4.2. Capacitación, Inversión y Financiamiento 4.2. Capacitación, Inversión y Financiamiento 89

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1 4.2. Capacitación, Inversión y Financiamiento 4.2. Capacitación, Inversión y Financiamiento 89

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3 COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS (CDI) Programa de Coordinación para el Apoyo a la P r o d u c c i ó n I n d í g e n a ( P R O C A P I ) E j e r c icio Fiscal 2008 Mejorar los ingresos y contribuir a elevar la calidad de vida de la población indígena, incrementando la producción de las actividades económicas, mediante la instalación de proyectos productivos sustentables surgidos con el consenso de los indígenas. Productores indígenas organizados en grupos de trabajo, organizaciones indígenas con personalidad jurídica, ejidos y comunidades integradas por población indígena originaria o migrante, que estén en condiciones de realizar o realicen actividades productivas elegibles por el Programa, que cuenten con el apoyo económico institucional y el aval de la Instancia Ejecutora correspondiente para la realización de sus actividades. Montos de apoyo Según la importancia, la dimensión y el impacto económico social del proyecto, así como a la disponibilidad presupuestal, la CDI aportará hasta $2 000, (dos millones de pesos 00/100 M.N.), pero en ningún caso el monto aportado deberá ser mayor al 50% del costo total del proyecto. Formulación y Evaluación del Proyecto y Asesoría Especializada a cargo de la Instancia Ejecutora o por la CDI, previa autorización de la CGPPE hasta el 10% del total de los recursos asignados al Programa. Requisitos de las instancias ejecutoras. De los gobiernos municipales y estatales, dependencias y entidades de la Administración Pública Federal: Presentar a la CDI solicitud en la que se manifieste mediante escrito libre, el interés y la autorización para la ejecución del proyecto, el cual deberá contener los objetivos, metas, horizonte, localización, cobertura, población beneficiada, acciones a realizar, estructura financiera, mecanismo de ejercicio de los recursos, aportaciones, reinversiones y el beneficio productivo y social. Firmar un Acuerdo de Coordinación o Convenio de Colaboración con la CDI. Este acuerdo se publicará en el Diario Oficial de la Federación dentro de los 15 días siguientes a aquel en que se suscriba, mismo que forma parte del proyecto que se señala en el párrafo anterior. Presentar a la CDI declaración expresa de los beneficiarios, por conducto de su representante, de que no han recibido apoyo económico de otras dependencias de gobierno para aplicar en los mismos fines y conceptos autorizados apoyados por ésta. Abrir cuenta bancaria específica en la que se depositarán los recursos financieros que aporte cada una de las partes para la ejecución del proyecto. En caso de que existan dos o más instancias ejecutoras, en el acuerdo o convenio que se firme, deberá establecerse la responsabilidad en el manejo de la cuenta bancaria. Presentar de manera impresa y en medio magnético, la lista de beneficiarios, especificando el nombre de la localidad, municipio, entidad federativa y clave CURP. Podrán ser elegibles las organizaciones sociales que se acojan a la Ley Federal de Fomento a las actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) y que por tanto estén inscritas en el sistema de información del Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil y lo acrediten con su clave única de inscripción al registro (CLUNI). Tratándose de estas Instancias Ejecutoras, tendrán que sujetarse a lo siguiente: Presentar Acta Constitutiva y Estatuto Actualizado, cuyos objetivos y términos deberán guardar coherencia con los del Programa. Exhibir su cédula de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y balance general de su situación financiera, contable y patrimonial del último año de operación, que muestre la instalación y operación de un sistema de contabilidad de acuerdo con las normas establecidas. En ningún caso, los proyectos objeto de los apoyos del Programa podrán involucrar gastos de administración relativos a esas organizaciones. Deberán demostrar documentalmente su antigüedad y experiencia de cuando menos tres años de operación como organización social en los proyectos que se propongan. En su conjunto, deberá exhibir una pertinente solvencia económica. Asimismo y en su caso, cuando en la mezcla de aportaciones concurran otras Instancias Ejecutoras aportantes, estas deberán ser anuentes para que esa organización sea la Instancia Ejecutora del proyecto. Las Instancias Ejecutoras podrán actuar solas o coordinadamente en la ejecución de los proyectos. Para ello se suscribirá el Acuerdo de Coordinación o Convenio de Concertación (anexo 1) correspondiente. De los proyectos: Los proyectos deberán contener un diagnóstico del medio económico, social y cultural indígena coherente con los potenciales productivos, la experiencia e idiosincrasia de los grupos indígenas, que propongan o se inserten en sistemas de producción que demuestren su viabilidad. Considerar la ejecución de acciones productivas integrales que contengan los componentes de capacitación y asistencia técnica a los productores, en cualquiera de las siguientes vertientes: agrícola, pecuaria, forestal, pesquera, acuícola, agroindustrial, artesanal, ecoturística y servicios. Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 91

4 Las características y acciones de los servicios de acompañamiento al proyecto deben quedar clara y expresamente planteados en el contenido del mismo; para ello, la Instancia Ejecutora habrá de garantizar el método de trabajo que se llevará a cabo y presentar el Programa pertinente que exhiba la capacidad profesional y logística del prestador de servicios, objetivos del acompañamiento, carta descriptiva, calendario, presupuesto desglosado y productos que evidencien el servicio; incluyendo las acciones relativas para la puesta en marcha, la asesoría permanente en la operación, y la evaluación de resultados. En su caso, reflejar las aportaciones de los beneficiarios; tanto la mano de obra como las aportaciones en efectivo, estas últimas habrán de concurrir a la cuenta bancaria. En ningún proyecto las tierras en que se ejecute el mismo se registrarán como aportaciones. Se podrán considerar para efectos de las mezclas, las aportaciones que las Instancias Ejecutoras otorguen a los beneficiarios por la vía de activos, que estén debidamente valorados y que no sean preexistentes al proyecto de que se trate. Establecer con precisión los mecanismos y responsables de la aplicación de los recursos que se destinen a la ejecución de acciones. La CDI dará prioridad a los proyectos que surjan a partir de los instrumentos de planeación del desarrollo estatal o municipal o los propuestos por las instancias de planeación del desarrollo. oaxaca@cdi.gob.mx Y/o en los Centros Coordinadores de Desarrollo Indígena (CCDI s) ubicados en las regiones del Estado (Ver Anexo F). P r o g r a m a d e O r g a n i z a c ión Productiva para Mujeres Indígenas Contribuir a mejorar las condiciones de vida y posición social de las mujeres indígenas que habitan en localidades de alta y muy alta marginación, impulsando y fortaleciendo su organización, vinculada a un proyecto productivo. Mujeres Indígenas que cuenten con poca experiencia organizativa y una escasa practica económica comercial colectiva, no sean beneficiarias de otros programas y preferentemente habiten fuera de las cabeceras municipales. Montos de apoyo Se impulsara y financiara la ejecución de Proyectos de Organización Productiva para Mujeres Indígenas que permitan a grupos de la Población, mediante la promoción de procesos organizativos con perspectiva de género, sustentabilidad y multiculturalidad, generar alternativas de ocupación e ingreso que impacten favorablemente en sus condiciones de vida y posición social, así como indirectamente en el desarrollo económico y social de las localidades y comunidades a las que pertenecen. Los conceptos de gasto en este tipo de apoyo pueden ser para infraestructura productiva, maquinaria, equipo y herramienta, así como para los gastos de asistencia técnica y capacitación requeridos para la instalación y arranque del proyecto. Mujeres Indígenas que habiten en una localidad que cuente hasta habitantes, con un grado de marginación muy alto o alto, cuya población de lengua indígena de cinco años o más, represente el 25% o más del total. Dentro del universo de atención se priorizara a los grupos que habiten fuera de las cabeceras municipales y en comunidades con baja densidad demográfica. Conformen un grupo compuesto por al menos diez integrantes. Tengan disposición para participar activamente en las acciones del Programa. Manifiesten su conformidad de apegarse a la normatividad del Programa. Observación Es necesario indicar que de acuerdo al objetivo del Programa, que busca la participación de las mujeres no se reciben proyectos preelaborados, el personal de la CDI realiza en conjunto con los grupos de mujeres la planeación, diagnóstico, diseño del proyecto, para su análisis, valoración y gestión, a través de una serie de talleres participativos. Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, Delegación Oaxaca H. Colegio Militar #904, Colonia Reforma, Oaxaca de Juárez, Oax., C.P Tels y oaxaca@cdi.gob.mx Y/o en los Centros Coordinadores de Desarrollo Indígena (CCDI s) ubicados en las regiones del Estado (Ver Anexo F). P r o g r a m a F o n d o s R e g ionales Indígenas Apoyar con recursos fiscales, a través de los Fondos, la ejecución de proyectos productivos técnica, económica y socialmente viables, de impacto local o regional, que contribuyan a incrementar los recursos económicos de las comunidades indígenas. Fortalecer la participación de las comunidades y organizaciones indígenas en su desarrollo, generando procesos corresponsables y autogestivos, que les permitan elevar sus niveles económicos y sociales, a través del apoyo con recursos fiscales a los proyectos y de la recuperación de éstos. Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 92

5 Las acciones y los beneficios están dirigidos a la población indígena que habita las localidades y municipios que están bajo la cobertura del Programa y que esté integrada a algún Fondo. Se impulsará el desarrollo económico de las comunidades indígenas a través del apoyo a organizaciones comunitarias y a grupos de productores integrantes de los Fondos, para la ejecución de proyectos que contribuyan a incrementar el valor de sus recursos y sus niveles de organización. Los recursos del Programa se destinarán a los siguientes tipos de apoyo: Proyectos productivos técnica, económica y socialmente viables. Asistencia técnica y capacitación especializada acorde al proyecto. Asistencia administrativa y contable. Gastos de operación durante los dos primeros años, para la administración y operación, estrictamente de los Fondos de nueva creación. Acciones de capacitación estrictamente para Fondos Nuevos sobre aspectos organizativos, técnico productivos, comerciales, administrativos y contables. Así como capacitación para los Fondos ya constituidos. El monto de los recursos fiscales al que podrán acceder cada fondo regional dependerá de los proyectos productivos dictaminados positivamente y no será superior a $1 100, (Un millón cien pesos Moneda Nacional). De los Fondos Estar legalmente constituidos. Tener vigentes sus órganos de gobierno, de acuerdo con los periodos estipulados en el Acta Constitutiva de la figura asociativa. Contar con Reglamento Interno actualizado, congruente con las presentes reglas, que contenga los derechos y obligaciones con apego a sus usos y costumbres, para que se garantice la participación y el acceso transparente y equitativo a los recursos, por parte de los productores indígenas y a organizaciones de mujeres e incluyan acciones que promuevan el desarrollo sustentable. Presentar al CCDI su padrón de organizaciones asociadas actualizado, así como el padrón de socios de cada una de éstas. Estar registrado en el padrón de beneficiarios del Programa. Definir conjuntamente con la Delegación su ámbito territorial de influencia. Presentar Acta de Asamblea General de Delegados, donde se informe el estado y destino de las recuperaciones. Contar con organizaciones integradas por la población objetivo. Incorporar en la lista de beneficiarios la Cédula Única de Registro de Población (CURP). Que los grupos de productores no reciban recursos fiscales para los mismos fines, por medio de otras fuentes o mecanismos que impliquen duplicidad en los apoyos. Haber presentado la comprobación de los recursos fiscales otorgados por la CDI en años anteriores. Haber proporcionado al CCDI la información que requiere el Sistema de Información del Programa (SIFORE). Presentar al CCDI un informe sobre los resultados alcanzados por cada proyecto, al concluir la ejecución física de los mismos. Los beneficiarios deberán ser mayores de 18 años y tener el conocimiento de la actividad productiva solicitada. De los proyectos productivos Ser gestionado por los beneficiarios mediante escrito dirigido al Fondo. Los beneficiarios presentarán conjuntamente con la solicitud del apoyo, una copia de identificación oficial o en su caso un certificado de identificación o constancia expedido por la autoridad local. Formar parte de la cartera de proyectos del Fondo, así como ser autorizado por la Asamblea General de Delegados, proveniente de una demanda legítima sustentada con una solicitud formal. Contar con un expediente técnico que permita valorar su viabilidad técnica, económica y social acorde al monto de recursos que requieren para su ejecución. Los proyectos de inversión, podrán incluir dentro de los conceptos de inversión fiscal la asistencia técnica y capacitación especializada que requieran para su correcta ejecución. Ser calificado como proyecto prioritario por la Asamblea General de Delegados del Fondo. Las solicitudes se recibirán hasta el término del primer trimestre del año fiscal y sólo se aceptarán las que cumplan con todos los requisitos. La solicitud que no cumpla con los requisitos anteriores, no será dictaminada por el CCDI. La dictaminación técnica, económica y social de la cartera de proyectos, se realizará en un plazo máximo de dos meses y sólo se apoyarán los proyectos con dictamen positivo. A partir del año fiscal 2008, los Fondos dejarán de ser elegibles cuando reciban apoyos fiscales durante cuatro años. De los Fondos Nuevos A partir del año fiscal 2008, se podrán abrir nuevos Fondos, hasta un número igual a los que han dejado de operar por más de dos años o que por voluntad propia hayan decidido concluir su relación con el Programa, los cuales deberán cumplir con la normatividad vigente y con los siguientes requisitos: Soliciten por escrito su voluntad de incorporarse a los beneficios del Programa y de apegarse en forma irrestricta a su normatividad. La solicitud será recibida, validada y evaluada por la Delegación y autorizada por la CGPPE. Las solicitudes de incorporación se recibirán durante el primer semestre del año, ya que de cumplir con los requisitos, el primer apoyo consistirá en recibir la capacitación de los integrantes del Consejo de Administración u órgano de representación, misma que se otorgará durante el segundo semestre, con el fin de recibir los apoyos productivos en el siguiente año fiscal. Que su cobertura de atención operativa se ubique en las localidades y municipios tipificados como indígenas. Que sus integrantes no hayan pertenecido o pertenezcan a otro Fondo. Se dará prioridad a aquellas organizaciones que estén asentadas en localidades con cuarenta por ciento (40%) y más de población indígena; adicionalmente, el Programa podrá determinar si brinda la atención a organizaciones que se ubiquen en otro tipo de localidades incluyendo las urbanas, siempre y cuando, en ninguno de los casos se trate de localidades que actualmente formen parte de la cobertura de atención de los Fondos existentes. Los Fondos dispondrán de un plazo máximo de 6 meses, para establecer o conformar su figura legal. La atención a Fondos Nuevos y la ampliación de la cobertura hacia la población objetivo no atendida por el Programa, estará en función de la disponibilidad presupuestal. Asimismo sólo deberá darse, en el Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 93

6 presente año fiscal, la difusión del Programa en las comunidades y localidades indígenas, que no han sido apoyadas por el Programa de Fondos Regionales Indígenas. Cabe señalar que este tipo de Fondos sólo podrá ser atendido por el Programa durante un periodo de 4 años, de los cuales, el primero se dedicará a la preparación y capacitación de los productores indígenas, con el fin de que las comunidades u organizaciones socias estén en condiciones de acceder a otro tipo de apoyos económicos que complementen sus actividades productivas. Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, Delegación Oaxaca Heroico Colegio Militar #904, Colonia Reforma, Oaxaca de Juárez, Oax., C.P Tels y oaxaca@cdi.gob.mx Y/o en los Centros Coordinadores de Desarrollo Indígena (CCDI s) ubicados en las regiones del Estado (Ver Anexo F). COMITÉ NACIONAL DE PRODUCTIVIDAD E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA (COMPITE) Y SECRETARIA DE ECONOMÍA FEDERAL (SE) C o m i t é N a c i o nal de Productividad e Innovación T e c n o l ó g i c a ( C O M P I T E ) Atender a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYMES) de los sectores industrial, comercial y de servicios incrementando su competitividad, productividad, calidad y la responsabilidad social, mediante la realización de talleres participativos. Las MIPYMES de forma individual o grupal, las personas físicas con actividad empresarial, artesanos y las instituciones educativas de carácter privado. La población objetivo podrá recibir apoyos para los servicios que presta el Organismo Promotor, conforme a lo siguiente: Consultaría a través de: Talleres Características: Talleres intensivos de carácter teórico-práctico. Duración de 4 días continuos. Impartido en las instalaciones de la empresa por Consultores acreditados por COMPITE, A. C. Participación del empresario junto con un grupo multidisciplinario seleccionado con anterioridad por él mismo (5 a 15 personas). Se rompen las barreras de comunicación y se forman equipos de trabajo. Desarrollan espíritu de calidad en el servicio. Sensibilizan a los empleados y trabajadores para involucrarlos en procesos de mejora continua. Se deja totalmente trabajando el nuevo sistema de productividad. Los resultados obtenidos se mantienen en confidencialidad. Talleres tipo "A" Esquema Individual: Reingeniería (Productividad), Gestión de Servicio al Cliente, Gestión de Servicio al Paciente (Hospitales), Optimización de Cambios de Modelo y Logística. Esquema Grupal: Reingeniería (Productividad), Gestión de Servicio al Cliente, Gestión de Servicio al Paciente (Hospitales), Optimización de Cambios de Modelo y Logística. Esquema Especial Para Artesanos o Grupos Similares. Talleres tipo "B" Seguimiento y Mejora Continua, Integración Básica de Procesos. Calidad Con el objeto de apoyar a las micro, pequeñas y medianas organizaciones a incrementar su productividad y competitividad, la Secretaría de Economía diseñó el Programa para establecer un Sistema de Calidad con base en la Normativa ISO El Comité Nacional de Productividad e Innovación Tecnológica, A.C. (COMPITE) organismo sin fines de lucro, es el encargado de administrar los recursos transferidos por la Secretaría de Economía así como los ingresos recibidos por concepto de Diagnóstico, Consultoría, Revisión de Avance y Capacitación que ofrece el Programa. La operación está a cargo de la Dirección de Calidad de COMPITE, A.C. El Programa está en posibilidades de atender a micro, pequeñas y medianas organizaciones de todos los sectores productivos en el país, que deseen implementar un Sistema de Calidad y que cumplan con los requisitos establecidos por el propio Programa. Capacitación COMPITE ofrece diferentes cursos que proporcionan conocimientos especializados en materia de calidad, para brindar a las empresas capacitación enfocada a promover los elementos necesarios para el óptimo desempeño del capital humano que las integra. Cursos de Gestión de la Calidad ISO 9001:2000: Apoyamos en el proceso de desarrollo e implantación de un Sistema de Gestión de la Calidad con base en la Norma ISO 9001:2000. Cursos de Cultura para la Calidad: Involucrar al personal de la empresa en los procesos de mejora continua y calidad en el servicio como factores clave del éxito. Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 94

7 Cursos de Productividad y Competitividad: Sensibilizar al personal de la importancia de la calidad en el servicio al cliente, buscando mejorar continuamente la posición competitiva de nuestras empresas, al detectar las áreas de oportunidad, aprovechando los recursos existentes. Cursos de Habilidades Gerenciales: Se identificarán áreas de oportunidad y estrategias de mejora para las empresas y emprendedores, desarrollando habilidades en la toma de decisiones. Diplomado en Gestión de Calidad: Proporcionar a los participantes los conocimientos y habilidades necesarias para implantar, evaluar y mantener el Sistema de Gestión de la Calidad basado en la Norma ISO 9001:200 en sus organizaciones. Los cursos y diplomados se imparten en dos modalidades: Cursos abiertos, se imparten en las instalaciones de COMPITE y/o en salas especialmente acondicionadas para el propósito. Los participantes, provenientes de diversas empresas o sectores se inscriben de manera individual. Cursos cerrados, se imparten en las instalaciones de una empresa, a grupos no mayores de 25 personas integrantes de la misma. Periodos de convocatoria Todo el año. Secretaria de Economía, Delegación Federal Oaxaca. Privada de Laureles #1422, Colonia Reforma, Oaxaca de Juárez, Oax. Tels , y jsalinas@economia.gob.mx y hgbribiesca@economia.gob.mx. DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA EN EL ESTADO DE OAXACA (DIF OAXACA) I m p l e m entación de Proyectos Artesanales Mejorar las condiciones de vida en los aspectos económico, social y cultural especialmente en comunidades de muy alta y alta marginación, mediante grupos organizados en torno a un proyecto productivo artesanal. Familias comunitarias de muy alta y alta marginación. Fomentar la recuperación de la inversión al 100% en efectivo. Preservar la cultura de las comunidades mediante el trabajo artesanal. Habitar en municipios de alta y muy alta marginación. Calle General Vicente Guerrero #114, Colonia Alemán, Oaxaca de Juárez, Oax. C.P Tel y extensiones 126 y 121. Programas Adicionales Promover la organización comunitaria y participación de las personas en situación de vulnerabilidad para incorporarlas a una actividad de autoempleo a través de préstamos individuales para la adquisición de insumos y materia prima, para implementar proyectos individuales como son artesanales, tiendas de barrio, talleres de carpintería, herrería, costura, repostería, dulces regionales, pintura textil y elaboración de alimentos regionales entre otros, en zonas rurales y urbano marginadas. Población de comunidades rurales y urbanas marginadas. Otorgar préstamos individuales para autoempleo. Habitar en municipios de alta y muy alta marginación. Calle General Vicente Guerrero #114, Colonia Alemán, Oaxaca de Juárez, Oax. C.P Tel y extensiones 126 y 121. Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 95

8 FIDEICOMISOS INSTITUIDOS EN RELACIÓN CON LA AGRICULTURA (FIRA) F ideicomisos Instituidos En Relación Con La A g r i c u l t u r a ( F I R A ) Fideicomisos que Integran FIRA Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura (FONDO). Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA). Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA). Fondo de Garantía y Fomento para Actividades Pesqueras (FOPESCA). Con los Subprogramas: Crédito para habilitación o Avío (para capital de trabajo hasta 2 años) y Crédito Refaccionario (para inversiones fijas hasta 15 años) y apoyos tecnológicos. Celebrar operaciones de crédito y descuento y otorgar garantías de crédito a actividades agrícolas, ganaderas, avícolas, agroindustriales, forestales, o bien aquellas que se desarrollen en el medio rural (en poblaciones de hasta 50,000 habitantes) no necesariamente del sector primario, asimismo, fomentar el otorgamiento de servicios de capacitación, asistencia técnica, transferencia de tecnología, fortalecimiento de competencias a empresas, organizaciones económicas y empresas de servicios especializados así como el fortalecimiento de las competencias financieras y empresarial para Intermediarios Financieros no Bancarios (IFNB) (SOFOLES, SOFOMES, Agentes PROCREA, Agentes PARAFINANCIEROS, etc.) Son sujetos de crédito personas físicas o morales constituidas legalmente, cuya actividad sea la producción, acopio y distribución de bienes y servicios de o para los sectores agropecuario, forestal y pesquero; así como, de la agroindustria y de otras actividades conexas o afines, o que se desarrollen en el medio rural. PD1: Personas físicas o morales con ingreso neto anual de hasta 1,000 Veces el Salario Mínimo Diario de la Zona (VSMDZ), y necesidades de hasta 160,000 Unidades de Inversión (UDIS) de crédito. Aportan de un 5% a un 10 % del monto total del proyecto. PD2: Personas físicas o morales con ingreso neto anual superior a 1,000 VSMDZ y hasta 3,000 VSMDZ, y/o más de 160,000 UDIS de crédito. Aportan como mínimo 20% del monto total del proyecto. PD3: Personas físicas o morales con ingreso neto anual superior a 3,000 VSMDZ. Aportan como mínimo 20% del monto total del proyecto. Servicio de Fondeo FIRA otorga fondeo a través de las Instituciones de Banca Múltiple o Intermediaros Financieros no Bancarios que financien a las personas físicas o morales descritas anteriormente y que reúnen los requisitos definidos por la Institución acreditante para beneficiarse y obligarse por el crédito. Actividades elegibles Se pueden apoyar con recursos FIRA las inversiones que requieran las diferentes actividades de producción, acopio y distribución de bienes y servicios de o para los sectores agropecuario, forestal y pesquero, así como de la agroindustria y de otras actividades conexas o afines, o que se desarrollen en el medio rural. Conceptos elegibles Son susceptibles de financiamiento todos los conceptos de inversión enmarcados en las actividades elegibles, que sean requeridos por los proyectos de inversión. Proyectos elegibles Se considera como proyecto a las necesidades de inversión que tiene un sujeto de crédito para llevar a cabo su actividad, o para mantener y/o ampliar su capacidad instalada. Los acreditados y proyectos que se apoyan con recursos FIRA deben ser viables técnica y financieramente. Para efecto de determinar la elegibilidad y viabilidad de un proyecto, debe tomarse en cuenta en primera instancia, la calidad moral del sujeto de crédito y en segunda instancia tanto la situación financiera del sujeto de crédito (acreditado final), como los flujos derivados del proyecto de inversión. Acuda a cualquiera de las Oficinas de FIRA en el Estado de Oaxaca (Ver Anexo H). O bien llame al Tel Visite su página Web: Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 96

9 FINANCIERA RURAL C r é d i t o P r e a u t o r i z a d o Financiar todas aquellas actividades que por sus características, tanto sus costos como productividad se pueden estimar de manera genérica y por lo tanto, las cuotas de financiamiento por unidad de producción pueden definirse sin necesidad de efectuar el mismo análisis para cada operación en lo individual. A través de este programa se podrán: Actualizar los paquetes tecnológicos utilizados en ciclos previos. Desarrollar e implementar nuevos paquetes tecnológicos a partir de las solicitudes de las áreas de negocios. El Crédito Pre-Autorizado es un programa de atención masiva dirigido a un segmento de clientes que realiza actividades productivas específicas, las cuales son susceptibles de ser cuantificadas y parametrizadas a través de un paquete tecnológico para la aprobación del crédito. A través de este proceso se evaluará la viabilidad financiera del proyecto y se determinará y aprobará la cuota de financiamiento respectivo. Tipos de apoyo Los créditos otorgados a través de este programa se establecerán mediante Créditos de Habilitación o Avío, Créditos Refaccionarios o Créditos Simples, conforme a lo siguiente: Créditos de Habilitación o Avío: Los créditos de habilitación o avío al amparo de este Programa podrán ser contratados para dos o más ciclos o periodos consecutivos u homólogos de producción. En su caso, en la autorización de los créditos se podrá dejar abierta la opción de considerar actividades similares múltiples, indicando las sustitutas. Para este fin, dentro de las actividades susceptibles de ser realizadas por el productor, se tomará aquella con la cuota más alta en los paquetes tecnológicos correspondientes. El monto de la línea de crédito que aplicará durante la vigencia del contrato, deberá considerar las unidades de producción, multiplicadas por la cuota de crédito correspondiente al paquete tecnológico del ciclo en operación y en caso de ser multiciclo. Créditos Refaccionarios: Se podrán incluir operaciones de tipo Refaccionario, cuando el tipo de actividad o bien a financiar así lo requiera y el paquete tecnológico correspondiente lo justifique plenamente (por ejemplo: cultivos perennes y actividades ganaderas como la producción de leche). Créditos Simples: Se podrán utilizar exclusivamente para las actividades del sector comercio y servicios. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). C r é ditos en Dólares Mediante este Programa se busca atender a la clientela objetivo de la Institución que requiere financiamientos en dicha divisa debido a que sus actividades productivas les generan ingresos en dólares. Dirigido al otorgamiento de créditos a proyectos viables relacionados con las actividades susceptibles de ser financiadas por esta Institución que generan ingresos en dólares y en las que por sus características de producción y comercialización requieren de recursos en dólares, permitiendo apoyar de manera adecuada la estructura financiera del proyecto. Tipos de apoyo Los créditos otorgados a través de este Programa se podrán establecer mediante cualquiera de los siguientes tipos de productos básicos: Crédito de Habilitación o Avío y Crédito de Habilitación o Avío Multiciclos; Crédito Simple; y Crédito en Cuenta Corriente. Personas Físicas con actividad empresarial o Personas Morales, clasificadas como clientes preferentes, habituales o nuevos, cuyas actividades de producción generen flujos en dólares y se desarrollen o estén enfocadas al sector rural. Asimismo, deberán contar con una cuenta en dólares para la dispersión de los recursos. Dicha cuenta en dólares deberá ser aperturada en bancos ubicados en territorio nacional. La generación de flujos en dólares debe estar soportada por un contrato o convenio comercial celebrado entre el cliente de la Financiera y el comprador de sus bienes y/o servicios. La solicitud de crédito en dólares deberá ir acompañada con evidencia respecto a lo anterior. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 97

10 F i n a n c i a m i e n t o al Sector Forestal El Programa de Financiamiento al Sector Forestal es un esquema de préstamos para todos aquellos productores que sean sujetos de apoyo por parte de la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) a través de su Programa PROARBOL. El Programa está dirigido a la ejecución de proyectos forestales y, en el largo plazo, pretende generar proyectos productivos autosuficientes que ya no dependan de los subsidios del Gobierno Federal. Derivado de lo anterior, el Programa de Financiamiento al Sector Forestal pretende dos modalidades: Otorgar liquidez a productores mediante el anticipo de apoyos destinados al establecimiento y mantenimiento de plantaciones comerciales. Complementar mediante créditos tanto a corto como a largo plazo, aquellos proyectos que hayan sido sujetos de apoyo por parte de la CONAFOR y que requieran cubrir sus necesidades de capital de trabajo, o bien, invertir en activo fijo. Todos aquellos productores que no cuenten con algún apoyo del PROARBOL y que presenten proyectos sustentables para el establecimiento, mantenimiento y aprovechamiento de bosques naturales o plantaciones comerciales no serán objeto de este programa, pero podrán ser financiados a través del método de análisis tradicional y mediante el producto de crédito que mejor se adapte a las necesidades de cada proyecto. Por consiguiente, este Programa contribuirá a la creación de alternativas de desarrollo sustentable y diversificación productiva en México, mediante el aprovechamiento de terrenos aptos para uso forestal. De igual manera, coadyuvará a la reducción de los altos índices de degradación de los bosques naturales, así como al incremento de empleo y en la reducción del déficit de la balanza comercial de productos forestales. Personas Físicas o Morales, clasificadas como clientes Preferentes, Habituales o Nuevos. Dichas personas deberán ser propietarios en posesión directa o derivada, o en su caso, aquellas con derechos de usufructo (con permiso por parte de la SEMARNAT para el aprovechamiento de recursos silvícolas) de terrenos preferentemente forestales o temporalmente forestales, que califiquen para ser beneficiarios de los apoyos del PROARBOL de acuerdo a sus Reglas de Operación. Tipos de apoyo Los préstamos otorgados a través de este programa se establecerán mediante préstamos quirografarios, créditos simples o créditos refaccionarios, conforme a lo siguiente: Anticipo de apoyos del PROARBOL destinados para el establecimiento y mantenimiento de plantaciones comerciales. Financiar necesidades de capital de trabajo para el establecimiento, mantenimiento y aprovechamiento de bosques naturales y/o plantaciones comerciales. Los créditos Refaccionarios, se utilizarán cuando se trate de inversión en activo fijo (adquisición de maquinaria, mejoramiento de infraestructura, etc.), para proyectos que consistan en el establecimiento, mantenimiento y aprovechamiento de bosques naturales y/o plantaciones comerciales. El Programa de Financiamiento al Sector Forestal se basa en dos esquemas: Anticipo de apoyos destinados para el establecimiento y mantenimiento de plantaciones comerciales y; Créditos complementarios a los apoyos otorgados por la CONAFOR a través del PROARBOL; por lo tanto, todos aquellos productores que requieran de un financiamiento a través de este Programa, invariablemente deberán comprobar que son beneficiarios de dichos apoyos, con el fin de que mediante una cesión de derechos al cobro, éstos puedan ser aprovechados como fuente de pago o aportación al proyecto por parte del productor. Partiendo de lo establecido en las propias Reglas de Operación del PROARBOL, es importante mencionar que de sus 44 componentes, únicamente se tomará la cesión de derechos de aquellos apoyos que se destinen para la ejecución de proyectos, los cuales se mencionan a continuación: 1. Del concepto se tomarán los siguientes apoyos: Apoyo para preaclareos y podas; Cultivo de acahuales; Ejecución de proyectos de turismo de naturaleza; Ejecución del programa de unidad de manejo de vida silvestre extensiva; Ejecución de proyectos productivos afines al manejo forestal; Ejecución del programa de manejo forestal; y Apoyo para el establecimiento y mantenimiento de plantaciones forestales comerciales. 2. Del concepto se tomaran los siguientes apoyos: Reforestación con obras de suelo; Mantenimiento de áreas forestales; Obras y prácticas de conservación de suelos; Aperturas de brechas cortafuego; Rehabilitación de brechas cortafuego; Línea negra; Equipamiento para combate de incendios; Tratamientos fitosanitarios; y Sistemas agroforestales con cultivos de sombra. 3. Del concepto se podrán tomar los siguientes apoyos: Adquisición de equipo, maquinaria y herramientas; Infraestructura productiva; Comercialización de productos forestales; Asistencia técnica y elaboración de proyectos ejecutivos de inversión y mercados; y Integración de cadenas productivas a nivel regional y comercial. El Programa tiene contemplado apoyar únicamente proyectos forestales del sector primario con las siguientes características: Bosques naturales en etapa de aprovechamiento (corte para envío a aserraderos). Plantaciones comerciales en etapa de aprovechamiento. Plantaciones comerciales en etapa de establecimiento y/o mantenimiento, siempre y cuando cuenten con otra actividad que brinde una fuente alternativa de pago (aprovechamiento de bosque natural, cultivo de granos, café, etc.). Plantaciones comerciales en etapa de establecimiento y/o mantenimiento, que cuenten con masa forestal aprovechable (que se pueda comercializar) y con permiso de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 98

11 Plantaciones comerciales en etapa de establecimiento y/o mantenimiento, con la intención de recibir el adelanto de los apoyos para tal fin por parte de la CONAFOR. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). F i nanciamiento al Sector Turístico Rural Fomentar el desarrollo y fortalecimiento de la industria turística nacional vinculada al medio rural, a través del financiamiento de proyectos rentables que generen empleos y fomenten el desarrollo regional en entidades rurales. Brindar financiamiento a personas morales o físicas con actividades turísticas establecidas en comunidades del medio rural. Tipos de apoyo Específicamente para financiar: gastos de operación, inversión, remodelación, construcción de inmuebles nuevos. Tipos de Proyectos: Ecoturismo, servicios de hospedaje (hoteles, hostales, casas rurales, cabañas, albergues), campamentos de casas rodantes, transportación turística (preferentemente Pequeñas y Medianas Empresas, PYMES), centros recreativos, balnearios, marinas y restaurantes; siempre y cuando estén relacionados con la actividad turística rural. En el caso de financiamientos de hoteles, se dará preferencia a aquellos con clasificación máxima tipo 3 estrellas. En caso de detectarse alguna otra necesidad no especificada, ésta podrá ser considerada, siempre y cuando sea viable y califique como actividad turística rural. En cualquier caso todos los proyectos se deberán desarrollar en poblaciones de menos de 50,000 habitantes. De acuerdo a los criterios establecidos en el Manual de Normas y Políticas de Crédito y que cumplan los requisitos arriba citados. Asimismo, se deberá obtener para fines de análisis, del Fondo Nacional para el Turismo (FONATUR) o la Secretaría de Turismo, información respecto a la demanda turística en la zona de influencia donde se realizará el proyecto. En el caso de construcciones se deberán considerar los parámetros y especificaciones mínimas que debe contener cada proyecto, costos de construcción por metro cuadrado por habitación de acuerdo a la zona, niveles de ocupación esperada, estacionalidad de la demanda, flujos promedio, tarifas propuestas de acuerdo a la zona, procesos, permisos requeridos, e incluso la opinión de FONATUR y/o de la Secretaría de Turismo de la viabilidad en proyectos específicos. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). Mantenimiento y Reparación del Parque Vehicular del Campo Cañero Este programa busca apoyar la producción de caña de azúcar, mediante el financiamiento para el mantenimiento y reparación del parque vehicular (alzadoras, tractores, cortadoras, camiones de carga, etc.) relacionado con la producción, cosecha y transporte de la caña de azúcar. Los propietarios del parque vehicular pueden ser los mismos productores de caña de azúcar o aquellos que exclusivamente se dedican al transporte (en adelante ambos se nombrarán como los Transportistas ), los cuales serán finalmente quienes solicitarán y recibirán el financiamiento respectivo. Este programa estará enfocado al apoyo de las Organizaciones de Productores de caña de azúcar que presenten un proyecto viable y que operen con los ingenios adjudicados bajo la administración del Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero (FEESA) o con ingenios privados (en adelante se nombrarán como los Ingenios ). El mercado objetivo se compone principalmente por los Transportistas, dueños del parque vehicular. Estos pueden ser: Los mismos productores de caña de azúcar Prestadores de servicios dedicados exclusivamente al transporte Los sujetos de crédito de la Financiera serán las Organizaciones de productores legalmente constituidas que cuenten con facultades de recibir y otorgar financiamiento. Dichas Organizaciones establecerán un Contrato de Mandato con el Ingenio, quien será el responsable de realizar la administración de los recursos del financiamiento. Tipos de apoyo Los productos de crédito del presente programa aplicarán de acuerdo a lo siguiente: La Financiera otorgará una línea de Crédito Simple a cada Organización de los ingenios participantes, la cual incluirá como garantía la Cesión de Derechos de los Contratos de Crédito y el endoso en propiedad de los Pagarés de los Transportistas acreditados por la Organización. Las Organizaciones establecerán contratos individuales de Crédito Simple con los Transportistas. El monto a financiar no deberá exceder del 15% del flujo de efectivo total generado por el parque vehicular durante la zafra, de esta manera se garantiza un aforo relativamente pequeño del financiamiento. Las Organizaciones participan como las acreditadas de la Financiera pero la administración del crédito la realiza el Ingenio mediante un Contrato de Mandato. Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 99

12 El depósito de la (s) ministración (es) se realiza a una cuenta bancaria del Ingenio mediante una Carta de Instrucción que recibe la Financiera de la Organización. La lista de los Transportistas participantes deberá estar debidamente validada por la Organización y el Ingenio. Dicha lista incluye a los Transportistas que cuentan con el derecho de prestación de servicio, mismo que podrá ser suspendido o revocado en caso de incumplimiento. El Ingenio a través de su departamento de crédito, será el administrador del crédito, ministra los créditos individuales a los Transportistas, retiene un porcentaje de los alcances de los Transportistas y hace los pagos establecidos por la Financiera a la Organización. La Organización podrá cobrar un margen de intermediación a los Transportistas en tasa, cuota o comisión, soportado por sus costos de operación en la solicitud de crédito a la Financiera Rural. Debido a la estructura del financiamiento establecida y a que en general el parque vehicular es viejo y con bajo valor comercial, se recomienda no solicitar garantías adicionales; sin embargo, estas podrán ser requeridas en caso de ser necesario. Los contratos de crédito individuales de los Transportistas deben estar firmados y los pagarés correspondientes endosados en propiedad a favor de la Financiera, antes de que se ministre la línea de crédito a la Organización. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). Crédito a Beneficiarios de PROCAMPO Tradicional El PROCAMPO Tradicional es un programa dirigido a todos los derechohabientes y beneficiarios de los Directos al Campo (PROCAMPO) que son pagados y cubiertos por parte de y Servicios a la Comercialización Agropecuaria (ASERCA), organismo dependiente de la Secretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural Pesca y Alimentación (SAGARPA). Este programa crediticio se puede estructurar en dos modalidades diferentes: 1. Como una fuente de pago, otorgando una proporción de crédito a cuota PROCAMPO 1:1 (Subproducto Directo PROCAMPO). 2. Como fuente alterna de pago por una porción complementaria en las Aperturas de Crédito Simple (Subproducto Simple Adicional Procampo). Productores, (personas físicas o morales), que tienen sus predios registrados y vigentes y reciben el apoyo PROCAMPO después del periodo generalizado de siembra. Tipos de apoyo El Programa considera dos modalidades de operación: 1. Créditos Directo PROCAMPO, en los cuales la proporción del crédito respecto a la cuota Procampo es 1:1 y se estructura como un Préstamo Quirografario, instrumentado a través de la suscripción de pagarés cuya fuente de pago es la cesión de derechos del PROCAMPO. Estos créditos se identificarán en el sistema como Subproducto Directo PROCAMPO. 2. Créditos complementarios, con base en los requerimientos del proyecto y el análisis de crédito se calcula el monto total a financiar que debe ser mayor al valor de los derechos PROCAMPO a ceder (relación crédito-procampo > 1). La cesión de derechos sólo se utiliza como fuente alterna de pago. Las operaciones se estructuran como Créditos Simples, debiéndose analizar el crédito bajo la viabilidad y flujos propios del proyecto. Estos créditos se identificarán en el sistema como Subproducto Simple Adicional PROCAMPO. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 100

13 Crédito a Beneficiarios de PROCAMPO C a p i t a l i z a c i ó n Establecer las disposiciones para la participación de la Financiera en el Sistema de Garantías y Acceso Anticipado a Pagos Futuros del PROCAMPO (PROCAMPO Capitalización), dado que en la etapa de operación se ha detectado la necesidad de realizar ajustes y además, ASERCA ha publicado nuevas reglas de operación del programa. Productores, personas físicas o morales, con predios registrados y vigentes con derecho a los beneficios del Programa, que garanticen el pago del PROCAMPO y cuenten con un proyecto productivo rentable, debidamente aprobado por la Dirección Regional de ASERCA que corresponda. Tipos de apoyo El Programa considera la operación mediante el uso de la cesión de derechos de PROCAMPO bajo dos opciones: Directa, como fuente de pago cubriendo el monto del principal total del crédito (relación Crédito- ROCAMPO 1:1), En esta opción el crédito se estructurará como una Apertura de Crédito Simple y se le denominará Subproducto Directo Capitaliza. Complementaria, como fuente alterna de pago por la parte de PROCAMPO, complementado por un monto mayor a dicha cuota en relación al proyecto (relación Crédito-PROCAMPO mayor de 1:1). Bajo esta opción el crédito se estructurará mediante el Producto Refaccionario; cuando el monto del crédito sea hasta una proporción de 2:1, el Subproducto se denominará Mixto Capitaliza y cuando el monto de la línea sea mayor a una proporción de 2:1, se le identificará como Capitaliza Adicional. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). P r o g r a m a A l i a n z a p a r a e l C a m p o c o m o O p c i ó n d e F i n a n c i a m i e n t o ( A L C A F I N ) Otorgar liquidez mediante el otorgamiento de crédito a los beneficiarios de los apoyos de Alianza para la conclusión de sus proyectos, lo que les permitirá hacer efectivos dichos apoyos. Apoyar a través de financiamiento la capitalización y modernización de las unidades productivas. Coadyuvar en la actividad prioritaria del Estado de impulsar el desarrollo de las actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y todas las demás vinculadas al medio rural, con la finalidad de elevar la productividad, así como de mejorar el nivel de vida de su población, la generación de autoempleo e ingresos en las zonas donde se efectúen los proyectos. Serán personas físicas o morales que: Desarrollen actividades productivas, industriales, comerciales y de servicios dentro de las ramas agropecuarias, silvícola, pesquera y de extracción o vinculadas al medio rural. Acrediten, mediante la carta de autorización emitida por el Comité Técnico del FOFAE, ser beneficiarios de los subprogramas de Alianza para el Campo señalados en el numeral 6 de este programa. Una vez obtenida su carta de autorización de SAGARPA para los apoyos, presenten su solicitud a la Agencia de Crédito de la Financiera Rural dentro de los 15 días hábiles posteriores a dicha autorización. La Agencia de Crédito evaluará la procedencia de las solicitudes presentadas extemporáneamente. Tipos de apoyo Los créditos se estructurarán a través de créditos refaccionarios o simples. Los apoyos de Alianza se considerarán como parte de los ingresos del productor, por lo que éstos se deberán contemplar dentro de los flujos del proyecto a financiar. En el calendario de amortizaciones se deberá establecer la recepción del apoyo en la última o única amortización del crédito, según sea el caso. Cuando el apoyo se reciba antes de dicha fecha, se aplicará como amortización anticipada, de acuerdo a la prelación de crédito correspondiente. Bajo este programa no podrán beneficiarse con financiamiento aquellos productores con apoyos eminentemente direccionados a la capacitación y asistencia técnica, ni a la compra de bienes inmuebles. La responsabilidad del financiamiento será exclusivamente de los acreditados, por lo que cualquier incumplimiento en el pago del mismo, aún causada por el retraso en los pagos de los apoyos por parte de SAGARPA, generará intereses moratorios en términos de lo pactado contractualmente. Con la finalidad de darle agilidad y difusión al programa, la Financiera Rural celebrará Convenios de Coordinación con los gobiernos de los Estados, para que en el ámbito de su competencias y de conformidad con las reglas de operación de Alianza para el Campo y la legislación y normatividad aplicable se convenga conjuntar acciones para coadyuvar en la operación y éxito del mismo. No obstante lo anterior, la firma de este convenio no es requisito para la operación del programa, por lo que se deberá dar atención a las solicitudes, aun y cuando no se haya formalizado este convenio con el Gobierno del Estado de que se trate. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 101

14 Programa de Financiamiento a Entidades D i s p e r s o r a s El presente Programa tiene por objeto establecer las condiciones de operación y los términos para el otorgamiento de crédito a Entidades Dispersoras el cual forma parte de un Programa Integral de atención a Intermediarios Financieros estructurado en tres etapas: Programa de Crédito destinado a atender a todas aquellas Entidades que entre sus actividades se encuentra el dispersar crédito, que no son contempladas como Intermediarios Financieros Rurales en la Ley Orgánica de la Financiera Rural (LOFR). Programa enfocado a atender a los grupos que decidan constituirse en uno de los cuatro Intermediarios Financieros Rurales que establece la LOFR, o cualquier otro que defina el Consejo Directivo. En esta etapa se ofrecerán los apoyos necesarios a dichos grupos dando seguimiento a su evolución y gradualmente ofreciéndoles mejores condiciones en el otorgamiento de crédito. Programa de Crédito para Uniones de Crédito y Entidades de Ahorro y Crédito Popular en los que se establecen los términos y condiciones para operar con dichos Intermediarios Financieros Rurales. Entidades Dispersoras de crédito y/o Intermediarios Financieros que no se encuentren contemplados en la LOFR, ni reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), enfocados al sector rural que cumplan con los Lineamientos que establezca la Financiera. La operación con estas Entidades dependerá fundamentalmente de la evaluación que se haga del proyecto de inversión sin perder de vista, la evaluación que se haga de las propias entidades como sujetos de Crédito, siempre y cuando realicen alguna de las siguientes actividades: Que realicen actividades en el medio rural, o actividades vinculadas con el medio rural, y que tengan en su objeto, recibir crédito y otorgar servicios financieros para las actividades productivas y distribuirlos a diferentes usuarios o beneficiarios finales con los cuales tienen establecidas diferentes relaciones de asociación y/o de tipo mercantil. Entidades que atendía el sistema Banrural con buen historial crediticio. Tipos de apoyo El Programa se estructura de la siguiente forma: Crédito Simple con garantías reales. Crédito Simple para descuento de créditos de Habilitación / Avío, Simples y Refaccionarios. Dentro de las Entidades, se deben distinguir dos grupos, con base en los criterios mencionados anteriormente. Integrado por Entidades cuya actividad principal es ofrecer servicios de ahorro y préstamo a sus socios sin ser supervisadas por la CNBV, contando con los procedimientos que le permitan realizar la intermediación de recursos y con el personal e infraestructura necesaria para llevar a cabo dicho proceso. Dadas sus características, para estas Entidades puede ser más sencillo cumplir con los requisitos y lineamientos establecidos por las autoridades correspondientes para transformarse en Intermediarios Financieros Rurales, además de contar con la capacidad de gestión, poder de negociación y posicionamiento de mercado, que facilita el acceso, distribución y recuperación de crédito, recursos y/o servicios a empresarios del sector rural (beneficiarios finales), que en forma individual difícilmente tendrían acceso a estos servicios. Integrado por Entidades donde la intermediación de recursos es complementaria a su actividad principal, en la búsqueda de mejores condiciones comerciales para sus socios y clientes, que resulten en mayores beneficios para la Entidad. Por lo tanto, su porcentaje de mercado es reducido y sus procedimientos y mecanismos mediante los cuales operan la intermediación financiera son los mínimos indispensables para darle certidumbre al proceso, ya que no es su actividad principal. En este Programa también se podrán considerar las figuras jurídicas de los Gobiernos de los Estados, que entre sus objetivos se encuentre el dispersar recursos crediticios. Independientemente del grupo al que se pertenezca, es necesario solicitar el cumplimiento de los siguientes requisitos: Estar formalmente constituido y cumplir con la legislación y obligaciones fiscales que les sean aplicables; Que las actividades y proyectos de inversión que vayan a ser apoyados financieramente, se encuentren directamente vinculadas y enfocadas a proyectos productivos en el medio rural y, que tengan en su objeto, recibir crédito y otorgar servicios financieros para las actividades productivas y distribuirlos a diferentes usuarios o beneficiarios finales con los cuales tienen establecidas diferentes relaciones de asociación y/o de tipo mercantil; Contar con un proyecto viable que describa los requerimientos de colocación, tipo de clientes, actividades a financiar y destino del crédito; Tanto la Entidad, como los directivos y los principales socios no deberán tener claves de prevención vigente en las Sociedades de Información Crediticias; Contar con procedimientos definidos para evaluar, otorgar, dar seguimiento y recuperar los créditos, así como tener personal responsable de éstos; Formalizar y documentar las operaciones crediticias y/o financieras que realicen con sus clientes mediante la celebración de contratos de crédito y pagarés que establezcan los términos y condiciones de operación; Llevar registros en forma individual de los apoyos financieros y servicios otorgados al beneficiario final con el detalle que de común acuerdo se establezca con la Financiera; Estar en posibilidad de entregar a la Financiera en forma periódica y durante la vigencia del crédito, a su solicitud y satisfacción, toda la información de las Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 102

15 operaciones crediticias que se realicen y, en su caso, el derecho de la Institución para supervisar, en cualquier momento, el uso y destino del crédito, así como de los sistemas de administración y control de crédito durante la vigencia del contrato o contratos; Todas aquellos créditos que la Entidad Dispersora otorgue a sus clientes y/o socios, cuyo monto sea mayor a 70 mil UDI s deberán contar con la investigación crediticia pertinente y ésta deberá formar parte del expediente de crédito. Presentar Estados Financieros donde se refleje el concepto de Cartera Vigente, Cartera Vencida y Cartera Total. No tener Cartera Vencida mayor a 5%. Para Entidades de reciente creación, que hayan operado y cumplido con sus obligaciones con la Financiera Rural, si presentan Cartera Vencida mayor al 5%_ deberán presentar un programa de abatimiento para dicha cartera. Contar con los resultados de un Diagnóstico realizado a la Entidad Dispersora por parte de un prestador de servicios registrado en la Financiera Rural, el cual comprenderá por lo menos, una evaluación de sus procesos de otorgamiento y recuperación del crédito y las fortalezas y debilidades de su operación. En el caso de Entidades que contraten a un tercero porque no tienen la capacidad ni la infraestructura para la adecuada administración del crédito, se deberá incorporar en el análisis del crédito la evaluación de la empresa contratada, para evaluar su capacidad en dichas actividades. La Entidad acreditada por la Financiera Rural, estará obligada a capacitarse durante el primer año de operación con recursos de la Financiera y deberán acceder a los apoyos que otorga la Dirección General Adjunta de Promoción, para fortalecer sus operaciones a través de cursos de capacitación y asesoría. En caso de que no cumplan con este requisito, no podrán acceder a nuevos financiamientos por parte de la Financiera Rural. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). P r o g r a m a d e F i n a n c i a m i e n t o a J ó v e n e s E m p r e n d e d o r e s R u r a l e s Participar con financiamiento para apoyar proyectos económicamente rentables de jóvenes emprendedores rurales con capacidad de innovación y gestión empresarial. Apoyar mediante crédito a aquellos jóvenes emprendedores rurales que deseen capitalizar las unidades productivas, así como obtener acceso a la compra de parcelas ejidales para llevar a cabo sus proyectos. Detonar la generación de auto-empleo e ingresos en las zonas donde se instalen los proyectos productivos auspiciados por la Secretaría de la Reforma Agraria (SRA). Jóvenes emprendedores rurales egresados de Proyectos Escuela auspiciados por la SRA que de forma individual, agrupados en una persona moral o asociados informalmente, lleven a cabo un proyecto productivo rentable. En este esquema participan las siguientes entidades: La Secretaría de la Reforma Agraria, como gestor y validador de los aspectos técnicos de los proyectos productivos a financiar, así como otorgando los recursos del componente de Fondo de Tierras y Proyectos Agroempresariales. Los productores, jóvenes emprendedores rurales que desarrollaran un proyecto productivo ligado al sector rural y referenciado a un modelo de negocio estandarizado validado por la SRA y autorizado por el Subcomité de Crédito de la Financiera Rural. La Financiera Rural en la administración de los apoyos que se derivan del Programa de Fondo de Tierra e Instalación del Joven Emprendedor Rural, en su componente de Fondo de Tierras y Proyectos Agro-empresariales, y del fondo de garantía líquida, a través del mecanismo que defina la SRA, así como mediante el otorgamiento de crédito a los proyectos para capital de trabajo, adquisición de activos o adquisición de derechos parcelarios, gestionados por la propia Secretaría. Tipos de apoyo Para capital de trabajo el crédito se podrá estructurar mediante créditos de habilitación o avío bajo la modalidad multiciclo. Asimismo, cuando se justifique por el tipo de actividad a desarrollar se podrán establecer créditos simples o en cuenta corriente todos referenciados al modelo de negocio estandarizado (paquete tecnológico) aprobado. En este caso se podrá incluir el rubro de arrendamiento sobre parcelas ejidales como parte de los componentes del mismo, siempre que no se le vaya a otorgar financiamiento para adquisición de derechos parcelarios. Los créditos para adquisición de bienes de capital o activos, construcción o adaptación de inmuebles para uso agro-empresarial, instalación de equipos, obras de infraestructura, equipamiento y otros activos o conceptos destinados a la capitalización de las unidades económicas, se estructurarán a través de créditos refaccionarios o en su caso simple. Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 103

16 La Financiera Rural establecerá un mecanismo que defina la SRA, en el cual la Financiera Rural se compromete a actuar como administrador tanto del fondo de garantía líquida, como de los recursos económicos que deriven del Programa de Fondo de Tierra e Instalación del Joven Emprendedor Rural, bajo el componente de Fondo de Tierras y Proyectos Agro-empresariales. La SRA validará la elegibilidad de los proyectos y entregará a la Financiera Rural el padrón de jóvenes emprendedores participantes de los esquemas de financiamiento, y que se adecuan a los modelos de negocio estandarizados y actuando como gestor de los solicitantes. Tratándose de adquisición de derechos parcelarios, la SRA será responsable de entregar a la Financiera Rural el dictamen de valor correspondiente (estimación de valor o avaluó), el cual deberá ser presentado conforme a los criterios que la Financiera Rural establezca, y el costo de su elaboración será absorbido por dicha Secretaría considerándolo en los costos de operación del mecanismo que la propia SRA defina, liberando al joven emprendedor de dicho cargo. El valor determinado en el dictamen será considerado para el otorgamiento del crédito correspondiente en el caso de adquisición de derechos parcelarios. El(los) joven(es) deberán comprobar la transmisión de los derechos parcelarios a su favor en términos del artículo 80 y demás disposiciones aplicables de la Ley Agraria. El financiamiento para adquisición de derechos parcelarios podrá ministrarse con el acuse de recibo de la notificación que se realice al Registro Agrario Nacional, en cumplimiento a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 80 del ordenamiento legal citado. Tanto en el caso de financiamiento para capital de trabajo del proyecto productivo, como para adquisición de activos o bienes de capital y dado que la SRA participará con el 50% del valor del proyecto, (a través del componente de Fondo de Tierras y Proyectos Agroempresariales) el monto máximo a financiar por la Institución será de hasta el 50% del valor del proyecto. El apoyo de la SRA será considerado como aportación del (los) joven (es) en el proyecto de financiamiento. La evaluación financiera de las solicitudes individuales de crédito se realizará principalmente a través de los paquetes o modelos de negocio estandarizados para cada región y producto/actividad específico(a).sin embargo, para efectos de este programa no se establecen límites ni por número de productores, ni montos a atender mediante cada modelo de negocio ya que la concentración de jóvenes estará en función de las estrategias de la SRA, al ser ésta quien determina los proyectos escuela y las prioridades. Asimismo, se podrá utilizar la herramienta Score y, en casos necesarios, el análisis tradicional. Se deberá tener especial cuidado de la ciclicidad de la actividad que se trate, para establecer fechas adecuadas para la recepción de las solicitudes de crédito y de vencimiento del mismo. En el Anexo 1 se establece un diagrama de la mecánica operativa detallada del financiamiento y se describen las etapas del proceso. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). Programa de Financiamiento a Uniones de Crédito y Entidades de Ahorro y Crédito Popular Programa para Uniones de Crédito (Uniones), Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y Sociedades Financieras Populares (EACP) vinculadas al medio rural que tienen por objeto otorgar créditos para contribuir en el cumplimiento del objetivo institucional de financiar los proyectos del sector de manera eficiente y autosustentable. Uniones y EACP vinculadas y enfocadas a una o múltiples actividades que se encuentran directamente relacionadas con el medio rural, formalmente constituidas y reguladas por la CNBV y que cumplan con los lineamientos y criterios generales de elegibilidad de la Financiera Rural (Financiera). Tipos de apoyo Ofrecer financiamientos a través de créditos directos; así como de líneas de crédito para descuento y generación de cartera, cuyo objeto es fortalecer la operación de las Uniones de Crédito y de las Entidades de Ahorro y Crédito Popular y permitirles otorgar financiamientos individuales a sus socios y/o clientes. Continuar apoyando a las Uniones que operaban con el sistema Banrural, que tengan buen historial crediticio y que tengan proyectos destinados a financiar actividades o segmentos de mercado en el medio rural. Promover la operación con nuevas Uniones y con las EACP. Este Programa está desarrollado en apego a los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de Crédito a Intermediarios Financieros Rurales y al Manual de Normas y Políticas de Crédito. En caso de solicitudes de líneas de crédito para generación de micro créditos, la Unión o la EACP deberá tener al menos un año de experiencia en el otorgamiento y recuperación de micro créditos y deberá presentar Estados Financieros Auditados. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 104

17 P r o g r a m a d e F i n a n c i a m iento al Campo Cañero Se compone por las Organizaciones que operen en los ingenios adjudicados bajo la administración de Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero (FEESA) o ingenios privados. Los sujetos de crédito de la Financiera serán las Organizaciones legalmente constituidas con facultades para recibir y otorgar financiamiento. A su vez, dichas Organizaciones otorgarán créditos individuales a los productores de caña de azúcar. Para efectos de este Programa se otorgará un tratamiento diferenciado a las Organizaciones de acuerdo al grado de desarrollo de las mismas, identificando dos tipos: el primero se refiere a aquellas organizaciones que cuenten con experiencia y capacidad para dispersar y administrar ellas mismas los financiamientos otorgados a sus asociados (Organizaciones Dispersoras). El segundo se refiere a las Organizaciones que no tienen experiencia previa en la administración de crédito, para lo cual se podrán apoyar preferentemente en los ingenios, o en alguna otra figura que demuestre experiencia (Organizaciones en Administración). Tipos de apoyo La Financiera otorgará líneas de Crédito Simple a cada Organización representada en cada Ingenio, por el monto de las necesidades de financiamiento de los Productores afiliados a dicha Organización y correspondientes a cada zafra. Es importante separar dichas líneas de crédito por el tipo de actividad arriba referidas de la siguiente manera: Para Socas y Resocas Para Plantillas A su vez, las Organizaciones podrán establecer el siguiente tipo de crédito individual con cada Productor, especificando claramente el concepto de inversión aplicable: Crédito de Habilitación o Avío o Simple para las Socas y Resocas, el cual tendrá un plazo de hasta 18 meses. Crédito Refaccionario o Simple para las Plantillas, el cual tendrá un plazo de hasta 42 meses. La utilización del crédito simple entre la Organización y los acreditados finales deberá estar plenamente justificada en el estudio de crédito y establecida en las condiciones del crédito autorizadas por la Financiera. Destino del crédito Este programa se destinará al apoyo de las principales actividades del campo cañero, de acuerdo a lo siguiente: Para el pago de fertilizantes, herbicidas, pesticidas, jornales, gastos distribuibles, labores de cultivo y cosecha, de aquellas cañas a partir de su segunda cosecha, las cuales se denominan como Socas y Resocas. Para la adquisición de semilla y las labores relacionadas al establecimiento de las siembras nuevas, que se denominan Plantillas. Requisitos generales para operar como organización dispersora, será necesario dar el cumplimiento a los siguientes requisitos: Estar formalmente constituido; Contar con un proyecto viable que describa los requerimientos de colocación, tipo de clientes y destino del crédito; Contar con procedimientos definidos para evaluar, otorgar, dar seguimiento y recuperar los créditos, así como responsables en cada caso; Formalizar y documentar las operaciones crediticias y/o financieras que realicen con sus clientes mediante la celebración de contratos de crédito y pagarés que establezcan los términos y condiciones de operación; Llevar registros en forma individual de los apoyos financieros y servicios otorgados al beneficiario final, para estar en posibilidad de entregar a la Financiera en forma periódica y durante la vigencia del crédito a su solicitud y satisfacción, toda la información de las operaciones crediticias que se realicen. Lo anterior, permitirá a la Institución supervisar en cualquier momento, el uso y destino del crédito. Para mayores informes Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). Programa de Financiamiento para la Adquisición d e M a q u i n a r i a Apoyar financieramente a productores del sector rural, con la necesidad de adquirir la maquinaria que fortalezca su capacidad tecnológica y operativa Productores del sector rural con la necesidad de tecnificar sus procesos productivos y que presenten un proyecto de inversión viable y rentable donde la maquinaria a adquirir contribuya al logro de la producción y de los resultados financieros esperados. Clientes preferentes o habituales de BANRURAL transferidos a la Financiera o nuevos a considerarse dentro de este Programa. Tipos de apoyos Los créditos otorgados a través de este Programa se establecerán mediante Crédito Simple con garantía prendaria sin transmisión de posesión. Monto de los créditos individuales El monto a financiar dependerá del precio de venta y de los descuentos respectivos de la maquinaria, cotizados por el fabricante o sus distribuidoras. El precio de factura podrá incluir el costo de la póliza de mantenimiento de dicho equipo por el plazo del financiamiento. En el caso de que el crédito se estructure únicamente con la garantía natural de la maquinaria, el monto máximo del crédito será hasta por un valor equivalente al 70% del precio de factura. Por lo mismo, la aportación mínima del cliente será la parte complementaria del valor de dicha maquinaria de un 30%. Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 105

18 El crédito podrá ser por hasta el 80% del valor de factura del equipo en aquellos casos en los que se cuente con Garantía Líquida para la operación por al menos el 20% del monto del crédito. En este caso, la aportación mínima del cliente será la parte complementaria del valor de dicha Maquinaria de un 20%. Los apoyos que reciba el acreditado se consideran como aportaciones del mismo. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). Programa de Financiamiento para la Adquisición de Parque Vehicular Atender las necesidades de financiamiento de los potenciales clientes de la Institución para que adquieran vehículos de carga o de transporte que les permita incrementar su capacidad de operación o disminuir los costos asociados con fletes y gastos de transportación en que incurren al llevar a cabo sus proyectos productivos. Productores del sector rural con la necesidad de: adquirir, renovar o sustituir vehículos que disminuyan los costos de transportación o de carga de los proyectos productivos que desarrollan. Tipos de productos financieros Los créditos otorgados a través de este Programa se establecerán mediante Crédito Refaccionario. Monto de los créditos individuales El monto a financiar dependerá del precio de venta cotizado por las distribuidoras, sin exceder de 200 mil Unidades de Inversión (UDIS). El precio de factura podrá incluir el costo de la póliza de mantenimiento de dicho vehículo por el plazo del financiamiento. En el caso de que el crédito se estructure únicamente con el vehículo como garantía, el monto máximo del crédito será hasta por un valor equivalente al 70% del precio de factura. Por lo mismo, la aportación mínima del cliente será la parte complementaria del valor de dicho vehículo por el 30%. El crédito podrá ser: a) Por hasta el 80% del valor de factura del vehículo, en aquellos casos en los que se cuente con Garantía Líquida para la operación por al menos el 20% del monto del crédito, teniendo que aportar el cliente el 20% del valor del vehículo o, b) Del 80% del valor de factura del vehículo si éste forma parte de los incorporados en el Programa Nacional de Apoyo a los Productores Agropecuarios para la Adquisición de Automotores. En estos casos, la aportación mínima del cliente será la parte complementaria del valor de dicho vehículo por un 20%. En todos los casos el costo de la prima del seguro podrá contemplarse en el monto a financiar. Presentar un proyecto de inversión viable y rentable donde se demuestre que el vehículo a adquirir contribuye al logro del proyecto y a la disminución de los costos asociados con éste. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). Programa de Financiamiento para Sociedades F i nancieras de Objeto Múltiple El presente Programa tiene por objeto establecer las condiciones a partir de las cuales la Financiera Rural otorgará financiamiento a aquellas Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOMs) vinculadas al medio rural que otorguen créditos para contribuir en el cumplimiento del objetivo institucional de financiar las actividades productivas del sector de manera eficiente y auto sustentable. El Programa reconoce que, si bien todas las SOFOMs son reputadas Intermediarios Financieros Rurales (IFRs), la naturaleza y características de las SOFOMs No Reguladas son más acordes con las de figuras informales con las que se ha venido operando. En función de lo anterior, el Programa contempla: Un esquema diferenciado de términos y condiciones (tasas, plazos, garantías, límite de crédito, etc.) entre las SOFOMs Reguladas o que tengan una calificación mayor o igual a la que determine el Comité de Operación de la Financiera Rural y las SOFOMs No Reguladas y no calificadas o con una calificación menor a la que determine el Comité de Operación. Con ello se busca que un mayor número de Entidades Dispersoras formalicen sus operaciones, evitando las posibilidades de arbitraje entre los Programas de crédito de la Institución, y dando certeza a la operación de Financiera Rural con los nuevos IFRs; El requisito de calificación para todas aquellas SOFOMs No Reguladas que deseen acceder a condiciones de crédito similares a las de IFRs regulados y para aquellas con solicitudes mayores al monto que para efectos de la fracción III del artículo 9 de la Ley Orgánica de la Financiera Rural (LOFR) señale el Consejo Directivo, el cual hoy establece 7 millones de UDIs; Que se desarrolle una estructura de apoyos que promueva la evolución de la mayoría de las Entidades Dispersoras actuales hacia SOFOMs calificadas. SOFOMs Reguladas y No Reguladas, vinculadas y enfocadas a una o múltiples actividades que se encuentran directamente relacionadas con actividades productivas del medio rural, formalmente constituidas y que cumplan con los lineamientos y criterios generales de elegibilidad de la Financiera Rural. Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 106

19 Tipos de apoyo Ofrecer financiamientos a través de créditos directos; así como de líneas de crédito para descuento y generación de cartera, cuyo objeto sea fortalecer la operación de las SOFOMs y permitirles otorgar financiamientos individuales a sus clientes. Este Programa está desarrollado en apego a los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de Crédito a Intermediarios Financieros Rurales y al Manual de Normas y Políticas de Crédito (MNPC). Las SOFOMs que soliciten financiamientos de la Financiera Rural al amparo de este Programa deberán: Estar constituidas formalmente y cumplir con la legislación y con las obligaciones fiscales que les sean aplicables; Que las actividades y proyectos de inversión que vayan a ser financiadas se encuentren directamente vinculados y enfocados a proyectos productivos en el medio rural y, que tengan en su objeto, recibir crédito y otorgar servicios financieros y distribuirlos a diferentes usuarios o beneficiarios finales con los cuales tienen establecidas diferentes relaciones de asociación y/o de tipo mercantil; Elaborar un Programa Anual de Operaciones viable; Que la SOFOM y sus principales socios y directivos no tengan antecedentes negativos en las sociedades de información crediticia; Contar con procedimientos definidos para el otorgamiento, evaluación, seguimiento y recuperación de los créditos, incluido el registro de operaciones crediticias, así como contar con personal con los conocimientos y la capacidad para ejecutar dichos procedimientos; Formalizar y documentar las operaciones crediticias y/o financieras que realicen con sus clientes mediante la celebración de contratos de crédito y pagarés que establezcan los términos y condiciones de operación; Llevar registros en forma individual de los apoyos financieros y servicios otorgados al beneficiario final con el detalle que, de común acuerdo, se establezca con la Financiera; Estar en posibilidad de entregar a la Financiera en forma periódica y durante la vigencia del crédito, a su solicitud y satisfacción, toda la información de las operaciones crediticias que se realicen. Asimismo, la FR tendrá el derecho de supervisar, en cualquier momento, el uso y destino del crédito, así como de los sistemas de administración y control de crédito durante la vigencia del contrato o contratos; Todos aquellos créditos que la SOFOM otorgue a sus clientes, cuyo monto sea mayor a 70 mil UDI s, deberán contar con la investigación crediticia pertinente y ésta deberá formar parte del expediente de crédito. Presentar Estados Financieros donde se reflejen los conceptos de Cartera Vigente, Cartera Vencida y Cartera Total. Los Estados Financieros deberán ser auditados en todos aquellos casos en los que el solicitante esté obligado por la normatividad fiscal a llevar a cabo la dictaminación respectiva, y en todas las solicitudes de crédito de más de siete millones de UDIS. Estarán exceptuadas de dicho requisito para efectos de la solicitud de crédito con la Institución, aquellas SOFOMs que hubiesen operado, previo a la entrada en vigor del presente programa, financiamientos mayores a siete millones de UDIS bajo otra figura jurídica al amparo de alguno de los programas de segundo piso de la Financiera Rural, y contarán con un período de tres años a partir de la fecha de entrada en vigor de este Programa para auditar sus Estados Financieros. No tener Cartera Vencida mayor a 5%. Para SOFOMs de reciente creación que presenten Cartera Vencida mayor al 5% y que hayan recibido, previo a la liberación de este Programa, financiamientos de Financiera Rural al amparo de algún programa de descuento y/o generación de cartera y cumplido con sus obligaciones con la Institución deberán presentar un programa de abatimiento para dicha cartera. Las SOFOMs No Reguladas y no calificadas deberán contar con los resultados de un diagnóstico, el cual comprenderá por lo menos, una evaluación de sus procesos y sistemas de otorgamiento, administración y recuperación del crédito y las fortalezas y debilidades de su operación. Dicho diagnóstico será realizado por un prestador de servicios registrado ante la Financiera Rural. En caso de SOFOMs que soliciten líneas de crédito para generación de micro créditos éstas deberán tener por lo menos un año de experiencia en el otorgamiento y recuperación de micro créditos y deberán contar con Estados Financieros Auditados. Contar con un capital contable mínimo de un millón de pesos. Criterios de provisionamiento de cartera crediticia, procedimientos crediticios y diversificación de activos en las operaciones. Deberán sujetarse a lo establecido en la sección A Regulación Prudencial contenida en el Anexo 4 del Programa. Los estados financieros deberán apegarse a los Lineamientos contables y bases para la formulación, presentación y publicación de Estados Financieros contenidos en el apartado B en el Anexo 4 del Programa. Reglas de Capitalización. A partir de los estados financieros auditados que presenten, las SOFOMs deberán demostrar que el índice de capitalización de la Sociedad se encuentra en los rangos que se señalan en el apartado 2 del Anexo 2 del Programa. Administración de créditos relacionados. Deberán seguir criterios similares a los de la Financiera Rural para lo que deberán dar cumplimiento a las disposiciones contenidas para tal efecto en el Anexo 5 del Programa. Contar con un capital contable mínimo de tres millones de pesos. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 107

20 P r o g r a m a d e F o n d e o a Microfinancieras El objetivo del programa es desarrollar y, en su caso, fortalecer a las instituciones Micro financieras cuya actividad principal se encuentra enfocada al sector rural. Instituciones Microfinancieras cuya clientela cuente con proyectos productivos que se desarrollen o estén vinculados al medio rural y requieran financiamiento en la forma de micro créditos. Para efectos de este Programa se entenderán como Instituciones Microfinancieras todos aquellos intermediarios, formales e informales, que otorguen a sus clientes micro créditos. En ese sentido, en las operaciones que se realicen al amparo de este Programa será condición necesaria que la actividad productiva que se beneficiará con el crédito sea identificada plenamente por la Microfinanciera en los contratos y/o pagarés que establece con sus acreditados. Tipos de apoyo El Programa se estructura de la siguiente forma: Línea de Crédito en Cuenta Corriente para generación de cartera. La línea de crédito autorizada por la Financiera Rural, no podrá ser mayor a 5 veces el Capital Contable de la Microfinanciera. En los casos en que la Microfinanciera cuente con otras fuentes de fondeo, las Responsabilidades totales no podrán exceder de 10 veces el Capital Contable. El capital contable que se utilice para determinar el monto máximo de financiamiento que la Institución puede otorgarle a la Microfinanciera debe excluir el capital social suscrito no pagado. El fondeo no podrá ser mayor en 20% a la cartera colocada el año previo, salvo que la institución maneje esquemas de gradualidad, es decir esquemas donde en función del repago del cliente, la Microfinanciera haya comprometido un financiamiento mayor en el siguiente período, situación que debe estar considerada en la política de otorgamiento de crédito de la propia Microfinanciera. Estar formalmente constituido y cumplir con la legislación y obligaciones fiscales que les sean aplicables; Tener al menos un año de operar como Microfinanciera; Que las actividades y proyectos de inversión a financiar, estén vinculadas al medio rural; Contar con un plan de negocios o programa de colocación viable que describa los requerimientos de colocación, actividades a financiar, márgenes esperados y costos de operación; Tanto la Microfinanciera, como los directivos y los principales socios no deberán tener claves de prevención en las Sociedades de Información Crediticias; Contar con procedimientos definidos para integrar expedientes, evaluar, otorgar, dar seguimiento y recuperar los créditos, así como responsables definidos dentro del proceso de crédito, en cada caso; Formalizar y documentar las operaciones crediticias y/o financieras que realicen con sus clientes mediante la celebración de contratos de crédito y/o pagarés que establezcan los términos y condiciones de operación; Estar en posibilidad de entregar a la Financiera en forma periódica y durante la vigencia del crédito a su solicitud y satisfacción, toda la información de las operaciones crediticias que se realicen; y en su caso el derecho de la Institución para supervisar en cualquier momento, el uso y destino del crédito, así como de los sistemas de administración y control de crédito durante la vigencia del o los contratos, La Microfinanciera acreditada por la Financiera Rural, estará obligada a capacitarse durante el primer año de operación para fortalecer sus procesos crediticios y controles internos a través de cursos de capacitación y asesoría. Para este fin, las Microfinancieras podrán acceder a los apoyos que la Financiera Rural otorga. En caso de que no cumplan con este requisito, no podrán acceder a nuevos financiamientos por parte de la Institución. Contar con los resultados de un Diagnóstico realizado a la Microfinanciera por parte de un prestador de servicios inscrito en la red de prestadores de servicios de la Financiera Rural, el cual comprenderá por lo menos, una evaluación de sus procesos de otorgamiento y recuperación del crédito y las fortalezas y debilidades de su operación. Asimismo, en el Diagnóstico se deberá enfatizar la capacidad administrativa de la Microfinanciera de las líneas de crédito que solicita a la Financiera Rural, con el fin de coadyuvar en la determinación del límite de endeudamiento. Acuda a las agencias ubicadas en el interior del Estado (Ver Anexo G). Actividades Productivas Capacitación, Inversión y Financiamiento 108

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