Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
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- María Victoria Botella Morales
- hace 6 años
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1 Julio 2017 Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo Por: Alain Levet M., Ingeniero de Proyectos. Víctor González C., Jefe de Proyectos. En la actualidad, según estimaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los accidentes relacionados con el trabajo causan alrededor de muertes cada día, lo que lleva a tener 2.3 millones de víctimas al año. Son las muertes causadas por accidentes laborales y cerca de 2 millones las enfermedades relacionadas con el trabajo. En Chile, la realidad arroja que en el año 2015, se produjeron accidentes del trabajo, de los cuales 251 resultaron fatales, según los registros de la Superintendencia de Seguridad Social. Cabe destacar que la tasa de accidentabilidad ha descendido un 32% durante el período , situándose en un 3,7%. Así mismo la tasa de mortalidad descendió de 5,6 a 4,4 por cada trabajadores. Estos números han sido alcanzados gracias al esfuerzo realizado por las instituciones públicas, empleadores, trabajadores y organismos administradores del Seguro de la Ley N Pese al buen resultado, las cifras reflejan una preocupante situación sobre la cual el país debe trabajar, esto en relación a cambios importantes en su Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, que incluye el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, normativa que data del año Para el desarrollo de una cultura preventiva es fundamental contar con una Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, esta herramienta permitirá perfeccionar el marco a la hora de adoptar decisiones que regirán las acciones de las instituciones de Gobierno, las empresas y de los trabajadores en materia de seguridad y salud laboral en el país. La Concepción 65, oficina 601, Providencia, Santiago. Tel: (56-2)
2 1.- Principios de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. El desarrollo de la Política, la implementación y las actividades que se deriven de ésta, tendrán como eje central los siguientes principios: a) El respeto a la vida e integridad física y psíquica de los trabajadores constituye una garantía de derecho fundamental. b) Un enfoque de prevención de los riesgos laborales, esto es, priorizar las medidas preventivas por sobre las medidas de protección. c) Equidad e igualdad de género. d) Universalidad e inclusión ello implica que la política y las acciones derivadas de ésta, considerará a todos/as los/as trabajadores/as, ya sea, dependientes o independientes, del sector público o privado, sin discriminación. e) Solidaridad en el aseguramiento de los riesgos laborales. f) Participación y diálogo social en el proceso de diseño, implementación, evaluación e implementación de las mejoras de la política y acciones que se realicen. g) Integralidad en la implementación de las actividades preventivas y en las prestaciones médicas, económicas, de rehabilitación y reeducación, incluyendo la reinserción laboral e integración de las personas en situación de discapacidad. h) Unidad de acción y coordinación entre las distintas instancias públicas o privadas relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo. i) Mejora continua en la implementación de la Política y las acciones derivadas de ésta, implementando para ello un proceso de revisión continuo. j) El empleador será responsable de la gestión integral de los riesgos en los lugares de trabajo. 2.- Objetivos de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Entre los objetivos que se propone alcanzar en materia de seguridad y salud en el trabajo, tenemos: a) Desarrollar y promover una cultura preventiva en toda la sociedad, incorporando para ello la prevención y promoción de la seguridad y salud en el trabajo en el sistema educativo y en los programas de formación de competencias laborales. b) Perfeccionar el marco normativo en materia de seguridad y salud en el trabajo, considerando los objetivos, ámbitos de acción y desafíos de la política nacional de SST. c) Fortalecer la institucionalidad fiscalizadora, de manera de garantizar un cumplimiento efectivo y oportuno de la normativa de seguridad y salud en el trabajo. 2
3 d) Garantizar la calidad y oportunidad de las prestaciones por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, otorgadas por los organismos administradores de la ley e) Promover la incorporación de la perspectiva de género en la gestión preventiva. f) Disminuir la ocurrencia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, mejorando el procedimiento de diagnóstico y reporte de tales siniestros. g) Promover la incorporación de trabajadores informales a la seguridad social. 3.- Ambitos de Acción de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. De acuerdo a los objetivos planteados, la Política considera los siguientes ámbitos de acción. a) Marco normativo. Referido a roles y obligaciones de cada una de las partes, estructura preventiva, proceso sancionatorio y reinserción laboral. b) Fiscalización. Fortalecimiento de la institucionalidad fiscalizadora para un cumplimiento eficiente y eficaz de la normativa, tanto por empleadores como por organismos administradores de la ley c) Promoción, difusión, capacitación y asistencia técnica en materia de seguridad y salud en el trabajo. d) Investigación e innovación tecnológica en seguridad y salud en el trabajo. 4.- Responsabilidades en la ejecución de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Las principales responsabilidades de todos los estamentos asociados (organismos gubernamentales, empleadores, trabajadores), en materia de seguridad y salud en el trabajo serán Los organismos gubernamentales deben: a) Articular y coordinar las políticas públicas de seguridad y salud en el trabajo. b) Incorporar en el sistema educativo las materias de prevención de riesgos laborales. c) Adoptar las medidas para contar con un sistema normativo coherente, armónico y acorde a los convenios de la OIT. d) Implementar un sistema de inspección coordinado, eficiente y eficaz para el cumplimiento de la normativa de seguridad y salud en el trabajo. e) Fomentar el diálogo social. 3
4 f) Adoptar medidas para un adecuado funcionamiento de comités paritarios en las empresas. g) Mejorar el sistema de información en materias de prevención de riesgos y registro de accidentes y enfermedades laborales. h) Disponer recursos para la innovación e investigación en seguridad y salud en el trabajo. i) Mejorar el acceso a las prestaciones que otorga el seguro de la ley Los empleadores deben: a) Mantener condiciones y ambientes de trabajo seguros y saludables. b) Cumplir la normativa de seguridad y salud en el trabajo. c) Realizar actividades permanentes de difusión, promoción, capacitación y formación en materias de seguridad y salud en el trabajo. d) Fortalecer la labor de los Comités Paritarios y delegados de prevención. e) Promover el dialogo social en materia de seguridad y salud en el trabajo. f) Reportar los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; cumplir con las medidas y recomendaciones de seguridad y salud en el trabajo propuestas por el organismo administrador del seguro de la ley Los trabajadores deben: a) Cumplir las instrucciones, reglamentos y procedimientos de trabajo seguro; trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo. b) Colaborar con el empleador el cumplimiento normativo y gestión preventiva; información a empleador sobre condiciones de riesgo. c) Promover la participación en actividades de seguridad y salud en el trabajo; denunciar ante organismos fiscalizadores el no cumplimiento normativo. d) Difundir, promocionar y capacitar a trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo Los Organismos Administradores del Seguro deben: a) Colaborar con la función fiscalizadora del Estado. b) Otorgar asistencia técnica permanente a las empresas. c) Realizar actividades de vigilancia ambiental y de la salud de los trabajadores. d) Realizar actividades de difusión y capacitación a empleadores y trabajadores. 4
5 e) Adoptar los mecanismos para un expedito acceso a las prestaciones del seguro de la ley f) Entregar información oportuna y conveniente a trabajadores y empleadores. g) Contar con personal especializado y suficiente, conforme a las funciones que debe cumplir. 5.- Beneficiarios de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Serán beneficiarios de las acciones consideradas en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo todos los trabajadores y trabajadoras sin distinción alguna, cualquiera que sea su condición contractual o laboral, ya sea que se desempeñen en el sector público o privado, sean dependientes o independientes, en situación de discapacidad, jóvenes, adultos mayores, migrantes y personas con capacidades diferentes; así como los empleadores y los estudiantes. 6.- Compromisos para la implementación de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo Área Normativa: a) Consagrar la SST como un derecho fundamental específico en nuestra Constitución. b) Elaborar ley de SST como un estatuto especial de prevención de riesgos. c) Eliminar la diferencia entre obreros y empleados contenidos en la Ley d) Modernizar la ley sobre gobiernos corporativos de las Mutualidades de Empleadores. e) Proponer la ratificación del Convenio 155 de la OIT. f) Actualizar listado de enfermedades profesionales, considerando la Recomendación N 194 de la OIT. g) Propuesta de proyecto de ley para establecer una Comisión Nacional de Calificación y Evaluación de incapacidades Área Fiscalización: a) Adoptar medidas para evitar sub-registro y sub-notificación de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. b) Intensificar la fiscalización de protocolos de vigilancia por parte del Ministerio de Salud. c) La DT duplica fiscalización de SST en 4 años. d) Crear una instancia permanente de coordinación entre los organismos fiscalizadores. 5
6 6.3.- Área Formación, capacitación y especialización: e) Promover la enseñanza de la SST en pre-grado, carreras profesionales. f) Revisión mallas curriculares de carreras de prevención de riesgos. g) Promover la formación universitaria en SST orientada a profesiones de primer, segundo y tercer ciclo. h) Capacitar en SST al año 2018, al 100% de los fiscalizadores de terreno. i) Elaborar plan nacional de formación de competencias en SST para trabajadores, dirigentes sindicales y Comités Paritarios. j) Promover la creación de un fondo de capacitación en SST para dirigentes sindicales, Comités Paritarios y trabajadores. a) Promover la creación de un Fondo Nacional para la Investigación en SST. b) Incorporar en el Programa Chile Valora, un módulo de SST. c) Implementar sistema de certificación de competencias de expertos en Prevención de Riesgos. d) Promover el desarrollo de la especialidad en Medicina del Trabajo en las universidades Área Género: a) Llevar registros de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, ausentismo, cobertura del seguro, población en vigilancia, prestaciones de la ley , diferenciados por género. b) Representatividad de la mujer en los directorios del Comité Paritario (No más del 60% del mismo sexo) Área Siniestralidad: a) Reducir la tasa de accidentabilidad de un 3,7% en el 2015 a un 3% en el b) Reducir la tasa de mortalidad de un 4,4 el 2015 a un 2,5 el c) Reducir la tasa de accidentes de trayecto de 1,09% en el 2015 a un 0,8% el
7 6.6.- Área Gestión Preventiva: a) Aumentar en un 50% el número de asesorías en evaluación de riesgos por parte de Organismos Administradores del Seguro. b) Aumentar en un 30% la cobertura del Programa de Vigilancia Epidemiológica de trabajadores expuestos a Sílice. Referencias D.S N 47/2016, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Ley N /1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. BETTER CONSULTORES 7
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