ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE PROCTER & GAMBLE INTERNATIONAL OPERATIONS S.A. Y AFINES. ASEPG REGLAMENTO GENERAL DE CRÉDITO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE PROCTER & GAMBLE INTERNATIONAL OPERATIONS S.A. Y AFINES. ASEPG REGLAMENTO GENERAL DE CRÉDITO"

Transcripción

1 ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE PROCTER & GAMBLE INTERNATIONAL OPERATIONS S.A. Y AFINES. ASEPG REGLAMENTO GENERAL DE CRÉDITO INTRODUCCION La Junta Directiva de la Asociación Solidarista de Empleados de Procter & Gamble de Costa Rica y afines, con fundamento en las facultades que le confiere la Ley Nº 6970 en el Artículo Nº 49 y el Estatuto Interno, establecen el presente Reglamento de Crédito. OBJETIVO DEL REGLAMENTO Regular todo lo referente al sistema de crédito de la Asociación, a través del establecimiento de las normas y procedimientos que permitan guiar y controlar la adecuada asignación de los recursos. CAPITULO I: DISPOCISIONES GENERALES Artículo 1 De acuerdo con las facultades que le confiere el artículo 49 de la Ley de Asociaciones Solidaristas y en cumplimiento de los Estatutos de la Asociación Solidarista de Empleados de Procter & Gamble y afines, en adelante conocida como ASEPG, la Junta Directiva emite la presente reglamentación que regulará el otorgamiento de créditos de sus asociados de acuerdo con los planes de inversión, la justificación, el orden de presentación de la solicitud y la disponibilidad financiera de ASEPG. Artículo 2 ASEPG se propone mediante el otorgamiento de créditos racionales, contribuir al desarrollo integral de sus asociados y sus familias mejorando su calidad de vida, al contribuir en la adquisición de bienes y servicios, la realización de inversiones y a solventar diversas necesidades, aportando además al desarrollo socio-económico del país, todo de acuerdo a las disposiciones establecidas por la Junta Directiva. Artículo 3 El Programa de Crédito tendrá como fuente de fondos, los recursos de cartera que la Junta Directiva de ASEPG asigne anualmente a este propósito dentro del presupuesto de conformidad con la planificación anual y dicha instancia tendrá la potestad de abrir o cerrar cualesquiera líneas de crédito en el momento que lo considere conveniente. 1

2 CAPITULO II: DE LOS PRODUCTOS DE CREDITO Artículo 4 Las líneas de crédito que otorgue ASEPG deberán responder al enunciado del Artículo 2 de éste Reglamento. Cada uno de ellos deberá tener su respectivo prospecto aprobado por la Junta Directiva. Artículo 5 La Junta Directiva de ASEPG podrá crear o eliminar líneas de crédito así como adecuar las regulaciones propias de cada una de ellas, esto último según las condiciones de comportamiento del mercado financiero y entorno económico imperante. Artículo 6 Los créditos que se aprueben podrán ser desembolsados total o parcialmente, dependiendo de las condiciones que se establezcan entre las partes. CAPÍTULO III: DE LAS SOLICITUDES DE CREDITO Artículo 7 Toda solicitud debe presentarse por escrito en la fórmula que para este efecto disponga ASEPG y debe incluir la información completa de acuerdo con los requisitos de cada línea de crédito. En caso de que la solicitud no se ajuste a las condiciones establecidas, la Administración, tendrá la potestad de anular dicha solicitud, sin que represente responsabilidad alguna para la Asociación. Artículo 8 ASEPG definirá las fechas de recepción, análisis, revisión, aprobación y formalización de las operaciones correspondientes a las líneas de crédito, de acuerdo con el presupuesto definido para cada una de ellas, la disponibilidad de recursos y cantidad de solicitudes de crédito recibidas. Artículo 9 ASEPG requerirá toda información o documentación que considere necesaria, con el propósito de estudiar en forma justa e imparcial cada solicitud y emitir una resolución sobre la misma, basando su decisión en la reglamentación vigente. Artículo 10 Todos los gastos de trámite y formalización de los créditos, seguros y avalúos, correrán a cargo del prestatario. 2

3 CAPÍTULO IV: DE LOS SUJETOS DE CREDITO Articulo 11 Los créditos se otorgarán únicamente a los asociados en pleno goce de sus derechos, de acuerdo con lo establecido por la Ley de Asociaciones Solidaristas, los Estatutos de ASEPG, la normativa vigente y este Reglamento. Artículo 12 Todo sujeto de crédito de ASEPG, deberá cumplir con los siguientes requisitos y obligaciones: a) Ser Asociado de ASEPG y cumplir con los plazos de afiliación ininterrumpida establecidos en las Normas de Operación de Crédito. b) Cumplir con todos los requisitos que se solicitan para la línea de crédito de su interés. c) Demostrar que cuenta con la liquidez suficiente para cubrir la cuota del crédito solicitado, además que al considerar la nueva deducción no exceda el porcentaje que ASEPG establece como máximo nivel de endeudamiento permitido para cada línea de crédito, en relación con el salario bruto mensual pagado por Procter & Gamble, de acuerdo a las normas de operación de crédito. d) Estar al día en el pago de sus obligaciones con ASEPG, incluyendo fianzas otorgadas. e) Que su salario se encuentre libre de gravámenes u otros litigios judiciales, excepto pensión alimentaria, siempre y cuando cumpla con los porcentajes de liquidez establecidos f) Autorizar mediante la documentación del crédito, en forma expresa e irrevocable a ASEPG, para que de su salario mensual le sea deducida la cuota convenida para la amortización y pago de intereses de los créditos otorgados. g) Serán sujetos de crédito aquellos empleados en condición de expatriados, siempre que sean asociados y estén al día con sus obligaciones con ASEPG. h) No serán sujetos de nuevos créditos aquellos asociados que disfruten de permiso sin goce de salario. i) Aceptar las recomendaciones técnicas que le brinde ASEPG para el mejor uso del crédito. j) Aceptar la supervisión del plan de inversión y el control de las garantías por parte de los funcionarios autorizados de ASEPG. k) Firmar el respectivo instrumento de garantía del crédito, con las cláusulas que lo regirán. 3

4 Artículo 13 Para el análisis en caso de novaciones de deudor, deberá presentarse una solicitud formal indicando los motivos para realizar este proceso, así como la información y documentación referente a la persona que asumirá la deuda, quien deberá cumplir con todos los lineamientos establecidos en las Normas de Operación de Crédito y en este reglamento, al considerarse como una nueva solicitud de crédito, para la cual aplicara el trámite normal de crédito. CAPÍTULO V: DE LAS FACULTADES DE APROBACION Artículo 14 El principal facultado para resolver todo tipo de créditos es la Junta Directiva, no obstante para efectos de agilidad y mejor atención a los asociados se establecen las siguientes disposiciones: a) Los créditos con garantía de aporte personal o fianzas, que cumplan a cabalidad con los requisitos establecidos en este Reglamento o en las Normas de Operación de Crédito, serán aprobados por los analistas de crédito de la plataforma de servicios de ASEPG. b) Los créditos con garantía hipotecaria o prendaria que cumplan a cabalidad con los requisitos establecidos en este Reglamento o en las Normas de Operación de Crédito serán aprobados por el Coordinador Financiero de ASEPG y refrendado por la Gerencia General. c) Los créditos con características especiales, que incumplan con algún requisito establecido en este Reglamento o en las Normas de Operación de Crédito, serán resueltos por el por la Junta Directiva de ASEPG. Artículo 15 Todos los créditos resueltos se incluirán en un informe presentado de forma mensual a la Junta Directiva. Artículo 16 Las solicitudes de crédito de miembros de Junta Directiva, Fiscalía o del Representante Patronal, cuya garantía son los ahorros personales o voluntarios y que cumplan a cabalidad con los requisitos estipulados en este Reglamento o en las Normas de Operación de Crédito, serán resueltos por el nivel respectivo. Todos los demás créditos cuyas garantías sean fiduciarias, prendarias, hipotecarias o arreglos administrativos, deberán ser analizados y resueltos directamente por la Junta Directiva, debiendo retirarse de la sesión correspondiente el solicitante en el momento de análisis y resolución de la solicitud. 4

5 Artículo 17 En caso de que algún miembro de la Junta Directiva utilice su influencia para la aprobación de algún crédito con propósitos de favoritismo, enriquecimiento ilícito, intensiones dolosas, así como cualquier situación que vaya en perjuicio de los demás asociados y que se encuentre fuera de los lineamientos establecidos en la normativa vigente, podrá hacerse acreedor de sanciones disciplinarias a criterio de la Junta Directiva, tales como: a) Destitución de su cargo en la Junta Directiva o Comité de Crédito. b) Suspensión en su derecho a solicitar créditos durante el plazo que la Junta Directiva estime conveniente. c) Según la gravedad de la falta incurrida podrá enfrentarse a una causa judicial, ya sea en la vía civil o penal, en acatamiento de la Ley de Asociaciones Solidaristas y demás leyes conducentes. d) Cualquier otra sanción legal que la Junta Directiva estime necesaria. CAPÍTULO VI: DE LAS GARANTÍAS DE LOS CREDITOS Artículo 18 La Junta Directiva establecerá el tipo de garantía, según lo estime necesario como condición para la aprobación de una nueva línea de crédito. Artículo 19 Todo crédito deberá contar con una garantía aportada por el Asociado dentro de la cual se podrá aceptar: a) Garantía hipoteca en primer y segundo grado siempre que la acreedora del primer grado sea ASEPG. El valor de esta garantía se obtendrá de un avalúo que deberá ser realizado por un perito, contratado a satisfacción de ASEPG. b) Garantía prendaria en primer grado. El valor de esta garantía se obtendrá de un avalúo que deberá ser realizado por un perito, contratado a satisfacción de ASEPG o una factura proforma en caso de que corresponda. c) Los ahorros totales del Asociado y excedentes capitalizados obligatoriamente se constituirán en garantía, hasta la cancelación total de las obligaciones de este con ASEPG. 5

6 d) Garantías fiduciarias aportadas por el asociado de empleados de Procter & Gamble International Operations S.A. y Afines, pudiendo ser o no asociados de ASEPG. El salario del fiador debe encontrarse libre de gravámenes u otros litigios judiciales y cumplir con el porcentaje de endeudamiento establecido en las Normas de Operación de Crédito. e) Personas físicas externas a la Compañía, asalariadas o trabajadores independientes con al menos un año de laborar continuamente. El salario del fiador debe encontrarse libre de gravámenes u otros litigios judiciales y cumplir con el porcentaje de endeudamiento establecido en las Normas de Operación de Crédito. Se debe presentar constancia salarial en el caso de los trabajadores independientes y comprobante de la CCSS en caso de cotizar. f) Documentos negociables según lo establecen las Normas de Operación de Crédito. Artículo 20 ASEPG podrá exigir una o más de las diferentes garantías establecidas en el artículo anterior o una combinación de las allí indicadas. Artículo 21 ASEPG tendrá la facultad de exigir el cambio de fiadores o avalistas cuando lo considere necesario. Artículo 22 Durante la vigencia del crédito, el prestatario se obliga a cancelar las pólizas requeridas para cada línea, según se establece en las Normas de Operación de Crédito. Para lo cual ASEPG facilitará los servicios de adquisición de dichos seguros, así como la solicitud de deducción mensual por planilla, autorizada previamente por el asociado mediante la gestión del crédito. Artículo 23 En tanto esté vigente el crédito, los bienes dados en garantía no se podrán hipotecar o pignorar nuevamente, sustituir hipoteca o prenda, ni traspasarse a otras personas, excepto que obtenga, para ese efecto, autorización expresa de la Junta Directiva. El incumplimiento de esta obligación dará por vencido el plazo y hará exigible la totalidad de la obligación. Artículo 24 ASEPG está facultada para inspeccionar y fiscalizar durante toda la vigencia de los créditos el estado de las garantías cualquiera sea su tipo. La negativa infundada de un asociado, se considerara como causal de vencimiento de la obligación, haciendo exigible la totalidad de la deuda. Artículo 25 Para cancelar el gravamen registral de algún bien dado en garantía, el asociado deberá contratar directamente los servicios profesionales de un notario público en cuenta propia, para lo cual deberá realizar la siguiente gestión: 6

7 Dicho notario deberá realizar el proceso de cancelación a través del área de crédito de ASEPG. a) Solicitar copia de la personería jurídica de ASEPG y de la cédula del representante legal para confeccionar la escritura de cancelación. b) Enviar de manera previa al área de crédito de ASEPG, el borrador de la escritura de cancelación para su revisión y solicitar una cita para la firma de la misma. c) Presentar al representante legal de ASEPG el recibo de cancelación emitido por esta para el pago de la deuda. CAPÍTULO VII: DE LAS TASAS DE INTERES Artículo 26 Es potestad de la Junta Directiva revisar y ajustar las tasas de interés que se que se cobran sobre las diferentes líneas de crédito, las cuales estarán sujetas a las condiciones del mercado monetario y de capitales, así como a las condiciones externas económico-financieras del momento e internas de ASEPG tales como, las disponibilidad de recursos, el costo efectivo de la captación y las condiciones del mercado imperantes, entre otros elementos. En caso de ajuste de tasa de interés se brindara un plazo de dos meses entre la comunicación del acuerdo y la aplicación del mismo a fin de evitar un impacto en las finanzas del deudor. Artículo 27 Toda modificación de las tasas de interés que se apruebe por parte de la Junta Directiva se aplicará a toda la cartera de crédito vigente y a las readecuaciones de los saldos. Artículo 28 Los intereses moratorios se cobrarán de acuerdo a lo estipulado en el Código de Comercio o por la normativa vigente en el país. CAPÍTULO VIII: DE LA AMORTIZACIÓN DE LOS CREDITOS Artículo 29 El solicitante del crédito debe demostrar su capacidad para atender con solvencia los pagos actuales y los que se deriven del crédito que está solicitando de acuerdo a lo que se establece para cada línea de crédito presente en las Normas de Operación de Crédito. 7

8 Artículo 30 La cancelación de los compromisos adquiridos con ASEPG, será por medio de las deducciones del salario mensual lo que implica autorización del deudor para las respectivas deducciones y se ajustará a lo siguiente: a) Todos los créditos deben ser cancelados mediante cuotas mensuales y consecutivas proporcionales al monto y plazo solicitado, que cubran la amortización e intereses correspondientes, excepción hecha para la modalidad de créditos cuya cancelación se da al vencimiento. b) El deudor podrá realizar abonos extraordinarios sobre su obligación, aplicándose al principal, en este caso el asociado podrá solicitar una disminución del plazo del crédito o del monto de la cuota. c) Cuando por permiso, traslado, cambios en la nómina, enfermedad u otras causas, no se efectúen las deducciones correspondientes, los asociados tienen la obligación de hacer los pagos de sus préstamos en las cuentas bancarias correspondientes o en la caja de ASEPG, durante los primeros 15 días del mes inmediato, evitando así, la acción de cobro que corresponda por atrasos. d) La falta de pago oportuno de una cuota de amortización, o el deterioro de la garantía ofrecida, hará de inmediato exigible la cancelación de la obligación adquirida sin requerimiento, ni otros requisitos previos. e) Los gastos que demanden la operación, ejecución y cobranza del crédito, tales como registro de documentos, honorarios profesionales, especies fiscales, cualquier acción legal con el objeto de recuperar los créditos otorgados, entre otros, serán cubiertos en su totalidad por el deudor y los solidariamente involucrados en el caso. f) En caso de defunción del asociado todos sus aportes personales y ahorros extraordinarios serán aplicados a los saldos de las deudas respectivas, en el tanto se presenta ante el ente asegurador, la solicitud de indemnización por las pólizas correspondientes, cuyo monto será aplicado en el momento en que se reciba a los saldos restantes del crédito, en caso de quedar algún saldo insoluto, deberá ser cancelado según la garantía del crédito, caso contrario cuando exista algún remanente posterior a la cancelación total del saldo, se entregara a los beneficiarios designados por el asociado en vida. Artículo 31 En el caso de que el prestatario renuncie a ASEPG o deje de ser empleado de Procter & Gamble International Operations S.A. o afines, ASEPG podrá aplicar la totalidad del ahorro personal, ahorros voluntarios, excedentes del periodo y capitalizados a la cancelación de las deudas que mantenga con la Asociación. Esta aplicación se realizara de acuerdo con las características de la garantía, priorizando la cancelación de los créditos según el siguiente orden, créditos con avales personales, 8

9 créditos con garantía de ahorros, créditos con garantía de prendas y por último los créditos con garantía hipotecaria. Asimismo se ajustaran de manera inmediata las tasas según lo establecido en las Normas de Operación de Crédito. Lo anterior con excepción de las personas que se pensionan por invalidez o vejez. En caso de reincorporación a ASEPG, podrán recuperar las mismas condiciones de los créditos formalizados con anterioridad a su renuncia. CAPÍTULO IX: DISPOSICIONES FINALES Artículo 32 La Junta Directiva se reserva el derecho de pedir al asociado la presentación de los documentos que considere necesarios para la justificación del crédito y asegurar su adecuado uso. En caso de que la inversión sea desviada del objetivo original o se incumplan los requisitos o términos de este Reglamento, facultará a la Junta Directiva a dar por vencida y exigible ejecutivamente la totalidad de la deuda o adoptar medidas sancionatorias tales como la aplicación de tasas de interés diferenciadas, limitar el acceso a créditos o la exclusión como asociado de ASEPG. Artículo 33 La morosidad en los créditos, sean de ASEPG o externos, cierra la posibilidad de acceder a todas las líneas de crédito ofrecidas por ASEPG, hasta tanto el asociado no efectúe los pagos que pongan al día sus obligaciones. Artículo 34 Corresponderá a la Junta Directiva resolver sobre los asuntos no dispuestos expresamente en este Reglamento. Artículo 35 Este Reglamento fue aprobado en la sesión de Junta Directiva de ASEPG Nº 389 realizada el día 31 de Julio de 2012 y rige a partir de su aprobación. El mismo podrá ser revisado y modificado por la Junta Directiva de ASEPG en el momento que lo amerite para lo cual deberá contarse con el voto de la mayoría calificada de sus miembros. Asimismo deroga cualquier disposición anterior sobre la materia en particular. 9

10 Control de Revisiones y Modificaciones Numero de Sesión Articulo modificado Nº Acuerdo Detalle de Acuerdo N de Octubre de 2013 Reforma Integral por Cambio de Nombre y eliminación de Comité de Crédito ASIGNAR NUMERO DE ACUERDO Se acuerda modificar el Reglamento General de Crédito en los aspectos analizados en sesión de Junta Directiva, eliminando asimismo la existencia del Comité de Crédito y referenciado los aspectos de carácter operativo a las Normas de Operación de crédito. Acuerdo Firme y Unánime 10

Asociación Solidarista de Empleados de la Universidad Estatal a Distancia REGLAMENTO GENERAL DE CRÉDITO CAPITULO 1: DISPOSICIONES GENERALES

Asociación Solidarista de Empleados de la Universidad Estatal a Distancia REGLAMENTO GENERAL DE CRÉDITO CAPITULO 1: DISPOSICIONES GENERALES Asociación Solidarista de Empleados de la Universidad Estatal a Distancia REGLAMENTO GENERAL DE CRÉDITO CAPITULO 1: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: De acuerdo con las facultades que le confiere el

Más detalles

Reglamento de Crédito Prendario

Reglamento de Crédito Prendario Articulo 1: Definición. Reglamento de Crédito Prendario Es un crédito destinado a financiar un porcentaje del valor comercial de vehículos nuevos o usados y motos nuevas, adquiridos de agencias, establecimientos

Más detalles

PRESENTACIÓN. San Carlos de Guatemala, con el afán de mejorar la gestión administrativa del

PRESENTACIÓN. San Carlos de Guatemala, con el afán de mejorar la gestión administrativa del PRESENTACIÓN La Junta Administradora del Plan de Prestaciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala, con el afán de mejorar la gestión administrativa del Plan, mediante Punto SEXTO, del Acta 19-2001

Más detalles

POLITICAS DE CREDITO PRODUCTO TARJETA DE CREDITO

POLITICAS DE CREDITO PRODUCTO TARJETA DE CREDITO POLITICAS DE CREDITO PRODUCTO TARJETA DE CREDITO 1- INTRODUCCIÓN En el presente documento se definen un conjunto de políticas generales de crédito para el producto tarjeta ASEBANACIO Master Card ORO y

Más detalles

DIRECTIVA Nº /CN

DIRECTIVA Nº /CN DIRECTIVA Nº 011-06-2015/CN PARA: DE: ASUNTO: Gerencia General Gerencia de Riesgos y Finanzas Gerencia de TI y Administración Jefatura de Créditos y Recuperaciones Jefatura de Contabilidad Unidad de Auditoría

Más detalles

REGLAMENTO DE CRÉDITO

REGLAMENTO DE CRÉDITO Página 1 de 6 Por medio de este documento se compila las decisiones tomadas por la Junta Directiva sobre los préstamos a los Afiliados del Fondo Mutuo de Inversión de la Financiera de Desarrollo Territorial

Más detalles

BASES PARA LA COTIZACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DEL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO RURAL GUATE INVIERTE

BASES PARA LA COTIZACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DEL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO RURAL GUATE INVIERTE Guatemala, 9 de Febrero del 2007. BASES PARA LA COTIZACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DEL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO RURAL GUATE INVIERTE 1 de 7 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El Fideicomiso para

Más detalles

REFORMA AL REGLAMENTO DEL FONDO ESPECIAL PARA LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS (FEP)

REFORMA AL REGLAMENTO DEL FONDO ESPECIAL PARA LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS (FEP) REFORMA AL REGLAMENTO DEL FONDO ESPECIAL PARA LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS (FEP) ARTÍCULO 1. La Caja de Ahorro y Previsión del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria -SENIAT-

Más detalles

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PETROPERU LTDA. REGLAMENTO DE CREDITO PETROCOOP

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PETROPERU LTDA. REGLAMENTO DE CREDITO PETROCOOP COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PETROPERU LTDA. REGLAMENTO DE CREDITO PETROCOOP LIMA, ENERO DEL 2014 COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PETROPERU LTDA. REGLAMENTO DE CREDITO PETROCOOP APROBADO POR EL CONSEJO

Más detalles

POLITICAS DE CREDITO PRODUCTO TARJETA DE CREDITO

POLITICAS DE CREDITO PRODUCTO TARJETA DE CREDITO POLITICAS DE CREDITO PRODUCTO TARJETA DE CREDITO 1- INTRODUCCIÓN En el presente documento se definen un conjunto de políticas generales de crédito para el producto tarjeta ASEBANACIO Master Card ORO y

Más detalles

Contenido ARTÍCULO 1. OBJETIVO... 1 CAPÍTULO PRIMERO... 1 DE LAS ADMISIONES... 1 ARTÍCULO I... 1 ARTICULO II... 2 ARTICULO III... 3 ARTICULO IV...

Contenido ARTÍCULO 1. OBJETIVO... 1 CAPÍTULO PRIMERO... 1 DE LAS ADMISIONES... 1 ARTÍCULO I... 1 ARTICULO II... 2 ARTICULO III... 3 ARTICULO IV... Reglamento de Admisiones y Aprobado por: Consejo de Administración Código: R-GG-02 Fecha de aprobación 31-03-2016 Ratificado en Asamblea General de Delegados el 21-05-2016 Contenido ARTÍCULO 1. OBJETIVO...

Más detalles

REGLAMENTO DE CREDITO

REGLAMENTO DE CREDITO REGLAMENTO DE CREDITO C A P I T U L O I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1 OBJETIVOS El presente Reglamento de Crédito tiene por objeto normar las condiciones para que el asociado pueda hacer uso de este

Más detalles

CIRCULAR No NOV 2015 LÍNEA PARA EMPRESAS DE ALTO POTENCIAL

CIRCULAR No NOV 2015 LÍNEA PARA EMPRESAS DE ALTO POTENCIAL ESTADO: ACTIVA CIRCULAR No. 028 30 NOV 2015 DESTINATARIOS Presidentes, gerentes, vicepresidentes comerciales, Vicepresidentes financieros y funcionarios encargados del crédito de BANCÓLDEX de establecimientos

Más detalles

BIENESTAR UNIVERSITARIO

BIENESTAR UNIVERSITARIO ACCIONES DE COBRO JURÍDICO DEL PRESTAMO ESTUDIANTIL Página 1 de 7 1. GENERAL DEL PROCEDIMIENTO OBJETIVO: Gestionar la cartera vencida del préstamo estudiantil una vez surtido el proceso de cobro persuasivo,

Más detalles

Qué normativa rige las operaciones que se realicen a través del SITME por parte de las personas naturales hasta el 31/12/2011?

Qué normativa rige las operaciones que se realicen a través del SITME por parte de las personas naturales hasta el 31/12/2011? ABC para realizar Operaciones de compra y venta en bolívares de Títulos en Moneda Extranjera a través del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME) para las Personas Naturales A

Más detalles

Centrales de Riesgos

Centrales de Riesgos Centrales de Riesgos Qué es la Central de Riesgos? La Central de Riesgos (Central de Información Crediticia), es el sistema administrado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, mediante el cual se

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO

Más detalles

Cuentas de Depósitos.

Cuentas de Depósitos. Los precios se muestran únicamente para orientar al cliente en su decisión de acceder a determinados productos o servicios financieros, y no debe entenderse que esta información muestra el precio final

Más detalles

CIRCULAR EXTERNA

CIRCULAR EXTERNA Número CIRCULAR EXTERNA 011 1999 Año DESTINATARIO(S): REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CREDITO. ASUNTO ALIVIOS PARA DEUDORES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS INDIVIDUALES PARA FINANCIACION DE

Más detalles

Unidad responsable del documento Gerencia de Control Financiero

Unidad responsable del documento Gerencia de Control Financiero Título de la política, procedimiento o manual Política para la elección de entidades de custodia de valores extranjeros Nombre de fondo de inversión N/A Unidad responsable del documento Gerencia de Control

Más detalles

Qué normativa rige las operaciones que se realicen a través del SITME por parte de las personas jurídicas hasta el 31/12/2011?

Qué normativa rige las operaciones que se realicen a través del SITME por parte de las personas jurídicas hasta el 31/12/2011? ABC para realizar Operaciones de compra y venta en bolívares de Títulos en Moneda Extranjera a través del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME) para las Personas Jurídicas A

Más detalles

Reglamento de Préstamos

Reglamento de Préstamos Asociación Solidarista de Empleados del Instituto Tecnológico de Costa Rica (ASETEC) Reglamento de Préstamos Capítulo I Políticas generales Artículo 1 El sistema de crédito de la ASETEC tiene como propósito

Más detalles

República de Panamá Superintendencia de Bancos

República de Panamá Superintendencia de Bancos República de Panamá Superintendencia de Bancos ACUERDO No. 004-2015 (de 11 de mayo de 2015) Por medio del cual se establece el procedimiento para el registro de los custodios de acciones al portador LA

Más detalles

REGLAMENTO DE CREDITO CON GARANTIA HIPOTECARIA

REGLAMENTO DE CREDITO CON GARANTIA HIPOTECARIA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PETROPERU LTDA. REGLAMENTO DE CREDITO CON GARANTIA HIPOTECARIA CON MODIFICACION PARCIAL APROBADA POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE FECHA: 22 DE FEBRERO 2014 - VERSION

Más detalles

Derechos y Deberes de los Usuarios de Productos y Servicios Financieros

Derechos y Deberes de los Usuarios de Productos y Servicios Financieros DERECHO A SER INFORMADO: En lo relacionado con TASA de interés, COMISIONES, RECARGOS, montos, obligaciones como deudor. Recibir del proveedor información completa, precisa, veraz, clara y oportuna. A que

Más detalles

APUNTES DE FINANZAS AÑO NUEVO PROYECTOS NUEVOS... COMPRAR CASA?

APUNTES DE FINANZAS AÑO NUEVO PROYECTOS NUEVOS... COMPRAR CASA? APUNTES DE FINANZAS Cooperativa de Empleados de Dow Colombia $ www.codecol.com.co No. 015 ENERO DE 2013 AÑO NUEVO - PROYECTOS NUEVOS... COMPRAR CASA? Pag. 1 TASAS DE INTERES DEL PORTAFOLIO FINANCIERO TU

Más detalles

POLÍTICA DE HABITUALIDAD

POLÍTICA DE HABITUALIDAD Renta Nacional Compañía de Seguros Generales S.A. Renta Nacional Compañía de Seguros de Vida S.A. Vigente desde fecha 01 de Agosto del 2013 Correlativo Interno P03.C_GAyF V1.0 Este documento es de propiedad

Más detalles

NORMA PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE CRÉDITO EN LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Resolución No F. Octubre, 2015

NORMA PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE CRÉDITO EN LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Resolución No F. Octubre, 2015 NORMA PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE CRÉDITO EN LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Resolución No. 129-2015-F Octubre, 2015 CONTENIDO DE LA NORMA CAPÍTULO I. OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES

Más detalles

SISTEMA DE TESORERIA

SISTEMA DE TESORERIA Aprobado mediante: Resolución Ministerial 011 de 11 enero de 2013 SISTEMA DE TESORERIA REGLAMENTO ESPECÍFICO TITULO I CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Concepto y Objeto del Sistema de Tesorería

Más detalles

Crédito Comercial Persona natural

Crédito Comercial Persona natural Crédito Comercial Persona natural Requisitos Poseer o abrir una cuenta en Banco Bicentenario del Pueblo, para el descuento de las cuotas. Presentar todos los recaudos necesarios, en cualquiera de nuestras

Más detalles

I- CONDICIONES DEL PROGRAMA DE COMPRAS EN CUOTAS A 0% DE INTERÉS EN COMERCIOS

I- CONDICIONES DEL PROGRAMA DE COMPRAS EN CUOTAS A 0% DE INTERÉS EN COMERCIOS I- CONDICIONES DEL PROGRAMA DE COMPRAS EN CUOTAS A 0% DE INTERÉS EN COMERCIOS Los siguientes enunciados regulan la relación entre BAC INTERNATIONAL BANK, INC., en adelante denominado el BANCO; la persona

Más detalles

REGLAMENTO DE CREDITO DE LA ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA (ASOMINAE)

REGLAMENTO DE CREDITO DE LA ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA (ASOMINAE) REGLAMENTO DE CREDITO DE LA ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA (ASOMINAE) 28 de Abril 2014 CONTENIDO CAPÍTULO TEMA ARTÍCULOS PAGINAS I DISPOSICIONES GENERALES 1-9

Más detalles

DIRECCIÓN DE FINANZAS GERENCIA DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO. [Diciembre ] Pág. 1 de 6

DIRECCIÓN DE FINANZAS GERENCIA DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO. [Diciembre ] Pág. 1 de 6 DIRECCIÓN DE FINANZAS GERENCIA DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO [Diciembre - 2013] Pág. 1 de 6 Proceso: Objetivo El subproceso debe cubrir los siguientes objetivos: Establecer las actividades que

Más detalles

REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO AGRARIO

REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO AGRARIO BANCO CENTRAL DE COSTA RICA REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO AGRARIO APROBADO POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA EN LA SESIÓN 4411-90, ARTÍCULO 15,CELEBRADA EL 3 DE MAYO DE 1990. PUBLICADO

Más detalles

COOPERATIVA MULTIACTIVA DE TRABAJADORES, JUBILADOS Y/O PENSIONADOS DEL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO. ACUERDO No 003 (04 de Abril del 2013)

COOPERATIVA MULTIACTIVA DE TRABAJADORES, JUBILADOS Y/O PENSIONADOS DEL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO. ACUERDO No 003 (04 de Abril del 2013) ACUERDO No 003 (04 de Abril del 2013) PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE CARTERA El Consejo de Administración de la COOPERATIVA MULTIACTIVA DE TRABAJADORES, EXTRABAJADORES, JUBILADOS Y/O PENSIONADOS DEL SECTOR

Más detalles

I- CONDICIONES DEL PROGRAMA DE COMPRAS EN CUOTAS A 0% DE INTERÉS EN COMERCIOS

I- CONDICIONES DEL PROGRAMA DE COMPRAS EN CUOTAS A 0% DE INTERÉS EN COMERCIOS I- CONDICIONES DEL PROGRAMA DE COMPRAS EN CUOTAS A 0% DE INTERÉS EN COMERCIOS Los siguientes enunciados regulan la relación entre BAC INTERNATIONAL BANK, INC., en adelante denominado el BANCO; la persona

Más detalles

BASES DE LICITACION CARTERA DE MUTUOS HIPOTECARIOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO SEPARADO Nº3 SANTANDER SANTIAGO S.A. SOCIEDAD SECURITIZADORA

BASES DE LICITACION CARTERA DE MUTUOS HIPOTECARIOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO SEPARADO Nº3 SANTANDER SANTIAGO S.A. SOCIEDAD SECURITIZADORA BASES DE LICITACION CARTERA DE MUTUOS HIPOTECARIOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO SEPARADO Nº3 DE SANTANDER SANTIAGO S.A. SOCIEDAD SECURITIZADORA OBJETO: El objeto de la convocatoria a licitación de la Cartera

Más detalles

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL Por cuanto en la Resolución Nº 10-03-01 de fecha 2 de marzo de 2010, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.379 del 4 de

Más detalles

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 8, del acta de la sesión , celebrada el 30 de enero del 2015,

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 8, del acta de la sesión , celebrada el 30 de enero del 2015, La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 8, del acta de la sesión 5677-2015, celebrada el 30 de enero del 2015, dispuso en firme remitir en consulta pública, con base en lo dispuesto

Más detalles

POLÍTICA DE ADMISIÓN A COTIZACIÓN DE VALORES EN LA BOLSA NACIONAL DE VALORES, S. A. 1

POLÍTICA DE ADMISIÓN A COTIZACIÓN DE VALORES EN LA BOLSA NACIONAL DE VALORES, S. A. 1 POLÍTICA DE ADMISIÓN A COTIZACIÓN DE VALORES EN LA BOLSA NACIONAL DE VALORES, S. A. 1 Corresponde a la Junta Directiva la definición y aprobación de las políticas de la empresa relativas a la admisión

Más detalles

REGLAMENTO DE PENSIONES Y DE CREDITO EDUCATIVO

REGLAMENTO DE PENSIONES Y DE CREDITO EDUCATIVO REGLAMENTO DE PENSIONES Y DE CREDITO EDUCATIVO 1 PROGRAMA DE FORMACION REGULAR CAPITULO I: DEL CONTENIDO Y ALCANCES Art. 1: El presente reglamento, establece las condiciones generales, los términos y disposiciones

Más detalles

Lineamientos para la Asignación y uso. de Servicio de Telefonía Celular del. Tribunal Electoral del Distrito Federal

Lineamientos para la Asignación y uso. de Servicio de Telefonía Celular del. Tribunal Electoral del Distrito Federal Lineamientos para la Asignación y uso de Servicio de Telefonía Celular del Tribunal Electoral del Distrito Federal Contiene el texto aprobado en el acta de reunión privada 017/2008 del 15 de abril de 2008

Más detalles

NCG 18 NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL N. 18 ENDEUDAMIENTO PÚBLICO ÍNDICE. Párrafo Número. Definiciones 01-07

NCG 18 NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL N. 18 ENDEUDAMIENTO PÚBLICO ÍNDICE. Párrafo Número. Definiciones 01-07 NCG 18 NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL N. 18 ENDEUDAMIENTO PÚBLICO ÍNDICE Párrafo Número Objetivo Definiciones 01-07 Criterios de reconocimiento y valuación 08-13 Aplicación de criterios generales

Más detalles

ESTIMADOS ASOCIADOS. El día de ayer 7 de septiembre, fue notificada la Aplicación del Transitorio III de la convención colectiva.

ESTIMADOS ASOCIADOS. El día de ayer 7 de septiembre, fue notificada la Aplicación del Transitorio III de la convención colectiva. ESTIMADOS ASOCIADOS El día de ayer 7 de septiembre, fue notificada la Aplicación del Transitorio III de la convención colectiva. Ante este hecho hemos recibido consultas diversas, las cuales, para un mejor

Más detalles

Establecer los lineamientos para regular los créditos disponibles de ASOMEGA.

Establecer los lineamientos para regular los créditos disponibles de ASOMEGA. Reglamento de crédito Código: RAM 01 Versión: 1 Proceso: Créditos Elaboró: Felipe Solano Tesorero Comité de Crédito Revisó: Saray Zumbado Vocal 1 Comité de Crédito DOCUMENTO CONTROLADO Revisó: Luis Contreras

Más detalles

Nº DENOMINACIÓN SERVICIOS INCLUÍDOS OPORTUNIDAD DE COBRO MÍNIMO MÁXIMO MÍNIMO MÁXIMO COMISIONES S/ S/

Nº DENOMINACIÓN SERVICIOS INCLUÍDOS OPORTUNIDAD DE COBRO MÍNIMO MÁXIMO MÍNIMO MÁXIMO COMISIONES S/ S/ 1 de 10 1 Carta Fianza 2 Carta Fianza Comisión por Requerimiento y elaboración de la Carta Fianza Comisión por Otorgamiento de Carta Fianza Se considera dicha comisión por cada emisión y por cada renovación.

Más detalles

ASEUNED POLITICAS GENERALES DE CRÉDITO ASEUNED

ASEUNED POLITICAS GENERALES DE CRÉDITO ASEUNED ASEUNED POLITICAS GENERALES DE CRÉDITO ASEUNED DICIEMBRE 2012 2 INDICE Grupo Contenido Página A LÍNEAS DE CRÉDITO 1 a.1 Crédito Revolutivo Personal 1 a.2 Crédito Patronal 1 a.3 Crédito de Salud 1 a.4 Crédito

Más detalles

MANUAL DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA REALIZACION DE CONSULTAS A LA CENTRAL DE RIESGOS

MANUAL DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA REALIZACION DE CONSULTAS A LA CENTRAL DE RIESGOS MANUAL DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA REALIZACION DE CONSULTAS A LA CENTRAL DE RIESGOS I. Introducción En el marco de los trabajos que viene desarrollando la Administración Monetaria y Financiera

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS

REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS A los fines de dar cumplimiento con lo dispuesto por el art. 49 inc. c) de la Ley Nº XIX Nº 42 (Antes Ley 3953) se dicta el presente Reglamento de Préstamos: ART. 1: La CAPROCE

Más detalles

NPB3-11 NORMAS PARA EL REQUERIMIENTO DE ACTIVOS LIQUIDOS DE LOS BANCOS CAPITULO I OBJETO Y SUJETOS

NPB3-11 NORMAS PARA EL REQUERIMIENTO DE ACTIVOS LIQUIDOS DE LOS BANCOS CAPITULO I OBJETO Y SUJETOS SAN SALVADOR, EL SALVADOR, CA Teléfono (503) 2281-2444 Email: informa@ssfgobsv Web: http:wwwssfgobsv NPB3-11 El Consejo Directivo de la Superintendencia del Sistema Financiero, con base en la potestad

Más detalles

ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN

ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN 45 ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN A.- La organización adjudicataria, luego de la notificación de adjudicación correspondiente debe presentarse

Más detalles

REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD Y PRÉSTAMOS QUIROGRAFARIOS

REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD Y PRÉSTAMOS QUIROGRAFARIOS REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD Y PRÉSTAMOS QUIROGRAFARIOS APROBACIÓN DE 1 Ser partícipe que acredite un mínimo de 24 aportaciones personales mensuales al Fondo de Jubilación Patronal Especial

Más detalles

Paso del Asociado para la Liberación de la Garantía Hipotecaria

Paso del Asociado para la Liberación de la Garantía Hipotecaria 1. NORMAS Y POLITICAS DEL PROCEDIMIENTO LIBERACIÓN GARANTIA HIPOTECARIA 1.1. Generales El asociado para solicitar la liberación de la Garantía Hipotecaria debe presentar la siguiente documentación: Solicitud

Más detalles

DESCRIPCION DEL CARGO FRH - 01 VERSIÓN: PAGINA 1 DE 5

DESCRIPCION DEL CARGO FRH - 01 VERSIÓN: PAGINA 1 DE 5 PAGINA 1 DE 5 NOMBRE DEL CARGO : TIPO DE CARGO : DEPARTAMENTO : JEFE INMEDIATO : A QUIEN REPORTA : NUMERO DE EMPLEADOS EN EL PUESTO : EMPLEADOS DIRECTOS : RELACIONES DEL CARGO (INTERNAS Y EXTERNAS) : OBJETIVOS

Más detalles

M-3: PLAN DE MEJORAMIENTO F14.1: PLANES DE MEJORAMIENTO - ENTIDADES Fecha 01/09/2013. Comites de Seguimiento (Actas) Eventos 5

M-3: PLAN DE MEJORAMIENTO F14.1: PLANES DE MEJORAMIENTO - ENTIDADES Fecha 01/09/2013. Comites de Seguimiento (Actas) Eventos 5 # ACCIÓN DE MEJORA DESCRIPCIÓN Fecha 0/09/03.. Enviar.0 La envia quincenalmente comunicaciones (correos correo electrónico a los jefes de las dependencias y a los electronicos) a los jefes de dependencia

Más detalles

Código. Revisado por: Comité Educación y Gerencia COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL. Tabla de contenido

Código. Revisado por: Comité Educación y Gerencia COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL. Tabla de contenido 1 de 10 COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL Tabla de contenido COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL... 1 INTRODUCCION... 2 FUNDAMENTO LEGAL... 2 OBJETO... 2 AMBITO DE APLICACIÓN... 2 DEFINICIONES...

Más detalles

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL REGLAMENTO PARA LAS INVERSIONES TRANSITORIAS REALIZADAS POR EL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL CAPÍTULO I De las disposiciones generales CAPÍTULO II De los responsables

Más detalles

Código: GAF-PR-02 / V2 GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Fecha: 14/05/2014 UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN Página: 1 de 6

Código: GAF-PR-02 / V2 GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Fecha: 14/05/2014 UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN Página: 1 de 6 UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN Página: 1 de 6 PROPOSITO El procedimiento tiene por objeto establecer las actividades para la administración, control y ejecución de la caja ALCANCE El procedimiento comprende

Más detalles

Políticas de admisión y perfilamiento para Banorte. Fuente: ABM

Políticas de admisión y perfilamiento para Banorte. Fuente: ABM Políticas de admisión y perfilamiento para Banorte Fuente: ABM 08.04.14 1 Mercado Objetivo Personas Físicas Asalariadas Personas Físicas con Actividad Empresarial (Régimen Intermedio, Pequeño Contribuyente,

Más detalles

NORMAS GENERALES A OBSERVAR EN LOS COMPROBANTES Y FACTURAS

NORMAS GENERALES A OBSERVAR EN LOS COMPROBANTES Y FACTURAS NORMAS GENERALES A OBSERVAR EN LOS COMPROBANTES Y FACTURAS (Aprobado por los Miembros del Tribunal en Sesión Ordinaria No. 004-2015 de las nueves horas del veintiocho de enero de dos mil quince.) ENERO

Más detalles

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS JUNTA DIRECTIVA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS JUNTA DIRECTIVA Acuerdo de Junta Directiva del AyA Sesión No. 2016-017 Ordinaria Fecha de Realización 15/Mar/2016 Acuerdo No. 2016-111 Artículo 3.3-Resolución recurso de apelación contra el acuerdo de la Junta Administradora

Más detalles

Reglamento Interno de Crédito

Reglamento Interno de Crédito ASEBOSTON ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE BOSTON SCIENTIFIC Reglamento Interno de Crédito La Junta Directiva de la Asociación Solidarista de Empleados de Boston Scientific de Costa Rica, S.R.L.

Más detalles

2100 Características generales del objeto evaluado

2100 Características generales del objeto evaluado CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (CATCGR) OPERACIONES ADMINISTRATIVAS 1000 Aspectos Preliminares 1200 Alcance 1201 Determinar el cumplimiento de las disposiciones

Más detalles

REGLAMENTO BECA FALLECIMIENTO DE SOSTENEDOR ECONÓMICO

REGLAMENTO BECA FALLECIMIENTO DE SOSTENEDOR ECONÓMICO REGLAMENTO BECA FALLECIMIENTO DE SOSTENEDOR ECONÓMICO Modificado por Resolución de Rectoría Nº 13/2016, del 11 de abril de 2016. Modificado por Resolución de Rectoría Nº 01/2009, del 06 de enero de 2009.

Más detalles

Acuerdo SUGEF 19-16, Acuerdo SUGEF 1-05 y Acuerdo SUGEF Preguntas frecuentes

Acuerdo SUGEF 19-16, Acuerdo SUGEF 1-05 y Acuerdo SUGEF Preguntas frecuentes Acuerdo SUGEF 19-16, Acuerdo SUGEF 1-05 y Acuerdo SUGEF 3-06 Preguntas frecuentes A. Políticas de crédito Deben las instituciones financieras modificar sus políticas de crédito debido a los nuevos requerimientos

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS. SECCION I Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS. SECCION I Disposiciones Generales De conformidad con lo aprobado en Asamblea Anual Ordinaria de Asociados efectuada el día 9 de Abril de 2008, de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Trabajadores del Ministerio de Energía y Petróleo

Más detalles

REGULACIONES PARA EL TRASPASO DE BIENES EN FIDEICOMISO

REGULACIONES PARA EL TRASPASO DE BIENES EN FIDEICOMISO Leyes, Decretos y Reglamentos Actualizado al: 27/11/2015 Regulaciones para el Traspaso de Bienes en Fideicomiso No. 037-11 REGULACIONES PARA EL TRASPASO DE BIENES EN FIDEICOMISO DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA

Más detalles

RFQ. Prestación De Servicio De Impresión De Variedad De Piezas Publicitarias Y Distribución De Las Mismas, A Nivel Nacional.

RFQ. Prestación De Servicio De Impresión De Variedad De Piezas Publicitarias Y Distribución De Las Mismas, A Nivel Nacional. RFQ Prestación De Servicio De Impresión De Variedad De Piezas Publicitarias Y Distribución De Las Mismas, A Nivel Nacional. Vicepresidencia de Estrategia y Mercadeo Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá

Más detalles

Contrato Individual de Administración de un Fondo de Pensiones

Contrato Individual de Administración de un Fondo de Pensiones Contrato Individual de Administración de un Fondo de Pensiones Disposiciones Generales Artículo 1 Definiciones: Para la interpretación del presente contrato se entenderán como tales los conceptos siguientes

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS CAJA CHICA Página: 1 de 8 I. PROPÓSITO Establecer los mecanismos de operación que permitan el adecuado manejo de los recursos asignados al fondo fijo de caja chica del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES

LINEAMIENTOS GENERALES INTRODUCCIÓN El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 14 de la Ley que Crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y en

Más detalles

REGLAMENTO DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO ADICIONAL. Para los fines del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones:

REGLAMENTO DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO ADICIONAL. Para los fines del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones: REGLAMENTO DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO ADICIONAL Artículo 1: Definiciones Para los fines del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones: Crédito MIVIVIENDA Cartera Atrasada: :

Más detalles

20. RECEPCIÓN, REGISTRO Y CONTROL DE BIENES MUEBLES EN ALMACÉN

20. RECEPCIÓN, REGISTRO Y CONTROL DE BIENES MUEBLES EN ALMACÉN Página: 224 20. RECEPCIÓN, REGISTRO Y CONTROL DE BIENES MUEBLES EN ALMACÉN JUNIO 2007 Página: 225 OBJETIVO GENERAL: Recibir, registrar y controlar los bienes muebles (instrumentales o de consumo) que ingresan

Más detalles

Recaudo: Toda operación de ingreso que registra un ente económico.

Recaudo: Toda operación de ingreso que registra un ente económico. Página 1 de 6 1. OBJETIVO: Definir las actividades para realizar la consolidación de información financiera y presupuestal para la elaboración y presentación de informes presupuestales y contables de la

Más detalles

Requisitos: Tener una cuenta corriente con el BDV.

Requisitos: Tener una cuenta corriente con el BDV. Requisitos: Tener una cuenta corriente con el BDV. Recaudos Generales Persona Jurídica / Firma Personal: Copia del RIF vigente y legible de la empresa, de (los) representante(s) legal(es) y/o accionistas

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE GESTION DE BANCOS

PROCEDIMIENTO DE GESTION DE BANCOS GESTION DE BANCOS Revisión Fecha Modificaciones Código: XXX Edición 1 Página 3 de 6 INDICE 1. Objeto general 2. Alcance 3. Procedimientos generales Código: Edición 1 Página 4 de 6 1. Objetivo general Establecer

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. Artículo 1.- Objeto del Comité de Compensaciones El Comité de Compensaciones de la Junta Directiva (en adelante

Más detalles

BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. INFORMACIÓN DE CREDITOS ADQUIRIDOS EN MASA

BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. INFORMACIÓN DE CREDITOS ADQUIRIDOS EN MASA 649 JUN-215 7, 7-2 i) Información general de la Emisión a) En los apartados en los que así se requiera, se proporcionará información mensual que se detalla por los últimos 2 o desde la fecha de emisión

Más detalles

TIPO DE SERVICIO O COMPRA: Alquiler de elementos de seguridad industrial para la Temporada de Carnaval 2013 Invitación a Cotizar

TIPO DE SERVICIO O COMPRA: Alquiler de elementos de seguridad industrial para la Temporada de Carnaval 2013 Invitación a Cotizar TIPO DE SERVICIO O COMPRA: Alquiler de elementos de seguridad industrial para la Temporada de Carnaval 2013 Invitación a Cotizar 2013-003 1. GENERALIDADES 1.1. OBJETO Carnaval de Barranquilla SA está interesada

Más detalles

SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO REGIMEN DE REGULARIZACION LEY

SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO REGIMEN DE REGULARIZACION LEY SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO REGIMEN DE REGULARIZACION LEY 26.970 1. NORMATIVA APLICABLE LEY 26970 (BO 9/9/2014) RES. CONJUNTA (AFIP-ANSES) 3673/2014-533/2014 (BO 12/9/2014) RG (AFIP) 3677 (BO

Más detalles

REGLAMENTO DE CREDITOS DE FOPICTA

REGLAMENTO DE CREDITOS DE FOPICTA REGLAMENTO DE CREDITOS DE FOPICTA REGLAMENTO DE CREDITO DEL FONDO DE PENSIONES PARA EL PERSONAL DEL INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA AGRICOLAS FOPICTA- CAPITULO I FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1. Normativa:

Más detalles

REGLAMENTO DE CRÉDITO ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE LA PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA ASOPROCOMER

REGLAMENTO DE CRÉDITO ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE LA PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA ASOPROCOMER La Junta Directiva de la Asociación Solidarista de Empleados de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (), con fundamento en las facultades que le confiere la Ley de Asociaciones Solidaristas

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DEL FONDO REVOLVENTE DE LA SUBDIRECCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS ÍNDICE

PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DEL FONDO REVOLVENTE DE LA SUBDIRECCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS ÍNDICE ÍNDICE PÁGINA INTRODUCCIÓN OBJETIVO 2 FUNDAMENTO LEGAL 3 DEFINICIONES 4 POLÍTICAS 5 DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES 7 DIAGRAMA DE FLUJO 9 INTRODUCCIÓN La integración del presente documento se llevó a cabo con

Más detalles

AFILIATE A FEVIVA Todo lo que debe saber sobre el Fondo de Empleados de Almaviva FEVIVA

AFILIATE A FEVIVA Todo lo que debe saber sobre el Fondo de Empleados de Almaviva FEVIVA AFILIATE A FEVIVA Todo lo que debe saber sobre el Fondo de Empleados de Almaviva FEVIVA Según Normatividad Ley 1481 de 1.989 Naturaleza Y Denominación: El fondo es una empresa asociativa, de derecho privado

Más detalles

Recepción, Trámite, Pago y Archivo de Cuentas

Recepción, Trámite, Pago y Archivo de Cuentas Página 1 de 5 1. Objetivo y Alcance Definir las actividades y criterios necesarios en la Recepción, Trámite, Pago y Archivo de las cuentas en el Proceso de Gestión de Tesorería de la Universidad de Pamplona.

Más detalles

Memoria descriptiva de la iniciativa convenientemente cumplimentada. Modelo CEDER 2

Memoria descriptiva de la iniciativa convenientemente cumplimentada. Modelo CEDER 2 Modelo CEDER-1 DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR EN LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES DE AYUDA DEL PROGRAMA TERRITORIAL LEADER DE CEDER ALCARRIA CONQUENSE Para poder proceder a la firma de la Solicitud de Ayuda del

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 208-2016/SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES Lima, 17 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 6 del Decreto

Más detalles

MODELO DE CONTABILIZACION N 5 CREDITO DE VENCIMIENTO UNICO O PAGADERO EN CUOTAS

MODELO DE CONTABILIZACION N 5 CREDITO DE VENCIMIENTO UNICO O PAGADERO EN CUOTAS MODELO DE CONTABILIZACION N 5 CREDITO DE VENCIMIENTO UNICO O PAGADERO EN CUOTAS En este modelo, supondremos que la entidad otorga un crédito con las siguientes características: 1) Plazo de vigencia de

Más detalles

RECAUDOS PARA CREDITOS DE TURISMO. Nombre del Solicitante: Fecha:

RECAUDOS PARA CREDITOS DE TURISMO. Nombre del Solicitante: Fecha: FCR 0611-379 Nombre del Solicitante: Fecha: Modalidad 1: CREDITO PARA LA CONSTRUCCION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALOJAMIENTO TURISTICO, BALNEARIOS, PARADORES TURISTICOS Y PARQUES TEMATICOS. Ser titular de

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES Considerando las disposiciones de la Ley 19.532 de 1997, DFL 2 de 1996, Articulo Nº 2 de Ministerio

Más detalles

UNIVERSIDAD DEL VALLE DE GUATEMALA MANUAL DE OPERACIONES PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

UNIVERSIDAD DEL VALLE DE GUATEMALA MANUAL DE OPERACIONES PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN 1 de 9 I. OBJETIVO Saber cuáles son las actividades y requisitos con los que cada uno de los actores involucrados en el proceso, debe cumplir cada vez que un anticipo de gastos menores de operación sea

Más detalles

Resolución N CD-SIBOIF MAY De fecha 06 de mayo de 2011

Resolución N CD-SIBOIF MAY De fecha 06 de mayo de 2011 Resolución N CD-SIBOIF-675-2-MAY6-2011 De fecha 06 de mayo de 2011 NORMA SOBRE EVALUACIÓN DE LOS SALDOS EN CUENTAS POR COBRAR Y DE BIENES ADQUIRIDOS EN RECUPERACION POR PARTE DE LOS ALMACENES GENERALES

Más detalles

ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP

ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP Anexos Anexo I Anexo II Anexo III Contratación de bienes y servicios Deber de lealtad Procedimiento de operación con

Más detalles

BOLETIN INFORMATIVO ASUNTO: REGLAS FISCALES RELEVANTES

BOLETIN INFORMATIVO ASUNTO: REGLAS FISCALES RELEVANTES El pasado 23 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 (RMF2016), la cual entró en vigor el 1 de enero de 2016 y estará vigente hasta

Más detalles

CONSEJO DE AUTORREGULACIÓN DE LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS RESOLUCIÓN 03/2005

CONSEJO DE AUTORREGULACIÓN DE LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS RESOLUCIÓN 03/2005 CONSEJO DE AUTORREGULACIÓN DE LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS RESOLUCIÓN 03/2005 El Consejo de Autorregulación, en uso de la atribución que le confiere el artículo 46 del Código de Autorregulación, y con el objeto

Más detalles

INSCRIPCIÓN. Copia de la cédula del Registro Federal de Causantes y Formulario de Registro R-1.

INSCRIPCIÓN. Copia de la cédula del Registro Federal de Causantes y Formulario de Registro R-1. INSCRIPCIÓN REQUISITOS: Carta solicitud de trámite de registro dirigida al Comité Técnico Resolutivo de Obra Pública del Poder Ejecutivo y sus Organismos. Testimonio de acta constitutiva y modificaciones

Más detalles

INFORMACIÓN GENERAL REQUISITOS, GARANTÍAS Y TOPES DE LOS PRÉSTAMOS

INFORMACIÓN GENERAL REQUISITOS, GARANTÍAS Y TOPES DE LOS PRÉSTAMOS INFORMACIÓN GENERAL REQUISITOS, GARANTÍAS Y TOPES DE LOS PRÉSTAMOS Formulario Nº1 Contáctenos Centro de llamadas: Oficinas Centrales Tel: 2527-8600 Oficina de Pérez Zeledón Tel: 2772-1782 Página WEB: www.conape.go.cr

Más detalles

Reglamento Ayudas Económicas para Asesorias Legales en Procesos Administrativos CAPÍTULO I DEL OBJETIVO Y DE LOS RECURSOS ECONOMICOS

Reglamento Ayudas Económicas para Asesorias Legales en Procesos Administrativos CAPÍTULO I DEL OBJETIVO Y DE LOS RECURSOS ECONOMICOS Reglamento Ayudas Económicas para Asesorias Legales en Procesos Administrativos CAPÍTULO I DEL OBJETIVO Y DE LOS RECURSOS ECONOMICOS Articulo 1 Créese el Reglamento Ayudas Económicas para situaciones Procesos

Más detalles

TARIFAS Y TASAS BANCARIAS

TARIFAS Y TASAS BANCARIAS ISI UP Monto mínimo de apertura: Tasas de intereses Desde Hasta Tasa ISI BABY Monto mínimo de apertura: B/.100,00 Tasa de interés ISI MAX - Persona Natural Monto mínimo de apertura: B/.3,000,00 Tasas de

Más detalles

INFORME LEY Nº SOBRE OTORGAMIENTO Y USO DE LICENCIAS MÉDICAS

INFORME LEY Nº SOBRE OTORGAMIENTO Y USO DE LICENCIAS MÉDICAS INFORME LEY Nº 20.585 SOBRE OTORGAMIENTO Y USO DE LICENCIAS MÉDICAS I) FINALIDAD El objeto de esta Ley es establecer regulaciones que permitan asegurar el otorgamiento, uso correcto de la licencia médica

Más detalles