocho de mayo del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. 3 v. alt. No. C

112 112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: ALIMENTICIOS INTERNACIONALES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCIS- CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de PROYECTOS ALIMENTICIOS INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PROYECTOS ALIMENTICIOS INTERNACIONALES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, Consistente en: la palabra MORTEROS y diseño, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES SOBRE LOS SERVICIOS DE RESTAURANTES Y BARES. La solicitud fue presentada el día seis de junio del año dos mil doce. 3 v. alt. No. F once de junio del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: THE NEXT GENERATION BURRITOS Consistente en: las palabras THE NEXT GENERATION BURRI- TOS, que se traducen al castellano como LA SIGUIENTE GENERA- CION BURRITOS, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES SOBRE LOS SERVICIOS DE RESTAURANTES Y BARES. La solicitud fue presentada el día seis de junio del año dos mil doce. catorce de junio del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN, CONVOCATORIAS CONVOCATORIA La Junta Directiva de NEGOCIOS ORELCA, S.A. DE C.V., convoca a sus accionistas a Junta General Ordinaria en 1ª. convocatoria a las ocho horas del 24 de agosto de 2012, en el establecimiento de la Sociedad, en Sensuntepeque, quórum 51% de las acciones. 3 v. alt. No. F En caso no se reúna ese quórum se les convoca a Junta General Ordinaria en 2ª. convocatoria, a las nueve horas del sábado 25 de agosto de 2012 en el Restaurante "La Finquita", Colonia San Marcos Km. 79 ½, Carretera Sensuntepeque-Guacotecti; el quórum de instalación el número de acciones presentes. La agenda propuesta es la siguiente: HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCIS- CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de PROYECTOS ALIMENTICIOS INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PROYECTOS 1- Comprobación del quórum, apertura de la sesión. 2- Discusión y aprobación de la agenda. 3- Lectura y aprobación del Acta de Junta General anterior. 4- Lectura de memoria de labores de Junta Directiva, ejercicio 2011.

113 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Presentación de estados financieros 2011 por la directiva. CONVOCATORIA 6- Informe del Auditor Externo sobre estados financieros Aprobar o improbar Memoria de labores y Estados Financieros Acuerdo sobre aplicación de resultados o utilidades. 9- Cierre Sensuntepeque, veintinueve de junio de dos mil doce. RIGOBERTO ARMANDO ORELLANA ECHEVERRÍA, SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA. 3 v. alt. No. C CONVOCATORIA Se convoca la Asamblea General Ordinaria de la SOCIEDAD AMERICANA DE EL SALVADOR a celebrar el próximo día 3 de Septiembre 2012 en Basilea Grill, Zona Rosa en San Salvador a las 6:00 p.m., y en segunda convocatoria el día 4 de Septiembre a las 6:00 p.m. en el mismo lugar con el siguiente orden del día: 5. Nombramiento de los ejecutores especiales. 1. Presentación de balance general al Diciembre de 2011 y explicación de contabilidad. 6. Cualquier otro punto necesario relacionado con los puntos anteriores de acuerdo con la Ley. 2. Discusión y aprobación de cambio a las tarifas de membrecías. En primera convocatoria será necesario que esté presente el 75% 3. Elecciones de la Junta Directiva 4. Ruegos y Preguntas San Salvador, 17 de Julio de THE AMERICAN SOCIETY OF EL SALVADOR La Junta Directiva de la SOCIEDAD SALMAR, S.A. de C.V., de conformidad con el artículo 228 del Código de Comercio, convoca a los señores accionistas para que concurran a celebrar JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, la cual se llevará a cabo a las NUEVE HORAS DEL DÍA DIECISÉIS DE AGOSTO DE 2012, en las oficinas de Inlama, S.A. de C.V., situadas en Boulevard del Hipódromo No. 645, Colonia San Benito de esta ciudad, en la que se conocerá y resolverá la siguiente agenda: 1. Comprobación y firma de acta de Quórum Legal 2. Lectura del Acta de la sesión anterior 3. Dejar sin efecto la resolución de modificación del acuerdo de fusión, tomado en la Junta Extraordinaria de accionistas de Salmar, S.A. de C.V. de fecha diecisiete de agosto del año dos mil once. 4. Ratificar el acuerdo de fusión de la Sociedad Salmar, Sociedad Anónima de Capital Variable, con las sociedades Inmobiliaria, Sociedad Anónima de Capital Variable, Carsal, Sociedad Anónima, Maragojipe, Sociedad Anónima de Capital Variable, Mathies y Compañía, Sociedad Anónima de Capital Variable, Arábigo, Sociedad Anónima de Capital Variable, Unidos, Sociedad Anónima de Capital Variable, La Escondida, Sociedad Anónima, Santa Eduviges, Sociedad Anónima y Beneficio La Joya, Sociedad Anónima de Capital Variable, tomado en sesión celebrada con fecha veintiocho de julio del año del Capital Social, o sea 83,463 acciones y se tomará resolución, con igual proporción. En caso de que a la hora señalada no hubiere quórum se cita en SEGUNDA CONVOCATORIA a las DIEZ HORAS del día DIECISIETE DE AGOSTO del corriente año, en la dirección ya mencionada y será necesario que esté presente la mitad más una de las acciones o sea 55,643 acciones. Se tomará resolución con el 75% de las acciones presentes. ASHLEY ELIZABETH WHITTREDGE, PRESIDENTA. San Salvador, a los diecisiete días del mes de julio de dos mil doce. KYLE MADRA KLECAK, SECRETARIA. LIC. JOSÉ ARMANDO MARÍN GARCÍA, SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

114 114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 CONVOCATORIA PILAR. S.A. DE C.V. La Infrascrita TERCER DIRECTORA de la sociedad PILAR, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia PILAR, S.A. DE C.V., del domicilio de la ciudad y departamento de Santa Ana. CONVOCA: A su accionista, para que asistan a la Junta General de Accionistas, para tratar asuntos de carácter Ordinario, que se celebrará el día Sábado once de agosto de 2012, a partir de las quince horas, en la siguiente dirección 12 Calle Poniente Número 2517, Colonia Flor Blanca, San Salvador en primera convocatoria. La agenda a tratar es la siguiente: PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO 1. Comprobación de Quórum. 2. Lectura y Aprobación del Acta de la sesión anterior. 3. Elección de la nueva Junta Directiva la cual estará conformada por tres miembros Propietarios los cuales se designarán Director Presidente, Director Secretario y Tercer Director, así como la elección de los tres Directores Suplentes electos en igual forma que los miembros Propietarios, para suplir las vacantes. 4. Liquidación por la venta de dos inmuebles de naturaleza urbanos, propiedad de la sociedad, ubicados en los suburbios del Barrio El Ángel, de la ciudad y departamento de Sonsonate, el primero de una extensión superficial de CINCUENTA COMUNICA QUE: Se ha presentado el propietario del Certificado de Depósito a Plazo Fijo No , por la cantidad de US$21, a un plazo de 180, en Agencia CENTRAL, ubicada en prolongación AREAS CUARENTA CENTIAREAS, equivalentes a Alameda Juan Pablo II e intersección Boulevard Constitución frente a CINCO MIL CUARENTA METROS CUADRADOS, y gasolinera UNO, solicitando reposición de dicho certificado. el segundo de una extensión superficial de SESENTA Y Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los CINCO AREAS CINCUENTA Y OCHO CENTIAREAS, efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después equivalentes a SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna, OCHO METROS CUADRADOS, los cuales se vendieron se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. por la suma de QUINIENTOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNI- DOS DE AMERICA, ($ 500,492.00). San Salvador, 17 de Julio del Ratificación de las actuaciones anteriores por la Junta Directiva. En caso de no establecerse el quórum requerido para realizar esta sesión en primera convocatoria por esta misma, se convoca a los accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria en segunda convocatoria el día doce de agosto de 2012, a partir de las quince horas, en el mismo lugar señalado para la primera convocatoria. Para la segunda convocatoria; para conocer de los puntos de carácter Ordinario se considerará válidamente constituida, al encontrarse presente y/o representadas cualquiera que sea el número de acciones presente y/o representada, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. San Salvador, diecisiete de julio de dos mil doce. MARIA DEL CARMEN PILAR MAGDALENA COSTA CARMONA DE LACAYO, DUI # TERCER DIRECTOR. REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS COMEDICA DE R.L. AVISO 3 v. alt. No. F Cualquier otro asunto sometido legalmente por los accionistas. La Junta General se tendrá por legalmente reunida en primera convocatoria, para conocer de los puntos de carácter ORDINARIO, al encontrarse presentes y/o representadas, por lo menos la mitad más una de la totalidad de las acciones que conforman el capital social, las resoluciones se verán válidas si son tomadas por la mayoría de los votantes presentes y/o representados. ZAIDA LOPEZ, JEFE AGENCIA CENTRAL, COMEDICA DE R.L. AGENCIA CENTRAL. 3 v. alt. No. F

115 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de AVISO AVISO EL BANCO AGRICOLA, S.A. EL BANCO AGRICOLA, S.A. AVISA: Que en su Agencia Usulután, de la ciudad de Usulután, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 120 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 16 de Julio de BANCO AGRICOLA, S.A. VICTOR CANALES JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. EL BANCO AGRICOLA, S.A. AVISO 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia Usulután, de la ciudad de Usulután, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 06 de Julio de AVISA: Que en su Agencia Chalchuapa, de la ciudad de Chalchuapa, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 30 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 06 de Julio de BANCO AGRICOLA, S.A. VICTOR CANALES DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. EL BANCO AGRICOLA, S.A. AVISO 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia Metrocentro Santa Ana, de la ciudad de Santa Ana, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 04/07/2011 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 06 de Julio de BANCO AGRICOLA, S.A. BANCO AGRICOLA, S.A. VICTOR CANALES JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. VICTOR CANALES DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

116 116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 AVISO AVISO EL BANCO AGRICOLA, S.A. AVISA: Que en su Agencia Ruta Militar, de la ciudad de San Miguel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 04/07/2011 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 06 de Julio de BANCO AGRICOLA, S.A. VICTOR CANALES JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. EL BANCO AGRICOLA, S.A. AVISO 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia Los Próceres, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 28/06/2012 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 06 de Julio de BANCO AGRICOLA, S.A. VICTOR CANALES JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F EL BANCO AGRICOLA, S.A. AVISA: Que en su Agencia Usulután, de la ciudad de Usulután, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 16 de Julio de BANCO AGRICOLA, S.A. VICTOR CANALES JEFE DEPTO. DE CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. FUSION DE SOCIEDADES 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL OR- DINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, SEÑORA MARINA DINORAH RIVERA DE MIRANDA de la SOCIEDAD SALMAR, S.A. DE C.V., la cual se encuentra Inscrita en el Registro de Comercio bajo el número Treinta y Cinco del Libro quinientos Cincuenta y Tres del Registro de Sociedades. CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas que legalmente lleva esta sociedad se encuentra asentada la Acta Número Ochenta y Dos de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionista, celebrada en las oficinas de Inlama, S.A. DE C.V., situadas en Boulevard del Hipódromo No. 645, Col. San Benito, de esta ciudad, a las doce horas con treinta minutos del día veintiocho de julio de dos mil diez, en la que consta que en su punto número uno de carácter extraordinario que literalmente dice: "1. Acuerdo de la Fusión de la Sociedad SALMAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE con las sociedades: Inmobiliaria, Sociedad Anónima de Capital Variable, Carsal, Sociedad Anónima, Maragojipe, Sociedad Anónima de Capital Variable, Mathies y Compañía, Sociedad Anónima de Capital Variable, Arábigo, Sociedad Anónima de Capital Variable, Unidos, Sociedad Anónima de Capital variable, La Escondida, Sociedad Anónima, Santa Eduviges, Sociedad Anónima y Beneficio La Joya, Sociedad Anónima de Capital Variable; La Sociedad SALMAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, será la absorbente y las demás serán las Sociedades Incorporadas.

117 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de La Administración de la Sociedad sometió a consideración de los accionistas la conveniencia financiera y administrativa que para la Sociedad representaría unificar sus esfuerzos comerciales con otras sociedades afines; los accionistas presentes o representados, después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad acuerdan: a) La fusión por absorción de esta sociedad con las sociedades: Inmobiliaria, Sociedad Anónima de Capital Variable, Carsal, Sociedad Anónima, Maragojipe, Sociedad Anónima de Capital Variable, Mathies y Compañía, Sociedad Anónima de Capital Variable, Arábigo, Sociedad Anónima de Capital Variable, Unidos, Sociedad Anónima de Capital variable, La Escondida, Sociedad Anónima, Santa Eduviges, Sociedad Anónima y Beneficio La Joya, Sociedad Anónima de Capital Variable; La Sociedad SALMAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, será la absorbente y las demás serán las Sociedades Incorporadas. b) Designar al representante legal de esta sociedad para que con los representantes legales de todas las sociedades a fusionarse, elaboren un proyecto de bases de fusión y modalidades necesarias que hay que efectuar en el Pacto Social de la Sociedad Absorbente, el cual se someterá oportunamente a la consideración y aprobación de la Junta General extraordinaria de Accionistas". Y para ser presentada en el Registro de Comercio, se extiende la presente en San Salvador, a las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del día veinte de septiembre del año dos mil diez. LICDA. MARINA DINORAH RIVERA DE MIRANDA, SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. 3 v. alt. No. F Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, MARCA INDUSTRIAL No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 28.. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, OZ THE GREAT AND POWERFUL Consistente en: las palabras OZ THE GREAT AND POWER- FUL, que se traducen al castellano como OZ El Gran y Poderoso, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES, JUEGOS Y ARTICULOS DE JUGUETE; ARTÍCULOS DE GIMNASIA Y DEPORTE (EXCEP- TO ROPA); ADORNOS EN FORMA DE MEDIAS O CALCETAS DECORATIVAS CON MOTIVOS NAVIDEÑOS (DE JUGUETE); ADORNOS Y DECORACIONES PARA ÁRBOLES DE NAVIDAD; BOLAS O GLOBOS DE NIEVE. Clase: 28. La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil doce. catorce de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: SECRETARIA. 3 v. alt. No. C CLASE: 41.. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Consistente en: diseño identificado como Shere Khan, que servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACIÓN; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO Y JUEGOS EN LÍNEA [DESDE UNA RED INFORMÁTICA]; SERVICIOS DE PRODUCCIÓN, PRESENTACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y RENTA DE PELÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS; SERVICIOS DE PRODUC- CIÓN, PRESENTACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y RENTA DE PROGRA- MAS DE RADIO Y TELEVISIÓN: SERVICIOS DE PRODUCCIÓN, PRESENTACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y RENTA DE GRABACIONES DE SONIDO Y VÍDEO; SERVICIOS INFORMATIVOS SOBRE ESPARCIMIENTO; ENTRETENIMIENTO INTERACTIVO EN LÍNEA; SERVICIOS DE PRODUCCIÓN DE ESPECTÁCULOS DE ENTRETENIMIENTO Y PROGRAMAS INTERACTIVOS PARA DISTRIBUIRSE VÍA TELEVISIÓN, CABLE, SATÉLITE, MEDIOS DE AUDIO Y VÍDEO, CARTUCHOS, DISCOS LÁSER,

118 118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 DISCOS PARA COMPUTADORAS Y MEDIOS ELECTRÓNICOS; SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS DE PROVISIÓN DE ESPARCIMIENTO, NOTICIAS E INFORMACIÓN VÍA REDES DE COMUNICACIÓN Y REDES DE COMPUTADORAS; SERVICIOS DE PARQUES DE DIVERSIONES Y PARQUES TEMÁTICOS; PRO- VISIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS Y DE ESPARCIMIENTO RE- LACIONADOS O PRESTADOS EN O CON PARQUES TEMÁTICOS; PRESENTACIONES ESCÉNICAS EN VIVO; PRESENTACIONES DE ACTUACIONES EN VIVO; PRODUCCIONES TEATRALES; SERVICIOS DE ANIMADORES. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día treinta de mayo del año dos mil doce. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, cuatro de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, RELOJERÍA E INSTRUMENTOS CRONOMÉTRICOS; DESPERTA- DORES; HEBILLAS DE METALES PRECIOSOS; PUNTAS DE ME- TALES PRECIOSOS PARA CORBATAS DE LAZO; BRAZALETES; BUSTOS DE METALES PRECIOSOS; APAGAVELAS DE METALES PRECIOSOS; CANDELABROS DE METALES PRECIOSOS; DIJES [COLGANTES]; RELOJ [PÉNDULO] [RELOJERÍA]; ARETES; JOYEROS DE METALES PRECIOSOS; CADENAS [BISUTERIA]; LLAVEROS DE FANTASÍA O DE METALES PRECIOSOS; ALFI- LERES [BISUTERÍA]; ABRECARTAS DE METALES PRECIOSOS; CADENILLAS [COLLARES]; COLLARES; SUJETADORES PARA CORBATAS [DE METALES PRECIOSOS]; MONEDAS; ALFILE- RES DE ADORNO; PENDIENTES; ANILLOS; PASADORES PARA CORBATAS DE LAZO; CRONÓMETROS CON PARADA; SUJETA CORBATAS; PASADOR DE CORBATA; ALFILERES DE CORBA- TA; RELOJES DE PARED; PULSERAS DE RELOJES; CARCASAS DE RELOJES; CADENAS DE RELOJES; CORREAS DE RELOJES; RELOJES DE BOLSILLO; SORTIJAS DE MATRIMONIO; RELOJES DE PULSERA. Clase: 14. La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos mil doce. seis de junio del año dos mil doce. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 14. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C Consistente en: un diseño identificado como Winnie The Pooh, que servirá para: AMPARAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIO- NES, ASÍ COMO PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS O CHAPA- DOS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ARTÍCULOS DE JOYERÍA, BISUTERÍA, PIEDRAS PRECIOSAS; ARTÍCULOS DE. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney

119 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 14.. Consistente en: un diseño identificado como Woozles, que servirá para: AMPARAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, ASI COMO PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS O CHAPADOS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ARTICULOS DE JOYERIA, BISUTERÍA, PIEDRAS PRECIOSAS; ARTICULOS DE RELOJERIA E INSTRUMENTOS CRONOMÉTRICOS; DESPERTADORES; HEBILLAS DE METALES PRECIOSOS; PUNTAS DE METALES PRECIOSOS PARA CORBATAS DE LAZO; BRAZALETES; BUS- TOS DE METALES PRECIOSOS; APAGAVELAS DE METALES PRECIOSOS; CANDELABROS DE METALES PRECIOSOS; DIJES [COLGANTES]; RELOJ [PÉNDULO] [RELOJERIA]; ARETES; JOYEROS DE METALES PRECIOSOS; CADENAS [BISUTERIA]; LLAVEROS DE FANTASIA O DE METALES PRECIOSOS; ALFI- LERES [BISUTERÍA]; ABRECARTAS DE METALES PRECIOSOS; CADENILLAS [COLLARES]; COLLARES; SUJETADORES PARA CORBATAS [DE METALES PRECIOSOS]; MONEDAS; ALFILE- RES DE ADORNO; PENDIENTES; ANILLOS; PASADORES PARA CORBATAS DE LAZO; CRONÓMETROS CON PARADA; SUJETA CORBATAS; PASADOR DE CORBATA; ALFILERES DE CORBA- TA; RELOJES DE PARED; PULSERAS DE RELOJES; CARCASAS DE RELOJES; CADENAS DE RELOJES; CORREAS DE RELOJES; RELOJES DE BOLSILLO; SORTIJAS DE MATRIMONIO; RELOJES DE PULSERA. Clase: 14. La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos mil doce. catorce de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: un diseño identificado como Heffalumps, que servirá para: AMPARAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, ASÍ COMO PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS O CHAPADOS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ARTÍCULOS DE JOYERÍA, BISUTERÍA, PIEDRAS PRECIOSAS; ARTÍCULOS DE RELOJERÍA E INSTRUMENTOS CRONOMÉTRICOS; DESPERTADORES; HEBILLAS DE METALES PRECIOSOS; PUNTAS DE METALES PRECIOSOS PARA CORBATAS DE LAZO; BRAZALETES; BUS- TOS DE METALES PRECIOSOS; APAGAVELAS DE METALES PRECIOSOS; CANDELABROS DE METALES PRECIOSOS; DIJES [COLGANTES]; RELOJ [PÉNDULO] [RELOJERÍA]; ARETES; JOYEROS DE METALES PRECIOSOS; CADENAS [BISUTERÍA]; LLAVEROS DE FANTASÍA O DE METALES PRECIOSOS; ALFI- LERES [BISUTERÍA]; ABRECARTAS DE METALES PRECIOSOS; CADENILLAS [COLLARES]; COLLARES; SUJETADORES PARA CORBATAS [DE METALES PRECIOSOS]; MONEDAS; ALFILE- RES DE ADORNO; PENDIENTES; ANILLOS; PASADORES PARA CORBATAS DE LAZO; CRONÓMETROS CON PARADA; SUJETA CORBATAS; PASADOR DE CORBATA; ALFILERES DE CORBA- TA; RELOJES DE PARED; PULSERAS DE RELOJES; CARCASAS DE RELOJES; CADENAS DE RELOJES; CORREAS DE RELOJES; RELOJES DE BOLSILLO; SORTIJAS DE MATRIMONIO; RELOJES DE PULSERA. Clase: 14. La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos mil doce. cinco de junio del año dos mil doce. REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

120 120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 20. COLGANTES PARA LLAVEROS QUE NO SEAN DE METAL; MUEBLES DE JARDÍN: CANAPES [DIVANES]: REVISTEROS; COLCHONES; DECORACIONES NO NAVIDEÑAS HECHAS DE. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, SEAN DE MATERIA TEXTIL NI DE PAPEL; DECORACIONES DE MATERIAS PLÁSTICAS PARA ALIMENTOS Y PASTELES; CONCHAS; SACOS DE DORMIR PARA CAMPING; MESAS; CA- Consistente en: un diseño identificado como Diseño de Christopher JAS DE JUGUETES; PARAGÜEROS; PERSIANAS DE INTERIOR Robin, que servir para: AMPARAR: MUEBLES, ESPEJO, MARCOS; PARA VENTANAS [MOBILIARIO]; MÓVILES DECORATIVOS PRODUCTOS DE MADERA, CORCHO, CAÑA, JUNCO, HUESO, QUE PRODUCEN SONIDOS CUANDO LOS MUEVE EL VIENTO; MARFIL, BALLENA, CONCHA, ÁMBAR, NÁCAR, ESPUMA BARRAS DE CORTINA. Clase: 20. DE MAR, SUCEDÁNEOS DE TODOS ESTOS MATERIALES O La solicitud fue presentada el día treinta de mayo del año dos mil DE MATERIAS PLÁSTICAS, NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; COLCHONES DE AIRE PARA USAR EN CAMPING: CUNAS: CAMAS; BANCOS [MUEBLES]; LIBRERAS; GABINETES; SILLAS; CABALLETES O CLIPS PARA SOSTENER O MOSTRAR FOTOGRAFÍAS: PERCHEROS [MUEBLES]: MUEBLES PARA COMPUTADORAS; BANDEJAS QUE SE ATORNILLAN A ES- CRITORIOS PARA COLOCAR TECLADOS DE COMPUTADORA; CAMAS PLEGABLES; SOFÁS: MÓVILES [OBJETOS PARA LA DECORACIÓN]; PUPITRES, ESCRITORIOS: PLACAS DE PIE- DRA CORTADAS Y GRABADAS [DECORACIÓN]; FIGURITAS [ESTATUILLAS] DE HUESO, DE YESO, DE MATERIAS PLÁSTI- HUESO, DE YESO, DE MATERIAS PLÁSTICAS, DE CERA O DE MADERA; SOFÁS OTOMANOS; DECORACIONES PLÁSTICAS PARA FIESTAS; PEDESTALES PARA JARRONES DE FLORES; MARCOS [PARA ENMARCAR]; ALMOHADAS; PEDESTALES PARA PLANTAS HECHOS DE ALAMBRE Y METAL; APLIQUES MURALES DECORATIVOS [MOBILIARIO] QUE NO SEAN DE MATERIALES TEXTILES; BANDERAS DE PLÁSTICO QUE NO SEAN DE MATERIA TEXTIL NI DE PAPEL; PLACAS PARA NOM- BRES DE MATERIAS PLÁSTICAS; PLACAS DE IDENTIDAD DE MATERIAS PLÁSTICAS: BANDERINES DE PLÁSTICO QUE NO doce. ocho de junio del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. CAS, DE CERA O DE MADERA; ASTILES; TABURETES; PIEZAS DE MOBILIARIO [MUEBLES]; DECORACIONES PLÁSTICAS LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA. PARA ENVOLTORIOS DE REGALOS; ABANICOS: ESPEJOS DE MANO; JOYEROS QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS; 3 v. alt. No. C

121 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 28,. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: un diseño identificado como diseño de Bagheera, que servirá para: AMPARAR: JUEGOS Y JUGUETES; ARTÍCULOS DE GIMNASIA Y DEPORTE NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ADORNOS PARA ARBOLES DE NAVIDAD; JUEGOS DE ACCIÓN Y DESTREZA; MUÑECOS CON MOVIMIENTO Y SUS ACCESORIOS; JUEGOS DE MESA; CARTAS PARA JUEGOS [TARJETAS]; JUGUETES PARA ACTIVIDADES MÚLTIPLES; ESTUCHES DE JUEGOS DE BADMINTON; GLOBOS; BATES PARA JUGAR BÉISBOL; PELOTAS DE BALONCESTO; JUGUETES PARA EL BAÑO; PELOTAS DE BÉISBOL; PELOTAS PARA LA PLAYA; FIGURAS RELLENAS DE BOLITAS QUE SIRVEN PARA JUGAR; MUÑECOS DE TRAPO; BLOQUES DE CONSTRUCCIÓN [JUGUETES]; BOLAS DE BOLICHE; ESTUCHES DE PALETAS (BURBUJEROS) Y SOLUCIÓN PARA HACER BURBUJAS; GUANTES DE BÉISBOL; JUEGOS DE AJEDREZ; COSMÉTICOS DE JUGUETE PARA NIÑOS; ADORNOS EN FORMA DE MEDIAS O CALCETAS DECORATIVAS CON MOTIVOS NAVIDEÑOS (DE SETS DE JUEGOS PARA MUÑECOS; JUGUETES ELÉCTRICOS DE ACCIÓN; ESTUCHES VENDIDOS COMO UNIDADES PARA JUEGOS DE CARTAS; APAREJOS DE PESCA; PELOTAS DE GOLF; GUANTES DE GOLF; MARCADORES DE PELOTAS DE GOLF; JUEGOS ELECTRÓNICOS PORTATILES O DE MANO; PUCKS DE HOCKEY (QUE SE USAN EN EL JUEGO DE HOCKEY EN VEZ DE PELOTAS); JUGUETES INFLABLES; ROMPECABEZAS; CUERDAS PARA SALTAR; PISCUCHAS; JUEGOS DE TRUCOS MÁGICOS; CANICAS PARA JUGAR; JUEGOS DE MANIPULEO; JUGUETES MECÁNICOS; CAJAS DE MÚSICA DE JUGUETE; JU- GUETES MUSICALES; JUEGOS DE SALÓN; OBSEQUIOS PARA FIESTAS, EN LA FORMA DE JUGUETES PEQUEÑOS; JUEGOS PARA FIESTAS; JUEGOS DE CARTAS [NAIPES]; JUGUETES DE PELUCHE; PELOTAS DE BOXEO; MARIONETAS, TITERES; PATINES DE RUEDA; TABLAS (SNOWBOARDS); BOLAS O GLOBOS DE NIEVE; PELOTAS DE GOMA; MONOPATINES; PELOTAS DE FÚTBOL; PEONZAS [JUGUETES]; JUGUETES QUE SE COMPRIMEN: JUGUETES AFELPADOS; MESAS PARA PING-PONG [TENIS DE MESA]; JUEGOS DE PUNTERÍA; OSOS DE PELUCHE: PELOTAS DE TENIS; FIGURAS DE JUGUETE CON MOVIMIENTO: JUEGO DE PALAS Y CUBETAS DE JUGUETE: MÓVILES [JUGUETES]; VEHÍCULOS DE JUGUETE; MONOPATI- NETAS NO MOTORIZADAS, PATINETES: CARROS DE JUGUETE: ESTUCHES DE JUGUETE CON MODELOS DE MANUALIDADES; FIGURITAS (ESTATUILLAS) DE JUGUETE; ALCANCÍAS DE JUGUETE; CAMIONES DE JUGUETE; RELOJES DE JUGUETE: JUGUETES QUE TIRAN CHORROS DE AGUA; JUGUETES DE CUERDA: YOYOS. Clase: 28. La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos mil doce. cinco de junio del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. JUGUETE); FIGURAS DE JUGUETE PARA COLECCIONAR; MÓ- VILES PARA CUNAS; JUGUETES PARA CUNAS; JUGUETES EN FORMA DE DISCOS PARA LANZAR, DISCOS VOLANTES; MU- ÑECOS; VESTIDOS DE MUÑECOS; ACCESORIOS DE MUÑECOS; LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

122 122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente : No. de Presentación: CLASE: 28. NETAS NO MOTORIZADAS, PATINETES; CARROS DE JUGUETE; ESTUCHES DE JUGUETE CON MODELOS DE MANUALIDADES; FIGURITAS (ESTATUILLAS) DE JUGUETE; ALCANCÍAS DE JUGUETE; CAMIONES DE JUGUETE; RELOJES DE JUGUETE; JUGUETES QUE TIRAN CHORROS DE AGUA; JUGUETES DE CUERDA; YO-YOS. Clase: 28. La solicitud fue presentada el día treinta de mayo del año dos mil doce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: un diseño identificado como diseño de Baloo, que servirá para: AMPARAR: JUEGOS Y JUGUETES; ARTÍCULOS DE GIMNASIA Y DEPORTE NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ADORNOS PARA ARBOLES DE NAVIDAD; JUEGOS DE ACCIÓN Y DESTREZA; MUÑECOS CON MOVIMIENTO Y SUS ACCESORIOS; JUEGOS DE MESA; CARTAS PARA JUEGOS [TARJETAS]; JUGUETES PARA ACTIVIDADES MÚLTIPLES; ESTUCHES DE JUEGOS DE BADMINTON; GLOBOS; BATES PARA JUGAR BÉISBOL; PELOTAS DE BALONCESTO; JUGUETES PARA EL BAÑO; PELOTAS DE BÉISBOL; PELOTAS PARA LA PLAYA; FIGURAS RELLENAS DE BOLITAS QUE SIRVEN PARA JUGAR; MUÑECOS DE TRAPO; BLOQUES DE CONSTRUCCIÓN [JUGUETES]; BOLAS DE BOLICHE; ESTUCHES DE PALETAS (BURBUJEROS) Y SOLUCIÓN PARA HACER BURBUJAS; GUANTES DE BÉISBOL; JUEGOS DE AJEDREZ; COSMÉTICOS DE JUGUETE PARA NIÑOS; ADORNOS EN FORMA DE MEDIAS O CALCETAS DECORATIVAS CON MOTIVOS NAVIDEÑOS (DE JUGUETE); FIGURAS DE JUGUETE PARA COLECCIONAR; MÓ- VILES PARA CUNAS; JUGUETES PARA CUNAS; JUGUETES EN FORMA DE DISCOS PARA LANZAR, DISCOS VOLANTES; MU- ÑECOS; VESTIDOS DE MUÑECOS; ACCESORIOS DE MUÑECOS; SETS DE JUEGOS PARA MUÑECOS; JUGUETES ELÉCTRICOS DE ACCIÓN; ESTUCHES VENDIDOS COMO UNIDADES PARA JUEGOS DE CARTAS; APAREJOS DE PESCA; PELOTAS DE GOLF; GUANTES DE GOLF; MARCADORES DE PELOTAS DE GOLF; JUEGOS ELECTRÓNICOS PORTATILES O DE MANO; PUCKS DE HOCKEY (QUE SE USAN EN EL JUEGO DE HOCKEY EN VEZ DE PELOTAS); JUGUETES INFLABLES; ROMPECABEZAS; CUERDAS PARA SALTAR; PISCUCHAS; JUEGOS DE TRUCOS MAGICOS; CANICAS PARA JUGAR; JUEGOS DE MANIPULEO; JUGUETES MECANICOS; CAJAS DE MÚSICA DE JUGUETE; JU- GUETES MUSICALES; JUEGOS DE SALÓN; OBSEQUIOS PARA FIESTAS, EN LA FORMA DE JUGUETES PEQUEÑOS; JUEGOS PARA FIESTAS; JUEGOS DE CARTAS [NAIPES]; JUGUETES DE PELUCHE; PELOTAS DE BOXEO; MARIONETAS, TÍTERES; PATINES DE RUEDA; TABLAS (SNOWBOARDS); BOLAS O GLOBOS DE NIEVE; PELOTAS DE GOMA; MONOPATINES; PELOTAS DE FÚTBOL; PEONZAS [JUGUETES]; JUGUETES QUE SE COMPRIMEN; JUGUETES AFELPADOS; MESAS PARA PING-PONG [TENIS DE MESA]; JUEGOS DE PUNTERÍA; OSOS DE PELUCHE; PELOTAS DE TENIS; FIGURAS DE JUGUETE CON MOVIMIENTO; JUEGO DE PALAS Y CUBETAS DE JUGUETE; MÓVILES [JUGUETES]; VEHÍCULOS DE JUGUETE; MONOPATI- ocho de Junio del año dos mil doce. No. de Expediente: MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN, No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: diseño identificado como WOOZLES, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFI- COS, ÓPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSE- ÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGU- LACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS Y MECANIS- MOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADO- RAS, MÁQUINA DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; DISCOS DE AUDIO; GRABACIONES DE AUDIO; GRABACIONES DE AUDIO Y VIDEO;

123 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de PARLANTES DE AUDIO; BINOCULARES (GEMELOS [ÓPTICA]); CALCULADORAS; VIDEOCAMARAS [CÁMCORDERS]; CAMA- RAS FOTOGRAFICAS; DISCOS COMPACTOS DE MEMORIA DE SÓLO LECTURA (CD-ROM); MECANISMOS DE ARRASTRE DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD-ROM DRIVES); QUEMADORES DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD-ROM WRITERS); TELÉFONOS CELULARES; ACCESORIOS PARA TELÉFONOS MÓVILES; ES- TUCHES PARA TELÉFONOS CELULARES; CHIPS [CIRCUITOS INTEGRADOS] QUE CONTENGAN GRABACIONES MUSICALES, CARÁTULAS PARA TELÉFONOS CELULARES; REPRODUCTO- RES DE DISCOS COMPACTOS; REGISTRADORES DE DISCOS COMPACTOS; DISCOS COMPACTOS; PROGRAMAS DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS; CARTUCHOS Y DISCOS DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS; ORDENADORES, COMPUTADORAS; EQUIPOS Y ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS (HARD- WARE); TECLADOS DE ORDENADORES; MONITORES PARA COMPUTADORAS; RATONES PARA COMPUTADORAS; DIS- QUETERAS PARA COMPUTADORAS; PROGRAMAS DE ORDE- NADOR REGISTRADOS, SOFTWARE PARA COMPUTADORAS; TELÉFONOS INALÁMBRICOS; IMANES DECORATIVOS; CÁ- MARAS DIGITALES; DVDS; REPRODUCTORES DE DISCOS DE VIDEO DIGITALES (DVDS); GRABADORES DE DVD; DISCOS VERSÁTILES DIGITALES; DISCOS DE VIDEO DIGITALES; DISCOS PREGRABADOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS; RE- PRODUCTORES DE DISCOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS Y GRABADORAS DE AUDIO, VIDEO Y DATOS DE ORDENADORES; CABLES ELÉCTRICOS Y ÓPTICOS; AGENDAS ELECTRÓNICAS PERSONALES; ESTUCHES PARA LENTES; LENTES, ANTEOJOS; REGLAS CALIBRADAS PARA OFICINA Y PAPELERÍA; CASCOS (DE MÚSICA) [AUDÍFONOS]; APARATOS DE KARAOKE; MI- CRÓFONOS; REPRODUCTORES DE SONIDO MP3; MÓDEMS; ALFOMBRILLAS PARA RATONES DE COMPUTADORAS; PE- LÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS; GRABACIONES MUSICALES; DISPOSITIVOS DE BUSCA PERSONAS; WALKMAN; ASISTENTES DIGITALES PERSONALES; IMPRESORAS; RADIOS; GAFAS DE SOL; APARATOS TELEFÓNICOS; APARATOS DE TELEVISIÓN; CÁMARAS DE VIDEO; GRABADORES DE CASSETTES DE VIDEO; REPRODUCTORES DE CASSETTES DE VIDEO; CARTUCHOS DE VIDEO-JUEGOS; DISCOS PARA JUEGOS DE VIDEO; CASSETTES DE VIDEO; VIDEO-TELÉFONOS; GRABACIONES DE VIDEO; RADIOTELÉFONO PORTÁTIL [WALKIE-TALKIES]; ALMOHA- DILLAS PARA APOYAR LA MUÑECA Y EL BRAZO PARA USAR CON LAS COMPUTADORAS. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos mil doce. cuatro de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente No. de Presentación: CLASE: 09. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: diseño identificado como Mowgli, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁU- TICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBU- CIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MA- QUINA DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; DISCOS DE AUDIO; GRABACIONES DE AUDIO; GRABACIONES DE AUDIO Y VIDEO; PARLANTES DE AUDIO; BINOCULARES (GEMELOS [ÓPTICA]); CALCULADORAS; VIDEOCÁMARAS [CÁMCORDERS]; CÁMA- RAS FOTOGRÁFICAS; DISCOS COMPACTOS DE MEMORIA DE SÓLO LECTURA (CD-ROM); MECANISMOS DE ARRASTRE DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD-ROM DRIVES); QUEMADORES DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD-ROM WRITERS); TELÉFONOS CELULARES; ACCESORIOS PARA TELÉFONOS MÓVILES; ES- TUCHES PARA TELÉFONOS CELULARES;, CHIPS [CIRCUITOS INTEGRADOS] QUE CONTENGAN GRABACIONES MUSICALES, CARÁTULAS PARA TELÉFONOS CELULARES; REPRODUCTO- RES DE DISCOS COMPACTOS; REGISTRADORES DE DISCOS COMPACTOS; DISCOS COMPACTOS; PROGRAMAS DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS; CARTUCHOS Y DISCOS DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS; ORDENADORES, COMPUTADORAS; EQUIPOS Y ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS (HARD- WARE); TECLADOS DE ORDENADORES; MONITORES PARA COMPUTADORAS; RATONES PARA COMPUTADORAS; DIS- QUETERAS PARA COMPUTADORAS; PROGRAMAS DE ORDE- NADOR REGISTRADOS, SOFTWARE PARA COMPUTADORAS; TELÉFONOS INALÁMBRICOS; IMANES DECORATIVOS; CÁ- MARAS DIGITALES; DVDS; REPRODUCTORES DE DISCOS DE VIDEO DIGITALES (DVDS); GRABADORES DE DVD; DISCOS

124 124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 VERSÁTILES DIGITALES; DISCOS DE VIDEO DIGITALES; DISCOS PREGRABADOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS; RE- PRODUCTORES DE DISCOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS Y GRABADORAS DE AUDIO, VIDEO Y DATOS DE ORDENADORES; CABLES ELÉCTRICOS Y ÓPTICOS; AGENDAS ELECTRÓNICAS PERSONALES; ESTUCHES PARA LENTES; LENTES, ANTEOJOS; REGLAS CALIBRADAS PARA OFICINA Y PAPELERIA; CASCOS (DE MÚSICA) [AUDIFONOS]; APARATOS DE KARAOKE; MI- CRÓFONOS; REPRODUCTORES DE SONIDO MP3; MÓDEMS; ALFOMBRILLAS PARA RATONES DE COMPUTADORAS; PE- LICULAS CINEMATOGRÁFICAS; GRABACIONES MUSICALES; DISPOSITIVOS DE BUSCA PERSONAS; WALKMAN; ASISTENTES DIGITALES PERSONALES; IMPRESORAS; RADIOS; GAFAS DE SOL: APARATOS TELEFÓNICOS; APARATOS DE TELEVISIÓN; CÁMARAS DE VIDEO; GRABADORES DE CASSETTES DE VIDEO; REPRODUCTORES DE CASSETTES DE VIDEO; CARTUCHOS DE VIDEO-JUEGOS; DISCOS PARA JUEGOS DE VIDEO; CASSETTES DE VIDEO; VIDEO-TELÉFONOS; GRABACIONES DE VIDEO; RADIOTELÉFONO PORTÁTIL [WALKIE-TALKIES]; ALMOHA- DILLAS PARA APOYAR LA MUÑECA Y EL BRAZO PARA USAR CON LAS COMPUTADORAS. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos mil doce. cuatro de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. No. de Expediente : No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: diseño identificado como Tigger, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTIFICOS, NÁU- TICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBU- CIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MA- QUINA DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; DISCOS DE AUDIO; GRABACIONES DE AUDIO; GRABACIONES DE AUDIO Y VIDEO; PARLANTES DE AUDIO; BINOCULARES (GEMELOS [ÓPTICA]); CALCULADORAS; VIDEOCÁMARAS [CÁMCORDERS]; CÁMA- RAS FOTOGRÁFICAS; DISCOS COMPACTOS DE MEMORIA DE SÓLO LECTURA (CD-ROM); MECANISMOS DE ARRASTRE DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD-ROM DRIVES); QUEMADORES DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD-ROM WRITERS); TELÉFONOS CELULARES; ACCESORIOS PARA TELÉFONOS MÓVILES; ES- TUCHES PARA TELÉFONOS CELULARES; CHIPS [CIRCUITOS INTEGRADOS] QUE CONTENGAN GRABACIONES MUSICALES, CARÁTULAS PARA TELÉFONOS CELULARES; REPRODUCTO- RES DE DISCOS COMPACTOS; REGISTRADORES DE DISCOS COMPACTOS; DISCÓS COMPACTOS; PROGRAMAS DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS; CARTUCHOS Y DISCOS DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS; ORDENADORES, COMPUTADORAS; EQUIPOS Y ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS (HARD- WARE); TECLADOS DE ORDENADORES; MONITORES PARA COMPUTADORAS; RATONES PARA COMPUTADORAS; DIS- QUETERAS PARA COMPUTADORAS; PROGRAMAS DE ORDE- NADOR REGISTRADOS, SOFTWARE PARA COMPUTADORAS; TELÉFONOS INALÁMBRICOS; IMANES DECORATIVOS; CÁ- MARAS DIGITALES; DVDS; REPRODUCTORES DE DISCOS DE VIDEO DIGITALES (DVDS); GRABADORES DE DVD; DISCOS VERSÁTILES DIGITALES; DISCOS DE VIDEO DIGITALES; DISCOS PREGRABADOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS; RE- PRODUCTORES DE DISCOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS Y GRABADORAS DE AUDIO, VIDEO Y DATOS DE ORDENADORES; CABLES ELÉCTRICOS Y ÓPTICOS; AGENDAS ELECTRÓNICAS PERSONALES; ESTUCHES PARA LENTES; LENTES, ANTEOJOS; REGLAS CALIBRADAS PARA OFICINA Y PAPELERIA; CASCOS (DE MÚSICA) [AUDIFONOS]; APARATOS DE KARAOKE; MI- CRÓFONOS; REPRODUCTORES DE SONIDO MP3; MÓDEMS; ALFOMBRILLAS PARA RATONES DE COMPUTADORAS; PE- LICULAS CINEMATOGRÁFICAS; GRABACIONES MUSICALES; DISPOSITIVOS DE BUSCA PERSONAS; WALKMAN; ASISTENTES DIGITALES PERSONALES; IMPRESORAS; RADIOS; GAFAS DE SOL; APARATOS TELEFÓNICOS; APARATOS DE TELEVISIÓN; CÁMARAS DE VIDEO; GRABADORES DE CASSETTES DE VIDEO; REPRODUCTORES DE CASSETTES DE VIDEO; CARTUCHOS DE VIDEO-JUEGOS; DISCOS PARA JUEGOS DE VIDEO; CASSETTES DE VIDEO; VIDEO-TELÉFONOS; GRABACIONES DE VIDEO; RADIOTELÉFONO PORTÁTIL [WALKIE -TALKIES]: ALMOHA- DILLAS PARA APOYAR LA MUÑECA Y EL BRAZO PARA USAR CON LAS COMPUTADORAS. Clase: 09.

125 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de La solicitud fue presentada el día treinta de mayo del año dos mil doce. cuatro de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentacion: CLASE: 09. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: diseño identificado como Bagheera, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁU- TICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBU- CIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MáQUINA DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; DISCOS DE AUDIO; GRABACIONES DE AUDIO; GRABACIONES DE AUDIO Y VIDEO; PARLANTES DE AUDIO; BINOCULARES (GEMELOS [ÓPTICA]); CALCULADORAS; VIDEOCÁMARAS [CAMCORDERS]; CÁMA- RAS FOTOGRÁFICAS; DISCOS COMPACTOS DE MEMORIA DE SÓLO LECTURA (CD-ROM); MECANISMOS DE ARRASTRE DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD-ROM DRIVES); QUEMADORES DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD-ROM WRITERS); TELÉFONOS CELULARES; ACCESORIOS PARA TELÉFONOS MÓVILES; ES- TUCHES PARA TELÉFONOS CELULARES; CHIPS [CIRCUITOS INTEGRADOS] QUE CONTENGAN GRABACIONES MUSICALES, CARÁTULAS PARA TELÉFONOS CELULARES; REPRODUCTO- RES DE DISCOS COMPACTOS; REGISTRADORES DE DISCOS COMPACTOS; DISCOS COMPACTOS; PROGRAMAS DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS; CARTUCHOS Y DISCOS DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS; ORDENADORES, COMPUTADORAS; EQUIPOS Y ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS (HARD- WARE); TECLADOS DE ORDENADORES; MONITORES PARA COMPUTADORAS; RATONES PARA COMPUTADORAS; DIS- QUETERAS PARA COMPUTADORAS; PROGRAMAS DE ORDE- NADOR REGISTRADOS, SOFTWARE PARA COMPUTADORAS; TELÉFONOS INALÁMBRICOS; IMANES DECORATIVOS; CÁ- MARAS DIGITALES; DVDS; REPRODUCTORES DE DISCOS DE VIDEO DIGITALES (DVDS); GRABADORES DE DVD; DISCOS VERSÁTILES DIGITALES: DISCOS DE VIDEO DIGITALES; DISCOS PREGRABADOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS; RE- PRODUCTORES DE DISCOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS Y GRABADORAS DE AUDIO, VIDEO Y DATOS DE ORDENADORES; CABLES ELÉCTRICOS Y ÓPTICOS; AGENDAS ELECTRÓNICAS PERSONALES; ESTUCHES PARA LENTES; LENTES, ANTEOJOS; REGLAS CALIBRADAS PARA OFICINA Y PAPELERÍA; CASCOS (DE MÚSICA) [AUDÍFONOS]; APARATOS DE KARAOKE; MI- CRÓFONOS; REPRODUCTORES DE SONIDO MP3; MÓDEMS; ALFOMBRILLAS PARA RATONES DE COMPUTADORAS; PE- LÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS; GRABACIONES MUSICALES; DISPOSITIVOS DE BUSCA PERSONAS; WALKMAN; ASISTENTES DIGITALES PERSONALES; IMPRESORAS; RADIOS; GAFAS DE SOL; APARATOS TELEFÓNICOS; APARATOS DE TELEVISIÓN; CÁMARAS DE VIDEO; GRABADORES DE CASSETTES DE VIDEO; REPRODUCTORES DE CASSETTES DE VIDEO; CARTUCHOS DE VIDEO-JUEGOS; DISCOS PARA JUEGOS DE VIDEO; CASSETTES DE VIDEO; VIDEO-TELÉFONOS; GRABACIONES DE VIDEO; RADIOTELÉFONO PORTÁTIL [WALKIE-TALKIES]; ALMOHA- DILLAS PARA APOYAR LA MUÑECA Y EL BRAZO PARA USAR CON LAS COMPUTADORAS. Clase: 09. La solicitud rue presentada el día veintinueve de mayo del año dos mil doce.

126 126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 cinco de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 16. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: un diseño denominado como Kaa, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRO- DUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DE DOMÉSTI- COS; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDACTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIALES PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARAC- TERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA; LIBROS PARA DIRECCIONES; ALMANAQUES; APLICACIONES EN FORMA DE CALCOMANÍAS; AGENDAS; OBJETOS DE ARTE LITOGRAFIA- DOS; ESTUCHES PARA ARTES Y MANUALIDADES; LIBROS PARA AUTÓGRAFOS; LIBROS PARA BEBÉS; BOLÍGRAFOS; TARJETAS INTERCAMBIABLES CON FIGURAS DEL BÉISBOL; ARCHIVADORES DE DOCUMENTOS, CARTAPACIOS; SUJETA LIBROS; SEÑALES PARA LIBROS; LIBROS; CALCOMANÍAS PARA CARROS; CALENDARIOS; TIRAS DE DIBUJOS ANIMA- DOS; CRAYONES; TARJETAS DE FELICITACIÓN CON MOTIVOS NAVIDEÑOS; TIZA PARA ESCRIBIR; PIZARRAS PARA ESCRIBIR; LIBROS DE ACTIVIDADES PARA NIÑOS; SALVAMANTELES DE PAPEL; ALBUMES PARA MONEDAS; LIBROS PARA COLOREAR; HOJAS PARA COLOREAR; LÁPICES DE COLORES; PERIÓDICOS DE TIRAS DE DIBUJOS; TIRAS CÓMICAS; LIBRETAS DE CU- PONES; CALCOMANÍAS; CENTROS DE MESA DECORATIVOS DE PAPEL: DIARIOS (PERSONALES); REGLAS DE DIBUJO; PIZARRAS BLANCAS; SOBRES [PAPELERÍA]; BORRADORES; PLUMONES; TARJETAS IMPRESAS; TARJETAS DE REGALO; PAPEL PARA ENVOLVER REGALOS; GLOBOS TERRESTRES; TARJETAS DE FELICITACIÓN; LIBROS DE HUÉSPEDES; REVIS- TAS [PERIÓDICOS]; MAPAS GEOGRAFICOS; MARCADORES; CUBOS DE PAPEL PARA NOTAS; ARCILLA PARA MODELAR, PLASTILINA; CIRCULARES; DIARIOS (PERIÓDICOS); PAPEL DE NOTAS; LIBRETAS: PAPEL PARA CUADERNOS; CUADROS [PINTURAS] ENMARCADOS O NO; BANDERAS [DE PAPEL]; OBJETOS DE PAPEL PARA FIESTAS; SOMBREROS DE PAPEL PARA FIESTAS; DECORACIONES DE PAPEL PARA PASTELES; DECORACIONES DE PAPEL PARA FIESTAS; SERVILLETAS DE MESA [DE PAPEL]; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PISA- PAPELES; LAZOS DE PAPEL [PAPELERÍA]; BANDERINES [DE PAPEL]; TAPETES DE PAPEL; MANTELES DE PAPEL; FORROS DE PLÁSTICO PARA MESA; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PORTA-PLUMAS Y PORTA-LAPICES; LÁPICES; SACAPUNTAS, ELÉCTRICOS O NO; PLUMIERES, ESTUCHES PARA LAPICEROS Y LAPICES; LAPICEROS, PLUMAS [ARTICULOS DE OFICINA]; PERIÓDICOS; ÁLBUMES PARA FOTOGRAFÍAS; CUADROS IMPRESOS, LÁMINAS [GRABADOS]; LIBROS ILUSTRADOS; RETRATOS; TARJETAS POSTALES; CARTELES; DIPLOMAS IMPRESOS; CERTIFICADOS IMPRESOS; INVITACIONES IM- PRESAS; MENÚS IMPRESOS; LIBROS DE RECETAS: SELLOS PARA ESTAMPILLAR; TARJETAS IMPRESAS PARA ANOTAR CUENTAS O PUNTAJES; ÁLBUMES DE ESTAMPILLAS Y SELLOS; ENGRAPADORAS; ADHESIVOS [ARTÍCULOS DE PAPELERÍA], ETIQUETAS ADHESIVAS (ARTÍCULOS DE PAPELERÍA); CAR- TAS INTERCAMBIABLES; REGLAS NO CALIBRADAS; PAPEL DE CARTAS; INSTRUMENTOS PARA ESCRIBIR; BRILLANTINA (GLITTER). Clase: 16. La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos mil doce. cinco de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

127 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 16. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: un diseño identificado como Heffalumps, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNA- CIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DE DOMÉSTICOS; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRI- BIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATE- RIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIALES PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IM- PRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA; LIBROS PARA DIRECCIONES; ALMANAQUES; APLICACIONES EN FORMA DE CALCOMANÍAS; AGENDAS; OBJETOS DE ARTE LITOGRAFIADOS; ESTUCHES PARA ARTES Y MANUALIDADES; LIBROS PARA AUTÓGRAFOS; LIBROS PARA BEBÉS; BOLÍGRAFOS; TARJETAS INTERCAM- BIABLES CON FIGURAS DEL BÉISBOL; ARCHIVADORES DE DOCUMENTOS, CARTAPACIOS; SUJETA LIBROS; SEÑALES PARA LIBROS; LIBROS; CALCOMANÍAS PARA CARROS; CA- LENDARIOS; TIRAS DE DIBUJOS ANIMADOS; CRAYONES; TARJETAS DE FELICITACIÓN CON MOTIVOS NAVIDEÑOS; TIZA PARA ESCRIBIR; PIZARRAS PARA ESCRIBIR; LIBROS DE ACTIVIDADES PARA NIÑOS; SALVAMANTELES DE PAPEL; ÁLBUMES PARA MONEDAS; LIBROS PARA COLOREAR; HOJAS PARA COLOREAR; LAPICES DE COLORES; PERIÓDICOS DE TIRAS DE DIBUJOS; TIRAS CÓMICAS; LIBRETAS DE CUPONES; CALCOMANÍAS; CENTROS DE MESA DECORATIVOS DE PA- PEL; DIARIOS (PERSONALES); REGLAS DE DIBUJO; PIZARRAS BLANCAS; SOBRES [PAPELERÍA]; BORRADORES; PLUMONES; TARJETAS IMPRESAS; TARJETAS DE REGALO; PAPEL PARA ENVOLVER REGALOS; GLOBOS TERRESTRES; TARJETAS DE FELICITACIÓN; LIBROS DE HUÉSPEDES; REVISTAS [PERIÓ- DICOS]; MAPAS GEOGRÁFICOS; MARCADORES; CUBOS DE PAPEL PARA NOTAS; ARCILLA PARA MODELAR, PLASTILINA; CIRCULARES; DIARIOS (PERIÓDICOS); PAPEL DE NOTAS; LI- BRETAS; PAPEL PARA CUADERNOS; CUADROS [PINTURAS] ENMARCADOS O NO; BANDERAS [DE PAPEL]; OBJETOS DE PAPEL PARA FIESTAS; SOMBREROS DE PAPEL PARA FIESTAS; DECORACIONES DE PAPEL PARA PASTELES; DECORACIONES DE PAPEL PARA FIESTAS; SERVILLETAS DE MESA [DE PAPEL]; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PISAPAPELES; LAZOS DE PAPEL [PAPELERÍA]; BANDERINES [DE PAPEL]; TAPETES DE PAPEL; MANTELES DE PAPEL; FORROS DE PLÁSTICO PARA MESA; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PORTA-PLUMAS Y PORTA-LAPICES; LAPICES; SACAPUNTAS, ELÉCTRICOS O NO; PLUMIERES, ESTUCHES PARA LAPICEROS Y LÁPICES; LAPI- CEROS, PLUMAS [ARTÍCULOS DE OFICINA]; PERIÓDICOS; ÁL- BUMES PARA FOTOGRAFÍAS; CUADROS IMPRESOS, LÁMINAS [GRABADOS]; LIBROS ILUSTRADOS; RETRATOS; TARJETAS POSTALES; CARTELES; DIPLOMAS IMPRESOS; CERTIFICADOS IMPRESOS; INVITACIONES IMPRESAS; MENÚS IMPRESOS; LI- BROS DE RECETAS; SELLOS PARA ESTAMPILLAR; TARJETAS IMPRESAS PARA ANOTAR CUENTAS O PUNTAJES; ÁLBUMES DE ESTAMPILLAS Y SELLOS; ENGRAPADORAS; ADHESIVOS [ARTÍCULOS DE PAPELERÍA], ETIQUETAS ADHESIVAS (ARTÍ- CULOS DE PAPELERÍA); CARTAS INTERCAMBIABLES; REGLAS NO CALIBRADAS; PAPEL DE CARTAS; INSTRUMENTOS PARA ESCRIBIR; BRILLANTINA (GLITTER). Clase: 16. La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos mil doce. cinco de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: un diseño identificado como Piglet, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRO- DUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN;

128 128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DE DOMÉSTI- COS; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EX- CEPTO APARATOS); MATERIALES PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IM- PRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA; LIBROS PARA DIRECCIONES; ALMANAQUES; APLICACIONES EN FORMA DE CALCOMANÍAS; AGENDAS; OBJETOS DE ARTE LITOGRAFIADOS; ESTUCHES PARA ARTES Y MANUALIDADES; LIBROS PARA AUTÓGRAFOS; LIBROS PARA BEBES; BOLÍGRAFOS; TARJETAS INTERCAM- BIABLES CON FIGURAS DEL BÉISBOL; ARCHIVADORES DE DOCUMENTOS, CARTAPACIOS; SUJETA LIBROS; SEÑALES PARA LIBROS; LIBROS; CALCOMANÍAS PARA CARROS; CA- LENDARIOS; TIRAS DE DIBUJOS ANIMADOS; CRAYONES; TARJETAS DE FELICITACIÓN CON MOTIVOS NAVIDEÑOS; TIZA PARA ESCRIBIR; PIZARRAS PARA ESCRIBIR; LIBROS DE ACTIVIDADES PARA NIÑOS; SALVAMANTELES DE PAPEL; ÁLBUMES PARA MONEDAS; LIBROS PARA COLOREAR; HOJAS PARA COLOREAR; LAPICES DE COLORES; PERIÓDICOS DE TIRAS DE DIBUJOS; TIRAS CÓMICAS; LIBRETAS DE CUPONES; CALCOMANÍAS; CENTROS DE MESA DECORATIVOS DE PA- PEL; DIARIOS (PERSONALES); REGLAS DE DIBUJO; PIZARRAS BLANCAS; SOBRES [PAPELERÍA]; BORRADORES; PLUMONES; HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- TARJETAS IMPRESAS; TARJETAS DE REGALO; PAPEL PARA BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney ENVOLVER REGALOS; GLOBOS TERRESTRES; TARJETAS DE Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el FELICITACIÓN; LIBROS DE HUÉSPEDES; REVISTAS [PERIÓ- registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, DICOS]; MAPAS GEOGRÁFICOS; MARCADORES; CUBOS DE PAPEL PARA NOTAS; ARCILLA PARA MODELAR, PLASTILINA; CIRCULARES; DIARIOS (PERIÓDICOS); PAPEL DE NOTAS; LI- BRETAS; PAPEL PARA CUADERNOS; CUADROS [PINTURAS] ENMARCADOS O NO; BANDERAS [DE PAPEL];OBJETOS DE PAPEL PARA FIESTAS; SOMBREROS DE PAPEL PARA FIESTAS; DECORACIONES DE PAPEL PARA PASTELES; DECORACIONES DE PAPEL PARA FIESTAS; SERVILLETAS DE MESA [DE PAPEL]; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PISAPAPELES; LAZOS DE PAPEL [PAPELERÍA]; BANDERINES [DE PAPEL]; TAPETES DE PAPEL; MANTELES DE PAPEL; FORROS DE PLÁSTICO PARA MESA; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PORTA-PLUMAS Y PORTA-LÁPICES; LÁPICES; SACAPUNTAS, ELÉCTRICOS O NO; PLUMIERES, ESTUCHES PARA LAPICEROS Y LÁPICES; LAPI- CEROS, PLUMAS [ARTÍCULOS DE OFICINA]; PERIÓDICOS; ÁL- BUMES PARA FOTOGRAFÍAS; CUADROS IMPRESOS, LÁMINAS [GRABADOS]; LIBROS ILUSTRADOS; RETRATOS; TARJETAS POSTALES; CARTELES; DIPLOMAS IMPRESOS; CERTIFICADOS IMPRESOS; INVITACIONES IMPRESAS; MENÚS IMPRESOS; LI- BROS DE RECETAS; SELLOS PARA ESTAMPILLAR; TARJETAS IMPRESAS PARA ANOTAR CUENTAS O PUNTAJES; ÁLBUMES DE ESTAMPILLAS Y SELLOS; ENGRAPADORAS; ADHESIVOS [ARTÍCULOS DE PAPELERÍA], ETIQUETAS ADHESIVAS (ARTÍ- CULOS DE PAPELERÍA); CARTAS INTERCAMBIABLES; REGLAS NO CALIBRADAS; PAPEL DE CARTAS: INSTRUMENTOS PARA ESCRIBIR; BRILLANTINA (GLITTER). Clase: 16. La solicitud fue presentada el día treinta de mayo del año dos mil doce. cinco de junio del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C Consistente en: un diseño identificado como Ludwig Von Pato, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNA- CIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DE DOMÉSTICOS; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRI- BIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATE- RIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIALES PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IM- PRENTA; CLICHES DE IMPRENTA; LIBROS PARA DIRECCIONES; ALMANAQUES; APLICACIONES EN FORMA DE CALCOMANÍAS: AGENDAS; OBJETOS DE ARTE LITOGRAFIADOS; ESTUCHES PARA ARTES Y MANUALIDADES; LIBROS PARA AUTÓGRAFOS; LIBROS PARA BEBÉS; BOLÍGRAFOS; TARJETAS INTERCAM-

129 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de BIABLES CON FIGURAS DEL BÉISBOL; ARCHIVADORES DE DOCUMENTOS, CARTAPACIOS; SUJETA LIBROS; SEÑALES PARA LIBROS; LIBROS; CALCOMANÍAS PARA CARROS; CA- LENDARIOS; TIRAS DE DIBUJOS ANIMADOS; CRAYONES; TARJETAS DE FELICITACIÓN CON MOTIVOS NAVIDEÑOS; TIZA PARA ESCRIBIR; PIZARRAS PARA ESCRIBIR; LIBROS DE ACTIVIDADES PARA NIÑOS; SALVAMANTELES DE PAPEL; ÁLBUMES PARA MONEDAS; LIBROS PARA COLOREAR; HOJAS PARA COLOREAR; LÁPICES DE COLORES; PERIÓDICOS DE TIRAS DE DIBUJOS; TIRAS CÓMICAS; LIBRETAS DE CUPONES; CALCOMANÍAS; CENTROS DE MESA DECORATIVOS DE PA- PEL; DIARIOS (PERSONALES); REGLAS DE DIBUJO; PIZARRAS BLANCAS; SOBRES [PAPELERÍA]; BORRADORES; PLUMONES; TARJETAS IMPRESAS; TARJETAS DE REGALO; PAPEL PARA ENVOLVER REGALOS; GLOBOS TERRESTRES; TARJETAS DE FELICITACIÓN; LIBROS DE HUÉSPEDES; REVISTAS [PERIÓ- DICOS]; MAPAS GEOGRÁFICOS; MARCADORES; CUBOS DE PAPEL PARA NOTAS; ARCILLA PARA MODELAR, PLASTILINA; CIRCULARES; DIARIOS (PERIÓDICOS); PAPEL DE NOTAS; LI- BRETAS; PAPEL PARA CUADERNOS; CUADROS [PINTURAS] ENMARCADOS O NO; BANDERAS [DE PAPEL]; OBJETOS DE PAPEL PARA FIESTAS; SOMBREROS DE PAPEL PARA FIESTAS; DECORACIONES DE PAPEL PARA PASTELES; DECORACIONES DE PAPEL PARA FIESTAS; SERVILLETAS DE MESA [DE PAPEL]; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PISAPAPELES; LAZOS DE PAPEL [PAPELERÍA]; BANDERINES [DE PAPEL]; TAPETES DE PAPEL; MANTELES DE PAPEL; FORROS DE PLÁSTICO PARA MESA; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PORTA-PLUMAS Y PORTA-LÁPICES; LÁPICES; SACAPUNTAS, ELÉCTRICOS O NO; PLUMIERES, ESTUCHES PARA LAPICEROS Y LÁPICES; LAPI- CEROS, PLUMAS [ARTÍCULOS DE OFICINA]; PERIÓDICOS; ÁL- BUMES PARA FOTOGRAFÍAS; CUADROS IMPRESOS, LÁMINAS [GRABADOS]; LIBROS ILUSTRADOS; RETRATOS; TARJETAS POSTALES; CARTELES; DIPLOMAS IMPRESOS; CERTIFICADOS IMPRESOS; INVITACIONES IMPRESAS; MENÚS IMPRESOS; LI- BROS DE RECETAS; SELLOS PARA ESTAMPILLAR; TARJETAS IMPRESAS PARA ANOTAR CUENTAS O PUNTAJES; ÁLBUMES DE ESTAMPILLAS Y SELLOS; ENGRAPADORAS; ADHESIVOS [ARTÍCULOS DE PAPELERÍA], ETIQUETAS ADHESIVAS (ARTÍ- CULOS DE PAPELERÍA); CARTAS INTERCAMBIABLES; REGLAS NO CALIBRADAS; PAPEL DE CARTAS; INSTRUMENTOS PARA ESCRIBIR; BRILLANTINA (GLITTER). Clase: 16. La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos mil doce. cinco de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 16. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: un diseño identificado como Winnie The Pooh, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNA- CIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DE DOMÉSTICOS; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRI- BIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATE- RIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDACTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIALES PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IM- PRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA; LIBROS PARA DIRECCIONES; ALMANAQUES; APLICACIONES EN FORMA DE CALCOMANÍAS; AGENDAS; OBJETOS DE ARTE LITOGRAFIADOS; ESTUCHES PARA ARTES Y MANUALIDADES; LIBROS PARA AUTÓGRAFOS; LIBROS PARA BEBÉS; BOLIGRAFOS; TARJETAS INTERCAM- BIABLES CON FIGURAS DEL BÉISBOL; ARCHIVADORES DE DOCUMENTOS, CARTAPACIOS; SUJETA LIBROS; SEÑALES PARA LIBROS; LIBROS; CALCOMANÍAS PARA CARROS; CA- LENDARIOS; TIRAS DE DIBUJOS ANIMADOS; CRAYONES; TARJETAS DE FELICITACIÓN CON MOTIVOS NAVIDEÑOS; TIZA PARA ESCRIBIR; PIZARRAS PARA ESCRIBIR; LIBROS DE ACTIVIDADES PARA NIÑOS; SALVAMANTELES DE PAPEL; ALBUMES PARA MONEDAS; LIBROS PARA COLOREAR; HOJAS PARA COLOREAR; LÁPICES DE COLORES; PERIÓDICOS DE TIRAS DE DIBUJOS; TIRAS CÓMICAS; LIBRETAS DE CUPONES; CALCOMANÍAS; CENTROS DE MESA DECORATIVOS DE PA- PEL; DIARIOS (PERSONALES); REGLAS DE DIBUJO; PIZARRAS BLANCAS; SOBRES [PAPELERÍA]; BORRADORES; PLUMONES; TARJETAS IMPRESAS; TARJETAS DE REGALO; PAPEL PARA ENVOLVER REGALOS; GLOBOS TERRESTRES; TARJETAS DE FELICITACIÓN; LIBROS DE HUÉSPEDES; REVISTAS [PERIÓ- DICOS]; MAPAS GEOGRÁFICOS; MARCADORES; CUBOS DE PAPEL PARA NOTAS; ARCILLA PARA MODELAR, PLASTILINA; CIRCULARES; DIARIOS (PERIÓDICOS); PAPEL DE NOTAS; LI- BRETAS; PAPEL PARA CUADERNOS; CUADROS [PINTURAS] ENMARCADOS O NO; BANDERAS [DE PAPEL]; OBJETOS DE PAPEL PARA FIESTAS; SOMBREROS DE PAPEL PARA FIESTAS;

130 130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 DECORACIONES DE PAPEL PARA PASTELES; DECORACIONES DE PAPEL PARA FIESTAS; SERVILLETAS DE MESA [DE PAPEL]; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PISAPAPELES; LAZOS DE PAPEL [PAPELERÍA]; BANDERINES [DE PAPEL]; TAPETES DE PAPEL; MANTELES DE PAPEL; FORROS DE PLÁSTICO PARA MESA; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PORTA-PLUMAS Y PORTA-LÁPICES; LÁPICES; SACAPUNTAS, ELÉCTRICOS O NO; PLUMIERES, ESTUCHES PARA LAPICEROS Y LÁPICES; LAPI- CEROS, PLUMAS [ARTÍCULOS DE OFICINA]; PERIÓDICOS; ÁL- BUMES PARA FOTOGRAFÍAS; CUADROS IMPRESOS, LAMINAS [GRABADOS]; LIBROS ILUSTRADOS; RETRATOS; TARJETAS POSTALES; CARTELES; DIPLOMAS IMPRESOS; CERTIFICADOS IMPRESOS; INVITACIONES IMPRESAS; MENÚS IMPRESOS; LI- BROS DE RECETAS; SELLOS PARA ESTAMPILLAR; TARJETAS IMPRESAS PARA ANOTAR CUENTAS O PUNTAJES; ÁLBUMES DE ESTAMPILLAS Y SELLOS; ENGRAPADORAS; ADHESIVOS [ARTÍCULOS DE PAPELERÍA], ETIQUETAS ADHESIVAS (ARTÍ- CULOS DE PAPELERÍA); CARTAS INTERCAMBIABLES; REGLAS NO CALIBRADAS; PAPEL DE CARTAS; INSTRUMENTOS PARA ESCRIBIR; BRILLANTINA (GLITTER).. Clase: 16. La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos mil doce. cinco de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNA- CIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DE DOMÉSTICOS; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRI- BIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATE- RIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIALES PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IM- PRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA; LIBROS PARA DIRECCIONES; ALMANAQUES; APLICACIONES EN FORMA DE CALCOMANÍAS; AGENDAS; OBJETOS DE ARTE LITOGRAFIADOS; ESTUCHES PARA ARTES Y MANUALIDADES; LIBROS PARA AUTÓGRAFOS; LIBROS PARA BEBÉS; BOLÍGRAFOS; TARJETAS INTERCAM- BIABLES CON FIGURAS DEL BÉISBOL; ARCHIVADORES DE DOCUMENTOS, CARTAPACIOS; SUJETA LIBROS; SEÑALES PARA LIBROS; LIBROS; CALCOMANÍAS PARA CARROS; CA- LENDARIOS; TIRAS DE DIBUJOS ANIMADOS; CRAYONES; TARJETAS DE FELICITACIÓN CON MOTIVOS NAVIDEÑOS; TIZA PARA ESCRIBIR; PIZARRAS PARA ESCRIBIR; LIBROS DE ACTIVIDADES PARA NIÑOS; SALVAMANTELES DE PAPEL; ÁLBUMES PARA MONEDAS; LIBROS PARA COLOREAR; HOJAS PARA COLOREAR; LÁPICES DE COLORES; PERIÓDICOS DE TIRAS DE DIBUJOS; TIRAS CÓMICAS; LIBRETAS DE CUPONES; CALCOMANÍAS; CENTROS DE MESA DECORATIVOS DE PA- PEL; DIARIOS (PERSONALES); REGLAS DE DIBUJO; PIZARRAS BLANCAS; SOBRES (PAPELERÍA); BORRADORES; PLUMONES; TARJETAS IMPRESAS; TARJETAS DE REGALO; PAPEL PARA ENVOLVER REGALOS; GLOBOS TERRESTRES; TARJETAS DE FELICITACIÓN; LIBROS DE HUÉSPEDES; REVISTAS [PERIÓ- DICOS]; MAPAS GEOGRÁFICOS; MARCADORES; CUBOS DE PAPEL PARA NOTAS; ARCILLA PARA MODELAR, PLASTILINA; CIRCULARES; DIARIOS (PERIÓDICOS); PAPEL DE NOTAS; LI- BRETAS; PAPEL PARA CUADERNOS; CUADROS [PINTURAS] ENMARCADOS O NO; BANDERAS [DE PAPEL]; OBJETOS DE PAPEL PARA FIESTAS; SOMBREROS DE PAPEL PARA FIESTAS; DECORACIONES DE PAPEL PARA PASTELES; DECORACIONES DE PAPEL PARA FIESTAS; SERVILLETAS DE MESA [DE PAPEL]; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PISAPAPELES; LAZOS DE PAPEL [PAPELERÍA]; BANDERINES [DE PAPEL]: TAPETES DE PAPEL; MANTELES DE PAPEL; FORROS DE PLÁSTICO PARA MESA; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PORTA-PLUMAS Y PORTA-LÁPICES; LÁPICES; SACAPUNTAS, ELÉCTRICOS O NO; PLUMIERES, ESTUCHES PARA LAPICEROS Y LÁPICES; LAPI- CEROS, PLUMAS [ARTÍCULOS DE OFICINA]; PERIÓDICOS; ÁL- BUMES PARA FOTOGRAFÍAS; CUADROS IMPRESOS, LÁMINAS [GRABADOS]; LIBROS ILUSTRADOS; RETRATOS; TARJETAS POSTALES; CARTELES; DIPLOMAS IMPRESOS; CERTIFICADOS IMPRESOS; INVITACIONES IMPRESAS; MENÚS IMPRESOS; LI- BROS DE RECETAS; SELLOS PARA ESTAMPILLAR; TARJETAS IMPRESAS PARA ANOTAR CUENTAS O PUNTAJES; ÁLBUMES DE ESTAMPILLAS Y SELLOS; ENGRAPADORAS; ADHESIVOS [ARTÍCULOS DE PAPELERÍA], ETIQUETAS ADHESIVAS (ARTÍ- CULOS DE PAPELERÍA); CARTAS INTERCAMBIABLES; REGLAS NO CALIBRADAS; PAPEL DE CARTAS; INSTRUMENTOS PARA ESCRIBIR; BRILLANTINA (GLITTER). Clase: 16. Consistente en: un diseño identificado como Shere Khan, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE La solicitud fue presentada el día treinta de mayo del año dos mil doce.

131 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de cinco de junio del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentacion: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: un diseño identificado como Tigger, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRO- DUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DE DOMÉSTI- COS; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDACTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIALES PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARAC- TERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA; LIBROS PARA DIRECCIONES; ALMANAQUES; APLICACIONES EN FORMA DE CALCOMANÍAS; AGENDAS; OBJETOS DE ARTE LITOGRAFIA- DOS; ESTUCHES PARA ARTES Y MANUALIDADES; LIBROS PARA AUTÓGRAFOS; LIBROS PARA BEBÉS; BOLÍGRAFOS; TARJETAS INTERCAMBIABLES CON FIGURAS DEL BÉISBOL; ARCHIVADORES DE DOCUMENTOS, CARTAPACIOS; SUJETA LIBROS; SEÑALES PARA LIBROS; LIBROS; CALCOMANÍAS PARA CARROS; CALENDARIOS; TIRAS DE DIBUJOS ANIMA- DOS; CRAYONES; TARJETAS DE FELICITACIÓN CON MOTIVOS NAVIDEÑOS; TIZA PARA ESCRIBIR; PIZARRAS PARA ESCRIBIR; LIBROS DE ACTIVIDADES PARA NIÑOS; SALVAMANTELES DE PAPEL; ALBUMES PARA MONEDAS; LIBROS PARA COLOREAR; HOJAS PARA COLOREAR; LAPICES DE COLORES; PERIÓDICOS DE TIRAS DE DIBUJOS; TIRAS CÓMICAS; LIBRETAS DE CU- PONES; CALCOMANÍAS; CENTROS DE MESA DECORATIVOS DE PAPEL; DIARIOS (PERSONALES); REGLAS DE DIBUJO; PIZARRAS BLANCAS; SOBRES [PAPELERÍA]; BORRADORES; PLUMONES; TARJETAS IMPRESAS; TARJETAS DE REGALO; PAPEL PARA ENVOLVER REGALOS; GLOBOS TERRESTRES; TARJETAS DE FELICITACIÓN; LIBROS DE HUÉSPEDES; REVIS- TAS [PERIÓDICOS]; MAPAS GEOGRAFÍCOS; MARCADORES; CUBOS DE PAPEL PARA NOTAS; ARCILLA PARA MODELAR, PLASTILINA; CIRCULARES; DIARIOS (PERIÓDICOS); PAPEL DE NOTAS; LIBRETAS; PAPEL PARA CUADERNOS; CUADROS [PINTURAS] ENMARCADOS O NO; BANDERAS [DE PAPEL]; OBJETOS DE PAPEL PARA FIESTAS; SOMBREROS DE PAPEL PARA FIESTAS; DECORACIONES DE PAPEL PARA PASTELES; DECORACIONES DE PAPEL PARA FIESTAS; SERVILLETAS DE MESA [DE PAPEL]; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PISA- PAPELES; LAZOS DE PAPEL [PAPELERÍA]; BANDERINES [DE PAPEL]; TAPETES DE PAPEL; MANTELES DE PAPEL; FORROS DE PLÁSTICO PARA MESA; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PORTA-PLUMAS Y PORTA-LÁPICES; LÁPICES; SACAPUNTAS, ELÉCTRICOS O NO; PLUMIERES, ESTUCHES PARA LAPICEROS Y LÁPICES; LAPICEROS, PLUMAS [ARTÍCULOS DE OFICINA]; PERIÓDICOS: ÁLBUMES PARA FOTOGRAFÍAS; CUADROS IMPRESOS, LÁMINAS [GRABADOS]; LIBROS ILUSTRADOS; RETRATOS; TARJETAS POSTALES; CARTELES; DIPLOMAS IMPRESOS; CERTIFICADOS IMPRESOS; INVITACIONES IM- PRESAS; MENÚS IMPRESOS; LIBROS DE RECETAS; SELLOS PARA ESTAMPILLAR; TARJETAS IMPRESAS PARA ANOTAR CUENTAS O PUNTAJES; ÁLBUMES DE ESTAMPILLAS Y SELLOS; ENGRAPADORAS; ADHESIVOS [ARTÍCULOS DE PAPELERÍA], ETIQUETAS ADHESIVAS (ARTÍCULOS DE PAPELERÍA); CAR- TAS INTERCAMBIABLES; REGLAS NO CALIBRADAS; PAPEL DE CARTAS; INSTRUMENTOS PARA ESCRIBIR; BRILLANTINA (GLITTER). Clase: 16. La solicitud fue presentada el día treinta de mayo del año dos mil doce. cinco de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. C

132 132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 16. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: un diseño identificado como Woozles, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS RETRATOS; TARJETAS POSTALES; CARTELES; DIPLOMAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRO- IMPRESOS; CERTIFICADOS IMPRESOS; INVITACIONES IM- DUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; PRESAS; MENÚS IMPRESOS; LIBROS DE RECETAS; SELLOS FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS PARA ESTAMPILLAR; TARJETAS IMPRESAS PARA ANOTAR (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DE DOMÉSTI- CUENTAS O PUNTAJES; ÁLBUMES DE ESTAMPILLAS Y SELLOS; COS; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ENGRAPADORAS; ADHESIVOS [ARTÍCULOS DE PAPELERÍA], ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); ETIQUETAS ADHESIVAS (ARTÍCULOS DE PAPELERÍA); CAR- MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO TAS INTERCAMBIABLES; REGLAS NO CALIBRADAS; PAPEL (EXCEPTO APARATOS); MATERIALES PLÁSTICAS PARA DE CARTAS; INSTRUMENTOS PARA ESCRIBIR; BRILLANTINA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARAC- (GLITTER). Clase: 16. TERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA; LIBROS PARA DIRECCIONES; ALMANAQUES; APLICACIONES EN FORMA DE La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos CALCOMANÍAS; AGENDAS; OBJETOS DE ARTE LITOGRAFIA- DOS; ESTUCHES PARA ARTES Y MANUALIDADES; LIBROS PARA AUTÓGRAFOS; LIBROS PARA BEBÉS; BOLÍGRAFOS; TARJETAS INTERCAMBIABLES CON FIGURAS DEL BÉISBOL; ARCHIVADORES DE DOCUMENTOS, CARTAPACIOS; SUJETA LIBROS; SEÑALES PARA LIBROS; LIBROS; CALCOMANÍAS PARA CARROS; CALENDARIOS; TIRAS DE DIBUJOS ANIMA- DOS; CRAYONES; TARJETAS DE FELICITACIÓN CON MOTIVOS NAVIDEÑOS; TIZA PARA ESCRIBIR; PIZARRAS PARA ESCRIBIR; LIBROS DE ACTIVIDADES PARA NIÑOS; SALVAMANTELES DE PAPEL; ÁLBUMES PARA MONEDAS; LIBROS PARA COLOREAR; HOJAS PARA COLOREAR; LÁPICES DE COLORES; PERIÓDICOS DE TIRAS DE DIBUJOS; TIRAS CÓMICAS; LIBRETAS DE CU- PONES; CALCOMANÍAS; CENTROS DE MESA DECORATIVOS DE PAPEL; DIARIOS (PERSONALES); REGLAS DE DIBUJO; PIZARRAS BLANCAS; SOBRES [PAPELERÍA]; BORRADORES; PLUMONES; TARJETAS IMPRESAS; TARJETAS DE REGALO; PAPEL PARA ENVOLVER REGALOS; GLOBOS TERRESTRES; TARJETAS DE FELICITACIÓN; LIBROS DE HUÉSPEDES; REVIS- TAS [PERIÓDICOS]; MAPAS GEOGRÁFICOS; MARCADORES; CUBOS DE PAPEL PARA NOTAS; ARCILLA PARA MODELAR, PLASTILINA; CIRCULARES; DIARIOS (PERIÓDICOS); PAPEL DE NOTAS; LIBRETAS; PAPEL PARA CUADERNOS; CUADROS [PINTURAS] ENMARCADOS O NO; BANDERAS [DE PAPEL]; OBJETOS DE PAPEL PARA FIESTAS; SOMBREROS DE PAPEL PARA FIESTAS; DECORACIONES DE PAPEL PARA PASTELES; DECORACIONES DE PAPEL PARA FIESTAS; SERVILLETAS DE MESA [DE PAPEL]; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PISA- PAPELES; LAZOS DE PAPEL [PAPELERÍA]; BANDERINES [DE PAPEL]; TAPETES DE PAPEL; MANTELES DE PAPEL; FORROS DE PLÁSTICO PARA MESA; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; PORTA-PLUMAS Y PORTA-LÁPICES; LÁPICES; SACAPUNTAS, ELÉCTRICOS O NO; PLUMIERES, ESTUCHES PARA LAPICEROS Y LÁPICES; LAPICEROS, PLUMAS [ARTÍCULOS DE OFICINA]; PERIÓDICOS; ÁLBUMES PARA FOTOGRAFÍAS; CUADROS IMPRESOS, LAMINAS [GRABADOS]; LIBROS ILUSTRADOS; mil doce. cuatro de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

133 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, THE JUNGLE BOOK Consistente en: las palabras THE JUNGLE BOOK. Se traduce al castellano como: El libro de la Selva, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEO- DÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APA- RATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CON- TROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MA- QUINA DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; DISCOS DE AUDIO; GRABACIONES DE AUDIO; GRABACIONES DE AUDIO Y VIDEO; PARLANTES DE AUDIO; BINOCULARES (GEMELOS [ÓPTICA]); CALCULADORAS; CÁMARAS DE VIDEO [CAMCORDERS]; CÁ- MARAS FOTOGRÁFICAS; DISCOS COMPACTOS DE MEMORIA DE SÓLO LECTURA (CD-ROM); MECANISMOS DE ARRASTRE DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD-ROM DRIVES); QUEMADORES DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD-ROM WRITERS); TELÉFONOS CELULARES; ACCESORIOS PARA TELÉFONOS MÓVILES; ES- TUCHES PARA TELÉFONOS CELULARES; CHIPS [CIRCUITOS INTEGRADOS] QUE CONTENGAN GRABACIONES MUSICALES, CARÁTULAS PARA TELÉFONOS CELULARES; REPRODUCTO- RES DE DISCOS COMPACTOS; REGISTRADORES DE DISCOS COMPACTOS; DISCOS COMPACTOS; PROGRAMAS DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS; CARTUCHOS Y DISCOS DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS; ORDENADORES, COMPUTADORAS; EQUIPOS Y ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS (HARD- WARE); TECLADOS DE ORDENADORES; MONITORES PARA COMPUTADORAS; RATONES PARA COMPUTADORAS; DIS- QUETERAS PARA COMPUTADORAS; PROGRAMAS DE ORDE- NADOR REGISTRADOS, SOFTWARE PARA COMPUTADORAS; TELÉFONOS INALÁMBRICOS; IMANES DECORATIVOS; CÁ- MARAS DIGITALES; DVDS; REPRODUCTORES DE DISCOS DE VIDEO DIGITALES (DVDS); GRABADORES DE DVD; DISCOS VERSÁTILES DIGITALES; DISCOS DE VIDEO DIGITALES; DISCOS PREGRÁBADOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS; RE- PRODUCTORES DE DISCOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS Y GRABADORAS DE AUDIO, VIDEO Y DATOS DE ORDENADORES; CABLES ELÉCTRICOS Y ÓPTICOS; AGENDAS ELECTRÓNICAS PERSONALES; ESTUCHES PARA LENTES; LENTES, ANTEOJOS; REGLAS CALIBRADAS PARA OFICINA Y PAPELERÍA; CASCOS (DE MÚSICA) [AUDÍFONOS]; APARATOS DE KARAOKE; MI- CRÓFONOS; REPRODUCTORES DE SONIDO MP3; MÓDEMS; ALFOMBRILLAS PARA RATONES DE COMPUTADORAS; PE- LÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS; GRABACIONES MUSICALES; DISPOSITIVOS DE BUSCA PERSONAS; WALKMAN; ASISTENTES DIGITALES PERSONALES; IMPRESORAS; RADIOS; GAFAS DE SOL; APARATOS TELEFÓNICOS; APARATOS DE TELEVISIÓN; CÁMARAS DE VIDEO; GRABADORES DE CASSETTES DE VIDEO; REPRODUCTORES DE CASSETTES DE VIDEO; CARTUCHOS DE VIDEO-JUEGOS; DISCOS PARA JUEGOS DE VIDEO; CASSETTES DE VIDEO; VIDEO-TELÉFONOS; GRABACIONES DE VIDEO; RADIOTELÉFONO PORTÁTIL [WALKIE-TALKIES]; ALMOHA- DILLAS PARA APOYAR LA MUÑECA Y EL BRAZO PARA USAR CON LAS COMPUTADORAS. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos mil doce. doce de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

134 134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, BALOO Consistente en: la palabra BALOO, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEO- DÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL DIGITALES PERSONALES; IMPRESORAS; RADIOS; GAFAS DE (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APA- RATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CON- REPRODUCTORES DE CASSETTES DE VIDEO; CARTUCHOS DE TROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, VIDEO-JUEGOS; DISCOS PARA JUEGOS DE VIDEO; CASSETTES TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; PARLANTES DE AUDIO; BINOCULARES (GEMELOS [ÓPTICA]); CALCULADORAS; CÁMARAS DE VIDEO [CAMCORDERS]; CÁ- MARAS FOTOGRÁFICAS; DISCOS COMPACTOS DE MEMORIA DE SÓLO LECTURA (CD-ROM); MECANISMOS DE ARRASTRE DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD-ROM DRIVES); QUEMADORES DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD-ROM WRITERS); TELÉFONOS CELULARES; ACCESORIOS PARA TELÉFONOS MÓVILES; ES- TUCHES PARA TELÉFONOS CELULARES; CHIPS [CIRCUITOS INTEGRADOS] QUE CONTENGAN GRABACIONES MUSICALES, CARÁTULAS PARA TELÉFONOS CELULARES; REPRODUCTO- RES DE DISCOS COMPACTOS; REGISTRADORES DE DISCOS COMPACTOS; DISCOS COMPACTOS; PROGRAMAS DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS; CARTUCHOS Y DISCOS DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS; ORDENADORES, COMPUTADORAS; EQUIPOS Y ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS (HARD- WARE); TECLADOS DE ORDENADORES; MONITORES PARA COMPUTADORAS; RATONES PARA COMPUTADORAS; DIS- QUETERAS PARA COMPUTADORAS; PROGRAMAS DE ORDE- NADOR REGISTRADOS, SOFTWARE PARA COMPUTADORAS; TELÉFONOS INALÁMBRICOS; IMANES DECORATIVOS; CÁ- MARAS DIGITALES; DVDS; REPRODUCTORES DE DISCOS DE VIDEO DIGITALES (DVDS); GRABADORES DE DVD; DISCOS VERSÁTILES DIGITALES; DISCOS DE VIDEO DIGITALES; DISCOS PREGRABADOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS; RE- PRODUCTORES DE DISCOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS Y GRABADORAS DE AUDIO, VIDEO Y DATOS DE ORDENADORES; CABLES ELÉCTRICOS Y ÓPTICOS; AGENDAS ELECTRÓNICAS PERSONALES; ESTUCHES PARA LENTES; LENTES, ANTEOJOS; REGLAS CALIBRADAS PARA OFICINA Y PAPELERÍA; CASCOS (DE MÚSICA) [AUDÍFONOS]; APARATOS DE KARAOKE; MI- CRÓFONOS; REPRODUCTORES DE SONIDO MP3; MÓDEMS; ALFOMBRILLAS PARA RATONES DE COMPUTADORAS; PE- LÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS; GRABACIONES MUSICALES; DISPOSITIVOS DE BUSCA PERSONAS; WALKMAN; ASISTENTES SOL; APARATOS TELEFÓNICOS; APARATOS DE TELEVISIÓN; CÁMARAS DE VIDEO; GRABADORES DE CASSETTES DE VIDEO; DE VIDEO; VIDEO-TELÉFONOS; GRABACIONES DE VIDEO; RADIOTELÉFONO PORTÁTIL [WALKIE-TALKIES]; ALMOHA- DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA DILLAS PARA APOYAR LA MUÑECA Y EL BRAZO PARA USAR APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁ- CON LAS COMPUTADORAS. Clase: 09. QUINA DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; DISCOS DE AUDIO; mil doce. GRABACIONES DE AUDIO; GRABACIONES DE AUDIO Y VIDEO; doce de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

135 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO- BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, BAGHEERA CRÓFONOS; REPRODUCTORES DE SONIDO MP3; MÓDEMS; Consistente en: la palabra BAGHEERA, que servirá para: AM- ALFOMBRILLAS PARA RATONES DE COMPUTADORAS; PE- PARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTI- LÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS; GRABACIONES MUSICALES; COS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, DISPOSITIVOS DE BUSCA PERSONAS; WALKMAN; ASISTENTES ÓPTICOS DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE DIGITALES PERSONALES; IMPRESORAS; RADIOS; GAFAS DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; SOL; APARATOS TELEFÓNICOS; APARATOS DE TELEVISIÓN; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBU- CÁMARAS DE VIDEO; GRABADORES DE CASSETTES DE VIDEO; CIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O REPRODUCTORES DE CASSETTES DE VIDEO; CARTUCHOS DE CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, VIDEO-JUEGOS; DISCOS PARA JUEGOS DE VIDEO; CASSETTES TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; DE VIDEO; VIDEO-TELÉFONOS; GRABACIONES DE VIDEO; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; RADIOTELÉFONO PORTÁTIL [WALKIE-TALKIES]; ALMOHA- DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA DILLAS PARA APOYAR LA MUÑECA Y EL BRAZO PARA USAR APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁ- CON LAS COMPUTADORAS. Clase: 09. QUINA DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES; EXTINTORES; DISCOS DE AUDIO; La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos GRABACIONES DE AUDIO; GRABACIONES DE AUDIO Y VIDEO; PARLANTES DE AUDIO; BINOCULARES (GEMELOS [ÓPTICA]); CALCULADORAS; CÁMARAS DE VIDEO [CAMCORDERS]; CÁ- MARAS FOTOGRÁFICAS; DISCOS COMPACTOS DE MEMORIA DE SÓLO LECTURA (CD-ROM); MECANISMOS DE ARRASTRE DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD-ROM DRIVES); QUEMADORES DE DISCOS [INFORMATICA] (CD-ROM WRITERS); TELÉFONOS CELULARES; ACCESORIOS PARA TELÉFONOS MÓVILES; ES- TUCHES PARA TELÉFONOS CELULARES; CHIPS [CIRCUITOS INTEGRADOS] QUE CONTENGAN GRABACIONES MUSICALES, CARÁTULAS PARA TELÉFONOS CELULARES; REPRODUCTO- RES DE DISCOS COMPACTOS; REGISTRADORES DE DISCOS COMPACTOS; DISCOS COMPACTOS; PROGRAMAS DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS; CARTUCHOS Y DISCOS DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS; ORDENADORES, COMPUTADORAS; EQUIPOS Y ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS (HARD- WARE); TECLADOS DE ORDENADORES; MONITORES PARA COMPUTADORAS; RATONES PARA COMPUTADORAS; DIS- QUETERAS PARA COMPUTADORAS; PROGRAMAS DE ORDE- NADOR REGISTRADOS, SOFTWARE PARA COMPUTADORAS; TELÉFONOS INALÁMBRICOS; IMANES DECORATIVOS; CA- MARAS DIGITALES; DVDS; REPRODUCTORES DE DISCOS DE VIDEO DIGITALES (DVDS); GRABADORES DE DVD; DISCOS VERSÁTILES DIGITALES; DISCOS DE VIDEO DIGITALES; DISCOS PREGRABADOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS; RE- PRODUCTORES DE DISCOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS Y GRABADORAS DE AUDIO, VIDEO Y DATOS DE ORDENADORES; CABLES ELÉCTRICOS Y ÓPTICOS; AGENDAS ELECTRÓNICAS PERSONALES; ESTUCHES PARA LENTES; LENTES, ANTEOJOS; REGLAS CALIBRADAS PARA OFICINA Y PAPELERÍA; CASCOS (DE MÚSICA) [AUDÍFONOS]; APARATOS DE KARAOKE; MI- mil doce. doce de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

136 136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 25. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIAS SINTETICAS DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: INSINCA, S.A., de nacionalidad SALVA- DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, cuatro de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, FENAZIC Consistente en: la palabra FENAZIC, que servirá para: AM- PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA Consistente en: la palabra Sincatex colegial y diseño, que servirá EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; para: AMPARAR: VESTIDOS, CALZADOS, SOMBRERERIA. Clase: DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA DESTRUCCIÓN DE 25. ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mil doce. mil doce. veintisiete de abril del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. REGISTRADOR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

137 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentacion: CLASE: 05. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, BRUNELLINA veinticuatro de abril del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, Consistente en: la palabra BRUNELLINA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; Consistente en: la palabra ISTARIL y diseño, que servirá para: PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS, Clase: 05. EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día once de abril del año dos mil La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos doce. mil doce. Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador. veintisiete de abril del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

138 138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Marca de Servicio No. de Expediente: No. de Presentación: CONSORCIO COMEX, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, PINTURERIAS COMEX CLASE: 35. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Jovani Fashion, Ltd., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, JOVANI Consistente en: La palabra JOVANI, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE UN DISTRIBUIDOR MAYORISTA DE PRENDAS DE VESTIR PARA DAMA; TIENDAS DE COMERCIALIZACION AL MENUDEO EN LAS QUE SE OFRECE PRENDAS DE VESTIR PARA DAMA; Y BOUTIQUES DE COMERCIALIZACION AL MENUDEO DE PRENDAS DE VESTIR. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día cinco de enero del año dos mil doce. Consistente en: Las palabras PINTURERIAS COMEX, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR DE TODA CLASE DE COLORES, LACAS, BARNICES Y PINTURAS EN GENERAL; MATERIALES PARA PINTORES; MATERIALES PARA CONSTRUCCIÓN. ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERÍA O LA CASA Y PARA LA INDUSTRIA; RECUBRI- MIENTOS EN GENERAL; SELLADORES, IMPERBEALIZADORES. Clase: 35. doce. La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil once de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, once de junio del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, 3 v. alt. No. C REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, No. de Expediente: SECRETARIO No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CITI- GROUP INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el No. de Expediente: registro de la MARCA DE SERVICIOS, No. de Presentación: CLASE: 35. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de GOLD CONVERSATION Consistente en: La expresión GOLD CONVERSATION, que se traduce al castellano como Oro Conversación, que servirá para:

139 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de AMPARAR: SERVICIOS DE SEGUROS; NEGOCIOS FINANCIE- ROS; NEGOCIOS MONETARIOS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS; SERVICIOS DE CONSULTORIA DE CRÉDITO; GESTIÓN DE INVERSIONES; SERVICIOS DE ASESORIA DE INVERSIONES Y DE CONSULTORIA DE INVERSIONES; SERVICIOS DE ASESO- RAMIENTO FINANCIERO. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil doce. catorce de junio del año dos mil doce. LCDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 44. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Falck Danmark 4/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, PREVENTIVO; CUIDADOS PSICOLÓGICOS; SERVICIOS DE SA- LUD OCUPACIONAL; TERAPIA PSÍQUICA PARA PERSONAS EN SITUACIONES DE CRISIS: FISIOTERAPIA; TERAPIA DE ZONA; ATENCIÓN QUIROPRACTICA; SERVICIOS EN EL CAMPO DE SA- NEAMIENTO (SERVICIOS MÉDICOS Y CUIDADOS DE LA SALUD Y CUIDADOS DE BELLEZA); ASESORÍA SOBRE ALIMENTACIÓN, EJERCICIO FÍSICO Y DIETAS (SERVICIOS MÉDICOS Y DE SA- LUD Y CUIDADO DE LA BELLEZA); ALQUILER DE EQUIPOS PARA CUIDADOS DE LA SALUD Y PARA EL CUIDADO EN EL HOGAR; CHEQUEOS MÉDICOS; COLECCIONES DE DROGAS Y ALCOHOL (SERVICIOS MÉDICOS Y CUIDADOS DE LA SALUD Y CUIDADOS DE BELLEZA); ALQUILER DE EXTRACTORES DE LECHE (EQUIPO MÉDICO); INTERVENCIONES EN FORMA DE SERVICIOS MÉDICOS EN SITUACIONES DE EMERGENCIA, INCLUSO EN RELACIÓN CON ACCIDENTES, INCENDIOS, HUMO, GAS, FUGAS DE PRODUCTOS QUÍMICOS; HOSPITALES; SANA- TORIOS; ODONTOLOGÍA; ATENCIÓN MÉDICA DOMICILIARIA Y ASISTENCIA MÉDICA AL SER DADO DE ALTA; SERVICIOS DE INFORMACIÓN, CONSULTORÍA Y ASESORAMIENTO EN RELACIÓN CON LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS; TODOS LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS TAMBIÉN PRESTADOS (EN SU CASO) EN LÍNEA A TRAVÉS DE REDES INFORMÁTICAS. Clase: v. alt. No. C La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil doce. Diecisiete de abril del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, 3 v. alt. No. C Consistente en: Un diseño identificado como Halcon, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS MÉDICOS; SERVICIOS VETERINA- RIOS; CUIDADOS DE LA SALUD Y LA BELLEZA DE LOS SERES HUMANOS Y ANIMALES; SERVICIOS DE AGRICULTURA, DE HORTICULTURA Y SILVICULTURA; CUIDADOS MÉDICOS, ASISTENCIA MÉDICA; CLÍNICAS MÉDICAS; PRACTICA MÉ- DICA; SERVICIOS MÉDICOS Y DE HIGIENE Y DE BELLEZA EN RELACIÓN CON LA REHABILITACIÓN Y EL TRATAMIENTO No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 36. El INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de

140 140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, once de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: la palabra INCREMENTA y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS FINANCIEROS EN EL CAMPO DE LA AGRICULTURA. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil doce. once de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: Consistente en: la palabra INCREMENTA y diseño, que servirá para: No. de Presentación: AMPARAR: SERVICIOS DE AGRICULTURA, HORTICULTURA Y CLASE: 41. SILVICULTURA; SERVICIOS DE CONSULTORIA EN EL CAMPO DE LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA. Clase: 44. La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil doce. once de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, Consistente en: la palabra INCREMENTA y diseño, que servirá para: AMPARAR: EDUCACION, PROVISION DE ENTRENAMIEN- TO EN EL CAMPO DE LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil doce. REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. C

141 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CEMEX RESEARCH GROUP AG., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, CLASE: 41. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SARA ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Cricket Music Operations, LLC, de nacionalidad ES- TADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI- CIOS, MUVE Consistente en: la palabra MUVE, que servirá para: AMPARAR: SUMINISTRAR MÚSICA NO APTA PARA BAJAR (NO-DESCAR- GABLE), A TRAVÉS DE UNA COMPUTADORA GLOBAL Y/O RED INALAMBRICA HACIA LINEAS DE CABLE Y DISPOSITIVOS INALÁMBRICOS. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, doce. 3 v. alt. No. F dieciocho de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: CO- MERCIALIZACIÓN DE TODO TIPO DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN PARA TERCEROS (INTERMEDIARIO COMER- CIAL). Clase: 35. La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos mil doce. veintiséis de enero del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 37. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS. en su calidad de APODERADO de CEMEX RESEARCH GROUP AG., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 35. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVI- CIOS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DE REPARACIÓN DE INMUEBLES; PAVIMENTACIÓN DE CARRETERAS, SERVICIOS DE INSTALACIÓN DE PISOS Y BANQUETAS; DEMOLICIÓN Y TRABAJOS DE ALBAÑILERÍA, TRABAJOS DE YESERÍA; REMODELACIÓN DE INMUEBLES; SERVICIOS DE ASESORÍA RELACIONADOS CON LA CONSTRUCCIÓN, USO DE MATERIA- LES PARA LA CONSTRUCCIÓN. Clase: 37.

142 142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos mil doce. veintiséis de enero del año dos mil doce. veintiséis de enero del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de CEMEX RESEARCH GROUP AG., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: EDU- CACIÓN; FORMACIÓN; ACTIVIDADES CULTURALES, PRINCI- PALMENTE A TRAVÉS DE LA ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN DE CONCURSOS, CONFERENCIAS, FOROS, SIMPOSIOS, COLO- QUIOS, CONGRESOS, CURSOS Y EXPOSICIONES RELACIONA- DAS CON EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN. Clase: 41. mil doce. La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de CEMEX RESEARCH GROUP AG., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: INVES- TIGACIÓN Y DESARROLLO DE NUEVOS PRODUCTOS PARA TERCEROS, INVESTIGACIÓN EN MATERIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL, PRUEBA DE MATERIALES, DISEÑO INDUSTRIAL, ESTUDIO DE PROYECTOS TÉCNICOS, USO DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN, CONTROL DE CALIDAD. Clase: 42. La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos mil doce. veintiséis de enero del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, 3 v. alt. No. F

143 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 35. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de CEMEX RESEARCH GROUP AG., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: Un diseño, que servirá para: AMPARAR: CO- MERCIALIZACIÓN DE TODO TIPO DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN PARA TERCEROS (INTERMEDIARIO COMER- CIAL). Clase: 35. La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil doce. veintiséis de enero del año dos mil doce.- Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de CEMEX RESEARCH GROUP AG., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, REMODELACIÓN DE INMUEBLES; SERVICIOS DE ASESORÍA RELACIONADOS CON LA CONSTRUCCIÓN, USO DE MATERIA- LES PARA LA CONSTRUCCIÓN. Clase: 37. La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil doce. veintiséis de enero del año dos mil doce.- Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de CEMEX RESEARCH GROUP AG., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: Un diseño, que servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACIÓN; ACTIVIDADES CULTURALES, PRINCIPALMENTE A TRAVÉS DE LA ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN DE CONCURSOS, CONFERENCIAS, FOROS, SIMPOSIOS, COLOQUIOS, CONGRESOS, CURSOS Y EXPOSICIO- NES RELACIONADAS CON EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil doce. veintiséis de enero del año dos mil doce.- MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. Consistente en: Un diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVI- CIOS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DE REPARACIÓN DE INMUEBLES; PAVIMENTACIÓN DE CARRETERAS, SERVICIOS DE INSTALACIÓN DE PISOS Y BANQUETAS; DEMOLICIÓN Y TRABAJO DE ALBAÑILERÍA, TRABAJOS DE YESERÍA; CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, 3 v. alt. No. F

144 144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 42. ASÍ COMO SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO RELATI- VOS A ELLOS; SERVICIOS DE ANÁLISIS Y DE INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL; DISEÑO Y DESARROLLO DE ORDENADORES Y SOFTWARE. Clase: 42. La solicitud fue presentada el día catorce de julio del año dos mil once. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de CEMEX RESEARCH GROUP AG., de nacionalidad SUIZA, solicitando trece de enero del año dos mil doce.- el registro de la MARCA DE SERVICIOS, ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, Consistente en: Un diseño, que servirá para: AMPARAR: INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE NUEVOS PRODUCTOS 3 v. alt. No. F PARA TERCEROS, INVESTIGACIÓN EN MATERIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL, PRUEBA DE MATERIALES, DISEÑO INDUSTRIAL, ESTUDIO DE PROYECTOS TÉCNICOS, USO DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN, No. de Expediente: CONTROL DE CALIDAD. Clase: 42. No. de Presentación: La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos mil doce. CLASE: 35, 38, 42. veintiséis de enero del año dos mil doce.- HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARÍA BUSTAMANTE GUILLÉN, en su calidad de APODERADO de MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 42. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado de CEMEX, S. A. B. DE C. V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS. Consistente en: Las palabras Patrimonio Hoy y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS TELUS CORPORATION, de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, POWERED BY TELUS Consistente en: La expresión POWERED BY TELUS, traducida como Desarrollado por Telus, que servirá para: AMPARAR: SUMI- NISTRO Y OPERACIÓN DE NEGOCIOS DE PLATAFORMAS DE COMERCIO ELECTRÓNICO DE NEGOCIO A NEGOCIO; SERVICIOS DE GESTIÓN, ALMACENAMIENTO Y SEGURIDAD DE DATOS; SERVICIOS DE OUTSOURCING (GESTIÓN POR TERCEROS) DE NEGOCIOS; SERVICIOS DE FACTURACIÓN; SERVICIOS DE DOCUMENTOS, ESPECÍFICAMENTE, IMAGEN ELECTRÓNICA, ESCANEO, ARREGLO, DIGITALIZACIÓN, MODIFICACIÓN Y RETOQUE DE DOCUMENTOS EN PAPEL Y ELECTRÓNICOS PARA OTROS; SERVICIOS DE PLANIFICACIÓN DE RECURSOS DE EMPRESAS. Clase: 35. Para: AMPARAR: SER- VICIOS DE LLAMADAS, MENSAJERÍA Y CORREO; SERVICIOS DE PROVEEDOR DE SERVICIO DE INTRANET E INTERNET. Clase: 38. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE GESTIÓN DE REDES, SERVICIOS DE ALOJAMIENTO DE SERVIDORES Y SITIOS WEB; DISEÑO, DESARROLLO, HABILITACIÓN DE INTERNET, INTE- GRACIÓN, IMPLEMENTACIÓN, OPERACIÓN, ACTUALIZACIÓN, MANTENIMIENTO Y GESTIÓN DE APLICACIONES DE COMPU- TADOR; SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN; SERVICIOS DE GEOMÁTICA. Clase: 42,

145 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de La solicitud fue presentada el día nueve de agosto del año dos mil once. veintiocho de mayo del año dos mil doce.- La solicitud fue presentada el día nueve de agosto del año dos mil once. veintiocho de mayo del año dos mil doce.- MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 35, 38, 42. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARÍA BUSTAMANTE GUILLÉN, en su calidad de APODERADO de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 35, 38, 42. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN, 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARÍA BUSTAMANTE GUILLÉN, en su calidad de APODERADO de TELUS CORPORATION, de nacionalidad CANADIENSE, solicitando TELUS CORPORATION, de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, el registro de la MARCA DE SERVICIOS, TELUS Consistente en: La expresión TELUS y diseño, que servirá para: Consistente en: La palabra TELUS, que servirá para: AMPARAR: AMPARAR: SUMINISTRO Y OPERACIÓN DE NEGOCIOS DE SUMINISTRO Y OPERACIÓN DE NEGOCIOS DE PLATAFORMAS PLATAFORMAS DE COMERCIO ELECTRÓNICO DE NEGOCIO A DE COMERCIO ELECTRÓNICO DE NEGOCIO A NEGOCIO; NEGOCIO; SERVICIOS DE GESTIÓN, ALMACENAMIENTO Y SE- SERVICIOS DE GESTIÓN, ALMACENAMIENTO Y SEGURIDAD GURIDAD DE DATOS; SERVICIOS DE OUTSOURCING (GESTIÓN DE DATOS; SERVICIOS DE OUTSOURCING (GESTIÓN POR POR TERCEROS) DE NEGOCIOS; SERVICIOS DE FACTURACIÓN; TERCEROS) DE NEGOCIOS; SERVICIOS DE FACTURACIÓN; SERVICIOS DE DOCUMENTOS, ESPECÍFICAMENTE, IMAGEN SERVICIOS DE DOCUMENTOS, ESPECÍFICAMENTE, IMAGEN ELECTRÓNICA, ESCANEO, ARREGLO, DIGITALIZACIÓN, ELECTRÓNICA, ESCANEO, ARREGLO, DIGITALIZACIÓN, MODIFICACIÓN Y RETOQUE DE DOCUMENTOS EN PAPEL Y MODIFICACIÓN Y RETOQUE DE DOCUMENTOS EN PAPEL Y ELECTRÓNICOS PARA OTROS; SERVICIOS DE PLANIFICACIÓN ELECTRÓNICOS PARA OTROS; SERVICIOS DE PLANIFICACIÓN DE RECURSOS DE EMPRESAS. Clase: 35. Para: AMPARAR: SER- DE RECURSOS DE EMPRESAS. Clase: 35. Para: AMPARAR: SER- VICIOS DE LLAMADAS, MENSAJERÍA Y CORREO; SERVICIOS VICIOS DE LLAMADAS, MENSAJERÍA Y CORREO; SERVICIOS DE PROVEEDOR DE SERVICIO DE INTRANET E INTERNET. DE PROVEEDOR DE SERVICIO DE INTRANET E INTERNET. Clase: 38. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE GESTIÓN DE REDES, Clase: 38. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE GESTIÓN DE REDES, SERVICIOS DE ALOJAMIENTO DE SERVIDORES Y SITIOS WEB; SERVICIOS DE ALOJAMIENTO DE SERVIDORES Y SITIOS WEB; DISEÑO, DESARROLLO, HABILITACIÓN DE INTERNET, INTEGRA- DISEÑO, DESARROLLO, HABILITACIÓN DE INTERNET, INTEGRA- CIÓN, IMPLEMENTACIÓN, OPERACIÓN. ACTUALIZACIÓN, CIÓN, IMPLEMENTACIÓN, OPERACIÓN, ACTUALIZACIÓN, MANTENIMIENTO Y GESTIÓN DE APLICACIONES DE COM- MANTENIMIENTO Y GESTIÓN DE APLICACIONES DE COM- PUTADOR; SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE TECNOLOGÍA PUTADOR; SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN; SERVICIOS DE GEOMÁTICA. Clase: 42. DE INFORMACIÓN; SERVICIOS DE GEOMÁTICA. Clase: 42.

146 146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 La solicitud fue presentada el día nueve de agosto del año dos mil once. veintiocho de mayo del año dos mil doce.- Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARÍA BUSTAMANTE GUILLÉN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Marin s International, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, MARIN'S Consistente en: La palabra MARIN'S, que servirá para: AMPARAR: AGENCIAS DE INFORMACIÓN COMERCIAL, AGENCIAS DE PUBLICIDAD, CORREO PUBLICITARIO, DIFUSIÓN DE MATERIAL Y DE ANUNCIOS PUBLICITA- RIOS EN SOPORTES DE COMUNICACIONES VISUALES DE CARTÓN, PAPEL O PLÁSTICO, DIFUSIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO (FOLLETOS, PROSPECTOS, IMPRESOS, MUESTRAS), PROMOCIONES DE VENTA PARA TERCEROS. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos mil doce. veinticinco de abril del año dos mil doce.- No. de Expediento: No. de Presentación: CLASE: 35, 38. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de TELEVIDEO SERVICES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: La palabra AlbaSat, que servirá para: AMPARAR: GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; SUSCRIPCIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNI- CACIONES PARA TERCEROS. EN ESPECIAL, SUSCRIPCIÓN DE TELEVISIÓN SATELITAL. Clase: 35. Para: AMPARAR: TELECO- MUNICACIONES; DIFUSIÓN DE PROGRAMAS DE TELEVISIÓN; EMISIONES DE TELEVISIÓN; TRANSMISIÓN POR SATÉLITE E INTERNET. EN ESPECIAL TELEVISIÓN SATELITAL POR SUS- CRIPCIÓN. Clase: 38. La solicitud fue presentada el día tres de noviembre del año dos mil once. cinco de junio del año dos mil doce.- No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 38. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN, 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO de WOW BRAND HOLDING CORP., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN, 3 v. alt. No. F Consistente en: Las palabras nyx messenger y diseño, donde la palabra Messenger se traduce al castellano como Mensajero, que servirá

147 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de para: AMPARAR: SERVICIOS DE MENSAJERÍA INSTANTÁNEA POR CHAT A TRAVÉS DE CELULAR. Clase: 38. La solicitud fue presentada el día veintinueve de febrero del año dos mil doce. veintidós de junio del año dos mil doce.- No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 43. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN, 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de PROYEC- TOS ALIMENTICIOS INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PROYECTOS ALIMENTICIOS INTERNACIONALES, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: La palabra MORTEROS y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTES Y BARES. Clase: 43. La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil doce. once de junio del año dos mil doce.- MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 43. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de PROYECTOS ALIMENTICIOS INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PROYECTOS ALIMENTICIOS INTERNACIONALES, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, PIG WINGS Consistente en: Las palabras PIG WINGS, que se traduce como ALAS DE CERDO, que servir para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTES Y BARES. Clase: 43. La solicitud fue presentada el día veintitrés de marzo del año dos mil doce. veintinueve de marzo del año dos mil doce.- MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN, REPOSICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO AVISO 3 v. alt. No. F ASESUISA VIDA, S. A., Seguros de Personas, hace del conocimiento del público en general, que a esta Compañía se ha presentado la señora NICOLASA ELSY MORALES Vda. DE MONTANO, quien es de sesenta y cuatro años de edad, del domicilio de San Vicente, expresando que ha extraviado la Póliza de Seguro de Vida a su nombre No /A-2000, emitida con fecha 14 de agosto de 1997, por la suma de $11, (ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE 00/100 DÓLARES AMERICA- NOS) y solicita su reposición. La Compañía procederá a la cancelación del documento expresado y a su reposición si dentro del plazo de 30 días a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición. San Salvador, a los diecisiete días del mes de Julio de dos mil doce.- CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, VIRGINIA ARAUJO, Jefe Emisión Seguros Personas. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

148 148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 MARCA DE PRODUCTO No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09, 25, 41. de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO. VIRTULEARN. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Deepflight AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO. DEEPFLIGHT Consistente en: la palabra DEEPFLIGHT, que servirá para: AM- PARAR: DISCOS COMPACTOS, DVD'S Y OTROS MEDIOS DE GRABACION DIGITALES; APARATOS PARA GRABAR, TRANS- MITIR Y REPRODUCIR SONIDO E IMAGENES. Clase: 09. Para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, Y ARTICULOS DE SOMBRERERIA. Clase: 25. Para: AMPARAR: ENTRETENIMIENTO; ORGANIZACION Y ARREGLO DE FIESTAS, EVENTOS MUSI- CALES Y BAILABLES Y PRESENTACIONES RELACIONADAS; ACTIVIDADES Y EVENTOS DEPORTIVOS Y CULTURALES. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil doce. diecisiete de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09, v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de DePuy, Inc., Consistente en: la palabra VIRTULEARN, que servirá para: AMPARAR: HARDWARE Y SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA LA SIMULACION DE LOS PROCEDIMIENTOS QUIRUR- GICOS, HARDWARE Y SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA LA EDUCACION Y ENTRENAMIENTO MEDICO, APARATOS MEDICOS Y CIENTIFICOS, ESPECIFICAMENTE, SIMULADORES MEDICOS PARA SU USO COMO MATERIAL DE APOYO DIDAC- TICO PARA EL DIAGNOSTICO Y LA CIRUGIA, PROGRAMAS DE COMPUTADORA E INSTRUMENTOS, ESPECIFICAMENTE, SOFT- WARE Y HARDWARE DE COMPUTADORA UTILIZADO PARA LA SIMULACION DE INSTRUMENTOS Y PROCEDIMIENTOS QUIRURGICOS Y PARA LA EDUCACION Y ENTRENAMIENTO MEDICO, PROGRAMAS DE COMPUTADORA PARA EL APREN- DIZAJE DE HABILIDADES A TRAVES DE LA SIMULACION EN LOS CAMPOS MEDICOS Y QUIRURGICOS, SIMULADORES MEDICOS PARA SU USO EN LA FORMACION DEL PERSONAL MEDICO ASI COMO DE APOYO DIDACTICO PARA EL PER- SONAL MEDICO, PROGRAMAS DE COMPUTADORA PARA REPRESENTAR Y SIMULAR LAS CONDICIONES ANATOMICAS Y PATOLOGICAS ASI COMO LOS PROCESOS FISIOLOGICOS; SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA LA SIMULACION DE LOS PROCEDIMIENTOS MEDICOS PARA SU USO EN LA CAPACITA- CION DE MEDICOS (FISICOS), CIRUJANOS, Y OTRO PERSONAL MEDICO, DISPOSITIVOS BASADOS EN COMPUTADORA DE SIMULACION MEDICA, ESPECIFICAMENTE, APARATOS DISE- ÑADOS PARA SIMULAR LOS INSTRUMENTOS QUIRURGICOS Y/O CONDICIONES MEDICAS CON EL PROPOSITO DE LA FORMACION DE MEDICOS (FISICOS), CIRUJANOS Y DEMAS PERSONAL MEDICO, SOFTWARE PARA LA SIMULACION DE PROCEDIMIENTOS Y CONDICIONES MEDICAS EN EL CAMPO DE LA ORTOPEDIA Y LA CIRUGIA ORTOPEDICA. Clase: 09. Para: AMPARAR: SERVICIOS EDUCATIVOS, ESPECIFICAMENTE, LA REALIZACION DE PROGRAMAS EN LOS CAMPOS DE ORTOPE- DIA Y DE LA CIRUGIA ORTOPEDICA, SERVICIOS EDUCATIVOS, ESPECIFICAMENTE, CONDUCCION DE PROGRAMAS EN LOS CAMPOS DE PROGRAMAS DE COMPUTADORA E INSTRUMEN- TOS QUIRURGICOS PARA PROCEDIMIENTOS QUIRURGICOS SIMULADOS, SERVICIOS EDUCATIVOS, ESPECIFICAMENTE, CONDUCCION DE CLASES, SEMINARIOS, CONFERENCIAS, TALLERES, CLASES PRIVADAS, ESTACIONES DE FORMACION EN SITIO Y SESIONES DE CAPACITACION SUMINISTRADAS A TRAVES DE REDES INFORMATICAS EN LOS CAMPOS DE ORTOPEDIA Y DE LA CIRUGIA ORTOPEDICA; SUMINISTRO DE CAPACITACION EN LOS CAMPOS DE ORTOPEDIA Y CIRUGIA ORTOPEDICA; ENTRENAMIENTO DE SIMULACION EN LOS CAMPOS DE ORTOPEDIA Y DE LA CIRUGIA ORTOPEDICA; SUMINISTRO DE FORMACION EN EL AMBITO DE LOS PRO- GRAMAS INFORMATICOS DE SIMULACION, ENTRENAMIENTO EN LOS CAMPOS DE LA ORTOPEDIA Y CIRUGIA ORTOPEDICA. Clase: 41.

149 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año dos mil doce. nueve de mayo del año dos mil doce. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 19. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de CEMEX RESEARCH GROUP AG., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: MATE- RIALES DE CONSTRUCCION NO METALICOS, TALES COMO CEMENTO, CONCRETO, MORTERO, PIEDRA, CAL, GRAVA, YESO, LOSETA, TABIQUES, LADRILLO, TEJAS, MOSAICOS, TUBOS RIGIDOS NO METALICOS PARA LA CONSTRUCCION, ASFALTO, PEZ Y BETUN, CONSTRUCCIONES TRANSPORTA- BLES NO METALICAS, TALES COMO MODULOS, PANELES, COLUMNAS PRECOLADAS Y MONUMENTOS NO METALICOS. Clase: 19. La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos mil doce. veintiséis de enero del año dos mil doce.. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de CEMEX RESEARCH GROUP AG., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: MATE- RIALES DE CONSTRUCCION NO METALICOS, TALES COMO CEMENTO, CONCRETO, MORTERO, PIEDRA, CAL, GRAVA, YESO, LOSETA, TABIQUES, LADRILLO, TEJAS, MOSAICOS, TUBOS RIGIDOS NO METALICOS PARA LA CONSTRUCCION, ASFALTO, PEZ Y BETUN, CONSTRUCCIONES TRANSPORTA- BLES NO METALICAS, TALES COMO MODULOS, PANELES, COLUMNAS PRECOLADAS Y MONUMENTOS NO METALICOS. Clase: 19. La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil doce. veintiséis de enero del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, No. de Expediente: v. alt. No. F MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. No. de Presentación: CLASE: 26. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO

150 150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 ESPECIAL de INDUSTRIA DE DISEÑO TEXTIL, S.A. (INDITEX, S.A.), de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. XDYE La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos mil doce. treinta de marzo del año dos mil doce. Consistente en: las letras XDYE, que servirá para: AMPARAR: ENCAJES Y BORDADOS, CINTAS Y CORDONES; BOTONES, CORCHETES Y OJETES, ALFILERES Y AGUJAS; FLORES ARTI- FICIALES; ALFILETEROS; ACERICOS (ALMOHADILLAS PARA ALFILERES); ADORNOS PARA EL CALZADO Y PARA SOMBRE- ROS (QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS); ARTICULOS DE MERCERIA (CON EXCEPCION DE HILOS); BANDAS PARA EL CABELLO; BRAZALETES; ARNESES PARA GUIAR A LOS NIÑOS; BROCHES (ACCESORIOS DE VESTIMENTA); COSTUREROS; CIERRES DE CINTURONES; CORDONES PARA EL CALZADO; CORONAS DE FLORES ARTIFICIALES; CHAPAS DE ADORNO; DEDALES (PARA COSER); DIADEMAS; ESTUCHES DE AGUJAS; HEBILLAS (ACCESORIOS DE VESTIMENTA); HEBILLAS (PARA CALZADO); HOMBRERAS PARA VESTIDOS; HORQUILLAS PARA EL CABELLO; INSIGNIAS QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS; LENTEJUELAS (PASAMANERIA); NUMEROS O. LETRAS PARA MARCAR LA ROPA; PASACINTAS; PASADO- RES (PINZAS PARA EL CABELLO); PASAMANERIA; PLUMAS (COMPLEMENTOS DE VESTIR); POMPONES; PUNTILLAS (EN- CAJES); CREMALLERAS (MERCERIA); DORSALES; PARCHES TERMOADHESIVOS PARA ADORNAR ARTICULOS TEXTILES [MERCERIA]; GANCHOS PARA TEJER ALFOMBRAS; AUTO- DUCTO. MATICOS (BROCHES); PLUMAS DE AVESTRUZ (ACCESORIOS DE VESTIR); BALLENAS DE CORSÉS; BANDAS (INSIGNIAS); CORDONCILLOS PARA RIBETEAR; BORLAS (PASAMANERIA); CINTAS ELASTICAS PARA SUBIR LAS MANGAS; ARTICULOS DE ADORNO PARA EL CABELLO; CABELLO POSTIZO; REDECI- Consistente en: la expresión MirrorLink, que servirá para: AMPA- LLAS PARA EL CABELLO; OJETES PARA CALZADO; FELPILLA RAR: HARDWARE PARA COMPUTADOR Y COMPUTADORAS, (PASAMANERIA); CHORRERAS (ENCAJES); PINZAS PARA TELEVISORES, CONSOLAS DE JUEGOS DE COMPUTADOR PANTALONES DE CICLISTAS; CIERRES PARA PRENDAS DE PARA SER USADAS CON MONITORES O PANTALLAS DE VESTIR; CINTAS AUTOADHERENTES (ARTICULOS DE MERCE- RIA); CINTAS ELASTICAS; CINTAS PARA FRUNCIR CENEFAS DE CORTINAS; CORDONCILLOS PARA PRENDAS DE VESTIR; PASADORES PARA CUELLOS; DOBLADILLOS POSTIZOS; ESCARAPELAS (PASAMANERIA); FESTONES (BORDADOS); FLECOS; FRUTAS ARTIFICIALES; GALONES; GORROS PARA HACER MECHAS; GUIRNALDAS ARTIFICIALES; HUEVOS PARA ZURCIR; ORLAS (PASAMANERIA); TRENZAS DE CABELLO; PELUCAS; BORDADOS EN PLATA; REMATES (RIBETES) PARA PRENDAS DE VESTIR; ROSETAS (PASAMANERIA); TIRANTES (CONFECCION); SUJECIONES DE TIRANTES; VOLANTES DE FALDAS Y VESTIDOS; TRENZAS; TUPÉS; GANCHOS PARA CALZADO. Clase: 26. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Car Connectivity Consortium LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO- MirrorLink VISUALIZACION EXTERNA, PERIFERICOS PARA COMPUTA- DOR, Y EQUIPOS ELECTRONICOS DE CONSUMO, ESPECIFI- CAMENTE, CAMARAS, VIDEOCAMARAS, GRABADORAS Y REPRODUCTORES DE AUDIO Y VIDEO, REPRODUCTORES DE MP3, GRABADORAS Y REPRODUCTORES DE CD, TELEFONOS CELULARES, ASISTENTES DIGITALES PERSONALES, DISPO- SITIVOS PARA TRANSMISION DE RADIO INALAMBRICA, Y SISTEMAS DE POSICIONAMIENTO GLOBAL QUE CONSISTEN EN COMPUTADORAS, SOFTWARE PARA COMPUTADOR, TRANSMISORES RECEPTORES Y DISPOSITIVOS DE INTERFAZ DE RED; E INSTRUMENTOS DE PRUEBA Y MEDICION ELEC- TRONICA, ESPECIFICAMENTE, SOFTWARE DE VALIDACION Y MAQUINA DE SIMULACION, PARA EL DISEÑO Y PRUEBA DE RENDIMIENTO, CARACTERISTICAS, COMPATIBILIDAD,

151 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de INTEROPERABILIDAD, FUNCIONALIDAD, CUMPLIMIENTO Y ADHERENCIA A LOS ESTANDARES DE LA INDUSTRIA DE LOS DISPOSITIVOS ANTES MENCIONADOS, COMPONENTES Y SISTEMAS; CABLES Y CONECTORES DE CABLE DE COM- PUTADOR; SOFTWARE DE COMPUTADOR PARA EL ENVIO DE CONTENIDO VIA INALAMBRICA; SOFTWARE DE COM- PUTADOR PARA USO EN LA OPERACION DE TODOS DE LO ANTERIOR; SOFTWARE PARA COMPUTADOR PARA PROBAR EL RENDIMIENTO, CARACTERISTICAS, COMPATIBILIDAD, INTEROPERABILIDAD, FUNCIONALIDAD, CUMPLIMIENTO Y ADHERENCIA A LOS ESTANDARES DE LA INDUSTRIA DE LAS COMPUTADORAS, PRODUCTOS ELECTRONICOS Y DE TELECOMUNICACIONES. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil doce. trece de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 02. SECRETARIA.. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de E.I. DU PONT DE NEMOURS AND COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO- DUCTO. CORSHIELD Consistente en: la palabra CORSHIELD, que servirá para: AMPA- RAR: BASE DE RESINA EPOXI Y REVESTIMIENTOS DE EPOXI PARA APLICACIONES INDUSTRIALES EN LA INDUSTRIA PETROQUIMICA. Clase: 02. treinta de marzo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de International Pharma Labs S.à.r.l., de nacionalidad LUXEMBUR- GUESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. Minitran Consistente en: la palabra Minitran, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VETERINARIAS; PRE- PARACIONES HIGIENICAS Y SANITARIAS PARA USO MEDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBES; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS Y ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBI- CIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos mil doce. diez de abril del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN, La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos mil doce. 3 v. alt. No. F

152 152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No, de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. de American International Industries, de nacionalidad ESTADOUNI- DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. GIGI. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO- DUCTO. Consistente en: un diseño identificado como OLAY diseño de señora, que servirá para: AMPARAR: JABONES DE BAÑO Y TOCADOR; PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, Y DESENGRASAR; PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTI- FRICOS Y DEPILATORIOS. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil doce. treinta de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación; CLASE: 03, 04, v. alt. No. F Consistente en: la expresión GIGI, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES NO MEDICADAS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL, ESPECIFICAMENTE LOCIONES EMOLIENTES, LIMPIA- DORAS E HIDRATANTES; PREPARACIONES LIMPIADORAS PARA TODO PROPOSITO; PREPARACIONES DEPILATORIAS; CINTAS (TIRAS) DE TELA PARA FINES COSMETICOS, CERA PARA REMOVER CABELLO, CINTAS (TIRAS) QUE NO SEAN DE TELA, ACCESORIOS PARA DEPILAR CON CERA TALES COMO PANTALETAS, FACIAL PARA CUIDADO DE LA PIEL. Clase: 03. Para: AMPARAR: PARAFINA. Clase: 04. Para; AMPARAR: CALEN- TADORES ELECTRICOS Y CALENTADORES PARA PARAFINA. Clase: 11. La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil once. veinticuatro de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de BYD COMPANY LIMITED, de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO Consistente en: la expresión F3, que servirá para: AMPARAR: VEHICULOS PARA LOCOMOCION TERRESTRE, AEREA, ACUA- TICA O FERREA; VEHICULOS ELECTRICOS; AUTOMOVILES;

153 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de MOTORES PARA VEHICULOS TERRESTRES; DISPOSITIVOS ANTIRROBO PARA VEHICULOS; MOTOCICLETAS; BICICLE- TAS; CARROS MANUALES; NEUMATICOS PARA LLANTAS DE VEHICULOS. Clase: 12. La solicitud fue presentada el día siete de diciembre del año dos mil once. veinticuatro de abril del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. cuatro de junio del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de UNION DE CERVECERIAS PERUANAS BACKUS Y JOHNSTON S.A.A., de nacionalidad PERUANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. ABRAXAS Consistente en: la palabra ABRAXAS, que servirá para: AMPA- RAR: CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS. Clase: 32. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL ALFREDO PAREDES BONILLA, en su calidad de REPRESENTANTE No. de Expediente: LEGAL de DISTRIBUIDORA PAREDES VELA, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, No. de Presentación: solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO. CLASE: 32. Consistente en: la palabra RECORD y diseño. Se traduce al castellano como: Duración, que servirá para: AMPARAR: ACUMULADORES ELECTRICOS (BATERIAS), HUMEDAS Y SECAS. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año dos mil doce. dieciocho de abril del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos mil doce. 3 v. alt. No. F

154 154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 De Tercera Publicación ACEPTACION DE HERENCIA JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN. HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las nueve horas con cincuenta minutos del día veintiséis de junio de dos mil doce, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el causante MAXIMILIANO MAZARIEGO, quien fue de setenta y ocho años de edad, agricultor en pequeño, fallecido el día seis de marzo de dos mil doce, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de la señora JESUS MAZARIEGO MAZARIEGO.- La expresada aceptante lo hace en calidad de HIJA del referido causante; y se le confirió a dicha aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del día nueve de julio de dos mil doce. LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C MANUEL DE JESUS ESCOBAR ROSA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL. HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta minutos del día diez de Julio de dos mil doce se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora ANA PAULA RIVAS conocida por ANA PAULA RIVAS GIRION, quien falleció a las ocho horas y quince minutos del día catorce de abril de mil novecientos noventa, en el Hospital San Juan de Dios, de esta ciudad, y el lugar de su último domicilio San Miguel, de parte del señor FRANCISCO RIVAS, como hijo de la causante y además como cesionario de los derechos hereditarios que les correspondía en la sucesión a los señores TOMAS RIVAS, GUILLERMO RIVAS CHAVEZ y JUANA SANTOS RIVAS DE CABALLERO como hijos de la causante y se ha conferido al aceptante declarado en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las nueve horas y cincuenta minutos del día diez de Julio de dos mil doce.- LIC. MANUEL DE JESUS ESCOBAR ROSA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL, SUPLENTE.- LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, 3 v. alt. No. C DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL. Al público para efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinticinco minutos del día veintiocho de junio de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSE DANIEL REINA ALFARO, quien fue de cuarenta y un años de edad, empleado, casado, fallecido el día treinta y uno de marzo de dos mil siete, siendo la ciudad de San Miguel el lugar de su último domicilio, de parte de los señores ADELA PINEDA VIUDA DE REINA conocida por ADELA PINEDA REYES, CARLOS ALFREDO, HENRY DANIEL y JOSE JULIAN, todos de apellidos REINA PINEDA, en calidad de cónyuge e hijos sobrevivientes del causante; así como cesionarios de los derechos que le correspondían a la señora EVANGELINA REYNA, en calidad de madre del causante, confiriéndose en el carácter indicado la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MER- CANTIL, San Miguel: a las ocho veintiocho minutos del día veintiocho de junio de dos mil doce.- LICDA. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

155 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN- TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las doce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día doce de agosto de dos mil cuatro, en Sensuntepeque, departamento de Cabañas, siendo el Cantón Agua Zarca, Guacotecti, departamento de Cabañas, su último domicilio; dejó el señor JOSE REYES ESCAMILLA TORRES, quien fue de ochenta y nueve años de edad, casado, jornalero, hijo de Gabriel Escamilla Saravia y de María de Jesús Torres Leiva, originario de Guacotecti, Departamento de Cabañas; de parte de la señora MARIA DOLORES ESCAMILLA DE CORTEZ, como hija del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en calidad de cónyuge e hija del causante respectivamente le correspondían a las señoras MARIA LUCIA RIVAS DE ESCAMILLA y MARIA DORA ESCAMILLA DE SARAVIA, representada por el Licenciado HUGO ROSENDO VLADIMIR HERNANDEZ, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial. Habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. MARIA SILVIA GUILLEN, notaria, de este domicilio, con Despacho SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida sucesión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los veintinueve días del mes de mayo de dos mil doce.- LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, 3 v. alt. No. C DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día seis de julio del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores ADOLFO MARROQUIN MARTINEZ, MARTA ISABEL MARROQUIN DE PORTILLO, ELEAZAR ARMANDO MARROQUIN MARTINEZ, GILBERTO MARROQUIN MARTINEZ, NAPOLEON MARROQUIN MARTINEZ, REINA ISABEL MARROQUIN DE PLATERO, TERESA DE JE- SUS MARROQUIN MARTINEZ, ROSA AMALIA MARROQUIN MARTINEZ, MIGUEL ANGEL MARROQUIN MARTINEZ, ROGELIO MARROQUIN MARTINEZ, WILIAN ALFREDO AREVALO MARROQUIN Y JOSE ARNULFO HERNANDEZ MARROQUIN, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora ROSA MARTINEZ VIUDA DE MARROQUIN, quien fue de ochenta y tres años de edad, ama de casa, fallecida a las tres horas cincuenta minutos del día dos de noviembre de dos mil seis, en el Hospital Rosales, de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Guadalupe, departamento de San Vicente, los primeros diez en concepto de hijos, y en concepto de hijos de la causante, y los dos últimos por derecho de representación que en la sucesión de la causante le correspondía a su padre señor JOSE ANTONIO MARROQUIN MARTINEZ, este último en concepto de hijo de la causante. Y se ha nombrado a los aceptantes administradores y representantes interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas diez minutos del día seis de julio de dos mil doce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, - 3 v. alt. No. F Jurídico, ubicado en veinticinco Calle Poniente, número mil trescientos treinta y dos, Colonia Layco, San Salvador (FESPAD), con Teléfono , HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notaria proveída a las nueve horas del día diez de julio del corriente año; se ha tenido por Aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia intestada que a su defunción dejara el señor FRANCISCO CASTILLO, quien falleció a las tres horas y treinta minutos del día trece de marzo del corriente año, en la Colonia Florencia Carretera Troncal del Norte Kilómetro Diez y medio, casa treinta y dos, del municipio de Ciudad Delgado, departamento de San Salvador, hijo de Josefina Castillo, a la señora SONIA EDITH CASTILLO GUZMAN, en calidad de hija y cesionaria del derecho que les correspondía a los señores: ANA DARITA DULCINEA GUZMAN DE CASTILLO, conocida por ANA DARITA GUZMAN DE CASTILLO, ANA DARITA TISNADO MARTINEZ y por ANA DARITA GUZMAN, ZAIDA LETICIA CASTILLO DE ESCAMILLA; ROSA MIRIAM CASTILLO DE HERRERA, MARIO ERNESTO CASTILLO GUZMAN; ANA LESVIA CASTILLO GUZMAN, FRANCISCO CASTILLO ESPINOZA, LILIAN DINO- RAH CASTILLO DE FLAMENCO y REGINA EVELIN CASTILLO DE SERRANO, como esposa e hijos respectivamente del causante, quien es la heredera Intestada del causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión Intestada con las facultades y las restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.- En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con igual o mejor derecho a la referida herencia, para que se presenten en la oficina indicada, en el término de quince días contados a partir del siguiente día de la última publicación del presente edicto.-

156 156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Librado en el Despacho de la Notaria MARIA SILVIA GUILLEN, inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad en la Ciudad de San Salvador, a los once días del mes de julio del año de Olocuilta, Departamento de La Paz, siendo también su último domicilio, dos mil doce. el día diecisiete de Abril del año dos mil tres, dejó la causante JUANA DE PAZ VASQUEZ DE SURIA hoy VIUDA DE SURIA conocida por JUAN DE PAZ VASQUEZ y por JUANA DE PAZ, de parte de la LICDA. MARIA SILVIA GUILLEN, señora MARIA AMPARO SURIA DE VENTURA conocida por MARIA NOTARIA.- AMPARO SURIA DE PAZ, en su calidad de hija y como cesionaria de los derechos hereditarios que en abstracto en la presente sucesión les 3 v. alt. No. F correspondían a los señores JESUS DANIEL SURIA DE PAZ conocido por JESUS DANIEL SURIA, MARIA ANGELA SURIA DE LOPEZ conocida por MARIA ANGELA SURIA, MARIA JULIA SURIA DE PAZ conocida por MARIA JULIA SURIA, y MARIA DAMASIA LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL SURIA DE PAZ conocida por MARIA DAMASIA SURIA, en calidad DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. de hijos de la de cujus en mención. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, Se ha conferido a la aceptante la administración y representación a las diez horas cincuenta y siete minutos de este día, se ha tenido por interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores aceptada expresamente y con beneficio de inventario la sucesión intestada de la herencia yacente. que a su defunción dejó el causante JORGE ALBERTO QUINTANILLA Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención para MENDEZ, quien fue de treinta y nueve años de edad, Albañil, Casado, que transcurridos que sean quince días contados a partir del siguiente al originario de San Salvador, Departamento de San Salvador, de nacionalidad salvadoreña, siendo éste su último domicilio, hijo de María Julia de la tercera publicación del edicto de aceptación de herencia, concurran a este tribunal a hacer uso de su derecho. Méndez y Carlos Quintanilla Mercado, fecha del fallecimiento treinta de noviembre del año dos mil ocho; de parte de los señores JAVIER Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ERNESTO QUINTANILLA LETONA y la señora MARIA CRUZ ley. RIVERA DE QUINTANILLA, el primero en su de calidad de hijo y la Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las nueve horas con cuarenta minutos segunda cónyuge sobreviviente del causante, representado legalmente el primero por el Licenciado MARIO ENRIQUE MELARA MOLINA y la del día veintiséis de Junio del año dos mil doce.- LICDA. JUDITH segunda por la Licenciada MARIA TERESA FLORES GUADRON. GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. Se ha conferido a los aceptantes la representación y administración INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. 3 v. alt. No. F Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después de la última publicación de este Edicto. ley.- Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas HACE SABER: Que por resolución provista por este Juzgado, el del día veintinueve de junio de dos mil doce. LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. F JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de este Municipio Judicial, HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las nueve horas con quince minutos del día veintiséis de Junio del dos mil doce.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de ANTONIO CORTEZ GOMEZ, - KARLA MARIA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINA DE SAN SALVADOR, día dos de julio de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor GUIDO GIAMMATTEI, quien fue de setenta y dos años, casado, de nacionalidad salvadoreña, originario de Santa Ana, hijo de María Louisa Risso, y del señor Miguel Ángel Giammattei, quien falleció el día doce de abril de dos mil seis, u cuyo último domicilio fue Charlotte, Mecklenburg, Carolina del Norte, Estados Unidos de América, de parte de la señora MARIA MARTHA GIAMMATTEI, conocida socialmente por MARIA MARTA SOBALVARRO GIAMMATTEI, y tributariamente MARIA MARTA SOBALVARRO DE GIAMMATTEI, a quien se le ha conferido en el carácter antes indicado, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

157 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales correspondiente, y en consecuencia, SE CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida, a fin que comparezcan a esta sede judicial a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las diez horas y cinco minutos del día dos de julio de dos mil doce.- LICDA. KARLA MARINA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA CUARTO DE LO CIVIL Y DE LO MERCANTIL INTERINA.- LIC. JACQUELINE XIOMARA AQUINO PALACIOS, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRI- TO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA. HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor 3 v. alt. No. F JORGE ERNESTO NOYOLA, quien falleció el día dieciocho de julio del año dos mil ocho, a la edad de setenta y un años, siendo su último domicilio el de esta Ciudad; por parte de la señora MARIA TERESA NOYOLA DE CUYO antes MARIA TERESA NOYOLA PEREZ, en JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE su concepto de Hija y como Cesionaria de los derechos hereditarios que LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. en la referida Sucesión le correspondían al señor JORGE ANTONIO NOYOLA PEREZ, en su calidad de hijo sobreviviente del indicado HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas causante. Confiéresele a la aceptante en los conceptos antes expresados, con cinco minutos del día dos de julio del año dos mil doce, en las diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasificadas con el NUE: la Administración y Representación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente DV-1CM1/119-03; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario, de parte de la señora ROSA LIDIA Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley. MORALES DE CASTRO, de cincuenta y dos años de edad, de Oficios Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa- Domésticos, del domicilio de la Ciudad y Departamento de San Miguel; mento de Sonsonate, dieciocho días del mes de junio del año dos mil RA INSTANCIA.- LIC. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, doce.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIME- - 3 v. alt. No. F Lic. Edgar Orlando Zúniga Rivas, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Soyapango. HACE SABER: Que por resolución de las quince horas once minutos de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora Ana María Antonieta Olmedo de Calderón o Ana María Antonieta Olmedo Anaya o Ana María Antonieta Olmedo, en concepto de cónyuge del causante, de la herencia intestada que a su defunción dejó Pantaleón Calderón Mejía, quien fue de setenta y un años de edad, casado, Motorista, del domicilio de Soyapango, originario de Guazapa, Departamento de San Salvador, hijo de Teresa de Jesús Mejía o Teresa Mejía y Antonio Calderón, de nacionalidad salvadoreña, quien falleció el día cuatro de octubre de dos mil once. En las Diligencias de Aceptación de Herencia intestada clasificadas al número único de expediente SOY-CVDV-OCV1, en el Centro Judicial de Soyapango. Se confiere a la aceptante la representación y administración INTE- RINA de la herencia con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten dentro del término de ley, a este Juzgado a deducir en legal forma sus derechos. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas doce minutos del veintinueve de junio de dos mil doce.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.- con Documento Único de Identidad número: Cero un millón doscientos treinta y siete mil quinientas sesenta - siete; con Número de Identificación Tributaria: Mil doscientos diecisiete - Doscientos diez mil seiscientos sesenta - Cero cero tres - cero; en concepto de cónyuge sobreviviente; y de parte de los menores de edad, TOMAS ALEJANDRO CASTRO MORALES, de diecisiete años de edad, Estudiante; CARLOS DANIEL CASTRO MORALES, de trece años de edad, Estudiante, ambos del domicilio de la Ciudad y Departamento de San Miguel, en calidad de hijos sobrevivientes del causante, representados por la señora Morales de Castro; así también, de parte de las señoras CLAUDIA MARIA CASTRO MORALES, de veintinueve años de edad, Estudiante, del domicilio de la Ciudad y Departamento de San Miguel; con Documento Único de Identidad número: Cero un millón ochocientos sesenta y ocho mil seiscientos veintiocho - cuatro; con Número de Identificación Tributaria: Mil doscientos diecisiete - Ciento veinte mil novecientos ochenta y dos - Ciento cinco - siete; CECILIA ELIZABETH CASTRO MORALES, de veintiocho años de edad, Estudiante, del domicilio de la

158 158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Ciudad y Departamento de San Miguel; con Documento Único de Identidad número: Cero un millón quinientos sesenta y ocho mil seiscientos treinta - ocho, con Número de Identificación Tributaria: Mil doscientos diecisiete - Trescientos mil ochocientos ochenta y tres - Ciento dos - dos; en calidad de hijas sobrevivientes; la herencia intestada dejada por el causante, señor JOSE TOMAS CASTRO ROMERO a su defunción ocurrida el día dieciséis de septiembre del año dos mil seis, a la edad de cuarenta y ocho años, Empleado, casado, originario de la Ciudad y Departamento de San Miguel, de Nacionalidad Salvadoreña, hijo de Andrés Ernesto Castro Araniva y María Olivia Romero de Castro (ambos ya fallecidos); siendo su último domicilio la Ciudad y Departamento de San Miguel; y se le ha conferido a la aceptante por sí y en representación de sus menores hijos así como de las señoras CLAUDIA MARIA CAS- TRO MORALES y CECILIA ELIZABETH CASTRO MORALES, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente que regula el Artículo 480 Código Civil. Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes después de la última publicación de este edicto. Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel, a las once horas con treinta minutos del día dos de julio del MENDEZ, en su concepto de hija del causante. año dos mil doce.- LIC. JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.- LICDA. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.- HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de fecha catorce horas diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada, con beneficio de inventario, de parte de la señora YESENIA CECIBEL CHINCHILLA GUEVARA, la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante, señor LUIS CHINCHILLA LUCERO quien fue de sesenta y dos años de edad, Motorista y falleció a las cinco horas cuarenta y cinco minutos del día nueve de julio de dos mil ocho, en el Caserío San Cristóbal de la Frontera, Cantón Piedras Azules, Candelaria de la Frontera, siendo éste el lugar de su último domicilio.- La señora YESENIA CECIBEL CHINCHILLA GUEVARA es hija y a la vez cesionaria de los derechos hereditarios que en esta sucesión les corresponden a las señoras MIRNA ELIZABETH CHINCHILLA GUEVARA y BLANCA ELIDA GUEVARA DE CHINCHILLA como hija y cónyuge sobreviviente del susodicho causante; y en ese carácter se le confiere la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- LIBRADO en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las quince horas diez minutos del día veintidós de febrero de dos mil doce.- DR. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.- 3 v. alt. No. F JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y treinta minutos del día dos de mayo del dos mil doce, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó el causante MIGUEL ANGEL DIAZ HERNANDEZ, quien falleció a las catorce horas con diez minutos del día nueve de junio del año dos mil diez, en el interior del Apartamento once, Edificio Diecinueve, de la Residencial Jardines de Zacamil, Mejicanos, Departamento de San Salvador, siendo su último Domicilio el de esta Ciudad, de parte de la señora JEANNETTE MARGARITA DIAZ Confiérese a la aceptante en el carácter antes indicado la administración y representación INTERINA de la sucesión Intestada con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Y se CITA a los que se crean con Derecho a la referida herencia a deducirlo dentro del término de quince días a partir de la última publicación del presente edicto. 3 v. alt. No. F Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las catorce horas y cuarenta minutos del día dos de mayo del dos mil doce.- LIC. JOSE RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.- SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, 3 v. alt. No. F MARÍA ELENA PÉREZ ANAYA, JUEZA INTERINA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, en las Diligencias de Aceptación de Herencia Testamentaria, clasificadas Bajo la Ref. 07-DVC-10(2) y NUE DV-1CM2, a las doce horas y quince minutos del día veintidós de junio del presente año, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO la herencia testamentaria, dejada por el causante señor TELMO ORLANDO RUIZ FLORES conocido por TELMO ORLANDO FLORES RUIZ, a su defunción ocurrida el día dieciocho de junio de mil

159 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de novecientos noventa y uno, en la Ciudad de San Salvador, siendo esta Ciudad el lugar de su último domicilio dentro del Territorio Nacional, por parte de la señora SUSANA ARÉVALO DE RUIZ, conocida por SUSANA ARÉVALO, SUSANA ARÉVALO ÁVALOS, SUSANA ARÉVALO AVALOS DE RUIZ y por SUSANA AREVALO VIUDA DE RUIZ, se le ha conferido LA ADMINISTRACIÓN Y LA REPRE- SENTACIÓN INTERINA DE LA SUCESIÓN, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que dentro del término de ley, se presenten a hacer uso de sus derechos, conforme lo señala el Art inc. 1 C.C., para lo cual líbrense y publíquense los edictos de ley en días hábiles. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las doce horas y veinticinco minutos del día veintidós de junio de dos mil doce. LICDA. MARIA ELENE PEREZ ANAYA, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, INTA.- LICDA. EDA LISSETH MEJIA MONTERROSA, SECRETARIA DE ACTUA- CIONES. 3 v. c. No. F HERENCIA YACENTE del Polígono B - II, que se adjudicara al señor Eduardo Reyes Asencio El Licenciado MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, Juez Tercero Cadenas, calejón de por medio, AL ORIENTE, lindando con lote Número de lo Civil y Mercantil, Santa Ana: Al público en general, SE HACE SABER: Que en esta sede Judicial se han promovido bajo el número de expediente DV-3CM1, Ref. DV CIII, por los licenciados América Beatriz García Herrera y Carlos Odir Escobar Martínez, diligencia de Declaración de Herencia Yacente sobre los bienes que a su defunción dejara el señor Valentín Martínez Lara, quien falleció sin haber dejado testamento, a las doce horas del día diecinueve de enero del año mil novecientos setenta, en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, siendo ésta su último domicilio, habiéndose nombrado en esta fecha como curadora para que represente dicha sucesión a la licenciada María Elizabeth Figueroa Sambrano. Lo que se hace del conocimiento público para que puedan hacerse presentes a este juzgado las personas que se crean con derecho a la TITULO DE PROPIEDAD EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE APANECA, DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN, HACE SABER: Que el Señor OSCAR ALBERTO NAJERA JACOBO, de cuarenta y nueve años de edad, soltero, carpintero, del domicilio de Apaneca, Departamento de Ahuachapán y con Documento Único de Identidad Número cero dos millones setecientos treinta y cuatro mil noventa y siete guión seis, y Número de Identificación Tributaria cero ciento dos - doscientos cincuenta mil doscientos sesenta y tres - ciento dos - ocho; de conformidad con la Ley Sobre Títulos de Predios Urbanos; Solicita TITULO DE PROPIEDAD de inmueble de naturaleza rústica, situado en los suburbios del Barrio Santiago, conocido como Aldea Santa Clara, Jurisdicción de Apaneca, Departamento de Ahuachapán, en donde se desarrolla "La Comunidad Santa Clara", lote identificado en el plano respectivo como lote número cinco del Polígono B - I con una extensión superficial de CIENTO VEINTICUATRO PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, cuyas colindancias y linderos son los siguientes: AL NORTE. Lindando con lote Número uno siete del Polígono B - I que se adjudicara a Olivia Asencio Cadenas, AL SUR, lindando con lote número seis del polígono B - I que se adjudicara a Matilde Nájera y AL PONIENTE, lindando con lote número cuatro del polígono B - I que se adjudicara a Carlos Antonio Arévalo García. El inmueble antes descrito lo estima en UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, y lo obtuvo por compra venta de posesión que hizo al señor JOSE ANDRES NAJERA. Dicho inmueble ha sido poseído por sus antecesores y su persona por más de treinta años en forma quieta, pacífica e ininterrumpida. No es dominante ni sirviente, ni tiene cargas ni gravámenes de ninguna naturaleza a favor de terceros. herencia que dejara el referido causante. Se avisa al público para efectos de Ley. Santa Ana, a las quince horas con cincuenta y seis minutos del día once de junio del año dos mil doce.- LICDO. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.- LICDA. ELIDA ZULEIMA MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DE ACTUACIONES.- Alcaldía Municipal de Apaneca, Departamento de Ahuachapán, cinco de Julio de dos mil doce. OSMIN ANTONIO GUZMAN ES- COBAR, ALCALDE MUNICIPAL.- RODRIGO ANTONIO RIVAS FLORES, SECRETARIO MUNICIPAL.- 3 v. alt. No. C v. alt. No. F

160 160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 TITULO SUPLETORIO de este domicilio, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor de la referida señora de un inmueble de naturaleza Rústica situado en Cantón San Lorenzo, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANel cual se describe así: con una extensión superficial de DIECIOCHO CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, MIL DOSCIENTOS ONCE PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY, CUADRADOS equivalentes a VEINTISEIS MIL CINCUENTA Y SEIS HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada PUNTO NOVENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS de la descripción técnica siguiente: LADO PONIENTE: línea uno-dos, rumbo Norte LESVIA MARISELA RAMIREZ RIVERA, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial de la señora MARINA DE JESUS doce grados treinta y siete minutos cuarenta y ocho segundos Oeste y RODRIGUEZ de sesenta y tres años de edad, de oficios domésticos, de una distancia de tres punto noventa y tres metros; línea dos-tres, rumbo este domicilio, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor Norte cero tres grados veintisiete minutos cero ocho segundos Este y una de la referida señora de un inmueble de naturaleza Rústica situado en Cantón San Lorenzo, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, el cual distancia de trece punto treinta y tres metros; línea tres-cuatro, rumbo se describe así: con una extensión superficial de CINCO MIL CIENTO Norte cero un grados cero tres minutos cero cuatro segundos Oeste y una NOVENTA Y CUATRO PUNTO OCHENTA METROS CUADRADOS, distancia de trece punto setenta metros; línea cuatro-cinco, rumbo Norte con los siguientes rumbos y distancias; AL SUR: en línea recta, mide cero cero grados cuarenta y dos minutos veinticinco segundos Este y once punto veinte metros, colindando con terreno propiedad del señor una distancia de cuarenta punto cuarenta y tres metros; línea cinco- seis, Jacinto Gallegos, en parte y en otra con inmueble que fue de Elfidio rumbo norte cero un grados dieciséis minutos veintiséis segundos Este y Saravia hoy de Sonia Maritza Saravia, calle longitudinal del norte de por una distancia de setenta y ocho punto ochenta y nueve metros, colindando medio; AL ORIENTE: en línea recta inclinada mide sesenta y dos punto con terreno propiedad de la señora Marina de Jesús Rodríguez, con cerco veinte metros, colindando con terreno propiedad de Jacinto Gallegos, de púas de por medio. LADO NORTE: línea seis-siete, rumbo Norte calle que conduce al caserío Caña Brava de por medio; AL NORTE: ochenta y nueve grados cuarenta y ocho minutos cuarenta y un segundos en línea recta de sesenta y seis punto ochenta metros, colindando con Este y una distancia de noventa y cinco punto cuarenta y siete metros; terreno propiedad de Jacinto Gallegos; Y AL PONIENTE: en línea línea siete-ocho, rumbo Sur setenta y un grados cuarenta y dos minutos recta de setenta y un metros, colindando con terreno propiedad del señor cuarenta y siete segundos Este y una distancia de catorce punto cuarenta Jacinto Gallegos. En todos los rumbos cerco de poste de cemento con y cinco metros; línea ocho-nueve, rumbo Sur setenta y seis grados treinta tela metálica propios. Dentro del inmueble existe construida una casa de sistema mixto. Lo adquirió por compraventa que le hizo a la señora y nueve minutos treinta y seis segundos Este y una distancia de cuarenta MARIA EVARISTA VELASCO DE ORELLANA, en el mes de abril y tres punto sesenta y seis metros; LADO ORIENTE: línea nueve-diez, del dos mil doce, y lo valora en la cantidad de DIEZ MIL DOLARES rumbo sur diecisiete grados cincuenta y cuatro minutos cuarenta y un DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. segundos Oeste y una distancia de cincuenta y ocho punto noventa metros, línea diez-once, rumbo Sur cero seis grados cincuenta y cuatro JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA de Sensuntepeque, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil doce. LIC. JOSE ANGEL minutos cuarenta y un segundos Oeste y una distancia de treinta y uno POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. HUGO punto cero dos metros, línea once-doce, rumbo Sur cero tres grados cero ERNESTO MENA HERNANDEZ, 3 v. alt. No. C JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN- CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada LESVIA MARISELA RAMIREZ RIVERA, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial de la señora TERESA DE JESUS RO- DAS RODRIGUEZ de cuarenta años de edad, de oficios domésticos, cuatro minutos cincuenta y nueve segundos Este y una distancia de seis punto cuarenta y un metros, línea doce-trece, rumbo Sur doce grados cincuenta y siete minutos cero nueve segundos Este y una distancia de ocho punto catorce metros, colindando con terreno propiedad de José Ángel Paúl Rodas Rodríguez, con quebrada de por medio; LADO SUR: línea trece-catorce, rumbo Sur setenta y cuatro grados dieciocho minutos cuarenta y un segundos Oeste y una distancia de tres punto treinta y nueve metros, línea catorce-quince, rumbo Sur setenta y tres grados cero cuatro minutos treinta y ocho segundos Oeste y una distancia de quince punto sesenta y un metros, línea quince-dieciséis, rumbo Sur setenta y seis grados dieciocho minutos quince segundos Oeste y una distancia de diez punto diecinueve metros, línea dieciséis-diecisiete, rumbo Sur sesenta y nueve grados diez minutos diecinueve segundos Oeste y una

161 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de distancia de cinco punto noventa y tres metros, línea diecisiete-dieciocho, rumbo Sur ochenta y nueve grados veintidós minutos veinticuatro segundos Oeste y una distancia de cuatro punto cuarenta y un metros, línea dieciocho-diecinueve, rumbo Sur setenta y cinco grados catorce minutos cuarenta y ocho segundo Oeste y una distancia de diecinueve punto noventa metros, línea diecinueve-veinte, rumbo Sur setenta y tres grados cuarenta y ocho minutos doce segundos Oeste y una distancia de dieciséis punto veintinueve metros, línea veinte-veintiuno, rumbo Sur ochenta y un grados catorce minutos cuarenta segundos Oeste y una distancia de uno punto ochenta y cuatro metros, línea veintiuno-veintidós, rumbo Sur cuarenta y nueve grados treinta y cuatro minutos veinticinco segundos Oeste y una distancia de dos punto cincuenta y un metros, línea veintidós-veintitrés, rumbo Sur setenta y seis grados dieciséis minutos cero seis segundos oeste y una distancia de diecinueve punto ochenta y cuatro metros, línea veintitrés-veinticuatro, rumbo Sur setenta y un grados trece minutos cuarenta y tres segundos Oeste, y una distancia de once punto cincuenta y cuatro metros, línea veinticuatro-veinticinco, rumbo Sur setenta y nueve grados veinticuatro minutos doce segundos Oeste y una distancia de ocho punto catorce metros, línea veinticinco-uno, rumbo Sur setenta y ocho grados veintisiete minutos cero siete segundos Oeste LINDERO PONIENTE: En línea recta mide Ciento diez punto cero un y una distancia de diecinueve punto sesenta y cuatro metros, colindando con terreno propiedad de Juan José Rodríguez, con calle de por medio que de la presa Cinco de Noviembre conduce a Sensuntepeque, llegando por medio. Lo adquirió por compraventa que le hizo al señor MARCOS con esta última distancia y rumbo al vértice sur oriente donde se inició esta descripción. Lo adquirió por compraventa que le hizo al señor JOSE EUSTAQUIO GALLEGOS SARAVIA, en el año mil novecientos setenta POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC.HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ. 3 v. alt. No. C JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN- CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada LESVIA MARISELA RAMIREZ RIVERA, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del señor CARLOS ERFIDIO SARAVIA MENDEZ, de treinta y dos años de edad, Licenciado en Educación, de este domicilio, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor del referido señor de un inmueble de naturaleza Rústica situado en Cantón San Lorenzo, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, el cual se describe así: con una extensión superficial de SEIS MIL QUI- NIENTOS SETENTA Y SEIS PUNTO NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, equivalentes a NUEVE MIL CUATROCIENTOS DIEZ PUNTO TREINTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS. Su descripción inicia en el vértice Nor Poniente que es el punto de partida de esta descripción: LINDERO NORTE: En línea recta mide setenta punto cuarenta y siete metros; en parte colindando con terreno propiedad de SANTOS RODAS RODRIGUEZ con Carretera Longitudinal del Norte de por medio y cerco de alambre propio, y en otra parte con terreno propiedad de la señora ROSA EMMA SORTO con Carretera Longitudinal del Norte de por medio. LINDERO ORIENTE: En línea semi quebrada mide ciento trece punto setenta y cuatro metros; colindando con terreno propiedad del señor JOSE JUVENTINO VELASCO, con cerco de alambre propio y cerco de piedra medianero de por medio. LINDERO SUR: En línea semi quebrada mide cincuenta y ocho punto sesenta y cinco metros, colindando con terreno propiedad de la señora MARTA PORTILLO con cerco de alambre de púas y piña de por medio. metros, colindando con inmueble que este día será vendido a la señora SONIA MARITZA SARAVIA MENDEZ con lindero sin materializar de ERFIDIO SARAVIA conocido por MARCOS ELFIDIO DARAVIA, en el mes de junio de dos mil once, y lo valora en la cantidad de OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. y ocho, y lo valora en la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA de Sensuntepeque, a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. dieciocho días del mes de junio de dos mil doce. LIC JOSE ANGEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA de Sensuntepeque, a los POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. HUGO veintidós días del mes de junio de dos mil doce. LIC. JOSE ANGEL ERNESTO MENA HERNANDEZ, 3 v. alt. No. C LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERÓN, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO JUDICIAL, HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado el Licenciado CARLOS ANTONIO MEDINA AMAYA, como apoderado general judicial con cláusula especial del señor OSCAR MARTÍNEZ SÁNCHEZ, solicitando título supletorio, a favor del referido señor MARTÍNEZ SÁNCHEZ, sobre un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón Concepción Los Planes, Jurisdicción de San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, el cual tiene una extensión superficial de SEIS

162 162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 MIL SETECIENTOS OCHO PUNTO SESENTA Y UN METROS CUA- DRADOS, el cual tiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, está compuesto de siete tramos: Tramo Uno Sur, veintiséis grados diez minutos dieciséis segundos Oeste, con una distancia de ocho punto cero cinco metros; Tramo dos Sur, treinta y dos grados diecisiete minutos trece segundos Oeste, con una distancia de nueve punto cuarenta y siete metros, Tramo Tres Sur, cuarenta y cuatro grados quince minutos catorce segundos Oeste, con una distancia de ocho punto treinta y cinco metros; Tramo Cuatro Sur, cincuenta y siete grados diecisiete minutos veintiséis segundos Oeste, con una distancia de nueve punto cero cinco metros; Tramo Cinco Sur, cincuenta y nueve grados cincuenta y ocho minutos dieciséis segundos Oeste, con una distancia de veintiuno punto treinta metros; Tramo seis Sur treinta y dos grados veintiséis minutos cuarenta y dos segundos Oeste, con una distancia de diecisiete punto sesenta y cinco metros; Tramo Siete Sur, treinta grados cuarenta y ocho minutos veinticinco segundos Oeste con una distancia de veintiuno punto sesenta y ocho metros, cerco de alambre de por medio y Calle que conduce de San Francisco Chinameca a Olocuilta, colindando con terreno propiedad de Guadalupe Martínez; AL SUR, está compuesto por cuatro tramos: Tramo Uno Sur, ochenta y nueve grados doce minutos diecisiete segundos once Sur, sesenta y dos grados veinticinco minutos trece segundos Este, Oeste, con una distancia de once punto sesenta y cinco metros; Tramo dos Sur ochenta y nueve grados veinticinco minutos quince segundos Oeste con una distancia de doce punto ochenta y cinco metros; Tramo con una distancia de catorce punto cuarenta metros; Tramo trece Sur tres Sur, ochenta y siete grados treinta y siete minutos catorce segundos Oeste, con una distancia de diez punto sesenta metros; Tramo cuatro Sur, ochenta y seis grados cincuenta y seis minutos veintiocho segundos Oeste, con una distancia de nueve punto veinticinco metros cerco de alambre Carpio.- de por medio y colinda con terreno propiedad de Francisco Molina; y El señor OSCAR MARTÍNEZ SÁNCHEZ adquirió el inmueble AL PONIENTE, está compuesto por ocho tramos: Tramo uno Norte, por medio de compra hecha al señor SIXTO MARTÍNEZ PEÑA, en veintitrés grados diez minutos doce segundos Oeste, con una distancia de enero de mil novecientos noventa, por lo que sumada la posesión con nueve punto ochenta y cinco metros; Tramo dos norte veintidós grados la de su antecesor, ésta data de más de diez años consecutivos. veintiséis minutos diecisiete segundos Oeste, con una distancia de doce Inmueble que no es inscribible por carecer de antecedente inscrito, punto cuarenta metros; Tramo tres Norte, veintiún grados treinta y dos no lo posee en proindivisión con persona alguna no es dominante, ni minutos veintiocho segundos Oeste, con una distancia de ocho punto sirviente. veinticinco metros; Tramo cuatro Norte diecinueve grados veinticinco minutos catorce segundos Oeste, con una distancia de cinco punto ochenta y cinco metros; Tramo cinco Norte, quince grados diecisiete minutos doce segundos Oeste, con una distancia de ocho punto ochenta metros; Tramo seis Norte, once grados veintitrés minutos quince segundos Oeste, con una distancia de once punto doce metros; Tramo siete Norte, nueve grados diecisiete minutos veintisiete segundos Oeste, con una distancia de seis punto ochenta metros; Tramo ocho Norte seis grados cuarenta y dos minutos veintiún segundos Oeste, con una distancia de nueve punto cincuenta metros, cerco sin materializar de por medio colindando con terreno de Francisco Molina. Y AL NORTE, está compuesto por trece tramos: Tramo uno Norte ochenta grados diez minutos doce segundos Este, con una distancia de seis punto ochenta y cinco metros; Tramo dos Norte, setenta y nueve grados veintiocho minutos trece segundos Este, con una distancia de siete punto ochenta metros; Tramo tres Norte, setenta y siete grados quince minutos diecisiete segundos Este, con una distancia de siete punto veinticinco metros; Tramo cuatro Norte, setenta y siete grados cincuenta y un minutos dieciocho segundos Este con una distancia de nueve punto sesenta y cinco metros; Tramo cinco Norte, setenta y seis grados cuarenta y ocho minutos trece segundos Este, con una distancia de nueve punto veinte metros; Tramo seis Norte, setenta grados cero siete minutos once segundos Este, con una distancia de nueve punto quince metros; Tramo Siete Norte setenta y dos grados diecisiete minutos quince segundos Este, con una distancia de doce punto veinte metros; Tramo ocho Sur, ochenta y seis grados veintitrés minutos veintiocho segundos Este, con una distancia de nueve punto setenta y cinco metros; Tramo nueve Sur, ochenta y nueve grados veintiocho minutos cero siete segundos Este; con una distancia de diez punto cincuenta metros; Tramo diez Sur, sesenta y un grados diecisiete minutos veintiocho segundos Este, con una distancia de once punto veinte metros; Tramo con una distancia de trece punto cuarenta y siete metros; Tramo doce Norte, ochenta y ocho grados dieciocho minutos doce segundos Este, ochenta y cuatro grados cincuenta y nueve minutos doce segundos Este, con una distancia de nueve punto diecisiete metros, cerco sin materializar de por medio colindando con terreno de Francisco Molina y Natividad Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las nueve horas y veinte minutos del día veintidós de junio del año dos mil doce.- Licda. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERÓN, JUEZA DE LO CIVIL. Lic. ANTONIO CORTEZ GÓMEZ, 3 v. alt. No. F

163 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIME- RA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZÁN. AL PÚBLICO. Licda. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR- TAMENTO DE MORAZÁN; AL PÚBLICO: HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada BRENDA LILLY GRACIAS PORTILLO; en su calidad de Apoderada HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada General Judicial de la señora EDIS ELETICIA VÁSQUEZ; solicitando BRENDA LILLY GRACIAS PORTILLO, en calidad de Apoderada General Judicial de la señora ZOILA ARGENTINA FLORES, solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de DOS INMUEBLES de naturaleza rústica, DILIGENCIAS DE TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza situados en el Cantón San Juan de la Cruz, Municipio de Yamabal, rústica, situado en el Cantón San Juan de la Cruz, municipio de Yamabal, Departamento de Morazán; de la capacidad Superficial el primero: de Distrito de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, de la capacidad superficial de QUINIENTOS QUINCE PUNTO VEINTE METROS SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, CUADRADOS, de los linderos y medidas siguientes: AL ORIENTE, veintiséis punto ochenta y seis metros, colinda con terreno de Reyes Ricardo Flores, AL NORTE: dieciséis punto ochenta y seis metros, colinda Abilio Montesinos, callejón de por medio; AL PONIENTE, veinticuatro veintidós metros con Fidel Arturo Cruz; AL NORTE, Veinte metros, con con terreno de José Rigoberto Cruz; AL PONIENTE: treinta y cinco metros, con Rigoberto Cruz; y AL SUR, veinticuatro punto setenta y dos metros, con Edis Eleticia Vázquez, en el inmueble antes descrito, punto sesenta y un metros, colinda con terreno de Manuel Hernández, existe construida una casa de sistema mixto. Valuando el inmueble en quebrada de por medio; y AL SUR: veinticinco punto treinta y cinco la cantidad de MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS metros, colinda con terreno de la poseedora señora EDIS ELETICIA UNIDOS DE AMÉRICA. Inmueble que lo adquirió por compraventa VÁSQUEZ. En dicho inmueble existe construida una casa de sistema de la posesión material que le hizo al señor LUCAS ELÍAS FLORES. mixto, paredes de adobe, techo de teja. EL SEGUNDO INMUEBLE: Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco Gotera, de la capacidad superficial de TRESCIENTOS VEINTISÉIS PUNTO departamento de Morazán, a las quince horas y cincuenta y nueve minutos CUARENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias del día veinte de junio de dos mil doce.- Licda. BACILIA DEL CARsiguientes: AL ORIENTE: veinte punto cuarenta metros y colinda con MEN PORTILLO, JUEZA 1. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. YESENIA terreno de FIDEL ARTURO CRUZ, AL NORTE: dieciséis metros ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA. colinda con terreno de Zoila Argentina Flores, AL PONIENTE: Veinte punto cuarenta metros, colinda con terreno de Reyes Ricardo Flores; y 3 v. alt. No. F AL SUR: dieciséis metros, colinda con terreno de la poseedora señora Edis Eleticia Vásquez; en dicho inmueble existe construida una casa de sistema mixto, paredes de adobe, techo de teja. Dichos inmuebles no son dominantes, ni sirvientes no tienen cargas de derechos reales TÍTULO DE DOMINIO que pertenezcan a otra persona, ni se encuentran en proindivisión con persona alguna. Los inmuebles antes descritos, fueron adquiridos por compra venta de posesión de material, que le hiciera al señor LUCAS ELIAS FLORES.- Y los valúa en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA, ambos inmuebles. Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las quince horas y veinte minutos del día veinticinco de junio de dos mil doce. Licda. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor JOSÉ LUIS GARCÍA, mayor de edad, del domicilio de San Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, pidiendo se le extienda TÍTULO DE DOMINIO, de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio La Merced, Jurisdicción de San Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, de capacidad superficial de MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE PUNTO CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL ORIENTE, treinta y cuatro punto diez metros, linda con terreno de Rosa Emilia Quintanilla; AL NORTE, cuarenta y tres punto treinta metros, con Julio Chávez; AL PONIENTE, treinta y

164 164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 cuatro punto cuarenta metros, linda con terreno de Elia Granados; y AL SUR, cuarenta y uno punto diez metros linda con Rosa Cándida García.- No es predio dominante, ni sirviente, no se encuentra en proindivisión con terceras personas que reclamen mejor derecho, no tiene cargas ni derechos reales, y lo adquirió por compra que hizo a la señora Lorenza García, posesión que unida a la de su antecesor, data por más de treinta años.- Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil doce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal de San Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil doce. SONIA DEL CARMEN SALVADOR DE CRUZ, Alcaldesa Municipal. OLGA YANETH MENJÍVAR DE OSORIO, Secretaria Municipal. RENOVACIÓN DE MARCAS No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 21. palabra "ROBERPACK", escrita en letras de molde mayúsculas negras; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE GUILLERMO COMPTE UNGO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ROBERTONI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ROBERTONI, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra TREBOL, ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYÚSCULAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 21 de la Clasificación Internacional de Niza. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE GUILLERMO COMPTE UNGO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ROBERTONI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ROBERTONI, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE- ÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la Ley. a los veintiuno días del mes de junio del año dos mil doce. LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA, SECRETARIA. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. 3 v. alt. No. C

165 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. MARCAS DE FÁBRICA No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DE- PARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO- REÑA, actuando como APODERADO de Medtech Products Inc., del domicilio de 90 North Broadway, Irvington, New York 10533, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra REME-DIOS, formando el guión parte de la marca; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. a los siete días del mes de junio del año dos mil doce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Mary Kay Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, CLEAR PROOF Consistente en: las palabras CLEAR PROOF, que se traducen al castellano como CLARO PRUEBA, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA EL TRATAMIENTO DEL ACNE; LIM- PIADORES FACIALES MEDICADOS; PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL MEDICADAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año dos mil once. tres de mayo del año dos mil doce. MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. C LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

166 166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 TERUMO KABUSHIKI KAISHA (TERUMO CORPORATION), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, tres de mayo del año dos mil doce. OPTISOL MARÍA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. Consistente en: la palabra OPTISOL, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES QUÍMICAS Y BIOLOGICAS PARA PROPÓSI- TOS MÉDICOS Y VETERINARIOS INCLUYENDO PREPARACIO- NES PARA EL ALMACENAMIENTO DE SANGRE Y PRODUCTOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día doce de abril del año dos mil doce. veintiséis de abril del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. No. de Expediente Consistente en: la palabra PROBAN, que servirá para: AMPARAR: No. de Presentación: TEXTILES Y ARTÍCULOS TEXTILES, NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASE: 05. CLASES. COBERTORES DE CAMAS Y MESAS. Clase: 24. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICEN- TE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Cilag GmbH International, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 24. LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. C ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SECRETARIA. SALVADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Rhodia Operations, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la 3 v. alt. No. C MARCA DE FÁBRICA, PROBAN La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos mil doce. siete de mayo del año dos mil doce. PIZ BUIN LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: las palabras PIZ BUIN, que servirá para: AMPA- RAR: APLICACIONES PARA PROTEGERSE DEL SOL MEDICA- DAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos mil once. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, 3 v. alt. No. C

167 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01. No. de Expediente No. de Presentación: CLASE: 07. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Reciclados de Centroamérica, S.A., de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, SUSTAIN PET Consistente en: las palabras SUSTAIN PET, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA LA INDUSTRIA, LA consistente en: las letras YTO y diseño, que servirá para: AMPA- CIENCIA Y LA FOTOGRAFÍA, ASI COMO PARA LA AGRICUL- RAR: MAQUINAS AGRICOLAS; MOLINOS DE ARROZ; APISO- TURA, LA HORTICULTURA Y LA SILVICULTURA; RESINAS ARTIFICIALES EN BRUTO, MATERIAS PLASTICAS EN BRUTO; NADORAS; MÁQUINAS PARA MOVER TIERRA; EXCAVADO- ABONOS PARA EL SUELO; COMPOSICIONES EXTINTORAS; RAS; MOTORES DIESEL NO PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; PREPARACIONES PARA TEMPLAR Y SOLDAR METALES; DINAMOS; GENERADORES DE ELECTRICIDAD; MAQUINAS PRODUCTOS QUIMICOS PARA CONSERVAR ALIMENTOS; MATERIAS CURTIENTES; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA Propiedad Industrial: Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, Propiedad Industrial, Departamento de Sigños Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil doce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de YTO Group Corporation., de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, DE DRENAJE E IRRIGACIÓN PARA PROPÓSITOS AGRICOLAS; MOLINOS DE ACEITE (ALMAZARAS); MAQUINAS DE CARGA. LA INDUSTRIA. Clase: 01. Clase: 07. La solicitud fue presentada el día veintiseis de abril del año dos La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil mil doce. doce. siete de mayo del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, SECRETARIO LUCÍA MARGARITA GALÁN, 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

168 168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 29. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Alimentos, Sociedad Anónima, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, DIAQUI Consistente en: la palabra DIAQUI, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EX- TRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCI- DAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29. La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos mil doce. siete de mayo del año dos mil doce. licda. hazel violeta arevalo carrillo, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 10. registradora. lucia margarita galan, secretario. 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de DePuy, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, ENDURANCE Consistente en: la palabra ENDURANCE. Se traduce al castellano como: Resistencia, que servirá para: AMPARAR: DISPOSITIVOS MEDICOS PARA SU USO EN PROCEDIMIENTOS DE CIRUGIA ARTROSCOPICA DE LA CADERA, ESPECIFICAMENTE, IMPLAN- TES ORTOPEDICOS, ANCLAJES DE SUTURA, INSTRUMENTOS QUIRURGICOS PARA SU USO CON IMPLANTES ORTOPEDI- COS, CANULAS, Y BOMBAS MEDICAS PARA EL MANEJO DE FLUIDOS E INSTRUMENTOS QUIRURGICOS ARTROSCOPICOS; IMPLANTES DE CADERA ORTOPEDICOS; COPAS ACETABU- LARES; INSTRUMENTOS QUIRURGICOS PARA SU USO CON IMPLANTES DE CADERA ORTOPEDICOS. Clase: 10. La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil doce. quince de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SARA ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO de Henkel AG & Co. KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, MEGA-CAPS Consistente en: las palabras MEGA-CAPS, en donde CAPS se traduce al castellano como TAPAS, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES BLANQUEADORAS Y OTRAS SUSTANCIAS PARA SU USO EN LAVANDERIA, AGENTES DE ENJUAGUE PARA LAVANDERIA Y VAJILLA, SUAVIZANTES DE TELAS, ALMIDON DE LAVANDERIA, AGENTES REMOVEDORES DE MANCHAS; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, RESTRE- GAR Y ABRASIVAS, JABONES, ACEITES ESENCIALES COMO FRAGANCIAS PARA SU USO EN LA LAVANDERIA. Clase: 03.

169 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos mil doce. dos de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Alimentos, Sociedad Anónima, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, DIAQUI Consistente en: la palabra DIAQUI, que servirá para; AMPA- RAR: CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFE; ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos mil doce. siete de mayo del año dos mil doce. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SARA ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de LABORATOIRE NUXE, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, NUXELLENCE Consistente en: la palabra NUXELLENCE, que servirá para: AMPARAR: COSMÉTICOS; PERFUMES, AGUAS DE TOCADOR, AGUAS DE COLONIA, DESODORANTES PERSONALES; ACEITES ESENCIALES; JABONES, LECHES LIMPIADORAS; CREMAS, GELS, LECHES, LOCIONES, MASCARILLAS, POMADAS, POL- VOS Y PREPARACIONES COSMÉTICAS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; PREPARACIONES COSMÉTICAS ANTI-ARRUGAS; PREPARACIONES COSMÉTICAS PARA EL CUIDADO DE LOS LABIOS; PREPARACIONES COSMÉTICAS PARA PROTEGERSE DEL SOL, PREPARACIONES BRONCEADORAS COSMÉTICAS, PREPARACIONES COSMÉTICAS PARA DESPUÉS DE ASO- LEARSE; PREPARACIONES COSMÉTICAS PARA PROPOSITOS ADELGAZANTES; DEPILATORIOS; PRODUCTOS PARA EL CABELLO, ESPECÍFICAMENTE PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DEL CABELLO Y DEL CUERO CABELLUDO; PRE- PARACIONES COSMÉTICAS PARA EL BAÑO; PREPARACIONES PARA MAQUILLARSE Y REMOVEDORES DEL MAQUILLAJE; PREPARACIONES PARA AFEITARSE Y PARA DESPUÉS DEL AFEITADO; PAÑUELOS Y TOALLITAS IMPREGNADAS CON LOCIONES COSMÉTICAS. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día seis de enero del año dos mil doce. siete de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. C

170 170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 34. MARTIN ENGINEERING COMPANY, de nacionalidad ESTADO- UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de China Tobacco Hunan Industrial Co., Ltd., de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: la expresión Furongwang y diseño, que servirá para: AMPARAR: TABACO; TABACO DE MASCAR; CIGARRI- LLOS CONTENIENDO SUSTITUTOS DEL TABACO, NO PARA PROPOSITOS MEDICOS; CIGARROS; CIGARRILLOS; CIGARRI- TOS; HIERBAS PARA FUMAR; RAPÉ (TABACO); BOTELLAS DE RAPÉ (TABACO): BOQUILLAS PARA CIGARRILLOS; PIPAS DE TABACO; CORTADORES DE CIGARROS; SUJETADORES DE CIGARRILLOS, NO DE METALES PRECIOSOS; MAQUINAS DE BOLSILLO PARA ENROLLAR CIGARRILLOS; PIEZAS DE BOCA (BOQUILLAS) PARA SUJETADORES DE CIGARRILLOS; PIEZAS DE BOCA (BOQUILLAS) PARA SUJETADORES DE CIGARROS; FILTROS PARA CIGARRILLOS; FILTROS PARA CIGARROS; LIMPIADORES DE PIPAS (PARA PIPAS DE TABACO); ESTANTES PARA PIPAS (PIPAS DE TABACO); BOTES DE TABACO, NO DE METAL; FOSFOROS; CAJAS DE FOSFOROS, NO DE METALES PRECIOSOS; CENICEROS, NO DE METALES PRECIOSOS, PARA FUMADORES; PIEDRAS DE FUEGO; MANOJO DE FILAMENTOS FILTRANTES PARA CIGARRILLOS; PAPEL DE CIGARRILLOS; ESTUCHES DE CIGARRILLOS NO DE METALES PRECIOSOS; ESTUCHES DE CIGARROS, NO DE METALES PRECIOSOS; PA- PEL ABSORBENTE PARA PIPAS DE TABACO; TABAQUERAS; ENCENDEDORES PARA FUMADORES. Clase: 34. La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil doce. tres de mayo del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. C Consistente en: la expresión M martin y diseño, que servirá para: AMPARAR: VIBRADORES INDUSTRIALES PARA INDUCIR EL FLUJO DE MATERIAL POR VOLUMEN EN O SOBRE LOS EQUIPOS DE TRANSFERENCIA DE MATERIAL EN VOLUMEN Y TOLVAS DE ALMACENAMIENTO DE MATERIALES EN VO- LUMEN; PRODUCTOS DE LIMPIEZA DE CINTA TRANSPORTA- DORA DE MATERIALES EN VOLUMEN; CAÑONES DE AIRE Y BOCINAS SÓNICAS PARA INDUCIR EL FLUJO DE MATERIAL EN VOLUMEN EN O SOBRE LOS EQUIPOS DE TRANSFERENCIA DE MATERIAL EN VOLUMEN Y DE TOLVAS DE ALMACENA- MIENTO DE MATERIALES EN VOLUMEN; DESCARGADORES DE MATERIALES EN VOLUMEN PARA LA DESCARGA DE MATERIALES EN VOLUMEN DESDE TOLVAS DE TRANSFE- RENCIA Y SILOS DE ALMACENAMIENTO DE MATERIALES A VOLUMEN; SELLOS DE FALDA PARA VERTEDORES DE DESCARGA A VOLUMEN Y SISTEMAS DE TRANSPORTE DE MATERIAL POR CINTA; COMPONENTES DE CINTA TRANSPOR- TADORA DE MATERIAL POR VOLUMEN, ES DECIR, RODILLOS DE MOVIMIENTO LIBRE, MIEMBROS DE SOPORTE DE LOS BORDES, MARCOS DE MONTAJE, TENSORES DE RASPADOR, Y SISTEMAS DE TRANSPORTE DE CINTA APOYADOS POR AIRE; VERTEDORES DE TRANSFERENCIA DE MATERIAL EN VOLUMEN; DISPOSITIVOS DE SUPRESIÓN DE POLVO DE LOS EQUIPOS DE TRANSFERENCIA DE MATERIAL EN VOLUMEN; DISPOSITIVOS DE RECOLECCIÓN DE POLVO PARA EQUIPO DE TRANSFERENCIA DE MATERIAL EN VOLUMEN. Clase: 07. La solicitud fue presentada el día veintiuno de septiembre del año dos mil once. siete de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 07. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. C

171 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 07. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de MARTIN ENGINEERING COMPANY, de nacionalidad ESTADO- UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: la palabra martin, que servirá para: AMPARAR: VIBRADORES INDUSTRIALES PARA INDUCIR EL FLUJO DE MATERIAL POR VOLUMEN EN O SOBRE LOS EQUIPOS DE TRANSFERENCIA DE MATERIAL EN VOLUMEN Y TOLVAS DE ALMACENAMIENTO DE MATERIALES EN VOLUMEN; PRODUCTOS DE LIMPIEZA DE CINTA TRANSPORTADORA DE MATERIALES EN VOLUMEN; CAÑONES DE AIRE Y BO- CINAS SÓNICAS PARA INDUCIR EL FLUJO DE MATERIAL EN VOLUMEN EN O SOBRE LOS EQUIPOS DE TRANSFERENCIA DE MATERIAL EN VOLUMEN Y DE TOLVAS DE ALMACENA- MIENTO DE MATERIALES EN VOLUMEN; DESCARGADORES DE MATERIALES EN VOLUMEN PARA LA DESCARGA DE MATERIALES EN VOLUMEN DESDE TOLVAS DE TRANSFE- RENCIA Y SILOS DE ALMACENAMIENTO DE MATERIALES A VOLUMEN; SELLOS DE FALDA PARA VERTEDORES DE DESCARGA A VOLUMEN Y SISTEMAS DE TRANSPORTE DE MATERIAL POR CINTA; COMPONENTES DE CINTA TRANSPOR- TADORA DE MATERIAL POR VOLUMEN, ES DECIR, RODILLOS DE MOVIMIENTO LIBRE, MIEMBROS DE SOPORTE DE LOS BORDES, MARCOS DE MONTAJE, TENSORES DE RASPADOR, Y SISTEMAS DE TRANSPORTE DE CINTA APOYADOS POR AIRE; VERTEDORES DE TRANSFERENCIA DE MATERIAL EN VOLUMEN; DISPOSITIVOS DE SUPRESIÓN DE POLVO DE LOS EQUIPOS DE TRANSFERENCIA DE MATERIAL EN VOLUMEN; DISPOSITIVOS DE RECOLECCIÓN DE POLVO PARA EQUIPO DE TRANSFERENCIA DE MATERIAL EN VOLUMEN. Clase: 07. La solicitud fue presentada el día veintiuno de septiembre del año dos mil once. siete de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. C GENERAL JUDICIAL de ZETA GAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ZETA GAS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, Consistente en: la palabra gasauto. La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil cinco. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil seis. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, REGISTRADOR. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERADO de ARMANDO ERNESTO DOLLERO FIGUEROA, de nacionalidad MEXICANA y CARLO DOLLERO FIGUEROA, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 04. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS AL- BERTO HERNANDEZ VENTURA, en su calidad de APODERADO Consistente en: la palabra shasa y diseño, que servirá para: AMPA- RAR: CUERO Y CUERO DE IMITACIÓN, PRODUCTOS HECHOS DE CUERO E IMITACIÓN DE CUERO, A SABER, CARTERAS

172 172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Y BOLSAS DE MANO, PIELES DE ANIMALES, MALETAS, MALETEROS, PORTAEQUIPAJE, PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES; FUSTAS Y ARTÍCULOS DE GUARNICIONERÍA. Clase: 18. La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil doce. La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil doce. veinticinco de junio del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. veinticinco de junio del año dos mil doce. LUCIA MARGARITA GALAN, MARIA DAFNE RUIZ, 3 v. alt. No. F REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN, NOMBRE COMERCIAL 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN CARLOS SIBRIAN VASQUEZ, en su calidad de APODERADO de INVERSIONES Y TRANSFORMACIONES ECONOMICAS, SOCIE- No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERADO de ARMANDO ERNESTO DOLLERO FIGUEROA, de nacionalidad MEXICANA y CARLO DOLLERO FIGUEROA, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INTREC, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: la expresión INTREC y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE INGENIERIA CIVIL. La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año dos mil once. veinticinco de junio del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: la palabra shasa y diseño, que servirá para: AM- PARAR: PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS Y LOCIONES PARA EL CABELLO. Clase: 03. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. C

173 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de No. de Expediente: No. de Presentación: OMNISPORT S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SUSAN CLARE POGSON, de nacionalidad BRITANICA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: las palabras El Jardín Natural y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DE- DICADO A LA VENTA DE AVES DE CORRAL, ANIMALES DE GRANJA, HUEVOS, FLORES, PLANTAS, VERDURAS, HIERVAS, HORTALIZAS, FRUTAS, ETC. La solicitud fue presentada el día veinticinco de junio del año dos mil doce. veintinueve de junio del año dos mil doce. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. F ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. Estira tu compra Consistente en: la expresión Estira tu compra, que servirá para: ATRAER LA ATENCION SOBRE ESTABLECIMIENTOS DEDI- CADOS A LA COMERCIALIZACION DE MUEBLES, ELECTRO- DOMESTICOS Y OTROS ENSERES ELECTRICOS Y COMUNICA- CION. La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del ano dos mil once. once de junio del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. 3 v. alt. No. F CONVOCATORIAS CONVOCATORIA señal de publicidad comercial No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSE PAREDES MOLINA, en su calidad de APODERADO de OMNISPORT, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS El infrascrito Presidente de la Junta Directiva de AERODESPACHOS DE EL SALVADOR S. A. DE C.V., Convoca a Sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse a partir de las dieciséis horas del día ocho de agosto del año 2012 en las instalaciones de la sociedad ubicada en Centro Comercial Feria Rosa, Local C-202, San Salvador. El quórum en primera convocatoria se tendrá legalmente conformado al estar presentes o representadas por lo menos las tres cuartas partes de las acciones en que se divide el capital social de la sociedad, y las

174 174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 resoluciones se tomarán con el voto de las tres cuartas partes de las acciones presentes o representadas. La agenda será la siguiente: primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil once, a fin de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas. 1- Establecimiento del quórum. II.- El nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal. 2- Modificación al Pacto Social para el nombramiento del Representante Judicial. III.- Los emolumentos correspondientes al Auditor Externo, y del Auditor Fiscal. 3- Modificación de Adopción Sistema Contable conforme a NIIF para PYMES. IV.- V.- Aplicación de resultados. Varios. 4- Designación de Ejecutores Especiales de los acuerdos que PUNTO DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO: se adopten. Si no hubiere quórum en la fecha y hora señalada, se convoca en segunda convocatoria para el día nueve de Agosto del año 2012, a la misma hora y en el mismo lugar. En este caso el quórum se considerará I.- Autorización a los Administradores para negociar por cuenta propia, directa o indirectamente con la Sociedad de conformidad con el Artículo doscientos setenta y cinco del Código de Comercio. válido al estar presentes o representadas la mitad más uno del número de acciones en que se divide el capital social de la sociedad; y las decisiones se tomarán por mayoría de las tres cuartas partes de las acciones presentes o representadas. San Salvador, 20 de junio de El quórum necesario para la celebración de la junta en primera convocatoria de conformidad al pacto social requiere de la concurrencia o asistencia de las tres cuartas partes de las acciones que conforman la totalidad del capital social de la sociedad. En caso de no haber quórum suficiente para la celebración de dicha junta el día y hora de la fecha señalada en primera convocatoria, de conformidad, por este mismo medio se convoca a la celebración de la referida junta en segunda convocatoria, CARLOS JACINTO BONDANZA, el día nueve de agosto del año dos mil doce, a la misma hora, y en PRESIDENTE. CONVOCATORIA 3 v. alt. No. C El suscrito Auditor Externo de la sociedad "LAS VERANERAS, SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", que se puede abreviar "LAS VERANERAS, S. A. DE C. V.", del domicilio de la ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, por este medio, CON VOCA a los accionistas de la sociedad, a reunirse para la celebración de sesión de Junta General de accionistas, que por los puntos a tratar es de naturaleza ordinaria y extraordinaria, a las nueve horas del día ocho de agosto del año dos mil doce, en las oficinas de la sociedad ubicadas en el Paseo General Escalón, número 3656, colonia Escalón de esta ciudad de San Salvador, cuyos puntos a tratar en la agenda son los siguientes: PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIOS: I.- Presentación de Memoria de labores de la Junta Directiva, el Balance General, el Estado de Resultados, el Estado de cambios en el Patrimonio, y el Informe del Auditor Externo, correspondientes al ejercicio económico comprendido del el mismo lugar, siendo el quórum necesario para la celebración de la junta en segunda convocatoria es la mitad más una de las acciones que concurran que conforman la totalidad del capital social de la sociedad. San Salvador, a los nueve días del mes de julio del año dos mil doce. DAVID VELASQUEZ GOMEZ, AUDITOR EXTERNO. 3 v. alt. No. C CONVOCATORIA El suscrito Auditor Externo de la sociedad "SERVICIOS ELECTRONI- COS EN COMUNICACION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", que se puede abreviar "SESCOM, S. A. DE C. V.", del domicilio de la ciudad de San Salvador, por este medio, CONVOCA a los accionistas de la sociedad, a reunirse para la celebración de sesión de Junta General de accionistas, que por los puntos a tratar es de naturaleza ordinaria y extraordinaria, a las diez horas con treinta minutos del día ocho de agosto del año dos mil doce, en las oficinas de la sociedad ubicadas en el Paseo General Escalón, número 3656, colonia Escalón de esta ciudad de San Salvador, cuyos puntos a tratar en la agenda son los siguientes:

175 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIOS: de la Caja de Crédito de Juayúa, contra la señora ELBA AVELAR I.- Presentación de Memoria de labores de la Junta Directiva, el Balance General, el Estado de Resultados, el Estado de cambios en el Patrimonio, y el Informe del Auditor Externo, correspondientes al ejercicio económico comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil once, a fin de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas. LEIVA, se venderá en pública subasta y en fecha oportuna el siguiente inmueble:"lote CATORCE DEL BLOCK "D" DE LA COMUNIDAD JARDINES DEL MIRADOR, TERCERA ETAPA, de un área de ciento cincuenta y seis metros cuadrados, equivalentes a Doscientos veintitrés punto veinte varas cuadradas, el cual tiene las medidas siguientes, AL NORTE: una distancia de veinte punto treinta y un metros; AL ORIEN- TE: una distancia de ocho punto dieciséis metros; AL SUR: distancia de dieciocho punto sesenta y nueve metros; y, AL PONIENTE: distancia II.- El nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal. de ocho metros, aún no inscrito a favor de la demandada señora ELBA III.- Los emolumentos correspondientes al Auditor Externo, y del Auditor Fiscal. AVELAR LEIVA, pero es perfectamente inscribible por así estar su antecedente bajo la matrícula UNO CERO UNO UNO SIETE CUATRO IV.- Aplicación de resultados. OCHO UNO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento. V.- Varios. Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley. PUNTO DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO: Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas cuarenta y cinco I.- Autorización a los Administradores para negociar por cuenta propia, directa o indirectamente con la Sociedad de conformidad con el Artículo doscientos setenta y cinco del Código de Comercio. minutos del día dieciocho de junio del dos mil doce. DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, El quórum necesario para la celebración de la junta en primera convocatoria de conformidad al pacto social requiere de la concurrencia o asistencia de las tres cuartas partes de las acciones que conforman la doce. San Salvador, a los nueve días del mes de julio del año dos mil SUBASTA PUBLICA 3 v. alt. No. C totalidad del capital social de la sociedad. En caso de no haber quórum suficiente para la celebración de dicha junta el día y hora de la fecha señalada en primera convocatoria, de conformidad, por este mismo medio se convoca a la celebración de la referida junta en segunda convocatoria, el día nueve de agosto del año dos mil doce, a la misma hora, y en LO LABORAL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, LICENCIADO JOSE SALVADOR CASTRO CANJURA, JUEZ DE el mismo lugar, siendo el quórum necesario para la celebración de la HACE SABER: AL PUBLICO para los efectos de Ley, que por junta en segunda convocatoria es la mitad más una de las acciones que resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas con treinta concurran que conforman la totalidad del capital social de la sociedad. minutos del día nueve de julio de dos mil doce, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado CARLOS ALBERTO PRIETO CUELLAR en su carácter de Apoderado General Judicial de GRUPO Q EL SALVADOR, S.A. DE C.V. contra EDWIN REINALDO ARGUETA DAVID VELASQUEZ GOMEZ, CONTRERAS, reclamando capital adeudado e intereses; se ordenó la AUDITOR EXTERNO. VENTA EN PUBLICA SUBASTA del bien embargado, en fecha que 3 v. alt. No. C oportunamente se señalará, siendo el inmueble a subastarse el que se describe a continuación: Terreno urbano, situado en Lotificación La Flor Uno, lote número seis, polígono tres, jurisdicción de Conchagua, departamento de La Unión compuesto de DOSCIENTOS PUNTO CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS, y especialmente linda: AL NORTE: Línea recta que mide veinte metros, linda por este lado con lote número cinco, del polígono tres, de la misma lotificación; MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- AL ORIENTE: Consta de dos tramos, un tramo recto que mide cuatro TRITO JUDICIAL: punto ochenta y cinco metros y un tramo curvo que mide ocho punto HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por el sesenta y cuatro metros con un radio de siete punto cero cero metros, Licenciado Carlos José Galdámez Vásquez, en concepto de Apoderado linda por este lado con lote número ocho del polígono número uno de

176 176 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 la misma lotificación, Avenida El Rosal de por medio, con un derecho de vía de nueve metros; AL SUR: Línea recta que mide catorce punto cincuenta metros, linda por este lado con lote número nueve del polígono número cuatro de la misma lotificación, calle El Clavel de por medio, con un derecho de vía de nueve punto cero cero metros; Y AL PONIENTE: Línea recta que mide diez punto treinta y cinco metros, linda por este lado con lote número siete del polígono número tres de la misma lotificación. El inmueble anteriormente descrito es propiedad del señor EDWIN REINALDO ARGUETA CONTRERAS, a quien le corresponde el cien por ciento de la totalidad del inmueble inscrito a su favor a la matrícula número NUEVE CINCO CERO CERO CUATRO CUATRO SIETE CUATRO- CERO CERO CERO CERO CERO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Oriente, departamento de La Unión. LIBRADO: En el Juzgado de lo Laboral: Santa Tecla, a las diez horas del día nueve de julio de dos mil doce. LIC. JOSE SALVADOR CASTRO CANJURA, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LIC. MIRNA MARGARITA DIAZ DE DOMINGUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA SEGUNDO DE ME- NOR CUANTÍA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. LUIS ARIAS PORTILLO, ambos en calidad de Apoderados Generales Judiciales del BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, SOCIE- DAD ANÓNIMA, contra los Señores MARÍA ÁNGELA ALEMÁN CALDERÓN DE CRESPÍN conocida por MARÍA ÁNGELA ALEMÁN CALDERÓN y JUAN JOSÉ ALEMÁN; reclamándoles cantidad de Dólares y accesorios legales, se venderá en fecha que oportunamente se señalará y hará saber, en este Juzgado en Pública Subasta, el inmueble embargado siguiente: ""Inmueble de naturaleza rústica: Porciones de terreno que fueron segregados, de otro mayor situados en el Cantón El Espino de la jurisdicción de Zacatecoluca, las que se describen así: PRIMERA PORCIÓN. Situada al rumbo Poniente y más o menos hacia el centro, compuesta de DOSCIENTOS DIECISÉIS METROS CUA- DRADOS, de superficie que mide y linda: AL NORTE, mide veinticinco metros, linda con resto del terreno general del cual se separó, del Señor TOMÁS FLORES RIVAS; AL ORIENTE, mide nueve metros pasaje de cuatro metros de ancho de por medio, abierto en el terreno general, para uso de esta porción y de otras que se venderán, linda con resto del terreno general del señor TOMÁS FLORES RIVAS, y que es Porción que se venderá a JUAN JOSÉ ALEMÁN; AL SUR, mide veintitrés metros, linda con resto del terreno general que le quedó al vendedor señor TOMÁS FLORES RIVAS; y AL PONIENTE, nueve metros, linda con sucesión de PEDRO RÓMULO RODRÍGUEZ, río Zapuyo de por medio. No tiene construcciones, accesorios, mejoras, ni cultivos permanentes. SEGUNDA PORCIÓN. Situada al rumbo Poniente y en la parte central, de una superficie de CIENTO DIECISIETE METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE, mide trece metros, linda con resto del terreno general que le quedó al señor TOMÁS FLORES RIVAS; AL ORIENTE, mide nueve metros, linda con línea férrea Internacional de Centro América; AL SUR, mide trece metros, linda con resto del terreno que le quedó al vendedor TOMAS FLORES RIVAS; y AL PONIENTE, mide nueve metros, pasaje de cuatro metros de ancho de por medio, abierto en el terreno general, linda con resto del terreno que le quedó al señor TOMÁS FLORES RIVAS y que es la porción descrita anteriormente. No tiene construcciones, accesorios, ni cultivos permanentes. Inscrito a favor del Hipotecante JUAN JOSÉ ALEMÁN al Número ONCE del Libro UN MIL CINCO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del Centro, Zacatecoluca, del Departamento de La Paz. Y aparece gravado con primera Hipoteca a favor del BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, bajo el Número CUARENTA Y SIETE del Libro SEISCIENTOS VEINTI- CUATRO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del Centro, Zacatecoluca, del departamento de La Paz". LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE MENOR CUAN- AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, TÍA: San Salvador, a los veinte días del mes de Septiembre del dos HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, marcado mil once.- LICDA. VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA 2 en este juzgado bajo la Referencia 2992-EM-03, promovido por el Lic. SEGUNDO DE MENOR CUANTIA.- LICDA. LOURDES MARIA YURI MIGUEL CALDERÓN JERÉZ y continuado por el Lic. JOSÉ ARAUJO DE AMAYA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F REPOSICION DE CERTIFICADOS AVISO Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima, COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO No DEPOSITO NO. 015PLA , solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por OCHOCIENTOS NOVENTA 33/100 (US$ ) OCHOCIENTOS NOVENTA 33/100.

177 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. SOYAPANGO, Jueves, 05 de julio de Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal de San Ildefonso, a las trece horas del día veintiocho de junio de dos mil doce. CARLOS ALFONSO RODRIGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL. MARIO ALBERTO MORALES, SECRE- TARIO MUNICIPAL. ELIA DOMINGUEZ, SUBGERENTE. BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA. TITULO MUNICIPAL. AGENCIA PLAZA MUNDO. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado la señora MARÍA ABELINA PORTILLO DE LAZO, de cincuenta y ocho años de edad, Comerciante en Pequeño, casada, de este domicilio, Departamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad número cero cero trescientos cinco mil cuatrocientos sesenta y siete - seis, y Número de Identificación Tributaria número mil siete - ciento cincuenta y un mil doscientos cincuenta y tres - ciento uno - nueve, solicitando se le extienda TITULO MUNICIPAL DE PROPIEDAD, de un inmueble, ubicado en Barrio San Antonio, con una extensión superficial de NOVENTA Y UNO PUNTO CERO NUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: doce metros cincuenta centímetros con Raúl Anaya Paredes; AL SUR: quince metros sesenta centímetros, con Ministerio de Educación calle de por medio; AL ORIENTE: siete metros con ochenta centímetros, con Dolores Antonia Lazo de Chacón; AL PONIENTE: tres metros sesenta y cinco centímetros con Raúl Anaya Paredes termina en vértice. El inmueble antes descrito no es predio dominante, ni sirviente, no posee cargas, ni derechos reales que pertenezcan a otras personas, ni está en proindivisión. Dicho inmueble lo adquirió por compra venta que le hiciera el señor Candelario Lazo quien reside en Ciudad Delgado, departamento de San Salvador, posesión que ha ejercido por más de diez años, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, ejecutando actos de toda clase que solo da el derecho de dominio, todo a ciencia y paciencia de vecinos y colindantes, sin clandestinidad y sin haber sido perturbado por nadie. Dicho inmueble lo valúa en la suma de DOS MIL OCHOCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. EMBLEMAS No. de Expediente : No. de Presentacion: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANGELA DE JESUS MONROY, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del EMBLEMA, Consistente en: diseño que se identifica como diseño de un vaso con ojos y nariz, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A PRESTAR SERVICIOS DE ALIMENTACION- RESTAURANTES. La solicitud fue presentada el día cinco de septiembre del año dos mil once. diecinueve de diciembre del año dos mil once. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, éregistrador. GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No. F

178 178 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 MARCAS DE SERVICIO No. de Expediente: No. de Presentacion: CLASE: 41. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de YAHOO! INC. de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, FLICKR Consistente en: La palabra FLICKR, que servirá para: AMPARAR: DIARIOS EN LINEA, ESPECIFICAMENTE, BLOGS CONCERNIEN- TES A TEMAS DE INTERES GENERAL PARA LOS USUARIOS DEL BLOG; SERVICIOS FOTOGRAFICOS; SUMINISTRO DE INFORMACION EN EL CAMPO DE LA FOTOGRAFIA. Clase: 41. La solicitud fue presentada el dia veintiséis de enero del año dos mil doce. cuatro de mayo del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, No. de Expediente : No. de Presentacion: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, DE BARREDORAS VIALES; PAVIMENTACION DE CAMIONES; REPARACION DE TAPICERIA; INSTALACION, MANTENIMIEN- TO Y REPARACION DE MAQUINARIA; RECONSTRUCCION DE MOTORES QUE HAN SIDO USADOS O PARCIALMENTE DESTRUIDOS; RECONSTRUCCION DE MAQUINAS QUE HAN SIDO USADOS O PARCIALMENTE DESTRUIDOS; INSTALACION Y REPARACION DE APARATOS ELECTRICOS; INSTALACION Y MANTENIMIENTO DE APARATOS DE ILUMINACION; MAN- TENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS DE MOTOR; SERVICIOS DE LAVADO DE VEHICULOS; SERVICIOS DE LU- BRICACION DE VEHICULOS; ESTACION DE SERVICIOS PARA VEHICULOS PARA REABASTECIMIENTO DE COMBUSTIBLE Y MANTENIMIENTO, PULIDO DE VEHICULOS; TRATAMIENTO ANTI OXIDACION PARA VEHICULOS; SERVICIOS DE PINTURA POR ATOMIZADOR PARA VEHICULOS; REENCAUCHADO DE LLANTAS; REPARACION DE RUEDAS DE GOMA; INSTALACION Y MANTENIMIENTO DE ALARMAS ANTIRROBO. Clase: 37. La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil doce. cuatro de mayo del año dos mil doce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, Reposición de póliza de seguro AVISO 3 v. alt. No. C La Centro Americana, S. A. hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO del domicilio de SAN MIGUEL, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida emitida el 15/06/1999. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza. San Salvador, 9 de julio de 2012 Consistente en: un diseño identificado como; FOTON LOGO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE CONSTRUCCION; INFORMACION SOBRE REPARACIONES; RENTA DE EQUIPO DE CONSTRUCCION; RENTA DE EXCAVADORAS; RENTA DE BULDOCERES; RENTA DE GRUAS DE CONSTRUCCION; RENTA ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ, RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS. 3 v. alt. No. C

179 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 23 de Julio de MARCAS DE PRODUCTO abrevia: ECO FOODS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 18, 24, 25. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GRACIELA MARIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, de nacionalidad SALVADO- REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: las palabras gatti design y diseños, design se traduce al castellano como diseño, que servirá para: AMPARAR: MOCHILAS, CARTERAS Y MALETAS. Clase: 18. Para: AMPARAR: MANTEL Y MANTELES INDIVIDUALES NO DE PAPEL, MANTELERIA NO DE PAPEL, PORTA VASOS (ROPA DE MESA) CAMINO DE MESA FUNDA PARA COJINES FUNDA DE ADORNOS PARA ALMOHADAS, CUBRE CAMAS, CORTINAS DE BAÑO DE TELA O PLÁSTICO, ETIQUETAS DE TELA, CUBIERTAS A LA MEDIDA PARA TAPAS DE TELA DE ESCUSADOS. Clase: 24. Para: AMPA- RAR: CAMISETAS, PLAYERAS, PIJAMAS Y AJUAR DE BEBÉ. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos mil once. ocho de junio del año dos mil doce. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR. RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C Consistente en: la palabra La Chula y diseño, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, AVES, EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS EN CONSERVA, FRUTAS COCIDAS, FRUTAS SECAS, RODAJAS DE FRUTAS, PULPAS DE FRUTAS, ENSALADA DE FRUTAS, CASCARAS DE FRUTAS, CORTEZAS DE FRUTAS, LEGUMBRES COCIDAS, LEGUMBRES EN CONSERVA, LEGUM- BRES SECAS, ENSALADA DE LEGUMBRES, ACEITUNAS EN CONSERVA, MERMELADAS, COMPOTAS, HUEVOS, LECHE, PRODUCTOS LÁCTEOS, ACEITES COMESTIBLES, GRASAS COMESTIBLES, CONSOMÉS Y ENCURTIDOS. Clase: 29. La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mil doce. dieciséis de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SAMUEL WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de ECO FOODS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ECO FOODS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SAMUEL WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de ECO FOODS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se Consistente en: la palabra La Chula y diseño, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA,

180 180 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 SAGÚ, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ, HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTAS, PASTELERÍA Y CON- FITERÍA, MIEL, JARABE DE MELAZA, LEVADURA, HELADOS COMESTIBLES, POLVOS PARA PASTELES, SAL, PIMIENTA, MOSTAZA, VINAGRE, SALSAS, SALSAS PARA ENSALADAS, SALSAS DE TOMATE, SAZONAMIENTOS, ESPECIAS CONDI- MENTOS Y ADEREZOS. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mil doce. dieciséis de mayo del año dos mil doce. La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mil doce. dieciséis de mayo del año dos mil doce. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SAMUEL WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de ECO FOODS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ECO FOODS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: la palabra La Chula y diseño, que servirá para: AMPARAR: GRANOS, CEREALES, GRANOS FRESCOS, FRUTAS FRESCAS, LEGUMBRES FRESCAS, LECHUGAS Y HARINA DE ARROZ, FRIJOLES. Clase: 31. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 16, 35, 38, 41, v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de BAN- CO SANTANDER, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO, UNIVERSIA Consistente en: la palabra UNIVERSIA, que servirá para: AM- PARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES: PRODUCTOS DE IM- PRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA AR- TISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS

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